picture_as_pdf 2013-06-06

Corte Suprema de Justicia


CERTIFICO: Que por Resolución de fecha 28 de mayo del año en curso, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia, dispuso lo siguiente: “Santa Fe, 28 de mayo de 2013.- VISTOS: Estos caratulados “LEY PROVINCIAL Nro. 12.851/08 - JUS UNIDAS DE HONORARIO PROFESIONAL DE ABOGADOS y PROCURADORES” (Expte. Nro. 831/08); y, CONSIDERANDO: Que en los autos del epígrafe, originados en el dictado de la Ley provincial Nro. 12.851 y en mérito a lo previsto en el artículo 32 de dicha norma, se dispuso que la Dirección General de Administración de este Poder Judicial, haga saber el valor de la unidad Jus allí mencionada. Que mediante Acta Nro. 23, Punto 6, del 10 de junio de 2008, el Alto Cuerpo dispuso delegar en la Secretaría de Gobierno, la facultad de que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de la misma, disponga lo conducente para su publicación, con comunicación al Cuerpo. Que atento lo cual y conforme lo previsto por el art. 32 de la Ley 12.851 de Honorarios de Abogados y Procuradores, antecedentes de índole similar, y al incremento salarial dispuesto para todo el personal del Poder Judicial, del 10% a partir del 1º de marzo de 2013 (vid. Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de Justicia del 21.5.2013, Acta Nro. 18, Punto 7º), se ha modificado la base de cálculo del valor jus, el cual representa el dos por ciento (2%) de la remuneración total, deducidos los adicionales porcentuales particulares, del cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito. Que ello así, la Dirección General de Administración de este Poder Judicial se expide en consecuencia (vid. Informe del 27.5.2013). Por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nro. 10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta 41, punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I.- Establecer que el monto de la unidad Jus prevista en el artículo 32 de la Ley 12.851 es de $ 511,43 (quinientos once pesos con cuarenta y tres centavos), a partir del 1ro. de marzo de 2013. II.- Poner ello en conocimiento de los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Provincia y Caja Forense. III.- Comunicarlo asimismo mediante medios electrónicos, a las distintas unidades jurisdiccionales de la Provincia. IV.- Disponer la publicación del presente decisorio en el Boletín Oficial de la Provincia, por el término de cinco días. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo. Fdo.: Bordas (Secretario). Freyre (Prosecretario). Secretaría, 28 de Mayo de 2013.

S/C 9407 Jun. 6 Jun. 12

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FISCO NACIONAL (A.F.I.P.)


