picture_as_pdf 2018-06-06

SANTA FE GAS Y

ENERGÍAS RENOVABLES S.A.P.E.M.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados Santa Fe Gas y Energías Renovables S.A.P.E.M. s/Designación de Autoridades (Expte. N° 2153 año 2017) CUIJ N° 21-05195501-0 de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que por resolución de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 7 de noviembre de 2017, se dispuso ratificar la renuncia del Sr. Agnese, Rodolfo Ernesto como Director titular por las acciones clase “A”, su aceptación por el Poder Ejecutivo provincial y la oportuna toma de posesión del cargo como Director titular de esa clase de acciones “A” por el Director Suplente Menna, Alfredo Oscar; asimismo, se procedió a ratificar la posterior renuncia del Sr. Menna, Alfredo Oscar a su cargo de Director titular por la clase de acciones “A” y su aceptación por el Poder Ejecutivo provincial; finalmente, se ratificó la designación realizada por el Poder Ejecutivo provincial del Sr. Danielis Leandro Agustín como Director titular por la clase de acciones “A” y del Sr. Lagorio, Sebastián Horacio como Director suplente de la clase de acciones “A”, así como la respectiva toma de posesión de los cargos efectuada por los últimos nombrados. Consecuentemente, el nuevo Directorio queda compuesto de la siguiente forma: Presidente: Colombo, Mauricio Luís, D.N.I. Nº 29.684.940, con domicilio en calle Saavedra 698 de la localidad de San Carlos Sud, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe; Vicepresidente: Pucciarelli, Juan Carlos, D.N.I. N° 10.059.595, con domicilio en calle Mendoza 846 Departamento “A” de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “A” (titular): Danielis, Leandro Agustín, D.N.I. N° 29.145.395, con domicilio en calle Almirante Brown 1250 de la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “B” (titular): D’Anna, Lisandro Antonio, D.N.I. N° 32.989.603, con domicilio en calle Paraguay 2368, Piso 1, Departamento “C” de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “C” (titular): Rancaño, Sebastián Luís, D.N.I. N° 29.363.008, con domicilio en calle Berutti 246 de la localidad de Santa Clara de Saguier, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “D” (titular): Pietropaolo, Emiliano, D.N.I. N° 31.849.609, con domicilio en calle Freyre 738 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “A” (suplente): Lagorio, Sebastián Horacio, D.N.I. N° 27.121.817, con domicilio en calle San Juan N° 2420, piso 3°, departamento “B” de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “B” (suplente): Caturelli, Luciano Martín, D.N.I. N° 26.925.217, con domicilio en calle Laprida 4618 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe; Director acciones clase “C” (suplente): Colombero, Gustavo Nelio, D.N.I. N° 16.170.077, con domicilio en calle Rosario N° 159 de la localidad de Angélica, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe y Director acciones clase “D” (suplente): Kreni, Waler Omar, D.N.I. N° 29.529.322, con domicilio en calle Olessio n° 1980 de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.

Santa Fe, 31 de mayo de 2018.

Firmado: Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 165 358813 Jun. 6

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ALESTE S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por Asamblea Ordinaria de Accionistas de fecha 30 de Octubre de 2015 se aprobó el punto 5°.- Reforma Parcial del Estatuto Social de ALESTE S.A. modificándose el artículo 3° en cuanto al objeto social. Los accionistas de común acuerdo deciden modificar el artículo 3° del Estatuto Social aprobado por Resolución N° 522 de fecha 28 de. Julio de 2010, suprimiendo las actividades detalladas en los incisos a) y b) del referido articulo, agregando otras actividades relacionadas con la explotación agropecuaria y manteniendo la actividad financiera, quedando el mismo redactado como seguidamente se inserta: Artículo 3°: “La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior a la realización de las siguientes actividades: a) Agropecuarias: Mediante la explotación en todas sus formas de todo tipo de establecimientos agropecuarios, propios, de terceros, y/o asociados a terceros, y servicios de flete de cereal a granel, b) Comerciales: Mediante la compraventa de todo tipo de semillas, abonos, fertilizantes, plaguicidas, fitoquímicos, agroquímicos, inoculantes y todo tipo de insumos y productos relacionados a la actividad agropecuaria, c) Transporte: Transporte terrestre de cargas, a granel o no, mediante la explotación de vehículos propios o de terceros, nacional o internacional, d) Financiera: Mediante aportes de capital a sociedades por acciones o proyectos relacionados con el objeto, constitución y transformación de hipotecas y demás derechos reales, compraventa y permuta de valores mobiliarios, otorgamiento de avales y créditos, todo ello mediante la utilización de recursos propios. No se desarrollarán operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y otras que requieran el concurso público o privado. En todos los casos en que las normas legales así lo exijan, se actuará con la intervención de profesionales con títulos habilitantes en la materia de que se trate. Se deja expresa constancia que la sociedad no realizará las actividades previstas en el inc. 4° del artículo 299 de la ley de sociedades comerciales, y procederá dentro de los autorizado por el artículo 30 y los límites establecidos por el artículo 31 de la citada disposición legal. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este Estatuto”.- Este punto fue aprobado por unanimidad. Rosario, 31 de Mayo de 2018.-

$ 55 358532 Jun. 6

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ABARROTE S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Se hace saber que por escritura n° 39 de fecha 10.04.2018, pasada por ante la escribana Lucrecia Nuñez Mihura, la señora Victoriab Costantini, cedió la totalidad de las cuotas de capital que tenía en la sociedad Abarrote Sociedad de Responsabilidad Limitada a favor de Nicolás Ignacio Domínguez, de profesión director técnico de fútbol, argentino, nacido el 16 de diciembre de 1981, titular del D.N.I. Nº 29.115.365, CUIT 20-29115365-9, apellido materno Traferri, soltero, domiciliado en esta ciudad en calle España Nº 394, Piso 3 Depto. “A”. Como consecuencia de la cesión de cuotas precedente, se modifica la cláusula quinta del contrato social que queda redactada de la siguiente manera: “El capital social se fija en la suma de Ciento Ochenta Mil Pesos ($ 180.000.-), dividido en mil ochocientas ($1.800.-) cuotas sociales de cien pesos ($ 100.-) de valor nominal cada una, totalmente integradas y suscriptas por los socios de la siguiente manera: Maximiliano Mastrangelo, es titular de cuatrocientas cincuenta (450) cuotas sociales con un valor nominal total de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000.-); Joan Norberto Cura, es titular de cuatrocientas cincuenta (450) cuotas sociales con un valor nominal tota] de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000.-); Estanislao Chamut, es titular de cuatrocientas cincuenta (450) cuotas sociales con un valor nominal total de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000.-) y Nicolás Ignacio Domínguez, es titular de cuatrocientas cincuenta (450) cuotas sociales con un valor nominal total de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000.-).

$ 60 358505 Jun. 6

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BAUHAUS S.A.S.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:

Denominación: BAUHAUS S.A.S.

Fecha de Constitución: Instrumento privado de fecha 17/05/2018.

Domicilio: 9 de Julio Nº 1475 6 Dpto. A, ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.-

Socios: Nikos Pavlos Goutzas, de nacionalidad argentina/griega, soltero, DNI 18.862.655, Cuit:20-18862655-7, nacido el 16/06/1987, comerciante, y Raquel Perluzky Oviedo, argentina, soltera, DNI 32.166.061, Cuit: 23-32166061-4, de profesión Maestro mayor de obra, nacida el 17/01/1986, ambos con domicilio en 9 de Julio 1475, 6 Dpto. A de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Capital: Pesos cien mil ($100.000.-)

Administración y representación: representante: Sr. Nikos Pavlos Goutzas y la Sra. Raquel Perluzky Oviedo como representante suplente

Fiscalización: A cargo de todos los socios.

Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades: a) Fabricación y diseño de artículos de ebanistería en sus más variados tipos, formas y estilos; muebles, sillas, tapicerías y toda otra explotación relacionada con la industrialización de la madera, inclusive la carpintería mecánica y metálica; b) Fabricación, renovación y reconstrucción de muebles, sus partes y accesorios de todo tipo y en sus más variadas formas para su uso doméstico, comercial e industrial; c) la comercialización de objetos de decoración, electrodomésticos, colchones, artículos de iluminación y electricidad; d) venta al por mayor y al por menor de los artículos detallados en los incisos anteriores; e) la importación y exportación de los productos detallados en los incisos a, b y c, A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.-

Duración: Veinte (20) años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Fecha cierre-ejercicio: 30 de abril de cada año.

