picture_as_pdf 2016-07-06

JUZGADO LABORAL


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. María V. Acosta, se cita por edictos a los herederos de la señora Victoria Feliciana Toledo, DNI. Nº F. 3.052.181, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, a efectos que comparezcan y tomen debida intervención en el proceso, en el término de diez (10) días, bajo apercibimientos de ley en los autos caratulados: CACERES, ANAHI SOLEDAD c/CABALLERO, LILIANA y Otras s/CPL (Expte. N° 21-04766540-7). Santa Fe, 02 de Junio de 2.016. (...). Cítese por edictos a los herederos de la señora Victoria Feliciana Toledo, que se publicarán conforme al art. 45 del CPL (art. 597 del CPC y C), a efectos que comparezcan y tomen debida intervención en el proceso, en el término de diez (10) días, bajo apercibimientos de ley. (...). Fdo.: Dra. Silvina Melchiori - Secretaria; María V. Acosta - Jueza. Santa Fe, Junio de 2.016. Dra. Melchiori, Secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por así estar dispuesto en los autos “ZARATE, Juan Domingo” (CUIJ Nº 21-01973062-7) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 28 de Junio de 2016 Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Juan Domingo Zarate, apellido materno Monzón, argentina, D.N.I. N° 24.050.452, CUIL N° 23-24050452-9, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Reinares 8200 y legal en calle Milenio de Polonia 2755, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C.Q. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 1 de Junio del corriente año, a las 10.00 hs. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunitario correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio al AGUAS SANTESINAS S.A. a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 13) Fijar el día 22/08/2016, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 05/09/2016 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 03/10/2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 15/11/2016 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos. 19) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- CONSTE: Que en la audiencia realizada el día 29/06/16 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó desinsaculado - a los fines de actuar como tal- la bolilla perteneciente a la C.P.N. Carlos Antonio Besso con domicilio en calle Alberdi 2880 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 295793 Jul. 6 Jul. 27

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Por asi estar dispuesto en los autos “AGUIRRE, Nidia Beatriz Guadalupe s/Quiebra” (CUIJ N° 21-01973334-0) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 28 de junio de 2016- Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Nidia Beatriz Guadalupe Aguirre, apellido materno Rojas, argentina, D.N.I. N° 25.721.071, CUIL N° 27-25721071-0, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Pasaje Público 4728 y legal en calle 25 de Mayo 3275 1ro. A, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C.Q. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 29 de Junio del corriente año, a las 10.00 hs. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez Comunitario correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 13) Fijar el día 22/08/2016, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 05/09/2016 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 03/10/2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 15/11/2016 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos. 19) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 Inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Conste: Que en la audiencia realizada el día 29/06/16 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó desinsaculado - a los fines de actuar como tal- la bolilla perteneciente a la C.P.N. Judit Kofman con domicilio en calle Corrientes 3265 Piso 13 Depto. “D” de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 295791 Jul. 6 Jul. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “ALVAREZ RICARDO DAVID s/Quiebra” (CUIJ Nº 21-00028525-8), atento lo ordenado en fecha 23 de Junio de 2016 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Ricardo David Alvarez, D.N.I. N° 30.561.661, de apellido materno Pérez. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al sindico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°)- Se ha fijado hasta el 22 de Agosto de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°)- Se ha designado síndico al CPN Ré, Alfio Martín, con domicilio en calle San Martín Nº 3464, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 29 de Junio de 2016. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 295849 Jul. 6 Jul. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “LUNA, IVANA MARÍA DE LOS MILAGROS s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ Nº 21-01973658-7), atento lo ordenado en fecha 22 de Junio de 2016 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Ivana María de los Milagros Luna, D.N.I. N° 30.961.862, de apellido materno Nieto 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se hace saber que se ha fijado hasta el 22 de Agosto de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al CPN Natán Kurganoff, con domicilio en calle Hernandarias N° 477, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 29 de Junio de 2016. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 295850 Jul. 6 Jul. 27

