picture_as_pdf 2011-10-07

DECRETO N° 1937


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

22 SEP 2011

VISTO:

El Expediente N° 00320-0004400-5 del Registro del S.I.E.; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1919/89, aprueba el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Ley N° 10.052;

Que el artículo 49° -último párrafo- de la citada norma legal, prevé el otorgamiento de “licencia a los candidatos políticos de listas oficializadas, por el término de 30 días corridos anteriores al acto electoral”, estableciendo seguidamente que la misma será con goce de haberes.

Que se considera pertinente por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, hacer extensiva dicha licencia, a agentes comprendidos en los demás convenios, estatutos y escalafones vigentes en esta provincia, que sean candidatos en las elecciones nacionales a celebrarse el día 23 de Octubre del corriente año;

Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º - Otórgase, a pedido del interesado, licencia con goce de haberes por el término de 30 días corridos anteriores al acto electoral, a los empleados públicos dependientes de la Administración Pública Provincial centralizada, descentralizada y entes autárquicos, que fueren candidatos políticos de listas oficializadas para las elecciones nacionales a celebrarse el día 23 de octubre de 2011. El responsable directo de las Unidades o Subunidades de Organización, o su reemplazante natural, está autorizado para otorgar la licencia prevista en el presente artículo.

ARTICULO 2º - Refréndese por los señores Ministros de Gobierno y Reforma del Estado y Economía.

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

CPN Angel José Sciara

7160

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