picture_as_pdf 2011-02-07

AGUAS SANTAFESINAS S.A.

 

CONCURSO DE PRECIOS

 

Adquisición de 3 Vehículos 4x4.

Lugar de entrega: ASSA, Seguros y Flota, Ituzaingó 1501, 3000 Santa Fe.

Fecha límite para la presentación de ofertas: 21 de Febrero de 2011.

Consulta de pliegos y entrega de ofertas: Departamento Abastecimiento y Logística, de Lunes a Viernes de 8 a 16, Ituzaingó 1501, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

www.aguassantafesinas.com.ar

S/C             5859       Feb. 7 Feb. 9

__________________________________________

 

Dirección Provincial

de Contrataciones y

Gestión de Bienes

 

DISPOSICIÓN  Nº 021

 

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

20 de enero de 2011

VISTO:

El expediente Nº 00306-0004125-9, y sus agregados Nº 13302-0773709-8; Nº 13302-0769750-5 y Nº 13302-0773569-8, el cual se inicia con motivo de analizar la aplicación de sanciones disciplinarias que resultarían aplicables a la firma “Santa Elena Catering” de Giavedoni Héctor Omar por haber presentado ante el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe Certificados de Pagos de Impuestos sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales –Ley 5110- “formulario 113” no emitidos por la Administración Provincial de Impuestos con motivo de su renovación de inscripción; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 30 de junio de 2009 venció la inscripción como proveedor vigente de “Santa Elena Catering” de Giavedoni Héctor Omar ante el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe;

Que con motivo de dicho vencimiento, el proveedor inicia el trámite de renovación de la inscripción ante el Registro Oficial de Proveedores dependiente de esta Dirección presentando la documental solicitada según lo establecido por la Disposición de la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes N° 221/09;

Que recepcionada la documentación y sometida al análisis de rigor por el Registro Oficial de Proveedores, detecto que la empresa presentó un Certificado de Pagos de Impuestos sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales -Ley 5110- “formulario 1013” no publicado en el sitio oficial de intranet de la Administración Provincial de Impuestos;

Que en virtud de ello, esta Dirección Provincial remite Nota Nº 424/09 a la Administración Provincial de Impuestos, consultando sobre la autenticidad del mismo y de otro certificado de igual tenor pero presentado en otra oportunidad por el mismo proveedor cuya consulta en el sitio oficial arroja idéntico resultado;

Que dicha nota es contestada por la Administradora Provincial de Impuestos (Expediente N° 13302-0769750-5 fs. 6) la cual manifiesta que los certificados en cuestión no fueron emitidos por dicho Organismo y que las firmas que obran insertas en las mismas no corresponden a los funcionarios invocados en los certificados;

Que informa además que dicha Administración ha dado inicio a las actuaciones para disponer el sumario administrativo correspondiente a los fines de investigar el origen de los certificados mencionados;

Que en su intervención, la Subdirección General de Contrataciones sugiere que, previo al análisis disciplinario del proveedor involucrado y a la aplicación de posibles penalidades previstas en la legislación  provincial, se pongan las presentes actuaciones a disposición de la firma “Santa Elena Catering” de Giavedoni Héctor Omar, para su toma de conocimiento y con el propósito de realizar, en su caso, el pertinente descargo a que se crea con derecho;

Que en tiempo y forma el proveedor contesta la vista del expediente, presentando “diversos” escritos en los que se aprecia una dispersión de los argumentos defensivos, basando sustancialmente su defensa en que el certificado debió obtenerlo por vía de un “servicio de gestoria”, habida cuenta la demora que infiere dicho tramite (vid fs. 14/16);

Que solicita posteriormente una medida de no innovar, lo cual no recibió trámite alguno por carecer de los requisitos esenciales para el planteo de la misma;

Que posteriormente mediante Nota 623/10 se le requiere a la Administración Provincial de Impuestos informe sobre la existencia de determinaciones de deudas o ejecuciones fiscales a la firma “Santa Elena Catering” de Giavedoni Héctor Omar CUIT N° 20-14206152-0;

Que se expide dicha Administración (Expediente N° 13302-0773569-8 fs. 3) dando cuenta de que surgieron reajustes que fueron cumplimentados hasta el 06 de octubre de 2010;

