picture_as_pdf 2008-02-08

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

GUSTAVO ARIEL MURATORE

Por disp. Sr. Juez de Distrito C. y C. de la 13ra Nom. de Rosario, Secretaria Autorizante, hace saber en autos: "CONSORCIO EDIFICIO SALTA 1765 c/OTRO (DNI 12.700.233) s/APREMIO" Expte. 275/04, que el Martillero Gustavo Ariel Muratore, DNI 21.340.141, venda en pública subasta el día 19 de Febrero de 2008, a las 16 horas, en la Sala de Remates de Asociación de Martilleros y Corredores sito en calle Entre Ríos 238, Rosario, de resultar feriado o inhábil el día fijado, el día hábil posterior en el mismo lugar y hora la Nuda Propiedad del siguiente inmueble ubicado 9 de julio 639, 10° Piso "A" que se describe así: "Las partes proporcionales y proindivisa del terreno y de las cosas comunes y las unidades en propiedad horizontal integrantes del edificio sito en esta ciudad, en calle 9 de julio N° 639 individualizada como Unidad Ciento Treinta (U 130) Parcela Diez - Cero Uno (10-01) ubicada en planta décimo piso, con entrada por el N° 639 de calle 9 de julio destinada a vivienda familiar y se compone de: estar comedor, dos dormitorios, baño, paso, cocina- comedor diario, teniendo además el uso exclusivo de un balcón de propiedad común. Sup. Exc.: 50,32 m2. Sup. Bs. Comunes: 42,55 m2. Valor proporcional en relación al conjunto del inmueble: 1,44%. El dominio consta inscripto al T° 932 F° 156 N° 272958 PH. Dto. Rosario. Registro General Rosario: Consta al dominio: Usufructo vitalicio a nombre de Olga Clara Baltar, LC 6.479.456. Hipotecas: no aparecen. Embargos: al T° 112E F° 2916 N° 337259, de $ 11.341 del 5/5/03. Juzgado Dist. 13ra Nom. Rosario. Autos: Consorcio Edif. Salta 1765 c/otro s/cobro. Inhibiciones: al T° 117I F° 1446 N° 317151, del 10/3/05 por $ 10.000 Juzg. Dist 2da Nom. Autos: Spitale Héctor c/Otro s/Dem. Ejec. Al T° 117I F° 3263 N° 333436 del 5/05/05. Por $ 7.275,09. Juzg. Laboral 3ra Nom. Autos: Del Valle Angel c/otro s/Dem. Laboral, al T° 119 I F° 2981 N° 330631. Por $ 5.922,06, del 12/4/07. Juzg. Dist. 14ta Nom. Ros. Autos: Caja de Ingenieros c/otro s/Apremio. El inmueble saldrá a la venta con la Base de $ 25.928,97. En el estado de ocupación en que se encuentre según constancia de autos. Seguidamente si no hubiere postores con retasa del 25% y si tampoco hubiere postores con una última base del 20% del avalúo. En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio en efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio, con más la comisión de ley al martillero. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al aprobarse la subasta, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de intereses la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe SA desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del CPCC y si intimado no efectúa el pago se dejará sin efecto la venta. Hágase saber que estarán a cargo del adquirente los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que se adeudaren a la fecha de la subasta. Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona para la cual adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido el plazo señalado sin la ratificación correspondiente todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó en el acto de subasta. Publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL dejándose constancia que en caso de ser feriado el día fijado para la subasta, la misma se realizará el día inmediato posterior a la misma hora y lugar fijados. Hágase saber a la Asociación de Martilleros de Rosario la fecha de subasta designada. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público a fin de protocolizar los testimonios correspondientes a las diligencias relativas a la venta y posesión para su posterior inscripción en el Registro General quedan excluidas por lo tanto las otras opciones previstas por el art. 505 del CPCC. Los gastos, sellados y honorarios notariales serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador, incluyese entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles, de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23905) Impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. f Código Fiscal) e IVA. Hágase saber que el inmueble a subastarse será exhibido los dos días hábiles a la subasta en el horario de 11 a 12 horas. Copia de títulos obran agregados en autos no aceptándose reclamos posteriores a la subasta por falta o insuficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar. Rosario, 21 de Diciembre de 2007. Mabel A.M. Fabbro, secretaria.

