picture_as_pdf 2008-11-07

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente BUSTOS CARLOS ALFREDO cuenta Nº 021-330234-6 con domicilio fiscal en Camilo Aldao 233 Bis, (C.P. 2000) Rosario, Pcia. de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL, que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución N° 1390-3/08, dictada en autos caratulados: “Expediente Nº 13302 0673051-9:

Rosario, 06 de Agosto de 2008. Visto: Considerando: Resuelve:

Artículo 1º: Establecer de oficio, sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente Bustos Carlos Alfredo cuenta Nº 021-330234-6, con domicilio fiscal en Camilo Aldao 233 Bis

(C.P.2000); Rosario, Pcia. Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 06 a 11 de conformidad al siguiente detalle:

Impuesto Recargo Multa Omisión

Período Determinado e Intereses (res.04/98) Totales

2005/01 1.127,39 613,73 450,96 2.192,08

1.127,39 613,73 450,96

Suma Parciales 2.192,08

Multa Infrac. a los deberes formales (Res. 06/93) 100.00

Total General 2.292,08


Artículo 2º: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Dos Mil Doscientos Noventa y Dos c08/100 ($ 2.292,08), conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.

Artículo 3º: Intimar para que en el plazo de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853, Rosario, Santa Fe.

Artículo 4º: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5º: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.

C.P.N. DIANA EMILIA SANDOZ

Administradora Regional Rosario

S/C 51820 Nov. 7 Nov. 11

__________________________________________


NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Administrador Provincial de Impuestos, se notifica al Sr. PEDRO PABLO FERNANDO CANNISTRARO, DNI Nº 22.040.846, cuenta Nº 021-300832-9, con domicilio fiscal en calle Urquiza 1975 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto, en el Art. 97 del Código Fiscal t. o. 1997, la Resolución N° 383/08 IND, dictada en autos caratulados: Expediente N° 13302-0253944-6 “Cannistrato Pedro Pablo Fernando”.

Santa Fe, 1° de Setiembre de 2008.

Visto: ... Considerando:... Resuelve:

ARTICULO 1º: No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 2255-8/07 de Administración Regional Rosario, por derecho propio, por la señora Cecilia Soledad Santamaría, DNI. Nº 28.177.046, con domicilio fiscal y especial en calle Urquiza 1983 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, cuenta Nº 021-300832-9 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARTICULO 2º: Requerir a los señores Pedro Pablo Fernando Cannistraro y Cecilia Soledad Santamaría, en su carácter de responsable solidaria, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el art. 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 130.413,31 (Pesos ciento treinta mil cuatrocientos trece con 13/100) en concepto de impuestos, intereses y multas por omisión Res. Gral. Nº 04/98 por los anticipos 01 a 12/02; 01 a 12/03 y 01 12/04 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de Fiscalización Externa Nº 2 de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 148 y que forma parte de la presente.

ARTICULO 3º: De acuerdo a las facultades conferidas por el art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante la dependencias de la Administración Regional Rosario, Subdirección de Fiscalización Externa Nº 2, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan. Además se hace saber, que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación en los términos del art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás efectos.

C.P.N. NICOLAS RUEJAS

Administrador Provincial


CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE


CONTRIBUYENTE: CANNISTRARO PEDRO Domicilio:

URQUIZA 1975 - ROSARIO Cta. Nº 300832-9

PABLO FERNANDO Y/O SANTAMARIA Expte. 13302-0253944-6

CECILIA SOLEDAD (RESPONSABLE

SOLIDARIA)


Diferencia de Multas Intereses TOTAL

Impuesto liq. Calificación % Monto

al 15/09/2008


ING. BRUTOS AÑO 2002 01 a 12 15.192,31 Resol. 04/98 art. 5º 100.00 15.192,31 21.987,83 52.372,45

ING. BRUTOS AÑO 2003 01 a 12 13.097,44 Resol. 04/98 art. 5º 100.00 13.097,44 13.282,52 39.477,40

ING. BRUTOS AÑO 2004 01 a 12 14.363,50 Resol. 04/98 art. 5º 100.00 14.363,50 9.836,46 38.563,46

TOTALES 42.653,25 42.653,25 45.106,81 130.413,31


Son Pesos: Ciento Treinta Mil Cuatrocientos Trece Con 31/100

Observaciones:

Resolución Individual Nº 383

Fecha: 1° Setiembre 2008

S/C 51817 Nov. 7 Nov. 11

__________________________________________


NOTIFICACION


Por disposición de la Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente ESPINOSA FERNANDO GUSTAVO, cuenta Nº 021-336783-3 con domicilio fiscal en Pje. de Pinedo 1744 de la ciudad de Rosario Pcia. de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución N° 1346-2/08, dictada en autos caratulados: “Expediente Nº 13302-0671807-8”:

Rosario, 30 de Julio de 2008 Visto:... Considerando:... Resuelve:

Artículo 1º: Establecer de oficio, sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente Espinosa Fernando Gustavo cuenta Nº 021-336783-3, con domicilio fiscal en Pje. de Pinedo 1744, 2000 Rosario, Pcia. de Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 04 a 12 de conformidad al siguiente detalle:

Impuesto Recargo Multa Omisión

Período Determinado e Intereses (res.04/98) Totales

2007/06A12 10.847,18 1.739,27 4.338,87 16.925,32

2008/01A02 3.226,44 368,31 1.290,57 4.885,32

14.073,62 2.107,58 5.629,44

Suma Parciales 21.810,64

Multa Infrac. a los deberes formales (Res. 06/93) 100.00

Total General 21.910,64


Artículo 2º: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (Quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Veintiún Mil Novecientos Diez con 64/100 $ 21.910,64, conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.

Artículo 3º: Intimar para que en el plazo de 5 (Cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853, Rosario, Santa Fe.

Artículo 4º: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5º: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.

C.P.N. DIANA EMILIA SANDOZ

Administradora Regional Rosario

S/C 51819 Nov. 7 Nov. 11

__________________________________________


ADMINISTRACION FEDERAL DE

INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

JUANA M. B. ANGELONI


Por disposición de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal N° 2 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos “Fisco Nacional AFIP RNSS) c/Otro (cuit 30-52669220-5) s/Ejec. Fiscal” Expte. 1246/00, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M.B. Angeloni (Cuit 27-17815312-4), venda en pública subasta el día 14 de noviembre de 2008 a las 9.30 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, se subastará el 100% del bien inscripto al N° 004036 F° 00503 T° 406 Par La Capital, sito en calle Urquiza e/Roca y Roque Saenz Peña lote Cuatro, manzana catorce del plano 69.369 (con frente al norte) de la localidad de Sauce Viejo, partida api 10-13-00-742537/0525-5, Sup. terr. 300 mts.2 se trata de un lote de terreno baldío (barrio Belohorizonte) zona de casas de fin de semana, calle con mejorado, luz eléctrica. Base: $ 133,5 Visitas: Libre Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 30% a cuenta del precio con más la comisión de ley del martillero 3% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.1. ley 7547), todo ello en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta. Las deudas que pesan sobre el bien serán afrontadas con el producido del remate. Los impuestos nacionales, provinciales, municipales y servicios devengados a partir del día de la subasta serán a cargo del comprador así también los gastos de transferencia del dominio. Se hace saber que el adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en autos. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Consultas y mayores informes en Secretaría del Juzgado y/o a la Martillera al 0342-154060858. Santa Fe, de nov. de 2008. Fdo. Stella Maris Cohen Agente Fiscal -AFIP-DGI.

S/C 52220 Nov. 7 Nov. 10

__________________________________________


HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS


COMUNICADO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el Presente Edicto a los fines de hacer saber al “CENTRO COMUNITARIO ESPERANZA RINCONERA”, que en los autos caratulados, “Expediente N° 00901-0025678-4 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe. Subsidio otorgado por Decreto N° 0719/06 por el importe de $ 2.000,” destinado a “.. arreglos edilicios y acondicionar la sede de la institución”, se ha dictado la Resolución N° 625/08 de la Sala II del T.C.P (de fecha 26/08/08), la cual se transcribe en su parte pertinente: “Visto:... Considerando; ... Resuelve: Artículo 1°: Formular cargo al “Centro Comunitario Esperanza Rinconera” por la suma de $ 2.025,43, (Pesos dos mil veinticinco con Cuarenta y tres centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. La tasa de interés utilizada corresponde a valores de la serie de Tasas de Interés Corregida de Caja de Ahorro Común” - Comunicación “A” 1828 - B.C.B.A. punto 1. Artículo 2°: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado... Artículo 3°: Hacer saber, de conformidad a la Ley n° 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario...”. Artículo 4°: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado. Fdo. C.P.N. Horacio Alejandría, Presidente, C.P.N. Nora R. Vallejos, Vocal, Dr. Mario C. Esquivel, Vocal, C.P.N. Sonia M. Monteferrario, Sec. Sala II.

S/C 2178 Nov. 7 Nov. 10

__________________________________________