picture_as_pdf 2017-11-06

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA


CITACION


Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ SPINELLI JUAN LUIS LEG. 11287 -SPINELLI SERGIO DANIEL LEG. 11288 – SPINELLI MARIA LUISA ISABEL LEG. 11289.-”, Expediente Nº 01503-0004344-6, del Registro del Sistema de Información de Expediente – Nodo Santa Fe – Equipo Cayastá; se cita, llama y emplaza a la Sra. Maria Ester ACOSTA, con D.N.I. 40.121.966, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000031, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 10 de octubre de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1: Resolver Definitivamente la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección a los adolescentes JUAN LUIS SPINELLI, quien acredita su identidad con DNI N° 43.644.870, fecha de nacimiento 16/07/2002, Sergio Daniel Spinelli, quien acredita su identidad con DNI N° 46.368.261, fecha de nacimiento 03/03/2005 y María Luisa Isabel Spinelli, quien acredita su identidad con DNI N° 45.215.286, fecha de nacimiento 20/09/2003, siendo su progenitora en ejercicio de responsabilidad parental, la Sra. María Ester Acosta, quien acredita su identidad con DNI Nº 40.121.966, domiciliada en calle San Roque 1695, barrio El Tigre, ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe; y encontrándose su progenitor, el Sr. Clemente Luis Spinelli, DNI Nº 6.349.395, fallecido en fecha 11 de agosto de 2015. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional tiene por objeto regularizar la situación legal de los adolescentes, sugiriendo la restricción de la Responsabilidad Parental, oportunamente, y previo tramites de ley, permaneciendo alojados dentro del Sistema Alternativo de Cuidados Institucionales de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, hasta tanto logren egresar debido a un plan de trabajo con su autonomía progresiva. ARTICULO 2: Que durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, continuarán siendo ejercidos por el Equipo Técnico Interdisciplinario del Distrito Cayastá, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en coordinación y articulación con profesionales del lugar de alojamiento. ARTICULO 3: Desde la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se efectuará el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y dará intervención al órgano jurisdiccional competente. ARTICULO 4: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese. FDO. Abog. Diego Abel Romano, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe”. Para mayor recaudo se transcribe parte pertinente de la Ley Provincial Nº 12.967: ARTÍCULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ARTÍCULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. REGLAMENTACION LEY 12.967 –Decreto Provincial Nº 10.204: ARTICULO 60: RESOLUCION: Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las Prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades de la adopción de las medidas. NOTIFICACION ARTICULO 61: La notificación de la resolución por l que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazará y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la

resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este Decreto Reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa si que puedan ser retiradas. ARTICULO 62: RECURSOS: El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el caso de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. Por lo que queda Uds. debidamente notificado de la resolución que antecede de la Disposición, que se ha dispuesto por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

S/C 20819 Nov. 6 Nov. 8

__________________________________________


SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ,ADOLESCENICA

Y FAMILIA -SANTA FE


NOTIFICACIÓN


La Dra. Lorena Adorati, Delegada de la Delegación Oeste de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, notifica y emplaza al Sr. Claudio Osvaldo Palomeque, DNI 27.566.090, progenitor de la niña Martina Guadalupe Palomeque, DNI 53.619.310, para que se notifique de la Disposición N° 037/2017 de fecha 26/06/17, y comparezca a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos legales en el Leg. Adm. Anríquez, Morena y otros s/ Medida de Protección Excepcional (legajo N° 967/2015). A tales fines se le notifica de la siguiente resolución: VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: Artículo 1º: PRORROGAR la Medida de Protección Excepcional de Derechos, de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10, que tiene por sujetos de protección a las niñas ANRÍQUEZ, Morena Milagros, DNI 49.038.332, fecha de nacimiento 05/09/2008, ANRIQUEZ, Jazmín Agustina, DNI 49.038.333, fecha de nacimiento 05/09/2008 y PALOMEQUE, Martina Guadalupe, DNI 53.619.310, fecha de nacimiento 01/10/2013, respecto de sus progenitores Sra. Susana LÓPEZ, DNI 36.444.796, domiciliada en calle Pueyrredón 863 de la localidad de Sunchales (Santa Fe); Sr. ANRÍQUEZ, Miguel Ángel, DNI 30.788.204, progenitor de Morena Milagros y Jazmín Agustina ANRÍQUEZ domiciliado en la localidad de Sunchales, provincia de Santa Fe; y el Sr. PALOMEQUE, Claudio Osvaldo, DNI 27.566.090, progenitor de la niña Martina Guadalupe PALOMEQUE; cuyo objeto es el alojamiento de las niñas, para su cuidado y protección, en el ámbito de cuidados institucionales; Artículo 2º: La prórroga de medida de protección excepcional de derechos se establece por el plazo de noventa (90) días, durante el transcurso del cual intervendrán los profesionales del Equipo Técnico Interdisciplinario de la Delegación Oeste; Artículo 3°: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Pcia. De Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente; Artículo 4º: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese.-“. A tal fin se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETÍN OFICIAL y conforme ley 11.287. Rafaela, 10/2017.-

