picture_as_pdf 2017-06-06

BANCO BICA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se comunica que BANCO BICA S.A., CUIT 30-712331239, mediante Asamblea General Ordinaria celebrada en Santa Fe el día 25/04/2017 y Acta de Directorio de Distribución de cargos de la misma fecha, procedió a la elección de nuevos Directores titulares y suplentes, y Síndicos titulares y suplentes, habiendo sido electos: Director Titular Presidente: Sr. José Luís Adolfo Mottalli. Director Titular Vicepresidente Primero: Sr. C.P.N Darío Rubén Pini. Director Titular Vicepresidente Segundo: C.P.N Jorge Alberto Andrek. Directores Titulares: Sr. Alfredo Eduardo Bianchi, Sr. Norberto Daniel Gómez, Sr. C.P.N Roberto Oscar Bernal, Sr. C.P.N. Federico José Eberhardt; Síndicos Titulares: Sres. C.P.N. Mario Javier Mazzoni, C.P.N. Pablo Vasti y C.P.N. Héctor Alberto Depaolo Síndicos Suplentes: Sres. C.P.N. José Luís Lossada; C.P.N. Carlos Ignacio Mayol y C.P.N. Manuel Antonio Tennen.

$ 45 325291 Jun. 6

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INSTITUTO DE REHABILITACIÓN NEUROLÓGICA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En virtud de lo dispuesto en los autos “INSTITUTO DE REHABILITACIÓN NEUROLOGICA S.R.L. s/Cesión de cuotas. Retiro de socios. Aumento de capital. Prórroga”, Expte. Nº 3179/2016, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que:

1. En la Reunión de Socios N° 11, del 11/08/2016, los socios han decidido aprobar en forma unánime la cesión de cuotas sociales instrumentada a través del Contrato de Cesión y Transferencia de Cuotas Sociales, por el cual: a) Miguel Severiano Garrote cede y transfiere la totalidad de sus ciento cincuenta (150) cuotas sociales, de valor nominal diez pesos ($ 10), equivalentes al 12,5% de capital social, de la siguiente manera: cien (100) cuotas sociales a Daniel Pablo Vercesi y cincuenta (50) cuotas sociales a Gustavo Fernando Urbaneja. b) José Carlos Nallino cede y transfiere la totalidad de sus ciento cincuenta (150) cuotas sociales, de valor nominal diez pesos ($ 10), equivalentes al 12,5% de capital social, de la siguiente manera: cien (100) cuotas sociales a Daniel Pablo Vercesi y cincuenta (50) cuotas sociales a Gustavo Fernando Urbaneja, quienes las adquieren para sí. c) Alejandro Gutiérrez Márquez cede y transfiere la totalidad de sus ciento cincuenta (150) cuotas sociales, de valor nominal diez pesos ($ 10), equivalentes al 12,5% de capital social, de la siguiente manera: cien (100) cuotas sociales a Daniel Pablo Vercesi y cincuenta (50) cuotas sociales a Gustavo Fernando Urbaneja, quienes las adquieren para sí. d) Wenceslao Pedro Tejerina, juntamente con María Elena Etchandy y Pedro Sebastián Etchandy, en su carácter de herederos de su cónyuge María Elena Soaje, ceden y transfieren la totalidad de sus ciento cincuenta (150) cuotas sociales, de valor nominal diez pesos ($ 10), equivalentes al 12,5% de capital social, a Daniel Pablo Vercesi, quien las adquieren para sí. Como consecuencia de las cesiones indicadas las participaciones en el Capital Social quedaron finalmente distribuidas en un 62,50% para Daniel Pablo Vercesi, argentino, nacido el 21/06/1956, DNI. 12.480.799, estado civil divorciado, médico, con domicilio en calle Laprida 1257 de Rosario y en un 37,50% para Gustavo Fernando Urbaneja, argentino, nacido el 01/11/1958, DNI. 12.886.164, divorciado, médico, con domicilio en calle Alem 1344, 5 “C” de Rosario.

2. En la misma reunión, los Sres. Socios decidieron aprobar la prórroga del plazo de duración social, cuyo vencimiento estaba previsto para el 18 de agosto de 2016, y, en consecuencia reformar la Cláusula Tercera del Estatuto Social quedando redactada en la siguiente forma: Tercera: Duración: La sociedad tenía una duración original de diez años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, la cual fue prorrogada por diez años más a contar desde el 18 de agosto de 2016”.

3. Se decidió asimismo aumentar el monto del capital social fijado en la Cláusula Quinta del Contrato Social, de pesos doce mil ($ 12.000) a pesos ciento ochenta mil ($ 180.000). El nuevo capital queda así representado en dieciocho mil (18.000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, que los Sres. Socios suscriben en su totalidad en la proporción de sus participaciones (62,50% para Daniel Pablo Vercesi y 37,50% para Gustavo Fernando Urbaneja). La integración del nuevo capital será realizada en efectivo en las proporciones correspondientes a cada uno, en un 25% a partir de la fecha de la reunión que decidió el aumento y el 75% restante en el plazo de ley. En consecuencia, se aprobó asimismo reformar la Cláusula Quinta del Estatuto Social, que queda redactada en la siguiente forma: “Quinta: El capital social se fija en la suma de Pesos Ciento Ochenta Mil ($ 180.000) representado en dieciocho mil (18.000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran del siguiente modo: Daniel Pablo Vercesi suscribe once mil doscientas cincuenta (11.250) cuotas sociales de pesos diez ($ 10) cada una que representan la suma de pesos ciento doce mil quinientos ($ 112.500), y Gustavo Fernando Urbaneja suscribe seis mil setecientas cincuenta (6.750) cuotas sociales que representan la suma de pesos sesenta y siete mil quinientos ($ 67.500). La integración se efectúa en dinero en efectivo y de la siguiente forma: en este acto y conforme a lo dispuesto por Ley, el veinticinco (25%), es decir la cantidad de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000), aportados por los socios en la proporción a lo suscripto por ellos; el setenta y cinco por ciento (75%) restante, b sea la suma de pesos ciento treinta y cinco mil ($ 135.000), será integrado dentro del plazo me Ley”.

$ 140 324765 Jun. 6

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LAS ROSAS CABLEVISIÓN S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “LAS ROSAS CABLEVISIÓN S.R.L. s/Modificación del Contrato Social” Expte. N° 407, año 2017 ha ordenado la publicación en el BOLETÍN OFICIAL conforme a lo previsto por Art. 10 inc. a de la ley 19.550, a saber:

1- Prórroga de duración: Se resuelve prorrogar el plazo de duración en 50 (cincuenta) años a partir del día 19 de Febrero de 1999, fecha en que fue inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe, bajo el Nº 208 Folio 97 del Libro 14 de S.R.L. Consiguientemente el vencimiento del término de duración de la sociedad se producirá el día 19 de Febrero de 2049.-

2.- Objeto: Se resuelve modificar el objeto social, el nuevo objeto será: La Prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y de Servicios de comunicación Audiovisual, conforme lo establece la “Ley 27.078 Argentina Digital y las modificaciones efectuadas por Decreto 267/2015 y demás normas complementarias o cualquier otra legislación que pudiera reemplazarla en el futuro”.

3.- Aumento Del Capital Social: Los socios acuerdan aumentar el Capital Social en $ 1.992.000- (Pesos un millón novecientos noventa y dos mil), Este aumento es suscripto por los socios en proporción a sus tenencias actuales, e integrado de la siguiente forma: capitalizando la parte proporcional que a cada uno le corresponde de la cuenta denominada “Resultados no Asignados” del saldo de la misma al 30 de junio de 2016, El aumento de capital en $1.992.000, sumado al Capital Social con que giraba la Sociedad de $ 8.000,00.- (ocho mil pesos), hacen un total de $ 2.000.000.- (Dos millones de pesos), correspondiendo a Lucas Waldemar Bartolelli 190.000 cuotas, representativas del 95,00% del capital, de $ 10 cada una por $1.900.000.- (pesos un millón novecientos mil) y Marina Maini Antonini 10.000 cuotas, representativas del 5,00% del capital, de $ 10 cada una por $100.000 (pesos cien mil).-

4.- Fecha del Instrumento: 23/02/2017

$ 71 324793 Jun. 6

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ING. SAAVEDRA y ASOC. S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Denominación: “ING. SAAVEDRA Y ASOC. S.R.L.”, Fecha: 12-05-2017 Socios: Daniel Omar Saavedra, argentino, D.N.I. Nº 16.387.527, C.U.I.T. Nº 20-16387527-7, nacido el 10 de julio de 1963, divorciado de sus primeras nupcias con Nanci Vilma Miniello, según Decreto 401 de fecha 03 de octubre de 2003 del Juzgado Civil, Comercial y Laboral 2° Nominación, Distrito 12, San Lorenzo, de profesión ingeniero, con domicilio en la calle Los Inmigrantes Nº 494, de la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe y la señorita María Cecilia Saavedra, argentina, D.N.I. Nº 36.690.195, C.U.I.T Nº 27-36690195-2, nacida el 19 de febrero de 1992, soltera, estudiante, con domicilio en calle 3 de Febrero Nº 1143 Piso 2 Departamento 1, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Duración: 20 años. Objeto: a) La proyección y ejecución de Obras de canales, zanjeos y nivelación de terrenos, limpieza de tanques terrestres y marítimos, silos, b) Recolección, reducción y eliminación de desperdicios, depuración de aguas residuales, alcantarillado y cloacas. Reparación hidráulica en instalaciones sanitarias, c) Limpieza de espacios verdes, parquización y poda de árboles. Fumigaciones, d) Conservación y mantenimiento de edificios públicos y privados. Reparación de veredas y calzadas. Podrá realizar todos los actos necesarios y toda la clase de operaciones relacionadas con el objeto social. Capital: $ 500.000.- Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. Gerentes Se designa como gerente de la sociedad al señor Daniel Omar Saavedra. Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios. Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Sede Social: Los Inmigrantes Nº 494, de la ciudad Capitán Bermúdez, provincia se Santa Fe.

$ 76 324785 Jun. 6

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ING. SAAVEDRA Y ASOC. S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


a) Fecha del instrumento: 10 de mayo de 2017.

b) Cesión de Cuotas: Andrea María Serenelli, titular de noventa y cinco (95) cuotas de mil pesos ($1.000) cada una de “ING. SAAVEDRA Y ASOC S.R.L” y que representan el 95% del capital social, vende, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas al Sr. Daniel Omar Saavedra.

c) Ingreso de Nuevo Socio: Daniel Omar Saavedra, argentino, D.N.I. Nº 16.387.527, C.U.I.T. nº 20-16387527-7, nacido el 10 de julio de 1963, divorciado de sus primeras nupcias con Nanci Vilma Miruello, según Decreto 401 de fecha 03 de octubre de 2003 del Juzgado Civil, Comercial y Laboral 2° Nominación, Distrito 12, San Lorenzo, de profesión ingeniero, con domicilio en la calle Los Inmigrantes N° 494, de la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe.

d) Cesión de Cuotas: Adriana Violeta Saavedra, titular de cinco (5) cuotas de mil pesos ($1.000) cada una de “ING. SAAVEDRA Y ASOC S.R.L” y que representan el 5% del capital social, vende, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas a la Srta. María Cecilia Saavedra.

e) Ingreso de Nuevo Socio: María Cecilia Saavedra, argentina, D.N.I. N° 36.690.195, C.U.I.T Nº 27-36690195-2, nacida el 19 de febrero de 1992, soltera, estudiante, con domicilio en calle 3 de Febrero N° 1143 Piso 2 Departamento 1, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

f) Modificación Cláusula Quinta: El Capital social se fija en la suma de Pesos Cien mil ($ 100.000,00), dividido en cien (100) cuotas de Pesos Un Mil ($ 1.000,00) valor nominal cada una, siendo titulares el señor Daniel Omar Saavedra, de (95) cuotas de capital, o sea Pesos Noventa y cinco mil ($ 95.000,00) y la señorita María Cecilia Saavedra de cinco (5) cuotas de capital, o sea Pesos Cinco mil ($ 5.000,00).-

g) Renuncia del Socio Gerente: Renuncia expresa al cargo por parte de la Sra. Andrea María Serenelli.

h) Nuevo socio Gerente: Designación del socio gerente Sr. Daniel Omar Saavedra.

i) Ratificación domicilio de la Sede Social: Los Inmigrantes N° 494, de la ciudad Capitán Bermúdez, provincia se Santa Fe, República Argentina.

