picture_as_pdf 2007-02-08

RESOLUCION N° 0015

Santa Fe, 25 de Enero de 2007.

VISTO:

El expediente N° 02101-0004998-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria con la colaboración de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable realizó un relevamiento pormenorizado de la cuenca pesquera que detectó nuevos beneficiarios que no se contemplaron en el relevamiento realizado por la Subsecretaría de Comunas del Ministerio Coordinador (Expte. N° 001023-0033677-0 y agregado N° 00103-0033698-7), con la información suministrada por el Sindicato de Pescadores de Santa Fe y los Municipios y Comunas de los distritos a que correspondan;

Que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable por solicitud de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca y con el visto bueno del Señor Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, gestionó por expediente N° 02101-0004950-2 la ampliación neta de presupuesto por Pesos Doscientos Cuarenta Mil ($ 240.000,00) para afrontar el incremento de beneficiarios para la ayuda económica mensual, en el marco del artículo 3° la Ley N° 12.703/06, Decreto N° 0006 de fecha 04 de enero de 2007 y Decreto N° 136 del 24 de enero de 2007, a favor de los pescadores alcanzados por la prohibición dispuesta por su artículo 1° de la mencionada Ley;

Que a tales efectos se firmó adenda al convenio registrado con el N° 3003 del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, entre la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria celebrado en fecha 24 de enero de 2007, el cual forma parte integrante del presente decisorio;

Que la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria al ser órgano de ejecución y responsable de la efectivización del pago de la ayuda económica, deberá prestar colaboración ante imprevistos y aclaraciones que surgiesen al momento de la Rendición;

Que la Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable informó sobre el Padrón de beneficiarios correspondientes a la Comuna de Helvecia, el cual forma parte de la presente norma legal;

Que las presentes actuaciones se enmarcan en las facultades conferidas en la Ley de Presupuesto N° 12.511 y su Complementaria N° 12.512 del año 2006, prorrogado para el ejercicio 2007 por Decreto N° 0001/07;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Facúltese a la Dirección General de Administración de la SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, en relación al padrón adjunto, a transferir (parte de los fondos autorizados por Decreto N° 0136/07) PESOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS ($ 73.200,00) desde la cuenta corriente - S. E. M.A y D.S. Gastos de Funcionamiento - N° 20692/06 - Sucursal 599, a la SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA a la cuenta:

Habilitación Dirección de Acción Social - cuenta corriente N° 01340/06 - Sucursal 558 - (183 beneficiarios $ 73.200,00).

ARTICULO 2°.- La Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria procederá al pago de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00), por única vez por el mes de enero de 2007, a los beneficiarios que figuran en el padrón que forma parte de la presente.

ARTICULO 3°.- La Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria deberá presentar toda la documentación a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, que permita efectuar la Rendición pertinente en tiempo y forma.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y Publíquese; y previa intervención del TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA y de la CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, pase a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, a los efectos correspondientes.

Dr. MARCELO LUIS TERENZIO

Secretario de Estado,

Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

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ADENDA CONVENIO

ENTRE SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA Y SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y

DESARROLLO SUSTENTABLE

DEL 12/01/07

ENTRE:

La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, representado por su titular el Dr. Marcelo Terenzio, y en adelante Secretaría de Medio Ambiente y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria representada por su Secretario Dr. Juan Carlos Forconi, y en adelante indistintamente Secretaría de Promoción; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 12 de enero de 2007 se firmó convenio entre la Secretaría de Medio Ambiente y Secretaría de Promoción, registrado bajo el Nº 3003, Folio 103, Tomo VI, en el registro de tratados, Convenios, y Contratos Interjurisdiccionales.

Que por la ley N° 12.212 modificada por la Ley Nº 12703 y decreto Nº 0006/07 se aprobó la ayuda económica mensual establecida por la antes mencionada Ley, a favor de los pescadores alcanzados por la prohibición dispuesta por su artículo 1° en pesos $ 400 por beneficiario;

Que debido a que se realizó un nuevo relevamiento pormenorizado y actualizado por la Secretaría de Promoción con la colaboración de la Secretaría de Medio Ambiente, es necesario modificar el convenio mencionado precedentemente.

Que por decreto Nº 0053/07 artículo Nº 5, se dispuso a que la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria se haga cargo del pago de los beneficiarios por poseer la infraestructura y a los efectos de no incurrir en demoras que retrasen el actual funcionamiento de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable la cual se encuentra atendiendo la creación de la Dirección de Recursos Naturales y Pesca y considerando el escaso plazo resulta necesario acordar entre la Secretaría de Medio Ambiente y la Secretaría de Promoción las acciones administrativas para el pago correspondiente a la ayuda económica a pescadores.

