picture_as_pdf 2008-06-06

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL -LOTERIA

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 081/08

REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA "QUINIELA DE SANTA FE" CORRESPONDIENTES AL MES DE JUNIO/08.

V I S T O:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0070240-0 del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la "Quiniela de Santa Fe", proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de JUNIO/08; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires; Sorteos Propios de Quiniela y sorteos de Quiniela de Montevideo de lunes a viernes y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero;

Que a tal efecto se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicados oficialmente, pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;

Que el sorteo N° 3297 de Quiniela Matutina, a realizarse el día 16.06.08, se resolverá por los Códigos de Lotería 1 (Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional SE), 2 (Sorteo de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe) y excepcionalmente Código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo). Los Organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 15.00;

Que para los Sorteos N° 3726 de Quiniela Vespertina y 7444 de Quiniela Nocturna, ambos de fecha 19.06.08, no se captarán apuestas para el Código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo) en razón de ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay, por conmemorarse otro Aniversario del Natalicio del Gral. José G. Artigas;

Que para los Sorteos N°s. 7433, 7439 y 7451 a realizarse los días viernes 06, 13 y 27/06/08, el Código de Lotería 4 corresponde a Sorteo de Lotería de Lotería de Montevideo, en tanto en el Sorteo N° 7445 a llevarse a cabo el día viernes 20/06/08, el Código de Lotería 4 corresponde a Sorteo de Quiniela del citado Organismo;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 758 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000) para el primer premio, PESOS DOS MIL ($ 2.000) para el segundo premio, PESOS UN MIL ($ 1.000) para el tercer premio y PESOS QUINIENTOS ($ 500) para los premios cuarto y quinto respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL(1.000);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Sorteos de la "Quiniela de Santa Fe" para el mes de Junio/08, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento que los regula, las que fueran previstas en la Resolución de Dirección General N° 402/02 y artículo 1° de la Resolución de Dirección General N° 020/03, otorgándose la suma de PESOS DIEZ MIL al primer premio, PESOS DOS MIL al segundo premio, PESOS UN MIL al tercer premio, PESOS QUINIENTOS al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas conforme la política de premios que rige a partir del Sorteo N° 758.

ARTICULO 4°.-El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios.

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 26 de Mayo de 2008.

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

ANEXO I

PROGRAMACION SORTEOS DE QUINIELAS

JUNIO/08

SORTEO

FECHA

LOTERIAS INTERVINIENTES

       

HORA

PRESCRIP

DEBITOS

 
                 

SFE ROS

INTERIOR

                     

3285

02.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

17.06.08

05.06.08

09.06.08

3714

02.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

17.06.08

05.06.08

09.06.08

7429

02.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

17.06.08

05.06.08

09.06.08

3286

03.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

18.06.08

06.06.08

09.06.08

3715

03.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

18.06.08

06.06.08

09.06.08

7430

03.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

18.06.08

06.06.08

09.06.08

3287

04.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

19.06.08

09.06.08

11.06.08

3716

04.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

19.06.08

09.06.08

11.06.08

7431

04.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

22.00

19.06.08

09.06.08

11.06.08

3288

05.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

20.06.08

10.06.08

11.06.08

3717

05.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

20.06.08

10.06.08

11.06.08

7432

05.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

5CORDOBA

21.00

20.06.08

10.06.08

11.06.08

3289

06.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

23.06.08

11.06.08

11.06.08

3718

06.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

23.06.08

11.06.08

11.06.08

7433

06.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

5 SANTIAGO

21.00

23.06.08

11.06.08

11.06.08

3290

07.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

15.00

23.06.08

11.06.08

11.06.08

7434

07.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

23.06.08

11.06.08

11.06.08

3291

09.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

24.06.08

12.06.08

17.06.08

3719

09.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

24.06.08

12.06.08

17.06.08

7435

09.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

24.06.08

12.06.08

17.06.08

3292

10.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

25.06.08

13.06.08

17.06.08

3720

10.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

25.06.08

13.06.08

17.06.08

7436

10.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

25.06.08

13.06.08

17.06.08

3293

11.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

26.06.08

17.06.08

18.06.08

3721

11.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

26.06.08

17.06.08

18.06.08

7437

11.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

22.00

26.06.08

17.06.08

18.06.08

3294

12.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

27.06.08

17.06.08

18.06.08

3722

12.06.08

1 NAC

2 BS.AS,

3SFE

4 ORO

 

17.30

27.06.08

17.06.08

18.06.08

7438

12.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

5 CORDOBA

21.00

27.06.08

17.06.08

18.06.08

3295

13.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

30.06.08

18.06.08

18.06.08

3723

13.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

30.06.08

18.06.08

18.06.08

7439

13.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

5 SANTIAGO

21.00

30.06.08

18.06.08

18.06.08

3296

14.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

15.00

30.06.08

18.06.08

18.06.08

7440

14.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

30.06.08

18.06.08

18.06.08

*3297

16.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

15.00

01.07.08

19.06.08

23.06.08

7441

16.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

01.07.08

19.06.08

23.06.08

3298

17.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3 SFE

   

14.00

02.07.08

23.06.08

23.06.08

3724

17.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

02.07.08

23.06.08

23.06.08

7442

17.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

02.07.08

23.06.08

23.06.08

3299

18.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3 SFE

   