S/C 339886 Nov. 6

__________________________________________


NOTIFICACION


La Dra. Lorena Adorati, Delegada de la Delegación Oeste de la Subsecretaria de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, notifica y emplaza al Sr. Claudio Osvaldo PALOMEQUE, DNI 27.566.090, progenitor de la niña Martina Guadalupe PALOMEQUE, DNI 53.619.310, para que se notifique de la Disposición N° 014/2017 de fecha 17/03/17, y comparezca a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos legales en el Leg. Adm. ANRÍQUEZ, Morena y otros s/ Medida de Protección Excepcional legajo Nº 967/2015). A tales fines se le notifica de la siguiente resolución: VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: Artículo 1°: ADOPTAR la Medida de Protección Excepcional de Derechos que tiene por sujetos de protección a las niñas ANRÍQUEZ, Morena Milagros, DNI 49.038.332, fecha de nacimiento 05/09/2008, ANRÍQUEZ, Jazmín Agustina, DNI 49.038.333, fecha de nacimiento 05/09/2008 y PALOMEQUE, Martina Guadalupe, DNI 53.619.310, fecha de nacimiento 01/10/2013, respecto de sus progenitores Sra. Susana LOPEZ, DNI 36.444.796, domiciliada en calle Pueyrredón 863 de la localidad de Sunchales (Santa Fe); Sr. ANRÍQUEZ, Miguel Ángel, DNI 30.788.204, progenitor de Morena Milagros y Jazmín Agustina ANRÍQUEZ domiciliado en la localidad de Sunchales, provincia de Santa Fe; y el Sr. PALOMEQUE, Claudio Osvaldo, DNI 27.566.090, progenitor de la niña Martina Guadalupe PALOMEQUE; de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10; cuyo objeto es el alojamiento de las niñas, para su cuidado y protección, en el ámbito de una familia alternativa, conforme el Programa de Acogimiento Familiar “Familias Solidarias”; - Artículo 2º: La medida de protección excepcional de derechos se establece por el plazo de noventa (90) días, durante el transcurso del cual intervendrá el Equipo Técnico Interdisciplinario de la Delegación Oeste; - Artículo 3º: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Pcia. de Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente;

Artículo 4°: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese”. A tal fin se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETÍN OFICIAL y conforme ley 11.287. Rafaela, 10/2017.-

S/C 339888 Nov. 6

__________________________________________


NOTIFICACION


La Sra. Lorena Adorati, Delegada de la Delegación Oeste de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, notifica y emplaza al Sr. Claudio Osvaldo Palomeque, progenitor de la niña Martina G. Palomeque, para que se notifique de la Disposición Nº 057/2017 de fecha 29/09/17,y comparezca a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos legales en el Leg. “Anríquez, Morena y otros si su situación” (N° 967/2015). A tales fines se le notifica de la siguiente resolución: VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: CESAR la Medida de Protección Excepcional de Derechos que tenía por sujetos de protección a las niñas ANRÍQUEZ. Morena Milagros. DNI 49.038.332 fecha de nacimiento 05/09/2008, ANRÍQUEZ, Jazmín Agustina. DNI 49.038.333, fecha de nacimiento 05/09/2008 y PALOMEQUE, Martina Guadalupe, DNI 53.619.310, fecha de nacimiento 01/10/2013, respecto de sus progenitores Sra. Susana LOPEZ, DNI 36.444.796, domiciliada en calle Pueyrredón 863 de la localidad de Sunchales (Santa Fe); Sr. ANRÍQUEZ. Miguel Ángel. DNI 30.788.204, progenitor de Morena Milagros y Jazmín Agustina ANRÍQUEZ domiciliado en la localidad de Sunchales, provincia de Santa Fe; y el Sr. PALOMEQUE, Claudio Osvaldo, DNI 27.566.090. progenitor de la niña Martina Guadalupe PALOMEQUE, reintegrándose las niñas al hogar de su progenitora; de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10; ARTICULO Nº 2: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Pcia. De Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente; ARTICULO Nº 3: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese.- A tal fin se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETÍN OFICIAL y conforme ley 11.287. Rafaela, 10/17.

