picture_as_pdf 2007-03-08

TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado N° 1, Dra. María Carmen Lasarte de Alvarez, Segunda Secretaría a cargo de la Dra. Ester María Pugin de Isola. (9 de Julio 3.151 - Santa Fe), se cita bajo apercibimientos de ley al Sr. Santiago Lencinas para que comparezca a absolver posiciones en los autos: MENDOZA, CLAUDIO GABRIEL c/FRANCO, ERMINIO GERARDO Y/U OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (Expte. N° 536 F° 195 Año 2.004), que tramitan junto a Mendoza Oscar Alberto en nombre y rep. de su hijo menor: Mendoza, Claudio Gabriel c/FRANCO, Erminio Gerardo y/u otros s/Dectaratoria de Pobreza" (Expte. N° 474 F° 140 Año 2000).- En consecuencia deberá comparecer al salón de audiencias de dicho Tribunal el día 16 de Marzo de 2.007 a las 10,00 hs. munido de la documentación que acredite su identidad. A continuación se transcriben los decretos que, así lo ordenan: Santa Fe, 21 de Noviembre de 2005.- ( ... ) Prueba de la Parte Actora- (fs.15/17 vto.) (...) Absolución de posiciones: Para que tenga lugar la misma por parte de Erminio Gerardo Franco y Santiago Lencinas cíteselos a la audiencia señalada, bajo apercibimientos de ley. (...) Notífiquese. Firmado- Dra. María Carmen Lasarte de Alvarez -Juez- Dra. Ester María Pugín de Isola Secretaria. Otro Decreto: "Santa Fe, 27 de Julio de 2006. (...) Para que tenga lugar la audiencia de vista de causa (art. 555 del CPCC), a los mismos fines y bajo idénticos apercibimientos, señalase el día 16 de Marzo de 2007 a las 10 hs., Debiéndose citar a las partes y testigos con transcripción de la parte pertinente del decreto de fs. 42 y vto. y los apercibimientos legales. ( ... ) Notifíquese.- Firmado- Dra. María Carmen Lasarte de Alvarez Juez, Dra. Alba Yostman, secretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 23 de Febrero de 2007.- Como lo solicita. Autorízase a intervenir en el diligenciamiento a los Dres. Gustavo Moreno y/o Teresa Avilé Crespo- Firmado: Dra. María Carmen Lasarte de Alvarez Juez Dra. Ester María Pugín de Isola, secretaria. Art. 162 CPCC: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no comparece sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando esta exista o si el compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquel. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones, se las recibirán en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del abosolvente. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y en Hall de este Tribunal. El presente goza del beneficio de la gratuidad. Art. 335 CPCC. Santa Fe, 01/03/07. - Ester María Pugin de Isola, secretaria.

S/C 3994 Mar. 8 Mar. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 4, Dr. Omar Américo Bayón, Segunda Secretaría a cargo del Dr. Juan Manuel Adur, (9 de Julio 3151 Planta Baja Santa Fe), se declara rebelde al Sr. Lito Pedro Cabrera, en los autos: MANCINI, Stella Maris Acosta de c/CABRERA, Lito Pedro y/u otros s/Daños y Perjuicios (Expte. N° 10, año 2004). A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: "Santa Fe, 02 de Febrero de 2007. Atento lo informado por el Encargado de Mesa de Entradas y haciendo efectivo los apercibimientos oportunamente decretados, declárese rebelde al accionado Lito Pedro Cabrera, a quien se le da por decaído el derecho a contestar la demanda. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Autorízase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Firmado: Dr. Omar Américo Bayón, Juez, Dr. Juan Manuel Adur, secretario. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. La presente goza del beneficio de gratuidad. Art. 335 CPCC. - Juan Manuel Adur, secretario.

S/C 3982 Mar. 8 Mar. 12

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por así estar dispuesto en los autos "Mesa, José Luis s/Quiebra" (Expte. N° 1275/06)" el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. César Daniel Cantero, ha ordenado lo siguiente: "Santa Fe, 26 de Febrero de 2007.- AUTOS Y VISTOS: ... ; CONSIDERANDO: ... ; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de José Luis Mesa, apellido materno Medina, argentino, mayor de edad, D.N.I. N° 21.718.993, CUIL N° 20-21718993-5, con domicilio real en calle Monzeñor Zaspe N° 4121, y legal en General Paz 4436, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría "B", para el día 28/02/07 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. 14) Fijar el día 18/4/07, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 15) Fijar el día 3/5/07 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 1/6/07 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/7/07 para la presentación del Informe General. 17) Líbrense los oficios y exhortos pertinentes a los Sres. Jueces de los Juzgados donde tramiten causas judiciales contra el fallido por las que se reclamen derechos patrimoniales, a los fines de que sean remitidos a este Tribunal, con los alcances y las limitaciones contenidas en el art. 132 L.C.Q. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Ofíciese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Fdo: Cantero: Juez. Hrycuk: secretario a cargo.- Conste: Que en la audiencia realizada el día 28 de Febrero de 2007 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designado Síndico el C.P.N. Mateo, Reynaldo Alberto con domicilio en calle Gral. López 2921 de esta ciudad. - Walter E. Hrycuk, secretario.

