picture_as_pdf 2010-12-06

TRIBUNAL DE CUENTAS

 

Resolución  N° 004

 

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 02-DIC-2010

VISTO:

El Decreto N° 3067/2008 y su modificatorio N° 1552/10 que reglamenta el mecanismo de Selección de los Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, y dispone la creación del Consejo de Selección a sus efectos; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 81° de la Constitución de la Provincia de Santa Fe prevé que los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia son nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa;

Que el artículo 193° de la Ley N° 12510 establece que el Tribunal de Cuentas se integra con cinco (5) vocales, de los cuales tres deben poseer título de Contador Público y dos el de Abogado;

Que por Resolución 552/10 de fecha 21 de septiembre del corriente año, el Señor Ministro de Economía, siguiendo expresas instrucciones del Señor Gobernador de la Provincia, procedió a solicitar la nómina de representantes de las entidades profesionales y académicas, para que participen en la integración del Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia;

Que a la fecha, esta Presidencia ha recibido las designaciones efectuadas por las respectivas instituciones y la aceptación de la invitación cursada a las personalidades de reconocida trayectoria en el ámbito de la Administración Financiera y/o de Control Gubernamental, y/o en el campo del Derecho Público, provincial, nacional o internacional.

Que por ende, están dadas las condiciones para integrar el Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas y, en consecuencia, realizar la convocatoria al concurso para conformar la terna de candidatos que serán elevadas al Poder Ejecutivo, a fin de cubrir la vacante de Vocal Abogado del Tribunal de Cuentas de la Provincia;

Que tanto los artículos 9°, 10°, 11° y el Anexo I del Decreto N° 3067/2008 modificado por su similar N°1552/10, como los artículos 193° y 195° de la Ley N° 12.510 establecen los requisitos de inscripción que los postulantes deberán cumplimentar en este llamado a concurso;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 4° incisos 2) y 3), articulo 9º y siguientes de la mencionada reglamentación;

POR ELLO:

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE SELECCIÓN DE VOCALES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

R E S U E L V E:

ARTÍCULO  1° : Convocatoria. Llámese a concurso para la selección de una terna, a fin de cubrir el cargo vacante de Vocal Abogado del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO  2° : Composición del Consejo de Selección de Vocales del     Tribunal de Cuentas de la Provincia:

- Intégrese el Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe con los siguientes miembros:

Presidente: C.P. Ángel José Sciara (Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe)

Secretario: Dr. Diego Emilio Echen (Secretario Legal y Técnico del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe)

Personalidad de reconocida trayectoria en el ámbito de la Administración Financiera y/o de Control Gubernamental, y/o en el campo del Derecho Público, provincial, nacional o internacional

- C.P.N. Marcos Makon (titular)

- C.P.N. José Alberto Bonifacio (suplente)

Representantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral:

- Dr.   Horacio Daniel  Rosatti (titular)

- Dr.  Francisco Alberto Fernandez (suplente)

Representantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario:

- Dr. Mario Saccone  (titular)

- Dra. Gabriela Inés Tozzini (suplente)

Representantes por los Colegios de Abogados de las Circunscripciones de la Provincia de Santa Fe:

- Dr. Juan Pablo Burich  (titular)

- Dr. Sergio Hernán Más Varela  (titular)

- Dr. Elías Roberto Salum  (suplente)

- Dr. Javier Enrique Gallo   (suplente)

ARTÍCULO  3° : Lugar de recepción de las solicitudes de inscripción y      antecedentes:

La inscripción se deberá llevar a cabo a través del sitio web oficial de la Provincia: www.santafe.gov.ar > Convocatorias > Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas, en el cuál podrá obtenerse la ficha de inscripción correspondiente la que deberá presentarse junto con los antecedentes debidamente documentados, en la “Subsecretaría General del Ministerio de Economía” (Oficina 133), sita en calle 3 de Febrero N° 2649 - Casa de Gobierno - 1° piso - Santa Fe (S3000DEE). Teléfonos: 0342-4573564/5/6 (Internos 1240/1). E-mail: seleccionvocalestcp@santafe.gov.ar

ARTÍCULO  4° : Fecha y horario de inicio y finalización de la recepción      de solicitudes:

La recepción de las solicitudes de inscripción se realizará desde el viernes 10 de diciembre de 2010 hasta el lunes 03 de enero de 2011 inclusive, en días hábiles administrativos durante el horario de 08:00 a 17:00 horas.

