DECRETO Nº 2277
SANTA FE, 01
AGO 2003
V I S T O:
El expediente Nº 00201-0087893-2, del registro del Sistema de Información
de Expedientes (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), mediante el cual se
solicita que se dicte el acto administrativo pertinente, a los fines de
conceder el beneficio del uso de licencia con goce de haberes a los agentes de
la Administración Pública Provincial, que sean candidatos a cargos electivos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 1563 de fecha 6 de junio de 2003, se ha convocado al electorado
de la Provincia para que proceda a elegir Gobernador y Vice-Gobernador;
Diputados Nacionales y Provinciales Titulares y Suplentes, Senadores Nacionales
y Provinciales Titulares y Suplentes, Intendentes, Concejales Titulares y
Suplentes, como así también Miembros de las Comisiones Comunales y Contralores
de Cuentas, Titulares y Suplentes;
Que a los fines de facilitar el desarrollo de la campaña electoral de
aquellos agentes de la Administración Pública Provincial que sean candidatos a
cargos electivos, resulta pertinente conceder a los mismos, licencia con goce
de haberes por el término de treinta (30) días corridos anteriores a los
comicios;
Que la presente gestión encuadra dentro de lo reglamentado por el Art. 49º
del Decreto Nº 1919/89 -Régimen de Licencia, Justificaciones y Franquicias para
el Personal de la Administración Pública-;
Que en consecuencia y atento al Dictamen N°
0755/2003 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto, corresponde dar curso favorable a la gestión;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Concédese
licencia con goce de haberes a los agentes de la Administración Pública
Provincial, que sean candidatos a cargos electivos provinciales, municipales
y/o comunales, desde el 7 de agosto al 7 de setiembre del 2003, inclusive,
atento a los fundamentos expuestos precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
REUTEMANN
Carlos Alberto Carranza
________________________________________________________________________________________