Que toma nueva intervención la Subdirección General, la cual procede a concluir que del cotejo de autos surge que el Señor Giavedoni Héctor Omar no ofrece ni aporta elementos de prueba que acrediten lo que expone en su escrito;

Que agrega además la existencia de una imposibilidad fáctica de realizar una experticia caligráfica, dado que no se cuenta con la indicación de a quien practicársela, teniendo presente la negativa expresa de los funcionarios involucrados y desconociendo la identidad “del gestor” y de los empleados que entregaron los certificados en cuestión;

Que se tiene en cuenta y se considera que “Santa Elena Catering” de Héctor Omar Giavedoni obtuvo en fecha 08 de octubre de 2010 (vid fs. 8) la certificación tributaria provincial;

Que no obstante ello, la citada Subdirección declara que resulta inexcusable la presentación de los mismos valiéndose de atajos para su obtención y así alcanzar la vigencia de la inscripción registral como proveedor de la Provincia en dos (2) oportunidades, agregando que la formulación de la denuncia policial efectuada por la firma en cuestión no suspende las presentes actuaciones;

Que los hechos analizados tendrían encuadre en lo previsto en los artículos 292, 293 y 296 del Código Penal;

Que atento a ello, teniendo en cuenta la reiteración del comportamiento irregular eludiendo y adulterando el proceder que todo proveedor deberá observar, la Subdirección General recomienda la aplicación de una medida disciplinaria, con ajuste a lo estipulado en los artículos 19º, 20º, 21º y concordantes del Decreto Nº 5100/55 y conforme las facultades otorgadas por el artículo 9º del Decreto Nº 3226/05, graduándose la misma en la eliminación por cuatro (04) años del Registro Oficial de Proveedores a la firma “Santa Elena Catering” de Héctor Omar Giavedoni – D.N.I. Nº 14.206.152 - C.U.I.T. Nº 20-14206152-0; debiéndose inscribir y registrar los antecedentes pertinentes en el citado Registro;

Que en función de todo lo hasta aquí expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;

Que la presente se dicta en uso de las facultades que emergen del Decreto Nº 5100/55, Decreto N° 2479/09 y del artículo 9º del Decreto Nº 3226/05;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

D I S P O N E:

Artículo 1º: Aplícase a la firma “Santa Elena Catering” de Giavedoni Héctor Omar,             inscripto en el Registro Oficial de Proveedores bajo el Nº 2.435 - D.N.I. Nº 14.206.152 - C.U.I.T. Nº 20-14206152-0, una sanción disciplinaria consistente en la eliminación por el término de cuatro (04) años del Registro Oficial de Proveedores, debiendo inscribirse y registrarse los antecedentes pertinentes en el mismo, en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes y conforme las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto Nº 3226/05 y con ajuste a lo estipulado en los artículos 19º, 20º, 21º y concordantes del Decreto Nº 5100/55.

Artículo 2º: Córrase vista de las presentes actuaciones al señor Fiscal en lo Penal en turno, atento a la posible comisión de un ilícito penal.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO I. ARZUAGA

Director Provincial de

Contrataciones y Gestión de Bienes

S/C             5873                 Feb. 7

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DISPOSICIÓN Nº 024

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

21 de enero de 2011

V I S T O:

El expediente Nº 00306-0003991-1 en el que obran los antecedentes relativos al incumplimiento contractual en relación a la Orden de Provisión Nº 235/08 de fecha 30 de diciembre de 2008 emitida por esta Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes en ocasión de la Licitación Pública Nº 73/08 para la adquisición, instalación y puesta en marcha de un grupo electrógeno con destino al edificio de Casa de Gobierno de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Conjunta del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado N° 855 y del Ministerio de Economía N° 735 de fecha 30 de diciembre de 2008, la empresa PSC SA resultó adjudicataria de la Licitación Pública N° 73/08;

Que en virtud de dicha Resolución se emitió la Orden de Provisión Nº 235/08 de fecha 30 de diciembre de 2008, para la provisión de un equipo electrógeno “marca CRAM modelo CUD 688”;

