picture_as_pdf 2009-07-06

COMPAÑIA GENERAL

DE NEGOCIOS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito n° 4, en lo Civil y Comercial Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Dr. José María Zarza, conforme lo ordenado en autos caratulados COMPAÑÍA GENERAL DE NEGOCIOS S.A. s/DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES, Expte. N° 67, folio: 71, año 2009, en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que la firma COMPAÑIA GENERAL DE NEGOCIOS S.A. que gira con domicilio legal en Calle Patricio Diez 845, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, según Asamblea N° 17 de fecha 20 de Febrero de dos mil nueve y conforme a la Distribución de cargos por Acta de Directorio N° 66 de fecha 20 de Febrero de dos mil nueve, las autoridades de la sociedad han quedado así: Presidente: Juan Pedro Antón: de apellido materno Luna, argentino, casado, nacido el 23 de Agosto de 1961 D.N.I. N° 14.574.065, CUIT N° 20-14574065-8, Abogado, mayor de edad, domiciliado en Patricio Diez N° 845 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe. Vicepresidente: Nair Bosch: de apellido materno Egger, argentina, casada, nacida el 18 de Noviembre de 1961 D.N.I. N° 14.607.256, CUIT N° 27-14607256-4, Empresaria, mayor de edad, domiciliada en calle Patricio Diez N° 845 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe. Director Suplente: Mario Aníbal Sandrigo, apellido materno Goi, argentino, casado, nacido el 13 de Abril de 1950, D.N.I. Nº 7.709.780, CUIT N° 20-07709780-6, Contador Público Nacional, domiciliado en calle 20 N° 343 de la ciudad de Avellaneda, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, hasta el término del mandato.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Reconquista, 25 de junio de 2009. Duilio M. Francisco Hail, secretario.

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LAURANA S.A.


ESTATUTO


1) Denominación: LAURANA S.A. (Sociedad Anónima).

2) Accionistas: Edelqui Apolonio Luciano, argentino, casado, nacido el 10/04/1932, agropecuario, con domicilio en Hipólito Irigoyen 689 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI Nº 6.278.295, CUIT Nº 20-06278295-2; Noris Juana Svanotti, argentina, casada, nacida el 09/03/1938, ama de casa, con domicilio en Hipólito Irigoyen 689 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, LC N° 3.753.376, CUIT Nº 27-03753376-4; Laura Raquel Luciano, argentina, casada, nacida el 08/09/1964, docente, con domicilio en Lamadrid 1152 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI N° 16.797.755, CUIT N° 27-16797755-9 y Ana Noemí Luciano, argentina, divorciada, nacida el 03/06/1971, comerciante, con domicilio en Lamadrid 1168 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI N° 21.947.196, CUIT N° 27-21947196-9.

3) Lugar y fecha de constitución: San Jorge, provincia de Santa Fe, 09/04/2009.

4) Domicilio legal: Hipólito Irigoyen 689, (2452) San Jorge, provincia de Santa Fe.

5) Duración: Noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro y fuera del país, de las siguientes actividades: a) La producción agropecuaria mediante la explotación de campos propios, de terceros y/o asociados a terceros, dedicados a la explotación de agricultura, ganadería, forestación, fruticultura, hortalizas, floricultura, apicultura, aves y animales de cautiverio; la cría e invernada, mestización y cruza de animales de todo tipo; la explotación de tambos y la producción de semillas originales e híbridas; multiplicación de semillas originales (semilleros) de oleaginosas, legumbres, cereales y forrajeras; y la importación y exportación de semillas; b) La compraventa de cereales, oleaginosas, legumbres y sus subproductos; semillas y envases, su acondicionamiento, acopio, limpieza y transporte, ya sea por cuenta propia y/o de terceros; c) La compraventa, distribución y representación de productos químicos para el agro, nutrientes, fertilizantes y sus subproductos y derivados; d) La compraventa, distribución y representación de maquinarias e implementos agrícolas de todo tipo. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), representado por un mil acciones (1.000) de pesos doscientos ($ 200) de valor nominal cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el art. 188 de la Ley 19.550. Los señores socios tienen ya suscripto el capital de doscientos mil pesos ($ 200.000) equivalente a un mil (1.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables de pesos doscientos ($ 200) cada una y de doscientos (200) votos, correspondiendo a cada socio un número de acciones conforme al siguiente detalle: Edelqui Apolonio Luciano, 480 acciones de $ 200 cada una, equivalentes a $ 96.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 48%; Noris Juana Svanotti, 480 acciones de $ 200 cada una, equivalentes a $ 96.000, nominativas 40 endosables de 1 voto, representativas del 48%; Laura Raquel Luciano, 20 acciones de $ 200 cada una, equivalentes a $ 4.000, nominativas no endosables de 1 voto; representativas del 2% y Ana Noemí Luciano, 20 acciones de $ 200 cada una, equivalentes a $ 4.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 2%.

8) Administración: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (l)y un máximo de cinco (5) quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Cuando la asamblea designare un Director Titular, éste será el presidente. Cuando la Asamblea designare dos o más Directores Titulares, el Directorio en su primera sesión deberá designar de entre sus miembros al Presidente y a un Vicepresidente. El Vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente debe volver a votar para desempatar. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.

9) Fecha de cierre del ejercicio: el día 31 de diciembre de cada año.

10) Directorio: quedará integrado por tres Directores Titulares y un Director Suplente y durará tres ejercicios en sus funciones. Director Titular (Presidente): Edelqui Apolonio Luciano. Directora Titular (Vicepresidente): Noris Juana Svanotti. Directora Titular: Laura Raquel Luciano. Directora Suplente: Ana Noemí Luciano.

Santa Fe, 23 de Junio de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

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LABORATORIO HORIAN I & D S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por disposición del Señor Juez de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación a cargo del Registro Publico de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados Laboratorio Horian I & D S.R.L. s/Cesión de Cuotas Expte. Nro. /2009, los integrantes de la sociedad han resuelto las siguientes cláusulas contractuales: En la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, a los 20 días del mes de febrero del año 2.009 se reúnen el señor Ricardo José Antonio Grau, argentino, de profesión ingeniero químico, nacido el 25 de Junio de 1.955, D.N.I. Nro. 11.658.347, C.U.I.T. Nro. 20-11658347-0, soltero, con domicilio legal constituido en calle Necochea N° 2.208 de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe; por una parte como vendedor y por la otra como compradores el señor Miguel Ángel Queglas, de profesión ingeniero químico, argentino, soltero, D.N.I. Nro. 16.550.428, Clave Única de Identificación Tributaria Nro. 20-16550428-4, nacido el 25 de Enero de 1.964, con domicilio legal constituido en Ruta Provincial Nro. 5, Km. 0,5 - Zona Rural Recreo Sur, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe y el señor Mariano Fabricio Jromei, de estado civil soltero, argentino, domiciliado en Zona Rural Recreo Sur del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe, comerciante, D.N.I. Nro. 22.737.476, C.U.I.T. Nro. 20-22737047-6, nacido el 30 de mayo de 1972 convienen de mutuo y común acuerdo celebrar el presente contrato de cesión de cuotas que se rige bajo las siguientes cláusulas:

Primera: El señor Ricardo José Antonio Grau, vende, cede y transfiere sin reserva ni limitación alguna, a favor del señor Miguel Angel Queglas, quinientas sesenta (560) cuotas sociales de pesos diez ($10) valor nominal cada una, en la suma de pesos cinco mil seiscientos ($ 5.600,00) y a favor del señor Mariano Fabricio Jromei, ciento cuarenta (140) cuotas sociales de pesos diez ($10) valor nominal cada una, en la suma de pesos un mil cuatrocientos ($ 1.400,00) que posee en la firma LABORATORIO HORIAN I & D S.R.L.. El precio de esta cesión se recibe en dinero en efectivo de manos de los compradores, otorgándoles por medio del presente instrumento recibo y carta de pago, transfiriéndoles todos los derechos, acciones y obligaciones que había y tenía en la sociedad LABORATORIO HORIAN I & D S.R.L.. Segunda: El señor Miguel Ángel Queglas y el señor Mariano Fabricio Jromei aceptan la cesión de cuotas de capital realizada a sus nombres. Tercera: El cedente declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes y las cuotas de capital están libres de embargos. Cuarta: A partir de la fecha de inscripción de la presente en el Registro Público dé Comercio el Señor Ricardo José Antonio Grau queda desvinculado totalmente de la sociedad y de toda responsabilidad presente o futura emergente de los negocios u obligaciones que puedan surgir de las relaciones comerciales de la firma LABORATORIO HORIAN I & D S.R.L. Quinta: Por la cesión detallada precedentemente se modifica el artículo 5° del contrato social, quedando redactado de la siguiente manera: Quinto: El capital social se fija en al suma de pesos quince mil ($ 15.000,00), divididos en un mil quinientas (1.500) cuotas de pesos diez ($ 10,00) cada una valor nominal, totalmente suscritas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: Señor Miguel Ángel Queglas suscribe un mil trescientas sesenta (1.360,00) cuotas de capital representativas de pesos trece mil seiscientos ($ 13.600,00) y el Sr. Mariano Fabricio Jromei suscribe ciento cuarenta (140,00) cuotas de capital representativas de pesos un mil cuatrocientos ($ 1.400,00). Las cuotas se integran en su totalidad en dinero en efectivo en este acto. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios. Resuelta cada ampliación, la suscripción de las nuevas cuotas será realizada por los socios de acuerdo a la proporción de capital que en ese momento posea cada uno, debiendo prorratear entre ellos las cuotas asignadas a aquellos socios no interesados en acrecer su participación. Sexto: Todas las cláusulas del contrato de constitución de la sociedad que no se hubieren modificado por la presente, quedan vigentes con todo su valor legal. Santa Fe, 25 de Junio de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

