U.N.R.
FACULTAD
DE CIENCIAS MEDICAS
RESOLUCION C.D. N° 926/2003
VISTO: las presentes actuaciones por
las cuales Dirección de la Escuela de Medicina, como así también personal
docente de la 1era. y 2da. cátedra
de Pediatría solicitan mediante expediente Nros.
43300/0000/A y 43300/0000/B, respectivamente, un nuevo cronograma de apertura y
cierre para la inscripción de aspirantes al llamado a concurso abierto de
oposición y antecedentes para la provisión de DOS (2) cargos de PROFESOR
TITULAR - dedicación Semiexclusiva, conforme la
normativa vigente;
las razones
invocadas por los recurrentes en sus notas presentación; y
CONSIDERANDO:
QUE, por resolución C.D.
Nº 705/2003 se dispuso el llamado a concurso de referencia, para la DISCIPLINA
PEDIATRIA, de los Ciclos Promoción de la Salud, Prevención de la Enfermedad,
Diagnóstico, Tratamiento y Recuperación y Práctica Final, de la carrera de
Medicina - Plan de Estudio 2001 de esta Facultad de Ciencias Médicas, Uno (1)
con funciones en la 1ra. cátedra de Pediatría con
asiento en el Hospital Provincial del Centenario y Uno (1) con funciones en la
2da. cátedra de Pediatría con asiento en el PolicIínico “Eva Perón”, respectivamente;
POR ELLO, y teniendo en cuenta lo
acordado en sesión del día de la fecha,
EL CONSEJO
DIRECTIVO
RESUELVE:
ARTICULO 1ro. - Rectificar el artículo
2do., de la resolución C.D. Nº 705/2003, rectificado
por resolución C.D. Nº 735/2003, el que quedará
redactado conforme se indica a continuación:
“ARTICULO 2do.- La inscripción de
aspirantes a los concursos de referencia “se abrirá por el término de siete (7)
días, a partir de la fecha de apertura, “según se establece seguidamente”:
“APERTURA: 15 de marzo de 2004, a las 8
hs”.
CIERRE: 22 de marzo de 2004, a las 12 hs”.
ARTICULO 2do.- Regístrese, comuníquese,
déjese constancia al pie de la resolución C.D. Nº
705/2003, remítase copia al Consejo Superior de la Universidad Nacional de
Rosario y gírese al Departamento Concursos y Gestión Docente a sus efectos.
Prof. RAQUEL MADIS CHIARA
Decana.
$ 25 316 Ene.
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COMUNA
DE SAN GREGORIO
COMUNICADO
Designar en carácter de Secretario
Administrativo al Sr. Ing. Marco A. Pello, Argentino, soltero, clase mil
novecientos setenta y seis (1976), DNI 25.333.108, con domicilio en la calle
Belgrano 820 de la localidad de San Gregorio. Teniendo en cuenta que su
carácter no es permanente y durará en el mandato el tiempo de permanencia de
esta Comisión de Fomento. Recibiendo e imputándose como retribución económica
una suma semejante a la de la mayor categoría administrativa que reviste para
las comunas. Con los plus de bonificación que se estimen convenientes.
Fijar como días de reunión de esta
Comisión de Fomento los días martes (segundo y cuarto del mes), comunicándose
oportunamente los horarios pertinentes.
DECRETAR la emergencia ECONOMINA
FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA a la Comisión de Fomento de San Gregorio, Depto. Gral. López, Pcia. de Santa Fe.
Establecer una reestructuración de las
deudas financieras con proveedores, con personal de la Comuna, facultando a
esta Comisión de Fomento a solicitar quitas, esperas, remisiones de deudas,
renegociar plazos de vencimiento y formas de cumplimiento. Rever actos de
adquisición y/o disposiciones de bienes de la Comisión de Fomento. Rever y
evaluar los alcances administrativos de las ordenanzas N°
05/2002 y N° 09/2003 en cuanto a pase a PLANTA
PERMANENTE del personal nombrado en dichas ordenanzas.
Instruir y solicitar a la Dirección
Prov. de Municipios y Comunas para que en forma inmediata ordene una auditoria
administrativa contable a partir del diez de diciembre de mil novecientos
noventa y siete (10/12/1997) hasta el diez de diciembre de dos mil tres
(10/12/2003).
Elaborar un informe con el estado
actual y detallado de la situación que reviste el parque automotor y de bienes
y útiles de esta Comisión de Fomento, instruyendo el inventarlo presente y
actual, cotejando el resultante con el que se recibió de manos de la
administración anterior certificando su resultado con la intervención de
Escribano Público a designar.
Facultar a esta comisión de fomento
para que en el caso de necesidad y urgencia, en la adquisición de determinados
insumos imprescindibles, ya sea para el normal desenvolvimiento de la
administración comunal, de carácter social, para atender necesidades básicas de
vecinos de nuestra comunidad, a adquirir los mismos efectuando concurso de
precios cotejando como mínimo tres presupuestos diferentes en lo que exceda a
los montos autorizados por la Ley correspondientes para compras directas.
Facultar a esta comisión de fomento en
caso de necesidad a abrir Cuentas Corrientes y/o Cajas de ahorro y/o solicitar
líneas crediticias en las Instituciones Bancarias públicas y/o privadas sea de
la localidad o de localidades vecinas.
Solicitar a la Caja de Jubilaciones de
la Provincia de Santa Fe, IAPOS, Caja de Seguro Social para los Empleados de la
Provincia de Santa Fe, FESTRAM, la situación que reviste la Comuna de San
Gregorio ya sea en su carácter de deudora acreedora pasiva o activa.
Promover una moratoria GENERAL Y AMPLIA
de las tasas de servicios y derechos que cobra la Comuna a los efectos de
encuadrar la recaudación, dada la critica situación
que surge de los arqueos efectuados a la fecha.
Promover previa publicación en edictos
de la parte resolutiva de la presente acta, una convocatoria a acreedores y
todos aquellos que crean tener un derecho de acreencia sobre el erario comunal
estipulando plazos y formas de presentación.
Extender la presente Reemergencia económica
financiera y administrativa hasta el 31 de julio del 2004 siempre y cuando
circunstancias anteriores o sobrevinientes no
aconsejen la prórroga de la misma por plazo a estipular.
Ordenar la publicación de lo resuelto
en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de
Sta. Fe y en el diario regional El Informe por el
plazo de 10 días hábiles a los efectos legales pertinentes.
Dado en el despacho comunal a los
veinte y dos días del mes de diciembre de dos mil tres.
$ 11 245 Ene.
7 Ene. 20
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