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Santa Fe, dispuso la publicación del presente edicto a fin de hacer saber de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24.522, que se abrió el Concurso Preventivo de VANINA FERNANDA CASTRO, domiciliada en calle Crespo N° 3184 de Santo Tomé, bajo carátula Castro, Vanina Fernanda s/Concurso Preventivo; (CUIJ 21-01973941-1). Se fija como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al Síndico, el día 10/08/2016; el 22/09/16 para que el síndico presente Informe Individual; el 03/11/16 el Informe General; el 13/02/17 para realizar la Audiencia Informativa y el 20/02/17 como vencimiento del período de exclusividad. El síndico será sorteado el día 06/07/16, a las 10.30 hs. A sus efectos, se publica en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Litoral. Dr. Néstor A. Tosolini (Secretario).

S/C 295840 Jul. 6 Jul. 27

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Por disposición de la Dra. Julia Elim Collado, Juez de la Instancia de Distrito Judicial Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe se hace saber por cinco (05) días, publicándose a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe que en autos caratulados “MOYANO, MARCELO ANDRÉS s/Quiebra”; (Expte Nº 255/2016), por resolución N° 391/2016 de fecha 20 de Mayo de 2016 se ha dispuesto: Autos Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra del Sr. Marcelo Andrés Moyano, argentino, mayor de edad, DNI N° 16.536.943, con domicilio real en calle Reant N° 2440 y procesal en calle Rodríguez Peña N° 1643, de esta ciudad de Esperanza (...); 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Sindico los bienes de aquel, quienes quedaran obligados a ponerlos a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios de la Quiebra puedan proceder a la incautación, previa descripción a inventario de los bienes con arreglo a lo dispuesto por el Art. 88 inc. 10° y 177 LCQ; 5) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido, so pena de ser considerados ineficaces (...); 10) Fijar el día 15 de Agosto de 2016 como último plazo para que los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Sindico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los Art. 88 y 200 LCQ; 11) Fijar el 30 de Agosto de 2016 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas; 12) Fijar el día 28 de Septiembre de 2016 la fecha en que el síndico deberá presentar el informe individual de los créditos; 13) Fijar el 13 de Octubre de 2016 la fecha en que deberá expedirse la resolución prevista por el Art. 36 L.C.Q.; 14) Fijar el día 10 de Noviembre de 2016 la fecha en la que el Sindico deberá presentar el informe General (...). Fdo. Dra. Julia Elim Collado (Jueza) Dra. Claudia Brown (Secretaria). Hágase saber, insértese, agréguese copia del legajo respectivo y notifíquese. El síndico designado en autos es el CPN Víctor Hugo Fabrizio, con domicilio constituido en calle Castelli N° 1243 de Esperanza, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 17.15 hs a 20.00 hs. Esperanza, 30 de Junio de 2016. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

S/C 295763 Jul. 6 Jul. 27

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Santa Fe, en los autos caratulados ACQUATTI, RICARDO RENE s/Declaratoria de herederos; Expte. Nº 349/2016, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante, Sr. Ricardo Rene Acquatti, DNI Nº 5.408.973, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Esperanza, 7 de Junio de 2016. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 295526 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 19, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados Expte. Nº 433 año 2016 - GATTI, MODESTO s/Declaratoria de herederos, se llama, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes relictos del causante: don Modesto Gatti, L.E. Nº 6.248.884, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacerlos valer. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Esperanza, 22 de Junio de 2016. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 295833 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº Uno en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Expte. C.U.I.J. Nº 21-01972186-5 - Año 2016; DIB, AMADO y Otro s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Amado Dib, C.I. N° 105.216 y María Josefa Antonelli, L.C. N° 6.560.292, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos, legales. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia (Acordada del 07/02/96). Santa Fe, 9 de Junio de 2016. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 295779 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe, en autos: GIASANTI, LORENZO PEDRO VICTOR s/Declaratoria de Herederos (CUIJ 21-01967824-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Lorenzo Pedro Víctor Giansanti, L.E. Nº 6.237.806, a que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Se publica a los efectos legales. Santa Fe, 27 de Junio de 2016. Dra. Roteta, Secretaria.