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INDECO S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, ha ordenado la publicación: En los autos caratulados INDECO S.R.L. s/Contrato. Expte. Nº 1093/2008, se conviene un contrato de S.R.L.:

1) Integrantes de la Sociedad: Emilio Luis Chabrillac, de apellido materno Jerez, argentino, Técnico Constructor Nacional, DNI N° 6.262.794, CUIT 20-6262794-9, nacido el 30 de diciembre de 1945, divorciado, domiciliado en 9 de Julio S/N Desvío Arijón, Departamento San Jerónimo de esta provincia de Santa Fe y el Señor Córdoba Sergio Ramón de apellido materno Mendoza, soltero, comerciante, DNI Nº 32.871.108, CUIT 20-32871108-8, nacido el 14 de febrero de 1987, domiciliado en Ituzaingo Nro. 2046 en la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital de esta provincia de Santa Fe, ambos mayor de edad.

2) Fecha del Instrumento de constitución: 03/10/2008.

3) Razón Social: INDECO S.R.L..

4) Domicilio: calle san Martín 1660 Dto 1 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.-

5) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto La Sociedad tendrá por objeto: Inmobiliaria: construcciones civiles por administración con fines de explotación, rentas y operaciones por el Régimen de Propiedad Horizontal y/u Obras Públicas: Industriales: Importación e industrialización de materiales de construcción e instalación de depósitos o todo otro establecimiento relacionado con la transformación, elaboración e industrialización de materias primas destinadas a la construcción; Comerciales: Compraventa, distribución, importación y exportación de mercaderías, productos, subproductos, materias primas elaboradas y a elaborarse, industrialización o no, relacionadas con el punto anterior; Representaciones y Mandatos: el ejercicio de toda representación nacional y extranjera; la explotación de concesiones y la realización de comisiones, agencia, gestiones de negocios y mandatos.

6) Plazo de Duración: Cincuenta años a contar desde la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Pesos Doscientos Cuarenta Mil ($ 240.000.00).

8) Administración a cargo de Emilio Luis Chabrillac.

9) Fiscalización: a cargo de los socios.

10) Fecha de cierre: 31 de Mayo de cada año.

Santa Fe, 26 de Junio de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.

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GRUPO LAGOS ROSARIO S.R.L.


PRORROGA

CONSITUCION DE DOMICILIO


1) Fecha de la Resolución: 17 de Junio de 2009.

2) Prorroga de Duración de la Sociedad: La Sociedad prorroga el vencimiento por el término de cinco (5) años a partir de su vencimiento, es decir hasta el 22 de junio de 2014.

3) Constitución de Domicilio: Se constituye domicilio de la Sociedad en la calle Paraguay 1920 de la ciudad de Rosario.

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VOLARÉ S.R.L.


CONTRATO


1) Socios: Sonvico Fernando Germán, argentino, D.N.I. N° 17.130.123, nacido el 21/11/1964, casado, comerciante, domiciliado en la calle Ruta Nacional N 34 lote 43, de la ciudad de Ibarlucea y Marcelo Fabián Cona, argentino, D.N.I. N° 16.770.982, nacido el 6 de agosto de 1964, casado, comerciante, domiciliado en calle Anchorena 731 de la ciudad de Rosario;

2) Fecha de contrato: 11 de junio del 2009.

3) Razón social: VOLARE S.R.L.

4) Domicilio legal: Mitre N° 868 5° piso Dpto. 2 de la ciudad de Rosario.

5) Objeto social: a) la intermediación en la reserva o locación en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero; b) la intermediación en la contratación de servicios turísticos en el país o en el extranjero, en forma individual o en paquetes; c) la organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes “a for fair”, en el país o en el extranjero; d) la recepción o asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la prestación a los mismos de guías turísticos y el despacho de sus equipajes; e) la representación de otras agencias nacionales o extranjeras, a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios; f) la realización de las demás actividades autorizadas a realizar a las agencias de viaje por la Ley 18829 y su decreto reglamentario. Pudiendo a tal fin realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social.

6) Duración 5 años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.

7) Capital: El capital social se fija en la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil), dividido en 60.000 cuotas sociales de $ 1 (pesos uno) cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle Sonvico Fernando Germán suscribe 30.000 cuotas sociales, que representan el 50% del Capital Social, equivalente a $ 30.000 (pesos treinta mil) sobre el mismo, que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de un año a contar de la fecha del presente contrato, a pedido de la gerencia; Cona Marcelo Fabián suscribe 30000 cuotas sociales, que representan el 50% del Capital Social, equivalente a $ 30.000 (pesos treinta mil) sobre el mismo, que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de un año a contar de la fecha del presente contrato, a pedido de la gerencia.

8- Administración y uso de la firma social: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma indistinta cualesquiera de ellos, en el caso de designarse dos o más Gerentes, con sus firmas precedidas de la denominación social, que estamparán en sello o de su puño y letra. Los gerentes podrán en el cumplimiento de sus funciones, efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1.881 del Código Civil y Decreto 5965/63 artículo 9, con la única excepción de comprometerse en prestaciones a título gratuito ni en la prestación de fianzas o garantías a favor de terceros, por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad, y cumpliendo en todos los casos con las decisiones y expresas directivas emanadas de las reuniones de socios. La gerencia podrá designar además, apoderados generales o especiales, miembros o no de la misma, a quienes se les conferirá poder para firmar individual o conjuntamente. Los apoderados de la sociedad que se designen, tendrán las funciones y atribuciones que se determinen en los respectivos poderes, los cuales subsistirán hasta tanto no sean revocados y formalizada su inscripción ante el Registro Público de Comercio. Gerentes Sr. Sonvico Fernando y Cona Marcelo, quienes tendrán las más amplias facultades para administrar la sociedad, en un todo de acuerdo a la cláusula quinta del contrato social.

9) La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de mayo de cada año.

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JOSE LUIS CANTARINI VIAJES

Y TURISMO


EDICTO COMPLEMENTARIO


Por disposición de la Jueza a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, María Celeste Rosso, secretaría del Dr. Federico Bertram, se ha ordenado lo siguiente modificación de la cláusula quinta de la Sociedad José Luis Cantarini Viajes y Turismo S.R.L.

Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) dividido en Mil Quinientas Cuotas (1500) cuotas de pesos Cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el Señor José Luis Cantarini suscribe Mil Trescientas Cincuenta cuota (1350) cuotas de capital o sea la suma de pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000) y Zagami Nelli Lujan suscribe Ciento cincuenta (150) cuotas de capital o sea la suma de pesos Quince Mil ($ 15.000) integrándolo un 25% en este acto y el 75% restante en el plazo de 2 años.

El capital social se integra totalmente por los socios, el Sr. José Luis Cantarini según los bienes que se consignan en el inventario que es suscripto por separado y certificado por Contado Público Nacional, con efectos erga ommes, y la Sra. Zagami Nelli Lujan un 25% en este acto y el 75% restante en el plazo de 2 años.

Representando el total del aporte integrado por los socios en este acto de constitución el cien por cien (100%) del capital social.

Venado Tuerto, Junio del 2009.

$ 20 73142 Jul. 6

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C.I.R. CONSTRUCTORA S.R.L.


MODIFICACION De CONTRATO


Con motivo de la resolución social de C.I.R. CONSTRUCTORA S.R.L. de fecha 25 de junio de 2.009, se hace saber:

1) Modificar la Administración, Dirección y Representación. Se resuelve modificar la cláusula sexta quedando a cargo de dos o más gerentes socios o no, para lo cual actuarán en forma conjunta dos cualesquiera de ellos.