Por ello, las partes CONVIENEN

MODIFICAR LAS CLAUSULAS 1 A 3 QUE QUEDARAN REDACTADAS DE LA

SIGUIENTE MANERA:

Primero: la Secretaría de Medio Ambiente transferirá los fondos necesarios una vez aprobados por decreto a la Secretaría de Promoción autorizados mediante Resolución,

Segundo: la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, con intervención de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca, confeccionará un padrón, el cual luego será remitido, debidamente suscripto, a la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, para que esta última pueda hacer efectiva la ayuda económica a favor de los pescadores alcanzados por la prohibición dispuesta por la Ley Nº 12.212, modificada por la Ley Nº 12.703

Tercero: La Secretaría de Estado Promoción Comunitaria se hará cargo de la efectivización de la Ayuda económica dispuesta por el Decreto Nº 0006/07, en su Artículo 1º, por la suma de pesos cuatrocientos ($ 400,00), con la posterior remisión a la Secretaría de Medio Ambiente de la fehaciente documentación para la pertinente rendición de cuentas.

Sin más que agregar, precia lectura y ratificación, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe a los 24 días del mes de enero de 2007.

Dr. MARCELO LUIS TERENZIO

Secretario de Estado,

Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

Dr. JUAN CARLOS FORCONI

Secretario de Estado

de Promoción Comunitaria

APELLIDO Y NOMBRES DNI

Andino Juan D. 8.507.408

Andino, Héctor Alberto 20.140.170

Arévalo, Sergio Ariel 17.572.363

Armúa Ramón Aquilino 16.263.854

Armúa, Fabián Alberto 20.320.212

Armúa, Manuel 26.430.006

Armúa, Ricardo 21.803.974

Astudillo, Francisco 23.213.959

Bangerter, Hugo Luis Reinaldo 18.225.029

Barrio Ernesto Fabián 30.265.514

Barrios Jorge 6.261.438

Barrios Reymundo Albino 16.079.247

Barrios, Delmiro 7.891.079

Barrios, José 21.413.536

Bassi, Mario Raúl 7.708.590

Bassi, Nicolás Manuel 6.256.626

Bello, José María 8.502.306

Benítez Jorge Luis 16.623.844

Bitti, Héctor A. 13.504.239

Bode, Jorge 17.873.002

Bustamante, Adrián Oscar 22.468.991

Cabral, Santa Elena 14.288.781

Calderón Juan Carlos 29.378.042

Calderón, José Luis 33.071.424

Canteros, Carlos D. 17.833.085

Cañete, Juan Omar 14.556.453

Capiaqui, Inocencio 6.254.173

Cargou, Adan A. 12.208.914

Carrazán, Jorge Alberto 13.633.093

Ceballos, Víctor Genaro 17.906.442

Cejas, Bernabé 27.538.497

Cejas, Marcos Germán 33.468.195

Cejas, Martín Rodrigo 32.331.582

Cejas, Valentín 12.208.811

Cejas, Alejandro 23.911.857

Cejas, Angel 31.092.337

Cejas, Antonio Jesús 12.208.953

Cejas, Bernardo 6.263.537

Cejas, Cristián Joel 30.265.538

Cejas, Efrain Fabián 28.915.457

Cejas, Felipe 25.401.238

Cejas, Gustavo C. 25.401.251

Cejas, María de los Angeles 30.842.267

Cejas, Martín Oscar 28.915.427

Coria, Alejandro 26.430.012

Coria, Héctor 20.320.360

Cruz, Angel César Romeo 25.401.275

Dietz, José María 23.367.490

Dietz, Ramón 21.424.205

Domínguez, Jorge 11.333.685

Dovis, Alcides Enrique 31.385.457

Dovis, Alcides Luis 11.074.635

Dovis, Rolando 29.775.408

Duarte, Diego Martín 27.673.669

Escobar, Angel 27.858.981

Escobar, Carlos 23.213.925

Escobar, Raúl Aníbal 26.149.439

Espinosa, Víctor Hugo 16.633.045

Ferreyra, Marcelo Osvaldo 17.572.378

Ferreyra, Armando Luis 16.627.184

Ferreyra, Liodoro Santiago 13.633.026

Gaitán, Raúl Eduardo 12.208.810

Galván, Orlando 16.880.352

Gauna, Edilberto Daniel 33.105.141

Gauna, Luis Maximiliano 32.331.553

Giménez, Horacio 20.140.178

Gómez, Alejandro Daniel 12.887.827

Gómez, Adolfo 21.064.047

Gómez, Claudio Roberto 22.108.958

Gómez, Diego 16.263.808

Gómez, Guillermo 20.320.295

Gómez, Gustavo P. 22.108.978