Que en fecha 25 de noviembre de 2009 la firma adjudicataria solicitó la devolución del importe retenido en concepto de multa que le fuera aplicada por demoras en la entrega del equipo, el cual fue rechazado mediante Disposición N° 042/10, por inadmisible e improcedente;

Que en fecha 2 de febrero de 2010 la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado dio inicio al reclamo por la garantía del grupo electrógeno adquirido a la firma PSC SA, dado que el mismo se encontraba fuera de servicio;

Que en presencia del Escribano Mayor de Gobierno y del Ingeniero Juan Andrés Kerz (fs. 43 y 43 vlto.), se procedió a labrar Escritura, constando que: a) el tablero de comando del grupo electrógeno instalado en el lugar, indica que el equipo se encuentra en “stop”; b) que en el tablero de transferencia están desconectados los cables de comando de los interruptores de red y de grupo; c) que en el interior del interruptor de red se observa una pieza plástica de color blando suelta…; añade que se tomaron  fotografías  y  consta  que  el  Ingeniero  Kerz  manifestó   que  el  equipo  se encontraba en idéntica situación desde el lunes 1 de febrero de 2010;

Que a partir del incumplimiento por parte del proveedor toma intervención está Dirección Provincial, la cual mediante Nota Nº 70 intima a la firma PSC SA a proceder a la reparación y/o puesta en marcha del grupo electrógeno, sin obtener respuesta favorable alguna;

Que a folio 50 obra nota presentada por el Ing. Kerz sugiriendo acudir a una contratación directa, habida cuenta la necesidad crítica de contar con el correcto funcionamiento del equipamiento adquirido para la sede del Poder Ejecutivo de la Provincia;

Que según Resolución Nº 136/10 del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado del 29 de abril de 2010 se adjudico a Abb Sache Service S.A. la provisión de distintos elementos y a “Ribles Ernesto Dionisio – SEI Grupo Electrógenos” la reparación, puesta en marcha y mantenimiento del grupo electrógeno instalado en la Casa de Gobierno, por un total de Pesos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres con 89/00 ($ 99.453,89);

Que a los fines de resguardar el principio de contradicción y derecho de defensa de la firma bajo análisis se corrió vista de lo actuado (vid. fs. 76) registrándose comparencia de la adjudicataria mediante nota suscripta por su apoderado Julio C. Desimone;

Que los argumentos esgrimidos por la adjudicataria para justificar su falta de cumplimiento de las obligaciones contractuales carecen de fundamentos válidos atendibles, la cual resulta improcedente atento a que la Administración no ha incumplido en forma alguna con sus obligaciones, aclarando que la multa aplicada a la firma PSC SA resulta procedente;

Que sin perjuicio del incumplimiento analizado, la firma PSC S.A procedió al depósito del importe correspondiente a la garantía de adjudicación, por intermedio de Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A.;

Que en base a los motivos precedentemente expuestos la aludida Subdirección propone aplicar una medida disciplinaria, con ajuste a las prescripciones de los artículos 19º, 20º y 21º del Decreto Nº 5100/55 y a las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto Nº 3226/05, graduándose la misma en seis (6) meses de Suspensión y hacerla extensiva a su Presidente Sr. Rubén Dario Moscovich, LE Nº 13.235.920;

Que corresponde determinar además, por intermedio de la Jurisdicción comitente, la cuantía de los mayores costos incurridos como consecuencia de la nueva contratación, a los fines de determinar su procedencia en el marco del artículo 69 y cc. del Decreto N° 2809/79;

Que en función de todo lo hasta aquí expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;                    

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 5100/55, Decreto N° 2479/09 y por el artículo 9º del Decreto Nº 3226/05;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1: Aplícase a la firma “PSC” SA, con domicilio en calle Juez de la Gándara                  705 de la ciudad de Morón, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, inscripta por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en fecha 23 de junio de 1999, Matrícula 53.341 de Sociedades Comerciales, en el Legajo 1/97594 y sus modificaciones, CUIT. Nº 30707805885 y también extensiva a su Presidente Sr. Rubén Dario Moscovich, LE Nº 13.235.920, conforme las facultades emergentes de los artículos 19, 20 y 21 del Decreto N° 5.100/55 y Decreto N° 3226/05, una sanción disciplinaria en seis (6) meses de Suspensión; e inscribir y registrar como deudor de las diferencias de precios surgidas en la adjudicación posterior en los Registros de Antecedentes pertinentes del Registro Oficial de Proveedores de la Provincia al cual, en su día, deberá adicionarse los intereses pertinentes, en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes y con ajuste a lo instituido por los artículos 19º, 20º y 21º del Decreto Nº 5100/55 y conforme a las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto Nº 3226/05; debiendo inscribirse y registrarse los antecedentes pertinentes en el mencionado Registro.

