picture_as_pdf 2017-11-07

Q & M S.R.L.


DISOLUCIÓN


En cumplimiento de la ley de Sociedades Comerciales 19.550, se hace saber que el 2 de 2017, Q & M S.R.L., ha procedido a resolver su disolución social anticipada, dado que la sociedad tiene vigencia hasta el 13 de septiembre del 2101, quedando designado como liquidador social el socio Juan Alberto Méndez Casariego, D.N.I. Nº 06.046.360, quien tendrá a su cargo todas las tareas inherentes y el uso de la firma social en forma individual.

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ROCA CARGAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Con fecha 24 del mes de octubre de 2017 los señores Florencia Roca, con D.N.I. Nº 27.733.814, C.U.I.T. Nº 27-27733814-4 con domicilio en calle España 812 Piso 6 de la ciudad de Rosario, nacida el 15 de Noviembre de 1979, estado civil soltera, de nacionalidad argentina, y profesión comerciante, como Administradora Judicial definitiva de la Sucesión de Enrique Mario Roca D.N.I. 8.444.678 fallecido el 18/07/2017 inscripto en el Registro Público de Comercio en CONTRATOS al Tomo 168, Folio 32998, Numero 1970; y Orlando Raúl Orihuela con D.N.I. Nº 12.181.984, C.U.I.T. nro. 20-12181984-9, con domicilio en Boulevard Rondeau 3366 de la ciudad de Rosario, nacido el 24 de Septiembre de 1956, de estado civil casado en primeras nupcias con Patricia Inés Basso D.N.I. Nº 12.526.513, de nacionalidad argentino y profesión empresario, socio de ROCA CARGAS S.R.L. C.U.I.T. 30-68545431-5 con domicilio en calle Provincias Unidas 3.602 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe decidieron:

1) Prorrogar el término de la duración del contrato de Roca Cargas S.R.L. hasta el día 29/10/2022

2) Ratificar en su cargo como Socio Gerente al Sr. Orlando Raúl Orihuela con D.N.I. N° 12.181.984 con domicilio en Boulevard Rondeau 3366 de la ciudad de Rosario

3) Designar como Gerente a Florencia Roca, con D.N.I. N° 27.733.814, C.U.I.T. nro. 27-27733814-4 con domicilio en calle España 812 Piso 6 de la ciudad de Rosario. Florencia Roca acepta el cargo de Gerente

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ROSSI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO.


1) Modificase el domicilio social quedando la cláusula segunda redactada de la siguiente manera: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Pérez, provincia de Santa Fe, sin perjuicio de poderlo cambiarlo posteriormente de acuerdo a las necesidades de su giro a cualquier otro punto del país o en el extranjero.

2) Se establece la sede social en Ruta Provincial Nº 14, km. 2,2, calle Santiago s/número de la ciudad de Pérez, provincia de Santa Fe.

3) Fecha del instrumento: 15 de agosto de 2006.

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START 2 ENERGY S.R.L.


CONTRATO


Lugar del instrumento: Rosario.

Fecha instrumento: 17 de Octubre de 2017

Socios: Vanina Andrea Logrippo, argentina, mayor de edad. soltera, de profesión Contadora Pública, domiciliada en Belgrano 1277 de la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 25.125.130, CUIT: 23-25125130-4 nacido el 09 de Noviembre de 1976; María Florencia Manduca, argentina, mayor de edad, casada en primeras nupcias con Rodrigo Mauricio Dure, de profesión Contadora Publica, domiciliada en Brown 2017 Piso 6 Departamento B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 24.811.000, CUIT 27-24811000-2, nacido el 04 de Enero de 1977; Luciano Agelet, argentino, mayor de edad, casado en primeras nupcias con Maria Laura Cesaratto, de profesión Médico Veterinario, domiciliado en Pasaje Cajaraville 70 Piso 4° Departamento A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 26.642.041, CUIT 20-26642041-3 .nacido el 09 de Mayo de 1978 y Lisandro Ariel Cesaratto, argentino, mayor de edad, soltero, de profesión comerciante, domiciliada en Italia 2264 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 38.596.567, CUIT 20-38596567-3, nacido el 28 de Diciembre de 1995.

Denominación: START 2 ENERGY S.R.L.

Duración: Veinte años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros bajo cualquier forma asociativa lícita, en cualquier punto del país o en el exterior, las siguientes actividades comerciales: Compra-venta (incluida la importación y exportación), desarrollo y servicio técnico de calderas y chipeadoras para el procesamiento de biomasa, maquinarias y equipos para la clasificación, acondicionamiento y procesamiento de residuos. Consultoría en servicios de tratamiento de residuos y proyectos de generación de energías renovables.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los negocios, actos y contratos que se relacionen con su objeto, con más todos aquellos que siendo lícitos tiendan a su mejor desenvolvimiento.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social

Capital social: El Capital se fija en la suma de pesos Trescientos Mil ($ 300.000), dividido en mil (1000) cuotas de pesos trescientos ($300) cada una, e integrando en éste acto el 25% cada socio.

Cada socio suscribe Doscientas Cincuenta (250) cuotas, por un valor nominal de pesos Setenta y Cinco Mil ($75.000).

Dirección y administración: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, con firma indistinta.

Fiscalización: A cargo de los socios o contratando personas idóneas.

Fecha de cierre del Ejercicio: último día del mes de Septiembre de cada año.

Gerentes: Vanina Andrea Logrippo, Maria Florencia Manduca Y Luciano Agelet.

Sede Social: en calle Gorriti 182 Piso 1 Oficina F, oficinas Edificio Forum Cubo B Puerto Norte de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 75 339665 Nov. 7

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SOUTH JEANS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo, del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, en los autos caratulados SOUTH JEANS S.A. s/Directorio, Expediente Nro. 510/2017, según resolución de fecha 26 de Octubre de 2017, se ordenó la publicación del presente Edicto por el término de un día, a los efectos legales que pudiera corresponder.-

Por resolución de la Asamblea General Ordinaria del día 23 de Septiembre de 2017, se resolvió dejar constituido el Directorio de SOUTH JEANS S.A. el que tendrá mandato por tres ejercicios, quedando compuesto de la siguiente manera:

Presidente: SALINA LILIANA BEATRIZ, Domicilio: 9 de Julio Nº 127, Venado Tuerto, Documento: Tipo D.N.I. N° 20.556.012, C.U.I.T.: N° 27-20556012-8, Fecha de Nacimiento: 23 de Diciembre de 1.968; Nacionalidad: Argentina, Profesión: Ama de Casa; Estado Civil: Casada con Luis Vicente Sevillano, D.N.I. N° 14.710.212.- Director Suplente: LUIS VICENTE SEVILLANO, Domicilio: 9 de Julio N° 127, Venado Tuerto, Documento: Tipo D.N.I. N° 14.710.212, C.U.I.T.: N° 20-14710212-8, Fecha de Nacimiento: 07 de Noviembre de 1.961, Nacionalidad: Argentino, Profesión: Empresario; Estado Civil: Casado con Liliana Beatriz Salina, D.N.I. Nº 20.556.012.-

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TIPSAM S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que en la ciudad de Rosario, el 22-09-2017, entre los Sres. Carolina Gómez, argentina, DNI 28.575.424, comerciante, casada en primeras nupcias con la Sra. María Victoria Ferreyra, DNI 28.912.560, domiciliada en calle Rivadavia Nro. 1818 de Fray Luis Beltran, Provincia de Santa Fe y el Sr. Emiliano Guerrero, argentino, DNI 33.868.713, estudiante, soltero, domiciliado en calle Pasaje Silvetti Nº 364 de Rosario, Provincia de Santa Fe socios de TIPSAM S.R.L., han decidido la prórroga del plazo de duración de la sociedad referida, por el plazo de 10 años, hasta el 13 de octubre de 2027, lo que implica extender el plazo de duración de la sociedad a 30 años contados desde su inscripción constitutiva en el Registro Público de Comercio, modificándose en consecuencia la cláusula tercera del contrato social que quedará redactada de la siguiente manera: Su plazo de duración es de treinta años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

$ 45 339702 Nov. 7

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VM FARMA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


El Sr. Juan Carlos Belli, DNI 13.882.856 , CUIT N° 20-13882856-6, argentino, nacido el 22/08/60, casado, domiciliado en calle Ameghino Nº 580 de la ciudad de San Nicolás, farmacéutico; y la Sra. Norma Eva Deneri, DNI. 1.845.769 CUIT 27-01845769-0, argentina, nacida el 08/10/29, comerciante, casada, con domicilio en calle Ameghino Nº 580 de la ciudad de San Nicolás, resolvieron por unanimidad:

Prórroga de la duración del contrato: hasta el 05/10/2027.-

Aumento de Capital Social: Aumentar el Capital social en la suma pesos ochenta mil ($ 80.000), dicho aumento es suscripto por los socios en la misma proporción que tenían antes del aumento. El aumento de Capital es integrado en este acto en un 25% y el 75% restante dentro del término de dos años contados a partir del presente, todo en efectivo.

Por todo lo expuesto la clausulare Capital Social queda redactada de la siguiente manera:

QUINTA: Capital. El capital social: El Capital Social asciende a la suma de pesos Doscientos mil ($ 200.000), dividido en 20.000 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una. Suscripta por los socios como sigue; el Sr Juan Carlos Belli pesos ciento treinta y cuatro mil ($ 134.000), representado por 13.400 cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una, y la Sra; Norma Eva Deneri pesos sesenta y seis mil ($ 66.000), representado por 6.600 cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una. El capital se encuentra integrado de la siguiente manera: con el capital anterior, mas el 25% del aumento que se integra en este acto, mas el 75% del aumento que se integrara en el término de dos años a contar de la firma del presente instrumento, todo en efectivo.

Quedan ratificadas las demás cláusulas contractuales no modificadas por el presente instrumento.

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YABAL EDIFICIOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en autos caratulados YABAL EDIFICIOS SA s/Designación de Autoridades Expte. N° 4594/2017 CUIJ 21-05502165-9 de trámite por ante el Registro Público de Comercio se comunica que: Por resolución de la Asamblea General Ordinaria Nº 01 de fecha 02 de Setiembre de 2016, de YABAL EDIFICIOS S.A., se eligieron autoridades y se distribuyeron los cargos respectivos quedando en consecuencia el Directorio integrado de la siguiente manera: Presidente: Diego Fernando Martín, de nacionalidad argentina, nacido el 02/08/1963, estado civil casado en primeras nupcias con el Sr. José María Alonso, de profesión ingeniero, con domicilio en calle Tucumán 1092 de la ciudad de Rosario, con DNI Nro. 16.627.488, CUIT 20-16627488-6 y Director Suplente Camilo José Baclini de nacionalidad argentina, nacido 25/05/1964, de profesión ingeniero, de estado civil divorciado conforme a resolución nro 2834 de fecha 8 de setiembre de 2011 en los autos caratulados DI LUCIA SILVIA MARCELA Y BACLINI CAMILO JOSÉ s/DIVORCIO VINCULAR (ART 215 CC), Expte Nº 626/11 tramitado por ante el Tribunal Colegiado de Familia n° 3, con domicilio en calle Buenos Aires 858 Piso 16 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con DNI Nro. 16.745.350, CUIT 20-16745350-4.