$ 45 295783 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, sito en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe (Capital), a cargo del Dr. Luciano F. Pagliano (Juez), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o quienes se consideren con derecho a la herencia de Juan José María Nuzzo, DNI 6.242.403, quien falleciera el 23 de Junio de 2007, hijo de José Nuzzo y María Selia Ciuffo, con último domicilio en calle Cardenal Fasolino 726 de esta ciudad de Santa Fe (Capital); para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en los autos caratulados: NUZZO, JUAN JOSÉ MARÍA s/Sucesorio; (CUIJ 21-01973488-6). Lo que se publica a sus efectos en .el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe (Capital), 28 de Junio de 2016. Firmado: Dr. Jorge A. Gómez (Secretario). Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 295856 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Fernando Gold (D.N.I. Nº 7.516.877), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en los actos caratulados: GOLD, FERNANDO s/Sucesorio; (Expte. N° 21-01973013-9 - Año: 2016). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, conforme a la Ley 11.287 y la Acordada vigente. Santa Fe, 28 de Junio de 2016. Dra. Fuentes, Secretaria.

$ 45 295860 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Rodolfo Eduardo Rosa (D.N.I. N° 11.832.838), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en los autos caratulados: “ROSA, RODOLFO EDUARDO s/Sucesorio” (Expte. N° 21-01972059-1 - Año: 2016). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, conforme a la Ley 11.287 y la Acordada vigente. Santa Fe, 27 de Junio de 2016. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 295859 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la autorizante y con relación a los autos: MONTENEGRO ILUMINADA s/Sucesorio; CUIJ: 21-01959235-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Iluminada Montenegro, D.N.I. F.6.082.054, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL, y se fija en exhibidor dispuesto por la Corte Suprema. Santa Fe, 27 de Junio de 2016. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 295865 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la autorizante y con relación a los autos: SCHUCK HUGO LUIS s/Sucesorio” CUIJ: 21-01972979-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Hugo Luis Schuck, D.N.I. M.7.891.768, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL, y se fija en exhibidor dispuesto por la Corte Suprema. Santa Fe, 27 de Junio de 2016. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

$ 45 295866 Jul. 6 Ag. 3

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados CELLAURO, SUSANA CANDIDA s/Declaratoria de herederos; Expte. CUIJ 21-01972757-9 - Año 2016 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Dr. Daniel Fernando Alonso, con sede en calle San Jerónimo N° 1.551, Secretaría a cargo del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la causante Cellauro, Susana Candida, D.N.I. N° 12.437.470 a fin de que dentro del término y bajo apercibimientos de ley hagan valer sus derechos. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y conforme Ley 11.287. Santa Fe, 3 de Junio de 2016. Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario.

$ 45 295794 Jul. 6 Ago. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera de Distrito en lo Civil y Comercial, Séptima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dr. Jorge Alberto Gómez, en los autos caratulados: ZANCADA, MARÍA SUSANA y Otros s/Sucesorio 21-01971374-9, Año 2016, se cita y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por los causantes, doña Zancada, María Susana, LC Nº 4.823.876 y don Moscovich, José Rubén LE N° 5.951.684, para que comparezcan a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos legales. Todo ello según decreto: Santa Fe, 10 de Marzo de 2016. Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo. Luciano Pagliano, Juez. Jorge Gómez, Secretario. Santa Fe, 21 de Junio de 2016. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 295843 Jul. 6 Ag. 3

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados OJEDA, MERCEDES OFELIA s/Declaratoria de herederos; (Expte. N° 21-01971950-9/2016), tramitados por La Defensora General Civil N° 2, ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Ojeda, Mercedes Ofelia, Documento de Identidad N° F 3.202.145, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Fdo: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretario). Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Santa Fe, 27 de Junio de 2016.

S/C 295773 Jul. 6 Ag. 3

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Distrito Judicial Nº 15 de la ciudad de Tostado (Santa Fe) en autos caratulados (Expte. Nº 50 año 2016); GIL NINFA VIVIANA s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza por el termino y bajo apercibimiento de ley a herederos y legatarios de doña Ninfa Liliana Gil, para que comparezcan por ante este juzgado a hacer valer sus derechos. Tostado, 10 de Junio de 2016. Dra. Barrera, Secretaria.