$ 80 324786 Jun. 6

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AVANZAR INTEGRAL S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio, se ha dispuesto ordenar la publicación por el término de ley del siguiente edicto:

1) Socios.- Daniel Eduardo Druetta, argentino, nacido el día 2 de abril de 1955, casado, de profesión ingeniero electrónico, domiciliado en calle Emilio Ortiz 1745 de la Ciudad de Sastre, Provincia de Santa Fe, D.N.I. Nº 11.626.478, CUIT 20-11.626.478-2; Horacio Santiago Druetta, argentino, nacido el día 12 de agosto de 1955, casado, de profesión agrimensor e ingeniero geógrafo, domiciliado en calle Chacabuco s/n° de la localidad de Cañada Rosquín, Provincia de Santa Fe, D.N.I. Nº 12.592.589, CUIT 20-12592589-9; Sergio Hugo Druetta, argentino, nacido el día 18 de septiembre de 1962, casado, de profesión comerciante, domiciliado en calle Chacabuco s/n° de la Ciudad de Cañada Rosquín de la Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 14.535.983, CUIT 20-14535983-0, y Claudio Marcelo Druetta, argentino, nacido el día 19 de noviembre de 1964, casado, de profesión abogado, domiciliado en calle Catamarca 1473 4° piso A de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 16.716.419, CUIT 20-16716419-7.-

2) Fecha del Instrumento Constitutivo: 24 de Noviembre de 2016.

3) Denominación Social: AVANZAR INTEGRAL S.A.

4) Domicilio social: Santa Fe 1261 3° Piso Of. 314 de Rosario, Pcia. de Santa Fe.

5) Objeto social: dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: a) Comerciales: Instalación y explotación de estaciones de servicio para la venta de combustibles, lubricantes, repuestos, accesorios, gomería, lavados, engrase y demás servicios complementarios. Explotación de minimercado y comedor. Venta mayorista de combustibles, lubricantes, agroinsumos, y su distribución. Transportes de combustibles, cereales, semillas y/u oleaginosas y sus derivados, b) Agropecuarias: Emprender actividades, agrícolas y ganaderas, comprendiendo toda clase de actividad agropecuaria, explotando campos, cría y engorde de ganado, agricultura. Almacenamiento y acopio de cereales propios y de terceros. Comercializar cereales y demás productos agrícolas y ganaderos, por mandato y/o consignación. Adquirir por cuenta propia y/o de terceros productos, máquinas, repuestos y otros insumos necesarios para la explotación agrícola ganadera. Establecer fábricas para el manipuleo o producción de abonos, máquinas, semillas y todo insumo necesario a la actividad agrícola ganadera, como así también para la transformación, conservación de los productos de ésta y sus derivados.

6) Plazo de duración: 99 (noventa y nueve) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: Pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil ($ 450.000). Representados por 45.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de Pesos diez ($ 10) de valor nominal cada una.

8) Administración: Estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de seis quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, siendo reelegibles indefinidamente. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número de los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Cuando la Asamblea designare un solo Director titular, éste será el Presidente. Cuando la Asamblea designare dos o más Directores titulares, el Directorio en su primera sesión deberá designar de entre sus miembros al Presidente y a un Vice-presidente; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. Quedan designados dos directores: Daniel Eduardo Druetta (Presidente) y Sergio Hugo Druetta (Director suplente).

9) Fiscalización: Los accionistas ejercerán el control que confiere el Art. 55 de la ley 19550.

10) Representación legal: Estará a cargo del Presidente del Directorio, y en ausencia o impedimento de éste al Vice-Presidente, quienes actuaran en forma indistinta y tendrán el uso de la firma social conforme a lo establecido en el art. 268 de la ley 19.550.

11) Fecha del cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 124 324789 Jun. 6

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NK S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


l.- Renuncia socio gerente: Sra. María Teresa Chiurchiu, argentina, mayor de edad, DNI Nº 17.102.401, CUIT Nº 27-17102401-9, casada, con domicilio en la calle Capdevila 2381 de Cañada de Gómez. Fecha de renuncia: 13 de Octubre de 2016.-

2.- Nueva designación socio gerente: Sr. Héctor Luis Munarriz, argentino, mayor de edad, casado, comerciante, DNI Nº 13.392.026, CUIT N° 23-13392026-9, nacido el 17 de septiembre de 1957, con domicilio en la calle Santa Fe 2704 de Cañada de Gómez. Fecha de aceptación del cargo: 13 de Octubre de 2016.-

$ 45 324989 Jun. 6

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CONSTRUMAQ S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En Rosario, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de abril de 2017, se reúnen Mercedes Alejandra García, argentina, comerciante, DNI 22.387.730, CUIT 27-22387730-9, nacida el 13/10/1971, soltera, domiciliada en Av. San Martín 1062 de San Lorenzo y Maximiliano Ezequiel Gut, argentino, comerciante, DNI 37.701.310, CUIT 20-37701310-8, nacido el 8/9/94, soltero, domiciliado en Av. San Martín 1062 de San Lorenzo, únicos socios de CONSTRUMAQ S.R.L. y Alan Denis Gut, argentino, comerciante, DNI 40.925.527, CUIT 20-40925527-3, nacido el 13/2/98, soltero, domiciliado en Av. San Martín 1062 de San Lorenzo, convienen en realizar las siguientes modificaciones en el contrato de CONSTRUMAQ S.R.L.

Primera: El cedente Mercedes Alejandra García tiene suscripto e integrado al capital social de Construmaq S.R.L., la suma de pesos doscientos ochenta y cinco mil ($285.000.-) representados por veintiocho mil quinientas (28.500) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una y Maximiliano Ezequiel Gut tiene suscripto e integrado al capital social de Construmaq S.R.L., la suma de pesos quince mil ($ 15.000.-) representados por mil quinientas (1.500) cuotas de pesos cien ($10.-) cada una.

Segunda: El cedente Mercedes Alejandra García vende, cede y transfiere a los cesionarios Maximiliano Ezequiel Gut y Alan Denis Gut, la totalidad de las cuotas de capital que tiene y le corresponden en dicha sociedad, por el valor de pesos doscientos ochenta y cinco mil ($285.000.-), que recibe en este acto, sirviendo el presente de único y formal recibo y carta de pago.

A Maximiliano Ezequiel Gut vende, cede y transfiere veintisiete mil (27.000) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una representativas de pesos doscientos setenta mil ($270.000.-) de capital, en la suma de pesos doscientos setenta mil ($270.000.-) que recibe en este acto.

A Alan Gut vence, cede y transfiere mil quinientas (1.500.-.) cuotas sociales de pesos diez ($10.-) cada una, representativas de pesos quince mil ($15.000.-) de capital, en la suma de pesos quince mil ($15.000.-) que recibe en este acto.

Tercera: Se deja constancia que en dicha cesión, se comprende el valor nominal de las cuotas que se ceden, lo correspondiente a la reserva legal, el valor de los bienes que integran el activo y el pasivo, inclusive el correspondiente al valor llave y de negocio en marcha.

Cuarta: Dada la presente cesión, el cedente transfiere a los cesionarios todos los derechos, acciones y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas a partir de la fecha, colocando a los cesionarios en el mismo lugar que ocupaba el cedente en la sociedad. Al mismo tiempo manifiesta que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes; que las cuotas de capital que cede y transfiere son de exclusiva propiedad del cedente y que no se encuentran afectadas por ningún tipo de gravamen.

Maximiliano Ezequiel Gut y Alan Denis Gut dejan expresa constancia que renuncian a promover cualquier tipo de reclamación a la gerencia de la sociedad por actos de administración o disposición de bienes realizados hasta el día de la fecha, otorgándose en consecuencia, recíprocamente cedente y cesionarios, la más amplia y completa rendición de cuenta y carta de pago, renunciando expresamente a cualquier reclamación derivada de los derechos y acciones emergentes de las cuotas de capital cedidas. De esta forma Mercedes Alejandra García queda total y absolutamente desvinculada de la sociedad a partir del día de la fecha y al mismo tiempo desobligada de todos los actos, obligaciones y contratos celebrados en nombre y/o por cuenta de la sociedad o que se hallaren en curso de ejecución al momento de la cesión de cuotas.

Quinta: El socio Maximiliano Ezequiel Gut deja expresa constancia que en cumplimiento de las disposiciones legales y contractuales, ha recibido de parte del socio cedente Mercedes Alejandra García la comunicación de su decisión de ceder sus cuotas de capital, habiendo expresado en la misma forma, que aceptaba comprarle de veintisiete mil (27.000.-) cuotas sociales así como también aceptaba la venta de las quince mil (15.000.-) cuotas sociales a Alan Denis Gut, decisiones que ratifican en este acto, por lo que no tiene nada que objetar a la presente cesión a su favor y a favor del cesionario Alan Denis Gut.

Sexta: Como consecuencia de la precedente cesión de cuotas de capital, se modifica la cláusula quinta del Contrato Social, quedando redactada de la siguiente manera:

Quinta: Capital, el capital social se fija pesos trescientos mil ($300.000.-) divididos en treinta mil (30.000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una, que los socios suscriben en las siguientes proporciones: Maximiliano Ezequiel Gut veintiocho mil quinientas (28.500) cuotas sociales de pesos diez ($10.-) cada una de valor nominal y que representan la suma de pesos doscientos ochenta y cinco mil ($285.000.-) y Alan Denis Gut mil quinientas (1.500) cuotas sociales de pesos diez ($10.-) cada una de valor nominal cada una y que representan pesos quince mil ($15.000.-). El capital se encuentra inscripto e integrado en su totalidad.”

Séptima: Los socios de Construmaq S.R.L. convienen en modificar el objeto social. La sociedad tendrá por objeto la construcción privada y obras públicas, pudiendo presentarse en licitaciones. Por esto se modifica la cláusula Cuarta del contrato social, quedando redactada de la siguiente manera:

Cuarta: Objeto: la sociedad tendrá por objeto la actividad de construcción privada y de obras públicas pudiendo presentarse en licitaciones municipales, provinciales y nacionales.”

Octava: De conformidad con la cláusula sexta del contrato social de Construmaq S.R.L., los socios resuelven por unanimidad designar como Gerente al socio Maximiliano Ezequiel Gut, DNI 37.701.310 quien fuera comunicado previamente de esta decisión y aceptó de conformidad.