ARTÍCULO  5° : Requisitos de Inscripción:

A los efectos de la inscripción al Procedimiento de Selección, los candidatos deberán cumplir con las siguientes exigencias:

I. Requisitos de inscripción:

a) Título de Abogado.

b) Ser argentino nativo o por opción;

c) Tener treinta (30) años de edad como mínimo y cinco (5) años de antigüedad mínima en el título;

d) Tener domicilio real en la Provincia.

II. No pueden ser vocales del Tribunal de Cuentas:

a) Los inhabilitados judicialmente, los inhibidos y los declarados incapaces;

b) Los que se encuentren procesados por delitos dolosos;

c) Los condenados por delito doloso. Este impedimento se extenderá por el término de la pena y otro tanto;

d) Los fallidos no rehabilitados;

e) Los que hayan desempeñado cargos, en los últimos dos años inmediatos anteriores a su designación, cuyas funciones sean materia de contralor por parte del Tribunal de Cuentas y que manifiestamente los coloquen en estado de incompatibilidad.

III.En la solicitud de inscripción los postulantes deberán indicar los datos que se enumeran en el Anexo I del  Decreto N° 3067/2008:

1. Datos personales y familiares:

a) Nombres y apellidos completos del postulante.

b) Domicilio real y legal, número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico, si los tuviere.

c) Lugar y fecha de nacimiento.

d) Si es argentino nativo ó naturalizado. En este último caso, fecha, y autoridad que otorgó la naturalización.

e) Tipo y número de documento de identidad.

f) Estado civil.

g) Nombres y apellidos completos de los padres, y en su caso, del cónyuge y de los hijos.

h) Los profesionales que se desempeñen o se hubieren desempeñado en el ejercicio libre de la profesión, deberán agregar una constancia del o de los Tribunales de Disciplina de los entes encargados de regular la matrícula profesional donde se encuentren matriculados que acredite que no se le aplicaron sanciones disciplinarias, o sobre las sanciones disciplinarias que se le hubiesen aplicado en los últimos diez (10) años en el ejercicio profesional, con indicación de fecha y motivo.

i) Los postulantes que se desempeñen o se hubieran desempeñado en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, los Poderes Judiciales de la Nación, de las Provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán agregar un certificado expedido por la autoridad competente, sobre los antecedentes que registra su legajo personal en cuanto a fecha de ingreso y, en su caso, de egreso; cargos desempeñados; licencias extraordinarias concedidas en los últimos 5 (cinco) años y constancia que no se le aplicaron sanciones disciplinarias, o sobre las sanciones disciplinarias que se le hubieren aplicado en los últimos diez (10) años, indicando fecha y motivo.

j) Acreditación de los requisitos exigidos por la Constitución Provincial, las leyes respectivas y no estar incluido dentro de lo preceptuado en el Artículo 195° de la Ley 12510, por declaración jurada.

k) Empresas comerciales de las que forme parte, o en las que tiene intereses y asociaciones civiles, fundaciones y/o cualquier otra persona de existencia ideal de la que participe o integre de cualquier modo.

l) Declaración jurada acerca de la existencia de parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y/o la existencia de cónyuges, aunque estén divorciados, en la Administración Pública Provincial y sus organismos descentralizados y/o el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.

ll) Informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, o la institución que en el futuro cumpla sus mismas funciones.

m) Declaración jurada respecto de la existencia o no de procesamientos firmes o condenas por delitos dolosos en cualquier tribunal federal o provincial del país o del extranjero.

n) Informe del Registro pertinente con competencia en el domicilio del postulante respecto a los Concursos y Quiebras, sobre la existencia o inexistencia de concursos o quiebras decretadas en la persona del postulante, ya sea en forma individual o como integrante de órganos directivos de una o más personas de existencia ideal.