S/C 339884 Nov. 6

__________________________________________


NOTIFICACION


La Dra. Lorena Adorati, Delegada de la Delegación Oeste de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, notifica y emplaza al Sr. Claudio Osvaldo PALOMEQUE, DNI 27.566.090, progenitor de la niña Martina Guadalupe PALOMEQUE, DNI 53.619.310, para que se notifique de la Disposición Nº 057/2017 de fecha 29/09/17, y comparezca a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos legales en el Leg. Adm. ANRIQUEZ, Morena y otros s/Medida de Protección Excepcional legajo N° 967/2015). A tales fines se le notifica de la siguiente resolución: VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: Artículo 1°: CESAR la Medido de Protección Excepcional de Derechos que tenia por sujetos de protección a las niñas ANRÍQUEZ. Morena Milagros. DNI 49.038.332, fecha de nacimiento 05/09/2008, ANRÍQUEZ, Jazmín Agustina. DNI 49.038.333, fecha de nacimiento 05/09/2008 y PALOMEQUE, Martina Guadalupe. DNI 53.619.310, fecha de nacimiento 01/10/2013, respecto de sus progenitores Sra. Susana LÓPEZ, DNI 36.444.796 Sr. ANRÍQUEZ, Miguel Ángel. DNI 30.788.204, progenitor de Morena Milagros y Jazmín Agustina ANRÍQUEZ; y el Sr. PALOMEQUE, Claudio Osvaldo, DNI 27.566.090, progenitor de la niña Martina Guadalupe PALOMEQUE; reintegrándose las niñas al hogar de su progenitora, Sra. Susana López, de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10; Artículo 2º: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Peía. De Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación del Cese de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente: Artículo 3°: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese.-“. A tal fin se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETÍN OFICIAL y conforme ley 11.287. Rafaela, 10/2017.-