$ 45 295829 Jul. 6 Ag. 3

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 11 de la Localidad de San Jorge, Dr. Tristán R. Martínez y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley 11.287, se hace saber que en los autos caratulados ZARATE, WALTER ANACLETO y TURLETTI, ELENA ESTELA s/Sucesorio (Expte. Nº 505/2016), se cita y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Walter Anacleto Zarate, L.E. 6.280.880 y Elena Estela Turletti LC. 06.474.253, por el término de ley para que comparezca a este Tribunal a hacer valer sus derechos. San Jorge, 16 de Junio de 2016. Dra. Piazzo, Secretaria.

$ 45 295797 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Distrito Judicial Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher Secretaria Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, se cita, llama y emplaza en autos Expte. Nº 337 Año 2015 HERR, CATALINA c/ACOSTA, JUSTINO s/Prescripción Adquisitiva a JUSTINO ACOSTA y/o sus sucesores y herederos y/o quien resulte propietario y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble litigioso, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley… debiendo los interesados comparecer a estar a derecho, dentro de los cinco primeros días después de la última publicación, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. San Cristóbal, 8 de Junio de 2016. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 33 295761 Jul. 6 Jul. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1° Instancia Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Dra. Graciela V. Gutscher Secretaria Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, en los autos Expte. Nº 599/2012; VERCELLI, MIRTA MARÍA c/REY, SERAFÍN s/Usucapión (inmueble litigioso ubicado en el solar letra A de la manzana Nº 96 de la ciudad de San Cristóbal designado en el plano Nº 59448 con las letras ABCD Sup.495m2 e individualizado con la partida del I.I. N° 070800-037221/0001-5), se ha ordenado lo siguiente San Cristóbal, 23 de Marzo de 2016. Cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores de Catalina Rosa Frandino y Elsa Rosa Rey y Frandino para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley..., debiendo los interesados comparecer a estar a derecho, dentro de los cinco primeros días después de la última publicación, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. San Cristóbal, 6 de Junio de 2016. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 33 295760 Jul. 6 Jul. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1° Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal Dra. Graciela V. Gutscher, Secretaría Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, se cita, llama y emplaza a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes de la Sra. Delia María Gianelli, DNI F Nº 4.878.730 por su fallecimiento, para que los hagan valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley en los autos Expte. Nº 410 Año 2016 GIANELLI, DELIA MARÍA s/Declaratoria de herederos - San Cristóbal, 22 de Junio de 2016. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 295758 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1° Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal Dra. Graciela V. Gutscher, Secretaría Única a cargo del Dr. Ricardo Ruiz Díaz, se cita, llama y emplaza a todos quienes se consideren con derecho sobre los bienes de la Sra. Elvira María Udrizar, DNI F Nº 3.894.525 por su fallecimiento, para que los hagan valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley en los autos Expte. Nº 356 Año 2016 UDRIZAR, ELVIRA MARÍA s/Declaratoria de herederos. San Cristóbal, 22 de Junio de 2016. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 295759 Jul. 6 Ag. 3

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A c/ALMIRON FEDERICO OSCAR s/Apremio, 1187/2014, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 11 de Diciembre de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general en copia obrante a fs. 3 y 4 de los autos Expte. 56- Año 2009- CONSUMO S.A. c/ALMIRON FEDERICO OSCAR s/Ordinario, los cuales se agregan por cuerda al presente, tomándose razón en el Sistema Informático del Juzgado, acuérdasele participación de ley. Por iniciada demanda de apremio contra Almiron Federico Oscar por la suma de $ 7.549,60 con mas intereses, IVA sobre intereses y costas. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de tres días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Agréguense las copias simples acompañadas. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen indistintamente además de los oficiales notificadores, los empleados, Fioramonti, Meneghetti, Benítez, Burnier y/o Regis. Notifíquese, Fdo: Carolina Castellano. Secretaria, Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 31 de Mayo de 2016. Téngase presente lo manifestado. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano; Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 13 de Junio de 2016. Carolina Castellano, secretaria.