ñ) Domicilio y número de fax o dirección de correo electrónico que constituye a los efectos del concurso, en los que acepta expresamente la validez de las notificaciones que el Consejo le curse.

o) Informe relativo al cumplimiento de obligaciones impositivas expedido por la Administración Provincial de Impuestos y la Administración Federal de Ingresos Públicos.

p) Informe expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

2. Antecedentes científicos y profesionales.

a) Título de Abogado o Contador Público, según se requiera en el puesto que se concursa. Antigüedad y estado de la matrícula, mediante certificado expedido por la institución que corresponda. Fecha de obtención del título y fecha de matriculación en el Colegio Profesional o Consejo Profesional.

b) Estudios cursados: Otros títulos universitarios de grado, postgrado o doctorado y en general todos aquellos estudios cursados con vinculación al cargo al que se aspira. Otros estudios, si lo considera conveniente, que tengan relación con el cargo al que aspira. Sólo se consignarán los estudios que el interesado pueda comprobar con la certificación pertinente.

c) Empleos o funciones desempeñadas de cualquier clase (pública o privada, honoraria o rentada, por designación o elección). Se indicará el término y el carácter (titular, suplente, interino, subrogante o contratado); ascensos y causas de cese.

d) Libros publicados, debiendo acompañar además fotocopia de la portada, del índice, y del pie de imprenta e inscripción en el ISBN de cada uno. Cuando se trate de artículos publicados, agregará fotocopia de los mismos e indicará año, editorial, obra, página y/o tomo en que aparecieron.

e) Nómina de las conferencias pronunciadas o mesas redondas en las que haya participado, con certificación de fecha, lugar e institución patrocinante.

f) Congresos, jornadas, seminarios, simposios o cualquier otro evento científico o técnico en que haya participado, indicando, en su caso, el carácter en que intervino, fecha en los que tuvieron lugar, la institución patrocinante, el tema desarrollado y los trabajos o ponencias presentados que guarden relación con la función o cargo a cubrir.

g) Premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos recibidos.

h) Ejercicio de la Docencia Universitaria: cargos desempeñados, categoría, antigüedad, especificando modo de designación, período, Universidad y cualquier otro dato que pueda resultar de interés.

i) Los Abogados o Contadores Públicos, que se desempeñen o se hubieran desempeñado en el ejercicio libre de la profesión, o en relación de dependencia con entidades públicas o privadas, podrán agregar certificados de empleo o funciones de las sociedades, asociaciones o instituciones comerciales o civiles, en las que haya desempeñado actividades vinculadas al campo de su profesión. Podrán acompañar además, copia de sus escritos, ensayos o proyectos que consideren más importantes, hasta un número máximo de 10 (diez).

j) Becas, pasantías o similares obtenidas en el país o en el extranjero.

k) Trabajos de investigación que hubiere realizado o en los que hubiese participado.

l) Instituciones científicas o profesionales a las que pertenece, con indicación de nombre, domicilio, carácter de la institución, calidad que inviste en ella y cargos desempeñados.

ll) Iniciativas y obras de interés social en que intervenga o haya intervenido, según se acredite fehacientemente.

m) Todo otro antecedente que considere valioso.

ARTÍCULO  6° :  Apruébese  el “Formulario de Inscripción”, y su correspondiente  Instructivo que como Anexo I forma parte integrante de la presente, cuyos términos, condiciones y formas deberán ser debidamente cumplimentadas por los candidatos a los fines de su inscripción al concurso.

ARTÍCULO  7° : Notifíquese a los miembros del Consejo de Selección de ___________ _ VVocales del Tribunal de Cuentas, a las Facultades de Derecho y a los Colegios de Abogados de la Provincia, para su conocimiento y a los fines de dar a conocer el presente llamado a concurso, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10°, 2° párrafo del Decreto N° 3067/2008 modificado por su similar N° 1552/10.

ARTÍCULO  8° : Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ANGEL JOSÉ SCIARA

Pte. del Consejo de Selección de Tribunal

de Cuentas

Nota. Se publica sin los anexos correspondientes que podrán consultarse en la web del Ministerio.

S/C             5555         Dic. 6 Dic. 9

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