2) Por Acta Acuerdo de misma fecha y lugar se designa incorporar como Gerente al socio señor Luis Daniel Robledo, quien actuará juntamente con el actual socio Gerente Víctor Andrés Robledo.

$ 15 73035 Jul. 6

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SPS EXPRESS S.R.L.


CONTRATO


Denominación: SPS EXPRESS S.R.L.

Fecha del Instrumento: 25 de Febrero de 2009.

Socios: Goity Jorge Gustavo, nacido el 06/08/1969, argentino, D.N.I. 20.244.097, casado en primeras nupcias con Rosana Isabel Bonamigo, domiciliado en domiciliado en Calle 12 nro. 2685 de la ciudad de Granadero Baigorria y Bonamigo Verónica Andrea, nacida el 22/07/1973, argentina, D.N.I. 23.242.797, casada en primeras nupcias con Cristián Marcelo Beccacece, domiciliada en Pje. Zabala nro. 3941 de la ciudad de Rosario, de profesión Contador Público.

Domicilio: Rosario Pcia. de Santa Fe. Sede social Pje. Bonpland Nº 761 Rosario.

Plazo: Se prorroga por 10 años a partir del 25 de febrero de 2009. Se modifica art. Sexto Contrato constitutivo quedando redactado: Plazo de 15 años a partir de la Inscripción Registro Público de Comercio. Aumenta Capital Social: El capital social se aumenta en la suma de pesos Cuarenta mil ($ 40.000,00) importe que se divide en cuatrocientas cuotas sociales de pesos ($ 100) Cien cada cuota; las que han sido suscritas en las siguientes proporciones: Goity Jorge Gustavo Doscientas ochenta cuotas sociales (280) de pesos Cien cada cuota, o sea la suma de Pesos veintiocho mil ($ 28.000,00) y Bonamigo Verónica Andrea Ciento veinte cuotas sociales (30) de pesos Cien cada cuota, o sea la suma de Pesos Doce mil ($ 12.000,00). -Integración. En este estado los socios proceden a integrar el capital suscripto en las proporciones indicadas. Se resuelve integrar todo el capital en efectivo aportado antes de este acto por capitalización de aportes irrevocables.

Nuevo Capital Social: El capital social se constituye en la suma de pesos Cincuenta y dos mil ($ 52.000,00) importe que se divide en quinientas veinte (520) cuotas sociales de pesos ($ 100) Cien cada cuota; las que han sido suscriptas en las siguientes proporciones: Goity Jorge Gustavo Trescientas sesenta y cuatro cuotas sociales (364) de pesos Cien cada cuota, o sea la suma de Pesos treinta y seis mil cuatrocientos ($ 36.400,00) y Bonamigo Verónica Andrea Ciento cincuenta y seis cuotas sociales (156) de pesos Cien cada cuota, o sea la suma de Pesos Quince mil seiscientos ($ 15.600,00). Rosario, 13 de Marzo 2009. Registro Público de Rosario. Expte. 716/09. Hugo Orlando Vigna, secretario.

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C.M.S. INSUMOS S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de junio de 2009, se reúnen los Señores Pablo Cristian Sarabia, de nacionalidad argentino, D.N.I. N° 22.244.532, de profesión comerciante, domiciliado en calle Rodríguez 1122 4° A de la ciudad de Rosario; y Paula María Franco, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 23.925.957, de profesión Productora de seguros, domiciliada en calle 25 de mayo 1061 de la localidad de Piamonte, ambos cónyuges entre si, quienes se reúnen con el objeto de formalizar la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se denominará C.M.S. INSUMOS S.R.L., que tendrá su sede social en la ciudad de Rosario, y se regirá por las disposiciones de la Ley Nro. 19.550 de Sociedades Comerciales en general y las contractuales que a continuación se insertan en particular.

CONTRATO SOCIAL:

Cláusula Primera. Denominación y domicilio: la sociedad se denomina “C.M.S. INSUMOS” S.R.L., con domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales y/o agencias en cualquier punto del país o del extranjero.

Cláusula Segunda. Objeto social: la sociedad tendrá por Objeto, la fabricación, comercialización, importación y exportación de insumos plásticos para soderías.

Cláusula Tercera. Duración: la duración de la sociedad es de 5 años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.

Cláusula Cuarta. Capital social: El capital se fija en la suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil), dividido en 5.000 cuotas sociales de $ 10 (pesos diez) cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle Pablo Cristian Sarabia suscribe 2.500 cuotas sociales, que representan el 50% del Capital Social, equivalente a $ 25.000 (pesos quince mil) sobre el mismo, que integra 100% en este acto con bienes muebles y Paula María Franco suscribe 2.500 cuotas sociales, que representan el 50% del Capital Social, equivalente a $ 25.000 (pesos quince mil) sobre el mismo, que integra en dinero en efectivo, 25% en este acto y el 75% restante en el término máximo de un año a contar de la fecha del presente contrato, a pedido de la gerencia.

Cláusula Quinta. Administración y uso de la firma social: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma indistinta cualesquiera de ellos, en el caso de designarse dos o más Gerentes, con sus firmas precedidas de la denominación social, que estamparán en sello o de su puño y letra.

Cláusula Sexta. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes tendrán las más amplias facultades de inspección y fiscalización de las operaciones sociales, pudiendo examinar en cualquier momento la contabilidad, documentos y demás comprobantes de la sociedad, en un todo de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.

Cláusula Séptima. Balances anuales y distribución de utilidades: La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de junio de cada año. fecha en la cual se confeccionará un Balance General con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación general a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinará el 5% para el fondo de reserva legal, hasta que la misma alcance el 20% del capital social.

Si el ejercicio arrojara pérdida, ésta se cargará a las reservas especiales, y en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán utilidades futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley 19.550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán su disolución si los socios acuerdan su reintegro.

Cláusula Octava. Reuniones de socios: La voluntad de los socios en las deliberaciones por asuntos de la sociedad, se expresará en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos considerados y las resoluciones adoptadas de acuerdo a las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550, teniendo un voto cada cuota. Las reuniones serán convocadas por los gerentes en forma fehaciente, con 5 días de anticipación a la fecha de su realización, estableciéndose en la misma lugar, día, hora y asuntos a tratar.

Cláusula Novena. Cesión de cuotas: Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales sin previa comunicación a la gerencia y a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desiste de la compra, los demás podrán adquirir sus cuotas sociales en relación a la participación social de cada uno. El socio que se propone ceder sus cuotas sociales deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a los demás socios, debiendo estos últimos notificar su decisión en el plazo máximo de 30 días de recibida la comunicación al cedente, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que haga al respecto el socio cedente, deberá indicar nombre y apellido del interesado, importe de la cesión y forma de pago. Se deberá dejar expresa constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio.

Cláusula Décima. Retiro de socios: Cualquiera de los socios que deseara retirarse de la sociedad, no podrá hacerlo hasta cumplido los dos (2) años de la inscripción del presente Contrato Social, luego de los cuales deberá comunicar su decisión a la misma en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de cierre del ejercicio económico anual. Los otros socios podrán aceptar el pedido de retiro y continuar los negocios sociales o pedir la disolución y liquidación social, todo lo cual deberá hacerse saber al socio saliente en forma fehaciente dentro de los 20 días de recibido el pedido de retiro. El socio saliente recibirá su capital y correspondiente participación de las reservas y utilidades resultantes, conforme al balance de cierre de ejercicio, abonándosele 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, vencidas, contadas a partir de la aprobación del correspondiente balance general, las que devengarán un interés igual al que cobre el Banco de la Nación Argentina para el descuento de documentos comerciales al momento de devengamiento de cada cuota.

Cláusula Undécima. Fallecimiento e incapacidad: En caso de fallecimiento, incapacidad o cualquier otra causal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, los socios supérstites podrán optar entre las siguientes opciones respecto de los herederos o sucesores del socio desvinculado: a) porque continúen en la sociedad en lugar del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado. b) por abonarles el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz, ausente o eliminado puedan tener en relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio.

Cláusula Duodécima. Disolución y liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el artículo 94 de la Ley 19.550. En tal caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios.

Cláusula Décimo Tercera. Diferencias entre socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será disuelta por árbitros, amigables componedores, designados uno por cada parte, quienes antes de laudar deberán designar a un tercero para el caso de discordia, cuyo fallo será inapelable y obligatorio su cumplimiento. En el caso de tener que recurrir a la justicia, los socios resuelven que deberán intervenir los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia se someten expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el federal si pudiera corresponderles.

II) Designación de Gerente:

Se resuelve a continuación designar como Gerente al Sr. Pablo Cristian Sarabia, quien tendrá las más amplias facultades para administrar la sociedad, en un todo de acuerdo a la cláusula quinta del contrato social.