14.00

03.07.08

23.06.08

25.06.08

3725

18.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3 S FE

4 ORO

 

17.30

03.07.08

23.06.08

25.06.08

7443

18.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3 SFE

4 ORO

 

21.00

03.07.08

23.06.08

25.06.08

3300

19.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

04.07.08

24.06.08

25.06.08

*3726

19.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

17.30

04.07.08

24.06.08

25.06.08

*7444

19.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

 

5 CORDOBA

21.00

04.07.08

24.06.08

25.06.08

3301

20.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

07.07.08

25.06.08

25.06.08

3727

20.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

 

17.30

07.07.08

25.06.08

25.06.08

 

7445

20.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

5 SANTIAGO

21.00

07.07.08

25.06.08

25.06.08

 

3302

21.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

15.00

07.07.08

25.06.08

25.06.08

7446

21.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

 

21.00

07.07.08

25.06.08

25.06.08

 

3303

23.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

08.07.08

26.06-08

30.06.08

3728

23.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

 

17.30

08.07.08

26.06.08

30.06.08

 

7447

23.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

 

21.00

08.07.08

26.06.08

30.06.08

 

3304

24.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

10.07.08

27.06.08

30.06.08

3729

24.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

 

17.30

10.07.08

27.06.08

30.06.08

 

7448

24.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE 4 ORO

 

21.00

10.07.08

27.06.08

30.06.08

 

3305

25.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

10.07.08

30.06.08

02.07.08

3730

25.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

10.07.08

30.06.08

02.07.08

7449

25.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

22.00

10.07.08

30.06.08

02.07.08

3306

26.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

11.07.08

01.07.08

02.07.08

3731

26.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

11.07.08

01.07.08

02.07.08

7450

26.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

5 CORDOBA

21.00

11.07.08

01.07.08

02.07.08

3307

27.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

14.07.08

02.07.08

02.07.08

3732

27.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

14.07.08

02.07.08

02.07.08

7451

27.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

5 SANTIAGO

21.00

14.07.08

02.07.08

02.07.08

3308

28.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

15.00

14.07.08

02.07.08

02.07.08

7452

28.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

21.00

14.07.08

02.07.08

02.07.08

3309

30.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

   

14.00

15.07.08

03.07.08

07.07.08

3733

30.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3SFE

4 ORO

 

17.30

15.07.08

03.07.08

07.07.08

7453

30.06.08

1 NAC

2 BS.AS

3 S FE

4 ORO

 

21.00

15.07.08

03.07.08

07.07.08

OBSERVACIONES:

SORTEO N° 3297 DE QUINIELA MATUTINA A REALIZARSE EL DIA 16.06.08: SE RESOLVERA POR LOS CODIGOS DE LOTERIA 1 (SORTEO DE QUINIELA DE LOTERIA NACIONAL SE), 2 (SORTEO DE QUINIELA DE LOTERIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES), 3 (SORTEO PROPIO QUINIELA DE SANTA FE) Y EXCEPCIONALMENTE CODIGO DE LOTERIA 4 (QUINIELA DE MONTEVIDEO).

SORTEOS N° 3726 DE QUINIELA VESPERTINA Y N° 7444 DE QUINIELA NOCTURNA, AMBOS DE FECHA 19.06.08: NO SE CAPTARAN APUESTAS PARA EL CODIGO DE LOTERIA 4 (QUINIELA DE MONTEVIDEO) EN RAZON DE SER FERIADO NACIONAL EN LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

HORARIOS DE SORTEOS DE CADA ORGANISMO PREVISTOS PARA EL MES DE JUNIO/08

LOTERIAS Matutina Vespertina Nocturna

Lunes a viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

NACIONAL Lunes 16/06 15.00 hs.

Sábados 15.00 hs. 21.00 hs.

Lunes a viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

PROVINCIA DE Lunes 16/06 15.00 hs.

BUENOS AIRES Sábados 15.00 hs. 21.00 hs.

Lunes y Martes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

SANTAFE Lunes 16/06 15.00 hs.

Miércoles 14.00 hs. 17.30 hs. 22.00 hs.

Jueves y Viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.

Sábados 15.00 hs. 21.00 hs.

Lunes a viernes 15.00 hs.

MONTEVIDEO Lunes 16/06 15.00 hs. 21.00 hs.

Lunes a sábados 21.00 hs.

CORDOBA Jueves 21.10 hs.

SGO. DEL ESTERO Viernes 22.30 hs.

HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE APUESTAS

QUINIELA Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2, y 3 13.45 hs.

MATUTINA Lunes 16/06: Códigos de Loterías 1, 2, 3 y 4 14.45 hs.

Sábados: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 14.45 hs.

QUINIELA Lunes a Viernes: Códigos de Loterías 1, 2 y 3 17.15 hs.

VESPERTINA Código 4 14.45 hs.

QUINIELA Lunes a Sábados Códigos de Loterías 1, 2, 3, 4 y 5 20.45 hs.