Suscripción de capital: El capital se suscribe e integra de acuerdo al siguiente detalle: Nikos Pavlos Goutzas suscribe cincuenta mil (50.000) acciones ordinarias nominativas no endosables, de un voto cada acción, valor nominal total de pesos cincuenta mil ($50.000.-) en efectivo, integrando el veinticinco por ciento en este acto, o sea la suma de pesos doce mil quinientos ($ 12.500.-) en efectivo, y el saldo dentro del plazo máximo de dos años, a partir de la fecha de esta acta, también en dinero en efectivo y Raquel Perluzky Oviedo suscribe cincuenta mil (50.000) acciones ordinarias nominativas no endosables, de un voto cada acción, valor nominal total de pesos cincuenta mil ($50.000.-) en efectivo, integrando el veinticinco por ciento en este acto, o sea la suma de pesos doce mil quinientos ($ 12.500.-) en efectivo, y el saldo dentro del plazo máximo de dos años, a partir de la fecha de esta acta, también en dinero en efectivo.-

$ 60 358465 Jun. 6

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BRIC S.A..


DESIGNACION DE DIRECTORIO


Presidente: Marcos Arnaldo Viyerio Galassi, DNI 26.812.043, CUIT 20-20812043-3, argentino, varón, nacido el 15/8/1978, de profesión Ingeniero, argentino, casado en primeras nupcias con Ocampo Lorena Crispina, con domicilio en Laprida 1337, Rosario

Vice Presidente: Serna David José, DNI 21.503.084, CUIT 23-21503084-9, argentino, varón, casado en primeras nupcias con María Carolina Olivera, DNI 23.214.153, argentino, nacido el 19/4/1970, de profesión Ingeniero Civil, con domicilio en Laprida 1337 P 1 Of. 1, Rosario,

Director Titular Gustavo Martín Etchanchú, DNI N° 22.551.109, CUIT 20-22551109-9, argentino, varón, soltero, nacido el 24/03/1972, con domicilio en Laprida 1337 P 1 Dto. 1, Rosario, Prov. de Santa Fe, de Profesión Ingeniero Mecánico

Director Suplente: Francisco Di Lisio, DNI 30.463.790, CUIT 20-30463790-1, argentino, varón, nacido el 18/10/0983, de profesión Contador Público, casado en primeras nupcias con Piergentili Celina María, con domicilio en Laprida 1337, Rosario

Duración: Desde el/l5/2/2018 al 30/11/2020

Fecha resolución societaria: 15 de febrero de 2018

$ 45 358377 Jun. 6

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BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANOMINA COMERCIAL E

INDUSTRIAL


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En fecha 18 de Mayo de 2018, la Dra. María Celeste Rosso, Jueza a cargo del Registro Público de la ciudad de Venado Tuerto, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, en los autos caratulados “BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL s/Modificación de Contrato Social - Aumento de Capital “, Expediente 475/2017, ordenaron la publicación del presente edicto a los efectos legales que pudiera corresponder.

Se hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 16 de Diciembre de 2016, Nº57, aprobada por Fiscalía de Estado, Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe, dentro del expediente 01106-0009667-6, año 2017, mediante Resolución N° 773, de fecha 09 de Agosto de 2017, todo lo que fue protocolizado mediante escritura Nº 71, pasada en la Ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe, ante la Escribana Laura Inés Macchi, al folio 253, del Registro 671 a su cargo, de fecha 26 de Setiembre de 2017, se modificaron los siguientes artículos del estatuto de “Bridas Rufino Sociedad Anónima Comercial e Industrial”: a) Artículo 1: cambio de domicilio de la sociedad, el que fue trasladado a calle Ombú Nº 167, de ésta Ciudad de Rufino, Departamento General López, Provincia de Santa Fe; b) Artículo 4: capacidad, en el sentido de agregar que a los fines de la realización de su objeto tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar todo acto que no esté prohibido ni por la ley, ni por el estatuto; c) Artículo 5: aumento de capital, por el que el capital actual de $ 3,35 se aumentó en $ 499.996,65 más, con lo que el mismo asciende a la suma de $ 500.000, mediante la emisión de 50.000 acciones nominativas no endosables de un voto por acción y $ 10 (pesos diez) de valor nominal cada una, a ser numeradas del 00001 al 50.000.- La integración del mismo se efectuará mediante ajuste de capital; d) Artículo 6: Acciones, se adecuó el artículo referente a la clase de acciones emitidas, con la normativa vigente, siendo las mismas a partir de la fecha nominativas no endosables, ordinarias o preferidas; e) Artículo 12: integración del directorio; se redujo el número de miembros de los integrantes del directorio de 1 a 5 miembros, según decida la Asamblea, con igual ó menor número de miembros suplentes, actualmente estaban fijados de 3 a 5 integrantes, con uno o mas directores suplentes.- f) Artículo 13: Plazo de mandato de los miembros del directorio, se modificó el plazo de mandato, de los miembros del directorio de un año como era, a tres años; g) Artículo 14: Autoridades, ante la reducción de miembros del directorio, modificación aprobada en el artículo 12 del estatuto, se hace necesario modificar el artículo 14, porque no siempre se elegirá Presidente y Vicepresidente; h) Artículo 17: Representación, en virtud de las modificaciones efectuadas en el artículo 12, se hace necesaria la reforma del presente artículo, indicando que la representación de la sociedad le corresponde al Presidente o al Vicepresidente en caso de ausencia del primero, siempre que esté designado; i) Artículo 18: actualización del importe de garantía de los Directores, elevándolo a la suma de $ 20.000; j) Artículo 19: Facultades, adecuándolo a la normativa vigente; k) Artículo 20: Sindicatura, se ha modificado el plazo de duración del cargo a los Síndicos titular y suplente, llevándolo a tres ejercidos, al igual que los miembros del directorio.- Quedando los mismos redactados de la siguiente forma:

Artículo 1: La sociedad se denomina “BRIDAS RUFINO SOCIEDAD ANOMINA COMERCIAL E INDUSTRIAL”, y tiene su domicilio legal en calle Ombú Nº 167, de la Ciudad de Rufino, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Artículo 4: Capacidad.- A los fines de la realización de su objeto la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y para realizar todo acto que no estuviera prohibido por la ley ó por éste estatuto, y podrá establecer sucursales, agencias, representaciones y tomar todo tipo de participación en otras sociedad por acciones, en el país o en el extranjero.—

Artículo 5: Capital.- El capital social es de Pesos Quinientos Mil ($500.000.-), representado por 50.000 acciones de $10.- (diez pesos), valor nominal de cada una.- El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al articulo 188 del Decreto Ley 19.550.

Artículo 6: Acciones: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto.- Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.—

Artículo 12: Integración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco.- La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección.

Artículo 13: Los directores titulares y suplentes serán elegidos por el término de tres ejercicios, pero permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados.

Artículo 14: Autoridades: El directorio en su primera sesión elegirá entre sus miembros un presidente y vicepresidente -en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento.—

Artículo 17: Representación: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en el supuesto de estar designado.

Artículo 18: Garantía: Cómo garantía de su desempeño, los directores entregarán en depósito a la sociedad la suma de $ 20.000.

Artículo 19: Facultades: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquéllas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial y artículo 9 del decreto Ley 5965/63.

Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos, operar con el Banco de la Nación Argentina, Hipotecario, Nuevo Banco de Santa Fe S.A, Galicia S.A., demás instituciones de crédito oficiales o privados; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Otorgar fianzas que se relacionen con el objeto y todo acto que no sea notoriamente extraño al objeto social.—

Artículo 20: Síndicos: La fiscalización privada de la sociedad estará a cargo de un síndico que será elegido por el término de tres ejercicios.- En caso de silencio se entenderá designado hasta la reunión de la próxima Asamblea Ordinaria.- Se designará también un Síndico suplente por igual período que el titular.- Los Síndicos tendrán las facultades, incompatibilidades, funciones y responsabilidades que le fije la ley.