S/C 4008 Mar. 8 Mar. 14

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Por así estar dispuesto en los autos "Iriart, Pedro Zicar c/Quinteros, Carmen Rosario s/Quiebra" (Expte. N° 1362/06)" el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. César Daniel Cantero, ha ordenado lo siguiente: "Santa Fe, 26 de Febrero de 2007.- AUTOS Y VISTOS: ... ; CONSIDERANDO: ... ; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Carmen Rosario Quinteros, D.N.I. N° 12.891.745, Cuit N° 23-12891745-4, con domicilio real en calle Junín 3366, y legal en calle San Martín 3130, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 9) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 10) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. estará a cargo del Síndico. 11) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 12) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 13) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista "B" de Contadores obrante en el Juzgado el día 28/02/07 a las 10.00 hs. Ofíciese al Consejo de Ciencias Económicas. 14) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida, la que comprenderá, en su caso, la clausura del establecimiento de la misma, de sus oficinas y demás lugares en que se hallen sus bienes y documentos; y la posterior entrega de los bienes al Síndico con las formalidades del inc. 2° del art. 177 de la L.C. A sus efectos líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con facultades de ley y ofíciese a los Registros de Propiedad del Automotor y a los Registros de Motovehículos a los fines de que informen respecto a la posible titularidad dominial de bienes (registrables) en cabeza del fallido, habilitándose los días y horas que fueren menester. 15) Fijar el día 18/04/07 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 16) Fijar el día 03/05/07 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 17) Señalar el día 01/06/07 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/07/07 para la presentación del Informe General. 18) Líbrense los oficios y exhortos pertinentes a los Sres. Jueces de los Juzgados donde tramiten causas judiciales contra el fallido por las que se reclamen derechos patrimoniales, a los fines de que sean remitidos a este Tribunal, con los alcances y las limitaciones contenidas en el art. 132 L.C.Q. 19) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 20) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.) 21) Comuníquese al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 22) Ofíciese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Fdo: Cantero: Juez. Hrycuk: secretario a cargo.- Conste: Que en la audiencia realizada el día 28 de Febrero de 2007 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designado Síndico el C.P.N. Mateo, Reynaldo Alberto con domicilio en calle Gral. López 2921 de esta ciudad. - Walter E. Hrycuk, secretario.

S/C 4007 Mar. 8 Mar. 14

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En los autos caratulados: "DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD c/ ALARCON MIGUEL OSCAR, REPETTO OSVALDO ENRIQUE s/ Apremio, Expte. 360/00" que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, el Señor Juez ha decretado lo siguiente: "Santa Fe, 28 de Marzo de 2000. Por presentado, domiciliado, téngase al compareciente en el carácter que invoca. Por entablada demanda de apremio por el cobro de la suma de $ 4.796,25.- sus intereses y costas contra ALARCON MIGUEL OMAR y REPETTO OSVALDO ENRIQUE a quien se emplazará para que dentro del término de 20 días (veinte) comparezca a estar de derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Notifíquese en Secretaría al empleado Gaitán, Pagliano, Rebechi, Carrio, Cabrera. Martes y viernes. Notifíquese. Notifique el oficial de Justicia. Trábese embargo sobre los bienes libres de los demandados hasta cubrir la suma de $ 4.796,25.- con más un 30% estimado provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos ofíciese conforme Ley 22. 172 al Sr. Juez con jurisdicción en la localidad de Tres Algarrobos (Pcia. de Buenos Aires) y de General Villegas (Pcia. de Buenos Aires) con facultades de ley, en especial la de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario y con la debida moderación, autorizándose al propuesto a intervenir en el diligenciamiento. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Notifíquese. Fdo: Dr. Carlos Buzzani (Juez) - Dra.- Mirta Malfante (Secretaria). "Santa Fe, 17 de agosto de 2005. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado del codemandado Alarcón. A los fines de las notificaciones peticionadas líbrese oficio conforme Ley 22.172 autorizando a las propuestas a intervenir en su diligenciamiento. Al otro si digo: Téngase presente el nuevo domicilio constituido. Agréguese 1 oficio diligenciado. Notifíquese. Fdo: Dr. Carlos Buzzani (Juez).. Dra. María José Haquín de Berón (Secretaria). En consecuencia el Sr. MIGUEL OMAR ALARCON, D.N.I. 12.757.570, queda debidamente notificado. Publicación sin cargo art. 72 del Código Civil. Santa Fe, 1º/2/2007. María Cecilia Fuentes, secretaria.

S/C 4005 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: "SINDICATURA SOCIEDAD MEDICA DE SANTA FE s/Quiebra c/ SOMED S.A. s/Extensión de Quiebra", Expte. 1473, Año 2.005, se ha ordenado lo siguiente: 1) Hacer lugar a la acción planteada declarando la quiebra por extensión de SOMED S.A. inscripta al Tomo 8, Folio 244, Nro. 488 del Registro Público de Comercio con domicilio en calle Lisandro de la Torre 2521 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico los bienes de la fallida, como así también deberá entregarse toda la documentación relacionada con la contabilidad al síndico. 3) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 4) Disponer que la misma Sindicatura que venía actuando en la quiebra de Sociedad Médica, cumpla idénticas funciones en este proceso. 5) Dicho funcionario deberá realizar en el término de 30 días un inventario de los bienes del fallido. 6) Fijar como fecha hasta lo cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación en particular, señálase el día 17 de Abril de 2.007. 7) Para que el Síndico presente al Juzgado un informe de cada solicitud de verificación en particular, señálase el día 01 de Junio de 2007 y para que presente le informe general, el día 01 de Agosto de 2007. Santa Fe, 2/3/2007. Fdo. Dr. Buzzani, Juez. Alicia Roteta, Secretaria.