ARTÍCULO 2: Determínase, por intermedio de la Jurisdicción comitente, la cuantía de        los mayores costos incurridos como consecuencia de la nueva contratación y analízase la procedencia en el marco del artículo 69 y cc. del Decreto N° 2809/79. 

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO I. ARZUAGA

Director Provincial de

Contrataciones y Gestión de Bienes

S/C             5874       Feb. 7 Feb. 8

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MINISTERIO DE ECONOMIA

 

RESOLUCION Nº 833

 

Santa Fe, 28 de Diciembre de 2010.

VISTO:

El expediente N° 00302-0084875-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 737, dictada por este Ministerio de Economía en fecha 7 de diciembre del año en curso, se dispuso llamar a concurso interno para la cobertura de los cargos de Jefe Departamento Revisiva Categoría 6, Jefe División Mesa de Entradas, Categoría 4, Jefe de División Premios Mayores y Particulares - Categoría 4, Jefe División Escribanía - Categoría 4, Jefe de División Juego Responsable - Categoría 4, Jefe Sección Personal - Categoría 3, Jefe de Sección Juegos Instantáneos - Categoría 3, Jefe Sección Loterías y Preimpresos - Categoría 3, todos Agrupamiento Administrativo, Jefe de Sección Movilidad - Categoría 3 y Jefe Sección Técnica - Categoría 3, Agrupamiento Mantenimiento y Producción de la Caja de Asistencia Social - Lotería;

Que en dicha Resolución, se estableció que la inscripción a los Concursos referidos se recibirían desde el 07-12-10 y hasta el día 29-12-10, inclusive, plazo que no pudo cumplirse en razón que su publicación se realizó a partir del día 16 de diciembre de 2010, por lo que el plazo establecido de diez días hábiles vence el día 30 del citado mes y año, a lo que debe sumarse cinco días hábiles posteriores para la finalización de la inscripción;

Que asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el Art. 87° del Anexo I del Decreto Nº 1729/09, en razón que durante los meses de enero y febrero se suspenden todo lo relacionado a “Concursos

Que a los fines de sanear dicha circunstancia, resulta procedente establecer un nuevo plazo para la recepción de las respectivas inscripciones, estimándose oportuno a tales fines que el mismo rija a partir del día martes 1° de Marzo del año 2.011 y hasta el día 9 del mismo mes y año, inclusive;

POR ELLO

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1: Modificar la fecha de Inscripción para los Concursos convocados por Resolución Nº 737/10 de este Ministerio de Economía, dispuesta en el Anexo II, Punto d) 2. y establecer la misma a partir del martes 1° de marzo del año 2.011 y hasta el día 9 del mismo mes y año, inclusive.

ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Cr. ANGEL JOSE SCIARA

Ministro de Economía

S/C             5866                 Feb. 7

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RESOLUCION N° 844

 

Santa Fe, 30 de diciembre de 2010.

VISTO:

El expediente Nº 00304-0007010-9 y agregado N° 00312-0006330-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona la autorización para realizar una convocatoria para un procedimiento de selección de personal a los fines de posibilitar el ingreso de 5 (cinco) agentes a planta permanente y con carácter provisional - Art. 4° de la Ley Nº 8525, en la Contaduría General de la Provincia y Dirección General de Administración de este Ministerio; y

CONSIDERANDO:

Que la Contaduría General de la Provincia solicita el ingreso de 2 (dos) Asistentes Profesionales, Categoría 3 - Agrupamiento Profesional, en razón de que se produjo la cobertura definitiva de categorías correspondiente al tramo de conducción, generando vacantes en las categorías inferiores, y considerando futuras renuncias del personal a los efectos de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria;

