picture_as_pdf 2010-07-06

DECRETO N° 1087

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional,

30 JUN 2010

VISTO:

El Expediente N° 00320-0004296-0 del Registro del S.I.E.; y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de mayo de 2010 se reunió la Comisión Paritaria Central, labrándose el Acta Acuerdo N° 03/2010, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 10.052 (modificada por la Ley N° 12.750);

Que de acuerdo a la mencionada legislación corresponde, en consecuencia, la homologación de la respectiva Acta;

Que mediante Decreto N° 471 del 06 de Abril de 2010 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de la Producción, en la cual ciertos cargos vigentes con anterioridad a tal fecha cambiaron de denominación, fueron transformados o quedaron subsumidos en cargos generados por el nuevo organigrama;

Que el Acta Acuerdo N° 05/2010 de la Comisión Paritaria Central, homologada por Decreto N° 1729/2009, dispone el llamado a concurso de los cargos categoría 8 y 9 del Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/1983 que al 31/12/08 se encontraban subrogados;

Que atento a lo expuesto, se genera una situación excepcional en los cargos categorías 8 y 9 del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/1983 del Ministerio de la Producción que al 31/12/08 se encontraban subrogados y que a partir del dictado del Decreto N° 471/10 cambiaron de denominación, fueron transformados o quedaron subsumidos en cargos generados por el nuevo organigrama;

Que se estimó adecuado en tales casos, y a los efectos de los respectivos llamados a concurso que se implementen en el marco del Acta Acuerdo de la Comisión Paritaria Central N° 05/2009, considerar que los cargos previstos en el Decreto N° 471/2010 son continuidad de los subrogados en la mencionada jurisdicción, independientemente de los cambios de denominaciones entre éstos y los nuevos cargos previstos por tal decreto, de acuerdo a la equiparación que se determinó en el Acta Acuerdo N° 03/2010 de la Comisión Paritaria Central;

Que por lo expuesto, se considerará, a efectos de la evaluación de antecedentes de los agentes del Ministerio de la Producción que se presenten al concurso de los cargos determinados en el cuadro obrante en el Acta Acuerdo N° 03/2010 de la Comisión Paritaria Central, que los nuevos cargos a cubrir son continuidad de los que cada agente anteriormente subrogaba;

Que en otro orden de ideas, se convino modificar la mencionada Acta Acuerdo N° 05/2009 de la Comisión Paritaria Central, a los fines de permitir a la participación en los concursos que se llamen en cumplimiento de la misma acta, para cubrir cargos categorías 8 o 9 del Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/1983, y los cargos categoría 7, devenidos de la no superación de la evaluación de desempeño prevista (todos subrogados desde antes del 31/12/08), a los agentes de otros escalafones que se encuentren subrogando éstos cargos.

Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución Provincial y de la ley N° 10.052 (modificada por la Ley N° 12.750).

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º: Homológase el Acta Acuerdo Nº 03/2010 de la Comisión Paritaria Central –Ley 10.052–, considerándose la misma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2º: Modifícase el Artículo 17º del Decreto N° 1729/2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 17°: Autorízase, con carácter excepcional y por única vez, a la participación en los Concursos Internos de cargos del tramo Superior, que pudieran derivar de la aplicación del artículo 5° del presente, y los devenidos por aplicación del artículo 4°, a los agentes que estuvieran subrogando las funciones concursadas, sin la limitación de 5 (cinco) categorías determinada por el artículo 99° del Régimen de Concursos incorporado al Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y/o del requisito de pertenencia al mencionado Escalafón, determinado por el artículo 88º del mismo régimen.”

ARTICULO 3º: Refréndese por los señores Ministros de Economía y Gobierno y Reforma del Estado.