REMATE POR

FABRINA MIRETTO RAMA


Se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL (A.F.I.P) c/ Otro s/ Ejecución Fiscal” (Expte. Nº 20086/2004), tramitados con intervención del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Rosario a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, secretaría del Dr. Luis Alejandro Chede, la Martillera Pública Fabrina Miretto Rama Matrícula Nº 1715-M-166, Matrícula Federal Nº 372; CUIT: 27-26927558-0 Rematará en subasta pública el día Jueves 13 de Noviembre de 2013, a las 11:30 Hs. En la Sede del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo Nº 9 de la ciudad de Rufino lugar habilitado para la realización de subastas públicas; el siguiente bien: 75% Indiviso de una fracción de terreno, con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo, ubicada en calle la Zona Urbana de la Localidad de Rufino, identificándose como el Lote 13/ Plano Nº 16108-1957/ Superficie Total de 300,40 m2. Cuyo arranque debe comenzar a constarse a los 35 m hacia el Norte del ángulo Sud-Este de su manzana Esquina de Calles Garay y Salta. Medidas y Linderos: Mide 10 m de frente al este sobre calle Garay e igual contrafrente al Oeste, por 30,23 m de fondo en el lado Sud y 30,05 m de fondo en el lado Norte. Linda: al Este con calle Pública, al Norte con el Lote 14, al Oeste con parte del Lote 8 y al Sud con el Lote 12. El Dominio de dicho inmueble se encuentra inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 347 Folio 405 Nº 161763. De titularidad del demandado en autos. Según consta en el Informe de Dominio expedido por el Registro General de la Propiedad de Rosario pesan sobre el mencionado bien, propiedad de la Sociedad demandada Barraza Marengo y Otros S. H CUIT 30-582103611-1 las siguientes medidas cautelares, a saber: 1º) Embargo al Tomo 121 E Folio 3913 Nº 388299 ordenada por el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario, de fecha 17/10/2012; Autos: Fisco Nacional AFIP-DGI c/ Barraza Marengo y Otro S.H. s/ Ejecución Fiscal (Expte. Nº 20086/2004), por un monto $ 19.169,12 la medida cautelar recae sobre las partes indivisas correspondientes. 2°) Inhibición al Tomo 124 I Folio 9201 Nº 412326 ordenado por el Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Rosario de fecha 27/12/2012, Autos: Fisco Nac. AFIP-DGI c/ Barraza Marengo y Otro s/ Ejecución Fiscal (Expte. Nº 53760/2010) por un Monto de $ 3.236,60. El bien saldrá a la venta con una Base de $ 64.000, de no haber ofertas por dicha base saldrá seguidamente a la venta con una Retasa del 25% es decir $ 48.000 y de persistir la falta de oferentes saldrá seguidamente a la venta con una Segunda y Ultima Retasa del 25% es decir $ 36.000 no admitiéndose la venta sin base. El bien inmueble que se ejecuta registra en el API una deuda de $ 339,42, la Municipalidad de Rufino informa que registra deuda por $ 5.090,67 y la Cooperativa de Agua Informa una Deuda de $ 265,81. De la constatación efectuada surge que el bien reviste el carácter de Terreno Baldío para constancia de los interesados se encuentra a disposición en la Secretaría del Juzgado supra fijado los presentes caratulados para su revisión. El que resulte comprador abonará en el acto de remate el 20% del precio de compra, con mas el 3% de comisión de Ley a la Martillera actuante, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo del precio lo abonará mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta en el Plazo y bajo los apercibimientos del Art. 580 CPCCN. El comprador toma a su cargo las deudas que por impuestos, tasas y contribuciones pudieran pesar sobre el bien. Se hace saber que conforme lo dispone el Art. 598 inc. 7° del CPCCN no se procederá a la compra en comisión. De corresponder Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado cautelares con la debida antelación. La exhibición del bien se efectuará los dos días hábiles previos a la subasta. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar presente Edicto se encuentra Excento de pago. Fdo. Dr. Eduardo Giunta, Agente Fiscal (AFIP-DGI).

