picture_as_pdf 2018-01-08

REGISTRADA BAJO EL Nº 13701


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1- Dónase a la Comuna de Felicia una fracción de terreno propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, según dominio inscripto al T° 43 - F° 628 - N° 17591 – departamento Las Colonias, ubicado en la Manzana N° 16 e identificado como Parcela 4, Superficie 5624,67 m2 y empadronado bajo Partida de Impuesto Inmobiliario N° 09-12-0083743/0000.

ARTÍCULO 2.- La donación que se dispone por el artículo precedente se efectúa con los cargos de que el predio sea destinado exclusivamente a viviendas de tipo social y que se confeccione el Plano de Mensura correspondiente para su transferencia.

ARTÍCULO 3-El incumplimiento de los cargos señalados en el artículo precedente traerá aparejada de pleno derecho la revocación automática de la donación.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


DECRETO N° 4218


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional'

- 29 DIC 2017

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13701 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

LIFSCHITZ

Bioq. Claudia Elisabeht Balagué

21253

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