$ 180 324850 Jun. 6

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FACASA CAMPOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar dispuesto en los autos caratulados “FACASA CAMPOS S.A. s/Designación de Autoridades, Expediente Nº 873 Año 2017” de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que los integrantes de la sociedad en acta de Asamblea General Ordinaria Unánime Nro. 37 de fecha 26 de Diciembre de 2016, han resuelto lo siguiente: designar autoridades en el Directorio de FACASA CAMPOS S.A.; y la distribución de cargos en el mismo, quedando integrado de la siguiente manera: Presidente reelecto: Calvo Carlos Hugo, D.N.I. Nº 6.154.003, Domicilio: Club de Campo El Paso CP 3016 Santo Tomé; Vicepresidente: Monsalvo Luisa María, D.N.I. Nº 5.971.500, Domicilio: Club de Campo El Paso CP 3016 Santo Tomé, Director Suplente: Calvo Sebastián, D.N.I. N° 23.751.860, Domicilio: Lima 355 2° A C.A.B.A y Director Suplente: Calvo Pablo, D.N.I. Nº 27.336.212, Domicilio: Azucena Villa Flor 450 26 1 Torre P C.A.B.A.-

Santa Fe, 31 de Mayo de 2017. Jorge E. Freyre, Secretario.-

$ 45 325169 Jun. 6

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CENTRO DE ESTUDIOS DE LAS EMOCIONES S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


El Sr. Juez en Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber de acuerdo a los dispuesto en el artículo 10° de la Ley 19.550, las siguientes modificaciones al contrato social.

Atento a la cesión de cuotas efectuada, la cláusula cuarta ha quedado redactada de la siguiente forma: “Cuarta - Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-); dividido en Quince Mil (15.000) cuotas de pesos diez ($ 10.-) valor nominal cada una, totalmente suscriptas de acuerdo al siguiente detalle: Enric Corbera Institute SL, la cantidad de siete mil quinientas (7.500) cuotas de pesos diez ($ 10.-) valor nominal cada una, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-) y Enrique Corbera Sastre, la cantidad de siete mil quinientas (7.500) cuotas de pesos diez ($ 10.-) valor nominal cada una, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-).”

Han resuelto modificar la denominación social de Centro de Estudio de las Emociones S.R.L. a Enric Corbera Institute Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada, quedando la cláusula Primera redactada de la siguiente forma: “Primera - Denominación - Domicilio: La sociedad se denomina “Enric Corbera Institute Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada” y tiene su domicilio en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier parte del país.-“

2) Han modificado la cláusula quinta del contrato social, quedando redactada de la siguiente forma: “Quinta - Cesión de cuotas sociales: a) Las cesiones de cuotas podrán realizarse sin restricciones, teniendo la sociedad o los socios el derecho de preferencia de conformidad a lo estipulado en esta cláusula. Para que la oferta efectuada para adquirir las cuotas a un socio sea válida y oponible a la sociedad debe ser cierta, estar instrumentada por escrito con firma certificada por Notario, efectuada por persona solvente, precisar concretamente la cantidad de cuotas que se pretende adquirir, precio y condiciones de pago, datos completos del oferente. Los expresados datos también deben estar incluidos en la comunicación fehaciente que deberá efectuar quien pretende transferir a la Gerencia y a todos los socios de la sociedad, todo ello bajo apercibimiento de no tenerse por efectuada la oferta y la comunicación a los fines de ésta cláusula. Copia de la citada oferta con firma certificada por Notario deberá entregarse por el cedente a la Gerencia de la sociedad conjuntamente con la comunicación de que se pretende transferir, la que deberá estar a disposición de los socios; c) Dentro de los cinco días de recibida la expresada comunicación de que se pretende transferir, el Gerente, o cualquier socio si éste no lo hiciere, deberá convocar a una Reunión de Socios a fin de considerar si se presta o no el consentimiento a la cesión, o si los socios ejercen el derecho de preferencia; d) Los socios, en ejercicio del derecho de preferencia podrán impugnar el precio de las cuotas comunicado por quien pretende transferir, debiendo expresar el que consideren ajustado a la realidad al -momento de efectuar la impugnación. Existiendo impugnaciones, la determinación del precio resultará de una pericia judicial de conformidad con lo previsto por el art. 154 de la Ley N° 19.550; pero los impugnantes no estarán obligados a pagar uno mayor que el de la cesión propuesta ni el cedente a cobrar uno menor que el ofrecido por los que ejercitaron la opción. Las costas del procedimiento estarán a cargo de la parte que pretendió el precio más distante del fijado judicialmente; f) El consentimiento o la falta de éste a la cesión o el ejercicio del derecho de preferencia convenido deberá ser decidido y comunicado fehacientemente a quien pretende ceder dentro de los treinta días corridos que el cedente hubiera comunicado a los socios y a la Gerencia, en la forma aquí establecida, su decisión de ceder, computándose dicho plazo desde la última comunicación que realizare en tal sentido. Para el supuesto que no se comunique a quien pretende ceder la decisión de negar la conformidad para ceder o de ejercer el derecho de preferencia en el plazo aquí pactado, se entenderá que se ha declinado ejercer el derecho de preferencia y se ha prestado el consentimiento para ceder.-

Han resuelto trasladar la sede social a calle Santa Fe 1214 Piso 3° Oficina 3°, Rosario, Provincia de Santa Fe.

Han resuelto designar como gerente de la sociedad al Sr. Enrique Corbera Sastre, nacido el 09/03/1954, casado con María Remei Batlló Segura, español, de profesión psicólogo, con domicilio real en C/Maximino Fornés, - 08191 Nº 31 de la localidad de Rubí, Barcelona, España, Pasaporte PAA 807770, CDI 20604310971.

$ 119 324855 Jun. 6

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BEBOL S.R.L.


CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10º inc. a) de la Ley N° 19.550, se informa la constitución social de BEBOL S.R.L. de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos personales socios: Carlos Antonio Bolis, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº M6.179.244, CUIT N° 23-06179244-9, de profesión empresario, nacido el 3 de enero de 1945, estado civil casado en primeras nupcias con María Ester Stamatovich, domiciliado en Av. Las Totoras N° 715, de la localidad de Bustina, y Adrián Miguel Bella, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 13.070.936, CUIT Nº 20-13070936-3, de profesión empresario, nacido el 4 de abril de 1959, estado civil en trámite de divorcio iniciado en fecha 29 de diciembre de 2006 en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de San Lorenzo, expte. 1780/2006, domiciliado en calle Urquiza Nº 299, de la localidad de Serodino

2) Fecha del Instrumento de constitución: 11/05/2017.

3) Denominación social: BEBOL S.R.L.

4) Domicilio y sede social: calle Entre Ríos N° 601 de la localidad de Bustinza.

5) Objeto social: a) reciclado de residuos sólidos, plásticos, de cualquier tipo de neumáticos y cubiertas; b) comercialización de alambre, fibra textil y goma; c) fabricación y comercialización de cubiertas semineumáticas para uso Industrial y d) importación y exportación de lo enunciado en los incisos anteriores.

6) Plazo de duración: 10 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Rosario.

7) Capital social: El capital se fija en la suma de $ 300.000.-, dividido en 30.000 cuotas sociales de $ 10.- cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Carlos Antonio Bolis 15.000 cuotas sociales, y Adrián Miguel Bella 15.000 cuotas sedales. Los socios integran en dinero en efectivo el 25 % de los valores suscriptos y se comprometen a integran el 75% restante también en efectivo, en el término máximo de dos artos a contar de la fecha del presente instrumento y a pedido de la Gerencia.

8) Administración y fiscalización: La administración social estará a cargo de Carlos Antonio Bolis y Adrián Miguel Bella quienes harán uso de la firma social en forma individual. Fijan domicilio especial en (a sede social.

La fiscalización queda a cargo de los señores socios de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.

9) Representación legal: Corresponde a uno o más gerentes, socios o no, con uso de la firma social en forma individual e indistinta cualesquiera de ellos.

10) Fecha de cierre del ejercicio: el 31 de marzo de cada año.

$ 83 324923 Jun. 6

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WIFER S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría, a cargo de la Dra. María Julia Petracco, conforme decreto de fecha 23 de Mayo de 2017 en autos caratulados WIFER S.R.L. s/Constitución de Sociedad Expte. Nº 178/17 se resolvió aprobar el Contrato Social, que a continuación se resume:

1- Socios: Guillermo Andrés Rocholl, D.N.I. Nº 14.063.035, Nº de Cuit: 20-14063035-8, argentino, Comerciante, nacido el 26 de Abril de 1960, de apellido materno Iurinic, de estado civil casado en primeras nupcias con María Esther Pereta, domiciliado en calle Sarmiento N° 3900, de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe ; el señor Dan Ezequias Fernández D.N.I. N° 33.098.457, N° de Cuit: 20-33098457-1, argentino, Empleado Administrativo, nacido el 3 de Diciembre de 1987, de apellido materno Avila, de estado civil soltero, domiciliado en calle Balcarce N° 1375, de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; y el señor David Edgar Fernández, D.N.I. N° 27.102.992, N° de Cuit: 20-27102992-7, argentino, Empleado administrativo, nacido el 21 de Enero de 1979, de apellido materno Avila, de estado civil casado en primeras nupcias con Débora Belén Domínguez , domiciliado en calle Brown Nº 46, de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe

2-Denominación: WIFER S.R.L.

3-Domicilio: Brown N° 46 de la ciudad de Venado Tuerto.

4-Plazo: noventa y nueve (99) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

5-Objeto: Realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: A) Fabricación, fraccionamiento y explotación de materiales, revestimientos, sanitarios y accesorios. Compraventa, industrialización, fabricación, representación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo o modelo de vivienda revestimientos internos y externos, artefactos sanitarios, grifería, artefactos eléctricos, máquinas y accesorios para la industria cerámica y de la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración. B) Compraventa, permuta, representación, consignación, distribución y comercialización en general de todos los productos aludidos precedentemente. C) Importación y exportación: Actuando como importadora y exportadora de materias primas pertinentes y de los respectivos productos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por éste contrato.

6- Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Setenta Mil ($270.000.), dividido en Dos Mil Setecientas (2700) cuotas de Pesos Cien ($100.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente forma: el socio Guillermo Andrés Rocholl, suscribe Novecientas (900) cuotas de capital, o sea Pesos Noventa Mil ($90.000.-), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de Pesos Veintidós Mil Quinientos ($22.500.-) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea Pesos Sesenta y Siete Mil Quinientos ($67.500.-), dentro del plazo de dos (2) años contado a partir de la fecha del presente; el socio Dan Ezequias Fernandez, suscribe Novecientas (900) cuotas de capital, o sea Pesos Noventa Mil ($90.000.-), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de Pesos Veintidós Mil Quinientos ($22.500.-) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea Pesos Sesenta y Siete Mil Quinientos ($67.500.-), dentro del plazo de dos (2) años contado a partir de la fecha del presente; y el socio David Edgar Fernandez, suscribe Novecientas (900) cuotas de capital, o sea Pesos Noventa Mil ($90.000.-), integra el veinticinco por ciento (25%), es decir, la suma de Pesos Veintidós Mil Quinientos ($22.500.-) en este acto, en dinero en efectivo y el saldo de setenta y cinco por ciento (75%) o sea Pesos Sesenta y Siete Mil Quinientos ($67.500.-), dentro del plazo de dos (2) años contado a partir de la fecha del presente

7- Dirección y Administración: Estará a cargo de uno o más personas; socios o no; quienes revisten el carácter de socio-gerente y tienen uso de la firma en forma individual o conjunta de forma indistinta. Socio Gerente: David Edgar Fernández, D.N.I. N° 27.102.992

8- Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los socios

9- Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Abril de cada año.

$ 243,54 324816 Jun. 6

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TRIMEX MAQUINARIAS S.R.L.