S/C 200522 Jun. 6 Jun. 7

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REMATE POR

FABRINA MIRETTO RAMA


Se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL (A.F.I.P) c/ Otro s/ Ejecución Fiscal” (Expte. Nº 43464/2004), tramitados con intervención del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Rosario a cargo del Dr. Héctor Alberto Zucchi, Secretaría de la Dra. Mercedes Andrada, la Martillera Pública Fabrina Miretto Rama Matrícula Nº 1715-M-166, Matrícula Federal Nº 372; CUIT: 27-26927558-0 Rematará en subasta pública el día Jueves 13 de Noviembre de 2013, a las 12:00 Hs. en la Sede del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo Nº 9 de la ciudad de Rufino lugar habilitado para la realización de subastas públicas; el siguiente bien: 75% Indiviso de una fracción de terreno, con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo, ubicada en calle la Zona Urbana de la Localidad de Rufino, identificándose como el Lote 14/ Plano Nº 16108-1957/ Superficie Total de 299,70 m2. cuyo arranque debe comenzar a contarse a los 45 m hacia el Norte del ángulo Sud-Este de su manzana Esquina de Calles Garay y Salta. Medidas y Linderos: Mide 10 m de frente al Este por 30,05 m de fondo en su costado Sud y 29,88 m de fondo en su lado Norte. Linda: al Este con calle Garay, al Oeste con fondos de los Lotes 8 y 20, al norte con el Lote 15 y al Sud con el Lote 13. El Dominio de dicho inmueble se encuentra inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 383 Folio 383 Nº I70131. De titularidad del demandado en autos. Según consta en el Informe de Dominio expedido por el Registro General de la Propiedad de Rosario pesan sobre el mencionado bien, propiedad de la Sociedad demandada Barraza Marengo y Otros S. H. CUIT 30-582103611-1 las siguientes medidas cautelares, a saber: 1°) Embargo al Tomo 119 E Folio 5523 N° 398189 ordenada por el Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, de fecha 25/11/2010; Autos: Fisco Nacional AFIP-DGI c/ Barraza Marengo y Otro S.H. s/ Ejecución Fiscal (Expte. Nº 43464/2004), por un monto $ 13.653,68 la medida cautelar recae sobre las partes indivisas correspondientes. 2°) Inhibición al Tomo 124 I Folio 9201 Nº 412326 ordenado por el Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Rosario de fecha 27/12/2012, Autos: Fisco Nac. AFIP-DGI c/ Barraza Marengo y Otro s/ H S/ Ejecución Fiscal. (Expte. Nº 53760/2010) por un Monto de $ 3.236,60. El bien saldrá a la venta con una Base de $ 64.000, de no haber ofertas por dicha base saldrá seguidamente a la venta con una Retasa del 25% es decir $ 48.000 y de persistir la falta de oferentes saldrá seguidamente a la venta con una Segunda y Ultima Retasa del 25% es decir $ 36.000 no admitiéndose la venta sin base. El bien inmueble que se ejecuta registra en el API una deuda de $ 475,04, la Municipalidad de Rufino informa que registra deuda por $ 5.152,11 y la Cooperativa de Agua Informa una Deuda de $ 265,81. De la constatación efectuada surge que el bien reviste el carácter de Terreno Baldío para constancia de los interesados se encuentra a disposición en la Secretaría del Juzgado supra citado los presentes caratulados para su revisión. El que resulte comprador abonará en el acto de remate el 20% del precio de compra, con más el 3% de comisión de Ley a la Martillera actuante, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo del precio lo abonará mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta en el Plazo y bajo los apercibimientos del Art. 580 CPCCN. El comprador toma a su cargo las deudas que por impuestos, tasas y contribuciones pudieran pesar sobre el bien. Se hace saber que conforme lo dispone el Art. 598 inc. 7° del CPCCN no se procederá a la compra en comisión. De corresponder Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado cautelares con la debida antelación. La exhibición del bien se efectuará los dos días hábiles previos a la subasta. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Se deja expresa constancia que el presente Edicto se encuentra Excento de pago. Fdo. Dr. Eduardo Giunta, Agente Fiscal (AFIP-DGI).

S/C 200521 Jun. 6 Jun. 7

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MINISTERIO DE AGUAS,

SERVICIOS PÚBLICOS

Y MEDIO AMBIENTE


RESOLUCIÓN Nº 268


V I S T O :

El expediente Nº 01802-0005436-3 y su agregado a cuerda floja Nº 01801-0029246-1 del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con la obra: “TAREAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE TALUDES Y CORONAMIENTO DE LA PRESA RETARDADORA DE CRECIDAS DEL ARROYO LUDUEÑA – DEPARTAMENTO ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”, y,

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Rosario informa sobre los deterioros ocurridos en la Presa Retardadora de Crecidas del Arroyo Ludueña, la que se halla emplazada en el Departamento Rosario, sobre terrenos pertenecientes a las localidades de Pérez y Funes, entre la autopista Rosario-Córdoba y la Ruta Nacional Nº 33 - Provincia de Santa Fe, como consecuencia de las intensas lluvias del mes de octubre de 2012, sumado a la fuerte acción del viento, que provocaron socavones del talud interior de la presa;

Que por tal motivo y ante la necesidad de ejecutar la obra de la referencia, la Secretaría de Aguas de la Jurisdicción encomendó al Área Pliegos y Presupuestos la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones, en base al Proyecto Ejecutivo confeccionado por la Subsecretaria de Planificación y Gestión, a los fines de su contratación, mediante la convocatoria a una Licitación Pública;

Que con esta obra se logrará la restitución de los perfiles originales del proyecto y la reconstrucción del pié de talud en un tramo del paramento húmedo, a los fines de evitar daños estructurales y proteger la presa de procesos erosivos provocados por las precipitaciones y los fuertes vientos que se originan en la región, que ocasionan importantes socavaciones, cárcavas y hundimientos del suelo, tanto en los taludes como en el coronamiento.