Que por otra parte la Dirección General de Administración, requiere la cobertura de 3 (tres) cargos Asistentes Profesionales, Categoría 3 - Agrupamiento Profesional, fundamentando dicho pedido en el hecho que en el período comprendido durante los años 2006-2010, se produjo una reducción neta en la planta real de personal de 8 (ocho) agentes, debido a traslados y Jubilaciones Ordinarias, asimismo destaca que durante el próximo ejercicio estarán en condiciones de acceder al beneficio de Jubilación Ordinaria otros 3 (tres) agentes dependientes del área;

Que dichas Reparticiones cuentan con los cargos vacantes para propiciar dicha gestión, por lo que solicitan la cobertura de los mismos a los efectos de asegurar el normal funcionamiento en los mencionados Organismos;

Que atento lo expuesto, resulta procedente realizar un procedimiento de selección de personal, de acuerdo al perfil de los puestos a cubrir;

Que concomitantemente se deberá resolver la aprobación del procedimiento de selección a seguir, en lo que a condiciones y plazos se refiere, para posteriormente propiciar por ante el Poder Ejecutivo Provincial el dictado del Acto Administrativo que designe al personal aspirante promovido en la selección;

Que la presente gestión encuadra en la normativa establecida por el Decreto Nº 291/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Aprobar el perfil de los puestos a cubrir y el Procedimiento de Selección de Personal a aplicarse en la Jurisdicción, los que como Anexos I y II se adjuntan a la presente.

ARTICULO 2°: Autorizar un Procedimiento de Selección de Personal, conforme las pautas explicitadas en los Anexos I y II, para cubrir 5 (cinco) cargos de personal de Planta Permanente con carácter provisional (Art. N° 4 de la Ley N° 8525), en la Contaduría General de la Provincia y Dirección General de Administración, dependientes de esta Jurisdicción.

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, comuníquese a la U.P.C.N. Seccional Santa Fe y A.T.E. Consejo Directivo Provincial Santa Fe y archívese.

Cr. ANGEL JOSE SCIARA

Ministro de Economía

 

ANEXO I

PERFIL DE PUESTO

 

JURISDICCION 36 - MINISTERIO DE ECONOMIA

Puesto a cubrir: Agrupamiento Profesional - Categoría 3

Número de Puestos a cubrir: 5 (cinco)

Sector: Contaduría General de la Provincia: 2 (dos) puestos de trabajo

Dirección General de Administración: 3 (tres) puestos de trabajo

Descripción de las funciones esenciales del puesto:

• Asistir en las tareas de registro que corresponde al Area de su dependencia.

• Asistir en las tareas de confección, análisis y control de los Estados Contables de la Repartición.

• Colaborar con las gestiones contables-administrativas que se desarrollan en el Sector.

• Utilizar las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto.

• Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que han sido encomendadas por el superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento de la Dependencia a la que pertenece.

Conocimientos:

• Conocimientos de herramientas informáticas de oficina (Word, Excel)

• Conocimientos generales sobre:

- Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado

- Decreto 10.204 - Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas

- Ley N° 12.817 de Ministerios

- Decreto-Acuerdo N° 2695/83 - Escalafón del Personal Civil de la administración Pública Provincial.

- Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Requisitos de estudios y/o experiencia:

• Graduado Universitario de las carreras en Ciencias Económicas, (preferentemente Contador Público Nacional).

• Experiencia mínima de 6 (seis) meses en tareas contables-administrativas.

Características personales:

• Capacidad para el autoaprendizaje y predisposición para la formación y capacitación permanente.

• Capacidad para resolución de problemas planteados en el área de su desenvolvimiento.

• Capacidad para integrarse armónicamente en grupos de trabajo.

• Trato amable, buena presencia y predisposición para el trabajo en equipo.

 

ANEXO II

PROCESO DE SELECCION DE PERSONAL

 

1 - Alcance

El presente instructivo establece las pautas generales que rigen el proceso de selección de personal para la incorporación de 5 (cinco) Asistentes Profesionales - Categoría 3- del Agrupamiento Profesional, regulados por el Escalafón General Decreto Acuerdo N° 2695/83 en la Planta de Personal Permanente de la Contaduría General de la Provincia y Dirección General de Administración del Ministerio de Economía, con carácter provisional (Art. 4° Ley N° 8525) y según los perfiles establecidos en el Anexo I).

