picture_as_pdf 2005-07-07

REGISTRADA BAJO EL Nº 12422

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Ratifíquense el Acuerdo celebrado en fecha 3 de marzo de 2005 entre el Minsiterio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y la Provincia de Santa Fe, con la intervención del Ente Nacional Regulador del Gas, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales en fecha 23/03/05 bajo el número 2403, folio 103 y el Acuerdo celebrado en la misma fecha, entre la Provincia de Santa Fe, el Nuevo Banco de la Provincia de Santa Fe y la empresa Gas del Sudeste S.A. inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales en fecha 23/03/05 bajo el número 2404, folio 104.

ARTICULO 2.- Autorizase al Poder Ejecutivo a dictar todos aquellos  actos y a celebrar los acuerdos que resulten menester para la concreción del Proyecto Gasoducto Ruta 34, siempre que no signifiquen un      incremento del endeudamiento, ni el otorgamiento de avales o garantías a excepción de los vigentes para Municipios y Comunas,

ARTICULO 3.- Autorízase a las Comunas y Municipios comprendidos en  el Proyecto Gasoducto Ruta 34 a contratar con la empresa que resulte licenciataria autorizada por el Ente Nacional Regulador del Gas, la ejecución de las obras de redes de gas en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales.

ARTICULO 4.- Exímese del impuesto de sellos y/o cualquier otro  impuesto o tasa que le sea aplicable en jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, a la instrumentación de los documentos y actos jurídicos relativos al financiamiento, construcción, mantenimiento y operación del Proyecto Gasoducto Ruta 34.

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1369

 

SANTA FE, 04 JUL 2005

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.422 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

OBEID

Alberto Nazareno Hammerly

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