S/C 3996 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 28 de la ciudad de Santo Tomé, Pcia. de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ana Cristina Gianfrancisco (Jueza) -Secretaria: Martha B.P. Garramuño, en los autos caratulados: BIANCHI, MARCELO FABIAN c/MONTENEGRO ANDRES y/o quien corresp. s/ Apremio (Expte. Nº 194/F., 108/09/Año: 2001) -se intima a los herederos del Sr. ANDRES MONTENEGRO, con domicilio real en calle Córdoba Nº 1488 de la ciudad de Santo Tomé, Pcia. de Santa Fe, para que comparezcan en autos por el término y bajo apercibimientos de ley, conforme a los decretos que a continuación se transcriben: "Santo Tomé, 14 de abril 2003.- Por cumplimentado decreto de fecha 29/6/01- Por presentado, domiciliado y por justificada su personería. Por deducida demanda de apremio contra: Andrés Montenegro por el cobro de $ 505,95 a quien se le emplazará para que dentro del termino de 3 días, opongan excepciones legítimas, bajo apercibimientos de que si así no lo hiciere, se ordenará la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas- Notifique en Secretaría: Serrano, Bogner, Avila. Notificaciones en secretaría: martes y viernes. Notifique el Sr. oficial de Justicia.- "Santo Tomé, 14 de abril de 2003. Si el dominio subsistiera a nombre del/la demandado/a, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 505,95 con más la de 500 estimados provisoriamente para intereses y costas. Previo pago del impuesto respectivo, ofíciese al Reg. Gral. Propiedad autorizando al/la Dr./a. Marcelo Bianchi a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Firman: Dr. Darío Daniel Sánchez - Juez - Martha Garramuño - Secretaria.- OTRO DECRETO: "Santo Tomé, 15 de diciembre 2006. Notifíquese a los Herederos por edictos, para que comparezcan en autos por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese.- Firman: Dra. Ana Cristina Gianfrancisco, Juez - Martha B. P. Garramuño - Abogada- Secretaria. Publíquense en el BOLETÍN OFICIAL y en el panel del Juzgado por el término y bajo apercibimientos de ley. Santo Tomé, febrero de 2007. Martha Garramuño, secretaria.

$ 11 3987 Mar. 8 Mar. 12

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados "COMUNA DE RECREO c/FABRO, PEDRO HUGO s/APREMIO, (Expte. 1175/02), que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 3, 1ra Secretaría de Santa Fe, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 20 de Noviembre de 2006. Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que el acreedor perciba el importe del capital reclamado, con más sus intereses moratorios desde la fecha de emisión del título ejecutivo del 2% mensual hasta el efectivo pago y las costas del juicio. Insértese el original, agréguese el duplicado y hágase saber. Fdo: Dr. Canteros (juez); Dra. Aylagas (secretaria. Santa Fe, 14 de Febrero de 2007.María M. Aylagas, secretaria.

S/C 3972 Mar. 8 Mar. 12

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Por estar así dispuesto en los autos caratutados "COMUNA DE RECREO c/CORONEL, JOSE ANTONIO Y OTROS s/ APREMIO, (Expte.1253/06), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, la Señora Jueza ha dispuesto lo siguiente: "Santa Fe, 12 de diciembre de 2006. Con los autos sucesorios a la vista: Cítese de remate a los herederos de Lucia Fortuna Coronel: Angel Gaido; Miguel Angel Ramón Gaido; Daniel Alberto Gaido; Gabriela Teresa Gaido; Sergio Domingo Enrique Gaido; María Ester Gaido y Silvia Leonor Guadalupe Gaido para que opongan excepción legítima en el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por edictos y mediante cédula a los presentados en el trámite sucesorio. Notifíquese." Fdo: Dr. Berlanga (juez); Dra. Fuentes (secretaria). María C. Fuentes, secretaria.

S/C 3974 Mar. 8 Mar. 12

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En autos caratulados Expte. Nº 796- Año 2002 - RODRIGUEZ GUMERSINDO VICENTE s/Quiebra, que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha proveído lo siguiente: Santa Fe, 27 de Febrero de 2007.- Por presentado por el síndico el informe final y proyecto ds distribución de fondos. Publíquense edictos por dos días en el BOLETIN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de estos Tribunales (Art. 218, L.C.Q.) Notifíquese. Firmado: Dr. Gustavo Alejandro Ríos (juez a/c) Dra. María Ester Noé de Ferro (Secretaria). Santa Fe, 02 de Marzo de 2007. María E. Noé de Ferro, secretaria.

S/C 3995 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados "COLANGELO y/o COLANGELLO, DOMINGO Y DERITA, ROSA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (Expte. N° 1434 - Año 2006), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don DOMINGO ANTONIO COLANGELO y/o COLANGELLO, L.E. N° 2.370.354, y doña ROSA DERITA, L.C. N° 6.108.183, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y se exhibe en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 27 de Febrero de 2007. - Walter E. Hrycuk, secretario a/c.

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Por estarlo así dispuesto en los autos caratulados: "LURASCHI, ONELIA ELVIRA Y OT. s/SUCESORIO" Expte. N° 1139/06, que se tramita por ante el juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. LURASCHI, Onelia Elvira, LC: 1.122.854, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. A sus efectos se publica en el BOLETIN OFICIAL. Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena y en su parte pertinente dice: "Santa Fe, 22 de Diciembre de 2006... previamente deberán librarse nuevos oficios y publicarse nuevamente edictos indicando el número de LC correcto de la causante (LC N° 1.122.854). Notifíquese. (Expte. 1139/06). Fdo: Dr. Roberto H. Dellamónica (Juez); Dr. Elio F. Alvarez (Secretario). 27 de Febrero de 2007. Elio F. Alvarez, secretaria.

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Por Disposición del Sr. juez del juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Gerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MAGLIAESE, Mariano c/DALINO, Juan María y/u otros s/Usucapión, Expte. N° 985 - Año 2005, se cita a los herederos de los codemandados Sres. César Elvio Dalino y Horlando Marcos Dalino para que comparezcan en autos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Asimismo y a los mismos fines se cita al codemandado Sr. Manuel Aurelio Fernández. El decreto que ordena la publicación del presente, en su parte pertinente, dice: "Santa Fe, 10 de Octubre de 2006.- . . .3) Atento lo expresado, previo a proveer lo solicitado cítese por edictos a los herederos de los codemandados César Elvio Dalino y Horlando Marcos Dalino y asimismo cítese a Manuel Aurelio Fernández a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y debiendo exhibirse en el hall central de la planta baja de estos Tribunales, para que comparezcan en autos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 del C.P.C.C. Notífiquese asimismo en el domicilio real. .Notifíquese.- Fdo.: Dr. Carlos O. Buzzani (juez a/c) - Dra. María Ester Noé de Ferro, secretaria. Santa Fe, 27 de Octubre de 2006. María E. Noé de Ferro, secretaria.