$ 54 339695 Nov. 7

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ALIADOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber, con relación a ALIADOS S.R.L., que en la Reunión de Socios de fecha 09.10.2017 se resolvió: i) la ampliación del objeto social; ii) La modificación de la cláusula cuarta del estatuto social, iii) la aprobación de un nuevo texto ordenado, quedando redactado de la siguiente manera: PRIMERA: Dejase constituida por los firmantes una sociedad comercial bajo la denominación de ALIADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio legal en calle Paraguay N° 777 Piso 10 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. SEGUNDA: Duración: La sociedad tendrá una duración de veinte (20) años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. Dicho plazo podrá prorrogarse nuevamente según lo convengan los socios, siempre que no se resolviera su disolución por voluntad unánime de los socios. TERCERA: Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, la explotación, administración de todo lo concerniente o relacionado con servicios de consultoría y asesoramiento en materia comercial y comercio exterior, b) actuar como Agente Institorio de compañías de seguros para lo cual podrá efectuar todas las gestiones necesarias para la concreción de operaciones de seguros que le confieran, realizando todas las tareas que dichas actividades requieran. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4 del art. 299 de la Ley 19.550. CUARTA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), dividido en 2.500 cuotas sociales de PESOS CIEN ($ 100), valor nominal cada una, suscriptas e integradas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: el socio JUAN PEDRO CALERI, la cantidad de 2.250 cuotas de $ 100.- cada una, equivalentes a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 225.000); la soda SILVINA EUGENIA CALERI, la cantidad de 250 cuotas de $ 100.- cada una, que representan PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000). QUINTA: Los socios no podrán ceder sus cuotas de capital a terceros ajenos a la sociedad, sin el voto de las tres cuartas partes del capital, dentro del artículo 152 de la ley 19.550.- En igualdad de precios y pagos, la sociedad o cualquier socio tendrá derecho de preferencia.- El valor de las cuotas se determinará por un balance a realizarse en la fecha de retiro y será pagado de acuerdo a lo determine en asamblea. La transferencia de cuotas en caso de muerte de un socio se hará a los herederos que así lo acrediten o el administrador de la sucesión hasta que ésta concluya, debiendo unificar la personería, según articulo 209, Ley 19.550. En caso de no incorporarse los herederos se Fijará el valor de la cuota, en caso de no llegarse a un acuerdo se tramitará una tasación judicial, conservando la empresa y los socios -en iguales condiciones- el derecho de preferencia. En relación al procedimiento para el otorgamiento de la conformidad o el ejercicio de la opción de compra para el caso de cesión de cuotas, se establece que el socio que se proponga ceder sus cuotas, informará su decisión a la gerencia y restantes socios, los que comunicarán su aprobación dentro del término de treinta (30) días de notificados de ello, presumiéndose el consentimiento si no se notificare la oposición y por no ejercitada la preferencia. En caso de formularse oposición o denegada la conformidad para la cesión de cuotas, o cuando al tiempo de ejercitar la opción de compra, el socio o la sociedad impugnen el precio de las cuotas, se estará a lo establecido en el artículo 154 de la Ley de Sociedades Comerciales. SEXTA: Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más socios o terceros actuando los mismos como GERENTES en forma indistinta. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de gerente y/o socio-gerente según corresponda, precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.- SÉPTIMA: Las resoluciones sociales deberán ser adoptadas por los socios mediante declaración escrita en la que todos expresen el sentido de su voto, volcado en el libro de actas, que será el libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar.- Las resoluciones serán tomadas de acuerdo al art. 159 de la ley 19.550. Toda comunicación a los socios se sujetará a lo dispuesto en el último párrafo del citado artículo. Rigen las mayorías del art. 160 de la ley 19.550, y cada cuota da derecho a un voto. La convocatoria se hará por medio fehaciente, con 5 (cinco) días de anticipación, de modo que quede constancia en la sociedad, detallando los puntos a considerar. OCTAVA: Fiscalización: La fiscalización de la sociedad podrá ser efectuada en cualquier momento, por cualquiera de los socios, por sí o por profesional especializado que designen para la revisión de las registraciones contables, de los comprobantes que dieron origen y de cualquier otra documentación inherente a la sociedad que estimen necesario pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás documentos de la sociedad, exigiendo en su caso, la realización de balances y rendición de cuentas especiales, y todo con sujeción a las normas previstas por la ley 19550. NOVENA: La sociedad llevará legalmente su contabilidad y preparará su balance social al 31 de diciembre de cada año y se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. De las utilidades líquidas y realizadas se destinará un 5% (cinco por ciento) al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el 20% (veinte por ciento) del capital social a la constitución de las reservas que se considere conveniente. DÉCIMA: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19.550.- En tal caso, la liquidación se practicará por el o los gerentes en ejercicio, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador en cuyo caso la harán dentro de los 30 días de haber entrado en la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.

$ 202 339777 Nov. 7

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AMRRI S.R.L.


CONTRATO


De conformidad al art. 10 de la ley 19.550 se hace saber que se ha constituido la sociedad de responsabilidad limitada AMRRI S.R.L. cuyo extracto es: 1) Fecha de instrumento de constitución: 13 de Octubre de 2017; 2) Socios: Ripari Malcom Jorge, argentino, D.N.I. Nº 27.891.801, C.U.I.T. N° 20-27891801-8, nacido en fecha 08/09/80, con domicilio en calle Pasaje Francisco Vranicich 137 de la localidad de Los Molinos, Provincia de Santa Fe, Argentina, de profesión comerciante, de estado civil soltero, hijo de Atilio Pedro Ripari y de Gloria María Magnino; Ripari Ramiro Jesús, argentino, D.N.I. N° 32.601.069, C.U.I.T. N° 20-32601069-4, nacido en fecha 01/04/87, con domicilio en calle Mazzini 709 de la localidad de Los Molinos, provincia de Santa Fe, Argentina, de profesión comerciante, de estado civil soltero, hijo de Atilio Pedro Ripari y de Gloria María Magnino y Ripari Atilio Pedro, argentino, D.N.I. N° 8.374.023, C.U.I.T. N° 20-08374023-0, nacido en fecha 18/06/51, con domicilio en calle Dr. José Mazzini 709 de la localidad de Los Molinos, provincia de Santa Fe, Argentina, de profesión comerciante, de estado civil casado, en primeras nupcias con Gloria María Magnino, hijo de Atilio Juan Ripari y Rosa Erminia Zucchetti 3) Denominación: AMRRI S.R.L.; 4) Domicilio social: Los Molinos, Santa Fe; 5) Sede social: Dr. José Mazzini 709, de la localidad de Los Molinos, Santa Fe; 6) Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros a la Prestación de Servicios Agrícolas para la preparación del suelo, siembra, fumigación y recolección de cosechas; 7) Plazo: diez años; 8) Capital: Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000) totalmente suscripto e integrado en dinero en efectivo $ 62.500.- (Pesos Sesenta y dos mil quinientos) y $ 187.500 (Pesos Ciento ochenta y siete mil quinientos) antes del 13 de Octubre de 2019; 9) Administración, dirección y representación: a cargo de tres socios, designándose en este acto al Sr. RIPARI MALCOM JORGE, D.N.I. 27.891.801, al Sr. RIPARI RAMIRO JESÚS, D.N.I. 32.601.069 y al Sr. RIPARI ATILIO PEDRO, D.N.I. 8.374.023 quienes la asumen con el carácter de “Socio Gerente” y actuando en forma indistinta, utilizando su propia firma con el aditamento “socio gerente”, precedida por la denominación social.; 10) Fiscalización: Será ejercida por todos los socios; 11) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Setiembre de cada año.

$ 120 339831 Nov. 7

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AGRONEGOCIOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que los Sres. Socios de la entidad AGRONEGOCIOS S.R.L., mediante Acta de reunión de socios de fecha: 18/09/2017, han resuelto lo siguiente: Tras haber expirado el plazo de duración de la sociedad se resuelve reconducirla por 50 años modificándose la cláusula quinta, la que queda redactada de la siguiente manera: Cláusula Quinta: El plazo de duración de la sociedad se fija en cincuenta (50) años, contados a partir de la inscripción de la Reconducción en el Registro Público. Se resuelve aumentar el capital social en la suma de $ 455.000 (cuatrocientos cincuenta y cinco mil), por lo que el nuevo capital social es de $ 500.000 (quinientos mil), modificándose la cláusula cuarta del Contrato Social, la que queda redactada como sigue: Cláusula cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000), dividido en 500 cuotas de pesos mil ($ 1.000) cada una de ellas. El capital suscripto se divide de la siguiente manera y proporción: El Sr. Ovidio Juan ARMANDO suscribe doscientas cincuenta (250) cuotas de Capital que representan pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) y la proporción del cincuenta por ciento (50%) del Capital Social y el Sr. Jorge Juan RACCA suscribe doscientas cincuenta (250) cuotas de capital que representan pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) y la proporción del cincuenta por ciento (50%) del capital social. El capital referido es integrado en efectivo, haciéndolo en este acto en un veinticinco por ciento (25%) y el saldo dentro del plazo de dos años, en un todo de conformidad según lo dispuesto por el Art. 149 de la Ley 19.550. Quedan subsistentes las demás cláusulas del Contrato Social y se resuelve la redacción de un Texto Ordenado. Lo que se publica a los efectos de ley.-

Rafaela, 27 de octubre de 2017. Dra. Gatti, Secretaria.

$ 85 339865 Nov. 7

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AGROPECUARIA SANTA MARÍA S.R.L.


SUBSANACIÓN


Conforme a lo dispuesto en autos AGROPECUARIA SANTA MARÍA SRL S/SUBSANACIÓN DE SOCIEDAD DE HECHO que tramitan por ante el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela a cargo del Registro Publico, y lo dispuesto en el articulo 10 y cc de la ley 19550.

1. Datos de los socios Marcelo Alejandro Masola, nacido en fecha 21 de mayo de 1960; de estado civil casado en primeras nupcias con María Isabel Cortese, argentino, de profesión productor agropecuario, con domicilio en calle Zona Rural de Santa María Centro, provincia de Santa Fe, con Documento nacional de Identidad numero 13.939.304, con CUIT número 20-13939304-0; María Sofía Masola, nacida el 26 de julio del ano 1988, de estado civil soltera, argentina, de profesión Contadora Publica Nacional, con domicilio en calle Colonizadores 1296 de la localidad de Pilar, provincia de Santa Fe; con Documento Nacional de Identidad número 33.104.987, CUIT número 27-33104987-0 y María Josefina Masola, nacida el 5 de marzo del año 1991, de estado civil, casada en primeras nupcias con Ivan Gonzalo Jacob, de profesión Ingeniera Agrónoma, con domicilio en calle Zona Rural Santa María Centro, provincia de Santa Fe, con Documento Nacional de Identidad número 35.101.383, con CUIT número 23-351010383-4.

2. Fecha del Instrumento de Subsanación: 15/08/2017

3. Denominación social: AGROPECUARIA SANTA MARÍA SRL, continuadora de Masola, Alejandro y Marcelo A. S.H.

4. Domicilio de la sociedad. Colonizadores 1296, Pilar, Provincia de Santa Fe.

5. Objeto social. La sociedad tiene por objeto: a) actividad de producción agrícola-ganadera en toda etapa y/o proceso: b) la comercialización de productos agrícolas- ganaderos de su propia producción y/o de terceros, c) la realización de servicios vinculados a la producción y/o comercialización de bienes agrícolas - ganaderos propios o de terceros. Podrá vincularse por medio de todo tipo de contratos asociativos con personas humanas o jurídicas de cualquier tipo y/o celebrar cualquier acto jurídico, incluso contratos de fideicomiso, tendiendo a la consecución de su objeto social, y teniendo para ello plena capacidad jurídica.

6. Plazo de duración. Su duración de es noventa y nueve años desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

7. Capital Social: se fija en la suma de pesos ocho millones setecientos sesenta mil (8.760.000).

8. El órgano de administración es la Gerencia compuesta por Marcelo Alejandro Masola, Maria Sofía Masola y María Josefina Masola.

9. Organización de la representación legal. La representación estará a cargo de la Gerente María Sofía Masola. La duración en los cargos es de tres (3) años.

10. Fecha del cierre del ejercicio. El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año.

Rafaela, 23 de octubre de 2017. Dra. Gatti, Secretaria.

$ 113 339802 Nov. 7

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AUTOCLIMA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se procede a realizar la siguiente publicación, conforme al art. 10 de la Ley Nº 19.550 y según Resolución del día 25 de Octubre de 2.017.