María Alicia Mauri, suscribe 48.095 acciones nominativas, no endosables, ordinarias, de un voto cada una; Omar Alberto Lescano suscribe 955 acciones nominativas, no endosables, ordinarias, de un voto cada una. Andrea Valentina Lescano suscribe 950 acciones nominativas, no endosables, ordinarias, de un voto cada una.- La integración del mismo se efectúa mediante ajuste de capital. Por este aumento de Capital Social, el mismo queda suscripto e integrado de la siguiente forma: a) María Alicia Mauri, tiene 48.095 acciones, que a razón de diez pesos cada una, hacen un total de Cuatrocientos Ochenta Mil Novecientos Cincuenta Pesos ($480.950.-); Omar Alberto Lescano, tiene 955 acciones, que a razón de diez pesos cada una, hacen un total de Nueve Mil Quinientos Cincuenta Pesos ($ 9.550.-); Andrea Valentina Lescano, tiene 950 acciones, que a razón de diez pesos cada una, hacen un total de Nueve Mil Quinientos Pesos ($ 9.500.-), todas acciones nominativas no endosables, ordinarias, clase “A”, de un voto cada una.-

Asimismo, y a los efectos legales que pudieran corresponder, se ratificó en la referida Asamblea General Extraordinaria el Directorio de la Sociedad, elegido por Asamblea General Ordinaria Nº56, de fecha 05 de Enero de 2016, y por un período de tres ejercicios, conforme lo establece el artículo 13 del Estatuto, el que se encuentra integrado de la siguiente forma: Presidente: María Alicia Mauri Vicepresidente: Eduardo Luis Nazabal, Directores Titulares: Ezequiel Nazabal Mauri y Simón Nazabal Mauri, Director Suplente: Inés María Nazabal Mauri, Síndico Titular: Mario Augusto Saccone y Síndico Suplente: Roxana Elizabeth Zorza.

En la Ciudad de Venado Tuerto, 18 de Mayo de 2018.- Dra. María Celeste Rosso.- Jueza.- Dra. María Julia Petracco, Secretaria.

$ 338,50 358444 Jun. 6

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C.M.A. SUSTENTABLES S.A.


REFORMA ESTATUTO


Se comunica que por resolución de la Asamblea General Extraordinaria y Ordinaria de fecha 15/03/2017 la firma C.M.A. SUSTENTABLES S.A. ha procedido a aumentar su capital social y a reformar su estatuto social incorporando un nuevo articulo. En virtud de ello los artículos pertinentes quedaron redactados de la siguiente manera:

Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de Pesos cinco millones ($ 5.000.000) representado por dos millones quinientas mil (2.500.000) de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 (un peso, moneda argentina) cada una, con derecho a cinco (5) votos por acción, denominadas Acciones Clase A y dos millones quinientas mil (2.500.000) de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 (un peso, moneda argentina) cada una, con derecho a un (1) voto por acción, denominadas Acciones Clase B. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550 y sus modificaciones.

Artículo Décimo Octavo: Exclusión de Accionista: El accionista a quien se le encuentre responsable por cualquier acto doloso o culposo en perjuicio de la sociedad o cuyas actitudes y actividades sean contrarias y/o competitivas con todas o algunas de las actividades previstas en el objeto social, podrá ser excluido por decisión mayoritaria de la asamblea de accionistas, pasando sus acciones a favor de la sociedad como indemnización por los daños y perjuicios generados y/o para efectos de cubrir parte del daño ocasionado.

$ 45 358392 Jun. 6

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CEDINI SERVICIOS

INDUSTRIALES S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 16 días del mes de Mayo de dos mil dieciocho entre los señores: Cesaretti Iván Leonardo, de nacionalidad argentino, nacido el 19 de julio de 1989 de profesión comerciante de estado civil soltero, con domicilio real, fiscal y legal en calle Ricchien 2420 de la ciudad de Rosario, DNI 34538566, CUIL 20-34538566-6 y Tedini David, de nacionalidad argentino, nacido el 09 de septiembre de 1996, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio real, fiscal y legal en calle La Paz 1075 de la ciudad de Rosario, DNI 39950025, CUIL 20-39950025-8 convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por las de la Ley 19550 en general

Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de CEDINI SERVICIOS INDUSTRIALES S.R.L.

Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal, real y fiscal en la ciudad de Rosario, prov. De Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país, o del extranjero.

Duración: El término de duración se fija en 10 (diez) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio

Objeto Prestaciones de servicios de electricidad, gas, agua, climatización y alarmas en inmuebles, rodados y embarcaciones. Incluye la instalación, mantenimiento, reparaciones y otros servicios que complementan el objeto principal.

La sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto en el país y en el exterior.

Capital. El Capital Social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,=) divididos en 150 cuotas de pesos mil ($ 1000.=) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Cesaretti Ivan Leonardo suscribe setenta y cinco (75) cuotas de capital o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75000,=) de los cuales integra : la suma de pesos diecinueve mil ($ 19.000,=) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de pesos cincuenta y seis mil ($ 56.000,=) también en dinero en efectivo dentro de los doce meses de la fecha y Tedini David suscribe setenta y cinco (75 ) cuotas de capital o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($75000) de los cuales integra: la suma de pesos diecinueve mil ($ 19000) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de pesos cincuenta y seis mil ($ 56000) también en dinero en efectivo dentro de los doce meses de la fecha.

Administración, dirección y representación: Estará a cargo de DOS o más Gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma conjunta

Fijación de sede social: será en calle Ricchieri 2420 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe. El mismo será domicilio real, fiscal y legal

Designación de gerentes: Cesaretti Iván Leonardo DNI 34538566 y David Tedini DNI 39950025 quienes actuarán en forma conjunta

Balance general y resultados: la sociedad cerrará su ejercicio el 31 de diciembre de cada año

$ 120 358379 Jun. 6

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CLÍNICA SANTA FE RADIOLOGÍA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público, Dr. José M. Zarza -Dra. Mirian Graciela David, Secretaria, ha ordenado en los autos: CLÍNICA SANTA FE RADIOLOGÍA S.R.L. s/Renuncia y Designación de Gerente (Expte. Nº 195/2016) CUIJ:21-05289508-la siguiente publicación:

Por Acta nº 59- de fecha 25 de Septiembre de 2015, los socios se reúnen en la sede social Sres. Graciela Norma Escobar, DNI. N 10.593.912, Stella Maris Stride, DNI.

Nº 13.618.725, Leonardo Gregorio Benítez, DNI. N° 12.774.037, Walter Andrés Delssin, DNI. N° 14.558.619, Roberto Agustín Saucedo, DNI. N° 6.251.259, Horacio Miguel Deltin, DNI. N° 7.875.065; a los fines de tratar la renuncia del Gerente, ratificada por Acta N° 60 y 65, de fecha 22 de febrero del 2018- y Designación de nuevo Gerente.-

Renuncia del Gerente: El Sr. Leonardo Gregorio Benítez renuncia al cargo de Gerente, aceptándola los demás socios.-

Designación de Gerente: Por Acta N° 60- de fecha 25-09-2015 y ratificada por Acta N° 65 de fecha 22-02-2018-, se designada gerente a la socia Graciela Norma Escobar, argentina, nacida el 11 de Febrero del año 1953, DNI N° 10.593.912,-CUIT. N° 23-10593912-4- Casada, domiciliada en Calle -15 N° 553 de la Ciudad de Las Toscas, Dpto. Gral. Obligado, Provincia de Santa Fe.