Se deja expresa constancia además de la fijación del domicilio especial del Socio gerente, en el domicilio particular citado al inicio, cumplimentando con las disposiciones del artículo 256 in fine de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales, aplicable por extensión a los gerentes de sociedades de responsabilidad limitada.

III) Fijación de la Sede Social:

Por unanimidad se resuelve establecer la sede social en calle Rodríguez 1122 4° A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

No habiendo otro asunto que considerar, se da por finalizado el acto, y previa lectura y ratificación de este instrumento, firman los presentes al pie de cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.

$ 168 73058 Jul. 6

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NUEVO MONTENEGRO S.R.L.


CESION DE CUOTAS


En virtud de lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Sociedades Comerciales se solicita la publicación de la cesión de cuotas de capital de NUEVO MONTENEGRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

1) Socios: Daniel Víctor Hugo Frontalini, nacido el 08 de abril de 1948, casado, argentino, comerciante, domiciliado en calle 27 de febrero 298 de Rosario, Provincia de Santa Fe, DNI. 4.707.005; Alberto José Ciabattari, nacido el 02 de enero de 1955, casado, argentino, industrial, domiciliado en calle Int. Costantini de Arroyo Seco Provincia de Santa Fe, DNI. 11.294.098; Héctor Hugo Clarino, nacido el 14 de diciembre de 1952, argentino, casado, abogado, domiciliado en calle Bvr. San Diego 1231 de Villas Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, DNI. 10.528.901 y Liliana Beatriz Broda, nacida el 14 de julio de 1954, argentina, soltera, radióloga, domiciliada en calle Humberto Primo 578 de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, DNI. l.294.045.

2) Cesión de cuotas: de fecha 07 de mayo de 2009. El Señor Daniel Víctor Hugo Frontalini cede y transfiere al Señor Alberto José Ciabattari 13 (trece) cuotas sociales de Nuevo Montenegro SRL, de cien pesos cada una, valor nominal, con la expresa conformidad de todos los socios.

3) Cláusula quinta del contrato primitivo: Como consecuencia de la presente cesión se modifica dicha cláusula que queda redactada de la siguiente manera: El capital social se fija en la suma de Doce mil pesos ($ 12.000) dividido en ciento veinte cuota de Cien pesos valor nominal cada una, totalmente integrada correspondiéndoles a los socios en la siguiente proporción: A Alberto José Ciabattari, ochenta y siete cuotas (87) de Cien pesos valor nominal cada una, que representan un capital de $ 8.700.- A Daniel Víctor Hugo Frontalini quince cuotas (15) de cien pesos valor nominal cada una que representan un capital de $ 1.500.- A Héctor Hugo Clarito, doce (12) cuotas de Cien pesos cada una valor nominal que representan un capital de $ 1.200.- Y a Liliana Beatriz Broda, seis (6) cuotas de Cien pesos valor nominal cada una, que representan un capital de $ 600.-

4) Presente en este acto la Señora María Esther Chappa, cónyuge del Señor Daniel Víctor Hugo Frontalini, presta su consentimiento con la presente cesión a todos los efectos que por derecho hubiere de corresponder.

$ 36 73062 Jul. 6

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PLUSGLOBAL S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


El Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la l° Nominación a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario ha resuelto con referencia a la constitución de la sociedad denominada PLUSGLOBAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la siguiente publicación adicional: 1) Domicilio: Elorza 1346 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe.

$ 15 73080 Jul. 6

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IN.PA.COR. S.R.L.-


PRORROGA DE DURACION

AUMENTO DE CAPITAL


El Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio ordena la siguiente publicación:

1) Los señores Daniel Omar Quevedo, D.N.I. 6.062.237, argentino, casado, mayor de edad; Romina Quevedo, D.N.I. 29.221.562, argentina, casada, mayor de edad y Fernando Quevedo, D.N.I. 25.524.390, argentino, soltero, mayor de edad; únicos socios de IN.PA.COR. S.R.L., constituida conforme a contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario, el 07 de julio de 1994, al Tomo 145, Folio 10203, N° 1045 y modificaciones inscriptas en Contratos al Tomo 155 Folio 15835 n° 1214 (14/08/2004) y al Tomo 156 Folio 23616 N° 1880 (10/11/2005); deciden ampliar el plazo de duración por el término de diez años, contados a partir del vencimiento en el Registro Público de Comercio es decir hasta el 07/07/2019.

2) Aumento del Capital Social: de Pesos Doce Mil ($ 12.000) a la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000).

3) Fecha del instrumento: 26/05/2009.

Se ratifican todas la demás cláusulas del contrato social que no fueren modificadas por el presente.

$ 15 73091 Jul. 6

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GADGET S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber que en fecha 25 de junio de 2009 las señoras María Florencia Andújar, argentina, D.N.I. 18.239.377, nacida el 4 de marzo de 1967, de profesión comerciante, con domicilio en calle España N° 1869 de Rosario, casado en primeras nupcias con Agapito Blanco, de profesión constructor, y Sandra Doris Bottari, argentina, D.N.I. 13.588.339, nacida el 22 de Julio de 1959, ama de casa, con domicilio en calle 3 de Febrero N° 75, piso 3°, de Rosario, divorciada de Raúl Alberto Cerra, mediante sentencia N° 243 de fecha 15 de mayo de 1997, dictada en el expediente N° 802/97 por el Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nominación de Rosario, resuelven: Crear una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la denominación de Gadget Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio legal calle Paraguay N° 704 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con duración de treinta años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad tendrá por objeto. (i) Fabricación, producción, transformación, venta, compra, distribución ya sea al por menor y mayor, en cualquiera de sus procesos de comercialización de toda clase de accesorios, prendas de vestir e indumentaria infantil. (ii) Compra, venta, importación y exportación, permuta y distribución al por menor y mayor de artículos de electrónica, monitores, ordenadores personales, cámaras fotográficas y artículos de fotografía y video en general, como así también de radiotelefonía y comunicaciones en general. (iii) Reparación, mantenimiento y servicio técnico de artículos de electrónica en general y equipos de computación. El capital social se fija en la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000.) La administración de la sociedad estará a cargo de los socios quienes revestirán el carácter de gerentes, A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio-gerente”, precedida de la denominación social, actuando en forma conjunta al menos dos de ellos, ejerciendo la representación legal y obligando a la sociedad. Desempeñaran sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad. La fiscalización estará a cargo de todos los socios por sí o por persona debidamente autorizada y tendrán las más amplias facultades de inspección y fiscalización de las operaciones sociales, pudiendo examinar la contabilidad, documentos y demás comprobantes de la sociedad. La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de mayo de cada año y fueron designadas como gerentes las Sras. María Florencia Andújar y Sandra Doris Bottari.

$ 26 73096 Jul. 6

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VALVULAS Y BOMBAS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


A los 19 días del mes de junio de 2009, los socios de la sociedad, por unanimidad y según lo establece el Art. 10 de la ley 19.550 y sus modificatorias deciden:

1) Aumentar el capital social: de pesos ocho mil ($ 8.000) a la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000).

2) Prorrogar el plazo de duración: por el término de cinco (5) años, a contar desde el día 10 de julio de 2009.

3) Revocar la designación como socio gerente de la Sra. María Fernanda De La Fuente y en su lugar designar como socio gerente al Sr. Juan Ignacio De La Fuente.

$ 15 73102 Jul. 6

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DUOPLAST S.R.L.


CESION DE CUOTAS


En la ciudad de Rosario a los 28 días del mes de mayo del año dos mil nueve, se reúnen los señores Carlos Osvaldo Palacios, Rosalía Natalia Palacios, María Laura Bibiana Balarino, Ezequiel Diego D’Amico, con domicilio en calle Regimiento 11 N° 1252 de Rosario; todos ellos mayores de edad y hábiles para contratar quienes convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas, de la sociedad denominada DUOPLAST SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuyo contrato fuera inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario el 19 de enero de 2007 en Contratos al Tomo 158, Folio 1249, Número 98, según las siguientes cláusulas:

Primera: El Sr. Carlos Osvaldo Palacios cede, vende y transfiere la totalidad de las cuotas de capital que detenta en la sociedad, esto es seiscientas cuotas (600 cuotas) de diez pesos ($ 10) cada una de ellas, de la siguiente forma: a la Srta. María Laura Bibiana Balarino trescientas cuotas (300 cuotas) de diez pesos ($ 10) cada una de ellas, esto es en la suma de pesos tres mil ($ 3.000), que la cesionaria paga al cedente en este acto y en dinero efectivo y al Sr. Ezequiel Diego D’Amico la cantidad de trescientas cuotas (300 cuotas) de capital de diez pesos ($ 10) cada una de ellas, en la suma de pesos tres mil ($ 3.000), que el cesionario paga al cedente en este acto y en dinero efectivo. Las cuotas se encuentran totalmente integradas.