S/C 339881 Nov. 6

__________________________________________


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


REMATE POR

MARÍA CELESTE GIORGIS


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P.- D.G.I., con intervención del Juzgado Nro. 2 de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaría F a cargo del Dr. Luis Chede, hacer saber a sus efectos que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P) c/ EUFI S.A. (CUIT 30-70853512-1) s/ EJECUCIÓN FISCAL” Expte. 91059/2014, se ha dispuesto que la Martillera María Celeste Giorgis (CUIT 27-27663766-0), Matrícula 1926-G-166 venda en pública subasta el día 10 de noviembre de 2017 a las 11:30 hs en la sede del Colegio de Martilleros Rosario, sita en calle Moreno N° 1546 de Rosario, el siguiente automotor: DOMINIO KBK 997, Marca 130- TOYOTA, Modelo 792-COROLLA SE-G 1.8 M/T, Tipo 02-SEDAN 4 PUERTAS, Procedencia IMPORTADO, Mca. Motor TOYOTA, Nro. Motor 2ZRM005460, Mca. Chasis TOYOTA, Nro. Chasis 9BRBU48E6C4702382, Modelo Año 2011. Si el día designado resultare inhábil, se llevará a cabo el día siguiente hábil a la misma hora, condiciones y lugar establecidos. El bien se vende en el estado en que se encuentra conforme acta de secuestro glosada a autos y al momento de la subasta. Informa el Registro de la Propiedad Automotor Seccional N° 11 (21049) de Rosario, que el Dominio se encuentra a nombre del demandado y se registran las siguientes medidas cautelares: EMBARGOS: 1- Fecha de inscripción: 12/05/2015, Monto: $ 122.189,97.-Intereses: $ 34.968,75.-, autos “Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 108624/2014, Juz. Fed. Nro. 1, Secretaría A Rosario, 2- Fecha de inscripción: 09/06/2015, Monto: $ 178.046,69.-Intereses: $ 46.463,78.-, autos “Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 114.283/2014, Juz. Fed. Nro. 1, Secretaría A Rosario, 3- Fecha de inscripción: 28/03/2016, Monto: $ 25.000.-Intereses: NO CONSTA, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 39905/2015, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario, 4- Fecha de inscripción: 04/05/2016, Monto: $ 136.871,58.-Intereses: $ 45.148,29, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 95313/2014, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario, 5- Fecha de inscripción: 24/08/2016, Monto: $ 3.682.851,40.-Intereses: $ 552.427,71.-, autos “Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 103.667/2015, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario 6- Fecha de inscripción: 14/11/2016, Monto: $ 101.727,40.-Intereses: $ 31.766,02, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 20497/2015, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario, 7- Fecha de inscripción: 23/12/2016, Monto: $ 150.000.-Intereses: NO CONSTA, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 17922/2015, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario, 8- Fecha de inscripción: 30/12/2016, Monto: $ 167.221,47.-Intereses: NO CONSTA, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 5193/2016, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario, 9 - Fecha de inscripción: 19/04/2017, Monto: $ 188.087,17.-Intereses: NO CONSTA, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 91.688/2014, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario, 10- Fecha de inscripción: 19/04/2017, Monto: $ 237.247,74.-Intereses: $ 52.868,92.-, autos “FISCO NACIONAL (AFIP – DGI) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte. 91.059/2014, Juz. Fed. Nro. 2, Secretaría F Rosario - EL QUE EJECUTA. INHIBICIONES sobre el titular: 1- Anotación N° 1293914 el 28/04/2016, Fecha de prioridad: 29/04/2016, Monto demandado: $ 1.457.413,81.- Intereses: $ 218.612,07.-, Tribunal Juz. Fed. N° 2, Secretaría F Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL” Expte. 103.652/2015, 2- Anotación N° 1338558 el 08/08/2016, Fecha de prioridad: 09/08/2016, Monto demandado: $ 438.749,68.-, Intereses: $ 65.812,45, Tribunal Juz. Fed. N° 2, Secretaría F Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL” Expte. 5024/2016 3-Anotación N° 1383901 el 23/11/2016, Fecha de prioridad: 24/11/2016, Monto demandado: $ 98.289,08.- Intereses: $ 14.743,36.-, Tribunal Juz. Fed. N° 2, Secretaría F Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 19402/2015 4- Anotación N° 1383852 el 23/11/2016, Fecha de prioridad 24/11/2016, Monto demandado: $ 349.613,44.-, Intereses: $ 52.442,02.-, Tribunal Juz. Fed. N° 2, Secretaría F Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte. 1993/2016, 5- Anotación N° 1465935 el 17/05/2017, Fecha de prioridad: 18/05/2017, Monto demandado: $ 51.346,93.- Intereses: $ 7.702,04.-, Tribunal Juz. Fed. N° 1, Secretaría A Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 35099/2016, 6- Anotación N° 1498157 el 28/06/2017, Fecha de prioridad: 29/06/2017, Monto demandado: $ 1.353.309,15.- Intereses: $ 202.996,37.-, Tribunal Juz. Fed. N° 1, Secretaría A Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 45827/2016, 7- Anotación N° 1516891 el 31/07/2017, Fecha de prioridad: 01/08/2017, Monto demandado: $ 524.789,22.- Intereses: $ 78.718,38.-, Tribunal Juz. Fed. N° 1, Secretaría A Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 1655/2017 ,8- Anotación N° 1519544 el 02/08/2017, Fecha de prioridad: 03/08/2017, Monto demandado: $ 181.964,96.