 

2 - Comité de Selección

El proceso de selección estará a cargo de un Comité de Selección (Art. 7° Decreto N° 0291/09) compuesto por:

a) El señor Secretario de Administración Financiera Institucional, o en su reemplazo y en carácter de suplente el señor Subsecretario de Gasto Público.

b) El señor Director Provincial de Recursos Humanos y Función Pública o en su reemplazo y en carácter de suplente la señora Directora General de la Recursos Humanos de la Provincia.

c) La señora Contadora General de la Provincia o en su reemplazo y en carácter de suplente el Sub-Contador General de la Provincia.

d) La señora Directora General de Administración o en su reemplazo y en carácter de suplente la señora Sub-Directora General de Administración.

Integran el Comité como veedores del Proceso de Selección tres (3) representantes de la UPCN - Seccional Santa Fe (con sus respectivos suplentes) y un (1) representante de la ATE (con su respectivo suplente).

En caso de configurarse la hipótesis prevista en el Art. 7° - inc. 2 - acápite b) del Decreto N° 0291/09, integrará también el comité como veedor, un representante de la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud.

Cualquier miembro del Comité de Selección podrá excusarse o ser recusado para intervenir, cuando mediaren las causales establecidas en el Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia o existiere motivación atendible de orden personal.

3 - Factores de evaluación y su ponderación

Se asignará la siguiente ponderación porcentual relativa a cada una de las Etapas:

Tipo de puesto -Agrupamiento Profesional

Evaluación deAntecedentes      30%

EvaluaciónTécnica                   40%

Evaluación de Personalidad      20%

Entrevista Personal                  10%

Total                                     100%

 

La Evaluación constará de 4 (cuatro) Etapas que recibirán un puntaje de 100 puntos cada una.

Etapa I: Evaluación de antecedentes (incluye educación formal y experiencia);

Etapa II: Evaluación Técnica;

Etapa III: Evaluación de Personalidad

Etapa IV: Entrevista Personal

Las Etapas se superarán con un mínimo del 70% (setenta por ciento) de los puntos, son consecutivas y eliminatorias.

La evaluación de personalidad comprenderá una prueba cognitiva, cuya calificación no podrá estar por debajo del Término Medio y otra evaluación que analizará las competencias comportamentales relacionadas con el perfil del puesto.

En la entrevista personal, el Comité de Selección podrá plantear a los postulantes todo tipo de preguntas relacionadas con su formación, experiencia, conocimientos técnicos, personalidad u otros aspectos que permitan evaluar más profundamente la calidad profesional y los atributos personales de los entrevistados.

Obtención del puntaje ponderado por Etapa y Elaboración del Orden de Mérito.

Se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida al inicio del proceso de selección. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

Al finalizar cada etapa del proceso, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que pasarán a la etapa siguiente en vista del puntaje obtenido en las diversas instancias, así como cualquier otra circunstancia que el Comité de Selección considere pertinente. Asimismo, dichos resultados serán publicados en la cartelería de la Dirección General de la función Pública. En caso de que los dictámenes no sean unánimes, constarán las opiniones por mayoría y minoría en forma explícita y fundada.

 

Criterios de Evaluación de Antecedentes

AGRUPAMIENTO: Profesional - Asistente Profesional - Categoría 3

Puntaje total: 100 puntos

Mínimo Puntaje para pasar a instancia de Evaluación Técnica: 70 puntos

Sector: Contaduría General de la Provincia - Dirección General de Administración.

