picture_as_pdf 2018-01-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13728


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1 - Apruébase el Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de

Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, suscripto

en fecha 14 de julio de 2016.

El mismo fue inscripto bajo el N° 7082 en fecha 29 de julio de 2016, al Folio 048,

Tomo XIII, del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales,

Decreto N° 1767/84, Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia como anexo

forma parte integrante de esta ley.

ARTICULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores


ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados


D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores


Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


DECRETO Nº 4220


SANTA FE, "Cuna de la ConstituciónNacional"

29 DIC 2017

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13728 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

LIFSCHITZ

C.P.N. Jorge Mario Alvarez

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso, oficina n° 227, Santa Fe Te!. 0342-4506607 e-maiI:tecnicalegislativa@santafe.gov.ar

21255

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