1) Integrantes de la Sociedad: Sergio Gabriel Giraudo, D.N.I. Nº 16.227.949, C.U.I.T. N° 20-16227949-2, argentino, nacido el 27 de Febrero de 1.963, apellido materno Berasaluce, comerciante, divorciado de primeras nupcias con Viviana Lujan Pisani, s/folio 234 correspondiente a Acta Nº 130 del Registro Civil por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 3 de Venado Tuerto Expte. Nº 1131/94 conforme Sentencia Nº 15, domiciliado en Suipacha N°50 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento Gral. López, Pcia. de Santa Fe, el señor Ronaldo Giraudo, D.N.I. Nº 40.039.476, C.U.I.L. Nº 20-40039476.9, argentino, nacido el 16 de Setiembre de 1.996, apellido materno Renzi, comerciante, soltero, domiciliado en Suipacha N° 50 de la ciudad de Venado Tuerto, Depto. Gral. López, Provincia de Santa Fe y el señor Sergio Daniel Giraudo, D.N.I. N° 32.542.804, C.U.I.T. N° 20-32542804-0, nacido el 28 de Marzo de 1987, apellido materno Pisani, comerciante, soltero, domiciliado en Suipacha Nº 50 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha de Instrumento de Constitución: 2 de Octubre de 2017.

3) Denominación de la Sociedad: AUTOCLIMA S.R.L.

4) Domicilio de la Sociedad: Suipacha ?50 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: La sociedad se dedicará por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a la compra-venta de vehículos automotores usados, utilitarios, camiones, pick ups y de todo tipo de modelos y carrocerías. Prestará servicios de reparación integral y mantenimiento de vehículos automotores.

Comercializará además, repuestos y autopartes en general para todo tipo de automotores. Complementará sus actividades con venta, comercialización, instalación y reparación de equipos de climatización y aire acondicionado para automotores. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos y gestiones que no sean prohibidas por las Leyes o por este Contrato.

6) Plazo de Duración: Cincuenta (50) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Doscientos Cincuenta Mil pesos ($ 250.000) dividido en Veinticinco Mil (25.000) cuotas de Capital de Diez pesos ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran en la siguiente forma y proporción:

Sergio Gabriel Giraudo Suscribe Doce Mil Quinientas (12.500) cuotas de Diez pesos ($ 10) cada una, por un total de Ciento Veinticinco Mil pesos ($ 125.000) en proporción del Cincuenta por ciento (50%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representan Treinta y Un Mil Doscientos Cincuenta pesos ($ 31.250), Ronald Giraudo suscribe Seis Mil Doscientos Cincuenta (6.250) cuotas de Diez pesos ($ 10) cada una, por un total de Sesenta y Dos Mil Quinientos pesos ($ 62.500) en proporción del Veinticinco por ciento (25%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representan Quince Mil Seiscientos Veinticinco pesos ($ 15.625) y Sergio Daniel Giraudo suscribe Seis Mil Doscientas Cincuenta (6.250) cuotas de Diez pesos ($ 10) cada una, por un total de Sesenta y Dos Mil Quinientos pesos ($ 62.500) en proporción del Veinticinco por ciento (25%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representan Quince Mil Seiscientos Veinticinco pesos ($ 15.625). Todos los socios deberán integrar el restante Setenta y Cinco por ciento (75%) del Capital suscripto, que representa Ciento Ochenta y Siete Mil Quinientos pesos ($ 187.500) dentro de los dos (2) años posteriores a la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio.

8) Órgano de Administración y Fiscalización: La administración estará a cargo del señor Sergio Gabriel Giraudo, D.N.I. N° 32.542.804, quien reviste el cargo de Socio-Gerente. La fiscalización será ejercida por todos los socios.

9) Representación Legal: Estará a cargo de 1 Socio-Gerente.

10) Fecha de Cierre del Ejercicio : El 31 de Mayo de cada año.

11) Cesión de Cuotas: Las mismas son de libre transmisibilidad, con prioridad a favor de los demás socios. En caso negativo, el socio vendedor podrá ofrecerlas a terceros. Las transferencias de cuotas a terceros se regirán por lo dispuesto en el Artículo 152 de la Ley 19.550.

$ 247,17 339861 Nov. 7

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BANCO DE SANTA FE S.A.P.E.M.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Secretario a cargo del Registro Público de Comercio, Dr. Jorge Eduardo Freyre, se hace saber por un día del siguiente Edicto de designación de la nueva Comisión Liquidadora y Fiscalizadora del Banco de Santa Fe S.A.P.E.M.: Por decisión del Acta de Asamblea General Ordinaria N° 66 del Banco de Santa Fe S.A.P.E.M., celebrada el 26 de mayo del año 2016, se ha procedido a la designación de la nueva Comisión Liquidadora y Fiscalizadora la que se encuentra integrada como sigue:

Presidente: Félix Manuel Woelflin, argentino, nacido el 28 de Julio de 1954, D.N.I. Nº 11.316.011, CUIL: 20-11316011-0, divorciado, Contador Público Nacional, domiciliado en calle Mitre Nº 880 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Vicepresidente Primero: Marcelo Ceferino Schiavi, argentino, nacido el 22 Noviembre de 1962, D.N.I. Nº 16.022.194, CUIL: 20-16022194-2, casado, Contador Público Nacional, domiciliado en calle Mitre N° 3520 de la ciudad de Santa Fe; Vicepresidente Segundo: Walter Dario Natale, argentino, nacido el 28 de Diciembre de 1975, D.N.I. Nº 25.124.577, Cuil: 20-25124577-1, casado, Licenciado en Economía, domiciliado en calle Rodríguez N° 657, piso 1, Departamento 1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Síndicos Titulares: 1) Germán Gustavo Merlo, argentino, nacido el 19 de Enero de 1977, D.N.I. N° 25.520.732, Cuil: 20-25520732-7, casado, Contador Público Nacional, domiciliado en calle 9 de Julio N° 432 de la ciudad de Chañar Ladeado, Provincia de Santa Fe; 2) Vanesa Andrea Martínez Massaro, argentina, nacida el 27 de Noviembre de 1970, D.N.I. Nº 21.962,047, CUIL: 27-21962047-6, soltera. Abogada, domiciliada en calle Montevideo Nº 1553, Departamento 3 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; 3) Ana Inés Dobson, argentina, nacida el 19 de Julio de 1970, D.N.I. N° 21.528.790, CUIL: 23-21528790-4, casada, abogada, domiciliada en calle Los Podestá N° 8762 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Síndicos Suplentes: 1) Gonzalo Adrián Fernández, argentino, nacido el 23 de Julio de 1975, D.N.I. Nº 24.545.571, CUIL: 20-24545571-3, soltero, Contador Público Nacional, domiciliado en calle San Martín N° 815 de la ciudad de San Gregorio, Provincia de Santa Pe; 2) Andrea Alejandra Ducay, argentina, nacida el 20 de Noviembre de 1969, D.N.I. N° 20.616.277, CUIL: 27-10616277-0, casada, abogada, domiciliada en calle Córdoba Nº 1452 de la ciudad de Rosario; 3) Juan Ignacio Dobson, argentino, nacido el 2 de Octubre de 1971, D.N.I. N° 22.400.591, CUIL: 20-22400591-2, casado, Abogado, domiciliado en calle Buenos Aires N° 626 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. - Santa Fe, 25 de Octubre de 2017. - Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 120 339782 Nov. 7

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BRAVO ENERGY ARGENTINA S.C.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se ha dispuesto inscribir en ese el Acta 47 del 01.04.2016 que pasó a un cuarto intermedio al 25.04.2016; la cual fue ratificada por unanimidad por Acta 49 del 04.05.2017; en las cuales que resolviera designar como Administrador de BRAVO ENERGY ARGENTINA SCA, con domicilio en Ruta Nacional N° 10 y acceso a Autopista (Rosario - Santa Fe) de San Lorenzo (SF), al señor Gustavo Alfredo Manzanet, D.N.I. Nº 23.662.510 y como Administrador Suplente a Lisandro Degiovanni, D.N.I. 27.211.856, quienes aceptaron los cargos y fijaron sus domicilios en el acta respectiva.

$ 45 339855 Nov. 7

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BRIDFIR SUR S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


1) Fecha del instrumento de cambio de sede social: 10 de octubre de 2017.

2) Razón Social: Bridfir Sur SRL.

3) Datos de inscripción de la sociedad: en Contratos al Tomo 154, Folio 15297, número 1344 el día 2 de Setiembre de 2003,y modificación inscripta en Contratos al Tomo 159, Folio 21449, Número 1735 el 26 de septiembre de 2008 y modificación inscripta en Contratos al Tomo 164, Número 23878, Número 1511 el 19 de setiembre de 2013.

4) Integrantes de la sociedad: Pablo Adrián Delménico De Grandis, CUIT 20-92661310-4, de apellido materno De Grandis, de nacionalidad colombiano, quien se identifica con D.N.I. 92.661.310, de profesión comerciante, de cuarenta y un años de edad, nacido el dos de marzo del año mil novecientos setenta y seis, estado civil casado en primeras nupcias con Marian Jimena Ríos D.N.I. 27.044.546, con domicilio en calle San Juan 3318, de la estado civil casada en primeras nupcias con Gustavo Adolfo Milone D.N.I. 23.462.474, de treinta y nueve años de edad, nacida el veintiocho de setiembre del año mil novecientos setenta y ocho, domiciliada en calle Crespo 1063, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Juan José Delménico, CUIT 23-30139403-9, de apellido materno De Grandis, de nacionalidad argentino, quien se identifica con D.N.I. 30.139.403, de profesión comerciante, de treinta y cuatro años de edad, nacido el cinco de febrero del año mil novecientos ochenta y tres, soltero, con domicilio en calle San Juan 3318, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Cambio de sede social: Establécese nueva sede social a partir de la fecha del instrumento en el domicilio de Boulevard Oroño 5892 A de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, clausurando en consecuencia, la sede social establecida anteriormente en la calle Avenida Arijón 2491 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 120 339860 Nov. 7

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CRUCIANELLI FABRIL S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO


Dando cumplimiento a lo normado por artículo 10 de la ley 19.550 se informa que por resolución del Directorio de fecha 29 de Setiembre de 2017 se decidió se traslade la sede social a Ruta Nacional N° 9, KM. 397, Armstrong, provincia de Santa Fe.

$ 45 339745 Nov. 7

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CENTRO DE COMERCIALIZACIÓN

DE INSUMOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


El señor Juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber en Asamblea General Ordinaria de 23/06/2017, los accionistas de CENTRO DE COMERCIALIZACIÓN DE INSUMOS S.A. han resuelto designar como Director Titular con el cargo de Presidente al Sr. Sebastián Raúl Albanesi, D.N.I. N° 25.116.325, CUIT/L N° 20-25116325-2, con domicilio en calle Buenos Aires 1053 Dpto. 2, Rosario, Santa Fe y como Director Suplente al Sr. Ignacio Enrique Miles, D.N.I. N° 20.598.651, CUIT/L 20-20598651-1, con domicilio en calle French 7955, Rosario, Santa Fe, hasta la terminación del mandato.

Asimismo, ha decidido modificar el número de directores, elevando a 3 el número de directores suplentes. Consecuencia de lo acordado precedentemente, el Directorio queda conformado de la siguiente forma, hasta la terminación del mandato: Director Titular y Presidente del Directorio Señor Sebastián Raúl Albanesi, titular del Documento Nacional de Identidad N° 25.116.325, con domicilio en Av. Fuerza Aérea 1451, Lote 172, Funes, Santa Fe; Director Titular y Vicepresidente del Directorio Señor Fabio Jesús Bini, titular del Documento Nacional de Identidad N° 22.142.164, con domicilio en calle Riobamba 1265, Rosario, Santa Fe; Director Titular del Directorio Señora Georgina Ivon Taormina, titular del Documento Nacional de Identidad N° 27.965.280, con domicilio en calle Florida 675, Rosario, Santa Fe; Director Titular del Directorio Señor Edgar Gabriel Manavella, titular del Documento Nacional de Identidad N° 21.403.132, con domicilio en calle Italia 847 de Venado Tuerto, Santa Fe; Director Titular del Directorio Señor Marco Julián Brunori, titular del Documento Nacional de Identidad N° 25.951.739, con domicilio en calle Pellegrini 1474 5° “A”, Rosario, Santa Fe; Director Titular del Directorio Señor Mario José Scarabino; titular del Documento Nacional de Identidad N° 20.298.863, con domicilio en calle 1418, N° 1782 Bis, Rosario, Santa Fe; Director Titular del Directorio Señor Mario Pedro Drzazga, titular del Documento Nacional de Identidad N° 24.586.897, con domicilio en calle Montevideo 325 3° Rosario, Santa Fe; Director Titular del Directorio al Señor Lucas Ever José Ferrero, titular del Documento Nacional de Identidad N° 28.575.076, con domicilio en calle Italia 50, 4° B, Rosario, Santa Fe; Director Titular del Directorio Señor Martín Eugenio Francisco Gómez, titular del Documento Nacional de Identidad N° 20.806.740, con domicilio en Ruta 9 Km 88,5, Country El Casco, Lote 98, Zarate, Buenos Aires; Como Directores Suplentes los Señores: Lucas César Galdeano, titular del Documento Nacional de Identidad N° 22.595.074, con domicilio en calle España 944 piso 12 departamento “A”, Rosario, Santa Fe; Emiliano Ariel Del Bianco, titular del Documento Nacional de Identidad N° 26.349.343, con domicilio en calle Pueyrredón 1226, piso 10 departamento “A”, Rosario, Santa Fe. Ignacio Enrique Miles, titular del Documento Nacional de Identidad N° 20.598.651, con domicilio en calle French 7955, Rosario, Santa Fe.

