picture_as_pdf 2016-10-07

REGISTRADA BAJO EL Nº 13563


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación, las maquinarias detalladas en el inventario Anexo de la presente ley, obrante asimismo en el Expediente N° 255/13 caratulado “Fabricaciones Rosario SA s/Quiebra” en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na Nominación de la ciudad de Rosario, propiedad de la sociedad fallida Fabricaciones Rosario SA con destino a la consecución de los fines cooperativos de la Cooperativa de Trabajo Fabricaciones Rosario Limitada, Matrícula ante Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) N° 48081, Resolución 2531 de fecha 21 de agosto de 2013 y Matrícula Provincial N° 3373 concedida por Resolución N° 103/13 de fecha 26 de agosto de 2013 por la Subsecretaría de Asociativismo, Promoción de la Empresarialidad y Trabajo Decente del Ministerio de la Producción.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A UN DÍA DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL DIECISÉIS.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

CPN. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

29 SEP 2016

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

PABLO GUSTAVO FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma de Estado


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - Ofic. 227 - 3 de Febrero 2649 2º Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 – e-mail: ditecleg@santafe.gov.ar

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