RECONDUCCIÓN


En la ciudad de Rosario, en fecha 16 de Mayo de 2017, entre los señores: Miguel Ángel Romero, DNI Nº 14.831.072, CUIT N° 20-14831072-7, de nacionalidad argentino, nacido el 28 de Abril de 1962, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Balcarce 285 Piso 5° “B” de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe; y Gastón Romero, DNI N° 28.557.358, CUIT N° 20-28557358-1, de nacionalidad argentino, nacido el 30 de Diciembre de 1980, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Anchorena 468 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe; únicos socios de “TRIMEX MAQUINARIAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” cuyo contrato social fuera inscripto en el Registro Público de Comercio en Contratos al T° 148, F° 1295, N° 142 el día 7 de Febrero de 1997 y modificaciones:

1. Los socios de común acuerdo, resuelven: Reconducir la sociedad por el plazo de diez (10) años, en consecuencia se modifica la cláusula tercera quedando redactada de forma definitiva de la siguiente manera: Cláusula tercera: El término de duración de la sociedad será de diez (10) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio, de la presente reconducción.

2. Los socios en fecha 16/05/17 procedieron a realizar un ordenamiento del texto contractual.

$ 61 324800 Jun. 6

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TRANSPORTADORA DEL FIN DEL MUNDO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


a) Fecha del acta de asamblea: 27 de Enero de 2017.-

b) Composición del directorio: Presidente: Silvina Andrea Lovera, argentina, nacida el 16/08/1967, de profesión comerciante, de estado civil casada en primeras nupcias con Claudio Rodolfo Spoto, con domicilio en Pasaje Salamanca 1053 de la ciudad de Rosario, con documento de identidad D.N.I. 18.313.060, C.U.I.L. 27-18313060-4; y Director Suplente: Claudio Rodolfo Spoto, argentino, nacido el 12/11/1967, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Silvina Andrea Lovera, con domicilio en Pasaje Salamanca 1053 de la Ciudad de Rosario, con documento de Identidad D.N.I. 18.587.809, C.U.I.L. 20-18587809-1.

c) Duración del mandato: ejercicios 2017 a 2019.-

$ 45 324838 Jun. 6

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ESTABLECIMIENTO LA

GRICELDA S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Cambio de denominación por encontrase ocupado y aclaración del objeto social, cuyas cláusulas quedaran redactadas de la siguiente manera:

Primera: A partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio, declaran constituida la Sociedad de Responsabilidad Limitada, que girar bajo la denominación social de “ESTABLECIMIENTO LA GRICELDA S.R.L.”

Cuarta: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros las siguientes actividades: Agropecuarias: explotaciones agrícolas, ganaderas y avícolas, en campos propios o arrendados. Acoplador de cereales, legumbres y oleaginosas propios. Cría y/o invernada de ganado de todo tipo y especie y apicultura. Explotación de cabañas y haras. Elaboración de alimentos balanceados; instalación de semillas bajo controles legales existentes o futuros. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o par este estatuto.

$ 45 325058 Jun. 6

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DATTATEC.COM S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que por acta de Reunión de socios de fecha 31 de Enero de 2017, se resolvió de forma unánime:

1) El Sr. Guillermo Pablo Tornatore transfiere la totalidad de su participación en la Sociedad de 50 cuotas de valor nominal $ 1.000 cada una, totalmente integradas, representativas del 50% del total de las cuotas y votos posibles de la Sociedad a favor de Network Solutions, LLC. La Sra. Verónica Palmira Irazoqui transfiere la totalidad de su participación social en la Sociedad es decir de 50 cuotas de valor nominal $1.000 cada una, representativas del 50% del total de las cuotas y votos posibles de la Sociedad, conforme el siguiente detalle: (I) 5 cuotas, de valor nominal $1.000 cada una, totalmente integradas, representativas del 5% del capital y votos de la Sociedad, totalmente integradas, a favor de MonsterCommerce LLC; y (ii) 45 cuotas, de valor nominal $1.000 cada una, representativas del 45% del capital y votos de i la Sociedad, totalmente integradas, a favor de Network Solutions LLC.

2) Se resolvió de forma unánime modificar de forma íntegra el contrato social de la sociedad DATTATEC.COM S.R.L., quedando reemplazado en su totalidad por el siguiente texto ordenado: ARTÍCULO 1° - La sociedad se denomina DATTATEC.COM S.R.L y tiene su domicilio legal en la Provincia de Santa Fe. ARTÍCULO 2º - Su duración es de noventa y nueve años, contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público. ARTÍCULO 3° - Tiene por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades: a) Diseño, desarrollo y elaboración de software; b) Registros de dominios de páginas web; c) Alojamientos de sitios y administración de servicios en la web; d) Soporte tecnología tipo WAP; e) Diseño páginas web y su actualización; f) Otorgamiento de certificado de segundad SSL y g) Gestión de cobro por cuenta de terceros. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. ARTÍCULO 4° - El capital social es de $100.000 (pesos cien mil), representado por 100 (cien) cuotas de $1.000 (pesos mil) valor nominal cada una. ARTÍCULO 5° - La administración de la sociedad corresponderá a tres gerentes los que serán designados por tiempo indeterminado. La representación legal de la Sociedad corresponderá a dos gerentes actuando en forma conjunta. Los gerentes, actuando dos cualesquiera de ellos en forma conjunta tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere facultades expresas conforme el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y al artículo 9° del Decreto-Ley No 5965/63. Los gerentes pueden actuando en forma conjunta dos cualesquiera de ellos; en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con bancos, con los Bancos de la Nación Argentina, de Santa Fe, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional S.A. y demás instituciones de crédito oficiales, privadas o mixtas, dentro y/o fuera del país; establecer agencias, sucursales, u otra especie de representación dentro y/o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes de toda índole, generales y/ especiales, judiciales -inclusive para querellar criminalmente- y/o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente, y revocarlos total o parcialmente. ARTÍCULO 6° - Los gerentes deben prestar una garantía que será igual para todos los gerentes, no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social en forma conjunta entre todos los gerentes titulares designados. Sin perjuicio de ello, en ningún caso el monto de la garantía podrá ser inferior-en forma individual- a diez mil pesos ($10.000) ni superior a cincuenta mil pesos ($50.000) por cada gerente. La garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financiera o cajas de valores, a la orden de la sociedad o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, o cualquier otra garantía que prevean las normas aplicables, la que deberá ser otorgada conforme lo disponga la normativa vigente. ARTÍCULO 7° - Los gerentes convocarán a reuniones de socios a través de notificaciones por escrito remitidas a los socios y al síndico, en su caso, al último domicilio informado por los mismos a la sociedad. Las reuniones de socios se considerarán válidamente constituidas, aun cuando no hubieran sido convocadas formalmente, si se encontrara presente la totalidad del capital social y las decisiones se adoptaran por unanimidad. Las asambleas o reuniones de socios serán presididas por cualquiera de los gerentes, o en caso de ausencia, por la persona que los socios designen. Las resoluciones sociales que tengan por objeto la reforma del contrato social deberán ser aprobadas por el voto afirmativo de los socios que representen más del cincuenta por ciento (50%) del capital. Si un solo socio representare el voto mayoritario, se necesitará, además, el voto de otro. Las resoluciones sociales que tengan por objeto la designación, remoción, de los gerentes o síndicos, en su caso, así como toda otra resolución social que no concierna a la reforma del contrato social, deberán ser aprobadas por el voto afirmativo de los socios que representen más del cincuenta por ciento (505) del capital presente en la asamblea o reunión de socios. Las reuniones de socios deberán quedar registradas en el Libro de actas y ser firmadas por el presidente y por todos los socios presentes o sus representantes. ARTÍCULO 8º - Las cuotas son libremente transferibles. Las partes en un acuerdo de cesión de cuotas seguirán el procedimiento establecido en el artículo 152 de la Ley 19.550 a fin de que la cesión sea oponible a la sociedad y a los terceros. ARTÍCULO 9° - La sociedad prescinde de la sindicatura. Cuando por aumento del capital social la sociedad quedara comprendida en el artículo 158 de la Ley 19.550, segunda parte, la asamblea o reunión de socios deberá elegir un síndico titular y un síndico suplente, con mandato por un ejercicio. ARTÍCULO 10º - El ejercicio social cierra el 30 de abril de cada año. A esa fecha, se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia, y serán puestos a disposición de los socios con 15 (quince) días de anticipación como mínimo, a su consideración. La reunión de socios puede modificar la fecha de cierre de ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público. ARTÍCULO 11º - Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) El 5% (cinco por ciento), hasta alcanzar el 20% (veinte por ciento) del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b) A remuneración de los gerentes y síndicos, en su caso; c) El saldo, en todo o en parte, a distribución entre los socios en proporción a su participación en la sociedad, o a fondos de reserva facultativa o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea o reunión de socios. La distribución de utilidades debe ser pagada en proporción a las respectivas participaciones, dentro del año de su sanción y prescriben a favor de la sociedad a los 3 (tres) años contados desde que fueses puesto a disposición de los socios. ARTÍCULO 12° - La liquidación puede ser efectuada por el/los gerente/s o por el liquidador o liquidadores designados por los socios por mayoría, bajo la vigilancia del síndico en su caso. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios, en proporción al capital integrado.

$ 241 324887 Jun. 6

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MRAZ CONSTRUCTORA S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: MRAZ CONSTRUCTORA S.A. s/Estatuto y Designación de autoridades -Expte. Nº 940, Año 2017, de trámite ante el Registro Público de Comercio, por instrumento de fecha 10 de Abril de 2017, se hace saber que:

Sebastián Rubén Mraz, argentino, estado civil soltero, nacido el 10 de Febrero de 1987, de profesión comerciante, domiciliado en calle Italia 1357, de la comuna de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe, quien acredita identidad con DNI N° 32.660.428 y María Virginia Mraz, argentina, estado civil soltera, de profesión comerciante, nacida el 25 de julio de 1990 con domicilio en Italia 1357, de la comuna de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe; quien acredita identidad con DNI N° 35.448.140, resuelven de común acuerdo constituir una Sociedad Anónima cuyo Estatuto en lo principal y pertinente se transcribe:

Fecha del Acta constitutiva: 10 de Abril de 2017.

Denominación de la sociedad: MRAZ CONSTRUCTORA S.A.

Domicilio Social: Luciano Torrent 3573- de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe, República Argentina.

Plazo: Cincuenta años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto Social: Construcción: Construcción de obras de arquitectura e ingeniería en general, en el ámbito público y/o privado, inmuebles para terceros en todas sus modalidades, con financiación de terceros, con exclusión de las operaciones del Régimen del Art. 299 inc. 4° de la ley 19550. La Sociedad para el cumplimiento de su objeto, podrá importar o exportar bienes, realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociados a terceros, los actos que hacen al objeto social. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones como así también ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por éste estatuto.

Capital Social: El capital de social es de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00), divididos en diez mil acciones de pesos diez ($ 10,00) nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión y de la Asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la ley 19550.-

Administración: La administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. La Asamblea designará el Presidente. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por la mayoría de los votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.-

Autoridades: Se designa para integrar el primer Directorio: Presidente: Mraz Sebastián Rubén CUIT N° 20-32660428-4. Director suplente: Mraz María Virginia CUIT N° 27-35448140-0.

Representación Legal: Corresponde al Presidente del Directorio.-

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas, prescindiéndose de la sindicatura.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Marzo de cada año.-

Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley.