Segunda: La Sra. Rosalía Natalia Palacios cede, vende y transfiere la totalidad de las cuotas de capital que detenta en la sociedad, esto es seiscientas cuotas (600 cuotas) de diez pesos ($ 10) cada una de ellas, a la Srta. María Laura Bibiana Balarino, que la cesionaria paga a la cedente en este acto y en dinero efectivo. Las cuotas se encuentran totalmente integradas.

Tercera: Por tanto el capital de la sociedad queda compuesto de la forma siguiente: la Srta. María Laura Bibiana Balarino posee novecientas cuotas (900 cuotas) de capital de diez pesos ($ 10) cada una de ellas, por un total de pesos nueve mil ($ 9.000); el Sr. Ezequiel Diego D’Amico posee trescientas cuotas (300 cuotas) de capital de diez pesos ($ 10) cada una de ellas, por un total de pesos tres mil ($ 3.000).

Cuarta: Consecuentemente, la cláusula quinta del contrato social quedará en lo sucesivo redactada del siguiente modo: El capital social se fija en la suma de pesos doce mil ($ 12.000), dividido en un mil doscientas (1200) cuotas, de pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: María Laura Bibiana Balarino es titular de novecientas (900) cuotas de capital, o sea la suma de pesos nueve mil ($ 9.000), y el Ezequiel Diego D’Amico es titular de trescientas (300) cuotas de capital, o sea la suma de pesos tres mil ($ 3.000). Las cuotas se encuentran totalmente integradas. En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

$ 57 73126 Jul. 6

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DESTRADE INDUSTRIAL S.R.L.


CONTRATO


La publicación de edictos del día 01/07/2008 en el BOLETÍN OFICIAL de Destrade S.R.L. corresponde a la sociedad, Destrade Industrial S.R.L. en la misma se informa la modificación del contrato social en las siguientes cláusulas:

Cuarta: el término de duración de la sociedad se fija en (50) años, a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio, hasta el 19 de abril de 2044.

Quinta: El Capital social se fija en la suma de $ 50.000. (pesos cincuenta mil), dividido en cincuenta mil cuotas de $ 1 (pesos uno) valor nominal cada una, que los socios suscriben íntegramente encontrándose totalmente integrados, de acuerdo al siguiente detalle: Raúl Oscar Kozenitzky 47.500 (cuarenta y siete mil quinientas) cuotas de $ 1 (pesos uno) Valor Nominal, cada una, que forman un total de $ 47.500 (pesos cuarenta y siete mil quinientos); Iván Kozenitzky 2.500 (dos mil quinientas) cuotas de $ 1 (pesos uno) cada una que forman un total de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos).

S/C 73131 Jul. 6

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FINCA EL NOGAL S.R.L.


CONTRATO


1) Datos Personales de los socios: Norma Isabel Bassi, argentina, de profesión contactóloga, L.C. N° 3.959.871, nacida el 26 de junio de 1940, viuda, domiciliada en calle Mitre 509 Piso 5° “2” de Rosario; Teodoro Adolfo Franco, argentino, de profesión productor agropecuario, D.N.I. N° 21.579.070, nacido el 6 de mayo de 1970, casado en primeras nupcias con María del Luján Liborio (DNI 27.862.498), domiciliado en Buenos Aires 2631 de la localidad de Casilda, provincia de Santa Fe; María del Rosario Franco, argentina, licenciada en ciencias empresariales, D.N.I. N° 22.175.086, nacida el 6 de mayo de 1971, casada en primeras nupcias con Marcelo Lanzotti (DNI 21.415.534), domiciliada en Dorrego N° 791 Piso 7° “A” de Rosario y María Victoria Franco, argentina, ingeniera agrónoma, D.N.I. N° 22.766.330, nacida el 16 de marzo de 1972, soltera, domiciliada en Juan Manuel de Rosas N° 1896 de Casilda.

2) Fecha de Constitución: 27 de febrero de 2009.

3) Denominación Social: FINCA EL NOGAL S.R.L.

4) Domicilio de la sede social: Mitre 509 Piso 5 2 - Rosario.

5) Objeto : el arrendamiento y la explotación agropecuaria de campos propios o de terceros.

6) Plazo de duración: 40 años.

7) Capital: pesos Seiscientos cuarenta mil ($ 640.000).

8) Administración: uno o más gerentes, socios o no. Es designado gerente el socio Teodoro Adolfo Franco.

9) Organización de la representación: uno o más gerentes, socios o no. Es designado gerente el socio Teodoro Adolfo Franco.

10) Fecha de cierre del ejercicio comercial: 30 de Septiembre.

$ 25 72932 Jul. 6

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ARMEL S.A.


INSCRIPCIÓN DIRECTORIO


En cumplimiento del Art. 60 Ley 19.550 y conforme lo aprobado en la Asamblea General Ordinaria nº 31 de fecha 27/04/2007, se procedió a la elección de los miembros del actual Directorio por tres Ejercicios, designándose como Presidente a María Laura Llobet, y como Vicepresidente a Federico José Lauro Santos Llobet.

Además y conforme las disposiciones del Art. 256 de la Ley de Sociedades Comerciales, sus miembros constituyeron domicilio especial en calle Maipú n° 1108 de la ciudad de Rosario.

$ 15 72933 Jul. 6

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DON ARIEL S.R.L.


CONTRATO


Socios: Guillermo Atilio Feliziani, nacido el 16/12/1973, estado civil soltero, D.N.I. nº 23.607.118, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Moreno 847 de la localidad de San José de la Esquina, Pcia. de Santa Fe; Matías Feliziani, nacido el 15/06/1985, estado civil soltero, D.N.I. nº 31.702.114, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Moreno 847 de la localidad de San José de la Esquina, Pcia. de Santa Fe; y Martín Javier Feliziani, nacido el 13/06/1978, estado civil soltero, D.N.I. nº 26.664.762, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Moreno 847 de la localidad de San José de la Esquina, Pcia. de Santa Fe.

Fecha del Instrumento de Constitución: 08 de Junio de 2009.

Denominación: DON ARIEL S.R.L.

Domicilio Legal: Moreno 847 de la localidad de San José de la Esquina, Pcia. de Santa Fe.

Objeto: La sociedad tendrá por Objeto dedicarse a la explotación agropecuaria en todas sus formas, en establecimientos propios, de terceros y/o asociada a terceros.

Duración: 10 (diez) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capital: $ 100.000. (cien mil pesos).

Dirección y Administración: los socios gerentes: Guillermo Atilio Feliziani, Matías Feliziani y Martín Javier Feliziani.

Fiscalización: los socios: Guillermo Atilio Feliziani, Matías Feliziani y Martín Javier Feliziani.

Organización de la Representación Legal: los socios gerentes: Guillermo Atilio Feliziani, Matías Feliziani y Martín Javier Feliziani.

Uso de la firma: en forma individual e indistinta.

Fecha de Cierre de Ejercicio: Balance al treinta de junio de cada año.

$ 20 72971 Jul. 6

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DISTRIGROUP S.R.L.


MODIFICACION FECHA DE VENCIMIENTO

AUMENTO DE CAPITAL


1) Fecha de la modificación: 23/06/2009.

2) Duración de la sociedad: se prorroga la duración de la sociedad por veinte (20) años a contar desde el 28/06/2009, siendo la fecha de vencimiento 28/06/2029.

3) Capital: Aumento de capital a $ 80.000, dividido en ocho mil cuotas (8.000) de $ 10. cada una, suscriptas por: Mario Claudio Navarro 7.200 cuotas y Rodrigo Germán Herrero: 800 cuotas. El aumento de $ 40.000. se integra el 25% en efectivo y el resto dentro de los dos años de la fecha del instrumento.

4) Se ratifica como gerentes a los señores: Mario Claudio Navarro y Rodrigo Germán Herrero.

5) Los demás artículos del Contrato subsisten sin variaciones ni modificaciones siendo ratificados por los Socios.

$ 15 72997 Jul. 6

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EMS SERVICES S.R.L.


CESION DE CUOTAS


La Gerencia hace saber que con fecha 27 de mayo de 2009 el Socio Juan Gabriel Otero cede y transfiere al Socio Cristian Baeck 1.360 (Mil Trescientas Sesenta) cuotas sociales. De esta manera el Sr. Otero es titular de 2.640 cuotas sociales de valor nominal $ 10,00 c/u y el sr. Baeck es titular de 5.360 cuotas sociales de valor $ 10,00 cada una.

Asimismo aclara que las cláusulas del Contrato Social que no han sido modificadas quedarán vigentes en todas sus partes.