$ 287 21917 Feb. 8 Feb. 12

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POR

RICARDO DANIEL GIUSEPPONI

Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTRO s/APREMIO FISCAL. Expte. N° 993/06", se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula N° 1572-G-131, CUIT. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día 28 de Febrero de 2008, a las 10 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base de $ 636,69 (A.I.I.); de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta con la base mínima del 20% de la valuación fiscal, el siguiente inmueble situado en la ciudad de Roldán (Lote 17, Manzana B, Sector 36), que según su título se describe así: "Un lote de terreno situado en la Localidad de Roldán Departamento San Lorenzo en esta Provincia, el que según plano del Ingeniero Geógrafo don Segundo A. Splendiani, archivado en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro bajo el Número cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta y dos, del año mil novecientos sesenta y nueve, se designa con el Número "diecisiete" de la manzana "B", y de acuerdo al mismo se halla ubicado en la calle pública "Y", entre calles Públicas "A" y "B", a los sesenta y tres metros setenta y nueve centímetros de la primera hacia el Este, y a los sesenta y tres metros sesenta y un centímetros de la última hacia el Oeste, compuesto de doce metros sesenta centímetros de frente, por cuarenta metros de fondo. Encierra una superficie total de quinientos cuatro metros cuadrados, y linda: Por su frente al Sud, con calle Pública "Y"; al Oeste con el lote Dieciocho; al Norte con fondos del lote Seis; y al Este, con el lote Dieciseis, todos de la misma y plano. El inmueble, un lote de terreno baldío, libre de personas y cosas, se vende desocupado, conforme acta de constatación, glosada a autos. De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre de la demandada, al T° 194 F° 430 N° 190904, Dpto. San Lorenzo. El demandado no registra inhibición. El inmuebles no registra hipoteca; Registra embargo, al T° 115 E F° 8982 N° 407169, de fecha 24/11/06, por la suma de $ 5.195,76, por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio alcanzado, más el 3% de comisión de ley al Martillero, más el 2% de Tasa de Remate conforme Ordenanza Municipal N° 482/06, en efectivo. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta y si intimado el adquirente no efectúa el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 del CPCC. Dicho saldo deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales a la orden de este Juzgado y para estos autos. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuestos, tasas, contribuciones especiales adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos serán a cargo del adquirente en el remate. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905), impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Se encuentra agregado en autos, para su revisación, copia simple de la Escritura de Dominio, acta de constatación y demás documentación informativa, advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las constancias de autos, sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo alguno después del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. Rosario, 24 de Diciembre de 2007. Paula Sansó, secretaria.

S/C 21912 Feb. 8 Feb. 12

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POR

CELIA LUZURIAGA

Por disp. Sr. Juez de Distrito C. y C. de la 12ª. Nom. de Rosario, Secretaría Autorizante, hace saber en autos: ZONTA AURELIO c/OTRO (DNI 6.075.302) s/EJECUCION HIPOTECARIA. Expte. 386/03, que la Martillera Celia Luzuriaga, DNI 17.818.971, venda en pública subasta el día 18 de febrero de 2008, a las 18,15 horas, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros y Corredores, sito Entre Ríos 238, Rosario, de acuerdo con las condiciones propuestas y con la conformidad prestada por el letrado de la parte actora y bajo su responsabilidad. En caso de que dicho día resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar se deberá solicitar nuevo día y hora de realización de la misma, el siguiente inmueble ubicado en calle Larrea 2079, Rosario que a continuación se describe: Un lote de terreno de su propiedad, situado en esta ciudad en el Barrio Azcuénaga señalado como el Lote N° Diez de la manzana G del plano respectivo levantado por el Agrimensor J. Pablo Giachello, archivado en el Registro General bajo el N° 71.630/1949 ubicado dicho terreno en la calle Larrea entre las de Ituzaingo y Cerrito a los 15,13 m. de calle Cerrito en dirección al Norte y mide 8,66 m. de frente al Oeste por 18,23 m. de fondo. Sup. total 157,87 m2. Lindando por su frente al Oeste con calle Larrea, por el Norte con el lote N° 9, por el Sud con los lotes 11 y 12 y por el Este con el lote N° 13 todos de igual manzana y plano. El dominio consta inscripto al T° 328, F° 272, N° 128108. Dto. Rosario. Consta al dominio: Hipotecas: al T° 566B F° 341, N° 425762. Por U$S 6.700 del 29/12/00. A favor de Aurelio Zonta, titular de la CI. 10.838.093. Inhibiciones: al T° 119I F° 959 N° 313126, del 16/2/07. Por $ 18.392,48. Juzg. Dist. 13ª. Nom. Rosario. Autos: Caja de Ingenieros c/otro s/apremio. Embargo: no aparecen. El mismo saldrá a la venta con la base de $ 19.222,90. (A.I.I.) y en caso de no haber postores con una retasa del 25% y en caso de persistir la falta de oferentes con una última base del 20% del avalúo fiscal si no se retirará de la venta. Saldrá a la venta en el carácter según acta de constatación. En el acto del remate el comprador deberá abonar en efectivo o cheque certificado el 10% de seña y el 3%, de comisión de ley al martillero. Según lo contempla la ley 24.441 artículo 75, inc. c que reforma el art. 3636 del CC en las ejecuciones hipotecadas queda prohibida la compra en comisión. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. Cumpliméntese por parte del martillero con los arts. 503 y 506 del CPCC. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuestos, tasas, contribuciones especiales adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales) IVA si correspondiere y gastos serán a cargo del adquirente en el remate. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (Ley 23905) Impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. f Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el art. 505 2° párrafo del CPCC. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Atento a lo dispuesto en la ley 24441, art. 75, inc. c hágase saber que en las ejecuciones hipotecadas no procede la compra en comisión, debiendo estar asentado en el edicto correspondiente. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar. Rosario, 28 de Diciembre de 2007. Paula Sansó, secretaria.

$ 210 21916 Feb. 8 Feb. 12