picture_as_pdf 2016-09-07

MINISTERIO DE EDUCACION


RESOLUCION N° 1390


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional"

31 de Agosto de 2 016

VISTO:

El Expediente N° 00401-0266299-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se gestiona la realización de un procedimiento de selección para incorporar personal de planta permanente provisional - Art. 4° Ley No 8525 en la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación; y

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta las funciones encomendadas a la Dirección General de Recursos Humanos y las tareas asignadas al área de la Mesa de Entradas de la misma, resulta necesario reforzar la dotación de su personal;

Que a fin de posibilitar el eficaz cumplimiento de las competencias asignadas al mencionado organismo con recursos humanos idóneos, se solicita la cobertura de un (01) Cargo de esta Jurisdicción correspondiente a Categoría 1 del Agrupamiento Administrativo - Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que para el Procedimiento de Selección deberá tenerse en cuenta lo normado por el Decreto N° 0291/2009, sus modificatorios Decretos Nº 0274/11 y N° 3039/12; y Disposiciones complementarias.

ATENTOA ELLO:

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE

ARTICULO 1º: Aprobar el perfil del puesto y el procedimiento de selección de personal a aplicarse en la Jurisdicción, los que como Anexo I y II se adjuntan a la presente.

ARTICULO 2º: Autorizar la efectivización del Procedimiento de Selección de Personal conforme las pautas explicitadas en los Anexos I y II, para cubrir un (01) cargo Categoría 1 del Agrupamiento Administrativo Permanente con carácter Provisional (Artículo 4º, Ley N° 8525) en la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, comuníquese a la U.P.C.N. y A.T.E. Consejo Directivo Provincial

Santa Fe, publíquese y archívese.

Dra. CLAUDIA E. BALAGUÉ

Ministra de Educación

Nota: se publica sin los anexos correspondientes, pudiéndose consultar en el Ministerio de Educación.

S/C 17865 Set. 7 Set. 8

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RESOLUCION Nº 1401


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional"

31 de Agosto de 2 016

VISTO:

El Expediente N° 00401-0261719-3 del registro de este Ministerio, mediante el cual la Secretaría de Educación plantea la necesidad de llamar a Concurso de Ingreso pan cubrir cargos pertenecientes a los Equipos Socioeducativos Interdisciplinarios, dependientes de esta Cartera Educativa y según las previsiones establecidas en el Decreto N° 4380/15; y

CONSIDERANDO:

Que tal iniciativa ha sido recepcionada dentro del marco del acuerdo paritario arribado en fecha 17 de febrero del año en curso, celebrado en el marco de la Ley provincial vigente N° 12.958;

Que garantizar el derecho a la estabilidad docente es una decisión política de esta Gestión Ministerial recepcionada dentro del marco paritario referido, dando por la presente continuidad al proceso de titularización docente de todos los niveles y modalidades;

Que a su vez, el Decreto N° 4380/15 homologa el Acta celebrada el 18 de noviembre de 2015 y en su Artículo 2° aprueba el Reglamento Orgánico del Equipo Socioeducativo Interdisciplinario que como Anexo II integra el citado decisorio;

Que se establece en el Acta Paritaria de fecha 18 de noviembre de 2015, homologada por Decreto N° 4380/15, que el escalafonamiento de los cargos pertenecientes a los Equipos Socioeducativos Interdisciplinarios estará a cargo de la Junta de Escalafonamiento Docente de Educación Especial en un todo de acuerdo con lo preceptuado en su similar N° 1339/08 que establece en su Articulo 1° y en su Anexo Único -Artículos 1º - Inciso a) y 3º - Incisos a), b), c), e) y h)-, atribuciones a las Juntas de Escalafonamiento Docente en materia de escalafonamiento concursal coma órganos competentes para realizar la evaluación de antecedentes del personal docente que aspira al ingreso en el sistema educativo;

Que la fuente legal para formalizar el ingreso del personal docente en todos los niveles y modalidades bajo el régimen concursal está consagrada en las Leyes Nros. 8927 y 11.149, así como en el Decreto N° 3029/12 y modificatorio que aprueba el Sistema Único de Reglamentación de la Carrera Docente para todo el personal docente dependiente de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial, a excepción de los establecimientos y organismos dependientes de Ia Dirección Provincial de Educación Artística del Ministerio de Innovación y Cultura;

Que con el objetivo de agilizar y hacer eficiente el procedimiento de inscripción para su posterior evaluación por las Junta de Escalafonamiento Docente, se considera oportuno y conveniente que cada aspirante manifieste su voluntad de participar en los respectivos concursos mediante la confección del formulario de inscripción;

Que a los mismos efectos, cada aspirante debe reservar en su poder la constancia de inscripción para cualquier circunstancia legal, sin .generar ningún legajo o carpeta de antecedentes en soporte papel;