Que las tareas a ejecutar comprenden principalmente los siguientes items: a) Limpieza, desmonte y destronque y transporte de la vegetación existente en el cuerpo de la presa; b) Perfilado del talud y de cárcavas, retiro de montículos de tierra y de sedimentos en zona de vertedero; c) Excavación de la fundación, saneamiento de la base y preparación de la misma mediante escarificado y compactación; d) Relleno de suelo, sellado de cárcavas y/o recubrimiento de sectores comprometidos a la erosión, con suelo proveniente seleccionado tipo A7-6 del yacimiento ubicado a una distancia de 3 km.; e) Provisión y colocación de revestimiento o protección semiflexible, conformado por una manta de fibras sintéticas (geoceldas) de 10 cm de espesor, rellenas con hormigón tipo H-13 s/ cirsoc, y f) Protección y reparación de taludes mediante relleno con suelo humífero, siembra vegetal y compactación ligera, en toda la superficie de los mismos que haya quedado al descubierto (zona de transición a ambos lados del vertedero), y donde haya sido removida la vegetación por las tareas de perfilado y excavación;

Que el presupuesto oficial ha sido estimado en la suma de $6.715.143,90 (PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON NOVENTA CENTAVOS), calculado a valores del mes de Diciembre de 2012 como mes base de referencia;

Que el plazo de ejecución previsto para los trabajos en cuestión es de OCHO (8) meses calendario, a partir de la primer Acta de Replanteo (parcial o total) o del Acta de Iniciación de los trabajos, conforme lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias – Artículo 17º;

Que la Secretaría de Aguas de la Jurisdicción expresa la urgencia que reviste la ejecución de la presente obra, dado su localización, ya que de suceder la posible rotura del vaso de la presa, los daños serán incalculables teniendo en cuenta el patrimonio social que se encuentra aguas debajo de la misma, con pérdidas humanas (catástrofe de grado 1);

Que la Coordinación Contable-Presupuestaria de la Dirección General de Administración del Ministerio, procedió a confeccionar el PCP Nº 630/13 de SIPAF por la suma de $ 200.000,00, y el saldo se considerará en futuras planificaciones, conforme lo expresado por la Subsecretaría de Administración a fojas 414;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente; entendiendo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente que apruebe la documentación técnica referida y disponga el llamado a licitación pública, Dictamen Nº 008317/13;

Que la presente gestión se encuadra en los Artículos Nºs 21 a 32 de la Ley Nº 5188 y su Decreto Reglamentario;

POR ELLO,

EL MINISTRO DE AGUAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º: Apruébase la documentación técnica confeccionada por la Subsecretaria de Planificación y Gestión dependiente de la Secretaría de Aguas de la Jurisdicción, para la contratación de la Obra: “TAREAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE TALUDES Y CORONAMIENTO DE LA PRESA RETARDADORA DE CRECIDAS DEL ARROYO LUDUEÑA – DEPARTAMENTO ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 6.715.143,90 (PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON NOVENTA CENTAVOS).

ARTICULO 2º: Autorízase la convocatoria a una Licitación Pública para

contratar la ejecución de los trabajos de que se trata, debiendo publicarse los avisos pertinentes, no menos de tres (3) veces en el Boletín Oficial y no menos de dos (2) en diarios de la Provincia, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 12.489.

ARTÍCULO 3º: Fíjase el acto de apertura de las propuestas el día 28 de Junio

de 2.013, o el primer día hábil posterior si aquel no lo fuere, a las 08:30 horas, en la Sede Rosario del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, sita en calle Montevideo 970 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 4º: Autorízase a la Dirección General de Administración a liquidar y pagar la publicación de los avisos licitatorios correspondiente a la presente licitación previa presentación de las facturas pertinentes por parte de los medios gráficos y la debida intervención de la Dirección General Publicitaria y Administrativa del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, todo ello en el marco de las normas vigentes.

ARTÍCULO 5º: El gasto hasta la suma de $ 200.000,00 (PESOS DOSCIENTOS

MIL) impútese con cargo al Presupuesto Vigente – Jurisdicción 63 – Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente SAF 1 – Categoría Programática 17.1.4.51 – Fuente de Financiamiento 5045 – Objeto del gasto 4.2.2.2 – Clasificación Geográfica 82-84-0 – Finalidad 3 - Función 90 y el saldo se considerará en futuras planificaciones.

ARTÍCULO 6º: Regístrese, comuníquese y archívese.

