MINISTERIO DE ECONOMIA
DISPOSICION N° 277
Santa Fe, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 25/07/2013
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de tres (03) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto N° 5100/55 y Disposición DPCyS N° 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
Y GESTION DE BIENES
DISPONE:
ARTICULO 1º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CONSTRUCCIONES TRES S.R.L. C.U.I.T. N° 30-70985875-7; INGENIERIA MALATINI de MALATINI JAVIER C.U.I.T. Nº 20-24851511-3.
ARTICULO 2º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: MORZAN MELENDI SEGURIDAD S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-71335120-9.
ARTICULO 3º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. C.U.I.T. N° 30-50085213-1; BIOMED S.R.L. C.U.I.T. N° 30-59732783-4; DIAGNOSTICO POR IMAGENES S.A. C.U.I.T. N° 30-65470558-1; DOMINGUEZ VICTOR ALBERTO C.U.I.T. Nº 20-26276926-8; DROGUERIA MAFE S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-70806099-9; LAIS MARIANO SALVADOR C.U.I.T. N° 20-25453980-6; “SONOTEST INGENIERIA”, de PREVEDEL HORACIO VIRGILIO C.U.I.T. N° 20-05909256-2; “GLOBAL MEDICA” de TASI DIEGO Y GALOPPO DARIO S.H. C.U.I.T. N° 30-71195382-1; UNIFARMA S.A. C.U.I.T. Nº 30-56828209-0.
ARTICULO 4º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: WELLPACK S.A. C.U.I.T. Nº 30-70819546-0.
ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 9774 Ago. 6 Ago. 7
__________________________________________