Reconquista, 28 de Mayo de 2018

Secretaria: Mirian Graciela David

$ 52,50 358397 Jun. 6

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CEA INGENIERÍA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de la Sra. Secretaria del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que conforme reunión de socios de fecha 18 de mayo de 2018, los socios de “CEA INGENIERÍA S.R.L.” han acordado, por unanimidad, la prórroga del plazo de duración de la sociedad por 30 años a contar desde el vencimiento del plazo que operaba el día 22 de mayo de 2018. Por lo que queda modificado el artículo Quinto del Contrato Social, extendiendo el plazo de duración de la sociedad hasta el día 22 de mayo de 2048. Asimismo, se resolvió el aumento del capital social de la sociedad en $600.000, representado en 60.000 cuotas de $10 cada una, suscribiendo el socio Clemente Edgardo Alvarez, 10.310 cuotas; la socia Gladys Teresita Lechini, 18.000 cuotas; Ramiro Ignacio Alvarez, 15.845; y Jimena Luciana Alvarez, 15.845. La integración se realiza en dinero efectivo, integrando los socios el 25% en dicho acto, y el resto en un plazo máximo de dos años. De tal forma, queda modificado el artículo Sexto del Contrato Social de la siguiente forma: “El capital social se fija en la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil ($650.000), conformado por Sesenta y Cinco Mil cuotas partes de interés de diez pesos cada una, suscriptas por los socios de la siguiente manera: Clemente Edgardo Alvarez, Trece Mil (13.000) cuotas; Gladys Teresita Lechini, Diecinueve Mil Quinientas (19.500) cuotas; Ramiro Ignacio Alvarez, Dieciséis Mil Doscientas Cincuenta (16.250) cuotas; y Jimena Luciana Alvarez, Dieciséis Mil Doscientas Cincuenta (16.250) cuotas; encontrándose dicho capital integrado con el capital integrado anteriormente, y este aumento en dinero efectivo en un 25% y el resto a integrar en un plazo máximo de 2 años por los socios.

$ 65 358503 Jun. 6

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CETRAUMA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1) Fecha Instrumento Cesión: 13 de Abril 2018.

2) Cesión: El señor Gustavo Claudio Kopp ha resuelto ceder la cantidad de Nueve Mil Ciento Ochenta (9.180) cuotas de diez pesos ($10,00) cada una del Capital Social a: 1ro) al señor Martín Mariano Ramírez la cantidad de Cuatro Mil Quinientas (4.500) cuotas lo que hace un total de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000,00) del capital social. En tales condiciones se verifica esta cesión por el precio de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000,00); 2do) al señor Mariano Luis Soria, la cantidad de Cuatro Mil Seiscientos Ochenta (4.680) cuotas lo que hace un total de Pesos Cuarenta y Seis Mil Ochocientos ($ 46.800,00) del capital social. En tales condiciones se verifica esta cesión por el precio de Pesos Cuarenta y Seis Mil Ochocientos ($ 46.800,00).

Estas cesiones surten efecto entre las partes a partir de la fecha del presente, siendo por consiguiente los cesionarios Martín Mariano Ramírez y Mariano Luis Soria propietarios de dichas cuotas y de todos los derechos y obligaciones que les corresponden de las cuotas transferidas desde esta fecha, teniendo pleno conocimiento del Activo y Pasivo Social, tomando los compradores a su cargo la totalidad de los mismos.

3) Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de Ciento Ochenta Mil Pesos ($ 180.000,00) dividido en dieciocho mil (18.000) cuotas de diez pesos ($ 10,00) cada una suscripta por los socios en la siguiente proporción: Mariano Luis Soria trece mil quinientas (13.500) cuotas por un valor de Ciento Treinta y Cinco Mil Pesos ($ 135.000,00) y el señor Martín Mariano Ramírez cuatro mil quinientas (4.500) cuotas por un valor de Cuarenta y Cinco Mil Pesos ($ 45.000,00). El capital social se encuentra integrado en el cien por cien (100%)

4) Administración: Se designa como gerentes a los socios Martín Mariano Ramírez, DNI 26.835.828, CUIT 20-26835828-6 y Mariano Luis Soria, DNI 30.291.639, CUIT 20-30291639-0 que actuarán en forma indistinta cualesquiera de dichos socios gerentes.

5) Artículo 470 Código Civil y Comercial: Presta su consentimiento, la señora Laura Jorgelina Velasco Zaballa, DNI. 26.675.860 en su carácter de cónyuge del cedente señor Gustavo Claudio Kopp

$ 85 358525 Jun. 6

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CANELA, VOS ELEGÍS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Casilda, Provincia de Santa Fe, a los 26 días del mes de marzo de 2018 Vanina Florencia Chiappero, D.N.I. 24.620.952, Lautaro Emanuel Chiappero, D.N.I. 30.349.191, únicos socios de CANELA, VOS ELEGÍS S.R.L. la que fuera inscripta en su acto constitutivo en Contratos, al Tomo 164, Folio 9399, Nº 583, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, el 29 de Abril de 2013, resuelven lo siguiente:

Primero: Modificar el Contrato Social en lo referente a la duración de la sociedad quedando redactada la cláusula Tercera de la siguiente forma: “ La duración de la sociedad queda fijada en el término de quince años a partir de la fecha de inscripción del contrato originario en el Registro Público de Comercio.

Segundo: El señor Lautaro Emanuel Chiappero vende, cede y transfiere a la señorita Anahi Carola Chiappero, argentina, sexo femenino, divorciada por sentencia judicial Nº 371 del 25 de abril de 2016, en los autos caratulados Bonavera, Diego Mariano c/Chiappero Anahi Carola s/Divorcio”, Expte. N° 304/2016, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia a cargo de la Jueza Dra. Luz Mariela Álvarez, Secretario Dr. Luciano A. Ballarini, nacida el 19 de Agosto de 1974, DNI. Nº 23.993.554, con domicilio en calle Las Heras 2257 de la ciudad de Casilda, de profesión comerciante, CUIT 27-23993554-6, trescientas (300) cuotas de capital de $ 100,00 cada una que tiene y posee en su calidad de socio de CANELA VOS ELEGÍS S.R.L.

Tercero: La señora Vanina Florencia Chiappero vende, cede y transfiere a la señorita Anahi Carola Chiappero, trescientas (300) cuotas de capital de $ 100,00 cada una que tiene y posee en su calidad de socio de CANELA VOS ELEGÍS S.R.L.

Cuarto: Capital Social - Aportes De Socios: El Capital Social se fija en la suma de ciento ochenta mil pesos ($ 180.000,00), dividido en mil ochocientas (1.800) cuotas de cien pesos ($ 100,00) cada una, suscritas por los socios de la siguiente forma:

a) La señora Vanina Florencia Chiappero suscribe seiscientas (600) cuotas de cien pesos ($ 100,00) cada una, que representan la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000.-), b) El señor Lautaro Emanuel Chiappero suscribe seiscientas (600) cuotas de cien pesos ($ 100,00) cada una, que representan la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000.-), y c) La señorita Anahí Carola Chiappero suscribe seiscientas (600) cuotas de cien pesos ($ 100,00) cada una, que representan la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000.-), La integración de las Cuotas de Capital Social por parte de los tres socios, se realizó mediante la capitalización total del Patrimonio Neto de la sociedad de hecho “CHIAPPERO VANINA FLORENCIA Y CHIAPPERO LAUTARO EMANUEL S.H”, emergente del Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2012, que debidamente certificado por Contador Público Nacional, se anexó al instrumento de constitución. El capital social se podrá incrementar cuando se estime conveniente, mediante cuotas suplementarias; la asamblea de socios aprobará las condiciones de aumento del capital en cuanto a montos y plazos de integración.

Quinto: De acuerdo a lo estipulado en la cláusula Quinta del Contrato Social, designar Socio Gerente únicamente a la señorita Anahi Carola Chiappero, quedando redactada la mencionada cláusula de la siguiente forma:

Administración - Dirección - Representación: La Dirección, Administración y Representación de la sociedad estará a cargo de un socio, designándose por este acto a la señorita Anahi Carola Chiappero, quien revestirá el carácter de Socio Gerente y deberá suscribir todos los actos, y contratos con la denominación de CANELA VOS ELEGÍS S.R.L., y aclaración de firma y cargo del Socio Gerente. El mandato es ilimitado pero no podrá utilizar la firma social a título gratuito ni en fianzas o garantías a terceros, ni en negocios ajenos a la sociedad. Las atribuciones conferidas al socio gerente alcanza a toda gestión que se deba efectuar ante los organismos de orden nacional, provincial, municipal, comunal, como así también en operaciones bancarias, ya sean entidades oficiales, privadas, y/o mixtas. El nombramiento del Socio Ge-rente a cargo de la dirección y administración de la sociedad, de común acuerdo podrán variarlo, pero siempre será uno, con las mismas atribuciones revistiendo el carácter de Socio Gerente, pudiendo en su defecto otorgarse un poder especial para determinados casos si así lo estiman procedentes los socios”.

