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DECRETO Nº 0274

Santa Fe, 31 de Enero de 2008

VISTO:

El Expediente Nº 00320-0004094-0 del Registro del S.I.E., los decretos N° 2189/89, 2459/89 y 0578/94; y

CONSIDERANDO:

Que el decreto N° 2189/89 en el punto 6 de su artículo 1° dispone la suspensión de los gastos de cortesía y homenaje dentro del ámbito oficial, quedando los mismos circunscriptos a situaciones excepcionales de recepción y atención de funcionarios nacionales de máxima jerarquía o personalidades extranjeras,

Que el decreto N° 2459/89 amplía dichas excepciones a aquellos gastos que tengan vinculación directa con el protocolo del Sr. Gobernador;

Que el decreto N° 0578/94 ratifica lo establecido por los decretos mencionados en los considerandos precedentes para los gastos de cortesía y homenaje y, además, agrega que los titulares de cada jurisdicción podrán disponer excepciones a dichas normas por razones de servicio;

Que sin perjuicio de mantener la necesaria austeridad y contención del gasto público, se hace necesario en el marco del desarrollo e inserción provincial en la región, así como en el ámbito nacional e internacional, ampliar las excepciones autorizadas para los gastos de cortesía, homenaje, y atención, incluyendo a funcionarios públicos de distintos estamentos, personalidades culturales, gremiales, empresariales, políticas, etc, que coadyuven al desarrollo, inserción y promoción de la Provincia de Santa Fe;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1º - Reconócense al Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario de Estado, bajo comprobantes, los gastos de cortesía y homenaje realizados por ellos para la atención y recepción de funcionarios municipales y comunales, funcionarios de otras provincias, nacionales e internacionales, así como a personalidades y grupos culturales, gremiales, empresariales, políticos o de cualquier otra índole, que resulten de interés para el desarrollo e inserción de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 2º - Regístrese, comuníquese, y archívese.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

C.P.N Angel José Sciara

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