ANTONIO R. CIANCIO

Ministro de Aguas, Servicios Públicos

Y Medio Ambiente

S/C. 9406 Junio 6 Junio 7

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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0038


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 30 MAY 2013

VISTO:

la necesidad de adecuar las competencias territoriales de la Municipalidades de FUNES, de ROLDAN y de SAN LORENZO y de las Comunas de PIÑERO y SOLDINI, en relación a la Ruta Nacional Nº A012;

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 2065/09 se aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial efectuado por funcionarios autorizados al efecto;

Que en este marco, la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en uso de sus facultades, suscribió sendos convenios con las Municipalidades y Comunas y algunos con Gendarmería Nacional para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, los cuales se encuentran registrados en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que en estos convenios la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL autorizó a las Municipalidades de FUNES, de ROLDAN y de SAN LORENZO y de las Comunas de PIÑERO y SOLDINI a fiscalizar y juzgar conductas, y ejecutar sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas sobre rutas nacionales y provinciales que atraviesan su jurisdicción municipal y/o comunal, y que fueran comprobadas por efectivos de Gendarmería Nacional y/o por agentes provinciales y/o municipales y/o comunales;

Que conforme constancias obrantes en los respectivos expedientes, las Municipalidades de FUNES, de ROLDAN y de SAN LORENZO y de las Comunas de PIÑERO y SOLDINI han dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Resolución Nº 0027/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, encontrándose autorizadas para realizar las funciones antes descriptas conforme Resoluciones de Habilitación Nº 0016/11, 0547/12, 0010/11, 0739/12 y 0004/11 respectivamente de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL;

Que por Resolución Nº 0072/11 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se dispuso extender la competencia territorial de la Comuna de SOLDINI para el juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquellos que se encuentren fuera de su distrito;

Que por Resolución Nº 0036/12 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se dispuso extender la competencia territorial de la Municipalidad de FUNES para el juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquellos que se encuentren fuera de su distrito;

Que a los fines de adecuar las competencias territoriales de las Municipalidades de FUNES, de ROLDAN y de SAN LORENZO y de las Comunas de PIÑERO y SOLDINI se torna necesario determinar la atribución de competencias en relación a la RN A012;

Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontraron objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, el artículo 145º de la Ley Nº 13.169 y concordantes;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE

SEGURIDAD VIAL

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 0072/11 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL de fecha 16 de noviembre de 2011, y el Artículo 1º de la Resolución Nº 0036/12 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL de fecha 17 de abril de 2012, en lo relativo a la RN A012, de manera tal que se deberá entender competente para realizar tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en los siguientes tramos de rutas nacionales y provinciales, inclusive aquellos que se encuentren fuera de su distrito, a saber:

RN A012:

Desde el km 6,8 hasta el km 19,3 la Comuna de PIÑERO.

Desde el km 19,4 hasta el km 23,5 la Comuna de SOLDINI.

Desde el km 23,6 hasta el km 37,3 la Municipalidad de FUNES.

Desde el km 37,4 hasta el km 53,5 la Municipalidad de ROLDAN.

Desde el km 63,01 hasta el km 66,7 la Municipalidad de SAN LORENZO.

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

MARIANO CUVERTINO

Subsecretario

Agencia Provincial de Seguridad Vial

S/C. 9398 Junio 6 Junio 7

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LOTERIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 084/13


RER: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE JUNIO/2013.


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0105054-0- del S.I.E., mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por el Departamento respectivo para el mes de JUNIO/2013 y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S.E., Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S.E., de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe y Quiniela y/o Lotería de Montevideo de lunes a viernes; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo y Lotería de Córdoba y Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;

Que con respecto a las otras Instituciones, cuyos sorteos se utilizan para resolver los de nuestra Quiniela, se han tenido en cuenta sus programaciones, ya que las mismas han comunicado su aprobación definitiva, a excepción del Instituto de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires;

Que el Sorteo N° 4953 de Quiniela Vespertina, a realizarse en fecha 19/06/13, se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2, y 3 (Sorteos de Lotería Nacional S.E, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe) en razón de que para la citada fecha no programa su sorteo habitual Lotería de Montevideo, por ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay:

