picture_as_pdf 2013-01-07

REGISTRADA BAJO EL Nº 13331


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado el 15 de junio de 2011, entre el Gobierno de la provincia de Santa Fe, representado por la entonces Titular del Ministerio de Educación, Lic. Elida Rasino, y la Fundación Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el crecimiento (CIPPEC), representada por el señor Fernando Straface, en su carácter de Director Ejecutivo por el cual las partes se comprometen a la realización de un Balance de Gestión Educativa que permita sintetizar los hallazgos y difundir los logros y los desafíos pendientes de la Provincia, comprometiéndose en tal sentido la Provincia a llevar a cabo el proyecto “Balance de Gestión Educativa de la Provincia de Santa Fe”, con la colaboración y asistencia técnica de la Fundación aludida la cual se obliga a prestar su colaboración, tanto en el desarrollo de las acciones pactadas como en la obtención de los productos esperados, siendo estos últimos de titularidad del Gobierno Provincial. El contrato fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales- Decreto Nº 1767/84, Dirección de Técnica Legislativa, el 1 de julio de 2011, al Tomo VIII, Folio 247, bajo el Nº 4486, y aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nº 910/12, y como anexo forma parte de la presente ley

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


DECRETO Nº 3938


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 26 DIC 2012


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA


VISTO :

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.331 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Claudia Elisabeht Balagué

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@santafe.gov.ar

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