REGISTRADA BAJO EL Nº 13701
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1- Dónase a la Comuna de Felicia una fracción de terreno propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, según dominio inscripto al T° 43 - F° 628 - N° 17591 – departamento Las Colonias, ubicado en la Manzana N° 16 e identificado como Parcela 4, Superficie 5624,67 m2 y empadronado bajo Partida de Impuesto Inmobiliario N° 09-12-0083743/0000.
ARTÍCULO 2.- La donación que se dispone por el artículo precedente se efectúa con los cargos de que el predio sea destinado exclusivamente a viviendas de tipo social y que se confeccione el Plano de Mensura correspondiente para su transferencia.
ARTÍCULO 3-El incumplimiento de los cargos señalados en el artículo precedente traerá aparejada de pleno derecho la revocación automática de la donación.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO N° 4218
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional'
- 29 DIC 2017
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13701 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
Bioq. Claudia Elisabeht Balagué
21253
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