- Intereses: $ 27.294,74.-, Tribunal Juz. Fed. N° 1, Secretaría A Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 771/2016, 9- Anotación N° 1526715 el 14/08/2017, Fecha de prioridad: 15/08/2017, Monto demandado: $ 454.023,95.- Intereses: $ 68.103,59.-, Tribunal Juz. Fed. N° 1, Secretaría A Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 21946/2017, 10- Anotación N° 1551163 el 19/09/2017, Fecha de prioridad: 20/09/2017, Monto demandado: $ 119.618,41.- Intereses: $ 17.942,76, Tribunal Juz. Fed. N° 1, Secretaría A Rosario, “AFIP c/ EUFI S.A. s/ EJ. FISCAL”, Expte: 88749/2012, NO POSEE: Prenda, denuncia de compra, denuncia de venta, denuncia de robo, afectaciones, existencia de otros certificados de dominio, datos complementarios, radicación anterior, piezas de desarmadero y trámites pendientes. El Registro General de la Propiedad informa otras INHIBICIONES: 1- Tomo: 128, Letra: I, Folio: 1583, Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ej. Fiscal” Expte: 115.457/2014, Juzgado Federal 1, Secretaría A de Rosario. Monto: $ 350.276,00. Aforo: 320671, Fecha de inscripción: 23/03/2016. 2- Tomo: 128, Letra: I, Folio: 8211. Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ejecución Fiscal” Expte: 28598/2016, Juzgado Federal 2, Secretaría F de Rosario. Monto: $ 481.656,00. Aforo: 394774, Fecha de inscripción: 05/12/2016. 3- Tomo: 128, Letra: I, Folio: 8639. Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ejecución Fiscal” Expte: 17922/2016, Juzgado Federal 2, Secretaría F de Rosario. Monto: $ 1.615.356,00.Aforo: 399933, Fecha de inscripción: 22/12/2016. 4- Tomo: 129, Letra: I, Folio: 1417.Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ejecución Fiscal” Expte: 91688/2014, Juzgado Federal 2, Secretaría F de Rosario. Monto: $ 240.751,00. Aforo: 323523, Fecha de inscripción: 04/04/2017. 5- Tomo: 129, Letra: I, Folio: 3181. Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ejecución Fiscal” Expte: 20249/2016, Juzgado Federal 1, Secretaría A de Rosario. Monto: $ 993.953,00.Aforo: 345187, Fecha de inscripción: 13/06/2017. 6- Tomo: 129, Letra: I, Folio: 3182. Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ejecución Fiscal” Expte: 23568/2016, Juzgado Federal 2, Secretaría F de Rosario. Monto: $ 842.415,00.Aforo: 345189, Fecha de inscripción: 13/06/2017. 7- Tomo: 128, Letra: I, Folio: 539. Carátula: “Fisco Nacional (AFIP) c/ EUFI S.A. s/ Ejecución Fiscal” Expte: 107496/2014, Juzgado Federal 1, Secretaría A de Rosario. Monto: $ 1.096.270,00. Aforo: 310902, Fecha de inscripción: 17/02/2016. De la verificación automotor efectuada el 24/08/2017 no surgen anomalías. El bien saldrá a la venta con una Base de $ 100.000, comenzándose las pujas desde ese monto, de no haber ofertas por dicha base o superiores a la misma, se declarará desierta la subasta. Adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de subasta el 20 % del monto de compra, más el 10 % de comisión al martillero, todo en dinero en efectivo o cheque certificado, para el caso de que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000.-, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 del BCRA), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto se deberá depositar la diferencia al día siguiente de la subasta en el Banco Nación Argentina de Rosario a la orden de éste Tribunal y para estos actuados, debiendo abonar el saldo de precio mediante depósito en la cuenta antes mencionada al aprobarse la subasta en el plazo y bajo los apercibimientos previstos del ART. 580 CPCCN. No procede la compra en comisión. Los interesados deberán asistir con sus correspondientes DNI. Son a cargo exclusivos del comprador impuestos, tasas y/o contribuciones municipales, provinciales y nacionales creados o a crearse, patentes, multas, intereses atrasados, transferencia de dominio, impuesto a la compra-venta e IVA si correspondiere, gastos de retiro, traslado, radicación , gastos profesionales. Respecto a las infracciones de tránsito informa la Municipalidad de Rosario a fs. 04 de Expte. 31364/J/2017 que son oponibles al conductor si este fuese identificado o en defecto a titular del vehículo al momento de la infracción – Fdo. Dra. Graciela Montes (Jueza Subdirectora general Tribunal Municipal de Faltas). La entrega del bien se hará una vez aprobada la subasta y depositado el saldo de precio. El bien podrá ser revisado los días 08 y 09 de noviembre de 2017, en el domicilio de Viamonte N° 1514 de Rosario, en el horario de 11:00 a 12:00 hs. La documentación se encuentra agregada a autos, cédula, mandamiento y acta de secuestro, informes e informe de deudas, y a disposición de sus interesados en el juzgado interviniente y oficinas Agente Fiscal Viamonte N° 1514 de Rosario. No se admitirán reclamos posteriores de ninguna naturaleza por falta o insuficiencia de partes y/o títulos. Mayores informes a la Martillera Ma. Celeste Giorgis con domicilio legal en calle España N° 1660 Planta Baja 02 de Rosario, TeL: 0341-4255728 / 0341-153689777. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar.- Rosario, 01 de noviembre de 2017. DR. GABRIEL MONSERRAT – Agente Fiscal (AFIP –DGI). Se deja constancia que el presente Edicto se encuentra exento de pago.

S/C 340201 Nov. 6 Nov. 7

__________________________________________