$ 130 339794 Nov. 7

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DISMET S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, en los autos caratulados: “DISMET S.A. s/modificación al contrato social”, Expte. N° 485/2017, se ha ordenado la siguiente publicación de edictos, por Resolución de fecha 24 de octubre de 2017, mediante el cual se hace conocer el cambio en los artículos: tercero, cuarto, décimo primero y se da a conocer la nueva distribución de cargos del directorio del contrato social de DISMET S.A., los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, la realización de las siguientes actividades:

a) Industriales: a.1) Mediante la fabricación de herramientas, máquinas y equipos para construcción; a.2) Mediante la fabricación y montaje de estructuras metálicas, silos, columnas para alumbrado, soportes de línea de transporte de energía, columnas para semáforos, cartelería y torres mástiles, a.3) Mediante la elaboración y fraccionamiento de artículos químicos y de limpieza;

b) Comerciales: mediante la compra, venta, consignación, representación, permuta, comisiones, franchising activo o pasivo, depósitos, distribución, control, embarque y toda otra forma de interpretación comercial de: b.1) los productos derivados de las actividades industriales citadas en a), producidos o no por la empresa; b.2) de materiales ferrosos, b.3) de productos alimentarios en general y b.4) de productos eléctricos y artículos de iluminación.

c) Construcción: Mediante la construcción y ejecución de obras civiles en general;

d) Transporte: Mediante operaciones de cargas generales;

e) Importación y Exportación: De acuerdo a las reglamentaciones vigentes, directa o indirectamente, por representantes o en representación de cualquier entidad, de todo tipo de productos y servicios citados en los incisos precedentes;

f) Finanacieras: Contraer y asumir todo tipo de obligaciones civiles y/o comerciales, otorgar garantías reales y/o personales a favor de terceros, incluso constituyéndose en fiadora simple o solidaria, como principal pagador y/o codeudor simplemente mancomunado o solidario, renunciando al beneficio de excusión. Mediante préstamos, avales o fianzas con o sin garantía real, a corto o largo plazo, inversión o aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o a constituirse de acuerdo a lo establecido en los artículos 30 y 31 de la Ley de sociedades, o a simples particulares, para toda clase y tipo de operaciones, realizadas o a realizarse, negociación de títulos, acciones, debentures, obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los sistemas y modalidades creadas o a crearse, con capitales propios, excluyéndose las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público;

g) Representaciones: Mediante el ejercicio de representaciones vinculadas a las actividades detalladas en los incisos anteriores. La sociedad puede intervenir en licitaciones y concursos de precios, públicos y/o privados, relacionados con las actividades anteriores.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4º del artículo 299” de la Ley 19550.

En caso de ser necesario se recurrirá a la contratación de profesionales de la matricula con incumbencia en la materia, como así también se excluyen las actividades previstas en los artículos 1 y 9 de la Ley 13.154.

Lo que se aprueba por unanimidad.

Artículo Cuarto: El Capital Social se fija en la suma de un millón quinientos mil pesos representado por quince mil (15.000) acciones de Cien Pesos ($ 100) valor nominal cada una. El Capital puede aumentarse al quíntuplo por Asamblea ordinaria, mediante la emisión de acciones que la Asamblea podrá delegar en el Directorio en los términos del artículo 188° de la Ley número 19.550.

Artículo Décimo Primero: Los directores deben prestar la siguiente garantía: La suma de Pesos veinte mil ($ 20.000), cada uno en dinero efectivo o títulos públicos que se depositarán en la caja de la sociedad y les serán reintegrados al término de su gestión una vez que la asamblea haya aprobado la misma.

Designación del Directorio Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° del estatuto social, distribuir los cargos y corresponde elegir un vicepresidente, motivo por el cual propone para ese cargo al Director Titular Sr. Matías Iván Pandrich quedando el Directorio conformado como sigue:

Presidente: Pablo Nicolás Pandrich.

Vicepresidente: Matías Iván Pandrich.

Director Titular: Vanesa Paola Pandrich.

Director Suplente: Ivana Beatriz Pandrich.

$ 246,51 339810 Nov. 7

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EFCON S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Conforme a lo dispuesto por el art. 10 de la Ley 19.550, se hace saber lo siguiente:

1) los señores Gonzalo García, D.N.I. 22.861.671, argentino, nacido el 23/09/1972, domiciliado en Rio de Janeiro 720 de la ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con Silvina Beatriz Botta, de profesión comerciante, CUIT 20-22861671-1; en su carácter de socio de EFCON S.R.L., en adelante el cedente, y el señor Lucio Cabral, D.N.I. 37.572.215, argentino, nacido el 15/03/1994, domiciliado en La Paz 753 de la ciudad de Rosario, soltero, de profesión comerciante, CUIT 20-37572215-2, en adelante el cesionario, convienen de común acuerdo formalizar el presente contrato de transferencia y cesión de cuotas sociales.

2) El cedente cede y transfiere al cesionario ciento veinticinco (125) cuotas sociales, por un valor nominal de cien pesos ($ 100) cada una, que representan doce mil quinientos pesos ($ 12.500) de capital.

3) La cesión se realiza a título oneroso, abonando el cesionario al cedente el impone de $ 12.500 en este acto.

4) El señor Gonzalo García cuenta con el asentimiento conyugal de su esposa, la señora Silvina Beatriz Botta, D.N.I. 23.345.107, argentina, nacida el 24/07/1973, domiciliada en Río de Janeiro 720 de la ciudad de Rosario, de profesión docente, CUIT 27-23345107-5, en los términos de lo establecido en el artículo 1277 del Código Civil y Comercial de la Nación.

5) En cumplimiento de la cláusula Octava del contrato social de EFCON S.R.L., se deja expresa constancia que el señor Flavio Gerardo Cabral D.N.I. 16.203.479, restante socio de EFCON S.R.L., se encuentra en pleno conocimiento de la presente cesión de cuotas y presta su consentimiento, firmando dicho contrato junto al cedente y cesionario.

6) Se modifica consecuentemente la cláusula Cuarta del contrato social quedando redactada de la siguiente manera:

El capital social se fija en la suma de $ 250.000 (doscientos cincuenta mil pesos), dividido en 2500 (dos mil quinientas) cuotas de $ 100 (cien pesos) de valor nominal cada una. Es suscripto de la siguiente manera: el señor Flavio Gerardo Cabral, 2375 (dos mil trescientas setenta y cinco) cuotas equivalentes a $ 237.500 (doscientos treinta y siete mil quinientos pesos), y el señor Lucio Cabral, 125 (ciento veinticinco) cuotas equivalentes a $ 12.500 (doce mil quinientos pesos). El capital se encuentra completamente integrado a la fecha.

$ 119 339779 Nov. 7

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ESTABLECIMIENTO SAN MATEO S.A. y TIERRAS Y NEGOCIOS S.A.


ESCISIÓN


Por tres días se hace saber, conforme al Art. 83 de la Ley 19.550, que:

a) ESTABLECIMIENTO SAN MATEO S.A., con domicilio en Mitre Nº 444 de la ciudad de Gálvez, Santa Fe, inscripta bajo el Nº 1721 al F° 227 del Libro 11 de Estatutos de S.A. del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, el 27/11/2.012; y TIERRAS Y NEGOCIOS S.A., con domicilio en Montevideo N° 2.080 - Piso 7º - Of. 3 - de la ciudad de Rosario, inscripta bajo el N° 312 al F° 5717 del Libro 89° de Estatutos de S.A. del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, el 27/05/2008; han resuelto por sendas Asambleas Extraodinarias Unánimes de fecha 10/10/2017 la fusión por incorporación mediante la cual Establecimiento San Mateo S.A. resulta ser la sociedad absorbente y Tierras y Negocios S.A. la sociedad absorbida que se disuelve sin liquidarse.

b) Establecimiento San Mateo S.A. (sociedad incorporante) aumenta su capital en la suma de $ 200.000,00, quedando en consecuencia el nuevo Capital Social en la suma de $ 725.000,00.

c) El Balance Especial de Escisión de cada sociedad ha sido confeccionado al 31/08/2017 y se integra según el siguiente detalle: Establecimiento San Mateo S.A. es titular de Activo de $ 886.694,47, Pasivo de $ 181.237,87 y Patrimonio Neto de $ 705.456,59; Tierras y Nagocios S.A. es titular de Activo de $ 592.008,01, Pasivo de $ 392.402,03 y Patrimonio Neto de $ 199.605,98.-

d) Establecimiento San Mateo S.A. (sociedad incorporante) tiene su domicilio legal en calle Mitre N° 444 de la ciudad de Gálvez, Provincia de Santa Fe.

e) El Compromiso Previo de Fusión es de fecha 04/10/2017 y fue aprobado por sendas Asambleas Extraordinarias Unánimes realizadas por ambas sociedades en fecha 10/10/2017.

Reclamos de ley a dirigidos al Escribano Germán R. Monteverde, Registro N° 611 de Gálvez, en la oficina sita en calle Belgrano N° 766 de la Ciudad de Gálvez, Provincia de Santa Fe, en el horario de 09 a 12 hs. Lo que se publica a sus efectos en los diarios “Boletín Oficial”, “El Litoral” de la ciudad de Santa Fe y “El Ciudadano” de la ciudad de Rosario. - Gálvez, Octubre de 2.017.

$ 450 339834 Nov. 7 Nov. 9

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HIDRA ARGENTUM TEKNE S.A.


ESTATUTO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber de la constitución de la Sociedad Anónima, de acuerdo a lo siguiente:

1) Sr. Juan Pablo Duré, de nacionalidad argentino, D.N.I. N° 30.392.455, CUIL 20-30392455-9, nacido el 26 de setiembre de 1983, soltero, domiciliado en calle Ituzaingo N° 21 Bis, Dpto. 8 D de la Ciudad de Rosario, de profesión técnico en electromedicina; el Sr. Rodrigo Arturo Cuenca Morales, de nacionalidad argentino, D.N.I. N° 30.449.955, CUIT 23-30449955-9, soltero, nacido el 30de agosto del983, domiciliado en calle Laprida Nº 1179 Dpto 1 de la ciudad de Rosario, de profesión técnico universitario en gestión y producción; Sr. Héctor Luis Carletti Traverso, de nacionalidad argentino, D.N.I. Nº 8.524.096, CUIT 20-08524096-0, nacido el 05 de marzo de 1951, casado en primeras nupcias con Hilda Olga Garcilazo, D.N.I. N° 4.657.449, domiciliado en calle Centeno Nº 216 Bis de la Ciudad de Rosario, de profesión Ingeniero químico e ingeniero laboral; Sr. Juan Esteban Labanca, de nacionalidad argentino, D.N.I. N° 30.254.061, CUIL 20-30254.061-7, nacido el 31 de mayo de 1983, soltero, domiciliado en Pje. Santi Spíritu N° 177 de la Ciudad de Rosario, de profesión docente y el Sr. Juan Andrés López Cercos, de nacionalidad argentino, D.N.I. N° 27019912, CUIL 20-27019912-8, nacido el 24 de febrero de 1979, soltero, domiciliado en calle Urquizá N° 1979 Piso 21-E de la Ciudad de Rosario, de profesión contador.