NOCTURNA

CONCURSOS EXTRAS

SORTEO FECHA PERIODO COMPRENDIDO

836 04/06/08 09/05/08 AL 31/05/08

837 11/06/08 16/05/08 AL 07/06/08

838 18/06/08 23/05/08 AL 14/06/08

839 25/06/08 30/05/08 AL 21/06/08

DETALLE DE PREMIOS

PARA CADA ZONA:

PRIMER PREMIO: $10.000.- (PESOS DIEZ MIL)

SEGUNDO PREMIO: $ 2.000.- (PESOS DOS MIL)

TERCER PREMIO: $ 1.000.- (PESOS UN MIL)

CUARTO PREMIO: $ 500.- (PESOS QUINIENTOS)

QUINTO PREMIO: $ 500.- (PESOS QUINIENTOS)

PREMIO ESTIMULO PARA AGENCIEROS $ 1.000.- (PESOS UN MIL)

SE REALIZARAN EN SUS HORARIOS HABITUALES, ANTE ESCRIBANO PUBLICO, EN LA SALA DE SORTEOS DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE - Y SERAN TRANSMITIDOS POR CANAL 13 SANTA FE DE LA VERA CRUZ EL CORRESPONDIENTE A SANTA FE Y ZONA NORTE Y POR CANAL 5 DE LA CIUDAD DE ROSARIO EL REALIZADO PARA ROSARIO Y ZONA SUR.

PRESCRIPCIONES

SEMANALMENTE SE EMITIRA UN MEMO POR TERMINAL QUE INDICARA LOS IMPORTES PAGADOS Y PRESCRIPTOS PARA CADA UNA DE LAS MODALIDADES DEL JUEGO QUINIELA. A LAS 72 (SETENTA Y DOS) HORAS SE EMITIRA EL DEBITO CORRESPONDIENTE EN CONCEPTO DE "PRESCRIPCION".

DURANTE LOS 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS POSTERIORES A LA EMISION DEL MEMO, LA GERENCIA DE QUINIELA RECEPCIONARA LOS RECLAMOS PERTINENTES.

LOS DEBITOS EN CONCEPTO DE PRESCRIPCIONES DE SORTEOS DE QUINIELA Y POZO DE LA QUINIELA, SE EMITIRAN CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE:

SORTEOS N° FECHA EMISION FECHA EMISION

MEMO DEBITO

Q. NOCTURNA 7427 al 7432

Q. VESPERTINA 3713 al 3717

Q. MATUTINA 3283 al 3288 *23/06/08 26/06/08

POZO DE LA QUINIELA 2051 al 2056

Q. NOCTURNA 7433 al 7438

Q. VESPERTINA 3718 al 3722

Q. MATUTINA 3289 al 3294 *30/06/08 03/07/08

POZO DE LA QUINIELA 2057 al 2062

Q. NOCTURNA 7439 al 7444

Q. VESPERTINA 3723 al 3726

Q. MATUTINA 3295 al 3300 *07/07/08 10/07/08

POZO DE LA QUINIELA 2063 al 2067

Q. NOCTURNA 7445 al 7450

Q. VESPERTINA 3727 al 3731

Q. MATUTINA 3301 al 3306 *14/07/08 17/07/08

POZO DE LA QUINIELA 2068 al 2073

DISPONIBLE A PARTIR DE LAS 14.00 HS.

GERENCIA DE QUINIELA, 26 DE MAYO DE 2008

S/C 1435 Jun. 6

_____________________________________________________

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 091

REF: APROBANDO LA PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA TOMBOLA SANTAFESINA CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO 2008

V I S T O:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0070434-9 del registro de Información de Expedientes, vinculada con la Programación de Sorteos de Tómbola Santafesina, correspondientes al mes de JUNIO de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el reglamento de dicho juego, aprobado por Resolución de Presidencia N° 003/93, en su artículo 2do. determina que los sorteos se realizarán conforme a la programación y frecuencia que determine la Caja de Asistencia Social;

Que de la evaluación del resultado de la comercialización del juego, se evidencia la conveniencia de continuar con la frecuencia de tres jugadas semanales;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en programación;

Por ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Aprobar la Programación de Sorteos de la "Tómbola Santafesina", correspondiente al mes de JUNIO de 2008 y Parámetros de Prescripción Semanal, obrantes en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°- Los sorteos de la "Tómbola Santafesina" se realizarán con los equipos de esta Caja de Asistencia Social y con la intervención de su propio personal.

ARTICULO 3°- El gasto que demanda la presente gestión se imputará al Carácter 2 Organismo Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios.

ARTICULO 4°- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 30 de mayo de 2008.

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

ANEXO 1

TOMBOLA SANTAFESINA PROGRAMACION DE SORTEOS

MES DE: JUNIO/2.008

SORTEO N° FECHA HORA FECHA PRESC.

SORTEO

2.263 03-06-2.008 21:00 18-06-2.008

2.264 05-06-2.008 21:00 20-06-2.008

2.265 07-06-2.008 21:00 23-06-2.008

2.266 10-06-2.008 21:00 25-06-2.008

2.267 12-06-2.008 21:00 27-06-2.008

2.268 14-06-2.008 21:00 30-06-2.008

2.269 17-06-2.008 21:00 02-07-2.008

2.270 19-06-2.008 21:00 04-07-2.008

2.271 21-06-2.008 21:00 07-07-2.008

2.272 24-06-2.008 21:00 10-07-2.008

2.273 26-06-2.008 21:00 11-07-2.008

2.274 28-06-2.008 21:00 14-07-2.008

PRESCRIPCIONES

SORTEOS *FECHA EMISION MEMO FECHA EMISION DEBITO

2256 al 2258 09-06-08 12-06-08

2259 al 2261 16-06-08 19-06-08

2262 al 2264 23-06-08 26-06-08

2265 al 2267 30-06-08 03-07-08

*Información disponible en terminal a partir de las 14:00 hs.

