picture_as_pdf 2005-12-06

REGISTRADA BAJO EL Nº 12479

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º de la Ley Nº 11.200, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2º: Exímese a la Asociación Cultural "El Círculo", con sede en el inmueble de calle Laprida 1201 de la ciudad de Rosario, dominio inscripto al Nº 38103, Folio 617, Tomo 129 A, en fecha 8 de Setiembre de 1.943, del Registro General Rosario, del pago de toda tasa, impuesto o contribución de mejoras, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, quedando comprendida en esta exención, la facturación total por fluido eléctrico consumido en las instalaciones del Teatro "El Círculo" destinadas a la actividad artística, cultural e institucional, hasta un máximo de 140.000 KW anuales, incluyendo todos los conceptos o cargos aplicables al servicio eléctrico correspondientes a su categoría de usuario."

ARTICULO 2º.- Condónase al 31 de diciembre de 2004 cualquier deuda existente por consumo de energía eléctrica a cargo de la Asociación Cultural "El Círculo", entidad administradora del Teatro "El Círculo", ubicado en calle Laprida 1201 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE,  01 de diciembre de 2005

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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