picture_as_pdf 2008-11-06

REGISTRADA BAJO EL Nº 12922


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco del "PROGRAMA FEDERAL PLURIANUAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 300.000 VIVIENDAS", suscripto entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación; la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Gobiernos de las Provincias Argentinas; en fecha 11 de agosto de 2005, e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales en fecha 29 de agosto de 2005, bajo el N° 2606 - Folio 205 - Tomo V, por el que se otorga al Estado Provincial un financiamiento no reintegrable para la construcción de veintiún mil (21.000) viviendas, conforme a las condiciones de las Cláusulas y montos establecidos en el Anexo I del Convenio, con el objeto de dar continuidad a la solución del problema habitacional de sectores desprotegidos de la sociedad en los centros poblacionales con mayor déficit de viviendas, el que se adjunta a la presente ley y pasa a formar parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.


Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2626

SANTA FE, 27 OCT 2008

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.922 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Hugo Storero

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

2177

________________________________________________________