Gómez, José Mauricio 31.708.987

Gómez, Luis Ermelindo 6.230.550

Gómez, Roque Danilo 17.873.067

Hernández, Armando 17.572.394

Hernández, Jorge Rafael 27.610.556

Lanche, Marta 10.382.520

Lanche, Francisco Javier 25.401.213

Lanche, Rubén Darío 16.880.305

Lavanderi, Gustavo Javier 30.842.208

Lavanderi, Rafael 26.149.484

Lavanderi, Reynaldo 24.656.075

Lemos, Adrián 27.538.475

Lencina, Benicio 6.246.059

López, Mario Héctor 12.208.832

López, José Ramón 16.103.336

Maciel, Héctor Valentín 14.288.137

Maciel, Carlos 20.320.207

Maciel, César Antonio 34.171.297

Maciel, Heraldo José 22.468.832

Maciel, Hugo Daniel 12.208.928

Maciel, Jorge Enrique 23.911.856

Maciel, Nicolás 26.149.499

Maidana, Pedro G. 22.108.970

Mainetti, Fernando 23.213.917

Mainetti, Luciano 21.064.030

Maldonado, Francisco 13.633.022

Medina, Juan Ignacio 17.572.345

Medina, Walter Fabián 31.385.421

Medina, Walter Javier 31.385.420

Medina, Claudio 11.114.892

Medina, Mario Alberto 28.242.248

Medina, Paulino 21.647.585

Miño, José Luis 14.960.533

Miño, Ramón Donato 8.379.768

Molina, Eduardo Miguel 31.708.809

Moreyra, Anastasio 5.726.761

Moreyra, Gustavo 29.567.098

Moreyra, Héctor Eduardo 12.887.829

Moreyra, Hugo Casimiro 6.245.469

Moreyra, Marcelo Fabián 18.225.020

Moreyra, Rubén Ceferino 16.430.274

Moreyra, Diego Rafael 31.092.201

Moreyra, Fernando Raúl 32.331.665

Moreyra, Gustavo David 20.320.359

Moreyra, Gustavo Gabriel 32.179.161

Moreyra, Héctor Eduardo 30.452.092

Moreyra, Hugo Omar 16.880.407

Moreyra, Ismael 8.500.025

Moreyra, Javier Hernán 23.589.932

Moreyra, Martín Javier 28.242.237

Moreyra, Norberto Gabriel 26.430.100

Narvaez, Claudio Francisco 18.225.024

Nini, Hipólito Darío 20.320.390

Ortega, Francisco Eduardo 20.806.644

Palomeque, Daniel 16.420.438

Papini, Angel Antonio 10.309.711

Papini, Carlos Alberto 11.335.657

Papini, Guillermo 33.105.090

Papini, María Alejandra 23.589.903

Papini, Gregorio 17.572.343

Papini, Isabelino 12.887.897

Papini, Diego 27.133.995

Pérez, José Fabián 26.430.049

Podevils, Hugo Daniel 14.960.531

Podewylls, Fernando Gastón 32.331.554

Podewyls, Héctor Omar 12.887.811

Pucheta, Juan Antonio 25.049.964

Quintana, Ricardo Omar 6.306.991

Quintero, Héctor Sebastián 27.858.936

Quinteros, Claudio Antonio 29.924.811

Ramírez, Juan José 23.213.987

Retamozo, Ramón B 14.960.537

Retamozso, Juan Carlos 7.675.301

Rivero, Alex Fabricio 33.468.201

Rivero, Lisandro Norberto 32.331.560

Rivero, Osvaldo Rubén 12.887.980

Romero, Diego 31.155.476

Romero, Fernando Aníbal 12.208.955

Rosales Arturo Oscar 16.627.194

Rosales, Abel Alcibiades 11.879.520

Rosales, Dardo Darío 20.140.177

Rosales, Demetrio Marcos 6.263.538

Rosalez, Alcides Gregorio 16.079.242

Saavedra, Carlos 8.467.294

Sanchez, Martín 5.729.407

Sanchez, Roberto 25.401.263

Sañudo, Armando Daniel 13.632.993

Sañudo, Diego 32.331.650

Sañudo, Esteban 31.708.883

Sañudo, Fabián Silvino 23.911.835

Sañudo, Jorge 11.795.684

Sañudo, Jorge Luis 31.092.220

Sañudo, Oscar Ovidio 10.804.471

Sañudo, Diego Uriel 25.751.686

Sañudo, Juan Carlos 17.873.023

Sañudo, Roberto 12.887.920

Saravia, Juan María 6.254.136

Scrandoglio, Ariel Fernando 27.858.902

Solis, Daniel 22.468.847

Troncoso, Eduardo Daniel 18.519.350

Troncoso, Enrique Alberto 11.074.674

Ulerich, Manuel 7.675.895

Vázquez, Reynaldo 6.306.065

Vázquez, Roberto Manuel 8.507.416

Vega, Liberato Elías 5.944.802

Vidal, Pablo Rogelio 34.656.039

Villalba, Cayetano Miguel 4.545.891

Villalba, Marcelo Jesús 20.320.234

Zanabria, Adrían Roberto 27.076.403

Zeballo, José Luis 11.511.809

Zuchelli, César 31.092.233

1189

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