 

a) Educación Formal

Criterio                            Puntaje

Graduados en las carreras

de Ciencias Económicas  50 puntos

b) Experiencia Formal

Criterio                            Puntaje

Experiencia en el ámbito de la

Administración Pública Provincial

en materia   

De empleo afín mayor a

un (1) año.                       50 puntos

Experiencia en el ámbito de la

Administración Pública Provincial

en materia   

De empleo afín mayor a

seis (6) meses.                                    40 puntos

Experiencia en el ámbito de la

Administración Pública Provincial

en materia   

De empleo afín mayor a seis

(6) meses.                       30 puntos

Experiencia en el ámbito privado

de empleo afín mayor a un

 (1) año.       30 puntos

Experiencia en el ámbito privado

 de empleo afín mayor a

seis (6) meses.                                    20 puntos

 

4. Planificación y pautas de aplicación

4.1- Convocatoria pública: mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, en cartelería instalada en la sede del Organismo, en la Página Web Oficial, en el sitio destacado para tal fin, durante de 5 (cinco) días hábiles. Dicha publicación deberá contener lugar, día y horario de recepción de las solicitudes así como también los cargos a cubrir; esto es, perfiles, sector, categoría y número de puestos.

Esta Jurisdicción tendrá la facultad de dejar sin efecto el llamado en cualquier estado del trámite o de declararlo desierto para todos o cualquiera de los cargos comprendidos, si a su exclusivo criterio ninguno de los aspirantes reuniese los requisitos y perfiles exigidos; sin que ello de lugar a ninguna reclamación por los mismos, derivada de esas circunstancias.

4. 2- Inscripción: Se deberá publicar el Formulario de inscripción en la Página Web Oficial, y podrán ser retirados en la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio de Economía, sita en calle Arturo Illia N° 1151- 6° Piso Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe.

Los formularios de inscripción serán recibidos en la citada repartición a partir de la iniciación del llamado y hasta 5 días hábiles como mínimo después de la finalización de la convocatoria.

Los postulantes deberán acompañar al Formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente y último cambio de domicilio, y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ej.: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes).

Toda fotocopia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la institución emisora, por la oficina de certificaciones de los tribunales provinciales o por escribano público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda “Proceso de Selección”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido,  nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación (por ejemplo, 1 de 10 o 1/10).

No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompaña documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen hasta tanto se comunique fehacientemente su modificación.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Dirección General de Administración, en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de declaración jurada.

Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del proceso de selección, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Organo de Selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente y siempre que se mantenga lo establecido en punto 2.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

4.3- Evaluación de Antecedentes. El Comité de Selección deberá realizar esta evaluación a quienes se hayan inscripto conforme las pautas establecidas en el punto 4.2.

4.4- Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelería a instalarse en el Centro Cívico Gubernamental - Ministerio de Economía, sito en calle Arturo Illia 1151 - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de postulantes admitidos, con determinación del lugar, fecha y hora por grupo (si el número de postulantes así lo requiera) de la realización de la Evaluación Técnica (prueba de oposición) que realizará el Comité de Selección.

4.5- Evaluación técnica: El Comité de selección evaluará a los postulantes preseleccionados, debiendo llevarse a cabo según los grupos (si existieren) y en las fechas previamente notificadas.

4.6- Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelería a instalarse en el Centro Cívico Gubernamental - Ministerio de Economía, sito en calle Arturo Illia 1151 - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de los resultados de la evaluación técnica de todos los postulantes, con determinación de los admitidos, y del lugar, fecha y hora por grupo (si existiere) de la realización de la Evaluación de Personalidad que realizará el profesional designado conforme el Artículo 11° del Decreto Nº 291/2009.

4.7- Evaluación de personalidad: Se llevará a cabo a través de exámenes psicotécnicos a los postulantes seleccionados según el punto anterior.

4.8- Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelería a instalarse en el Centro Cívico Gubernamental - Ministerio de Economía, sito en calle Arturo Illia 1151 - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de aquellos postulantes que en la Evaluación de Personalidad hayan alcanzado o superado el nivel de ajuste mínimo entre sus competencias personales y las competencias del perfil del puesto. Estos serán citados a la entrevista personal, debiéndose determinar el lugar, fecha y hora por grupo (si existieren) de la realización de la misma.

4.9- Entrevista personal: Deberá ser realizada por el Comité de Selección, en el lugar y fecha establecida en el punto anterior.

4.10- Dictamen final: El Comité de Selección deberá emitir un dictamen final, el que deberá ser explícito y fundado, y constará en un acta que firmarán todos sus integrantes.

