picture_as_pdf 2006-06-07

REGISTRADA BAJO EL Nº 12526

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º.- Dónase a la Comuna de Romang, departamento San Javier, el inmueble correspondiente a la Manzana Nº 21 del Pueblo de Romang, Plano Nº 106840/84, del Servicio de Catastro e Información Territorial, Partida de Impuesto Inmobiliario 04-01-00-019009/0000; inscripto a nombre del Gobierno de la Provincia al Tomo 126, Folio 303, Nº 24211 de fecha 28 de Abril de 1986.

ARTICULO 2º.- El inmueble, donado por el artículo anterior será afectado por la autoridad comunal a fines comunitarios.

ARTICULO 3º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1208

 

SANTA FE, 31 05 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.526 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

OBEID

Walter Alfredo Agosto

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