$ 15 72982 Jul. 6

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GRAN TORO S.R.L.


CONTRATO


1) Integrantes de la Sociedad: Sibulovsky Eduardo Alberto, D.N.I. 8.423.861, nacionalidad argentino, nacido el 01/01/1950, de profesión Comerciante, casado en primeras nupcias con Heker Graciela Nora, con domicilio en calle Balcarce Nro. 645 de la ciudad de Villaguay, Entre Ríos, y Sibulovsky César Martín, D.N.I. 25.243.186, nacionalidad argentino, nacido el 23/12/1976, de profesión Comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con María Noel Porrini, con domicilio en Juárez Celman Nro.584 de la ciudad de Arroyo Seco, Santa Fe.

2) Fecha instrumento constitución: 21 de Mayo de 2009.

3) Razón Social: “Gran Toro S.R.L.”

4) Domicilio: Juárez Celman 584 de la ciudad de Arroyo Seco, provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: transporte de cargas generales.

6) Plazo de duración: se fija en 10 años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: se fijo en la suma de $ 111.000 (pesos ciento once mil).

8) Administración, dirección y representación: estará a cargo del socio Sibulovsky César Martín, designado como socio gerente.

9) Fiscalización: estará a cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre del ejercicio: el día 31 de marzo de cada año se practicará un Balance General de la Sociedad.

11) Disolución: de acuerdo al Art. 94 de la Ley 19.550 y sus modificatorias.

$ 15 72998 Jul. 6

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TEAM JE MOTORSPORT S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela (Santa Fe) en los autos caratulados: TEAM JE MOTORSPORT S.A. s/ACTA CONSTITUTIVA, ESTATUTOS Y DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES. Se ha dispuesto la siguiente publicación:

Fecha de Constitución: Rafaela, 18 de mayo de 2009.

Integrantes: el Sr. Pagliaroli, Gino nacido el 25 de Abril de 1951, de apellido materno Quattrociocchi, de estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Caselli, Graciela Ida, de nacionalidad italiano, radicado en Argentina el 24/02/1953, de profesión Comerciante, con domicilio en calle Pedro Storero N° 437 de la ciudad de Rafaela, DNI N° 93.560.940, el Sr. Pagliaroli, Javier Alejandro, nacido el 7 de abril de 1981, de apellido materno Caselli, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, de profesión estudiante, con domicilio en calle Pedro Storero N° 437 de la ciudad de Rafaela, DNI N° 28.574.304, la Srta. Pagliaroli, Eloisa Andrea, nacida el 16 de marzo de 1989, de apellido materno Caselli, de estado civil soltera, de nacionalidad argentina, de profesión estudiante, con domicilio en calle Pedro Storero N° 437 de la ciudad de Rafaela, DNI N° 34.206.365, autorizada por sus padres, Gino Pagliaroli y Graciela Ida Caselli para ejercer el comercio según Resolución N° 05 Folio N° 121 Tomo II de fecha 26 de marzo de 2.009- Expte. N° 71 F° 20 - Año 2.009 Pagliaroli, Eloisa Andrea s/Autorización para ejercer el comercio emanada del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

Denominación Social: TEAM JE MOTORSPORT S.A.

Domicilio: Se fija la sede social en Avenida Santa Fe N° 850 de la ciudad de Rafaela

Plazo de Duración: noventa y nueve años.

Objeto Social: Locación de autos de competición, servicios mecánicos, compra y venta de repuestos, atención de autos en pistas, desarrollo de servicios publicitarios por cualquier medio y ejercicio de mandatos, comisiones relacionados con el objeto social. La sociedad tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones con particulares, entidades financieras y bancos y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato, encaminados al cumplimiento de sus fines.

Capital Social: Pesos Cien Mil ($ 100.000).

Organo de Administración: El Directorio queda constituido por un miembro titular y un miembro suplente, quienes permanecerán en el cargo por tres (3) ejercicios. Presidente: Sr. Javier Alejandro Pagliaroli, Director Suplente: Sr. Gino Pagliaroli, Fiscalización: prescinde de la sindicatura.

Cierre del Ejercicio: 31 de marzo de cada año.

Rafaela, 30 de Junio de 2009. Adriana Constantin de Abele, secretaria.

$ 22,10 73150 Jul. 6

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RIMAC CONSTRUCTORA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 10 de la Ley de Sociedades se hace saber que entre los Sres. Claudio Gabriel Manuel Rimini, Andres Gustavo Rimini, Adriana Claudia Rimini, y Guillermo Luis Rimini, hábiles para contratar, en el carácter de únicos socios de la RIMAC CONSTRUCTORA S.R.L., que originariamente se encontraba inscripta en el Registro Público de Comercio el 06 de Julio de 1999 en Contratos, al Tomo 150, Folio 9751, N° 1121 y sus modificaciones inscriptas en el Registro Público de Comercio el 18 de Agosto de 2005 en Contratos, al Tomo 156, Folio 17257, N° 1354 y el 06 de Diciembre de 2006 en Contratos, al Tomo 157, Folio 27108, N° 2096, reunidos en Asamblea, convienen y dicen lo siguiente: que en virtud de vencer el próximo 06 de Julio del año 2009 la vigencia del Contrato Social de Rimac Constructora S.R.L., resuelven modificar las cláusulas Tercera y Quinta del contrato social de RIMAC CONSTRUCTORA S.R.L.

Por lo tanto, la cláusula Tercera de la Duración queda redactada de la siguiente manera: El término de duración de la sociedad se prorroga en diez años a contar desde el vencimiento del contrato que operará el 06 de julio de 2009, venciendo el mismo el día 06 de Julio del año 2019. La cláusula Quinta del Capital, queda redactada de la siguiente manera: El capital asciende a la suma de $ 60.000, totalmente integrado y suscripto en las siguientes proporciones, Claudio Gabriel Manuel Rimini, pesos quince mil, ($ 15.000); Andrés Gustavo Rimini, pesos quince mil, ($ 15.000); Adriana Claudia Rimini, pesos quince mil, ($ 15.000); Guillermo Luis Rimini, pesos quince mil, ($ 15.000); integrando $ 12.000 con el capital anterior y $ 48.000 con la capitalización de la cuenta Aportes Irrevocables de Capital.

Los socios ratifican todas las cláusulas, condiciones y especificaciones del Contrato Social y sus modificatorias, con la única excepción de la cláusula Tercera y Quinta, modificadas según quedó expresado anteriormente.

$ 36 72943 Jul. 6

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INDUSTRIA DE TRATAMIENTOS METALURGICOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, República Argentina, el día 15 de Mayo de 2009, se reúnen Nayda Jure; Fernando Gabriel Herrera; Marisa Nayda Herrera; Andrés Daniel Herrera y Luis Ricardo Peralta; todos ellos integrantes de la sociedad INDUSTRIA DE TRATAMIENTOS METALÚRGICOS S.R.L.. Siendo todas las partes hábiles para contratar, convienen lo siguiente:

Las seiscientas (600) cuotas de capital que se encuentran en condominio se reparten de la siguiente manera: trescientas (300) cuotas de capital a la Sra. Nadya Jure, cien (100) cuotas de capital al Sr. Fernando Gabriel Herrera, cien (100) cuotas de capital a la Sra. Marisa Nadya Herrera y cien (100) cuotas de capital al Sr. Andrés Daniel Herrera.

Venta, cesión y transferencia: La socia Nadya Jure vende, cede y transfiere a su valor nominal al socio Herrera Andrés Daniel, la cantidad de trescientas (300) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una que totalizan la suma de pesos tres mil ($ 3.000) y la socia Herrera Marisa Nayda vende, cede y transfiere a su valor nominal al socio Herrera Andrés Daniel, la cantidad de cien (100) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una que totalizan la suma de pesos un mil ($ 1.000).

Aumento de Capital: los socios deciden aumentar el capital en la suma de pesos treinta y ocho mil ($ 38.000). El Capital Social queda fijado en la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000).

Dirección, Administración y Representación Legal de la Sociedad: Se decide modificar la cláusula sexta del contrato social. En ese acto se ratifica como Gerente al socio Luis Ricardo Peralta.

$ 27 73143 Jul. 6

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ORLANDI INDUSTRIAL

y COMERCIAL S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO


A los fines legales pertinentes se hace saber que por Asamblea General Ordinaria celebrada el día 22 de junio de 2009 y reunión de Directorio de la misma fecha, el Directorio de la sociedad quedó integrado de la siguiente manera: Presidente: Carlos Graciano Araujo, D.N.I. N° 11.445.866; Vicepresidente: Oscar Federico Orlandi, D.N.I. N° 6.062.038; Director Titular: Marcelo Campanini, D.N.I. N° 14.392.082; Director Titular: Horacio Carlos Manuel Speranza, D.N.I. N° 17.793.305; Director Suplente: Agustín Amelong, D.N.I. N° 25.171.673, cuyos mandatos vencerán con la asamblea que se reunirá para tratar el balance por el Ejercicio N° 14, que finalizará el 31 de marzo de 2011. Además se fijó el domicilio especial para los señores directores, en la calle Ovidio Lagos Nº 3992, de la ciudad de Rosario.

