picture_as_pdf 2007-02-08

SECRETARIA DE ESTADO

DE MEDIO AMBIENTE Y

DESARROLLO SUSTENTABLE

RESOLUCION N° 0005

Santa Fe, 12 de Enero de 2007.

VISTO:

El expediente N° 02101-0004740-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que por expediente N° 00103-0033677-0 y agregado N° 00103-0033698-7 la Subsecretaría de Comunas del Ministerio Coordinador confeccionó el padrón correspondiente a los beneficiarios;

Que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable gestionó la ampliación neta de presupuesto para afrontar la ayuda económica mensual establecida por artículo 3° la Ley N° 12.703/06, a favor de los pescadores alcanzados por la prohibición dispuesta por su artículo 1° de la mencionada Ley;

Que mediante Decreto N° 0006 de fecha 4 de enero de 2007, en su artículo 1° se fija importe de ayuda económica en pesos cuatrocientos ($ 400,00) por el mes de enero de 2007;

Que a tales efectos se firmó convenio entre la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria celebrado en fecha 11 de enero de 2007, el cual forma parte integrante del presente decisorio;

Que atento a ello y dado que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable no cuenta con la infraestructura para hacer efectivo el pago, se estima conveniente realizar una transferencia de fondos por Pesos Un Millón Dieciocho Mil Ochocientos ($ 1.018.800,00) desde la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria;

Que la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria al ser órgano de ejecución y responsable de la efectivización del pago de la ayuda económica, deberá prestar colaboración ante imprevistos y aclaraciones que surgiesen al momento de la Rendición;

Que mediante nota obrante a fojas 6 la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria informa las cuentas de recepción de los fondos;

Que las presentes actuaciones enmaradas en las facultades conferidas en la Ley de Presupuesto N° 12.511 y su Complementaria N° 12.512 del año 2006, prorrogado para el ejercicio 2007 por Decreto N° 0001/07;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Facúltese a la Dirección General de Administración de la SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, a transferir los fondos autorizados por Decreto N° 0053/07 - PESOS UN MILLON DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 1.018.800,00) desde la cuenta corriente - Sec E y M A - Gastos de Funcionamiento - N° 20692/06 Sucursal 599, a la SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA a las siguientes cuentas:

• Habilitación delegación Rosario - cuenta corriente N° 34720/02 - Sucursal 099 (760 beneficiarios - $ 304.000,00)

• Habilitación Dirección de Acción Social - cuenta corriente N° 01340/06 Sucursal 558 - (1787 beneficiarios $ 714.800,00).

ARTICULO 2°.- La Secretaria de Estado de Promoción Comunitaria procederá al pago de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00) , por única vez por el mes de enero de 2007, a los beneficiarios que figuran en el padrón confeccionado por la Subsecretaría de Comunas del Ministerio Coordinador, no teniendo objeciones por parte de esta Secretaría y de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca, obrante en el Expediente N° 00103-0033677-0 y agregado N° 00103-0033698-7, que se agregan al presente decisorio.

ARTICULO 3°.- La Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria deberá presentar toda la documentación a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, que permita efectuar la Rendición pertinente en tiempo y forma.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y Publíquese; y previa intervención del TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA y de la CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, pase a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, a los efectos correspondientes.

Dr. MARCELO LUIS TERENZIO

Secretario de Estado

Medio Ambiente y Des. Sustentable

CONVENIO

ENTRE:

La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, representado por su titular el Dr. Marcelo Terenzio, y en adelante Secretaría de Medio Ambiente y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria representada por su Secretario Dr. Juan Carlos Forconi, y en adelante indistintamente Secretaría de Promoción; y

CONSIDERANDO:

Que por la ley N° 12.202 modificada por la Ley N° 12703 y decreto N° 0006/07 se aprobó la ayuda económica mensual establecida por la antes mencionada Ley, a favor de los pescadores alcanzados por la prohibición dispuesta por su artículo 1° en pesos $ 400 por beneficiario.

Que por decreto N° 0053/07 se dispuso a que la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria se haga cargo del pago de los beneficiarios por poseer la infraestructura y a los efectos de no incurrir en demoras que retrasen el actual funcionamiento de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable la cual se encuentra atendiendo la creación de la Dirección de Recursos Naturales y Pesca y considerando el escaso plazo resulta necesario acordar entre la Secretaría de Medio Ambiente y la Secretaría de Promoción las acciones administrativas para el pago correspondiente a la ayuda económica a pescadores.

Que debido a dicho decreto y funciones adicionales al presente convenio la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable transferirá los fondos aprobados por decreto N° 0053/07 a la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria en las Cuentas Oficiales, Habilitación delegaron Rosario - cuenta corriente N° 34720/02 - Sucursal 099 - (760 beneficiarios - $ 304.000,00) y en N° Habilitación Dirección de Acción Social - cuenta corriente N° 01340/06 - Sucursal 558 - (1787 beneficiarios - $ 714.800,00)

Por ello, las partes CONVIENEN:

Primero: la Secretaría de Medio Ambiente transferirá los fondos a la Secretaría de Promoción mediante Resolución conjunta

Segundo: la Subsecretaría de Comunas del Ministerio Coordinador confeccionó un padrón, con la información suministrada por el Sindicato de Pescadores de Santa Fe y los Municipios y Comunas de los distritos a que correspondan; previa aprobación definitiva de los mismos por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, con intervención de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca de su dependencia.

Tercero: La Secretaría de Promoción se hará cargo de la efectivización de la Ayuda económica dispuesta por el Decreto N° 0006/07 y presupuesto aprobado por decreto N° 0053/07 con la remisión a la Secretaría de Medio Ambiente de la fehaciente documentación para la pertinente rendición.

Cuarto: Que el gasto que ocasione el operativo de pago y gastos de funcionamiento será a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente

Quinto: Una vez concluido cada operativo de pago la Secretaría de Promoción enviará un resumen de los gastos ocasionados.

Sin más que agregar, previa lectura y ratificación, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe a los 11 días del mes de enero de 2007.

Dr. MARCELO TERENZIO

Secretario de Estado de Medio

Ambiente y Desarrollo Sustentable

Dr. JUAN CARLOS FORCONI

Secretario de Estado

de Promoción Comunitaria

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