$ 52,50 295742 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom. a cargo de la Dra. Carolina Castellano, Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/ZARATE JOSÉ ANTONIO s/Apremio, 989/2015, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 09 de Septiembre de 2015. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder general agregado en copia certificada a fs. 3 y,4 de los autos Expte. N° 1500- Año 2008- CONSUMO S.A. c/ZARATE JOSÉ ANTONIO s/Ordinario, los cuales se agregan por cuerda floja, acuérdasele participación que por derecho corresponda. Por iniciado el presente Incidente de apremio contra Zarate José Antonio, por la suma de $ 18.977,60, con mas intereses, IVA s/intereses, gastos y costas. Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de tres días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen indistintamente además de los oficiales notificadores, los empleados, Abraham, Meneghetti, Benítez, Burnier y/o Regis. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaría; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 03 de junio de 2016. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Fdo. Dra. Carolina Castellano; Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 13 de Junio de 2016.

$ 52,50 295743 Jul. 6 Jul. 25

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 en lo Civil y Comercial Cuarta Nominación Rafaela (SF), se comunica que se ha dictado la siguiente sentencia en los autos Expte. 1148/13 LIOL, GUSTAVO ROGELIO FRANCISCO c/CRUCERO EL NORTE S.R.L. y/o Otros s/Declaratoria de pobreza: Rafaela, 12 de mayo de dos mil dieciséis. Y Vistos:... Resulta:...Y Considerando:... Resuelvo. 1) Acordar a Lioi, Gustavo Rogelio Francisco- DNI Nro. 16.852.677, carta de pobreza para litigar sin gastos en el juicio de Daños y perjuicios y/o sus incidentes que se iniciarán contra Crucero del Norte SRL y/o Mauro Maximiliano Guzmán y/o contra Protección Mutual de Seguros de Transporte Público de Pasajeros. 2) Las costas deberán ser soportadas en el orden causado (Art. 333 CPCyC) Archívese el original, hágase saber y expídase copia. Fdo. María José Alvarez Tremea (Juez)- Carolina Castellano (secretaria a/c).Se publica a sus efectos en BOLETÍN OFICIAL y conforme Ley 11.287. No repone trámite pobreza. Rafaela, 15 de Junio de 2016. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

S/C 295707 Jul. 6 Jul. 27

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PAÚL CARLOS ADÁN s/Ordinario 1886/2009, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 19 de Febrero de 2015. Al punto 1-: Apruébase la liquidación de fs. 45 en cuanto por derecho corresponda. Al punto 1-: Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por Art. 2 y 4 de la Ley 6767, modificada por la Ley 12.851 resulta aplicable la cantidad de 10,09 unidades Jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regúlense en la suma de $ 8.293,58 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. Silvio Fontanini, por la labor desarrollada en autos. Vista Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días o la que sustituya en el futuro, desde la fecha de la mora y hasta el momento del efectivo pago. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretario; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 06 de Junio de 2016. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano; Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 13 de Junio de 2016.

$ 52,50 295745 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dr. Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A C/ DORDONI MALLEA HÉCTOR ANDRÉS s/Apremio, 1077/2014, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 26 de Noviembre de 2014. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder general den copia obrante a fs. 3 y 4 de los autos “Expte. 877- Año 2009- CONSUMO SA c/DORDONI MALLEA HÉCTOR ANDRÉS s/Ordinario” los cuales se agregan por cuerda al presente, tomándose razón en el Sistema Informático del Juzgado, acuérdesele participación de ley. Por iniciada la presente demanda de apremio contra Dordoni Mallea Héctor Andrés por la suma de $ 20.326,25 con más intereses, IVA sobre intereses y costas. Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de tres días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Agréguense las copias simples acompañadas. A los demás oportunamente y de corresponder. Notifiquen indistintamente además de los oficiales notificadores, los empleados, Fioramonti, Meneghetti, Benítez, Burnier y/o Regis. Notifíquese. Firmado: Carolina Castellano, Secretaria, Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 07 de junio de 2016.- Notifíquese el demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano; Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 15 de Junio de 2016.

