picture_as_pdf 2017-08-07

SANTIAGO DEL ESTERO

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JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL AÑATUYA


Añatuya a los 23 días del Mes de Febrero del 2016, en los autos caratulados Expte. N° 30.246/15; ALVAREZ TOMAS FILIMON y ACOSTA ESTELA DEL CARMEN c/PETROLI BRESSAN CARLOS DANIEL y COMAGRO y/o quienes resulten responsables s/Cobro de pesos por Resarcimiento de daños y perjuicios; Atento a lo solicitado, conforme a las razones expuestas, constancias de autos en conformidad a los dispuesto por los Arts. 148 y 346 del CPCC, publíquense edictos por dos veces en el BOLETIN OFICIAL y Diario de Mayor circulación de la ciudad de Reconquista Pcia. de Santa Fe, citando y emplazando a los Herederos y/o Sucesores de Petroli Bressan Carlos Daniel, para que en el término de cinco días comparezcan a hacerlo valer en forma sus derechos, bajo apercibimiento de designar a la Defensora Oficial, para que los represente. Fdo. Dr. Alvaro Rafael Mansilla, Juez; ante mi Dra. Paola Alejandra Fioretti a cargo de Secretaria. Secretaría, 19 de Mayo de 2017. Publíquese por dos veces, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Portal, y/o El Departamental.

$ 52,50 330230 Ag. 7 Ag. 8

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