Santa Fe, 30 de mayo de 2008.

S/C 1427 Jun. 6

______________________________________________________________

 

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

LEY N° 12.183 modif. LEY N° 12.259 y Decreto Nº 039/04.

DECRETO Nº 1853/06

BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE REPARACIÓN

EMERGENCIA HIDRICA Y PLUVIAL DEL AÑO 2003

LOS BENEFICIARIOS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN NUNCA SE PRESENTARON A PERCIBIR SU COBRO.

PUEDEN HACERLO EL DIA 10 DE JUNIO DE 2008 EN EL NUEVO BANCO SANTA FE: CALLES 25 DE MAYO Y MENDOZA, EN EL HORARIO DE 8:15 a 9:15 hs.

DEBERÁN CONCURRIR CON SU DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y FOTOCOPIA DE LA 1ERA. Y 2DA. HOJA DEL MISMO.

EN CASO QUE EL BENEFICIARIO CUENTE CON APODERADO LEGAL, ÉSTE DEBERÁ CONCURRIR AL BANCO CON LA FOTOCOPIA DEL PODER AUTORIZANTE.

DTO. Nº 0676/05

SANTA FE

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

92

BENITEZ, Alberto Hipólito

Nº 10.530.205

2

96

BENITEZ, Miguel Faustino (inquilino)

Nº 16.634.613

3

309

BROCCHIERI, Elsa

Nº 6.305.627

4

212

BRUNO, Rafael Santiago (Propietario)

Nº 10.563.291

5

305

CANTERO, Ignacio

Nº 14.069.241

6

190

DIAZ, Fidel

Nº 7.924.400

7

295

FERRARI, Juan

Nº 6.195.119

8

315

GAUNA, Fabián Mario

Nº 23.017.668

9

290

JACOBI, Marta Elena (poseedora)

Nº 10.941.662

10

315

LOPEZ, Mabel

Nº 11.723.420

11

295

LOPEZ, Miguel Angel

Nº 21.647.205

12

382

LUQUE, Silvia Leonor

Nº 16.948.282

13

191

MAURIN, Víctor Hugo(Locatario)

Nº 24.441.341

14

322

MEDINA, Mabel Silvia

Nº 13.493.173

15

79

MOREYRA, Enrique Guillermo

Nº 16.069.923

16

276

PALACIO, Daniel Nicolás

Nº 8.378.698

17

1

PASTENA, María

Nº 6.115.190

18

309

SANTILLAN, Mario Gustavo

Nº 18.757.364

19

203

SAÑUDO, María Rosa (copropietaria)

Nº 16.263.879

20

254

SISTERNA, Mercedes Ofelia

Nº 6.444.745

21

130

URIARTE, Romina Daniela

Nº 28.578.364

22

320

VALLEJOS, Soledad Itatí

Nº 35.772.622

       

LEY 12.183

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

237

ALVAREZ, Roberto

Nº 14.906.507

2

302

ANTONIAZZI, Herminda Petrona

Nº 3.464.121

3

292

BERTONA, Amabile Isabel

Nº 12.437.735

4

314

BRUNO, Jorge Alberto

Nº 31.459.247

5

301

CARDOZO, Angela

Nº 6.615.028

6

260

DALESIO, Silvana Ines

Nº 20.141.368

7

242

DEBONA, Cesar Ismael

Nº 13.333.575

8

197

DI MEOLA, Gustavo Luis

Nº 6.259.072

9

184

DUARTE, Hugo Daniel

Nº 22.901.940

10

316

DUNKI, Mariano Fabián

Nº 31.155.844

11

319

ESQUINAZI, Martin Alejandro

Nº 26.460.476

12

256

FERREYRA, Pedro Edgardo

Nº 6.237.777

13

287

FLORES, Elsa Esther

Nº 5.605.749

14

266

FONTI, Teresa Elena

Nº 11.832.578

15

293

GRASSINO, Juana

Nº 5.399.107

16

293

GRASSINO, Juana

Nº 5.399.107

17

309

GREGORETTI, Omar Luis

Nº 14.336.749

18

116

HERNANDEZ, Jose Herminio

Nº 8.312.736

19

224

HILLAR, Leo Wilfredo

Nº 6.583.546

20

283

PERALTA, Adelina (beneficiaria)

Nº 0.756.386

   

JUAREZ, Vicente Eduardo (apoderado)

Nº 10.309.534

21

253

SALTEÑO, Danilo Ricardo

Nº 14.057.022

22

288

TOMBA, Nanci Noemí

Nº 24.411.003

23

273

VITALE, Pierino Daniel

Nº 13.925.244

24

222

ZANITTI, Hugo Sergio

Nº 13.925.738

25

290

ZOCCOLA, Darío Fernando

Nº 16.455.412

       

COMERCIOS INFORMALES

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

186

BRITOS, Jorge Héctor

Nº 16.880.128

2

194

CHIESA, Julio Alberto

Nº 22.046.710

3

185

FRANCO, Mónica Graciela

Nº 6.030.492

4

186

GARCIA, Rosa Lidia

Nº 4.700.406

5

124

MARTINEZ, Alicia Francisca

Nº 13.333.340

6

190

MARTINEZ, Ricardo Dario

Nº 21.768.755

7

187

ORTIZ, Carlos

Nº 14.402.288

8

190

RAMOS, Gabriel Alejandro

Nº 32.179.105

9

99

SENN, Nicolás Carlos

Nº 27.237.154

10

135

SOSA, Norma Beatriz

Nº 16.645.008

       