$ 15 73144 Jul. 6

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M. MATEOS CONSTRUCCIONES S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


1) Fecha de prórroga: 02 de febrero de 2009.

2) Se modifica la cláusula tercera de duración: La sociedad se constituye por el término de treinta (30) años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir hasta el 03 de febrero del 2029.-

3) Fecha de Aumento de Capital: 23 de junio de 2009.

4) Aumento de Capital: Seis mil ochocientas cuotas (6.800) de diez pesos ($ 10) cada una, o sea la suma de sesenta y ocho mil pesos ($ 68.000).

$ 15 73145 Jul. 6

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SIX S.R.L.


AUMENTO DE CAPITAL

PRÓRROGA


1) Fecha de los instrumentos: 29 de junio de 2007 y 15 de julio de 2008.

2) Entre Pablo Manuel Rossi, argentino, D.N.I. 12.804.002, nacido el 24 de Septiembre de 1958, Contador Público y Licenciado en Administración, con domicilio en calle San Luis N° 760 3er. Piso “B” de la ciudad de Rosario, divorciado de sus primeras nupcias según sentencia judicial N° 4505 del 2 de marzo de 2007 del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 e IPEF SRL inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 148, Folio 3751, Nro. 466 de fecha 07/04/97 representada en este acto por el señor Pablo Manuel Rossi en calidad de socio gerente, todos hábiles para contratar convienen:

- prorrogar el plazo legal de duración de la sociedad por el término de veinte (20) años a partir de su vencimiento, es decir hasta el 8 de agosto de 2027.

- aumentar el Capital Social a la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000) es decir en Pesos Ochenta Mil ($ 80.000). Este aumento se produce por aportes de Pablo Manuel Rossi por Pesos Setenta Mil cien ($ 70.100) y de IPEF SRL. por Pesos Nueve Mil Novecientos ($ 9.900), ambos integrando totalmente en bienes según inventario adjunto.

Como consecuencia de dicha suscripción el Capital Social es ahora de Pesos Cien Mil ($ 100.000) dividido en Un mil (1.000) cuotas de Pesos cien ($ 100) cada una, correspondiendo a Pablo Manuel Rossi novecientas (900) cuotas de capital, de Pesos cien ($ 100) cada una, equivalentes a Pesos Noventa Mil ($ 90.000) y a IPEF S.R.L. cien (100) cuotas de capital de Pesos cien ($ 100) cada una, equivalentes a Pesos Diez Mil ($ 10.000).

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MILENIO 3000 S.R.L.


CONTRATO SOCIAL


En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 10° inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la constitución social de MILENIO 3000 S.R.L., de acuerdo al siguiente detalle:

1) Socios: Fabio Dario Lavinia, D.N.I. 21.414.489, nacionalidad argentino, nacido el 20/12/69, comerciante, casado en 1eras. nupcias con Natalia Soledad Palombarini, con domicilio en calle Italia 1670 de la ciudad de Alvear; Jorge Ramón Lavinia, L.E. 6.044.048, nacionalidad argentino, nacido el 31/10/42, comerciante, casado en 1eras. nupcias con Ada Teresa Meini, con domicilio en calle Anchorena 516 de la ciudad de Rosario, y Jorge Adrián Lavinia, D.N.I. 20.167.453, nacionalidad argentino, nacido el 05/01/68, comerciante, casado en 1eras. nupcias con Alejandra Elsa Molino, con domicilio en calle Anchorena 516 de la ciudad de Rosario.

2) Fecha del Instrumento de constitución: 26/06/09.

3) Denominación Social: MILENIO 3000 S.R.L.

4) Domicilio de la Sociedad: Anchorena N° 516 - Rosario.

5) Objeto social: Tiene por objeto la elaboración y comercialización de Productos de panadería, confitería, servicios de bar; pudiendo asociarse con terceros o tomar representaciones, comisiones y/o distribuciones.

6) Plazo de Duración: 50 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: El Capital Social es de pesos Cincuenta Mil, dividido en Cinco Mil cuotas de pesos Diez de valor nominal cada una.

8) Administración y Fiscalización: La Administración de la sociedad está a cargo de un Uno o Más Gerentes socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamenteo de socio gerente o gerente según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. La fiscalización estará a cargo de todos los socios.

9) Representación Legal: La representación legal de la sociedad corresponde a los Socios Gerentes. Se nombra a los Señores Fabio Dario Lavinia, Jorge Ramón Lavinia y Jorge Adrián Lavinia.

10) Fecha de cierre del Ejercicio: 30/06 de cada año.

$ 30 73045 Jul. 6

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METALFRANCH S.R.L.


PRORROGA

AUMENTO DE CAPITAL


En fecha 24/06/2009 se resolvió modificar el contrato social, en lo siguiente: Domicilio: Rosario, Santa Fe; Domicilio de la Sede Social: Saavedra 3931, Rosario, Santa Fe; Plazo: se prorroga por cinco años contados a partir del 23/07/2009 (vencimiento del plazo anterior); Capital Social: se aumentó a $ 60.000.- en 6.000 cuotas de $ 10. valor nominal cada una. Hasta la prórroga del plazo el capital social era de $ 24.000, totalmente integrado. Al aumentarse el capital a $ 60.000, el socio José Luis Franchina suscribió 1.800 cuotas y el socio Héctor Daniel Franchina suscribió 800 cuotas, integrando cada uno de ellos el veinticinco por ciento en dinero efectivo ($ 4.500) y el saldo será abonado en dos años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio; Administración: La administración, representación y uso de la firma social estará a cargo de uno o dos Gerentes, conforme lo determine la Reunión de Socios, con actuación y representación indistinta, quienes tendrán plenas facultades para realizar los actos de administración social ordinaria que estén comprendidos dentro del objeto social, y durarán en sus cargos dos años y seis meses. Para poder ser gerente es obligatorio ser socio de la sociedad. Representación: Se designó un solo gerente: José Luis Franchina.

$ 24 73130 Jul. 6

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NUTRI ROSARIO S.R.L.


CONTRATO


Socios: Humberto Esteban Ramón Fain, argentino, nacido el 8 de agosto de 1960, D.N.I. N° 14.094.567, apellido materno Ramírez, casado con María Florencia Arribalzaga, de profesión médico, domiciliado en calle Zeballos 40, departamento 5, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Bruno Xavier Fain, argentino, nacido el 01 de noviembre de 1983, D.N.I. N° 30.558.504, apellido materno Ruhl, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en calle Iriondo 1145 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Fecha del Instrumento de Constitución: 23/06/2009.

Denominación de la Sociedad: NUTRI ROSARIO S.R.L.

Domicilio de la Sociedad: Zeballos 40, departamento 5, Rosario, provincia de Santa Fe.

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: Comercial: dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a la compra, venta, importación y/o exportación de productos farmacéuticos, magistrales y/o especialidades medicinales de uso humano y/o sueros endovenosos y/o formulaciones nutricionales enterales o parenterales y/o drogas oncológicas y antirretrovirales, dispositivos, equipamiento y accesorios médicos y/o para el cuidado de la salud humana. A tales fines, podrá otorgar y aceptar representaciones, distribuciones, agencias y comisiones de terceros del país o del exterior. Obteniendo las autorizaciones necesarias, podrá funcionar también como droguería y/o como farmacia. Servicios: podrá comercializar y prestar todo tipo de servicios médicos en instituciones de la salud y en domicilio o internación domiciliaria, proveer asistencia integral a quienes requieran apoyo o soporte nutricional enteral y/o parenteral en forma ambulatoria o en internación, sea domiciliaria o en instituciones de la salud, prestando los servicios profesionales médicos, bioquímicos, nutricionistas, de enfermería, con el suministro de equipamiento e insumos necesarios que la práctica requiera. Formación: la prestación de servicios de docencia, capacitación, adiestramiento e investigación sobre productos farmacéuticos, magistrales y/o especialidades medicinales de uso humano, sea por cuenta propia o asociada o en colaboración con terceros. En todos los casos y a los fines de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos de comercio que no sean prohibidos por la ley y el contrato.

Duración: 50 años.

Capital Social: $ 100.000,00.