$ 52,50 295747 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom. a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A C/ RODRÍGUEZ NORMA ROSA s/Ordinario 55/2009, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: RAFAELA, 25 de septiembre de 2015. Al punto 1-: No habiendo sido observada la liquidación practicada a fs. 81 de autos, apruébese la misma en cuanto por derecho corresponda. Al punto 2-: Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por Art. 4 ss.cc. de la Ley 6767, modificada por la Ley 12.851 resulta aplicable la cantidad de 5,5 unidades Jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regúlense en la suma de $ 5.470,14 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. Silvio Fontanini, por la labor desarrollada en autos. Vista Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días o la que sustituya en el futuro, desde la fecha de la mora y hasta el momento del efectivo pago. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dr. Duilio M. Francisco Hail, Juez A/C. Rafaela, 07 de Junio de 2016. Notifíquese al demandado por edictos que se publicaran por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano; Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 15 de Junio de 2016.

$ 52,50 295748 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dr. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A c/QUIROGA DANIEL ROBERTO s/Ordinario 1537/2010, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 28 de Agosto de 2014. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda, condenando al demandado a abonar a la actora, en el término de diez días, la suma de pesos once mil seiscientos noventa y nueve con sesenta centavos ($ 11.699,60), con más el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa, que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documento a treinta días, desde que la suma es debida y hasta su efectivo pago al acreedor, más I.V.A. sobre intereses. Imponer las costas al demandado vencido. Regular honorarios oportunamente. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. Art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 22 de Junio de 2016. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 33 295749 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela. Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A c/MONTES DE OCA PEDRO ALBERTO s/Apremio 878/2014, Hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 10 de Junio de 2016; Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos siete mil trescientos tres con treinta y cuatro centavos ($ 7.303,34), la que se discrimina de la siguiente forma: ($ 4.952,70) en concepto de capital, intereses e IVA s/intereses; ($ 364,90) en concepto de gastos; y el Dr. Fontanini Silvio se haga íntegro cobro de la suma ($ 1.985,74) en concepto de honorarios, IVA s/honorarios y aportes a cargo de la demandada, conforme liquidación aprobada en el principal, con mas el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, mas el IVA que correspondiere sobre intereses y honorarios. Imponer las costas a la parte demandada vencida. Regular honorarios oportunamente. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. Art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 22 de Junio de 2016. Carolina Castellano, secretaria.

$ 52,50 295751 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dr. Carolina Castellano Secretario; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PONCE DOMINGO SIXTO s/Ordinario, 748/2009, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: -“Rafaela, 30 de Julio de 2015. Apruébase la liquidación de fs. 36 en cuanto por derecho corresponda. Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por Art. 2 y 4 de la Ley 6767, modificada por la Ley 12.851 resulta aplicable la cantidad de 2,06 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regularse en la suma de $ 2.048,81 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. Silvio Fontanini, por la labor desarrollada en autos. Vista Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuenta de documentos a treinta días o la que sustituya en el futuro, desde la fecha de la mora y hasta el momento del efectivo pago. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretario; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 01 de Junio de 2016. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano; Secretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 22 de Junio de 2016. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 52,50 295752 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dr. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En ios autos caratulados CONSUMO S.A c/VIVAS ENRIQUE RODOLFO s/Apremio 1184/2014, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 11 de diciembre de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele participación de ley. Por iniciada demanda de apremio contra Enrique Rodolfo Vivas, por la suma de $39.590,26 con mas los intereses pactados y/o los que S.S. determine, desde que dicha suma es adeudada y hasta su efectivo paso, gastos impuestos y costas. Agréguese por cuerda a los autos caratulados: Expte Nº 889-Año 2009 - CONSUMO S.A. c/VIVAS ENRIQUE RODOLFOS s/Ordinario. Cítese de remate al demandado para que dentro del término de tres días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Previo a la continuidad del tramite deberá la peticionante suscribir las copias acompañadas en autos. A lo demás, oportunamente. Notifiquen indistintamente el Sr. Oficial de Justicia y/o los empleados notificadores y/o empleados Fioramonti, Meneghetti, Benítez, Burnier y/o Regis. Notifíquese.- Fdo: Carolina Castellano, Secretaria, Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días Art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 14 de junio de 2016. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Rafaela, 23 de Junio de 2016.