GALPONES

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

104

ARCEL, Claudia Evangelina

Nº 20.496.808

2

109

CERRI, Rubén Oscar

Nº 16.003.057

3

96

CONTINI, Rosa del Carmen

Nº 6.093.307

4

101

GIMENEZ LASSAGA, Eduardo Alberto

Nº 6.251.318

5

8

GIMENEZ, Alicia

Nº 14.632.731

6

79

JUAREZ, Victoriano Fidel

Nº 6.305.916

7

31

MARTIN, Hector Agustin

Nº 11.555.318

8

108

MARTINEZ, María Angélica

Nº 16.946.890

9

40

MONTERO, Francisca María

Nº 4.823.257

10

104

PALACIOS, César Rodolfo

Nº 13.839.135

11

100

REIDEL, Ruth Elizabeth

Nº 5.802.012

12

107

SANCHEZ, Pedro Cirilo

Nº 8.502.241

13

100

TROXLER, Marta Anna Catalina

Nº 0.626.942

       

DAÑOS ESTRUCTURALES

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

386

BARRERA, Blanca Lidia

Nº 7.954.537

2

509

GARCIA, Silvia Fátima

Nº 13.377.521

3

509

GARCIA, Mario Ernesto

Nº 11.263.428

       

LOCALES COMERCIALES

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

21

STRADA, Raúl Mario

Nº 6.239.946

       

AUTOMOTORES

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

209

JARA, Hugo Ernesto

Nº 8.272.923

2

175

PEREZ, Ramón Oscar

Nº 8.433.939

3

212

SANCHEZ, Daniel Alberto

Nº 26.924.046

4

179

SANCHEZ, Juan Rodolfo

Nº 5.408.720

       

CONSORCIOS

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

505

CONSORCIO EDIFICIO UPCN"

 
   

Sr. GANGITANO, Lucciano (Beneficiario)

Nº 23.808.512

       

COMERCIOS INFORMALES Y LOCALES COMERCIALES

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

497

FERNANDEZ, Ricardo

Nº 17.930.010

       

COCHERAS Y ESPACIOS COMUNES

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

7

GONZALEZ TORRES, Luciano Manuel Adrián

Nº 25.125.994

2

8

PEÑA, Andrés Adolfo

Nº 17.009.581

3

2

RAGAGLIA, Hugo Alfredo

Nº 6.070.812

4

6

SILVA, Mariela

Nº 20.179.993

5

7

SIRI, Silvia Graciela

Nº 6.296.037

       

AUTOS SIN VERIFICAR

     

SANTA FE

     
       

Nº DE

PADRON Nº

APELLIDO Y NOMBRE

MATRICULA INDIVIDUAL

ORDEN

     
       

1

446

MENDEZ, Maximo

Nº 6.271.338

S/C 1426 Jun. 6

_______________________________________________________________

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL

NOTIFICACION

Corresponde Expediente Nº 01501-0041418-9 caratulado: MENDOZA SILVIA BEATRIZ - REF: S/ LICENCIA SIN GOCE DE HABERES A PARTIR DEL 02/04/07.

La Subdirectora General de Despacho a/c. del Ministerio de Desarrollo Social, notifica por este medio a la señora Silvia Beatriz Mendoza, para su conocimiento y demás fines, que en la Resolución

Nº 000116 de fecha 27 de marzo de 2008 del Ministerio de Desarrollo Social, en la parte pertinente, se ha dispuesto lo siguiente:

ARTÍCULO 1º: Reconocer y otorgar Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes, a partir

del 02 de abril de 2007 y hasta el 02 de abril de 2008, a favor de la señora SILVIA BEATRIZ MENDOZA (Clase 1967 - M.I. N° 18.502.428 - CUIL N° 27-18502428-3), personal de Planta Permanente de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Categoría 01 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, con funciones de Asistente Social en el Centro de Acción Familiar N° 31 "El Sauce" del Distrito Colastiné Norte de la ciudad de Santa Fe -Departamento La Capital- dependiente de la citada Subsecretaría; en el marco de lo establecido por el Artículo 53º inciso a) del Decreto-Acuerdo Nº 1919/89 -Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal de la Administración Pública Provincial-.

Fdo. Dr. Pablo G. Farias. Ministro de Desarrollo Social. Provincia de Santa Fe.