Administración y Fiscalización: La administración estará a cargo de un gerente, Humberto Esteban Ramón Faín, quien ejercerá tal función en forma personal, por el término de tres (3) años, pudiendo ser reelecto. La fiscalización a cargo de todos los socios.

Fecha de Cierre del Ejercicio Comercial: 30 de junio de cada año.

$ 44 73153 Jul. 6

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MANNEQUIN S.A.


ESTATUTO


Fecha del Instrumento: 24 de abril de 2009. Denominación: MANNEQUIN S.A. Socios: Mariano Elbio Ceferino Polinessi, D.N.I. Nº 22.424.963, comerciante, casado, nacido el 05/12/1972, argentino, con domicilio en J.B. Alberdi 1348, de Pueblo Esther; Cristian Andrés Boccia, DNI. 31.951.734, argentino, nacido el 23/12/1985, soltero, comerciante, con domicilio en España 771, piso 10, Dpto. A, de Rosario y Sebastián Pellejero, DNI 21.885.368, argentino, nacido el 21/10/1970, comerciante, casado, con domicilio en Rioja 2389, de Rosario. Domicilio: Córdoba 1641, local 08, Rosario. Duración: 99 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto: a) Industriales: fabricación, procesamiento, bordado y estampado de telas y prendas de vestir; terminación de prendas de vestir de terceros; producción de calzado y marroquinería. B) Comerciales: compra, venta, comercialización y/o distribución de productos propios y/o de terceros por mayor y menor permuta de telas, materias primas, mercaderías, insumos e indumentarias y productos relacionados en la producción textil, de la indumentaria, del calzado y marroquinería. C) Gastronomía: Servicios de comidas por cuenta propia y de terceros, prestados en locales propios, de terceros y a domicilio. Servicio de catering y atención de eventos. Capital: $ 100.000 (pesos cien mil) representado por 10.000 acciones de $ 100(pesos cien) valor nominal cada una. Administración y Representación: Está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de Uno (1) y un máximo de Nueve (9) quienes durarán en sus funciones Dos (2) ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente. En caso de elegirse Vicepresidente tendrá el uso de la firma social, actuado junto al Presidente, en forma individual, indistinta y alternativamente. El uso de la firma social se fija conforme a lo establecido en el arto 268 de la Ley 19550. Fiscalización: La sociedad prescinde de la Sindicatura, quedando el contralor a cargo de los socios conforme al arto 55 de la Ley 19550.

Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

Directorio: Directores Titulares: Presidente: Mariano Elbio Ceferino Polinessi. Vicepresidente: Sebastián Pellejero. Director Suplente: Cristian Andrés Boccia.

Rosario, Junio de 2009.

$ 36 72891 Jul. 6

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PREMOLDEADOS ALFE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de 1ª. Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario se hace saber que por instrumento de fecha 20 de Marzo del año dos mil nueve celebrado entre el Señor Federico Carlos Verona, argentino, casado en primeras nupcias con Luciana Tania Rebacante, nacido el 10 de Mayo de 1974, DNI Nº 23.978.071, comerciante, con domicilio en calle Sánchez de Loria Nº 673 Bis, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y el Señor Mario Verona, argentino, casado en primeras nupcias con Silvia Elisa Clerici nacido el 28 de Noviembre de 1942, L.E. Nº 6.047.578, comerciante, con domicilio en Sánchez de Loria Nº 673, Bis, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, únicos socios de PREMOLDEADOS ALFE S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en Contratos al Tomo 155, Folio 4980, Nº 376, el 22 de Marzo de 2004, por una parte y la señora Jorgelina Gabriela Verona, argentina, casada en primeras nupcias con Salvador Jorge Habelrih, nacida el 6 de julio de 1969, DNI Nº 20.704.693, comerciante, con domicilio en calle Sgto. Cabral Nº 110, 6to. Piso, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa y el Señor Guillermo Elio Verona, argentino, casado en primeras nupcias con Claudia Mabel Sosa, nacido el 12 de Junio de 1968, DNI Nº 20.175.497, comerciante, con domicilio en calle Amenábar Nº 391, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por la otra parte, todos hábiles para contratar han convenido.

Cesión de Cuotas: El señor Federico Carlos Verona vende, cede y transfiere la cantidad de Tres (3) cuotas sociales de Pesos Mil ($ 1.000) cada cuota, que totalizan un capital de Pesos Tres Mil ($ 3.000) a la señora Jorgelina Gabriela Verona quien acepta de plena conformidad.

El Señor Federico Carlos Verona vende cede y transfiere la cantidad de dos (2) cuotas social de Pesos Mil ($ 1.000) cada cuota, que totalizan un capital de Pesos Dos mil ($ 2.000) al Señor Guillermo Elio Verona quien acepta de plena conformidad.

El señor Mario Verona vende cede y transfiere la cantidad de Una (1) cuotas social de Pesos Mil ($ 1.000) cada cuota, que totaliza un capital de Pesos Mil ($ 1.000) al señor Guillermo Elio Verona quien acepta de plena conformidad.

De este modo el Capital Social que es actualmente de Pesos Doce Mil ($ 12.000.-), dividido en Doce (12) cuotas de Pesos Mil ($ 1.000) valor nominal cada una, queda así conformado:

Federico Carlos Verona: Tres (03) cuotas sociales de Pesos Mil ($ 1.000) cada una, es decir, Pesos Tres Mil ($ 3.000); Mario Verona: Tres (03) cuota social de Pesos Mil ($ 1.000) cada una, es decir, Pesos Tres Mil ($3.000); Jorgelina Gabriela Verona Tres (03) cuotas sociales de Pesos Mil ($ 1.000) cada una es decir, Pesos Tres Mil ($ 3.000) y Guillermo Elio Verona: Tres (03) cuota social de Pesos Mil ($ 1.000) cada una, es decir, Pesos Mil ($ 3.000).

Aumento de Capital: Los socios convienen en aumentar el capital social que es de Pesos Doce Mil ($ 12.000) a la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000), o sea que el capital se aumenta en la suma de Pesos Cuarenta y Ocho Mil ($ 48.000). Los socios integran en este acto el veinticinco por ciento (25%) del aumento suscripto en dinero efectivo comprometiéndose a integrar el setenta y cinco por ciento (75%) restante también en efectivo, en el término de dos (2) años a contar de la fecha del presente instrumento.

Como consecuencia del aumento de capital la cláusula quinta del contrato social quedará redactada como sigue: Quinta: Capital: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000,00) divididos en Sesenta (60) cuotas sociales de Pesos ($ 1.000,00) valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: Federico Carlos Verona: Quince (15) cuotas sociales representativas de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00), Mario Verona: Quince (15) cuotas sociales representativas de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00), Jorgelina Gabriela Verona: Quince (15) cuotas sociales representativas de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00) y Guillermo Elio Verona: Quince (15) cuotas sociales representativas de Pesos Quince Mil ($ 15.000).

Prorroga del Contrato Social: Los socios convienen prorrogar la duración del contrato social por el término de DIEZ (10) años, es decir hasta el 22 de Marzo del 2019.

Modificación del Objeto Social: Los socios convienen modificar el objeto social de la sociedad y manifiestan que en consecuencia la cláusula cuarta quedará redactada como sigue: “Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá como objeto la fabricación de premoldeados y pisos. En cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto.

Las restantes cláusulas del Contrato Social no sufren modificaciones.

Rosario, Mayo 2009.

$ 109 72920 Jul. 6

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FOWLER EDICIONES S.A.


ESTATUTO


1) Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, número de documento de identidad de los socios; Fowler Alejandro Guillermo, argentino, D.N.I. 14.664.983, estado civil casado, nacido el 21/09/1961, de profesión Comerciante, domiciliado en Pasaje Ascot 664 Bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Mulás Gabriela Claudia, argentina, D.N.I. 16.262.415, estado civil casada, nacida el 10/05/1962, de profesión Comerciante. domiciliada en Pasaje Ascot 664 Bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha del instrumento de constitución: 09/03/2009

3) Razón social o denominación de la sociedad: FOWLER EDICIONES S.A.

4) Domicilio de la sociedad: Fuerza Aérea 1695, de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: actividad Editorial, la realización de Servicios de Impresión y Servicios Publicitarios.

6) Plazo de duración: 10 años

7) Capital Social: $ 54000 (pesos cincuenta y cuatro mil)

8) Composición de los Organos de administración y Fiscalización, nombres de sus miembros y, en su caso, duración en los cargos: La dirección y administración estará a cargo del presidente Fowler Alejandro Guillermo, D.N.I. 14.664.983. La fiscalización estará a cargo de todos los socios.

9) Organización de la representación legal: La representación legal estará a cargo del presidente. El uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la sociedad, estará a cargo del presidente, quien usará su propia firma, en forma individual.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 30 72925 Jul. 6

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