$ 250 358498 Jun. 6

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DROGUERÍA KELLERHOFF S.A.


INSCRIPCIÓN DEL DIRECTORIO


La Asamblea Ordinaria del 17/10/2017 de Droguería Kellerhoff S.A. resolvió lo

siguiente:

- Elección de los miembros del Directorio por .el término de tres ejercicios: Presidente: Elisabet Clementina Boggio, D.N.I. Nº 17.324.301, Director Titular: Carlos Antonio Boggio, D.N.I. Nº 14.830.978, Director Titular: Sonia María Irma Boggio, D.N.I. N° 16.033.592. Todos los directores fijan domicilio especial en calle Pueyrredón 1149 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 358461 Jun. 6

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GLG construcciones S.A.


EDICTO COMPLEMENTARIO


En la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a los 2 días del mes de mayo 2018, se reunieron los accionistas de “GLG CONSTRUCCIONES S.A.” en asamblea ordinaria y decidieron trasladar la sede social a. Pasaje Tossi 1235 de Rosario.

$ 45 358424 Jun. 6

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P.I.K.A. S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Entre Alejandro Raúl Mantelli, D.N.I. 31.432.586, CUIT 23-31432586-9, comerciante, soltero, argentino, nacido el 11 de febrero de 1985, con domicilio en la Calle Güemes Nro. 2079 piso 1 Dpto. B, de la dudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y Adrián Raúl Mantelli, D.N.I. 12.113.593, CUIT 20-12113593-1, comerciante, divorciado según sentencia Nro. 329 de fecha 04/09/2002, Dictada por el Tribunal Colegiado de Familia de la 4ta Nominación de Rosario, argentino, nacido el 21 de marzo de 1958, con domicilio en calle Güemes Nro. 2079 piso 1 Dpto. B, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, convienen lo siguiente: Primero: que el Sr. Adrián Raúl Mantelli, cede, vende y transfiere a favor del Sr. Alejandro Raúl Mantelli, seis mil setecientas cincuenta (6750) cuotas de capital de una valor nominal de pesos diez ( $10.-) cada una de ellas, o sea por un total de pesos sesenta y siete mil quinientos ($ 67.500.-), que posee en la sociedad GASTRONÓMICA P.I.K.A S.R.L. CUIT 30-71430397-6, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en Contratos el 26/09/2013, al Tomo 164, Folio 24872 Número 1564, modificada el 19/02/2014 en Contratos al Tomo 165, Folio 1526, Número 108; cesión de cuotas e ingreso de socio el 01/06/201 en Contratos al Tomo 168, Folio 14603, Número 910 y cesión de cuotas el 15/02/2018 en Contratos al Tomo 169, Folio 907, Número 220, importe que el Sr. Adrián Raúl Mantelli declara haber recibido antes de este acto, la suma de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000.-). Segundo: En virtud de la cesión operada, la cláusula quinta del contrato social, queda redactada de la siguiente manera: Quinta: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil (150.000.-) dividido en Quince Mil Cuotas de un valor nominal de Diez Pesos cada una, totalmente suscripto e integrado de la siguiente manera: El Sr. Adrián Raúl Mantelli suscribe e íntegra (750), setecientas cincuenta cuotas de capital de $10 (pesos diez) cada una, o sea la suma de pesos siete mil quinientos ($ 7.500.-) y el Sr. Alejandro Raúl Mantelli, suscribe e integra (14.250), catorce mil doscientas cincuenta cuotas de capital de $10 (pesos diez) cada una, o sea la suma de pesos ciento cuarenta y dos mil quinientos( $ 142.500.-). Tercero: Las partes ratifican la administración y representación legal ejercida por el Sr. Alejandro Raúl Mantelli, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.-

Rosario el 31 de mayo de 2018.-

$ 75 358478 Jun. 6

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HERU HETA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que puedan corresponder, conforme Resolución de fecha 24 de Mayo de 2.018.

Directorio de “HERU HETA S.A.”, con domicilio en calle Once N° 598 de la localidad de Godeken, Departamento Caseros, provincia de Santa Fe, cuyo mandato tendrá vigencia hasta que la Asamblea General Ordinaria que se reúna para considerar el Balance General cerrado el 31 de Octubre de 2.020, proceda a su renovación, Presidente: Fiordani Gerardo, D.N.I. Nº 11.992.708, C.U.I.T. N° 20-11992708-1, argentino, nacido el 29 de Octubre de 1.955, casado en primeras nupcias con Márquez Olga Carmen, comerciante, domiciliado en Calle 17 N° 1033, de la localidad de Godeken, Departamento Caseros, provincia de Santa Fe. Director Suplente: Pierella Osvaldo Rubén, D.N.I. N° 12.388.313, C.U.I.T. N° 20-12388313-7, argentino, nacido el 18 de Agosto de 1.958, casado en primeras nupcias con Simioni María Cristina, Veterinario, domiciliado en Calle San Martín N° 915, de la localidad de Cafferata, Departamento General López, provincia de Santa Fe.

$ 11 358522 Jun. 6

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INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORES


En Asamblea General Ordinaria de fecha 9 de abril de 2018 se designaron directores titulares a Jorge Juan Mauricio Balan, Diego Sebastián Ruiz, Guillermo Luis Alberto Balan, Eduardo Alberto Bosio, Eduardo Raúl Andrés Balan y Laura Margariti y directores suplentes a Georgina Balan, Daniel Enrique Formentin y Chleny Lucia Secco y en reunión de Directorio de la misma fecha los designados aceptaron sus cargos, constituyeron domicilio especial y se designó Presidente del Directorio a Jorge Juan Mauricio Balan y Vicepresidente a Guillermo Luis Alberto Balan. Las partes pertinentes del acta de la asamblea y el acta de Directorio se transcribieron para su inscripción en escritura Nº 39 autorizada por el Escribano Gerardo Telesca de Rosario el 18 de mayo de 2018.

$ 45 358431 Jun. 6

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J.A.N. AGROPECUARIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público, ha ordenado la siguiente publicación respecto del Contrato de Reconducción de J.A.N. AGROPECUARIA S.R.L., de fecha 24 de Mayo de 2018, a saber:

Integrantes: José Blas Torta, de nacionalidad argentina, nacido el día 7 de abril de 1953, documento nacional de identidad 10.491.056, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Ana Maria Mignacco, domiciliado en calle Moreno Nº 567 de la localidad de Teodelina, Provincia de Santa Fe; Ana María Mignacco, de nacionalidad argentina, nacida el día 20 de agosto de 1952, documento nacional de identidad 10.436.725, de profesión Óptica Técnica, casada en primeras nupcias con José Blas Torta, domiciliada en calle Moreno Nº 567 de la localidad de Teodelina, Provincia de Santa Fe y Nelson José Torta, de nacionalidad argentina, nacido el día 13 de septiembre de 1984, documento nacional de identidad 30.865.634, de profesión estudiante, soltero, domiciliado en calle Moreno Nº 567 de la localidad de Teodelina, Provincia de Santa Fe

Razón Social y Domicilio: La sociedad girará bajo la denominación de “J.A.N. AGROPECUARIA S.R.L.” con domicilio legal en la localidad de Teodelina, departamento General López, provincia de Santa Fe

Duración y Capital: El plazo de duración se fija en cincuenta (50) años a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio

El capital social se fija en la suma de Pesos doscientos cincuenta mil ($250.000), dividido en veinticinco mil (25.000) cuotas sociales de un valor nominal de pesos diez ($10) cada una, cuya titularidad los socios detentan de la siguiente forma: 1) José Blas Torta: doce mil quinientas (12.500) cuotas sociales; 2) Ana María Mignacco: siete mil quinientas (7.500) cuotas sociales; y 3) Nelson José Torta: Cinco mil (5.000) cuotas sociales”

Administración y Fiscalización: La administración y representación de la sociedad esta a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma indistinta cualesquiera de ellos. El o los socios gerentes tendrán las más amplias facultades para la administración, disposición y dirección de los negocios sociales, incluidos los actos especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y en el articulo 9 del Decreto - Ley 5965/63, con la sola limitación de no poder usar la firma social en prestaciones gratuitas. Están expresamente facultados para solicitar préstamos a terceros, otorgando fianzas o garantías reales sobre bienes de la sociedad. La atribución conferida alcanza a toda la gestión que se deba efectuar ante los organismos de orden nacional, provincial, municipal o comunal, como así también a todo tipo de gestión con bancos o instituciones de crédito, ya sean oficiales, privadas o mixtas, conforme a sus Estatutos, leyes y/o cartas orgánicas. Asimismo queda facultado para realizar todo acto o contrato que considere conveniente y/o necesario para los intereses de la sociedad”.-

La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art.160 de la Ley 19.550.-

Cierre de Ejercicio: El día 30 de Junio de cada año se confeccionará un Balance General e Inventario de los negocios sociales.