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, se cita llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de don RAÚL OSCAR ROSSI - DNI. 6.217.324, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en el Expte. 1425/2006. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL y exhibido en el hall de Tribunales de acuerdo a lo prescripto por el Art.67 C.P.C. y C. - modif por Ley 11.287, Santa Fe, 12 de Febrero de 2007. - Delia Beatriz Gaido, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de esta ciudad, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don RICARDO LUJAN PEREYRA, L.E. N° 6.229.129, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 23 de Febrero de 2.007. - Ma. del Huerto Guayán, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad, Secretaría a cargo de la autorizante, se cita, llama y emplaza a todos aquellos que se consideren herederos, legatarios y/o acreedores del señor ELVIO MARIO MEHRING, L.E. Nro. 6.258.477, cuya sucesión en autos caratulados, MEHRING, Elvio Mario s/Sucesorio Expte. Nro. 1513 - Año 2006, se ha abierto por ante dicho Juzgado, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, por el término y bajo los apercibimientos de ley, de acuerdo a la Ley 11.287 y acuerdo ordinario celebrado - acta Nro. 3. Santa Fe, 26 de Febrero de 2007. Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena. Secretaria. Fdo. Walter E. Hrycuk, secretario a/c.

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Por disposición del señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don GLODIMIR ELDO ARBER, LE: 6.225.843, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL (art.63 CPCC modificado por la ley 11287 y exhíbanse en el hall de Tribunales en el lugar dispuesto por la Corte suprema de Justicia). Santa Fe, 15 de Febrero de 2007. - Duilio M. Francisco Hail, Prosecretario.

$ 15 3971 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª. Nominación, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DULFA FERREYRA DNI: F. 1.124.674, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que pública a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL (art.63 CPCC modificado por la ley 11287 y exhíbanse en el hall de Tribunales en el lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia). Santa Fe, 26 de Febrero de 2007. - Walter E. Hrycuk, secretario a/c.

$ 15 3970 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Sr. HUGO FELIPE PELLEGRINO - Doc. Ident. Nº 6.297.149 - Expte. Nº 1071, año 2006 - autos: PELLEGRINO HUGO FELIPE s/ Sucesorio, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 16 de febrero de 2007. Mónica de Caminos, prosecretaria.

$ 15 3991 Mar. 8 Mar. 21

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Por estar así dispuesto en el juicio caratulado: "GUIPPONI, LEOVINO s/ Sucesorio" (Expte. Nº 935/2006), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: citar, llamar y emplazar a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, don LEOVINO GUIPPONI, lo que se publica a los efectos de ley. Fdo. Dr. Buzzani, Juez. Dra. H. de Berón, Secretaria. Santa FE, 29 de Diciembre de 2006. Delia Beatriz Gaido, secretaria a/c.

$ 15 3969 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de Doña OLGA INES FRIAS ORMEÑO, D.N.I. Nº 13.163.025, para que comparezcan a hacer valer los mismos en el plazo y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 20 de febrero de 2007. Nilda G. Ojeda, secretaria.

$ 15 3967 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del Señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Doña MARIA ANGELICA NIEVE, D.N.I. Nº 10.057.277, fallecida el 08 de Julio de 1997, en la localidad de Coronda, Dpto. San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "NIEVE, María Angélica s/ Sucesorio" (Expte. Nº 1395 - Año 2006), dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 20 de febrero de 2007. Mónica de Caminos, prosecretaria.

$ 15 3990 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del Señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don OLDANI, GRODESMIL PEDRO o GLODESMIL PEDRO, Doc. de Ident. Nº 6.233.101, fallecido el 14 de diciembre de 2000, en la localidad de Sa Pereira, Pcia. de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "OLDANI, Grodesmil Pedro o Glodesmil, Pedro s/ Sucesorio" (Expte. Nº 1456 - Año 2006), dentro del término y bajo apercibimiento de ley.- Lo que se publica sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 12 de febrero de 2007. Mónica de Caminos, prosecretaria.

$ 15 3989 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ª. Nominación, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Néstor Teodoro BARONETTI, (D.N.I. Nº 6.207.924) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en los autos: BARONETTI, NESTOR TEODORO s/ Sucesorio. Expte. 1098/2006. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Exhibiéndose según Ley 11.287 y Acordada del 7.2.96.- Acta Nº 3. Santa Fe, 15 de febrero de 2007. Delia Beatriz Gaido, secretaria.

$ 15 3966 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 18 de la ciudad de El Trébol, a cargo del Dr. Dario Mattalia (a/c), Juez y de la Dra. Mariela M. Lirusso, Secretaria en los autos caratulados VILLAREAL ANGEL TOMAS Y VARGAS ALBA DOLLY c/VIGNALE JUAN y/o quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable del inmueble denunciado s/Demanda de Usucapion- (Expte. 104/2006), se ha dispuesto la siguiente resolución: El Trébol, 26 de Octubre de 2006. Declárese rebelde al demandado. Notifique por edictos. Fdo. Dres. Mariela M. Lirusso, Secretaria y Darío Mattalía, Juez (a/c). El Trébol, 17/11/06.Mariela Lirusso, secretaria.