Santa Fe, 24 de Mayo de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 149 324872 Jun. 6

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SUPERMERCADO BELTRAN S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, en autos “SUPERMERCADO BELTRAN S.R.L.”, s/Aumento de Capital y Ampliación del Contrato Social, Expte. Nº 113/2017, que tramita la mencionada firma, con domicilio en San Martín 1660 de la ciudad de Firmat se ha ordenado la publicación del siguiente edicto por un día, s/el art. 10, inc. a) de la ley 19550: Por decisión unánime de los señores socios en reunión de fecha 7 de Abril de 2017, según acta N° 58 se resolvió aumentar el Capital Social de de la sociedad de $ 10.000.- a $ 1.000.000.- y el plazo de duración de la sociedad hasta el 29 de Octubre de 2043, quedando la nueva redacción definitiva del los artículos 3° y 5° del Contrato Social de la siguiente manera: “Tercera: La sociedad tendrá una vigencia de 50 (cincuenta) años contados a partir de su inscripción del el Registro Público de Comercio acaecida en fecha 29 de Octubre de 1993 y venciendo en consecuencia el 29 de Octubre de 2043.” y “Quinta: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000.-) dividido en 10.000 cuotas de Pesos Cien ($ 100.-) cada una, el que se encuentra totalmente suscripto e integrado por los socios de la siguiente forma: Alberto Faustino Beltrán (8.000) ocho mil cuotas de pesos cien ($100) cada una, representativas de Pesos ochocientos mil ($ 800.000.-) y Carlos Alberto Beltrán (2.000) Dos mil cuotas de pesos cien ($100) cada una representativas de Pesos doscientos mil ($ 200.000.-)“. Se ratifican en todas sus partes el contenido del contrato social en lo que no ha sido modificado por el acta.

$ 60 324784 Jun. 6

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CUMBRE CONSTRUCTORA S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “CUMBRE CONSTRUCTORA S.A.” s/Estatuto y Designación de autoridades” -Expte. Nº 941, año 2017, de trámite ante el Registro Público de Comercio, por instrumento de fecha 17 de Abril de 2017, se hace saber que: Federico Ovidio Maciel, argentino, estado civil casado, nacido el 14 de Marzo de 1976, de profesión arquitecto, domiciliado en calle 1° de mayo 1561, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, quien acredita identidad con DNI Nº 25.157.166, Tomas Manuel Wernly, argentino, estado civil soltero, de profesión abogado, nacido el 28 de Marzo de 1985, con domicilio en calle 3 de Febrero 2831, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; quien acredita identidad con DNI Nº 31.419.753 y Tomas Valentín Lastra, argentino, estado civil casado, nacido el 09 de Septiembre de 1970, de profesión abogado, domiciliado en calle Las Estrellas 2940, del Municipio San José del Rincón, Provincia de Santa Fe, quien acredita identidad con DNI Nº 21.720.358, resuelven de común acuerdo constituir una Sociedad Anónima cuyo Estatuto en lo principal y pertinente se transcribe:

Fecha del Acta constitutiva: 17 de Abril de 2017.

Denominación de la sociedad: CUMBRE CONSTRUCTORA S.A.

Domicilio Social: 1° de Mayo 1561 de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe, República Argentina.-

Plazo: Cincuenta años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.-

Objeto Social: Construcción: Construcción de obras de arquitectura e ingeniería en general, en el ámbito público y /o privado, inmuebles para terceros en todas sus modalidades, con financiación de terceros, con exclusión de las operaciones del Régimen del Art. 299 inc. 4° de la ley 19550. La Sociedad para el cumplimiento de su objeto, podrá importar o exportar bienes, realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociados a terceros, los actos que hacen al objeto social. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones como así también ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por éste estatuto.

Capital Social: El capital de social es de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000,00), divididos en doce mil acciones de pesos diez ($ 10,00) nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la ley 19550.-

Administración: La administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. La Asamblea designará el Presidente. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por la mayoría de los votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. -

Autoridades: Se designa para integrar el primer Directorio: Presidente: Maciel, Federico Ovidio CUIT N° 20-25157166-0. Director suplente: Lastra, Tomas Valentín CUIT N° 23-21720358-9.

Representación Legal: Corresponde al Presidente del Directorio.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas, prescindiéndose de la sindicatura.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Octubre de cada año.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley.

Santa Fe, 24 de Mayo de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 159 324906 Jun. 6

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NALDO LOMBARDI S.A.


CESIÓN DE CRÉDITOS


Se notifica que NALDO LOMBARDI S.A. ha cedido en propiedad fiduciaria a TMF Trust Company (Argentina) S.A., no a título personal sino en calidad de fiduciario del Fideicomiso Financiero “Naldo Serie II”, los créditos originados por NALDO LOMBARDI S.A. derivados de la venta financiada de productos comercializados por NALDO LOMBARDI S.A., que son originados a través de sus sucursales y se encuentran instrumentados en los Documentos, que se identifican dentro de los discos compactos no regrabables incluidos en la oferta de transferencia fiduciaria provista al referido fiduciario y, en su caso, en el disco compacto a ser presentado ante la Comisión Nacional de Valores (Expte. Nº 307/2017). Todo ello en el marco del contrato de fideicomiso y el acuerdo de integraciones parciales celebrados con fecha 08 de Febrero de 2017. El presente aviso importa notificación en los términos del art. 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación. Firmado por Dario Orlando Quagliaroli, DNI 17.466.298, autorizado por Acta de Directorio de Naldo Lombardi S.A. de fecha 01/12/2016.

$ 60 324834 Jun. 6

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AGRORAM S.R.L.


DISOLUCIÓN


Por Disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Dra. M. Julia Petracco, en autos caratulados AGRORAM S.R.L s/Disolución - Nombramiento Liquidador (Expte. 166/ 2017): según decreto de fecha 22-05-2017 se ordena la siguiente publicación de Edictos:

En la Localidad de Diego de Alvear, Departamento General López, Provincia de Santa Fe a los 25 (Veinticinco) días del mes de Abril del Año 2.017, se reúnen los Señores: Juan Carlos Romano, de nacionalidad argentina, nacido el día 04 de Junio de 1.948, apellido materno Panza, DNI Nº 6.075.667, de profesión comerciante, CUIT 20-06075667-9, de estado civil casado en primeras nupcias con María Isabel Roberto DNI Nº 4.603.280, domiciliado en Calle Italia Nº 443 de la Localidad de Diego de Alvear, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, y la Señora María Isabel Roberto, de nacionalidad argentina, nacida el día 26 de Mayo de 1.946, apellido materno Ferreras, DNI Nº 4.603.280 , de profesión comerciante CUIT 27-04603280-8, domiciliada en Calle Italia N° 443 de la Localidad de Diego de Alvear, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. Todos ellos únicos socios de Agroram S.R.L. se reúnen a fin de tratar lo siguiente: Disolución y Nombramiento Liquidador.-

1)- Disolución. El señor Juan Carlos Romano expresa que la Sociedad no efectúa a la fecha las actividades previstas en el Objeto Social y adiciona que en virtud de las disposiciones del Art. 94 - Inc. 1 de la Ley General de Sociedades 19.550 propone disolver la Sociedad en forma anticipada por pérdida de affectio societatis. Considera la misma se acuerda por unanimidad la Disolución de la Sociedad.

2).- Nombramiento de Liquidador: Solicita la palabra la Señora María Isabel Roberto y manifiesta que atento a la decisión adoptada en el punto anterior y siguiendo con lo establecido en el Contrato Social en la cláusula Décima Primera, propone ofrecer el cargo de Liquidador al socio-gerente Señor Juan Carlos Romano, en virtud de que ha sido quien hasta el día de la fecha se ha desempeñado en el cargo de gerente de la Sociedad, no teniendo nada que observar en cuanto a su desempeño en el cargo. Por lo expuesto se resuelve por unanimidad de los presentes nombrar como Liquidador al socio Señor Juan Carlos Romano DNI Nº 6.075.667- CUIT 20-06075667-9, cuyos más datos personales obran al inicio del presente instrumento, quien actuará ejerciendo la representación legal de la Sociedad, actuando bajo y con el aditamento de Agroram S.R.L. en liquidación, con las facultades que emanan del Contrato Social y en particular de los Artículos 101 a 112 de la Ley General de Sociedades 19.550.

En este Acto el Señor Juan Carlos Romano acepta el cargo de Liquidador para el que fuera propuesto.

$ 160,71 324832 Jun. 6

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EMERGENCIAS DEL SUR S.R.L.


DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR

DE HERENCIA


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria a cargo de la Dra. Julia Petracco, se ha ordenado realizar la siguiente publicación mediante decreto 16/05/2017 en los autos caratulados “EMERGENCIAS DEL SUR S.R.L. s/Administrador Provisorio a Roberto Diego Abal de la Suc. En la sociedad emergencias” (CUIJ N° 21-05790074-9). Según Oficio Nº 774 de fecha 10/05/17 librado en los autos caratulados “Abal, Roberto s/Desig. Administrador Prov. de herencia (reconstrucción)“ (Expte. Nº 1457/2006) apiolado a los autos “Abal Roberto s/Sucesión” (Expte. Nº 909/2006) ambos de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, Primera Nominación, se ha dispuesto inscribir al Señor Roberto Diego Abal, argentino, nacido el 03/07/1974, DNI Nº 24.030.371, de apellido materno Castañon, como administrador provisorio de la sucesión de Roberto Abal en la sociedad Emergencia del Sur S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio de Venado Tuerto.-

$ 180 325184 Jun. 6 Jun. 8

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NICOLA S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos NICOLA S.A. s/Constitución de Sociedad, CUIJ nº 21-05194387-9, de trámite por ante el Registro Público de Comercio, se hace saber:

1) Accionistas Fabián Julio Nicola; argentino, nacido el 28 de agosto de 1964, D.N.I. N° 16.548.296, de estado civil casado, C.U.I.T. Nº 20-16548296-5, de profesión constructor, domiciliado en calle Mendoza 750 de la ciudad de Piamonte Provincia de Santa Fe, el señor Diego Daniel Francisco Nicola, argentino, nacido el 15 de mayo de 1981, D.N.I. N° 28.388.754, de estado civil soltero, CUIT Nº 20-28388754-6, de profesión constructor, domiciliado en Avenida Julián de Bustinza N° 1143 de la localidad de Piamonte, Provincia de Santa Fe y el señor Franco Jesús Nicola, argentino, nacido el 18 de marzo de 1991, D.N.I. Nº 35.250.813, de estado civil soltero, C.U.I.T. N° 20-5250813-7, de profesión constructor, domiciliado en calle Mandoza N° 750 de la localidad de Piamonte Provincia de Santa Fe.-

2) Fecha constitución: 17/03/2017.

3) Denominación: NICOLA S.A.

4) Domicilio: Avenida Julián de Bustinza Nº 1143 Piamonte, Departamento de San Martín, Santa Fe.

5) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1) Fabricación de ladrillos. 2) Comercialización al por mayor y menor de materiales para la construcción. 3) Construcción, reforma y reparación de obras hidráulicas. 4) Demolición, construcción, reforma y reparación de edificios, casas, locales y construcciones de obras públicas. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá efectuar cualquier tipo de operaciones y/o actos jurídicos que tengan relación directa con su objeto social, sean estos antecedente, consecuencia o estén relacionados con la explotación de sus negocios, en cuyos casos gozará de plena capacidad jurídica para todos como asimismo para el ejercicio de todas las acciones a que hubiere lugar sin otra limitación que la surgida de las leyes o de estos estatutos.

6) Plazo: 50 años, desde inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital: El capital social se fija en la suma de $ 200.000.- (pesos doscientos mil) dividido en 1.000 (mil) acciones de $ 200.- (pesos doscientos) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al art. 188 de la Ley 19.550 y sus modificaciones.-

8) Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto entre un mínimo de uno, y un máximo de seis, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La Asamblea debe designar suplentes en menor o igual número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección.