S/C 1429 Jun. 6

__________________________________________

HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTAS

COMUNICADOS

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente edicto a los fines de hacer saber a los DERECHO-HABIENTES DE LA EX-MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL CENTRAL DE RECONQUISTA: Sra. AMAYA LOPEZ que en los autos caratulados: Expedientes Nros. 00901-0026493-4 SIE-TCP y agregado N° 505 H.R; 00901-0026494-5 SIE-TCP y agregado N° 543 H.R, 00901-0026495-6 SIE-TCP y agregado N° 569 H.R, 00901-0026497-8 SIE-TCP y agregado N° 542 H.R.; 00901-0026498-9 SIE-TCP y agregado N° 567 H.R.; 00901-0026499-0 SIE-TCP y agregado N° 578 H.R, 00901-0026500-3 SIE-TCP y agregado N° 586 H.R, 00901-0026501-4 SIE-TCP y agregado N° 600 H. R. a través de los cuales se diligencian los juicios de cuentas iniciados a quienes se desempeñaran como integrantes del Consejo de Administración de ese efector en los meses de Enero a Abril de 2004, período al que se refieren las rendiciones de cuentas contenidas en los legajos juridiccionales, se han dictado las Resoluciones de Emplazamiento Nros. 277/08 por $ 5.777,50; 278/08 por $ 705,00; 279/08 por $ 2.802,05; 280/08 por $ 1.200,00; 281/08 por $ 5.778,82; 282/08 por $ 10.956,42; 283/08 por $ 14.092,10; y 284/08 por $ 8.899,88, todas de fecha 9 de Mayo de 2008, las cuales en su parte pertinente establecen: "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1ro.: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado". Fdo.: CPN. HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, C.P.N. NORA R. VALLEJOS - Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARIA MONTEFERRARIO - Sec. Sala II."

S/C 1430 Jun. 6 Jun. 9

__________________________________________

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente edicto a los fines de hacer saber a los DERECHO-HABIENTES DE LA EX-MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL CENTRAL DE RECONQUISTA, Sra. AMAYA LOPEZ que en los autos caratulados: Expedientes Nros. 00901-0029578-3 SIE-TCP y agregado N° 609 H.R.; 00901-0029579-4 SIE-TCP y agregado N° 617 H.R.; 00901-0029580-8 SIE-TCP y agregado N° 623 H.R.; 00901-0029581-9 SIE-TCP y agregado N° 643 H.R.; 00901-0029582-0 SIE-TCP y agregado N° 603 H.R.; 00901-0029583-1 SIE-TCP y agregado N° 625 H.R., a través de los cuales se diligencian los juicios de cuentas iniciados a quienes se desempeñaran como integrantes del Consejo de Administración de ese efector en los meses de Mayo a Agosto de 2004, período al que se refieren las rendiciones de cuentas contenidas en los legajos jurisdiccionales, se han dictado las Resoluciones de Emplazamiento Nros. 286/08 por $ 3.731,35; 287/08 por $ 320,00; 288/08 por $ 7.543,00; 289/08 por $ 300,00; 290/08 por $ 1.000,00, y 291/08 por $ 200,00, todas de fecha 9 de Mayo de 2008, las cuales en su parte pertinente establecen: "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1ro.: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado". Fdo.: CPN. HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, C.P.N. NORA R. VALLEJOS - Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARIA MONTEFERRARIO - Sec. Sala II."

S/C 1431 Jun. 6 Jun. 9

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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente edicto a los fines de hacer saber a los DERECHO-HABIENTES DE LA EX-MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL CENTRAL DE RECONQUISTA, Sra. AMAYA LOPEZ que en los autos caratulados: Expedientes Nros. 00901-0030468-9 SIE-TCP y agregado N° 646 H.R.; 00901-0030469-0 SIE-TCP y agregado N° 676 H.R; 00901-0030470-4 SIE-TCP y agregado N° 693 H.R.; 00901-0030471-5 SIE-TCP y agregado N° 693 H.R.; 00901-0030472-6 SIE-TCP y agregado N° 672 H.R.; a través de los cuales se diligencian los juicios de cuentas iniciados a quienes se desempeñaran como integrantes del Consejo de Administración de ese efector en los meses de Septiembre a Diciembre de 2004, período al que se refieren las rendiciones de cuentas contenidas en los legajos jurisdiccionales, se han dictado las Resoluciones de Emplazamiento Nros. 293/08 por $ 12.345,11; 294/08 por $ 6.815,20; 295/08 por $ 650,00; 296/08 por $ 1.344.00; y 297/08 por $ 800,00, todas de fecha 9 de Mayo de 2008, las cuales en su parte pertinente establecen: "VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1ro.: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado". Fdo.: CPN. HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, C.P.N. NORA R. VALLEJOS - Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARIA MONTEFERRARIO - Sec. Sala II."

S/C 1432 Jun. 6 Jun. 9

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HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTAS

RESOLUCION N° 016/08 - TCP.

SANTA FE, 21 de mayo de 2008.

VISTO:

El Expediente N° 00901-0032590-3 del registro de la Mesa General de Entradas y Notificaciones de este Tribunal de Cuentas; y

CONSIDERANDO:

Que, el mismo, ha sido iniciado por la Dirección General de Administración con el objeto de actualizar los montos del régimen de compras vigente en el ámbito de este Tribunal, aprobado por Resolución N° 046/04-TCP (modificada por Resoluciones Nros. 045/05-TCP y 001/06-TCP); en orden a las medidas que, en igual sentido, ha dispuesto el Poder Ejecutivo Provincial mediante el dictado de los Decretos N° 3226/05 y N° 1299/08;

Que, la medida que se adopta por la presente, se encuadra en la disposición del artículo 106° de la Ley de Contabilidad de la Provincia (Decreto-Ley N° 1757/56, t.o.), en su texto modificado por la Ley N° 12.489, así como en el artículo 14°, inciso 1) del Reglamento Interno de este Tribunal de Cuentas (Resolución N° 005/73-TCP);

Por ello, y conforme a lo resuelto por unanimidad, en Reunión Plenaria realizada en fecha 21-05-08 y registrada en Acta N° 1207 (s.i.);

EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

"Artículo 1 - Sustituir el Artículo 1° de la Resolución N° 045/05-TCP (modificatoria de la Resolución N° 046/04-TCP), por el siguiente texto:

"Artículo 1°: Toda compra o venta por cuenta de este Tribunal de Cuentas, así como toda convención sobre locaciones, arrendamientos, trabajos o suministros, serán efectuadas previa licitación pública. No obstante pueden aplicarse los siguientes procedimientos mínimos cuando los valores no superen los que se establecen a continuación:

a. Hasta la suma de $ 15.000.- (pesos quince mil) en forma directa.

b. Hasta la suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil), en base a la realización de un concurso de precios.

c. Hasta la suma de $ 200.000.- (pesos doscientos mil), por el sistema de licitación privada."