$ 15 3986 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 31 de Sunchales, en autos juicio Expte. 1345 Año 2006 MUNICIPALIDAD DE SUNCHALES c/ZAMORA JUAN BAUTISTA Y VILLARRUEL MARIA DEL CARMEN Y/o QUIEN RESULTE PROPIETARIO DEL INMUEBLE s/APREMIO, se cita de remate a la señora MARIA DEL CARMEN VILLARRUEL para que dentro del término de ley oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. La señora Jueza de la causa ha ordenado- "Sunchales, 03 de Octubre de 2006.- Por presentado, domiciliado y en el carácter que invoca, acuérdasele la intervención legal que por derecho corresponda. Por promovida demanda de Apremio contra Juan Bautista Zamora domiciliado en la localidad de Sunchales y/o quien resulte propietario del inmueble descripto, por la suma de pesos cuatro mil trescientos noventa y tres c/29/100 ($ 4.393,29) sus intereses y costas. Cítese de remate al mismo con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se ordenará llevar adelante la ejecución. Al III) Ofíciese como se solicita. Al IV) Oportunamente, si correspondiere. Notifíquese. Fdo. Bertotti (Juez) Vargas Pascolo (Secretario Subrogante).- Otro Decreto: "Sunchales, 29 de Noviembre de 2006. Ampliase la demanda en la forma solicitada. Recartúlese el presente. Ofíciese a los fines de determinar domicilio. Notifíquese". Fdo. Bertotti (Juez) Vargas Pascolo (Secretario Subrogante). Otro Decreto: "Sunchales, 5 de febrero de 2007. Como se solicita, Notifíquese. Fdo Bertotti (Juez) Vargas Pascolo (Secretario).- Publicaciones por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y conforme artículo 67 C.P.C.C. Sunchales, 19 de Febrero de 2007. - Osmar R. Vargas Pascolo, secretario subrogante.

S/C 3983 Mar. 8 Mar. 12

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez de Distrito n° 11 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, en los autos caratulados: MASSA MARCELO JUAN c/CAMPANO DANIEL ALBERTO y/o sus herederos s/ FILIACION EXTRAMATRIMONIAL (Expte. n° 1287 año 2006), se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho por el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley, a los herederos de DANIEL ALBERTO CAMPANO.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 29 de Diciembre de 2006. - Patricia Laura Mazzi, secretaria.

$ 11 3992 Mar. 8 Mar. 12

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Por disposición del Señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito N° 11 de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña TERESA JUANA BELLINO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos legales.- San Jorge, 27 de Febrero de 2007 Patricia Laura Mazzi. Secretaria.

$ 15 4000 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 11 de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña JUANA MARIA MIOR, L.C. N° 6.324.774; para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 16 de Febrero de 2007. Dra. Patricia Laura Mazzi, secretaria.

$ 15 4001 Mar. 8 Mar. 21

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Por disposición de señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial N° 11 de la ciudad de San Jorge se cita y emplaza a quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por el fallecimiento Adela o Adelina GIODITA o Adela GUDITA PASCUAL de ARDUINO, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- San Jorge, 27 de Febrero de 2007.- Patricia L. Mazzi, Secretaria.

$ 15 3968 Mar. 8 Mar. 21

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral de la Segunda Nominación con asiento en Rafaela, en los autos caratulados: Expte. 670 - año 2006- MEDRÁN DE PRONOTTI NADIA SOLEDAD C/MANZONI IVES JAVIER s/Pedido de Quiebra tramitada por ante éste, S.S. ha ordenado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días haciendo saber que en fecha 7 de febrero del 2007 según escrito obrante a fs. 28 de los autos referenciados, el Contador Público Carlos Luis Miniello acepta el cargo de Síndico con arreglo a derecho, jurando desempeñarlo fiel y legalmente, constituyendo domicilio a los efectos legales en Rafaela en calle Sargento Cabral Nro. 143, con horario de atención lunes a viernes de 8 a 12 horas y de 15 a 19 horas. Secretaría, 28 de Febrero del 2007. - María Marta R. Gutiérrez, secretaria.