Se designa para integrar el Directorio a: Director Titular y Presidente: Fabián Julio Incola constituyendo domicilio en calle Mendoza n° 750, Piamonte, Departamento de San Martín, provincia de Santa Fe. Director Titular y Vice Presidente: Diego Daniel Francisco Nicola constituyendo domicilio en calle Avenida Julián de Bustinza n° 1143, Piamonte, Departamento de San Martín, provincia de Santa Fe. Director Suplente: Franco Jesús Nicola Constituyendo domicilio en calle Mendoza nº 750, Piamonte, Departamento de San Martín, provincia de Santa Fe.

10) Fecha de cierre del Ejercicio: 30 de septiembre de cada año.

Santa Fe, 24 de Mayo de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 139 324907 Jun. 6

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SADIM S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria a cargo de la Dra. Maria Julia Petracco, por resolución de fecha 24/05/2017 se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados:

1) Fecha del instrumento que dispone la nueva integración: 28/04/2017.

2) Se decide por unanimidad conformar la integración del Directorio de Sadim S.A. de la forma que sigue: Presidente: Ornela Grossi - D.N.I. 33.561.821; Director Suplente: Valeria Dimenza - D.N.I. 26.921.769. Ambos aceptan de conformidad sus cargos y fijan sus domicilios a los efectos del artículo 256 de la Ley N° 19.550, en calle Francisco Carelli N° 2800 de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, Provincia de Santa Fe.

$ 49,50 324976 Jun. 6

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PRESAN S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “PRESAN S.A. s/Constitución de Sociedad” (Expte. Nº 839-Año 2017), de tramite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber

Fecha Contrato Constitutivo: 21 de Marzo de 2017.-

Socios: José María Bernardo Varisco, argentino, de 61 años de edad, nacido el 20 de agosto de 1955, D.N.I. Nº 11.832.305, casado en primeras nupcias con Elda Elisa Rastelli, agricultor, de apellido materno Terrero, D.N.I. Nº 11.832.305, C.U.I.T. Nº 20-11832305-0, con domicilio en zona urbana de San Bernardo, departamento San Justo, provincia de Santa Fe; y Celina Yamile Videla, argentina, de 32 años de edad, nacida el 10 de enero de 1985, soltera, empleada, de apellido materno “Lemercier”, D.N.I. Nº 30.792.276, C.U.I.L. N° 27-30792276-8, con domicilio en calle Mercedes San Martín de Balcarce Nº 2305 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe.-

Denominación: PRESAN S.A.

Domicilio: Mercedes San Martín de Balcarce Nº 2305 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe.-

Duración: 6 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.-

Objeto: La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena, directamente o asociada con terceros, las siguientes actividades: I.- Comerciales: a) La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena, directamente o asociada con terceros, las siguientes actividades: a) La fabricación, industrialización y comercialización de columnas, postes, tubos, accesorios, y premoldeados de hormigón armado; b) La elaboración de hormigón para carga de moto-hormigoneros y hormigoneras; c) La compraventa de materiales para la construcción; c) La transformación de materias primas (minerales y/o sintéticas), especialmente para la impregnación y preservación de maderas de todo tipo, rollizos para líneas eléctricas y/o telefónicas, postes de alumbrado, postes para alambrados y/o cercos; d) Comisiones, representaciones, consignaciones, distribución, mandato, importación, exportación y prestación de servicios relacionados con los bienes que comercialice. II.- Transporte: Mediante la explotación por cuenta propia o ajena del transporte de cargas por carreteras, en jurisdicción provincial, interprovincial e internacional, de estaciones y/o centros de transferencias de carga, depósito y almacenaje de mercaderías y cargas unificadas. En caso de ser necesario se requerirá el auxilio de profesionales con titulo habilitante inscriptos en la matricula respectiva.

Los socios dejan expresa constancia que la sociedad no realizará operaciones financieras previstas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público (Art. 299 inciso 4to. Ley 19.550 t.o.), tampoco realizara ninguna actividad que implique corretaje inmobiliario o que se encuentren comprendidas en la Ley 13.154 (t.o.). A esos fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.-

Capital: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000,00) representado por veinte mil (20.000) acciones de un valor nominal de pesos diez ($ 10.-) cada una, que los accionistas deciden suscribir en un veinticinco por ciento (25%), en dinero en efectivo, obligándose por el setenta y cinco por ciento (75%) restante en el plazo de un (1) año a contar desde la fecha del presente, en la proporción de sus suscripciones. De tal modo el capital social queda integrado en las siguientes proporciones: José María Bernardo Varisco: diez mil (10.000.-) acciones ordinarias, nominativas no endosables de pesos diez ($ 10.-) cada una de ellas, con derecho a un (1) voto por acción (50% del capital social); y Celina Yamile Videla diez mil (10.000.-) acciones ordinarias, nominativas no endosables de pesos cien ($ 10.-) cada una de ellas, con derecho a un (1) voto por acción (50% del capital social).-

Administración y Representación: La administración estará, a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que determine la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno (1) y un máximo de siete (7), los que durarán tres (3) ejercicios en sus funciones. Asimismo la Asamblea designará suplentes en igual número al de Directores titulares para llenar las vacantes que se produzcan, en orden de su elección y por el mismo plazo. Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente y un Vicepresidente, en caso de estar designado un Órgano plural. El primer Directorio queda conformado de la siguiente manera: Presidente: Sr. José María Bernardo Varisco; Director Suplente: Srta. Celina Yamile Videla.-

Fiscalización: La fiscalización y contralor de la sociedad estará cargo de los socios conforme Art. 284 in fine de la Ley 19.550. Se prescinde de la designación de síndicos privados.

Ejercicio Social: cierra el 30 de Noviembre de cada año.-

Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 24 de Mayo de 2017.- Jorge E. Freyre, secretario.

$ 165 325041 Jun. 6

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CERVECERÍA TORO NEGRO S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados CERVECERÍA TORO NEGRO S.R.L. s/Designación de Gerentes - CUIJ 21-05194347-0, de trámite por ante el Registro Público de Comercio se hace saber: que por Asamblea Unánime del 24 de Abril de 2017, fue aceptada la renuncia de Daniel Domingo Llinas y resultó electo como nuevo socio gerente de la sociedad al Señor Federico Zwiener, de apellido materno Olivera, DNI 22.715.365, nacido el 15 de Agosto de 1972, de 44 años, casado, argentino, empresario, CUIT 20-22715365-3 domiciliado en calle Saavedra 2954 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.

Santa Fe, 26 de Mayo de 2017. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 40 325181 Jun. 6

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ALTA MONTAÑA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por Disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Dra. M. Julia Petracco, en autos caratulados “ALTA MONTAÑA” S.R.L. s/Cesión Cuotas - Renuncia y Designación Nuevo Gerente Modificación Cláusula Administración-Modificación Cláusula Segunda - Cambio De Domicilio Legal - Modificación Contrato - Texto Ordenado - (Expte 177/2017), según decreto de fecha 24-05-2017 se ordena la siguiente publicación de edictos:

En la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los 18 (Dieciocho) días del mes de Abril del Año 2017, se reúnen los Señores Humberto Rosati, de nacionalidad argentina, nacido el día 30 de Enero de 1935, DNI Nº 6.118.225, apellido materno Vallini, de profesión Comerciante, CUIT 20-06118225-0, de estado civil casado en primeras nupcias con Eva Edith Dominga Matteini DNI N° 2.831.300 , domiciliado en calle Belgrano No 635- Piso 2 - Dep. “A” de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe y María Silvana Rosati de nacionalidad argentina, nacida el día 15 de Diciembre de 1.963, DNI N° 16.805.647, apellido materno Matteini, de profesión Comerciante, CUIT 27-16805647-3 , de estado civil casada en primeras nupcias con Sergio Osvaldo Pieroni DNI Nº 16.228.000, domiciliada en Calle Pedro Barberis Nº 971 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, todos ellos únicos socios de “ALTA MONTAÑA” S.R.L y los Señores Mariano Alberto Charif de nacionalidad argentino, nacido el día 28 de Octubre de 1.980, DNI N° 28.162.365, apellido materno Marsillo, de profesión Comerciante, CUIT 20-28162365-7 de estado civil casado en primeras nupcias con Gabriela Victoria Baulies DNI Nº 30.711.303 , domiciliado en calle Maipú Nº 2.175 de la Ciudad de Venado Tuerto , Departamento General López, Provincia de Santa Fe, y el Señor Jordán Martino, de nacionalidad argentino, nacido el día 03 de Abril de 1.976, DNI N° 25.018.011 apellido materno Oribe, de profesión comerciante, CUIT 20-25018011-0, de estado civil soltero, domiciliado en Calle 9 de Julio N° 520 de la Localidad de San Gregorio , Departamento General López, Provincia de Santa Fe, todos ellos hábiles para contratar , se reúnen a fin de convenir las siguientes modificaciones: Cesión de Cuotas - Renuncia y Designación Nuevo Gerente - Modificación Cláusula Administración - Modificación Cláusula Segunda -Cambio de Domicilio Legal - Modificación Contrato - Texto Ordenado.

1) Cesión de Cuotas: El Señor Humberto Rosati, en carácter de “Cedente” dice que vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad equivalentes a 575 (Quinientos setenta y cinco) cuotas de $ 10 (Pesos diez) cada una, representativas de un Capital Social de $ 5.750.- (Pesos cinco mil setecientos cincuenta) al Señor Jordán Martín, constituyendo ésta toda su participación por lo que pasa a quedar totalmente desvinculado de la Sociedad.

Esta venta se realiza por un total de $ 5.750 (Pesos cinco mil setecientos cincuenta), que el Cedente manifiesta haber recibido en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo el presente como suficiente recibido y carta de pago en forma.

El cedente Sr. Humberto Rosati, transfiere al Cesionaria todos los derechos que a la firma le corresponden sobre las reservas, fondos de socios, saldos de revalúo y todo cuanto más derechos tenga en la Sociedad, en proporción a las cuotas cedidas. No teniendo en consecuencia nada más que reclamar sobre los bienes de la Sociedad ni obligaciones sobre los pasivos u otros compromisos tomados con anterioridad relacionados con la Sociedad de referencia y/o en forma personal contraída por el cedente Presente en este acto la Señora Eva Edith Dominga Matteini DNI Nº 2.831.300 esposa del Cedente Señor Humberto Rosati presta conformidad a la presente cesión de cuotas.

2) La Señora María Silvana Rosati en carácter de “Cedente” dice que vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad equivalentes a 10.925 (Diez mil novecientos veinticinco) cuotas de $ 10 (Pesos diez) cada una, representativas de un Capital Social de $ 109.250 (Pesos ciento nueve mil doscientos cincuenta) en la siguiente proporción a: a) Al Señor Mariano Alberto Charif la cantidad de 5.750 (Cinco mil setecientos cincuenta) cuotas de $ 10. (Pesos diez) cada una, representativas de un Capital Social de $ 57.500 (Pesos cincuenta y siete mil quinientos).

Esta venta se realiza por un total de $ 57.500 (Pesos cincuenta y siete mil quinientos) que la Cedente manifiesta haber recibido en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo el presente como suficiente recibido y carta de pago en; b) Al Señor Jordán Martín la cantidad de 5.175 (Cinco mil ciento setenta y cinco) cuotas de $ 10 (Peso diez) cada una, representativas de un capital social de $ 51.750 (Pesos cincuenta y un mil setecientos cincuenta).