Se informa que los CUIT de los socios son; Torta Nelson José CUIT: 23-30865634-9; Torta José Blas CUIT: 20-10491056-5 y Mignacco Ana María CUIT: 27-10436725-4-

Venado Tuerto, 30 de Mayo de 2018.-

$ 499 358511 Jun. 6 Jun. 8

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LA GOLONDRINA S.C.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de las autoridades a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, se hace saber que por acta de Asamblea Ordinaria Nº 88 de fecha 18/03/2013, los socios de LA GOLONDRINA S.C.A. han resuelto por unanimidad designar como administradores titulares con facultades indistintas a Gloria Raquel Barrera, argentina, viuda, mayor de edad, DNI Nº 01.107.762, domiciliada en zona rural de Amenábar, Santa Fe y Luis Laureano Barrios, argentino, mayor de edad, casado, domiciliado en Pellegrini 375 de la localidad de Amenábar, Santa Fe, DNI N° 13.881.805, designación que fue ratificada por unanimidad de socios en asamblea general ordinaria del 26/07/2016 y en asamblea general ordinaria Nº 105 en fecha 27/02/2018. En dicha asamblea, también por unanimidad, se designó a Graciela Beatriz Barrios, argentina, soltera, mayor de edad, DNI N° 13.881.806 domiciliada en zona rural Sancti Spíritu, Santa Fe, como administradora suplente. Se hace saber que la inscripción de la designación de autoridades se hará efectiva al solo y único efecto de viabilizar el trámite de transformación de La Golondrina S.C.A. en sociedad anónima ya iniciado ante Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Santa Fe.

$ 45 358509 Jun. 6

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MLS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo Registro Público de Comercio de Rosario, por resolución dentro del-expediente “M.L.R S.R.L.” N° 1.324/2018, se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para hacer saber que:

1) Cesión de Cuotas Sociales. Por contrato de cesión de cuotas del 23/02/2018, los socios Facundo Patricio Iturrat, Javier Oscar Daruich, David Mascimo Ganun, y Nicolás Agustín Levame, venden, ceden y transfieren la totalidad de las cuotas que poseen, es decir 25 cuotas cada uno, de V.N. $1.000, a los socios Bruno Hernán Riboldi, y Melina Cecilia Lenzi Reymond.

2) Nueva composición: en consecuencia, el Capital Social queda conformado de la siguiente manera: el socio Bruno Hernán Riboldi 75 (setenta y cinco) cuotas, o $75.000 (pesos setenta y cinco mil), representativas del 50% del Capital Social y la socia Melina Cecilia Lenzi Reymond, 75 (setenta y cinco) cuotas, o $75.000 (pesos setenta y cinco mil), representativas del 50% del Capital Social.

3) Reforma contractual de la cláusula quinta y sexta:

Cláusula Quinta: “El capital social se establece en la suma de $150.000 (pesos ciento cincuenta mil), dividido en 150 (ciento cincuenta) cuotas de $1.000 (pesos un mil) cada una, quedando en consecuencia conformado de la siguiente manera: el socio Bruno Hernán Riboldi 75 (setenta y cinco) cuotas, o $75.000 (pesos setenta y cinco mil), representativas del 50% del Capital Social y la socia Melina Cecilia Lenzi Reymond, 75 (setenta y cinco) cuotas, o $75.000 (pesos setenta y cinco mil), representativas del 50% del Capital Social”.

Cláusula Sexta: “La administración y representación legal estará a cargo de uno o más socios gerentes. Serán designados por la mayoría de capital presente, por el término de dos años, reelegibles. En su caso podrán ser removidos respetando la misma mayoría requerida para su nombramiento. El uso de la firma social será en forma indistinta por cualesquiera de ellos. En el cumplimiento de su función, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el articulo ?0. 375 del Código Civil y decreto 5965/63, Art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad”.

Las demás cláusulas del contrato social no se modificadas por la presente, quedan ratificadas. Las Sras. Malena Conde y Ana Bárbara Ybarra, cónyuges de los Srs. Facundo Patricio Iturrat y Javier Osear Daruich respectivamente, prestan la conformidad a la cesión de cuotas efectuadas, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 470 del Código Civil y Comercial de la Nación.

4) Designación de gerentes. Por Acta de socios de fecha 23 de febrero de 2018 se resuelve designar como gerentes a los socios Bruno Hernán Riboldi y Melina Cecilia Lenzi Reymond, quienes actuarán de acuerdo a la cláusula sexta del contrato social.

$ 70 358528 Jun. 6

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NUEVA ERA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar dispuesto a los autos caratulados “NUEVA ERA S.A. s/Designación de Autoridades” según expediente 961/2018 (21-05197391-4), que se tramitan por ante el Registro Público del Sr. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que:

Por Acta de Asamblea General Extraordinaria Nro. 26 de fecha 04 de Mayo de 2018, se aprueba por unanimidad la conformación del nuevo Directorio:

Presidente Del Directorio - Director Titular: Sr. Esteban Javier Christen

Director Suplente: Sra. Luisa Irene Ceuninck, ambos domiciliados en calle Entre Ríos 2748, Dpto 3 (CP 3000) de la ciudad de Santa Fe.-

Santa Fe, 30 de Mayo de 2018. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 358490 Jun. 6

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ROGIRO ACEROS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que por instrumento de fecha 27 de Marzo de 2018, se ha procedido a elegir un nuevo Directorio, quedando integrado el mismo de la siguiente manera: Presidente: Néstor Rubén Rozin DNI Nº 11.124.917; Vicepresidente; Oscar Jaime Gindin D.N.I. Nº 6.054.472; Directores Titulares: Adriana Rozin de Gindin DNI 5.812.574; Damián Pablo Rozin DNI No 29.762.520; Diego Ariel Gindin DNI N° 22.896.199. Todos los mencionados aceptan el cargo para los que fueron designados, fijando asimismo, de acuerdo con lo prescripto en el art. 256, último párrafo de la ley 19.550 y sus modificaciones, el siguiente domicilio especial para todos los directores: Avenida de las Palmeras Nº 4515 “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.-