Deberá contener una valoración de los diferentes factores considerados en el procedimiento de selección para cada uno de los aspirantes, donde el puntaje total obtenido determinará el orden de méritos para cada uno de los cargos comprendidos en la convocatoria. Quedarán seleccionados para su designación en carácter permanente los que hayan alcanzado el mayor puntaje final y conforme a las vacantes existentes en cada caso en esta Jurisdicción.

El orden de méritos tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que lo actuado por el Comité quede firme en sede administrativa.

Dentro de su vigencia, podrán ofrecerse a los postulantes ubicados en el respectivo listado, en estricto orden de precedencia, las vacantes que se produzcan en cualquiera de los cargos comprendidos en el presente procedimiento de selección con posterioridad a la cobertura dispuesta por la misma. Lo mismo procederá con los que por cualquier circunstancia se produzcan en la Jurisdicción involucrada, a condición en este caso que correspondan a idéntica categoría presupuestaria, requieran conocimientos y perfiles análogos y desarrollen funciones similares a los comprendidos en el presente llamado.

En las tres últimas etapas del proceso de selección, los postulantes deberán, de manera excluyente, presentarse con Documento Nacional de Identidad o documento personal equivalente.

4.11- Notificación del Orden de méritos: Se deberá publicar, mediante cartelería a instalarse en el Centro Cívico Gubernamental - Ministerio de Economía, sito en calle Arturo Illia 1151 - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de los resultados de la entrevista personal de todos los postulantes, el puntaje total obtenido y el orden de méritos resultante para cada uno de los cargos comprendidos en la convocatoria.

4.12- Notificaciones: la publicación en la página Web Oficial de la Provincia de Santa Fe y en la cartelería correspondiente a la Jurisdicción convocante, de los resultados de las etapas, del lugar y fecha de la realización de las evaluaciones y entrevistas y del Orden de Mérito final, será notificación fehaciente.

 

PROCESO DE SELECCION DE PERSONAL

RESOLUCION N°..../10

Formulario de Inscripción

 

Los datos suministrados en este formulario tienen CARACTER DE DECLARACION JURADA y serán tratados en forma reservada. Deberá presentarse en sobre cerrado en la Dirección General de Administración ubicada en calle Arturo Illia 1151 - 6° piso - Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, en las fechas y horarios consignados en la Resolución correspondiente.

Deberán acompañar al presente una copia de su Currículum Vitae, fotocopias de las dos primeras hojas del DNI y todos los comprobantes documentales relativos a los antecedentes consignados en el Currículum Vitae. Todas las hojas contenidas en el sobre deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda “Proceso de Selección”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y DNI del postulante.

De existir imposibilidad de presentar algunos de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción.

No se admitirán la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trábalos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción. El postulante declara conocer la Resolución Ministerial Convocante al Proceso de Selección, y acepta los términos de la misma.

Cargo al que se postula: Marque con una cruz de preferencia.

1                

2                

3                

 

1. Datos Personales

Apellido:      Nombres:                   

Documento Tipo:    C.U.I.T:/C.U.I.L. Nº:          Fecha de nacimiento:

Domicilio particular: Calle                      Piso:     Depto:

Localidad:                 Código postal:

Correo Electrónico:                              

Teléfono particular:  Teléfono laboral:

 

2. Estudios

TITULO SECUNDARIO:                        

Título obtenido                 Institución      Fecha

ESTUDIOS ACADEMICOS:                  

Título obtenido/ Cantidad de materias aprobadas Institución         Fecha

 

Conocimientos informáticos (detallar software, hardware y comunicaciones).

 

3. Cursos

Detalle aquellos que tengan mayor relación con el cargo al que se postula

Nombre del curso            Institución      Fecha   Duración

 

Otros Cursos

Nombre del curso            Institución      Fecha   Duración

 

4. Trayectoria Laboral.

Puestos que ocupó en el Sector Público

Ingreso        Egreso Repartición/Area      Puesto  Tareas desarrolladas

 

Puesto que ocupó en el Sector privado

Ingreso        Egreso   Organización/      Puesto  Tareas  Motivo de egreso

                                                           Empresa                       desarrolladas    

 

Importante: No se considerarán antecedentes de estudios ni laborables que no estén respaldados por la certificaciones pertinentes.

S/C             5867                 Feb. 7

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