picture_as_pdf 2015-11-06

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

SUSANA ALICIA PARIS


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo Oroño (Juez), secretaría de la autorizante, se ha ordenado que la Martillera Susana A. París (C.U.I.T. N° 20-13.639.644-8), dentro de los autos caratulados: "SANTI, ELSA D. y OTRO s/Declaratoria de Herederos" Expte. Nº 0914/05, venda en pública subasta el día viernes 13 de noviembre de 2015, a partir de las 15,00 hs., en la Sede de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos N° 238) con la Base: $ 21,887,00 (A.I.I.), de no haber postores saldrá a la venta seguidamente y en el mismo acto con una Retasa de 25% ($ 16.415,25) de persistir tal circunstancia, saldrá seguidamente en el mismo acto y como última Base del 50% A.I.I. ($ 10.943,35). El inmueble inscripto al Tomo: 409, F°: 87, Número 144.622, Dto. Rosario, saldrá a la venta Desocupable. conforme el acta de constatación. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales si correspondiere, serán a cargo del adquirente, como así también los gastos e impuestos que impliquen la trasferencia del dominio a favor del adquirente.Se hace saber que según constancias de autos el inmueble No tiene N° de Plano, (fs. 47 ). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de Intimado el comprador luego de aprobada la subasta debiendo cumplimentar se con lo dispuesto por la comunicación " A " del B.C.R.A., por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizar por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa será comunicada por este Tribunal y/o la Martillera actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente sin que implique transferencia a favor del adquirente la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación "A" 5147 del BCRA. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañar constancia del diligenciamiento antes del acto de subasta ; ello sin perjuicio de lo normado por el art 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Desígnanse los días los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs., a los fines de la exhibición del inmueble, debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. Modalidad de Pago: Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de la subasta, con más el 3% de comisión, todo al martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma up supra mencionada supere el valor de $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo (comunicación " A" 5147 BCR), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos. No procederá la compra en comisión (atento notificación del art., 39 C.C., introducida por el 75 inc. c) de la Ley 24.441 ). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectuar cesión de derechos y acciones y/o transferencia del inmueble adquirido. Los asistentes a la subasta se notifican que se Procederá según el art. 494 del CPCC. Inc. 2) la manifestación de que los títulos de propiedad están agregados a autos (Fs. 169 a 171) inc. 3) los licitadores deberán conformarse con los títulos o las constancias de autos en su caso, y que después del remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de ellos." Del Certificado emitido por el Registro General de la Propiedad se desprenden que no existen medidas cautelares. La Martillera fija domicilio a los efectos legales en calle Laprida N° 972, Piso 1°, Dto: "E", de Rosario. Se firman seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Sala de mi despacho, en Rosario a los 02 días del mes de noviembre de 2015.Dra. Carla V. Gussoni Porréz, Secretaria.

$ 718 276801 Nov. 6 Nov. 10

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

DANIEL JESÚS OTEGUI


Por disposición de la Sra. Jueza de 1er. Ins. de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Sylvia Pozzi, Secretaría a cargo de la Dra. Laura Barco, dentro de los autos caratulados "COMUNA DE MELINCUÉ c/MATTOS, Y CARRERAS, JUAN JOSÉ s/ Apremio" (Expte. Nº 1034/2010), se ha dispuesto que el martillero Daniel Jesús Otegui, venda en pública subasta el día 15 de diciembre del año 2015 a las 10.00 hs. por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 8 de Melincué y de resultar inhábil el día hábil posterior, en igual lugar y hora, los siguientes lotes, inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 319, Folio 68, Nº 127049, que según el plano practicado por el Agrimensor don Julio C. Antognazzi, archivado en el Departamento Topográfico de esta Rosario bajo el número 50.265 del año 1948,que se describen a continuación: Lote Seis: Situado sobre el camino pavimentado a Rosario a los treinta y dos metros treinta y cinco centímetros de una calle pública hacia el sur-oeste, mide 10 metros tres centímetros de frente al Sur-Este; diez metros en su contrafrente al Nor-oeste; treinta metros veinticinco centímetros de fondo en su costado Nor-Este y veintinueve metros treinta centímetros también de fondo en su costado Sur-oeste, encierra una superficie de doscientos noventa y siete metros setenta y cinco decímetros cuadrados y linda: al Sur-Este con el camino pavimentado a Rosario; al Nor-Este, con el lote Siete; al Sur-Oeste con parte del lote Cinco; y al Nor-Oeste con parte del lote Nueve, todos de la misma manzana y plano citados. Lote Siete: Situado sobre el camino pavimentado a Rosario, a los veintidós metros treinta y dos centímetros de una calle pública hacia el Sur-oeste, mide diez metros tres centímetros de frente al Sur-Este; diez metros en su contrafrente al Nor-oeste; treinta y un metros quince centímetros de fondo en el lado Nor-Este y treinta metros veinticinco centímetros también en su costado Sur-oeste, encierra una superficie de trescientos siete metros cuadrados y linda: al Sur este con el camino pavimentado a Rosario; al Nor-este con el lote ocho y al Sur-oeste con el lote seis; y al Noroeste con parte del lote nueve, todos de la misma manzana y plano citado. Ambos lotes registran la misma partida de impuesto inmobiliario, Nº 17-09-00-370724/0003-5, y adeuda los períodos 2010 (Total), 2011 (total), 2012 (1,2,3,4,5), 2013 (1, 2, 3, 4, 5, 6), 2014 (Total) y 2015 (1, 2, 3, 4) por un total de $ 772,42 y además adeuda a la Comuna de Melincué la suma reclamada en el presente apremio, la que asciende a la suma de $ 25.999,62; TGI desde el mes de enero del año 2008 al mes de junio del año 2015, $ 5.681,66 más intereses; $ 131.154,90 en concepto de limpieza y desmalezado de terreno. Los inmuebles registran embargo trabado en este expediente el Lote 6 al Tomo 122 E, Folio 673, Nº 318252 por la suma de $ 25.999,62 y el lote 7 al Tomo 122 E, Folio 672, Nº 318251 por la suma de $ 25.999,62. Los Lotes se subastan por separado. Base para la subasta de cada uno de los lotes $ 25.999,62; no haber posturas retasa del 25% $ 19.499,71, y si aún persistiera la falta de oferentes, sin base y al mejor postor. Los compradores deberán abonar el 20% de seña, mas la comisión del martillero del 3% en el acto del remate, IVA si correspondiere, en efectivo o cheque certificado, el saldo al aprobarse la subasta, por ante el Juzgado de 1er. Instancia de Dist. Nº 16 en lo Civ. Com. y Lab. de Firmat. Gastos de Escrituración e Impuestos y/o tasa, con anterioridad y posterioridad a la subasta serán a cargo exclusivo del comprador. Título de propiedad glosado al expediente. No se aceptarán reclamos una vez efectuada la subasta. El inmueble se subasta conforme estado de ocupación que da cuenta el mandamiento agregado en autos. - Firmat, 26 de octubre de 2015 - Laura M. Barco, Secretaria.

S/C 276767 Nov. 6 Nov. 12

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