Artículo 2 - Sustituir el Artículo 20 de la Resolución N° 045/05-TCP (modificatoria de la Resolución N° 046/04-TCP), por el siguiente texto:

"Artículo° 2: Los actos de adjudicación de las contrataciones efectuadas conforme a lo establecido en el artículo anterior, serán aprobados:

a. Hasta la suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil), por el Director General de Administración.

b. Hasta la suma de $ 200.000.- (pesos doscientos mil), por Resolución de Presidencia.

c. Más de $ 200.000. (pesos doscientos mil), por Resolución de Plenario".

Artículo 3 - Sustituir el Artículo 1° de la Resolución N°001/06-TCP (modificatoria de la Resolución N° 046/04-TCP), por el siguiente texto:

"Artículo 8°: Fijar en $ 3.000 (pesos tres mil), el monto que están autorizados para invertir el Director General de Administración TCP y los Contadores Fiscales de la Delegación Fiscal Rosario (TCP), por intermedio de la Tesorería Jurisdiccional y el Habilitado Pagador de la referida Delegación Fiscal, respectivamente, con destino a gastos de funcionamiento y adquisición de Bienes de Uso, que resulten necesarios para el normal funcionamiento del organismo. Por disposición del Presidente del Tribunal de Cuentas, este monto podrá ser ampliado hasta en un 50% (cincuenta por ciento), cuando las necesidades del servicio así lo requieran, fundado en razones de mérito y oportunidad que deriven en una mejora en la eficiencia y calidad de los servicios de aprovisionamiento."

Artículo 4 - Regístrese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia y en la Página Web-TCP, comuníquese a las dependencias internas del Tribunal de Cuentas, luego, archívese.

CPN HORACIO R. ALESANDRIA -Presidente,

CPN NORA R. VALLEJOS -Vocal.

DR. MARIO C. ESQUIVEL -Vocal.

CPN BERNARDO M. SALZMAN -Vocal Subr.

CPN MARTA BASUTTO de ZARATE

Vocal Subr.

CPN ADRIAN N. ESCUDERO -SAP (DG)

S/C 1433 Jun. 6 Jun. 9

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RESOLUCION Nº 0017/08 -TCP

SANTA FE, 27 de mayo de 2008.

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0031741 -0 del registro de la Mesa General de Entradas y Notificaciones del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia (SIE); y

CONSIDERANDO:

Que, por artículo 1º de la Resolución Nº 002/08-TCP, fueron fijadas nuevas Asignaciones de las Categorías escalafonarias a partir del 1º de Febrero de 2008;

Que la medida antes citada fue tomada con fundamento en el Decreto Nº 0993 de fecha 11 de Abril de 2008, por el cual el Poder Ejecutivo Provincial dispuso, entre otras medidas de política salarial, aumentar las Asignaciones de las Categorías del Escalafón "Decreto Acuerdo - Nº 2695/83";

Que, previamente, por Decreto Nº 0656 de fecha 11 de Marzo de 2008 el Poder Ejecutivo había hecho lo propio para el sector docente;

Que ambos Decretos dispusieron otorgar una recomposición salarial del 20,4%;

Que el artículo 10º del Decreto Nº 993/08 estableció el incremento del Suplemento por extensión Horaria creado por Decreto Nº 2347/05 y modificatorios, que fuera creado para retribuir a determinados agentes dependientes del Poder Ejecutivo, la prestación horaria semanal adicional resultando aquél análogo a los suplementos por "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo", por "Apoyatura Técnico - Funcional y operativa, y por "mayor Jornada Horaria en Función Control Externo - último párrafo incorporado al artículo 78º Bis Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 - Decreto Nº 1904/04", normados por Resoluciones Nros. 062/04 TCP y modificatorias, 002-PTCP, 006-PTCP y 007/05PTCP y 020/05-TCP;

Que, los Porcentajes de los referidos Suplementos no sufrieron variaciones en la Política salarial del personal del Tribunal de Cuentas fijadas por Resolución Nº 002/08TCP, lo que motivó un incremento salarial inferior al resto de los agentes públicos comprendidos en los Decretos Nº 0993 y 0656 citados ut supra;

Que, en consecuencia, se considera necesario proceder a modificar los porcentajes de los Suplementos mencionados, a fin de lograr una recomposición salarial para los agentes de este Organo de Control similar al resto de la Administración Pública Provincial;

Que, si bien es intención definir un porcentaje único por cada categoría para el Suplemento "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo" de similar modo al dispuesto por el Poder Ejecutivo, es necesario considerar situaciones particulares con relación a otros adicionales que se retribuyen en este Tribunal por funcione diferenciadas,

