REGISTRADA BAJO EL Nº 13515
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Prorrógase por ciento ochenta (180) días hábiles el plazo establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 13.150 para la solicitud del procedimiento especial de determinación de deuda previsto por Ley Nº 13.116 y modificatorias.
ARTÍCULO 2.- Dicho plazo se contará a partir de la sanción de la presente ley y será aplicable a los procesos en curso de ejecución.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015.
Firmado: Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente - Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
4 ENE 2016
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Firmado: Pablo Gustavo Farias
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
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