S/C 4009 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela (Sfe)- Dra. Beatriz Alicia Abele-en los autos caratutados "Expte. 1359 - Año 2002 ORIGLIA, Edgardo José s/Concurso Preventivo", se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto: Rafaela, Febrero nueve de dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados "Exp. N° 1359 - Año 2002 -ORIGLIA, Edgardo José s/Concurso Preventivo y CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo originariamente previsto en la resolución de apertura de concurso (fs. 22/23) modificada luego por decreto obrante a fs. 447, el período de exclusividad, de conformidad al art. 43 de la L.C. el deudor debía hacer pública su propuesta presentándola en el expediente con una anticipación no menor de veinte días del vencimiento del plazo de exclucividad. Teniendo en cuenta que en la misma resolución la audiencia informativa que preve el inc, 10 del art. 14 de la L.C., corolario de aquel período se encontraba prevista para el día 28/10/2004 y conforme las constancias de autos, el no haber cumplido con aquel requisito de presentación de propuesta, merece el apercibimiento previsto en la parte final del ante último párrafo del art. 43 ya citado.- Dejo constancia que particularmente no se evidencian tampoco alguno de los supuestos especiales contenidos en el art. 48 de la citada ley. - Oportunamente, he tenido la ocasión de analizar presupuestos necesarios para el dictado de la falencia, (cesación de pagos, cte.), lo que complemento con la referida denuncia de incumplimiento, por lo que los requisitos exigidos por la ley se encuentran cumplidos.- Existiendo Síndico ya designado en el concurso, entiendo cabe mantener tal designación, disponiendo que la misma continúe con la intervención acordada en la causa. - Por ello, lo preceptuado en los arts. 43, 77 inc. 1°, 88, 89, ss. y cc. de la Ley concursal y demás constancias de autos; RESUELVO: 1) Declarar en estado de quiebra a ORIGLIA, Edgardo José, argentino, mayor de edad, casado, D.N.I. 17.105.368, CUIT.: 20-171.05368-5 con domicilio real en calle San Martín N° 148 de la localidad de Colonia Josefina, Provincia de Santa Fe y con domicilio legal en calle 3 de Febrero N° 103 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. 2) Oficiar a los Registros pertinentes a fin de que se tome nota de la presente declaración de quiebra. 3) Decretar la inhibición general del fallido, oficiándose al Registro General y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.- 4) Intimar al deudor para que dentro del término de veinticuatro horas haga entrega al Síndico de sus bienes, y demás documentación relacionada con su actividad. Intimando además a todos aquellos que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del Síndico, bajo apercibimientos de ley.- 5) Prohibir hacer pagos al fallido, con la salvedad de que, los que se efectúen, serán reputados ineficaces.- 6) Ordenar que se intercepte la correspondencia del quebrado haciendo entrega de la misma al Síndico, quien deberá abrirla en presencia del fallido o del suscripto, entregándose al interesado aquella que fuere de carácter personal; a sus efectos ofíciese a la oficina de Correo Argentino de la localidad de Colonia Josefina (S.Fe.).- 7) Prohibir al fallido ausentarse del país en los términos, del art. 103 de la L.C. efectuando las comunicaciones necesarias para asegurar su cumplimiento.- 8) Fijar el día diecinueve de abril de dos mil siete como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico las peticiones de verificación.- 9) Fijar el día cuatro de junio de dos mil siete como fecha para que el Síndico presente el informe individual de los créditos y el día treinta y uno de julio de dos mil siete para que el mismo presente el Informe General. 10) Dése publicidad a la presente resolución en la forma descripta en el art. 89 de la L.C. mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial, y de existir fondos en el Diario Castellanos de Rafaela.- 11) Disponer que el Síndico debe proceder a la realización de los bienes, en los términos de los arts. 203 y 204 de la L.C., previa propuesta de proyecto en tal sentido al Tribunal.- 12) Ordenar a la Sindicatura que en el término de cuarenta y ocho horas de anoticiarse de la presente, formule un inventario de los bienes detallando lo siguiente: muebles, inmuebles, rodados, bienes de terceros, maquinarias y herramientas, con especial mención de la existencia de garantía hipotecaria o prendaria y en tal caso individualización del acreedor, monto y número de inscripción del gravámen.- Establecer que en ese mismo término y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 4) precedente, la sindicatura deberá incautarse de todos los bienes de los fallidos, y eventualmente de estimarlo necesario, proceder a la clausura de alguna habitación, pudiendo para ello requerir la colaboración del Oficial de Justicia y/o la autoridad policial.- 13) Ordenar que al cobrar firmeza la presente, se proceda a la recaratulación del proceso, dejándose constancia en los registros respectivos. -Hágase saber, archivase el original, expídase copia Fdo, Dra. Beatriz Alicia Abele -Jueza Dr.Héctor Raúl Albrecht- Secretario.- Se hace saber además que el Síndico interviniente en la causa es el C.P.N Aldo Alfredo Maydana quién tiene constituido domicilio legal en calle 26 de Enero N° 40 de Rafaela.- Rafaela, 01 de marzo de 2007. - Héctor Raúl Albrecht, secretario.

S/C 4012 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela (Sfe)- Dra. Beatriz Alicia Abele-en los autos caratulados "Expte. 1360 - Año 2002 ORIGLIA, Néstor Félix s/Concurso Preventivo", se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto: Rafaela, Febrero nueve de dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados "Exp. N° 1360 - Año 2002 -ORIGLIA, Néstor Félix s/Concurso Preventivo y CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo originariamente previsto en la resolución de apertura de concurso (fs. 22/23) modificada luego por decreto obrante a fs. 461, el período de exclusividad, de conformidad al art. 43 de la L.C. el deudor debía hacer pública su propuesta presentándola en el expediente con una anticipación no menor de veinte días del vencimiento del plazo de exclusividad. Teniendo en cuenta que en la misma resolución la audiencia informativa que preve el inc, 10 del art. 14 de la L.C., corolario de aquel período, se encontraba prevista para el día 28/10/2004 y conforme las constancias de autos, el no haber cumplido con aquel requisito de presentación de propuesta, merece el apercibimiento previsto en la parte final del ante último párrafo del art. 43 ya citado.- Dejo constancia que particularmente no se evidencian tampoco alguno de los supuestos especiales contenidos en el art. 48 de la citada ley. - Oportunamente, he tenido la ocasión de analizar presupuestos necesarios para el dictado de la falencia, (cesación de pagos, etc.), lo que complemento con la referida denuncia de incumplimiento, por lo que los requisitos exigidos por la ley se encuentran cumplidos.- Existiendo Síndico ya designado en el concurso, entiendo cabe mantener tal designación, disponiendo que la misma continúe con la intervención acordada en la causa. - Por ello, lo preceptuado en los arts. 43, 77 inc. 1°, 88, 89, ss. y cc. de la Ley concursal y demás constancias de autos; RESUELVO: 1) Declarar en estado de quiebra a ORIGLIA, Néstor Félix, argentino, mayor de edad, casado, D.N.I. 20.145.100, CUIT.: 20-20145100-1 con domicilio real en calle San Martín N° 148 de la localidad de Colonia Josefina, Provincia de Santa Fe y con domicilio legal en calle 3 de Febrero N° 103 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. 2) Oficiar a los Registros pertinentes a fin de que se tome nota de la presente declaración de quiebra. 3) Decretar la inhibición general del fallido, oficiándose al Registro General y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.- 4) Intimar al deudor para que dentro del término de veinticuatro horas haga entrega al Síndico de sus bienes, y demás documentación relacionada con su actividad. Intimando además a todos aquellos que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del Síndico, bajo apercibimientos de ley.- 5) Prohibir hacer pagos al fallido, con la salvedad de que, los que se efectúen, serán reputados ineficaces.- 6) Ordenar que se intercepte la correspondencia del quebrado haciendo entrega de la misma al Síndico, quien deberá abrirla en presencia del fallido o del suscripto, entregándose al interesado aquella que fuere de carácter personal; a sus efectos ofíciese a la oficina de Correo Argentino de la localidad de Colonia Josefina (S.Fe.).- 7) Prohibir al fallido ausentarse del país en los términos, del art. 103 de la L.C. efectuando las comunicaciones necesarias para asegurar su cumplimiento.- 8) Fijar el día diecinueve de abril de dos mil siete como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico las peticiones de verificación.- 9) Fijar el día cuatro de junio de dos mil siete como fecha para que el Síndico presente el informe individual de los créditos y el día treinta y uno de julio de dos mil siete para que el mismo presente el Informe General. 10) Dése publicidad a la presente resolución en la forma descripta en el art. 89 de la L.C. mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial, y de existir fondos en el Diario Castellanos de Rafaela.- 11) Disponer que el Síndico debe proceder a la realización de los bienes, en los términos de los arts. 203 y 204 de la L.C., previa propuesta de proyecto en tal sentido al Tribunal.- 12) Ordenar a la Sindicatura que en el término de cuarenta y ocho horas de anoticiarse de la presente, formule un inventario de los bienes detallando lo siguiente: muebles, inmuebles, rodados, bienes de terceros, maquinarias y herramientas, con especial mención de la existencia de garantía hipotecaria o prendaria y en tal caso individualización del acreedor, monto y número de inscripción del gravamen.- Establecer que en ese mismo término y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 4) precedente, la sindicatura deberá incautarse de todos los bienes de los fallidos, y eventualmente de estimarlo necesario, proceder a la clausura de alguna habitación, pudiendo para ello requerir la colaboración del Oficial de Justicia y/o la autoridad policial.- 13) Ordenar que al cobrar finneza la presente, se proceda a la recaratulación del proceso, dejándose constancia en los registros respectivos. -Hágase saber, archívese el original, expídase copia Fdo, Dra. Beatriz Alicia Abele -Jueza Dr.Héctor Raúl Albrecht-Secretario.- Se hace saber además que el Síndico interviniente en la causa es el C.P.N Aldo Alfredo Maydana quién tiene constituido domicilio legal en calle 26 de Enero N° 40 de Rafaela.- Rafaela, 01 de marzo de 2007. - Héctor Raúl Albrecht, secretario.

