REGISTRADA BAJO EL Nº 12422
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Ratifíquense el Acuerdo
celebrado en fecha 3 de marzo de 2005 entre el Minsiterio
de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y la
Provincia de Santa Fe, con la intervención del Ente Nacional Regulador del Gas,
inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
en fecha 23/03/05 bajo el número 2403, folio 103 y el Acuerdo celebrado en la
misma fecha, entre la Provincia de Santa Fe, el Nuevo Banco de la Provincia de
Santa Fe y la empresa Gas del Sudeste S.A. inscripto en el Registro de
Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
en fecha 23/03/05 bajo el número 2404, folio 104.
ARTICULO 2.- Autorizase al Poder
Ejecutivo a dictar todos aquellos actos
y a celebrar los acuerdos que resulten menester para la concreción del Proyecto
Gasoducto Ruta 34, siempre que no signifiquen un incremento del endeudamiento, ni el otorgamiento de avales o
garantías a excepción de los vigentes para Municipios y Comunas,
ARTICULO 3.- Autorízase
a las Comunas y Municipios comprendidos en
el Proyecto Gasoducto Ruta 34 a contratar con la empresa que resulte licenciataria autorizada por el Ente Nacional Regulador del
Gas, la ejecución de las obras de redes de gas en sus respectivos ámbitos
jurisdiccionales.
ARTICULO 4.- Exímese
del impuesto de sellos y/o cualquier otro
impuesto o tasa que le sea aplicable en jurisdicción de la Provincia de
Santa Fe, a la instrumentación de los documentos y actos jurídicos relativos al
financiamiento, construcción, mantenimiento y operación del Proyecto Gasoducto
Ruta 34.
ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1369
SANTA FE, 04 JUL 2005
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.422 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
OBEID
Alberto Nazareno Hammerly
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