Esta venta se realiza por un total de $ 51.750 (Pesos cincuenta y un mil setecientos cincuenta), que la Cedente declara haber recibido en dinero en efectivo en su totalidad con anterioridad a este acto, entregando por el presente eficaz recibido y carta de pago en con las ventas detalladas en los puntos a) y b) la Cedente Señora María Silvana Rosati queda totalmente desvinculada de la Sociedad y transfiere a los Cesionarios todos los derechos que a la firma le corresponden sobre las reservas, fondos de socios, saldos de revalúo y todo cuanto más derechos tenga en la Sociedad, en proporción a las cuotas cedidas. No teniendo en consecuencia nada más que reclamar sobre los bienes de la Sociedad ni obligaciones sobre los pasivos u otros compromisos tomados con anterioridad relacionados con la Sociedad de referencia y/o en forma personal contraída presente en este acto el Señor Sergio Osvaldo Pieroni DNI N° 16.228.000 esposo de la Cedente Señora María Silvana Rosati presta conformidad a la presente cesión de cuotas realizadas a favor de los Señores Mariano Alberto Charif y Jordán Martín. Con la firma del presente contrato y a los fines de unanimidad los intervinientes se otorgan y dan expresa conformidad y consentimiento para la cesión y transferencias de las cuotas sociales efectuadas por éste instrumento.

Como consecuencia de las cesiones arribas detalladas se modifica la Cláusula Capital: Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 115.000 (Pesos Ciento quince mil) divididos en 11.500 (Once mil quinientos) cuotas de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una, que los socios son titulares en la siguiente proporción: Mariano Alberto Charif posee 5.750 (Cinco mil setecientos cincuenta ) cuotas de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una representativas de un capital social de $ 57.500 (Pesos Cincuenta y siete mil quinientos) y Jordán Martino posee 5.750 (Cinco mil setecientos cincuenta) cuotas de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una, representativas de un Capital Social de de $ 57.500 (Pesos cincuenta y siete mil quinientos).

El capital se encuentra totalmente suscripto e integrado a la fecha del presente contrato.

3) Renuncia y Designación Nuevo Gerente. La Señora María Silvana Rosati expresa que habiendo cedido la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad, manifiesta la voluntad de renunciar al cargo de Gerente que venia desempeñando a la fecha. Luego de intercambio de opiniones de los presentes, se resuelve aceptar la misma.

Los nuevos socios acuerdan ofrecer el cargo de Gerente al Señor Mariano Alberto Charif, quien agradece la designación y acepta el cargo.

Administración: Estará a cargo del Señor Mariano Alberto Charif DNI N° 28.162.365, CUIT 20-28162365-7, quien actuará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula sexta del contrato social.

Sexta: Administración, dirección y representación: La Gerencia de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o Gerentes, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta cualesquiera de ellos. El gerente o gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Art. 9 -Decreto 5965/63- con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad. Para la compra o enajenación de bienes inmuebles se requerirá la aprobación de la Asamblea de Socios. La designación de nuevos gerentes o la revocabilidad de los mandatos se realizará conforme lo dispuesto por el Art. 157 de la Ley General de Sociedades 19.550.

Segunda: Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias representaciones y sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.

Cambio Domicilio Legal: El domicilio Legal de la Sociedad queda fijado en Calle Francia N° 260 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Denominación: La Sociedad girar bajo la denominación de ALTA MONTAÑA S.R.L.

Duración: El término de duración se fija hasta el día 05 (Cinco) de Febrero de 2.033.

Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país y en el extranjero a las siguientes actividades: Confección, compra, venta, distribución y/o cualquier otra forma de negociación comercial relacionada con la industria textil en general.

La Sociedad tiene plena capacidad jurídica para actuar y contratar según su objeto Social.

Balance: 31 de Mayo de cada año.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

$ 555,72 324824 Jun. 6

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SEIS MARIAS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por acta de Asamblea General Ordinaria unánime de fecha 15 de Febrero de 2017, la totalidad de los accionistas que representan el cien por ciento del capital social de la entidad “SEIS MARÍAS S.A.”, con domicilio social en calle La Rioja N° 2651 de la ciudad de Santa Fe, Pcia. homónima, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, bajo el N° 518, F° 88, del Libro 10 de Estatutos de Sociedades Anónimas, en fecha 02 de marzo de 2004 (Leg. 2799), han resuelto proceder a la renovación del Directorio por el periodo estatutario, el que estará integrado de la siguiente forma: Presidente: Sr. Jorge Luis Bocca, D.N.I. N° 11.118.161, C.U.I.T. N° 20-11118161-7, y Directora Suplente: María Gabriela Murua, D.N.I. N° 12.696.742, C.U.I.T. N° 27-12696742-5, ambos con domicilio en calle La Rioja N° 2651, de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, quienes oportunamente aceptaran sus designaciones y prestaran su conformidad mediante las firmas insertas por ellos al pie del Acta de Asamblea General Ordinaria unánime supra referida. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 24 de Mayo de 2017. - Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 45 325042 Jun. 6

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INDUSTRIAL SODERA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados “INDUSTRIAL SODERA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/Modificación al Contrato Social”, (CUIJ Nº 21-05193614-8), en trámite ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se efectúa la siguiente publicación: “En la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, al día 1° del mes de febrero de 2017, en la sede social de Industrial Sodera S.R.L. ubicada en Pedro Vittori 3781, transcurrido el cuarto intermedio fijado hasta el día y hora de la fecha en la Asamblea General Extraordinaria iniciada el 09 de Enero de 2017, se lleva a cabo la misma que fue comunicada a cada uno de los socios con la antelación de ley y tiene por fin tratar los temas que constan en dicha citación. Los presentes deciden posponer el inicio de la misma por un periodo de treinta minutos, por cuestiones de cortesía. Cumplido el plazo y siendo las diecisiete y treinta horas el Socio Gerente César José Sarchi, propone el inicio de la misma con los siguientes socios: César José Sarchi propietario de 7.784 cuotas; Eduardo Alberto Di Filippo y Hugo Ricardo Di Filippo, titulares en copropiedad de 48.080 cuotas; Nélida Miria Costanzo, Alcira Noemí Costanzo, César Edgardo Costanzo y Marisa Claudia Costanzo, titulares en copropiedad de 43.120 cuotas. Acto seguido y efectuado el recuento a fin de contar con las 2/3 partes del capital y totalizando la presencia de socios propietarios de 98.984 cuotas sobre 140.000 cuotas que constituyen el capital, representando el 70,70% del mismo, se deja constancia de lo siguiente: 1) Que la presente reunión resultó convocada en razón de las pretensiones de transferencia de la totalidad de sus cuotas sociales por parte de los socios Nelida Miria Miranda de Costanzo, Cesar Edgardo Costanzo, Marisa Claudia Costanzo, Alcira Noemí Costanzo, Hugo Ricardo de Filippo y Eduardo Alberto Di Filippo, en favor del socio César José Sarchi; i) Que con las formalidades y plazos estatutarios y de ley se notificó la propuesta a la totalidad de los socios; III) Que no media ejercicio del derecho de preferencia por parte de la sociedad y en su caso por parte de algun/os socio/s. Se aprueba por unanimidad la pretensión de transferencia de cuotas sociales. Consecuencia de lo resuelto los socios Nélida Miria Miranda de Costanzo, César Edgardo Costanzo, Marisa Claudia Costanzo, Alcira Noemí Costanzo, Hugo Ricardo De Filippo Y Eduardo Alberto Di Filippo, venden ceden y transfieren la totalidad de las cuotas de capital que a cada uno de ellos le corresponde, en favor del socio César José Sarchi, quien acepta de plena conformidad, manifestando los cedentes que perciben en este acto el precio acordado por la cesión y que, asciende a diez centavos de peso ($ 0,10) por cada cuota societaria vendida, con lo que la firma del presente importa formal de pago cancelatorio por la suma total de pesos nueve mil ciento veinte ($ 9.120) Consecuencia de lo acordado corresponde modificar la cláusula cuarta del contrato social inherente a la conformación del capital, que quedará redactada del siguiente modo:

Cuarta: El Capital social queda fijado en la suma de un millón cuatrocientos mil pesos ($ 1.400.000), dividido en ciento cuarenta mil (140.000) cuotas de pesos 10 cada una, acreditada a los socios en la siguiente proporción: Celestina Contín de Gennari, Omar Celeste Gennari y Hugo Roberto Gennari, en copropiedad y en partes iguales veintidós mil ciento ochenta (22.180) cuotas, o sea doscientos veintiún mil ochocientos pesos ($ 221.800), César José Sarchi y Raúl Roberto Sarchi en copropiedad y en partes iguales quince mil quinientas sesenta y ocho (15.568) cuotas, o sea ciento cincuenta y cinco mil seiscientos ochenta pesos ($ 155.680), César José Sarchi, en propiedad exclusiva noventa y un mil doscientas (91.200) cuotas, o sea novecientos doce mil pesos ($ 912.000); Gladis Martha Lauría de Bochinfuso seis mil noventa y seis (6.096) cuotas, o sea sesenta mil novecientos sesenta pesos ($ 60.960) y María del Rosario Filippi, Gabriel Alejandro Lauría, Diego Lauría, Gustavo Lauría y Mariana Noemí Lauría, en copropiedad y en partes iguales cuatro mil novecientas cincuenta y seis (4956) cuotas, o sea cuarenta y nueve mil quinientos sesenta pesos ($ 49.560). El capital se encuentra íntegramente suscripto e integrado. Se aprueba unanimidad. - Santa Fe, 31 de Marzo de 2017. - Firmado: Dr. Jorge Freyre, Secretorio.

$ 224 324883 Jun. 6

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EL VEINTIUNO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por resolución del 23 de mayo de 2017 del Registro Publico de Comercio de Venado Tuerto a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría de la Dra. María Julia Petracco se ha dispuesto la siguiente publicación:

Por resolución de asamblea ordinaria y directorio celebrada el 31 de enero de 2017 fueron designados directores de El Veintiuno SA. con mandato por tres ejercicios: Presidente: Carlos Horacio Castagnani, argentino, DNI 11.917.231, nacido el 31/03/1958, casado en primeras nupcias con Laura Amanda Fraix, comerciante, con domicilio en Hipólito Yrigoyen 1598 Venado Tuerto.-CUIT 20-11917231-5. Vicepresidente: Eduardo Humberto Castagnani, argentino, DNI 11.619.287 nacido el 27/02/1955, casado en primeras nupcias con Emilce Graciela Murtagn, comerciante, con domicilio en Hipólito Yrigoyen 1598 Venado Tuerto CUIT 20-11619287-0. Director Suplente: Laura Amanda Fraix, argentina, DNI 13.498.039, nacida el 13/01/1960, casada en primeras nupcias con Carlos Horacio Castagnani, comerciante, domiciliada en Hipólito Yrigoyen 1598 Venado Tuerto. - CUIT 27-13498039-2.