2) Fecha del instrumento constitutivo: 26 de Junio de 2017.

3) La sociedad se denominara: “HIDRA ARGENTUM TEKNE S.A.”

4) Domicilio es calle Laprida N° 1179 dpto. 1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Tendrá por Objeto: a) la producción, compra, importación, venta, exportación y comercialización bajo cualquier modalidad de programas, equipos de informática e insumos para computación b) prestar servicios de Procesamiento de Datos y servicios técnicos sobre programas y equipos de informática c) Prestar servicios de Consultoría en Sistemas de Información y Asesoramientos relacionados con la computación y los sistemas de información.

6) La duración es de 30 años a partir de la inscripción en el R.P.C.

7) El capital se fija en la suma de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).

8) y 9) La administración de la sociedad estará a cargo de us-directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de diez, quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicio, pudiendo ser reelectos. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección.

Directorio: Presidente: Sr. Rodrigo Arturo Cuenca Morales, D.N.I. N° 30.449.955, Director Titular: Sr. Juan Pablo Duré, D.N.I. N° 30.392.455 y Director Suplente: Sr. Héctor Luis Carletti Traverso, D.N.I. N° 8.524.096. Se fija el domicilio especial de los Directores, en el domicilio de la Sede Social de la Sociedad.

Fiscalización: Socios.

10) su ejercicio cierra el día 30 de Junio de cada año.

$ 135 339743 Nov. 7

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MEGA BYTE VIP S.R.L.


PRÓRROGA


1) Los socios; Nichiporchick Iván, argentino, nacido el 30/09/1976, comerciante, soltero, domiciliado en Hipólito Irigoyen N° 68 de Arroyo Seco,D.N.I. Nº 25.101.719, CUIT 20-25101719-1; y Giambroni Pablo César,argentino, nacido el 01/10/1976, comerciante, soltero, domiciliado en calle Ex Combatientes de Malvinas Nº 1985 de Villa Constitución, D.N.I. Nº 25.101.721, CUIT 20-25101721-3.

2) Fecha del Instrumento: 27/09/2017.

3) Plazo de Duración: 5 años desde el vencimiento del plazo de la sociedad,o sea hasta el 02/10/2022.

$ 45 339798 Nov. 7

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MM COMUNICACIONES S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “MM COMUNICACIONES S.A. s/Designación de Autoridades - Expte. Nº 624 Folio - Año 2017, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio a cargo del Juez de Ira Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª nominación - 5º Circunscripción judicial Rafaela, se hace saber por un día el siguiente edicto:

Por Asamblea General Ordinaria Unánime Nº 18 (dieciocho) de fecha 17 de julio de 2017, queda constituido el Directorio de MM COMUNICCIONES Sociedad Anónima, por las siguientes personas: Presidente: Marco Fernando Minetti, D.N.I. 17.571.437, nacido el 30/03/66, argentino, casado, CUIT N° 20-17571437-6, con domicilio real en calle 9 de Julio 260 de la localidad de Clucellas, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, Vicepresidente: Nicolás Miguel Vietto Gil, D.N.I. 27.891.170, nacido el 30/09/80, argentino, casado, CUIT 20-27891170-6, con domicilio real en 8 de Septiembre 259 de la localidad de Clucellas y Directora Suplente: Marisabel Claudia Franco D.N.I. 21.554.358, argentina, CUIL 27-21554358-2, con domicilio real en calle 9 de Julio 260 de la localidad de Clucellas, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe.Rafaela, 27 de octubre de 2017. - Gisela Gatti, Secretaria.

$ 45 339772 Nov. 7

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NORTE REPUESTOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, a los 30 días del mes de agosto del 2017, presentes en este acto la Sra. Judit Mónica Magagnini, nacida el día 10 de Abril de 1957, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N°13.060.222, de ocupación empresaria, CUIT Nº 20-13060222-9, con domicilio real en calle Silvestre Begnis 1935 de la ciudad de Granadero Baigorria Provincia de Santa Fe, casada en primeras nupcias con Roque Omar Fernández; el Sr. Marcelo Alejandro Fernández, nacido el día 14 de Diciembre de 1974, de nacionalidad argentina,titular del D.N.I. N° 24.063.821,de ocupación empresario, CUIT N° 20-24063821-6, con domicilio real en calle Los Aromos 387 de la ciudad de Granadero Baigorria Provincia de Santa Fe, casado en primeras nupcias con Lorena Andrea Giampaoli; la Sra. Erika Judith Fernández,nacida el día 07 de Agosto de 1976, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N° 25.073.289, de ocupación empresaria, CUIT N° 27-25073289-4, con domicilio real en calle Vicente López 680 de la ciudad de Granadero Baigorria Provincia de Santa Fe, casada en primeras nupcias con Raúl Eduardo Cejas; la Sra. Marisol Fernández, nacida el día 03 de Febrero de 1978, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N° 26.414.055, de ocupación empresaria, CUIT N° 27-26414055-8, con domicilio real en calle 1 s/n de la localidad de Ibarlucea Provincia de Santa Fe, casada en primeras nupcias con Ramiro Maximiliano Vega; el Sr. Martín Leonel Fernández, nacido el día 28 de Mayo 1982, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N° 29.625.854, de ocupación empresario, CUIL N° 20-29625854-8, con domicilio real en calle Silvestre Begnis 1935 de la ciudad de Granadero Baigorria Provincia de Santa Fe, soltero; y la Srita. María de los Angeles Fernández, nacida el día 8 de Setiembre de 1985, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. N° 31.960.890, de ocupación empleada, CUIL N° 27-31960890-2, con domicilio real en calle Silvestre Begnis 1935 de la ciudad de Granadero Baigorria Provincia de Santa Fe, soltera, representada en este acto por Judit Mónica Magagnini, cuyos datos fueron detallados al inicio de este párrafo, en carácter de únicos socios de NORTE REPUESTOS S.R.L., todos hábiles para contratar y ejercer el comercio, acuerdan y resuelven por unanimidad:

A. La cesión gratuita de 3.500 cuotas de capital social en carácter de donación, como anticipo de herencia sin derecho a colación, de parte de Judit Mónica Magagnini, de la siguiente forma: 1.700 a Marcelo A. Fernández, 800 a Erika J. Fernández, 600 a Marisol Fernández, 200 a Martín L. Fernández y 200 a María de los Angeles Fernandez.

B. Modificación de la cláusula relacionada con la administración de la sociedad, nombrando como gerente a Marcelo A. Fernández, para desempeñar el cargo en forma individual e indistinta.

C. Constitución de Fideicomiso de Protección Patrimonial Familia Fernández, bajo las siguientes pautas:

a) Fiduciantes,Beneficiarios y Fideicomisarios: Martín L. Fernández y María de los Angeles Fernández;

b) Fiduciarios: Marcelo A. Fernández, Erika J. Fernández y Marisol Fernández.

c. OBJETO: administración fiduciaria de 2000 cuotas sociales de NORTE REPUESTOS S.R.L.cedidas por MARTÍN L. FERNANDEZ y MARÍA de los ANGELES FERNANDEZ.

d. PLAZO DURACIÓN: 30 años.

e. DOMICILIO: en la ciudad de Granadero Baigorria, con sede en calle J.C. Orsetti 854.

D. La cesión gratuita de 2.000 cuotas de capital social, de parte de MARTÍN LEONEL FERNANDEZ y MARÍA de los ANGELES FERNANDEZ; ambos ceden la totalidad de su participación, al FIDEICOMISO de PROTECCIÓN PATRIMONIAL FAMILIA FERNANDEZ, constituido el 30 de agosto del 2017. Las participaciones resultan: 25% JUDIT M. MAGAGNINI, 25% MARCELO A. FERNANDEZ, 16% ERIKA J. FERNANDEZ, 14% MARISOL FERNANDEZ y 20% FIDEICOMISO de PROTECCIÓN PATRIMONIAL FAMILIA FERNANDEZ.

E. Aumentar el CAPITAL SOCIAL a la suma de $ 10.000.000 (pesos diez millones), mediante la capitalización de partidas contables incluidas en el Patrimonio Neto expuesto en los Estados Contables de Norte Repuestos SRL al 31 de Mayo de 2017,resultando compuesto por 10.000 cuotas de un valor nominal de $ 1.000 cada una, totalmente suscripto e integrado acorde a las participaciones resultantes luego de la cesión expresada en el Pto. I.

F. Modificación del Objeto Social de NORTE REPUESTOS SRL resultando: OBJETO: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera el país, a las siguientes actividades: 1) INDUSTRIAL Y COMERCIAL: a), la fabricación y producción integral o parcial, compraventa, ya sea en el mismo estado o bien después de introducirles mejoras o modificaciones, reembase, distribución, consignación y/o representación de: lubricantes, refrigerantes, anticongelantes, liquido para frenos, aditivos, combustibles, productos de belleza del automotor, perfumería automotor y todo tipo de fluido para uso automotor, repuestos, accesorios y elementos para: gomerías, lavaderos, lubricentros, comercio de repuestos, comercio de motos, comercio naval, ferreterías, estaciones de servicios, supermercados, expo-shopping;.para autos, camiones, pick up, utilitarios, colectivos, acoplados, máquinas viales, agrícolas, motos, embarcaciones navales de todo tipo y de todo otro vehículo autopropulsado; b) la fabricación y/o ensamble y/o importación y/o exportación y/o comercialización minorista y/o mayorista de moto vehículos y/o motocicletas y/o ciclomotores y/o cuatriciclos y/o vehículos autopropulsados y/o sus autopartes y/o sus accesorios y/o sus repuestos y/o productos afines. 2) MANDATOS: realización de toda clase de contratos, acuerdos y/u operaciones sobre representaciones, comisiones, y mandatos, de empresas nacionales y/o extranjeras para uso por sí o contratados por terceros tanto en el país como en el exterior, de todos los ítems detallados precedentemente, en las condiciones que autoricen las Leyes en vigencia. 3) IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN; ejercicio del comercio exterior de todo lo detallado precedentemente.

G. Modificación de la cláusula DÉCIMO TERCERA resultando: DÉCIMO TERCERA; DERECHOS y OBLIGACIONES de los SOCIOS. Cualquiera de los socios podrá transferir sus participaciones societarias al resto de los socios, respetando el régimen de cesión y transferencia que se establece a continuación:

1. Derecho de preferencia y de acrecer en favor de los respectivos socios (dentro de su mismo linaje). El socio que desee vender su participación societaria deberá ofrecerla en venta primero a los demás socios, otorgándoles un derecho de preferencia para la compra. A este efecto el Socio Vendedor deberá notificar por carta documento o por otro medio fehaciente a cada uno de los socios de Norte Repuestos SRL, la decisión de vender sus participaciones societarias notificando; (i) cantidad de cuotas sociales en venta, (ii) identificación de las participaciones societarias, (iii) precio de venta, moneda y condiciones de pago (iv) plazo para el ejercicio del Derecho de Preferente Compra se rige por lo establecido por la Ley General de Sociedades, (v) domicilio constituido a los efectos de la oferta (la “Oferta de Venta”). Los demás socios pertenecientes al mismo linaje del socio vendedor, deberán aceptar la Oferta de Venta para adquirir todas y no una parte de las cuotas sociales ofrecidas en venta dentro del plazo indicado respetando la modalidad de pago y el precio de venta. El o los socios no podrán modificar las condiciones de la Oferta de Venta. Cualquier modificación o alteración se interpretará como rechazo de la Oferta de Venta.

2. Derecho de preferencia y acrecer a favor de uno de los otros socios (dentro de su mismo linaje): Vencido el plazo para el ejercicio del Derecho de Preferente Compra indicado en el apartado anterior, sin que los demás socios en su conjunto lo ejerzan, el socio vendedor deberá lanzar la misma Oferta de Venta a los demás socios en forma individual bajo el mismo procedimiento de venta y preferente compra establecido en el apartado anterior. Este Derecho de Preferente Compra deberá ser ejercido dentro del plazo máximo de 48 horas contados desde la fecha de envío de la carta documento notificando la Oferta de Venta. El o los socio/s comprador/es no podrá/n modificar las condiciones de la Oferta de Venta. Cualquier modificación o alteración se interpretará como rechazo de la Oferta de Venta.

