REGISTRADA BAJO EL Nº 12479
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º
de la Ley Nº 11.200, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2º: Exímese
a la Asociación Cultural "El Círculo", con sede en el inmueble de
calle Laprida 1201 de la ciudad de Rosario, dominio
inscripto al Nº 38103, Folio 617, Tomo 129 A, en fecha 8 de Setiembre de 1.943,
del Registro General Rosario, del pago de toda tasa, impuesto o contribución de
mejoras, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, quedando comprendida en esta
exención, la facturación total por fluido eléctrico consumido en las
instalaciones del Teatro "El Círculo" destinadas a la actividad
artística, cultural e institucional, hasta un máximo de 140.000 KW anuales,
incluyendo todos los conceptos o cargos aplicables al servicio eléctrico
correspondientes a su categoría de usuario."
ARTICULO 2º.- Condónase
al 31 de diciembre de 2004 cualquier deuda existente por consumo de energía
eléctrica a cargo de la Asociación Cultural "El Círculo", entidad
administradora del Teatro "El Círculo", ubicado en calle Laprida 1201 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa
Fe.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 01 de diciembre de 2005
De conformidad a lo prescripto en el
Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado,
insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en
el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
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