Que el Sorteo N° 8948 de Quiniela Nocturna, de fecha 19/06/13, se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2, 3 y 5 (Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires, Lotería de Santa Fe y Sorteo de Lotería de Lotería de Córdoba), por las razones expuestas en el considerando anterior;

Que el Sorteo N° 4824 de Quiniela Matutina, de fecha 21/06/2013, a llevarse a cabo a la hora 15:00, se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2, 3 y excepcionalmente Código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo);

Que en los Sorteos N° 8938, N° 8944 y Nº 8954 de fecha Viernes 07,14 y 28/06/13 el Código de Lotería 4, corresponde a Sorteos de Quiniela de Montevideo;

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Junio/13, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal los realizará el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social de la Provincia de Entre Ríos - IAFAS-;

Que se estima conveniente asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento Cincuenta Mil($ 150.000.-) para el primer premio, de la categoría Poceada Federal, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes, correspondientes por venta de apuestas. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva, previsto en el Artículo 45° del Reglamento General del Juego de la Quiniela de Santa Fe;

Que para la categoría Quiniela Expres, implementada a partir del 01/06/2012, por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 277/12, durante el presente mes se mantendrá en vigencia el horario de 20,45 horas fijado para el cierre de transmisión de apuestas;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo Nº 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer premio, PESOS DOS MIL ($2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nº 2480/09,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” del mes de JUNIO/2013, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.-

ARTICULO 2°.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5º de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de PESOS QUINCE MIL al primer premio, PESOS DIEZ MIL al segundo premio, PESOS CINCO MIL al tercer premio, PESOS DOS MIL al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente, y PESOS UN MIL QUINIENTOS para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo N° 855.

ARTICULO 4º.- Asegurar un Pozo Mínimo de PESOS CIENTOS CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) para el Primer Premio, de la categoría Quiniela Poceada, en el caso de registrarse ganador o ganadores, con ocho (8) aciertos, caso contrario, el Pozo para premio seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas.

ARTICULO 5°.- Disponer que continúe en vigencia el horario de cierre de captura de apuestas para la Categoría Quiniela Expres fijado en la hora 20.45, de lunes a sábados.

ARTICULO 6°.- El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art: 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas- Premios.

ARTICULO 7°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

SANTA FE, 27 de Mayo de 2013.-

Dra. MONICA CALDERON

A/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe


EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA Poceada EXPRES Tómbola Prescrip. DEBITOS

FECHA DIA Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Federal Nº serie Sfe Ros Int.

01 sábado 1416 11,30 1-2-3 4808 15,00 1-2-3 8933 21,00 1-2-3-4- 1057 307 3015 17-jun 05-jun

03 lunes 1417 11,30 1-2-3 4809 14,00 1-2-3 4941 17,30 1-2-3-4 8934 21,00 1-2-3-4 1058 308 18-jun 06-jun

04 martes 1418 11,30 1-2-3 4810 14,00 1-2-3 4942 17,30 1-2-3-4 8935 21,00 1-2-3-4 1059 309 3016 19-jun 07-jun

05 miércoles 1419 11,30 1-2-3 4811 14,00 1-2-3 4943 17,30 1-2-3-4 8936 22,00 1-2-3-4-5c 1060 310 24-jun 10-jun

06 jueves 1420 11,30 1-2-3 4812 14,00 1-2-3 4944 17,30 1-2-3-4 8937 21,00 1-2-3-4 1061 311 3017 24-jun 11-jun

07 viernes 1421 11,30 1-2-3 4813 14,00 1-2-3 4945 17,30 1-2-3-4 8938 21,00 1-2-3-4 1062 312 24-jun 12-jun

08 sábado 1422 11,30 1-2-3 4814 15,00 1-2-3 8939 21,00 1-2-3-4 1063 313 3018 24-jun 12-jun

10 lunes 1423 11,30 1-2-3 4815 14,00 1-2-3 4946 17,30 1-2-3-4 8940 21,00 1-2-3-4 1064 314 25-jun 13-jun

11 martes 1424 11,30 1-2-3 4816 14,00 1-2-3 4947 17,30 1-2-3-4 8941 21,00 1-2-3-4 1065 315 3019 26-Jun 14-Jun

12 miércoles 1425 11,30 1-2-3 4817 14,00 1-2-3 4948 17,30 1-2-3-4 8942 22,00 1-2-3-4-5c 1066 316 27-jun 17-jun