3. Ejercicio del Derecho de Preferente Compra: El ejercicio de este derecho será notificado por carta documento al socio Vendedor al domicilio constituido en la notificación de Oferta de Venta.

4. Irrevocabilidad de la Oferta de Venta: La Oferta de Venta notificada será considerada irrevocable para el socio Vendedor quien no podrá retractarla por ningún motivo. El lanzamiento de la Oferta de Venta implicará otorgar a los restantes socios la opción de comprar conforme el procedimiento de preferencia establecido en este Convenio.

5. Oferta a los socios de otros linajes familiares: Si la oferta de venta realizada por el socio vendedor no es aceptada dentro de su mismo linaje, ya sea por la totalidad o por alguno de los socios en forma individual, vencidos todos esos plazos, la oferta se realizará a los socios de los otros linajes familiares, bajo el mismo procedimiento fijado ut supra, por el plazo de 15 días.

6. Compra de las participaciones societarias por la sociedad. En caso de que ninguno de los socios adquiriera las participaciones societarias, la sociedad podrá adquirirlas dentro del plazo de 15 días de no aceptada la última instancia de ofertas. La sociedad podrá distribuir las participaciones adquiridas entre todos los socios a prorrata, o disponer la reducción del capital de la sociedad, en la misma proporción de las participaciones adquiridas. La decisión se tomará por mayoría simple del capital social, sin participación del vendedor.

7. Pago del precio y transferencia de las participaciones societarias: Las participaciones societarias serán transferidas a nombre del comprador simultáneamente con el pago del anticipo del precio conforme los términos y condiciones del contrato de transferencia respectivo. En forma simultánea con la transferencia de las participaciones societarias a los socios compradores se inscribirá una prenda respecto de la totalidad de éstas, a favor del socio vendedor. La prenda se levantará al producirse el pago de la última cuota, sin perjuicio de los recibos parciales que otorgará el Vendedor. En caso de cualquier incumplimiento en los pagos, regirá una cláusula penal que ascenderá a 2 veces la tasa de interés del Banco de la Nación Argentina en sus operaciones pasivas en pesos a 30 días. Asimismo se deja constancia de que la mora se producirá en forma automática sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial de ninguna naturaleza. A partir de la mora los acreedores quedarán legitimados para solicitar un interventor recaudador en la sociedad con facultades para impedir cualquier aumento de honorarios o sueldos a los Gerentes y pago de dividendos. Transcurridos 90 días de la mora el Vendedor podrá dar por decaídos todos los plazos, considerando todo el saldo remanente como de plazo vencido.

H. Modificar la cláusula DÉCIMO SÉPTIMA resultando:

DÉCIMO SÉPTIMA: FALLECIMIENTO DE ALGÚN SOCIO: En caso de fallecimiento de algún socio, sus participaciones sociales serán heredadas por sus respectivos parientes consanguíneos, y no por los parientes políticos. Dado que en la Argentina rige un estricto régimen de protección de la legítima hereditaria, para que ello resulte factible sin violar el orden público es necesario establecer el siguiente mecanismo de continuidad empresaria:

1.- En caso de fallecimiento de alguno de los socios, su participación societaria será íntegramente recibida por sus herederos consanguíneos.

2.- A fin de compensar los derechos que les correspondan a los herederos que no sean consanguíneos, se les abonará el importe que equivalga a la parte de las participaciones societarias que ellos hereden, computándose al respecto el Valor Patrimonial Proporcional vigente a ese momento.

3.- A tal fin los herederos se comprometen a unificar personería y a ofrecer la compraventa de esas cuotas que fueron heredadas, con prioridad para los miembros del mismo linaje.

4.- El pago de la parte que le corresponda a los herederos será efectuado mediante 4 cuotas iguales, venciendo la primera a los sesenta días del deceso del socio, y las tres cuotas restantes serán anuales con vencimiento la primera de ellas al año de la primera cuota, y la segunda y la tercera los años siguientes.

Asimismo se establece que se tomará como pauta para la actualización de la cuota, el sueldo bruto básico del empleado de comercio.

I. Eliminar las cláusulas DECIMA QUINTA: DISOLUCIÓN y DECIMA SEXTA RETIRO de SOCIO, dejándolas sin efecto.

J. Ratificar las demás cláusulas del contrato social.

$ 511 339790 Nov. 7

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ORCAM S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Cumplimentando las disposiciones del Art. 10 la Ley General de Sociedades N° 19.550, se procede a realizar la siguiente publicación en oportunidad de la cesión de 12.500 cuotas sociales de ORCAM SRL a favor del la Sra. VANESA MARÍA DEL ROSARIO ORSOLINI, DNI 24.574.175, argentina, mayor de edad, casada en primeras nupcias con Diego Oscar Gioachini, comerciante, titular de CUIT 27-24574175-3 con domicilio en Belgrano 738 de General Lagos, nacida el 08 de octubre de 1975 reforma del contrato social. La Sra. Orsolini ha adquirido 12.500 cuotas deja sociedad mediante contrato de cesión de cuotas de fecha 04 de agosto de 2017, que estipula la cesión a favor de la Sra. Orsolini por parte de ALFREDO DANIEL MARTÍNEZ, DNI 21.483.062, argentino, mayor de edad, casado en primeras nupcias con Patricia Noemí Camjalli, comerciante, titular de CUIL 20-21483062-1 con domicilio en Castelli 1757 de Pueblo Esther, nacido el 31 de enero de 1970 que cede y transfiere a Vanesa María Del Rosario Orsolini, DOCE MIL QUINIENTAS cuotas de capital representado por doce mil quinientas cuotas de valor nominal pesos diez ($ 10) cada una por la suma de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) en dinero en efectivo. Como consecuencia de la cesión precedente se ha modificado el artículo QUINTO del contrato social, quedando redactado como continúa: QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000) representado por veinticinco mil (25.000) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el socio Gioachini, Diego Oscar, suscribe doce mil quinientas (12500) cuotas de capital, equivalentes a pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000), la socia Orsolini, Vanesa María Del Rosario, suscribe doce mil quinientas (12500) cuotas de capital, equivalentes a pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000). El capital se encuentra totalmente integrado,” Asimismo se ha reformado la cláusula sexta del contrato social por instrumento de fecha 04 de agosto de 2017 que ha quedado redactada de esta manera: SEXTA: Administración, dirección y representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de la Sra. Vanesa María Del Rosario Orsolini, que en este acto se designa como socio gerente. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de Socio-Gerente precedida de la denominación social, actuando en forma individual. La gerente en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el articulo 375 del Código Civil y Comercial y decreto 5965/63,artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por sus asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

$ 94 339823 Nov. 7

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PEFAMA S.R.L.


CONTRATO


Socios: FACUNDO DI SANTO, Argentino, de apellido materno Morelli, DNI N° 32.810.912, CUIT N°: 20-32810912-4, Soltero, con domicilio en Calle Moreno 1346 8° “A”, de la ciudad de Rosario, Santa Pe, nacido el 10/01/1987, de profesión Abogado; AGUSTÍN NIHUEL CASABONA, Argentino, de apellido materno Di Pego, DNI N° 33.069.264, CUIT Nº 20-33069264-3, Soltero, con domicilio en calle Rioja 1637 10° “B” de la ciudad de Rosario, Santa Fe, nacido el 24/06/1987, de profesión Abogado; y JOSÉ IGNACIO FERRER, Argentino, de apellido materno Marchesini, DNI N°: 33.040.719, CUIT Nº 20-33040719-1, casado en primeras nupcias con la Sra. Magdalena Ibañez, con dirección en calle San Martín 370 10° “4” de la ciudad de Rosario, Santa Fe, nacido el 09/06/1987, de profesión Contador, todos hábiles para contratar.

Fecha del Instrumento de Constitución: 18/10/2017.

Denominación Social: PEFAMA S.R.L.

Domicilio: E. Zeballos 1750 “PB” de la ciudad de Rosario, prov. de Santa Fe.

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociadas con terceros, en el país o en el exterior, a la realización de las siguientes actividades: 1) El gerenciamiento y/o la administración de Hoteles y/o Emprendimientos Turísticos y/o Alquileres Temporales. 2) El gerenciamiento, administración y prestación de servicios de Catamarca Suites Land, sito en calle Catamarca 1219 de la Ciudad de Rosario, incluyendo la administración de las habitaciones y/o cuartos y/o espacios comunes y/o departamentos, de dicho complejo. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto.

Plazo: Veinte (20) años a partir del presente instrumento de constitución, venciendo el 18 de Octubre de 2037.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Ciento Ochenta Mil ($ 180.000.) dividido en 180 cuotas de Mil Pesos ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: FACUNDO DI SANTO suscribe Sesenta (60) cuotas de capital, o sea Pesos Sesenta Mil ($ 60.000) que integra de. la siguiente manera: la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000) en este acto y en dinero en efectivo y la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000) también en dinero en efectivo dentro del lapso de dos años contados desde el día de la fecha; AGUSTÍN NIHUEL CASABONA, suscribe Sesenta (60) cuotas de capital, o sea Pesos Sesenta Mil ($ 60.000) que integra de la siguiente manera: la suma de Pesos Quince Mil ($ 15.000) en este acto y en dinero en efectivo y la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000) también en dinero en efectivo dentro del lapso de dos años contados desde el día de la fecha; y JOSÉ IGNACIO FERRER,suscribe Sesenta (60) cuotas de capital, o sea Pesos Sesenta Mil ($ 60.000) que integra de la siguiente mañera: la suma de Pesos Quince Mil ($15.000) en este acto y en dinero en efectivo y la suma de Pesos Cuarenta: y Cinco Mil ($ 45.000) también en dinero en efectivo dentro del lapso de dos años contados desde el día de la fecha.

Composición de los órganos de administración y fiscalización: La administración; estará a cargo de los socios FACUNDO DI SANTO, DNI Nº 32.810.912 y AGUSTÍN NIHUEL CASABONA, DNI N° 33.069.264, quienes actuarán en forma individual e indistinta cualesquiera de ellos. La fiscalización de la sociedad estará a. cargo de todos los socios.

Cierre de Ejercicio: 31 de Octubre de cada año.

$ 105 339785 Nov. 7

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TRANSPORTE INTEGRAL S.R.L.


MOIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Publico de Rafaela, se hace saber lo siguiente: Por Acta de reunión de socios de fecha. 08/08/2017, los Sres. Socios de la entidad TRANSPORTE INTEGRAL S.R.L, han resuelto por unanimidad lo siguiente: PRIMERO: En razón de haber expirado el plazo de duración de la sociedad, se resuelve reconducirla por lo que que se modifica la cláusula tercera del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera: CLAUSULA TERCERA: El plazo de duración de la sociedad se establece en 90 años contados a partir de la fecha de inscripción de la Reconducción de la sociedad en el Registro Público. SEGUNDO: Se resuelve aumentar el capital social en la suma de $ 230.000, por lo que el nuevo capital social asciende a la suma de $ 250.000, modificándose como consecuencia la cláusula quinta del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera: CLAUSULA QUINTA: “El capital social se fija en la suma de pesos. DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000) divididos en 250.000 cuotas de pesos UNO ($ 1) cada una de ellas, con derecho a un voto por cada cuota social, y, que los socios han suscripto en su totalidad y se encuentran integradas conforme las certificaciones contables correspondientes, a saber: Aldo Ariel IMOBERDORF suscribe e integra el 0,4% del capital social, o sea la suma de Mil (1.000) cuotas sociales, lo que hace un total de Pesos Mil, y Fabián Andrés IMOBERDORF, suscribe e integra el 99,6% por ciento del capital social, o sea Doscientas Cuarenta y Nueve Mil (249.000) cuotas sociales, lo que hace un total de Pesos Doscientos cuarenta y nueve mil. TERCERO: Se resuelve adecuar la cláusula sexta del Contrato Social al Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, por lo tanto la cláusula sexta queda redactada de la siguiente manera: CLAUSULA SEXTA: Administración, dirección y representación: Estará a cargo del señor FABIÁN ANDRÉS IMOBERDORF, como Gerente. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de SOCIO GERENTE, precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluido lo especificado en los artículos 375 del Código Civil y Comercial, en especial los inc. e), g), h), i), j), l), m) de la mencionada norma, y artículo 9 del Decreto Ley Número 5965/63, siempre que tales actos respondan al giro normal y constituyan parte del objeto de la sociedad ya que quedará exento prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Se redacta un Texto Ordenado y se mantienen vigentes las demás cláusulas del Contrato Social. Lo que se publica a los efectos de Ley.