S/C 4011 Mar. 8 Mar. 14

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela (Sfe)- Dra. Beatriz Alicia Abele-en los autos caratulados "Expte. 1358 - Año 2002 ORIGLIA, Néstor Félix y ORIGLIA, Edgardo José S.H. s/Concurso Preventivo", se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto: Rafaela, Febrero nueve de dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados "Exp. N° 1358 - Año 2002 -ORIGLIA, Néstor Félix y ORIGLIA, Edgardo José S.H. s/Concurso Preventivo y CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo originariamente previsto en la resolución de apertura de concurso (fs. 24/25) modificada luego por decreto obrante a fs. 524, el período de exclusividad, de conformidad al art. 43 de la L.C. el deudor debía hacer pública su propuesta presentándola en el expediente con una anticipación no menor de veinte días del vencimiento del plazo de exclusividad. Teniendo en cuenta que en la misma resolución la audiencia informativa que preve el inc, 10 del art. 14 de la L.C., corolario de aquel período,se encontraba prevista para el día 28/10/2004 y conforme las constancias de autos, el no haber cumplido con aquel requisito de presentación de propuesta, merece el apercibimiento previsto en la parte final del ante último párrafo del art. 43 ya citado.- Dejo constancia que particularmente no se evidencian tampoco alguno de los supuestos especiales contenidos en el art. 48 de la citada ley. - Oportunamente, he tenido la ocasión de analizar presupuestos necesarios para el dictado de la falencia, (cesación de pagos, cte.), lo que complemento con la referida denuncia de incumplimiento, por lo que los requisitos exigidos por la ley se encuentran cumplidos.- Existiendo Síndico ya designado en el concurso, entiendo cabe mantener tal designación, disponiendo que la misma continúe con la intervención acordada en la causa. - Por ello, lo preceptuado en los arts. 43, 77 inc. 1°, 88, 89, ss. y cc. de la Ley concursal y demás constancias de autos; RESUELVO: 1) Declarar en estado de quiebra a ORIGLIA, Néstor Félix y ORIGLIA, Edgardo José Sociedad de Hecho que gira bajo el nombre de fantasía de Origlia, Néstor y Edgardo S.H. Cuit: 30-68435617-4 con domicilio real en la localidad de Colonia Josefina, Provincia de Santa Fe y con domicilio legal en calle 3 de Febrero N° 103 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. 2) Oficiar a los Registros pertinentes a fin de que se tome nota de la presente declaración de quiebra. 3) Decretar la inhibición general del fallido, oficiándose al Registro General y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.- 4) Intimar a la deudora para que dentro del término de veinticuatro horas haga entrega al Síndico de sus bienes, y demás documentación relacionada con su actividad. Intimando además a todos aquellos que tengan bienes de la fallida para que los pongan a disposición del Síndico, bajo apercibimientos de ley.- 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, con la salvedad de que, los que se efectúen, serán reputados ineficaces.- 6) Ordenar que se intercepte la correspondencia del quebrado haciendo entrega de la misma al Síndico, quien deberá abrirla en presencia del fallido o del suscripto, entregándose al interesado aquella que fuere de carácter personal; a sus efectos ofíciese a la oficina de Correo Argentino de la localidad de Colonia Josefina (S.Fe.).- 7) Prohibir a la fallida ausentarse del país en los términos del art. 103 de la L.C. efectuando las comunicaciones necesarias para asegurar su cumplimiento.- 8) Fijar el día diecinueve de abril de dos mil siete como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico las peticiones de verificación.- 9) Fijar el día cuatro de junio de dos mil siete como fecha para que el Síndico presente el informe individual de los créditos y el día treinta y uno de julio de dos mil siete para que el mismo presente el Informe General. 10) Dése publicidad a la presente resolución en la forma descripta en el art. 89 de la L.C. mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, y de existir fondos en el Diario Castellanos de Rafaela.- 11) Disponer que el Síndico debe proceder a la realización de los bienes, en los términos de los arts. 203 y 204 de la L.C., previa propuesta de proyecto en tal sentido al Tribunal.- 12) Ordenar a la Sindicatura que en el término de cuarenta y ocho horas de anoticiarse de la presente, formule un inventario de los bienes detallando lo siguiente: muebles, inmuebles, rodados, bienes de terceros, maquinarias y herramientas, con especial mención de la existencia de garantía hipotecaria o prendaria y en tal caso individualización del acreedor, monto y número de inscripción del gravamen.- Establecer que en ese mismo término y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 4) precedente, la sindicatura deberá incautarse de todos los bienes de los fallidos, y eventualmente de estimarlo necesario, proceder a la clausura de alguna habitación, pudiendo para ello requerir la colaboración del Oficial de Justicia y/o la autoridad policial.- 13) Ordenar que al cobrar finneza la presente, se proceda a la recaratulación del proceso, dejándose constancia en los registros respectivos. - Hágase saber, archívese el original, expídase copia Fdo, Dra .Beatriz Alicia Abele - Jueza Dr. Héctor Raúl Albrecht-Secretario.- Se hace saber además que el Síndico interviniente en la causa es el C.P.N Aldo Alfredo Maydana quién tiene constituido domicilio legal en calle 26 de Enero N° 40 de Rafaela.- Rafaela, 01 de marzo de 2007. - Héctor Raúl Albrecht, secretario.

