picture_as_pdf 2006-10-06

REGISTRADA BAJO EL Nº 12612

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 4 de octubre de 2000 entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el entonces Titular de la Cartera Educativa, Dr. Alejandro Ángel Rébola y la Municipalidad de Funes, representada por su Intendente, señor Juan Héctor Miguez, aprobado por Decreto 1578 del 25 de julio de 2005 del Poder Ejecutivo Provincial, e inscripto bajo el 1288, 146, III, con fecha 5 de octubre de 2000, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia en nueve (9) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 03 OCT 2006

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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