picture_as_pdf 2008-01-08

REGISTRADA BAJO EL N° 12849

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1. - Autorízase al Señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2008, cuando razones de gobierno así lo aconsejen.

El Señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.

ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente

Cámara de Diputados

DR. LISANDRO RUDY ENRICO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

DRA. GRISELDA TESSIO

Presidenta

Cámara de Senadores

DR. DIEGO A. GIULIANO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO N° 0187

Santa Fe,28 de Diciembre de 2007.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 12.849 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

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