Que es pertinente subdelegar en la Secretaría de Educación la facultad de entender en los casos no previstos conforme lo habilita el Artículo 4º de la Ley N° 13509 de Ministerios, a fin de acelerar los procedimientos y teniendo en cuenta su competencia en la materia;

Que ha tornado la participación que le compete la Dirección General de Recursos

Humanos;

Que la Dirección Provincial de Educación Especial en conjunto con su par de

Programas Socioeducativos han tomado debida intervención;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACIÔN

RE S UE LVE:

1°)- Convocar a Concurso de ingreso para cubrir cargos de base vacantes en todas las

Delegaciones Regionales de Educación dependientes del Ministerio de Educación, detallados en el Anexo I de Ia presente Convocatoria y bajo los señalamientos que en el Anexo II se especifican.

2º)- Facultar a la Secretaría de Educación para entender en todas las situaciones o

casos no previstos en este decisorio.

3°)- Hágase saber y archívese.

Dra. CLAUDIA E. BALAGUÉ

Ministra de Educación

Nota: se publica sin los anexos correspondientes, pudiéndose consultar en el Ministerio de Educación.

S/C 17866 Set. 7 Set. 8

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RESOLUCION Nº 1402


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional"

31 de Agosto de 2 016

VISTO:

El Expediente N° 00401-0266482-5 del registro de este Ministerio, mediante el cual la Secretaría de Educación plantea la necesidad de llamar a Concurso de Ingreso para cubrir cargos docentes y horas cátedra vacantes de los Niveles de Educación Inicial, Primaria (incluye Educación en Contexto de Privación de La Libertad, Intercultural Bilingüe, Hospitalaria y Educación Permanente de Jóvenes y Adultos) y de la Modalidad Especial;

CONSIDERANDO:

Que tal iniciativa ha sido recepcionada dentro del marco del acuerdo paritario arribado en fecha 08 de agosto de 2016, celebrado en el marco de la Iey provincial vigente N° 12.958, siguiendo el mandato constitucional del art. 14 bis de la Constitución Nacional y de acuerdo con lo establecido en el Convenio N° 154 de La O.I.T. (ratificado por Ley Nacional N° 23.544);

Que garantizar el derecho a la estabilidad docente es una decisión política de esta gestión ministerial en el marco del acuerdo paritario referido, dando por la presente continuidad al proceso de titularización;

Que la fuente legal para formalizar el ingreso del personal docente en todos los niveles y modalidades bajo el régimen concursal está consagrada en La Ley N° 8927 y la Ley 11.149, así como el Decreto N° 3029/12 y Modificatorio que aprueba el Sistema Único de

Reglamentación de la Carrera Docente para todo el personal docente dependiente de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial, a excepción de los establecimientos y organismos dependientes de La Dirección Provincial de Educación Artística del Ministerio de Innovación y Cultura;

Que el Decreto N° 3029/12 y Modificatorio reafirman lo previsto en su similar Nº 1339/08 que establece en su Articulo 1º y en su Anexo Único -Artículos 1º - Inciso a) y 3° - Incisos a), b), c), e) y h)-, atribuciones a las Juntas de Escalafonamiento Docente en materia de escalafonamiento concursal como órganos competentes para realizar la evaluación de antecedentes del personal docente que aspira al ingreso en el sistema educativo;

Que resulta justo y oportuno considerar que aquellos cargos y Horas Cátedra a titularizarse mediante el presente concurso, deberán ofrecerse con prioridad a los docentes que tengan pertenencia al pueblo y a la cultura propia de cada escuela normada (con Decreto) como "Escuela Común Intercultural Bilingüe". Respecto al resto de los cargos docentes – Tecnología, Música, Secretaría- y horas cátedra función 41 - Tecnología e Inglés- Se procederá con idéntico criterio priorizando al aspirante identificado en su etnia aún cuando contare con título supletorio o habilitante (deberán presentar certificación emitida por Ia coordinación EIB en un todo de acuerdo con el IPAS creado por Ley N° 11078 en tanto organismo que permite incorporar la perspectiva aborigen en el proceso de planificación estratégica provincial, promoviendo ámbitos participativos entre las Comunidades Aborígenes de La Provincia de Santa Fe y las distintas áreas del Gobierno Provincial (justicia, educación, salud, hábitat, producción, trabajo, cultura, etc).