13 jueves 1426 11,30 1-2-3 4818 14,00 1-2-3 4949 17,30 1-2-3-4 8943 21,00 1-2-3-4 1067 317 3020 28-jun 18-jun

14 viernes 1427 11,30 1-2-3 4819 14,00 1-2-3 4950 17,30 1-2-3-4 8944 21,00 1-2-3-4 1068 318 01-jul 19-jun

15 sábado 1428 11,30 1-2-3 4820 15,00 1-2-3 8945 21,00 1-2-3-4 1069 319 3021 01-jul 19-jun

17 lunes 1429 11,30 1-2-3 4821 14,00 1-2-3 4951 17,30 1-2-3-4 8946 21,00 1-2-3-4 1070 320 02-jul 24-jun

18 martes 1430 11,30 1-2-3 4822 14,00 1-2-3 4952 17,30 1-2-3-4 8947 21,00 1-2-3-4 1071 321 3022 03-jul 25-jun

19 miércoles 1431 11,30 1-2-3 4823 14,00 1-2-3 4953 17,30 1-2-3 8948 22,00 1-2-3-5c 1072 322 04-jul 26-jun

21 viernes 1432 11,30 1-2-3 4824 15,00 1-2-3-4 323 08-jul 26-jun

22 sábado 1433 11,30 1-2-3 4825 15,00 1-2-3 8949 21,00 1-2-3-4 1073 324 3023 08-jul 26-jun

24 lunes 1434 11,30 1-2-3 4826 14,00 1-2-3 4954 17,30 1-2-3-4 8950 21,00 1-2-3-4 1074 325 10-jul 27-jun

25 martes 1435 11,30 1-2-3 4827 14,00 1-2-3 4955 17,30 1-2-3-4 8951 21,00 1-2-3-4 1075 326 3024 10-jul 28-jun

26 miércoles 1436 11,30 1-2-3 4828 14,00 1-2-3 4956 17,30 1-2-3-4 8952 22,00 1-2-3-4-5c 1076 327 11-jul 01-jul

27 jueves 1437 11,30 1-2-3 4829 14,00 1-2-3 4957 17,30 1-2-3-4 8953 21,00 1-2-3-4 1077 328 3025 12-jul 02-jul

28 viernes 1438 11,30 1-2-3 4830 14,00 1-2-3 4958 17,30 1-2-3-4 8954 21,00 1-2-3-4 1078 329 15-jul 03-jul

29 sábado 1439 11,30 1-2-3 4831 15,00 1-2-3 8955 21,00 1-2-3-4 1079 330 3026 15-jul 03-jul

Códigos Loterías:

1- Quiniela y/o Lotería de Lotería Nacional SE; 2- Quiniela y/o Lotería de Lotería Provincia de Buenos Aires; 3- Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe; 4- Quiniela y/o Lotería de Montevideo; 5- Lotería de Córdoba.

* Los días miércoles los sorteos Propios de la Quiniela Nocturna de Santa Fe (Cod. Lot 3) se llevan a cabo a la hora 22,00

Poceada Federal: Durante el mes de Junio Sortea por Lotería de Entre Ríos y resuelve apuestas de las Jurisdicciones de Santa Fe y Entre Ríos.

Tómbola: sortea conjuntamente con Quiniela Nocturna.


OBSERVACIONES:


SORTEO MODALIDAD FECHA

4953 Vespertina 19/06/2013 No se captarán apuestas para el código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo) en razón de ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay.

Se resolverá únicamente por los Códigos de Loterías 1,2 y 3.

8948 Nocturna 19/06/2013 No se captarán apuestas para el código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo) Se resolverá únicamente por los Códigos 1,2,3 y 5 por lo expuesto

precedentemente.-

4824 Matutina 21/06/2013 Se resuelve por los Códigos de Lot. 1,2,3 y excepcionalmente cod. Lot. 4, a las 15 hs.

Santa Fe, 27 de Mayo de 2013.


