picture_as_pdf 2006-06-06

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

 

DIRECCION PROVINCIAL DE INFORMATICA

 

DISPOSICION 0047

 

SANTA FE, 23 de Mayo de 2006

VISTO:

El Expediente Nro. 16501-0009618-1, registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Ente Regulador de Servicios Sanitarios gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario... “, atribución que fuera encomendada a este Ministerio en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°.

Que por Resolución 623/05, el Ministro de Hacienda y Finanzas delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere el Artículo 4° de la Ley 12.360.

Que el Reglamento de la Ley 12.360, aprobado por Decreto Nro. 1.820, contempla en el apartado Excepciones, en el artículo 4°, inciso b) a los sistemas heredados.

Que la gestión de compra del software antivirus con destino al Ente Regulador de Servicios Sanitarios, será tramitada oportunamente por dicho organismo.

Que dicho software será destinado a los 101 (ciento uno) puestos de trabajo del organismo.

Que el software de tratamiento ha demostrado ser altamente confiable y se encuentra funcionando en el organismo desde hace tres años, avalando un nivel de experiencia.

Que en este rubro de soluciones, el software libre aún no ha alcanzado un nivel de maduración a escala corporativa.

Que del análisis del costo-beneficio realizado, comparando dos soluciones propietarias, resultan ambas alternativas equivalentes y con el agregado que el software de interés tiene incorporada una ventaja adicional, la que consiste en el conocimiento embebido de la herramienta por parte de los administradores del organismo.

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar al Ente Regulador de Servicios Sanitarios, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE INFORMÁTICA

DISPONE:

1°.- Autorizar al Ente Regulador de Servicios Sanitarios a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

Symantee Antivirus Enterprise Edition versión 10.0, 101 (ciento una) licencias de uso y mantenimiento por tres años.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. RAUL A. CHURRUARIN

Director Provincial De Informática

Dirección Provincial de Informática - M.H. y E.

S/C         13373    Jun. 6

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DISPOSICION 0050

 

SANTA FE, 23 de Mayo de 2006

VISTO:

El Expediente 00101-0152839-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Ministerio Coordinador gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario ... “, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que el Decreto 1820/05 en su Artículo 4° “EXCEPCIONES”, detalla los casos en los cuales el software queda automáticamente exceptuado;

Que la Resolución 623/05 delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere el Artículo 4° “EXCEPCIONES” de la Ley 12.360;

Que el software propietario es requerido para instalar en dos (2) computadoras personales para utilizar como puestos de trabajo del Sistema Integrado e Administración Financiera (SIPAF) en la Dirección General de Administración del Ministerio Coordinador;

Que las aplicaciones a utilizar, al momento de la promulgación de la Ley 12.360, ya se encontraban en producción y desarrolladas con tecnología propietaria para su ejecución, y que han sido debidamente incorporadas en el informe dispuesto por el artículo 6° de la Reglamentación de la Ley aprobada por Decreto 1820/05;

Que en consecuencia se está ante la presencia de lo que el Decreto Reglamentario 1.820/05 reconoce como “sistemas heredados” y para el que no existe en el mercado alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar el nivel de servicio requerido.

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar al Ministerio Coordinador, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE INFORMATICA

DISPONE:

1°.- Autorizar a la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio Coordinador a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

Dos (2) licencias de Sistema Operativo Windows en español, en su última versión.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. RAUL A. CHURRUARIN

Director Provincial De Informática

Direcc. Prov. de Informática- M.H. y E.

S/C         13374    Jun. 6

__________________________________________

 

DISPOSICION 0051

 

SANTA FE, 23 de Mayo de 2006

VISTO:

El Expediente Nro. 15120-0037327-9, registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario.... “, atribución que fuera encomendada a este Ministerio en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°.

Que por Resolución 623/05, el Ministro de Hacienda y Finanzas delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere el Artículo 4° de la Ley 12.360.

Que la Sectorial de Informática de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, respecto de la existencia de software libre informa: “que no se ha encontrado ninguno de similares características”. Lo que es ratificado por el Departamento Desarrollo e Implementación de la D.P.I.

Que la Caja de Jubilaciones y Pensiones tramitará oportunamente la adquisición del software con destino a dicho Organismo.

Que dicho software es utilizado por la Fiscalía de Estado y por el Poder Judicial

Que el mismo será destinado e instalado en un equipamiento ya existente del Departamento de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones.

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE INFORMATICA

DISPONE:

1°.- Autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

*Lex-Doctor en español, una (1) licencia de uso.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. RAUL A. CHURRUARIN

Director Provincial De Informática

Direcc. Prov. de Informática- M.H. y E

S/C         13375    Jun. 6

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DISPOSICION 0052

 

Santa Fe, 23 de Mayo de 2006

VISTO:

El Expediente Nro. 13401-0525473-5, registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Servicio de Catastro e Información Territorial gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario.... “, atribución que fuera encomendada a este Ministerio en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°.

Que por Resolución 623/05, el Ministro de Hacienda y Finanzas delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere el Artículo 4° de la Ley 12.360.