RAFAELA, 27 de Octubre de 2017.

$ 115 339864 Nov. 7

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TX DIGITAL SA


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados TX DIGITAL SA s/Designación de Autoridades - Expte. Nro 623 Folio - Año 2017, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio a cargo del Juez de Ira Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª nominación - 5ta Circunscripción judicial RAFAELA, se hace saber por un día el siguiente edicto:

Por Asamblea General Ordinaria UNÁNIME Nro 10 (diez) de fecha 30 de mayo de 2017, queda constituido el Directorio de TX DIGITAL Sociedad Anónima, por las siguientes personas: Presidente: NICOLÁS MIGUEL VIETTO GIL, DNI 27.891.170, nacido el 30/09/80, argentino, casado, CUIT 20-27891170-6, con domicilio real en 8 de Septiembre 259 de la localidad de Clucellas, Vicepresidente: MARCO FERNANDO MINETTI, DNI 17.571.437, nacido el 30/03/66, argentino, casado, CUIT Nº 20-17571437-6, con domicilio real en calle 9 de Julio 260 de la localidad de Clucellas, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe y Director

Suplente: ANDRÉS ALEJANDRO MINETTI, CUIT 20-33537804-1, argentino, soltero, nacido el 04/06/87, con domicilio real en calle 9 de Julio 260 de la localidad de Clucellas, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe. Rafaela, 27 de Octubre de 2017.

$ 45 339774 Nov. 7

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T.V.C. CASTELLANOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados T.V.C. CASTELLANOS R.R.L. s/PRORROGA PLAZO DE DURACIÓN, CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES Y MODIFICACIÓN AL CONTRATO SOCIAL - Expte Nro 622 Folio - Año 2017 - Legajo 42120, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio a cargo del Juez de Ira Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación - 5ª Circunscripción judicial RAFAELA, se hace saber por un día el siguiente edicto:

Por instrumento de fecha 24 de julio de 2017, ratificado por Acta de Socios de fecha 18 de Octubre de 2017, se ha dispuesto:

1) CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES: El Señor MANUEL MINETTI, DNI 20.546.086, nacido el 07-set-69, soltero, argentino, de profesión comerciante, CUIT 20-20546086-2, con domicilio real en Av. Santa Fe 221 de la localidad de Clucellas ha vendido, cedido y transferido a título oneroso al Sr. NICOLÁS MIGUEL VIETTO GIL, DNI 27.891.170, nacido el 30 de septiembre de 1980, casado en primeras nupcias con Luciana Alicia Pairetti Cassina (DNI 27.891.185), argentino, de profesión comerciante, CUIT 20-27891170-6, con domicilio real en 8 de Setiembre 259 de la localidad de Clucellas, la totalidad de las cuotas de capital que les correspondían en la sociedad TVC CASTELLANOS S.R.L., constituida por contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Santa Fe el día 15/03/1993, bajo el número 664, folio 176 del libro 10 de SRL, con domicilio legal en Ruta Nacional 34 Km 535, jurisdicción de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, consistentes en setenta mil (70.000) cuotas de $ l,00 (UN PESO) cada una, representativas del 28% (VEINTIOCHO POR CIENTO) del Capital Social. Precio.- Dicha cesión se realizó por la suma de $ 150.000,00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS).

2) CAPITAL SOCIAL - CUOTAS: El Capital Social es de $ 250.000, dividido en 250.000 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL) cuotas partes y le corresponden al Socio MARCO FERNANDO MINETTI (DNI 17.571.437) 160.000 (CIENTO SESENTA MIL) cuotas de valor $l,oo cada una y al Socio NICOLÁS MIGUEL VIETTO GIL, (DNI 27.891.170) 90.000 (NOVENTA MIL) cuotas de valor $ l,00 cada una.

3) DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y FISCALIZACIÓN: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de los socios MARCO FERNANDO MINETTI y NICOLÁS MIGUEL VIETTO GIL, con carácter de gerentes y tendrán el uso de la firma social de manera indistinta.

4) PRORROGA: Prorrogar la vigencia de la sociedad en 25 años, la que vencerá el 15 de marzo del 2043.

5) SEDE ADMINISTRATIVA: Se fija la sede en Gral. Paz 205 de la ciudad de Rafaela - Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe.

RAFAELA, 27 de Octubre de 2017.

$ 82 339796 Nov. 7

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URIAGE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Conforme a1 contrato de URIAGE S.R.L., inscripta originalmente en e] Reg. Púb. De Comercio de Rosario e1 17/11/1997 a1 Tomo 148 - Folio 16307 - Nº 1911, a 1os efectos de la inscripción en e1 Reg. Púb. de Rosario de 1a modificación, se publica por el término de ley.

1.- DATOS DE LOS SOCIOS: * MARÍA ALEJANDRA CERVIO: argentina, nacida el 02/01/1975, comerciante, casada en 1ª nupcias con Tomás Araya, domiciliada en calle E. Zeballos n° 2665 de Rosario, con D N I n° 24.327.434, C.U.I.T. N° 27/24.327.434/1.- * YANINA CARINA PAVETTO: argentina, nacida el 03/01/1970, comerciante, casada en 1ª nupcias con Javier Emilio Cervio, domiciliada en calle E. Zeballos n° 2674 de Rosario, con D.N.I. n° 21.415.566, C.U.I.T. N° 23/21.415.566/4.- * HUGO HÉCTOR CERVIO: argentino, nacido e1 16/10/1940, contador público, viudo en 1ª nupcias de Mirta Elena Ethel Daniele, domiciliado en calle E. Zeballos n° 2665 de Rosario, con D.N.I. n° 6.129.464, C.U.I.T. n° 20/06.129.464/4.-

2.- FECHA DE MODIFICACIÓN: Rosario, 5 de OCTUBRE de 2017

3.- DENOMINACIÓN: URIAGE S.R.L.

4.- DOMICILIO SOCIAL: Se establece en la ciudad de Rosario.-

5.- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto el servicio de tintorería y lavandería de prendas.-

6.- PLAZO DE DURACIÓN: se prorroga hasta e1 17/NOVIEMBRE/2027.-

7.- CAPITAL SOCIAL: Se aumenta e1 Capital Social a 1a suma de $ 100.000, representados por 10.000 cuotas sociales de $ 10,- de v/n c/u: MARÍA ALEJANDRA CERVIO: 7.450 cuotas de $ 10,- v/n c/u totalizando $ 74.500,- de Capital Social, totalmente suscriptas e integradas.- YANINA CARINA PAVETTO: 2.500 cuotas de $ 10,- v/n c/u totalizando $ 25.000,- de Capital Social, totalmente suscriptas e integradas.- HUGO HÉCTOR CERVIO: 50 cuotas de $ 10,- v/n c/u totalizando $ 500,- de Capital Social, totalmente suscriptas e integradas.-

8.- ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN: Uno o más Gerentes, socios o no.

9.- ADMINISTRACIÓN: Se ratifica como SOCIO-GERENTE al señor HUGO HÉCTOR CERVIO.-

FISCALIZACION: Los socios personalmente.-

10.- CIERRE DEL EJERCICIO SOCIAL: El 31 de Julio de cada año.

11.- DIRECCIÓN SOCIAL: PARAGUAY Nº 848 de la ciudad de ROSARIO.

$ 85 339804 Nov. 7

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ATYA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se ha ordenado la siguiente publicación de: Aumento de capital y Ampliación de Objeto.

Fecha del contrato: de 19 OCTUBRE de 2017.

AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL: A la suma de pesos cincuenta mil ($ 300.000). El capital social de ATYA S.R.L., queda fijado en la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000), dividido en tres mil (3000) cuotas de capital de un valor nominal de cien pesos ($ 100) cada una. totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: El socio RISIGLIONE MARIANO JOSE dos mil novecientas cincuenta (2950) cuotas que representan DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 295.000) y el socio RISIGLIONE SEBASTIAN PABLO cincuenta (50) cuotas que representan CINCO MIL PESOS ($ 5.000).

AMPLIACIÓN DE OBJETO: el Objeto Social queda expresado de la siguiente manera: La sociedad tendrá por objeto la realización, de las siguientes operaciones: a) comercialización por mayor y menor y distribución de bebidas alcohólicas y no alcohólicas: b) la prestación de servicios de catering, comidas, viandas, servicios ejecutivos de comidas y similares; distribución y comercialización de productos alimenticios; la explotación de servicios de comidas rápidas.

Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar lodos los negocios, actos y contratos que se relacionen con su objeto, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país o en el exterior.

$ 63 339984 Nov. 7

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ÁLAMO INDUSTRIAL Sociedad de Responsabilidad Limitada


CONTRATO


Integrantes: Aldo Lucas Lugli, DNI 26.603.365, CUIT 20-26603365-7, soltero, argentino, comerciante, domiciliado en calle caferata 2454 de la ciudad de Rosario, y el Sr. Aldo Marcelo Morata, argentino, DNI 21.810.033, cuit 20-21810033-4, casado, argentino, comerciante, domiciliado en calle La Paz 3250 de la ciudad de Rosario, ambos comerciantes y hábiles para contratar Denominación: ÁLAMO INDUSTRIAL Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Objeto: a) fabricación y venta de autopartes de maquinarias agrícolas, sus repuestos y accesorios, b) fabricación, reparación, compraventa, importación y exportación de máquinas para la industria agrícola, como sus repuestos, partes y accesorios, c)corte de chapas por pantógrafos, soldaduras, mecanizado de aceros.

Domicilio: Anchorena 2701 b de la ciudad de Rosario.

Duración: diez años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capital Social: Pesos cincuenta mil ($ 250.000).

Administración y representación: La dirección, administración y representación estará a cargo de Lugli Aldo Lucas, a quien se le designa con el carácter de socio-gerente.

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 52,50 339928 Nov. 7

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AGRO MAX S.R.L.

(ahora SIPCAM ARGENTINA S.R.L.)


CANCELACIÓN INSCRIPCIÓN

POR CAMBIO JURISDICCIÓN


Cumplimentando las disposiciones del artículo 10º inc. b) de la Ley General de Sociedades Nº 19,550, se hace saber que por acta de reunión de socios del 31 de Julio de 2017, se procede al cambio de jurisdicción a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

Cambio de jurisdicción y fijación de sede social: se traslada del domicilio de la ciudad de Rosario a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijando la sede social en Avenida Santa Fe Nº 1752 1º A.