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TEYCO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por Disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Dra. M. Julia Petracco, en autos caratulados TEYCO S.R.L. s/Cesión Cuotas - Designación Nuevo Gerente - Modificación Cláusula Administración -Modificación Cláusula Cuarta - Modificación Contrato - Texto Ordenado (Expíe 196/ 2017), según decreto de fecha 29 de Mayo de 2.017, se ordena la siguiente publicación de edictos:

En la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe a los 03 (Tres) días del mes de Mayo del Año 2017 se reúnen los señores Roberto Manuel Navazzotti, de nacionalidad argentino, nacido el día 26 de Setiembre del.960, DNI Nº 13.861.826, hijo Manuel Domingo y de Lydia María Manni, de profesión Ingeniero Agrónomo, CUIT 23-13861826-9, de estado civil divorciado según Resolución Nº 1.114 de fecha 28 de Junio de 2.006 (Expte 207 - Año 2.006) Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y de Trabajo de la Ciudad de Rufino, domiciliado en Calle 57 Nº 684 de la Ciudad de Villa Cañas, Dep. General López, Provincia de Santa Fe, Javier Del Pazo, de nacionalidad argentino, nacido el día 25 de Agosto de 1.972, hijo de Gerardo y de Graciela Lucía Noste, DNI N° 22.896.262, de profesión Ingeniero Agrónomo CUIT 20-22896262-8, de estado civil casado en primeras nupcias con María Georgina Papalino Nº 23.513.795, domiciliado en Calle 59 - Nº 530 de la Ciudad de Villa Cañás, Dep. General López, Provincia de Santa Fe, Néstor Horacio Lazzaretti, de nacionalidad argentino, nacido el día 28 de Septiembre de 1.954, hijo de José y de Ángela Arilla, DNI N° 11.096.295, de profesión Contador Público CUIT 23-11096295-9, de estado civil casado en primeras nupcias con Elba Raquel Poussif DNI N° 12.078.104, domiciliado en Calle General Paz Nº 724 de la Localidad de María Teresa, Dep. General López, Provincia de Santa Fe, Diego Martín Lombardi de nacionalidad argentino, nacido el día 04 de Mayo de 1.973, hijo de Juan Carlos y de Marta Raquel Pomba, DNI N° 23.083.177, de profesión empleado, CUIL 20-23083177-8, casado en primeras nupcias con Laura Beatriz Pennacchietti DNI Nº 23.083.153 domiciliado en Calle 9 de Julio N° 1.147 de la Localidad de Santa Isabel, Dep. General López, Provincia de Santa Fe y el Señor Luis Alberto Paniagua, de nacionalidad argentino, nacido el día 24 de Abril de 1.983, hijo de Abdóm Arnaldo y de Petrona Salinas, DNI N° 30.141.015, de profesión empleado, CUIL 20-30141015-9, de estado civil soltero, domiciliado en Calle 53 - N° 552 de la Ciudad de Villa Cañás, Dep. General López, Provincia de Santa Fe, todos ellos únicos socios de “TEYCO” S.R.L., y el Señor Germán Wüst de nacionalidad argentino, nacido el día 30 de Agosto de 1.976, DNI Nº 25.328.359, hijo de José Fernando y de Beatriz Amalia Morales, de profesión Contador Público, CUIT 23-25328359-9, de estado civil casado en primeras nupcias con María Eliana Papalino DNI N° 27.229.916, domiciliado en Calle Pasaje Coffin N° 2.952 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Todos ellos hábiles para contratar se reúnen a fin de convenir las siguientes modificaciones: Cesión de Cuotas - Designación Nuevo Gerente - Modificación Cláusula Administración - Modificación Cláusula Cuarta - Modificación Contrato - Texto Ordenado - Cesión de Cuotas.

El Señor Néstor Horacio Lazzaretti en carácter de cedente, dice que vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas que posee en la sociedad consistentes en 422 (Cuatrocientos veintidós) cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una representativas de un Capital Social de $ 42.200 (Pesos cuarenta y dos mil doscientos) en la siguiente proporción a: a) Al Señor Javier Del Pazo la cantidad de 412 (Cuatrocientos doce) cuotas de $ 100 (Pesos cien), representativas de un Capital Social de $ 41.200 (Pesos cuarenta y un mil doscientos).

Esta venta se realiza por un total de $ 41.200 (Pesos cuarenta y un mil doscientos) que el Cedente declara haber recibido de conformidad en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo por el presente eficaz recibo y carta de pago en forma.

b) Al Señor Germán Wüst la cantidad de 10 (Diez) cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una representativas de un Capital Social de $ 1.000 (Pesos mil). Esta venta se realiza por un total de $ 1.000 (Pesos mil) que el cedente declara haber recibido de conformidad en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo por el presente eficaz recibo y carta de pago en forma.

Con las ventas detalladas en los puntos a) y b) el Cedente Sr. Néstor Horacio Lazzaretti queda totalmente desvinculado de la Sociedad y transfiere a los Cesionarios todos los derechos que a la firma le corresponden sobre las reservas, fondos de socios, saldos de revalúo y todo cuanto más derechos tenga en la Sociedad, en proporción a las cuotas cedidas. No teniendo en consecuencia nada más que reclamar sobre los bienes de la Sociedad ni obligaciones sobre los pasivos u otros compromisos tomados con anterioridad relacionados con la Sociedad de referencia y/o en forma personal contraída por cedente hacia la misma.

Presente en este acto la Señora Elba Raquel Poussif DNI Nº 12.078.104, esposa del Cedente Señor Néstor Horacio Lazzaretti, presta conformidad a la Cesión de cuotas realizada por su esposo a favor de los Señores Javier Del Pazo y Germán Wüts.

2) El Señor Diego Martín Lombardi en carácter de “cedente” dice que vende, cede y transfiere al Señor Germán Wüst la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad consistentes en 412 (Cuatrocientos doce) cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una, representativas de un Capital Social de $ 41.200 (Pesos cuarenta y un mil doscientos) constituyendo ésta toda su participación por lo que pasa a quedar totalmente desvinculado de la Sociedad.

Esta venta se realiza por un total de $ 41.200 (Pesos cuarenta y un mil doscientos) que el Cedente declara haber recibido en su totalidad de plena conformidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo por la presente eficaz recibo y carta de pago en forma.

El Señor Diego Martín Lombardi transfiere al Cesionario todos los derechos que a la firma le corresponden sobre las reservas, fondos de socios, saldos de revalúo y todo cuanto más derechos tenga en la Sociedad, en proporción a las cuotas cedidas. No teniendo en consecuencia nada más que reclamar sobre los bienes de la Sociedad ni obligaciones sobre los pasivos u otros compromisos tomados con anterioridad relacionados con la Sociedad de referencia y/o en forma personal contraída por el cedente hacia la misma.

Presente en este acto la Señora Laura Beatriz Pennacchietti DNI Nº 23.083.153, esposa del cedente Señor Diego Martín Lombardi presta conformidad a la presente Cesión de Cuotas expuestas.

3) El Señor Luis Alberto Paniagua en carácter de “Cedente “ dice que vende, cede y transfiere al Señor Germán Wüst la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad consistentes en 412 (Cuatrocientos doce) cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una representativas de un Capital Social de $ 41.200 (Pesos cuarenta y un mil doscientos) constituyendo ésta toda su participación por lo que pasa a quedar totalmente desvinculado de la Sociedad.

Esta venta se realiza por un total de $ 41.200 (Pesos cuarenta y un mil doscientos) que el Cedente declara haber recibido en su totalidad de plena conformidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo por la presente eficaz recibo y carta de pago en forma.

Los nuevos socios acuerdan que la administración esté a cargo de dos gerentes por lo que se resuelve ofrecer el cargo al Señor Germán Wüst. El mismo agradece la designación y acepta el cargo asignado.

En consecuencia la Administración estará a cargo de los socios-gerentes Señores Roberto Manuel Navazzotti DNI N° 13.861.826 - CUIT 23-13861826-9 y Germán Wüst DNI Nº 25.328.359 - CUIT 23-25328359-9, quienes actuarán de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Sexta del Contrato Social.

Modificación Cláusula Administración: Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de Uno o más Gerentes Socios o No. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta de cualesquiera de ellos. Los socios-gerentes o los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Artículo 9 - Decreto 5965/63 - con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad. Su función podrá ser remunerada mediante acuerdo de los socios.

Modificación Cláusula Cuarta. Cuarta: Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país o el extranjero a las siguientes actividades: Producción, Elaboración, Comercialización e Importación y Exportación de Productos Agrarios, sus insumos y sus derivados o subproductos y la realización deservicios conexos.

A tales efectos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar todos los actos, contratos y operaciones que no sean prohibidos por las Leyes o por este Contrato.

El Señor Luis Alberto Paniagua transfiere al Cesionario todos los derechos que a la firma le corresponden sobre las reservas, fondos de socios, saldos de revalúo y todo cuanto más derechos tenga en la Sociedad, en proporción a las cuotas cedidas. No teniendo en consecuencia nada más que reclamar sobre los bienes de la Sociedad ni obligaciones sobre los pasivos u otros compromisos tomados con anterioridad relacionados con la Sociedad de referencia y/o en forma personal contraída por el cedente hacia la misma.

Con la firma del presente contrato los intervinientes se otorgan y dan expresa conformidad y consentimiento para las cesiones y transferencias de las cuotas sociales efectuadas por éste instrumento.

Dadas las cesiones arriba detallas se modifica la Cláusula Capital quedando la misma conformada de la siguiente manera.

Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 500.300 (Pesos quinientos mil trescientos) divididos en 5.003 (Cinco mil tres) cuotas de $ 100 (Pesos cien ) cada una, que los socios son titulares en la siguiente proporción, Roberto Manuel Navazzotti posee 3.335 (Tres mil trescientos treinta y cinco) cuotas de capital de $ 100 (Pesos cien) cada una, representativas de un Capital Social de $ 333.500 (Pesos Trescientos treinta y tres mil quinientos), Javier Del Pazo posee 834 (Ochocientos treinta y cuatro) cuotas de capital de $ 100 (Pesos cien) cada una representativas de un Capital Social de $ 83.400 (Pesos ochenta y tres mil cuatrocientos) y el Señor Germán Wüst posee 834 (Ochocientos treinta y cuatro )cuotas de $ 100 (Pesos cien ) cada una representativas de un Capital Social de $ 83.400 (Pesos Ochenta y tres mil cuatrocientos).

El Capital se encuentra totalmente suscripto en integrado a la fecha del presente contrato.

Incorporación de Gerente: Domicilio. Calle 56 - Nº 343 de la Ciudad de Villa Cañás, Dep. General López, Provincia de Santa Fe.

Duración: El término de duración se fija hasta el día 28 (Veintiocho) de Octubre de 2.025.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

Balance: 30 de Noviembre de cada año.

Venado Tuerto, 31 de mayo de 2.017.

$ 660 325132 Jun. 6

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INTER-AGRO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de de Rafaela se hace saber que los socios de Inter-Agro S.R.L. resuelven, por unanimidad, según Acta de Reunión de Socios de fecha 08-05-2017, prorrogar el plazo de duración, adecuar objeto social, designar al socio Gerente y modificar las Cláusulas Segunda, Tercera, y Sexta del Contrato Social, las cuales quedan redactado de la siguiente manera: Segunda: La sociedad se constituye por el término de noventa y nueve (99) años, a partir de la inscripción en el Registro Público, es decir, a partir del 11-12-1997. Tercera: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros q asociada a terceros, las siguientes actividades: a) Prestación de servicios agrícolas, en especial de siembra, pulverizaciones, fumigaciones y cosecha, b) Siembra, cultivo y cosecha de cereales, oleaginosas y forrajeras, c) Alquiler y/o arrendamiento de inmuebles urbanos y rurales propios. Se deja expresamente establecido que la sociedad no podrá realizar las actividades previstas en el artículo 299 Ley de Sociedades Comerciales, como así también quedan excluidas las actividades previstas en la Ley Provincial 13.154, sobre corretaje inmobiliario. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. - Sexta: La administración, uso de la firma y representación de la sociedad, será ejercida por el Sr. Mateo Agustín Banchio, D.N.I. 12.398.901, en su carácter de Socio-Gerente, por tiempo indeterminado. Tendrá todas las facultades para administrar y disponer de los bienes y poder actuar libre y ampliamente en todos los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto y/o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, enajenación, cesión, locación, gravar los mismos con derechos reales, como así también realizar cualquier acto bancario en nombre y representación de la sociedad. Queda expresamente prohibido el uso de la firma social en operaciones ajenas a su giro, prestaciones gratuitas a terceros.

Rafaela, 29 de Mayo de 2017.

$ 138,60 324987 Jun. 6

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