$ 45 358470 Jun. 6

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RAÚL CÓRDOBA

CONSTRUCCIONES EN SECO S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuestos en los autos caratulados “RAÚL CÓRDOBA CONSTRUCCIONES S.R.L. s/Constitución de Sociedad” - CUIJ 21-05505438-7, de trámite por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1era. Nominación de Rosario, se hacer saber que: se ha dado inicio a la gestión de inscripción de Estatuto y Designación de autoridades de la entidad “RAÚL CÓRDOBA CONSTRUCCIONES S.R.L”. Socios: entre Córdoba Raúl, argentino, comerciante, nacido el 10 de noviembre de 1983, DNI Nº 30.389.801, CUIT Nº 20-30389801-9, soltero, domiciliado en calle Av. Del Trabajo Nº 297, de la ciudad de Villa Constitución, Kopaitich Mara Lia, argentina, estudiante, nacida el 12 de abril de 1984, DNI Nº 30.701.972, CUIT Nº 27-30701972-3, divorciada según expediente No 1333/13 del Juzgado de Primera Instancia de Flia. N° 14 de Villa Constitución, bajo oficio Nº 1427/15, domiciliada en calle Libertad 1.888, de la ciudad de Villa Constitución, Instrumento de constitución: 25 de abril de 2018. Razón Social: La sociedad tendrá por denominación Raúl Córdoba Construcciones en Seco S.R.L. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) compra y venta mayorista de materiales y herramientas para la construcción en seco, iluminación y pintura; b) compra y venta al público de materiales y herramientas para la construcción en seco, iluminación y pintura; c) depósito de materiales y herramientas; d) importación y exportación de materiales y herramientas para la construcción en seco; e) distribución de materiales y herramientas f) servicios de locación de obra y mano de obra para la construcción en seco, colocación de materiales, iluminación y pintura. Duración: 25 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital: El capital social se fija en la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000,00) dividido en dos mil (2.500) cuotas sociales con un valor nominal de cien pesos ($ 100,00) cada una, que los socios suscriben en este acto según se detalla a continuación: el Señor Córdoba Raúl un mil doscientos cincuenta (1.250) cuotas de capital, ellos es ciento veinticinco mil pesos ($ 125.000,00); la Señorita Kopaitich Mará Lia, un mil doscientos cincuenta (1.250) cuotas de capital, por la suma de ciento veinticinco mil pesos ($ 125.000,00); Administración y Representación: La sociedad será administrada, dirigida y representada por uno o más gerentes, socios o no con facultades para comprometerla firmando en forma indistinta. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará cargo de todos lo socios. Cierre de ejercicio comercial: 31 de Diciembre de cada año.- Lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL.

$ 95 358432 Jun. 6

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SYLABUS S.R.L.


CONTRATO


Por contrato privado de fecha 16 de Abril de 2018, María Mónica Carmen Torres; argentina, DNI Nº 12.360.104, CUIT Nº 27-12360104-7, de apellido materno Franco, de estado civil divorciada, nacida el 09 de julio de 1956, con domicilio en Barrio Sol Paraná- A012 s/n. Lote 119 de la ciudad de Pueblo Esther (2126), de profesión Médica, CUIT Nº 27-12360104-7 vende, cede, y transfiere a favor de la señora Betina Fernanda País, argentina, DNI Nº 21.855.156, CUIT Nº 23-21855156-4, de apellido materno Montefiore, nacida el día 19 de octubre de 1970, domiciliada en calle Av. Bernehim Nº 9179 de la ciudad de Rosario, de profesión Médica y del Sr. Edgardo Gabriel Fernández Militello, argentino, DNI N° 25.204.146, CUIT Nº 20-25204146-0, de apellido materno Militello, nacido el 29 de abril de 1976, de profesión médico, de estado civil soltero, con domicilio en Av. Tomas de la Torre N° 373 bis de la ciudad de Funes (2132), en igual proporción, 8.000 cuotas sociales (equivalente al 2.0% del capital social total) de su titularidad de la sociedad “SYLABUS S.R.L.”, que se encuentran totalmente integradas, todo por una suma total de pesos Cuarenta y Ocho Mil ($ 48.000). Asimismo y mediante mismo contrato privado, el Sr. Cristian Andrés Arce, argentino. DNI N° 23.928.792 CUIT N° 20-23928792-2, de apellido materno Podadera, de estado civil divorciado en 1° nupcias de Maira María del Lujan Ciriachi, DNI N° 26.547.068, nacido el día 15 de Octubre de 1974, con domicilio en Juan José Paso N° 8782 de la ciudad de Rosario, de profesión Médico, vende, cede, y transfiere a favor de la señora Betina Fernanda País, argentina, DNI No 21.855.156, CUIT N° 23-21855156-4, de apellido materno Montefiore, nacida el día 19 de octubre de 1970, domiciliada en calle Av. Bernehim N° 9179 de la ciudad de Rosario, de profesión Médica y del Sr. Edgardo Gabriel Fernández Militello, argentino, DNI Nº 25.204.146, CUIT Nº 20-2.5204146-0, de apellido materno Militello, nacido el 29 de abril de 1976, de profesión médico, de estado civil soltero, con domicilio en Av. Tomas de la Torre Nº 373 bis de la ciudad de Funes (2132), en igual proporción, 2.000 cuotas sociales (equivalente al 0.5% del capital social total) de su titularidad de la sociedad “SYLABUS S.R.L.”, que se encuentran totalmente integradas, todo por una suma total de pesos Doce Mil ($ 12.000).- En consecuencia se reforma la cláusula Quinta, quedando redactada de la siguiente manera: “Quinta: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Cuatrocientos mil ($400.000.-) divididos en 400.000 cuotas de pesos uno ($1.-) cada una, valor nominal, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: La socia María Mónica Carmen Torres, DNI Nº 12.360.104 suscribe 264.000 cuotas de capital representativas de pesos Doscientos Sesenta y Cuatro Mil ($ 264.000); el socio Edgardo Gabriel Fernández Militello, DNI N° 25.204.146, suscribe 31.000 cuotas de capital representativas de pesos Treinta y Un Mil ($ 31,000); la socia Betina Fernanda País, argentina, DNI N° 21.855.156, suscribe 31.000 cuotas de capital representativas de pesos Treinta y Un Mil ($31.000) y el socio Cristian Andrés Arce, argentino, DNI N° 23.928.792 suscribe 74.000 cuotas de capital representativas de pesos Setenta y Cuatro Mil ($ 74.000). Las cuotas sociales se encuentran suscriptas e integradas en su totalidad al día de la fecha.-“. Asimismo, y mediante Acta de Asamblea de fecha 12/03/2018, se tomó razón de la renuncia del Gerente Sr. Cristian Andrés Arce, quedando subsistente la gerencia indistinta de los demás gerentes, Sres. Edgardo Gabriel Fernández Militello y María Mónica Carmen Torres.-

$ 115 358391 Jun. 6

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TRANSPORTE PAEZ S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: TRANSPORTE PAEZ S.A.S. s/inscripción de estatuto, expediente N° 805/2018 de trámite ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se autoriza la siguiente publicación:

Que los socios y únicos integrantes de TRANSPORTE PAEZ S.A.S. llamados D Amelio María, domiciliado en calle Las Heras 6065 de la localidad de Santa Fe, provincia de Santa Fe , DNI Nro 11.278.062, D Amelio Susana Rosa, domiciliado en calle Las Heras 6046 de la localidad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, DNI Nro. 17.722.135, Páez Daniel Alejandro, domiciliado en calle Las Heras 6065, de la localidad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, DNI Nro. 26.977.207 resuelven constituir una Sociedad por Acciones Simplificada, con los siguientes artículos:

1- Denominación: Transporte Páez S.A.S.

2- Domicilio: Las Heras 6065, cuidad de Santa Fe.

3- Objeto: Transporte automotor de pasajeros para el turismo.

4- Capital Social: Pesos cien mil ($100.000) representadas en 100.000 acciones de 1 peso cada una. D Amelio María treinta y tres mil, trescientas treinta y tres acciones (33.333) D Amelio Susana Rosa treinta y tres mil, trescientas treinta y tres acciones (33.333) y Páez Daniel Alejandro treinta y tres mil, trescientas treinta y cuatro acciones (33.334).

5- Duración: 20 años.

6- Administración: Titular Páez Daniel Alejandro y suplente D Amelio Susana Rosa.

7- Fiscalización: Se prescinde de sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que posee los accionistas conforme al artículo 55 LGS.

8- Fecha de cierre de ejercicio y balance anual: 31 loe Diciembre de cada año-

Santa Fe, 23 de Mayo de 2018. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 150 358415 Jun. 6 Jun. 7

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VERONA S.A.S


CONTRATO


Por estar dispuesto en los autos caratulados VERONA S.A.S. s/Constitución de Sociedad Expte. N° 935, Año 2018 que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio del Sr. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que:

Por Acta Constitutiva de fecha 26 de Abril de 2018, las señoras: Pamela Verona Lordi, D.N.I. Nro. 27.762.408; Constanza Araseli Lordi, DNI Nro. 25.781.676, y Mariela Del Carmen Lordi, DNI Nro. 21.563.197, han resuelto de común acuerdo constituir una sociedad por acciones simplificada, con sujeción al siguiente:

Artículo 1: La sociedad se denomina “VERONA S.A.S. “, y tiene su domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.