$ 45 340056 Nov. 7

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ABUGOSH S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


1. RAZÓN SOCIAL: ABUGOSH S.R.L.

2. FECHA DE CONSTITUCIÓN: 03/07/2000. Constituida conforme a Contrato inscripto en el Registro Público de Comercio, en Contratos, el 27/07/2000, al Tomo 151, Folio 9349, N° 1066; modificación inscripta en Contratos, el 26/09/2000, al Tomo 151, Folio 12719, N° 1468; modificación inscripta en Contratos, el 18/01/2001, al Tomo 152, Folio 785, N° 84; modificación inscripta en Contratos, el 28/07/2005, al Tomo 156, Folio 15163, N° 1192; modificación inscripta en Contratos, el 24/07/2008, al Tomo 159, Folio 15557, N° 1272; modificación inscripta en Contratos, el 29/07/2010, al Tomo 161, Folio 17866, N° 1236; modificación inscripta en Contratos, el 10/03/2011, al Tomo 162, Folio 5031, Nº 333; y modificación inscripta en Contratos con fecha 23/09/2015, al Tomo 166, Folio 25983, N° 1678. -

3. FECHA DEL INSTRUMENTO MODIFICATORIO: 23/10/2017.

4. CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES: 1) DAVID BRESCA VENDE, CEDE Y TRANSFIERE a NOÉ BRESCA el 100% de las cuotas sociales de la que es titular en dicha sociedad (6,65 % del total de las cuotas sociales); quien ACEPTA la presente transacción. La venta, cesión y transferencia se realiza por la suma de trece mil trescientos pesos ($ 13.300) en dinero en efectivo que el CEDENTE recibe en este acto de plena conformidad, sirviendo la firma del presente de suficiente recibo y carta de pago.- Por tal razón, la cláusula tercera del Contrato Social, queda redactada de la siguiente manera:

Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de PESOS doscientos mil ($ 200.000) divididos en veinte mil (20.000) cuotas de Pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Isaac Mario BRESCA dieciséis mil (16.000) cuotas sociales de Pesos diez ($ 10) cada una, equivalentes a PESOS ciento sesenta mil ($ 160.000); Noé BRESCA dos mil seiscientos sesenta y cinco (2.665) cuotas sociales de Pesos diez ($ 10) cada una, equivalentes a PESOS veintiséis mil seiscientos cincuenta ($ 26.650); Dana BRESCA mil trescientos treinta y cinco (1.335) cuotas sociales de Pesos diez ($ 10) cada una, equivalentes a PESOS trece mil trescientos cincuenta ($ 13.350).

5. Se ratifican todas las cláusulas del Contrato Social que no han sufrido modificaciones.

$ 65 340039 Nov.7

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BOASSO Y CÍA. S.R.L


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, en autos caratulados: BOASSO Y CÍA S.R.L. s/Modificación al Contrato Social, (Expte. Nº 2129 - Año 2017), se hace saber:

1. Cesión de cuotas sociales. Por Contrato de Cesión de Cuotas Partes suscripto el 19/09/2017, cede y transfiere: Martín Nicolás BOASSO: la cantidad de 875 (Ochocientos setenta y cinco) Cuotas conservando el valor nominal de $ 10,00 (Diez) cada una; a favor de Julián César Boasso, argentino, casado, domiciliado en calle Italia 533 de El Trébol, DNI 14.737.359.

2. Nueva composición: De acuerdo a lo dispuesto precedentemente. El Sr. Julián César Boasso, 6.930 (Seis mil novecientos treinta) cuotas, a un valor nominal de $ 10,00 (Diez) cada una, equivalentes a $ 69.300 (Sesenta y nueve mil trescientos pesos); y, la Sra. Susana Raquel Rossi, 70 (Setenta) cuotas, a un valor nominal de $ 10,00 (Diez) cada una, equivalentes a $ 700,00 (Setecientos pesos).

3. Reforma contractual de la cláusula cuarta. CUARTA: El capital social se fija en la suma de $ 70.000,00 (Setenta mil pesos) dividido en 7.000 (Siete mil) cuotas de $ 10 (diez pesos) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente forma: a) El señor Julián César Boasso, 6.830 (Seis mil novecientos treinta) cuotas, a un valor nominal de $ 10,00.- (Diez) cada una, equivalentes a $ 69.300.- (Sesenta y nueve mil trescientos pesos); y, b) La señora Susana Raquel Rossi 70 (Setenta) cuotas, a un valor nominal de $ 10,00 (Diez) cada una, equivalentes a $ 700,00 (Setecientos pesos). El capital social consiste en aportes dinerarios por la suma de $ 20.000 (Veinte Mil pesos); y, en Aportes en bienes no dinerarios por la suma de $ 50.000 (Cincuenta Mil pesos), integrándose en su totalidad con el aporte de dos vehículo automotores: 1) Pick up marca Chevrolet, modelo LUV 2.5 Diesel Cabina simple, año 1998, motor marca Isuzu N° 457367, chasis marca Chevrolet N° 8GGTFR6DHWA061983, dominio CBO 012. 2) Pick up marca Isuzu, modelo 2.5 Diesel Cabina simple, año 2004, motor marca Isuzu N° 948216, chasis marca Isuzu N° 8GGTFRE213A130366, dominio EIN 933; la valuación del los bienes no dinerarios surge de Inventario Auditado por el Contador Público Nacional Marcelo Antonio Turletti, Matrícula Nº 10380-02, mediante Informe debidamente Legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Legalización Nº 001486235.

4. Quedan ratificadas las demás cláusulas contractuales no modificadas por el referido instrumento. Lo que se publica a los efectos legales.

Santa Fe, 26 de octubre de 2017.

$ 112,55 339829 Nov. 7

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CRESTA MAC S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos CRESTA MAC S.A. s/Reforma de Estatuto, Expte. 2338, Año 2017, en trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber lo siguiente: La sociedad CRESTA MAC S.A., mediante Asamblea Gral. Extraordinaria N° 10 de fecha 16/06/2017, procedió a reformar parcialmente su estatuto social en lo que respecta a las cláusulas segunda, cuarta, novena, décimo primera y décima tercera del mismo, aprobándose en consecuencia sus nuevas redacciones a saber: SEGUNDA: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en la República Argentina o en el extranjero, a las siguientes actividades: a) Fabricación, montaje, ensamble, armado, reparación y rectificación de estructuras metálicas, así como de otros materiales similares y/o compatibles con estructuras metálicas, a través de maquinaria propia y/o alquilada y/o en comodato. Fabricación y mantenimiento de equipos electromecánicos, b) Comerciales: Comercialización de productos y subproductos de la industria siderúrgica, c) Servicios: Corte, plegado y soldaduras de elementos metálicos. Alquiler de equipos industriales con o sin operador. Servicio de traslado por vía terrestre o aérea. Posiciona miento, montaje y puesta en marcha de equipos y estructuras en general. Servicios de poda y retiro de árboles. Asesoramiento profesional en el ramo ingeniería. La Sociedad desarrollará las actividades anteriormente descriptas, mediante la contratación de profesionales y personal idóneo en la materia. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.; CUARTA: El capital social es de pesos seiscientos mil ($ 600.000), representado por seis mil (6000) acciones de pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una.- El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el Art. 188 de la ley 19550.; NOVENA: TRANSFERENCIA DE ACCIONES ENTRE SOCIOS Y A TERCEROS: 1) Las acciones suscriptas podrán ser libremente transferidas entre los accionistas. 2) En el caso en que un accionista desee vender a un tercero parte o la totalidad de las acciones que tenga, deberá notificar al Directorio su intención. A tal fin, deberá indicar a) Nombre y domicilio del presunto comprador; b) Cantidad de acciones en venta; c) El precio y condiciones de pago ofrecidas; El Directorio deberá comunicar por escrito y en forma fehaciente tal solicitud a todos los demás accionistas en un plazo de quince días a partir de la formulación del pedido del cedente. Los accionistas dispondrán de un plazo de quince días a partir de la notificación que se les haya dirigido, para hacer saber al Directorio y al accionista vendedor, si están dispuesto a comprar la totalidad de las acciones objeto de la venta, al precio propuesto por el cedente, no pudiendo ejercitar la opción por una cantidad menor a la ofrecida. En el caso que varios accionistas que estuvieran dispuestos a comprar las mencionadas acciones, a igualdad de precio y condiciones que los terceros, aquellos tendrán derecho de preferencia sobre los terceros. En el supuesto que la cantidad de acciones ofrecidas fuera insuficiente, las mismas serán repartidas entre los accionistas interesados, a prorrata de su participación en el capital de la sociedad. En el supuesto que las acciones objeto de la venta no fueran adquiridas por los demás accionistas, el vendedor podrá vender las acciones a terceros de su elección dentro de los treinta días de vencido el plazo para que los accionistas ejerzan la opción de compra. Dicha operación deberá efectuarse en las mismas condiciones fijadas en ocasión de la notificación al Directorio. La venta deberá comunicarse por escrito y en forma fehaciente al Directorio dentro de los ocho días hábiles de su realización.

DÉCIMO PRIMERA: El directorio tiene todas las facultades para administrar bienes. Puede en consecuencia celebrar contratos en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al mejor cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con Bancos y otras instituciones oficiales o privadas, establecer agencias, sucursales y otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a uno o más personas poderes judiciales o extrajudiciales inclusive para querellar judicialmente, con el objeto o extensión que juzgue conveniente, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales a que se refieren los artículos 375 (con excepción de lo establecido en sus incisos a), b) y c) y 1191 del Código Civil y Comercial, y artículo 9° del Decreto Ley 5965/93. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente.; DÉCIMO TERCERA: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo autoriza el art. 284 de la ley de sociedades comerciales- t.o. 1984.- cuando por aumento de capital la sociedad quedara comprendida en el art. 299 inciso 2do. de la ley citada, en ese ejercicio la asamblea general deberá elegir un síndico titular y uno suplente por el término de tres ejercicios, adecuándose asimismo a las disposiciones estatutarias de su tipo. Mientras mantenga vigente la prescindencia de la sindicatura, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo con el derecho de contralor que les confiere el art. 55 de la ley de sociedades comerciales -t.o. 1984-. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).

Santa Fe, 25 de Octubre de 2017.

$ 230 339972 Nov. 7

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DIONISIO RUBIO S.I.V.P. S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Juez. Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, en los autos DIONISIO RUBIO S.I.V.P. SA s/DESIGNACION DE AUTORIDADES, Expte. N° 483/17, se dispuso por Resolución de fecha 26/10/2017 inscribir el Directorio que fue designado y distribuidos los cargos, por Asamblea General Ordinaria N° 18 del 18 de agosto de 2017 y Acta de Directorio Nº 67 del 18 de agosto de 2017, por las cuales el Directorio por un período de tres (3) ejercicios queda integrado de la siguiente forma: PRESIDENTE: OLGA ESTHER SALDIVIA, L.C. Nº 4.245.793, CUIT Nº 27-04245793-6, domiciliada en calle Liniers 760 de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, nacida el 10/07/1943, de nacionalidad argentina y de estado civil viuda; VICEPRESIDENTE: GRACIELA NOEMI RUBIO, D.N.I. Nº 11.370.761, CUIT Nº 27-11370761-0, domiciliada en calle República Argentina 375 de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, nacida el 12/11/1954, de nacionalidad argentina y de estado civil divorciada según sentencia N° 1637 del 13/11/2007.

$ 65 339923 Nov. 7

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CELULOSA ARGENTINA S.A.


INSCRIPCIÓN DE AUTORIDADES


Informamos que, a fin de cumplimentar las disposiciones del artículo 60 de la Ley N°19.550, la Asamblea Ordinaria de fecha 27/09/2017 resolvió y aprobó la fijación del número de Directores y la elección de los mismos por la finalización de sus mandatos. En consecuencia, y dando cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 256 de la Ley General de Sociedades, el actual Directorio ha quedado compuesto de la siguiente forma:

Titulares:

Douglas Albrecht (Presidente) domiciliado en Av. Santa Fe 1821, piso 7, CABA.

Gonzalo Goñi (Vicepresidente) domiciliado en Av. Pomilio s/n, Capitán Bermúdez (Santa Fe).

José Urtubey (Director Secretario) domiciliado en Av. Santa Fe 1821, piso 7, CABA.

Juan Collado (Director Titular) domiciliado en Av. Santa Fe 1821, piso 7, CABA.

Matías Brea (Director Titular) domiciliado en Reconquista 1088 Piso 9, CABA.

Andreas Keller Sarmiento (Director Titular) domiciliado en Pedro de Mendoza 1685, Barrio San Isidro Chico, Beccar San Isidro, Pcia. de Buenos Aires.

Oscar Felix Helou (Director Titular) domiciliado en Tucumán 141, piso 4, CABA.

Pablo Lozada (Director Titular) domiciliado en Esmeralda 1320 Piso 7° “A”, CABA.

Suplentes: Diego Tuttolomondo y Gonzalo Coda domiciliados en Av. Pomilio s/n, Capitán Bermúdez (Santa Fe); Daniel Dubinsky domiciliado en Bernardo de Irigoyen 88 Piso 1 “A”, CABA; y Sergio Kreutzer domiciliado en Lavalle 557 Piso 7, CABA.

Todos con mandato por un Ejercicio.-

$ 52,50 340530 Nov. 7

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