Que, estas situaciones particulares justifican otorgar incrementos diferenciales menores a efectos de lograr el objetivo de política salarial precedentemente explicitado,

Que, la recomposición salarial que se considera deberá tener vigencia a partir del 1º de Febrero de 2008,

Que, en orden al dictado de la Resolución Nº 008/08-TCP de creación de la Dirección General de Informática del Tribunal de Cuentas, se considera necesario mantener los porcentajes establecidos en Anexo II al artículo

2º de la Resolución Nº 020/05-TCP para el cálculo del Suplemento diferencial que percibieron los agentes dependientes de la Sectorial de Informática del Tribunal entre el 1º de Febrero de 2008 y la entrada en vigencia de la norma antes citada,

Que, en tal sentido, resulta procedente emitir el correspondiente acto administrativo plenario, disponiendo para el ámbito del Tribunal de Cuentas de la Provincia, las pertinentes modificaciones de su Política Salarial y establecer su vigencia, lo que demandaría la previa intervención y dictamen de la Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas creada por el artículo 245º de la Ley 12.510;

Que, en este aspecto, debe atenderse a los términos de la Nota de fecha 15/03/07 dirigida a este Tribunal de Cuentas por el señor Presidente de la precitada Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas, mediante la cual se notifica la Resolución Nº 001 de Fecha 13/12/06;

Que, corresponde notificar el presente decisorio a las Honorables Cámaras Legislativas;

Que, por este mismo acto, debe encomendarse a la Dirección General de Administración, adoptar los recaudos administrativos y presupuestarios necesarios para la implementación de la presente decisión plenaria;

Por ello, de acuerdo a lo resuelto por unanimidad en Reunión Plenaria iniciada en fecha 21-05-2008 (c.i. de fecha 27-05-2009) y registrada en Acta Nº 1207-Continuación I; y, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 200º, inciso b) de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Nº 12.510;

EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

Resuelve:

ARTICULO 1°: Disponer que los Suplementos "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo," "Apoyatura Técnico-Funcional y Operativa" y "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo - último párrafo incorporado al artículo 78° Bis Decreto Acuerdo N° 2695/83 - Decreto N° 1904/04", vigentes a la fecha de la presente, se determinarán -a partir del 1° de febrero de 2008- aplicando los porcentajes que se detallan en los siguientes artículos.

Artículo 2: Disponer que el Suplemento "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo", se determinará aplicando la siguiente escala de porcentajes;

Categorías Porcentaje

1 y 2 45%

3 75%

4 a 6 50%

7 a 9 65%

ARTICULO 3º - Disponer que el Suplemento "Apoyatura Técnico-Funcional y Operativa", se determinará aplicando la siguiente escala de porcentajes:

Categorías Porcentaje

1 y 2 45%

3 y 3 - Choferes 60%

4 - Choferes 35%

4 a 6 50%

7 a 9 45%

ARTICULO 4º - Disponer que el Suplemento "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo - último párrafo incorporado al Artículo 78º Bis - Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 - Decreto Nº 1904/04", se determinará aplicando la siguiente escala de porcentajes:

Categorías Porcentajes

1 a 3 45%

4 a 6 25%

7 a 9 45%

ARTICULO 5º - Disponer que, para los agentes que percibían los Suplementos del Servicio Provincial de Informática SPI, la retroactividad entre el 1º de Febrero y 7 de Mayo de 2008 del Suplemento "Mayor Jornada Horaria en Función Control Externo", se determinará aplicando el 120% sobre la base de cálculo resultante de la sumatoria de Básico, Adicionales Generales, Antigüedad, Permanencia, Suplemento Plan Equiparación y Adicional Especial Remunerativo.

ARTICULO 6º - Dejar sin efecto los Anexos I y II de la Resolución Nº 020/05-TCP, los porcentajes establecidos en el artículo 1º de la Resolución Nº 006/05-PTCP, y el Anexo I de la Resolución Nº 007/05-PTCP.

ARTICULO 7º - Encomendar a la Dirección General de Administración de este Organismo, la adopción de los recaudos administrativos y presupuestarios necesarios para la efectiva implementación de la presente decisión plenaria; autorizándola a practicar la liquidación y, pago de las mayores erogaciones que multen por aplicación de los artículos precedentes,

ARTICULO 8º - Disponer que, hasta tanto se dispongan las modificaciones presupuestarias necesarias para atender los beneficios derivados de la presente Resolución, autorizar a la Dirección General de Administración del Tribunal de Cuentas a imputar el gasto resultante en las respectivas Partidas específicas del Presupuesto Vigente, o en caso de no contar con crédito suficiente, con cargo al saldo disponible en cualquier partida de dicho Presupuesto vigente en el Organismo, previa modificación presupuestaria aprobada por este Tribunal.

ARTICULO 9º - Regístrese, notifíquese a las Honorables Cámaras Legislativas, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia y en la Página Web-TCP. y archívese. -

Fdo.- CPN Horacio R. Alesandría - Presidente.

CPN Nora R. Vallejos - Vocal.

Dr. Mario C. Esquivel - Vocal.

CPN Bernardo M. Salzman - Vocal Subr.

CPN Marta Basutto de Zárate - Vocal Subr.

CPN Norma Antuña - Secretaria Sala I

S/C 1434 Jun. 6 Jun. 9

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