HORARIOS DE CIERRE DE TRANSMISION DE APUESTAS Y DE SORTEOS


El Primero Matutina Vespertina Nocturna Poceada Federal Quiniela

Días Nac-Prov-SFe Nac-Prov-Sfe Nac-Prov-Sfe Oro Nac-Prov-Sfe Oro Córdoba Sortea Entre Ríos Expres

Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre Sorteo Cierre

Lunes 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 14:45 15:00 20:45 21:00 20:45 21:00 20:30 21:00 20:45

Martes 11:15 11:3013:45 14:00 17:15 17:30 14:45 15:00 20:45 21:00 20:45 21:00 20:30 21:00 20:45

Miércoles 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 14:45 15:00 20:45 22:00 20:45 21:00 20:45 21:10 20:30 21:00 20:45

Jueves 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 14:45 15:00 20:45 21:00 20:45 21:00 20:30 21:00 20:45

Viernes 11:15 11:30 13:45 14:00 17:15 17:30 14:45 15:00 20:45 21:00 20:45 21:00 20:30 21:00 20:45

Sábado 11:15 11:30 14:45 15:00 20:45 21:00 20:45 21:00 20:30 21:00 20:45


Los días miércoles únicamente Quiniela Nocturna de Santa Fe, Sortea a la Hora 22,00.

Lotería Nacional SE y Lotería Provincia de Buenos Aires, llevan a cabo sus Sorteos a la hora 21,00.

Tómbola: Cierre de transmisión de apuestas, conjuntamente con Quiniela Nocturna.

Santa Fe, 27 de Mayo de 2013.

PRESCRIPCIONES


Semanalmente se emitirá un comunicado por Terminal que indicará los importes pagados y prescriptos para cada una de las modalidades del juego de quiniela.

A las setenta y dos (72) horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de “prescripción”.

Durante los quince (15) días corridos posteriores a la emisión del memo, la Gerencia de Quiniela recepcionarán los reclamos pertinentes.

Los débitos en concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se emitirán conforme al siguiente detalle:


Nocturna Vespertina Matutina El Primero Pozo Quiniela Poceada Fed. Expres Tómbola Fecha Memo Fecha Débito

8932 al 8935 4940 al 4942 4807 al 4810 1415 al 1418 4500 al 4507 1056 al 1059 306 al 309 3015 al 3016 24/06/13 27/06/13

8936 al 8943 4943 al 4949 4811 al 4818 1419 al 1426 4508 al 4523 1060 al 1067 310 al 317 3017 al 3020 01/07/13 04/07/13

8944 al 8948 4950 al 4953 4819 al 4823 1427 al 1431 4524 al 4533 1068 al 1072 318 al 322 3021 al 3022 08/07/13 12/07/13

8949 al 8953 4954 al 4957 4824 al 4829 1432 al 1437 4534 al 4544 1073 al 1077 323 al 328 3023 al 3025 15/07/13 18/07/13

Disponible a partir de las 14,00 horas


PROGRAMA DE SORTEOS: JUNIO 2013


CONCURSOS EXTRAS DE TICKETS NO GANADORES DE LA QUINIELA DE SANTA FE


DETALLE DE SORTEOS

Concurso Fecha Período comprendido Pago de premios

1097 05/06/13 10/05/13 al 03/06/13 06/06/13 al 24/06/13

1098 12/06/13 17/05/13 al 10/06/13 13/06/13 al 27/06/13

1099 19/06/13 24/05/13 al 17/06/13 24/06/13 al 04/07/13

1100 26/06/13 31/05/13 al 24/06/13 27/06/13 al 11/07/13


DETALLE DE PREMIOS


Primero $ 15.000

Segundo $ 10.000

Tercero $ 5.000

Cuarto y Quinto $ 2.000

Sexto al Décimo $ 1.000


Se realizarán dos sorteos, uno con los tickets de la ciudad de Santa Fe y Zona Norte y otro con los tickets de la ciudad de Rosario y Zona Sur.

Estímulo: El agenciero que haya comercializado el ticket ganador del Primer gana Un Mil Quinientos Pesos ($ 1.500)

De los sorteos: Se realizarán ante Escribano y Autoridades de la Caja de Asistencia Social-Lotería de Santa Fe en su Sala de Sorteos.

Ganadores: Las Nóminas de Ganadores se darán a conocer de la siguiente manera: Ciudad de Santa Fe y Zona Norte por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz.

Ciudad de Rosario y Zona Sur por Canal 5 de la ciudad de Rosario.

S/C 9404 Jun. 6

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