S/C 4013 Mar. 8 Mar. 14

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Laboral, de esta ciudad de Reconquista (Sta. Fe), se cita y emplaza a los herederos de la Señora ELVIRA MARCELINA CHAMORRO, para que comparezcan a ejercer su defensa y hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "GONZALEZ CATALINA c/ CHAMORRO ELVIRA s/ Laboral" Expte. Nº 534/2004, en trámite por ante este Juzgado, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Reconquista, 07 de Diciembre de 2006. Dr. Jorge Luis Ingaramo, Juez. Dr. Luis Octavio Silva, Secretario.

S/C 3964 Mar. 8 Mar. 12

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista y en los autos caratulados: CORREA PAULA c/ VALLEJOS ARMENIO GERARDO s/ Alimentos y Litis Expensas; Expte. Nº 847, año 2.005, se ha dispuesto citar a los herederos de la señora PAULA CORREA, para que comparezcan a estar a Derecho en el término de diez días bajo apercibimiento de Ley. Reconquista, 17 de noviembre de 2006. Fdo.: Dr. José María Zarza, Juez. Patricia Vanrrell, Secretaria.

$ 11 3963 Mar. 8 Mar. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial -2da. Nominación- de la ciudad de Reconquista, Provincia de Sta. Fe, se hace saber que en los autos caratulados: "LA TRANQUERA S.A c/ QUIEN RESULTE TITULAR DOMINIAL s/Ordinario de Prescripción Adquisitiva; (Expte. Nº 1364/06)" en fecha 05 de Febrero de 2.007, se ha declarado rebelde a la parte demandada. Reconquista, 14 de febrero de 2007. Fdo: Dr. Agustini, Juez. Alicia Mudryk, Secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe y en los autos caratulados: "IGLESIAS MIRTA RAMONA c/ DUARTE JULIO CESAR s/ Divorcio Vincular" Expte. Nº 1.416/2.006, que se tramita por ante el Juzgado mencionado, se cita y emplaza a la demandada para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezca a estar a derecho. Reconquista, 10 de noviembre de 2006. Fdo.: Dr. Carlos Manuel Agustini, Juez. Alicia Mudryk, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial Primera Nominación de Reconquista (SF), y en los autos: "JARA JULIO CESAR c/ ALDERETE ELSA ROSA s/ Escrituración, Expte. Nº 781, Año: 2006; se dictado la siguiente Providencia: Reconquista, Junio 27 de 2006.- Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, acuérdasele la intervención que por derecho le corresponda.- Por iniciada demanda de Escrituración contra ELSA ROSA ALDERETE, domiciliada donde se indica y/o Propietario Dominial y/o Q.R.J.R.- Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho, en el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente la documental acompañada.- Cítese como Terceros a JORGE ERMINIO BRITEZ, domiciliado donde se indica.- A lo demás oportunamente y si correspondiere. Fdo: Dr. Zarza - Juez. Dra. Vanrrell - Secretaria. OTRO DECRETO: Reconquista, Febrero 09 de 2007... cítese por Edictos a la demanda Elsa Rosa Alderete con las formalidades y bajo apercibimientos de ley.- Notifíquese. Reconquista, febrero 21 de 2007. Fdo: Dr. Zarza Juez, Patricia Vanrrell, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial Segunda Nominación de Reconquista (SF), y en los autos: DOMINGUEZ GRACIELA NILDA y Otras c/ SALCEDO LILIA y Otras s/ Prescripción Adquisitiva Veinteañal" Expte. Nº 909, Año: 2006; ha dictado la siguiente providencia: Reconquista, 10 de octubre de 2006. Agréguese. Por presentados, domiciliados, en el carácter que invocan, acuérdasele la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de prescripción adquisitiva de dominio contra LILIA SALCEDO y CLARA SALCEDO y/o sus herederos y/o quién resulte propietario. Cítese y emplácese a la demandada y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. Notifíquese por edictos conforme art. 67 C.P.C. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Villa Ocampo, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés alguno en esta causa. Notifíquese. Reconquista, octubre 18 de 2006. Alicia Mudryk, secretaria.

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