$ 52,50 295753 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 4ta. Nom., a cargo de la Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. María José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/CORREA ROBERTO DANIEL s/Ordinario 122/2009, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 27 de Mayo de 2016. No habiendo comparecido a estar a derecho dentro del término de ley, declárese rebelde al demandado por falta de presentación en juicio. Notifíquese. Rafaela, 3 de Junio de 2016. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

$ 33 295741 Jul. 6 Jul. 25

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ra. Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A C/ DÍAZ WALTER JAVIER s/Ordinario 1771/2009, hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, 14 de Junio de 2016. Declárese rebelde a la parte demandada por falta de presentación en juicio. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por tres (3) días. Art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, Junio de 2016. Dra. Olivera, Prosecretaria.

$ 33 295740 Jul. 6 Jul. 25

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito, en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rafaela (Santa Fe), en los autos caratulados: “Expte. N° 462 Ano 2016 - DAYER EDGARDO JULIO s/Sucesorio”, se cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Edgardo Julio Dayer, para que bajo apercibimientos legales comparezcan a hacer valer sus derechos y acrediten su carácter dentro del término de 30 días. A sus efectos se publican edictos en BOLETÍN OFICIAL (Art. 67 C.P.C).- Expediente tramitado por la Dra. María Jesús Vigarra (Estudio Jurídico Trivelli-Allochis y Asoc.) Rafaela, 7 de Junio de 2016. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

$ 45 295798 Jul. 6 Ag. 3

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En los autos caratulados “MALDONADO, ADELA s/Sucesorio”; Expte. Nº 554/16 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, sito en calle Alvear Nº 226 de esa ciudad, a cargo del Sr. Juez Dr. Duilio Maximiliano Francisco Hail y de la Sra. Secretaria Dra. Natalia Carinelli, se cita y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por la Sra. Adela Maldonado, DNI Nº 2.286.907, para que en el término de 30 días acrediten su carácter bajo apercibimientos de ley.- Iniciado por la Dra. María Victoria Daschevsky. Fdo. Dr. Duilio Maximiliano Francisco Hail -Juez-, Dra. Natalia Carinelli, Secretaria. Rafaela, 30 de Junio de 2016. Dr. García, Prosecretario.

$ 45 295857 Jul. 6

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Por estar dispuesto en autos “STORERO, TOMAS y POLIOTTI, ELSA ISAURA s/Sucesorio” (Expte. 505/16), Juzgado Distrito Civil y Comercial Segunda Nominación Rafaela, se ha dispuesto Cítese y emplácese a quienes sean acreedores y/o herederos y/o legatarios del Sr. Tomás Storero, Doc. Idenfc: 2.440.190 y/o de la Sra. ELSA ISAURA POLIOTTI, Doc. Ident: 6.305.566, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, se publica a todos los efectos legales por edictos en BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial. Rafaela, 30 de Junio de 2016. Firmado Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez) - Dra. Natalia Carinelli (Secretaria). Dr. García, Prosecretaria.

$ 45 295806 Jul. 6 Ag. 3

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial - Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Mingardi, Ildo Juan, D.N.I. M 2.450.195, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Autos: MINGARDI, ILDO JUAN s/Sucesorio. Rafaela, 15 de Junio de 2016. Dra. Castellano, Secretaria.

$ 45 295809 Jul. 6

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial, Segunda Nominación de Reconquista, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Laureana Molina para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio caratulado: “ALDERETE, ROBERTO s/Declaratoria de Herederos”; Expte. Nº 112/1988 y Acumulado ALDERETE ROBERTO y Otros s/Sucesorio; Expte. Nº 500/2015. Reconquista, 29 de Junio de 2016. Dr. Mosconi, Secretario Subr.

$ 45 295838 Jul. 6 Ag. 3

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