Que con el objetivo de agilizar y hacer eficiente el procedimiento de inscripción para su posterior evaluación por las Juntas de Escalafonamiento Docente, se considera oportuno y conveniente que cada aspirante manifieste su voluntad de participar en los respectivos concursos mediante la confección del formulario de inscripción;

Que a los mismos efectos, cada aspirante debe reservar en su poder la constancia de inscripción para cualquier circunstancia legal, sin generar ningún legajo o carpeta de antecedentes en soporte papel;

Que es pertinente subdelegar en la Secretaría de Educación la facultad de entender en los casos no previstos conforme lo habilita el Artículo 4º de la Ley N° 12.817 de Ministerios, a fin de acelerar los procedimientos y teniendo en cuenta su competencia en la materia;

Que ha tornado la participación que Ie compete la Dirección General de Recursos Humanos;

Que las Direcciones Provinciales de Educación Inicia!, Primaria, Especial, Educación Física y de Adultos, han tornado debida intervención;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

1º)- Convocar a Concurso de Ingreso en el marco del Decreto N° 3029/12 y Modificatorio, para cubrir los cargos de base y horas cátedra vacantes de los Niveles de Educación Inicial, Primaria y de la Modalidad Especial que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente.

2°) - Afectar las vacantes existentes remanentes del último movimiento de traslado informadas por la Dirección General de Recursos Humanos.

3°) - Facultar a la Secretaría de Educación para entender en todas las situaciones o

casos no previstos en este decisorio.

4°) - Hágase saber y archívese.

Dra. CLAUDIA E. BALAGUÉ

Ministra de Educación

Nota: se publica sin el anexo correspondiente, pudiéndose consultar en el Ministerio de Educación.

S/C 17867 Set. 7 Set. 8

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MINISTERIO DE INNOVACION

Y CULTURA


RESOLUCIÓN Nº 509


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional"

31 de Agosto de 2 016

V I S T O :

El Expediente Nº 01201-0009515-8 del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Innovación y Cultura-, mediante el cual la Dirección Provincial de Organismos Estables de esta jurisdicción eleva los órdenes de mérito resultantes de las audiciones para suplencias en violín de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición Nº 003 del 19 de mayo de 2016 la Secretaría General de Programaciones convocó a inscripción para los aspirantes a suplencias en la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 17º y 18º - Anexo IV del Decreto Nº 4035/14, para el registro violín;

Que se adjunta el acta de orden de mérito de la Junta Evaluadora a fojas 25/33, así como la documentación de los escalafonados, como lo establece el Artículo 22º del mencionado Anexo IV del mismo decreto;

Que corresponde la ratificación del orden de mérito resultante por parte de esta jurisdicción, señalándose que el escalafón tendrá una vigencia de tres años según lo estipulado en el Artículo 24º;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta cartera;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE INNOVACIÓN

Y CULTURA

R e s u e l v e :

ARTÍCULO 1º: Ratificar el escalafón resultante de la audición para suplencias convocada por Disposición Nº 003/16 de la Secretaría General de Programaciones en la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario:

Registro Violín:

1º – CONDE, Albertina Leonor, DNI. Nº 35.290.012

2º – COCILOVO, Gabriela, DNI. Nº 30.766.557

3º – TORRES, Luisa Fernanda, DNI. Nº 94.604.848

4º – GALIMBERTI, Pablo, DNI. Nº 39.754.053

5º – QÜESTA, Cecilia, DNI. Nº 30.916.745

6º – COGGIOLA, Lisandro, DNI. Nº 37.799.046

ARTÍCULO 2º: Hágase saber y archívese.

María de los Ángeles González

Mtra. de Innovación y Cultura

S/C 17873 Set. 7 Set. 9

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MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y

TRANSPORTE


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16102-0035273-8 caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2524 de fecha 22/10/15 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, al infractor RAMIREZ SERGIO FABIAN, con último domicilio conocido en la localidad de Avia Terai, Provincia de Chaco, de lo establecido en la Resolución N° 151 dictada el 15 de febrero de 2016 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad, que textualmente en su parte pertinente expresan lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2545 de fecha 07/10/15, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.-Intimar a RAMIREZ SERGIO FABIAN en carácter de conductor, con domicilio en la localidad de Avia Terai, Provincia de Chaco y a los transportistas RAMIREZ SUSANA B con domicilio en Concepción del Uruguay de la localidad de La Paz, Provincia de Entre Ríos y ALBARADO CELESTINO con domicilio en Barrio Sur s/nº de la localidad de Concepción del Bermejo, Provincia de Chaco, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 47.046.- (Pesos Cuarenta y Siete Mil Cuarenta y Seis), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.-La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo y/o la acción que jurídicamente corresponda, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Scania, R 112, Dominio Chasis WQB 482, Dominio Acoplado TBN 800, RAMIREZ SERGIO FABIAN con domicilio en la localidad de Avia Terai, Provincia de Chaco y los transportistas RAMIREZ SUSANA B con domicilio en Concepción del Uruguay de la localidad de La Paz, Provincia de Entre Ríos y ALBARADO CELESTINO con domicilio en Barrio Sur s/nº de la localidad de Concepción del Bermejo, Provincia de Chaco, tendiente al cobro de la suma de $ 47.046.- (Pesos Cuarenta y Siete Mil Cuarenta y Seis), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.-Regístrese, comuníquese y archívese.”

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 17874 Set. 7 Set. 8

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