REGISTRADA BAJO EL Nº 13728
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Apruébase el Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, suscripto
en fecha 14 de julio de 2016.
El mismo fue inscripto bajo el N° 7082 en fecha 29 de julio de 2016, al Folio 048,
Tomo XIII, del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales,
Decreto N° 1767/84, Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia como anexo
forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 4220
SANTA FE, "Cuna de la ConstituciónNacional"
29 DIC 2017
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13728 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
LIFSCHITZ
C.P.N. Jorge Mario Alvarez
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso, oficina n° 227, Santa Fe Te!. 0342-4506607 e-maiI:tecnicalegislativa@santafe.gov.ar
21255
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