Artículo 2: Su duración es de 30 Años, contados desde la inscripción en el Registro Público.

Artículo 3: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Elaboración y comercialización al por menor y/o mayor de todo tipo de artículos de panadería, pastelería, confitería, heladería y sus derivados; así como también la prestación de servicios derivados de bar, cafetería, caterings en el local o envíos a domicilio.

Artículo 4: El capital social es de $150.000 (pesos ciento cincuenta mil), representado por acciones de $1.000 (pesos mil), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.

Artículo 5: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas.

Artículo 9: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una a cinco personas humanas, socias o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación.

Artículo 12: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el art. 55 LGS

Artículo 13: El ejercicio social cierra el 30 de Abril de cada año..

IV.- Se designa para integrar el Órgano de Administración:

Titular: Lordi, Pamela Verona - DNI: 27.762.408

Suplentes: Lordi, Constanza Araseli - DNI: 25.781.676 y Lordi, Mariela del Carmen - DNI: 21.563.197

V.- Se fija la sede social en calle San Martín 2585 de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe.

Santa Fe, a los 30 días del mes de Mayo de 2018.- Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 100 358489 Jun. 6

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ECCO S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


ECCO S.A., comunica la reforma del Estatuto y Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria Nº 20 de fecha 14/07/2017 y Asamblea General Extraordinaria Nº 21 de fecha 20/04/2018

Nuevo texto ordenado:

Artículo Primero: La Sociedad se denomina ECCO S.A., y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Por resolución del Directorio podrá establecer sucursales o agencias en cualquier punto del interior o exterior del país, con o sin capital determinado.- Artículo Segundo: Su duración es de noventa y nueve años contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio o sea que vence el 24 de mayo de 2083.- Artículo Tercero: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: a) Traslado de pacientes, por cualquier medio, propio, de terceros o asociada a terceros y atención medica de pacientes internados, en traslado, en domicilio y también ambulatorios a través de servicios propios y/o de terceros subcontratados.- b) Transporte aéreo de personas y cargas, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros fundamentalmente, pero sin limitarse exclusivamente a ello, relativo al traslado de pacientes o cosas relacionadas a su atención.- c) Explotación, alquileres y locación de servicios de ambulancia terrestre y/o aérea, simples o de unidad coronaria, para servicios urbanos o rurales, ya sea a través de medios propios o de terceros subcontratados.- d) Prestar servicios médicos necesarios ya sea en el domicilio que fueren requeridos o durante el traslado del paciente a centros asistenciales.- Practicar los estudios que estimen pertinentes en el domicilio y ordenar los que se consideren necesarios.- e) Prestar todo tipo de servicios asistenciales, sanitarios, de salud, así como cualquier otro que tenga relación con las actividades comprendidas dentro del arte de curar.- f) Comercializar seguros médicos, seguros generales y seguros de vida.- g) Compra, venta, construcción, remodelación, permuta, administración, locación, sublocación, arrendamiento y toda otra operación relacionada con inmuebles urbanos, incluidas operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre propiedad horizontal.- h) Realizar inversiones de todo tipo en sociedades constituidas o a constituirse, mediante la adquisición de participaciones accionarias o de cualquier otra índole.- i) Otorgar avales, fianzas y garantías a las sociedades vinculadas y/o controladas, obligando a la Sociedad en forma solidaria, lisa, llana y principal pagadora de las obligaciones asumidas por dichas sociedades.- j) Comercialización e importación de productos químicos, farmacéuticos, especialidades medicinales, aparatos e instrumental médicos, implantes, prótesis, ortesis, material descartable o reutilizable, o cualquier otro producto utilizado o destinado a uso en medicina humana y artículos afines permitidos por las disposiciones vigentes en la materia, servicio de gabinete vacunatorio y similares.- k) Comprar, vender y/o alquilar bienes de uso y consumo relativos a la actividad médica.- l) Dedicarse en el país o en el extranjero, por cuenta propia o de terceros a: diseñar, editar, publicar, distribuir libros, revistas, afiches, folletería científica, material audiovisual (cintas de video, transparencias, compact disk) destinado a la divulgación científica de medicina de emergencia, cuidados intensivos, atención al agudo y catástrofe. A tal fin la Sociedad podrá establecer sucursales y/o agencias dentro y fuera del territorio nacional, teniendo plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.- Artículo Cuarto: El Capital Social de la Sociedad es de Cincuenta millones sesenta mil cuatrocientos diez pesos representado por 50.060.410 acciones Ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, pudiendo delegarse en el Directorio la época de su emisión, forma y condiciones de pago. Artículo Quinto: Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales contendrán las menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la ley 19550 (texto ordenado Decreto 841/84) y en el artículo 1° del Decreto 83/86.- Artículo Sexto: En caso de mora en la integración de las acciones, el Directorio podrá elegir cualquiera de los procedimientos del art. 193 de la ley 19550 (texto ordenado Decreto 841/84).- Artículo Séptimo: La Dirección y Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por un mínimo de tres y un máximo de cinco miembros titulares, pudiendo la Asamblea designar igual o menor número de suplentes, los que se incorporaran al Directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de tres ejercicios pudiendo ser reelectos indefinidamente. La Asamblea fijará el número de directores así como su remuneración. El Directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un Presidente y un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento.- En garantía de sus funciones, los titulares constituirán una póliza de caución acorde con la normativa vigente- El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición incluso las que requieran poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial y del artículo 9° del Decreto Ley 5265/63. Podrá especialmente operar con toda clase de Bancos, compañías financieras o entidades crediticias, oficiales o privadas, dar y revocar poderes especiales o generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la Sociedad. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente o al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento del Presidente; en caso de ausencia o impedimento de ambos, serán reemplazados transitoriamente, con los mismos derechos y obligaciones por el Director que designen los demás miembros del Directorio. La Dirección Técnica de los servicios que presta la empresa será ejercida por uno o más médicos, quienes serán designados por el Directorio, pudiendo o no ser integrantes del mismo.- Artículo Octavo: La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de tres Síndicos Titulares designados por la Asamblea con mandato por tres ejercicios, pudiendo ser reelectos indefinidamente. Se designarán igual número de Suplentes que reemplazarán a los titulares en el orden de su designación. Los Síndicos designados actuarán como órgano colegiado bajo la denominación de Comisión Fiscalizadora, estando a su cargo todas las atribuciones y deberes proscriptos por el artículo 294 de la ley 19.550. Dicho cuerpo llevará un libro de actas donde asentarán el resultado de sus deliberaciones y adoptarán sus resoluciones con la presencia y el voto favorable de la mayoría de sus miembros, sin perjuicio de los derechos y atribuciones que la ley otorga al disidente. La retribución de los miembros de la comisión fiscalizadora será fijada por la Asamblea y se cargará a gastos generales. Artículo Noveno: Las Asambleas pueden ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el art. 237 de la ley 19550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime, en cuyo caso se celebrará en segunda convocatoria el mismo día, una hora después de fracasada la primera. En caso con convocatoria sucesiva se estará a lo dispuesto en el artículo 237 antes mencionado. El quórum y régimen de mayorías se rigen por los artículos 243 y 244 de la ley 19550, según las clases de Asambleas, convocatorias y materias de que se traten. La Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria se celebrará cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho a voto. Artículo Décimo: Al cierre del ejercicio social que operará el día 31 de diciembre de cada año, se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. Las ganancias liquidas y realizadas se destinaran: 1) el 5% (cinco por ciento) hasta completar el 20% (veinte por ciento) del capital social a la formación del fondo de reserva legal; 2) a remuneración del Directorio y sindicatura, en su caso; 3) el saldo tendrá el destino que decida la Asamblea. Los dividendos deberán ser pagados en proporción a las respectivas integraciones y dentro del año de su sanción.- Artículo Décimo Primero: Producida la disolución de la Sociedad, su liquidación estará a cargo del Directorio actuante en ese momento o de una comisión liquidadora que podrá designar la Asamblea.- En ambos casos si correspondiere, se procederá bajo la vigilancia del Síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, se distribuirá el remanente entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones.”

$ 130 358484 Jun. 6

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