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

CPN Angel José Sciara

Dr. Antonio J. Bonfatti

 

COMISION PARITARIA CENTRAL

ACTA ACUERDO Nº 03/2010

En la ciudad de Santa Fe, siendo las 11 horas del día 28 de mayo de 2010, se reúne la Comisión Paritaria Central -Ley No 10.052- de acuerdo a lo normado en ésta y su modificatoria Ley Nº 12.750, a los fines de tratar las situaciones surgidas a partir del dictado del Decreto Nº 471/2010 que aprueba la estructura orgánico-funcional de Ministerio de la Producción; participan de la misma el Ministro de Gobierno y Reforma del Estado Dr. Antonio Bonfatti, el Ministro de Economía CPN Angel José Sciara, el Ministro de la Producción lng. Juan José Bertero y el Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública CPN Juan Carlos Pucciarelli; y por la representación gremial, por UPCN Seccional Santa Fe su Secretario General Sr. Alberto Maguid, el Secretario Adjunto Sr. Jorge Molina y la Secretaria de Convenio Colectivo y Legislación Sra. Mónica Payá, por ATE Consejo Directivo Provincial - Santa Fe su Secretario General Sr. Jorge Hoffmann.

El objeto de la reunión es considerar situaciones referidas a los concursos a celebrarse en base a lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto 1729/09, y los devenidos por aplicaciones del artículo 4º del mismo decreto:

1- Se considera necesario contemplar las situaciones generadas a partir de la puesta en vigencia de la estructura orgánico-funcional del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Nº 471 del 06/04/10, respecto a los llamados a concurso para los cargos vacantes de las categorías 9 y 8 que al 31/12/08 eran subrogados en la referida Jurisdicción.

Luego del análisis de la cuestión planteada y las propuestas de la Comisión Paritaria Jurisdiccional de fecha 30/04/10 y 27/05/10, se acuerda que, a los efectos de los respectivos llamados a concursos de los cargos vacantes de las categorías 9 y 8 (en el marco del Acta de la Comisión Paritaria Central -Ley 10.052- Nº 05/2009) que al 31 de Diciembre de 2008 eran subrogados en el Ministerio de la Producción, se deberá considerar que los cargos previstos en el Decreto Nº 471/2010 son continuidad de los subrogados en tal jurisdicción, independientemente de los cambios de denominaciones entre éstos y los nuevos cargos previstos por Decreto Nº 471/2010, de acuerdo a la equiparación que se determina seguidamente. Por lo tanto se considerará, a efectos de la evaluación de antecedentes de los agentes que se presenten al concurso de los cargos que se encontraban subrogando al 31 de Diciembre de 2008, que los nuevos cargos a cubrir son continuidad de los que cada agente anteriormente subrogaba.

 

Cargos subrogados al 31/12/08  Cargos de la Estructura                          Orgánico Funcional aprobada                              por Decreto 471/10

Subdcción Gral de Sanidad Vegetal       Subdirección General. de                                    Agricultura y Sanidad Vegetal

Dirección General de lnversiones           Dirección Gral de lnversiones

Dirección Gral Progr. Económica           Dirección Gral de Sistemas                                de lnformación

Subdirección Gral de Defensa del          Subdirección Gral de Lealtad

Consumidor Santa Fe       Comercial y Defensa al                                   Consumidor

Dirección Gral Comercio Exterior           Dirección Gral de Promoción                               de la Empresarialidad y                          Trabajo Decente

Dirección Gral de Administración           Dcción Gral d Administracion

Dirección Gral de Asuntos Jurídicos       Dirección General de Asuntos                             urÍdicos y Despacho

Dirección General de Personal   Dirección General de                              Recursos Humanos

 

2- Se conviene modificar el apartado c) del punto 4) "REGIMEN DE CONCURSOS” del Acta Acuerdo Nº 05/2009 de esta Comisión Paritaria Central (aprobado por el artículo 17º del Decreto Nº 1729/2009) el que quedará redactado de la siguiente manera:

"c) A los efectos de la participación en los Concursos de cargos del tramo Superior, que pudieran derivar de la aplicación del inciso c) del punto 1. del presente acuerdo, y los devenidos por aplicación del inciso b) del mismo punto, se permitirá con carácter de excepción y por única vez, la participación de los agentes que estuvieran subrogando las funciones concursadas, sin la limitación de 5 categorías determinada en el artículo 99º del Régimen de Concursos obrante en el Anexo "C" del presente, y/o del requisito de pertenencia al mencionado Escalafón, determinado por el artículo 88º del mismo régimen."

Siendo las 12 horas del dia 28 de mayo de 2010, sin más asuntos que tratar se da por finalizado el acto.

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