Que el Reglamento de la Ley 12.360, aprobado por Decreto Nro. 1.820, contempla en el apartado Excepciones, en el artículo 4°, inciso a) sistemas de misión crítica.

Que en este mismo expediente, Nro. 13401-0525473-5, se tramita la adquisición de hardware y software con destino a dicho organismo.

Que dicho equipamiento y software será destinado para subsanar, sin mayores dilaciones y con carácter de urgente, los inconvenientes que ocasionaría a la organización la imposibilidad de implementar el “Proyecto de Visualización Web de Documentos Digitales” y para garantizar la continuidad de los servicios actuales que se encuentran comprometidos.

Que el Sistema posibilitará el resguardo, manejo y consulta de las imágenes digitales que genera la empresa proveedora de tal servicio.

Que este proyecto permite sustentar el soporte documental de la gestión catastral brindando valiosa información de todos los antecedentes a la comunidad de profesionales y a la masa de contribuyentes en general.

Que la nueva aplicación ampliará la capacidad del servicio, creciendo en cantidad de puestos de trabajo, en volúmenes de almacenamiento de la información, en facilidades de búsqueda. Contempla demás aspectos de seguridad, disponibilidad de la información y acceso inmediato y simultáneo a los distintos documentos.

Que el sistema está desarrollado en arquitectura LAMP, es decir: sistema operativo Linux, motor de bases de datos MySQL, servidor Web Apache y lenguaje de programación PHP, software este en un todo de acuerdo a lo ordenado por la Ley 12.360.

Que se trata de una aplicación WEB, por lo que el usuario, con la debida autorización, puede acceder a la misma desde una computadora personal con un software navegador, lo que le facilita la recuperación, visualización e impresión de los documentos digitalizados.

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar al Servicio de Catastro e Información Territorial, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado, que se refiere a la Distribución del Sistema Operativo Suse Linux Enterprise Server;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE INFORMATICA

DISPONE:

1°.- Autorizar al Servicio de Catastro e Información Territorial a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, con destino al equipamiento informático a adquirir por dicho organismo, tramitado bajo este mismo expediente nro. 13401-0525473-5:

* Distribución del Sistema Operativo Suse Linux Enterprise Server, última versión, (una licencia de Servidor), que incluya un kit de instalación, upgrade de un año, soporte del producto y documentación completa.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. RAUL A. CHURRUARIN

Director Provincial De Informática

Direcc. Prov. de Informática- M.H. y E

S/C         13376    Jun. 6

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DISPOSICION 0053

 

SANTA FE, 23 de Mayo de 2006

VISTO:

El Expediente 01801-0003829-8 registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Despacho del Ministerio de Asuntos Hídricos gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV Excepciones, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario.... “, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que por Resolución 623/05, el Ministerio de Hacienda y Finanzas delega en la Dirección Provincial de Informática la facultad de autorizar los permisos de excepción a los que se refiere la Ley 12.360 y su decreto reglamentario 1820/05;

Que por expediente 01801-0002156-4 se tramita la adquisición de cien (100) dispositivos de transmisión de datos para visualización de equipos del Ministerio de Asuntos Hídricos, con receptor GPS y módulo de comunicación con inteligencia embarcada, de los cuales cuarenta (40) permitirán establecer el servicio mediante posición satelital y transmisión celular (en equipos livianos), y los sesenta (60) restantes por medio de posición y transmisión satelital (en equipos pesados), así como también la prestación de servicio para la transmisión de datos móviles y seguimiento satelital de vehículos y equipos pertenecientes al MAH;

Que en dicha adquisición se contempla el suministro de dos computadoras y del software correspondiente para realizar la prestación de servicio solicitada y que el equipamiento viene provisto de sistema operativo Windows XP Desktop y del Sistema de Visualización y Seguimiento de Móviles - Click & Go Megatrans S.A.;

Que en el expediente 01801-0003829-8 se solicita la excepción a la Ley 12.360 para el software de tipo “embebido” que poseen los dispositivos de transmisión de datos, así como también para el Windows XP Desktop y para la licencia de uso del Sistema de Visualización y Seguimiento de Móviles correspondiente;

Que el Decreto 1820/05, reglamentario de la Ley 12.360, en su artículo 4° contempla casos de excepción automática y describe específicamente a aquel tipo de software “embebido” como es en este caso, el que permite configurar, operar y controlar los dispositivos de transmisión de datos;

Que además, el mencionado Sistema de Visualización y Seguimiento de Móviles opera solo en el sistema operativo Windows provisto con las computadoras personales y que su funcionalidad depende estrechamente del tipo de hardware que se provee. Además, el costo de la inversión descansa en forma sustancial en el equipamiento no informático, causas también mencionadas como de excepción automática por dicho decreto reglamentario;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección General de Despacho del Ministerio de Asuntos Hídricos, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE INFORMATICA

DISPONE:

1°.- Autorizar a la Dirección General de Despacho del Ministerio de Asuntos Hídricos, a utilizar software propietario que se provee en forma conjunta con cien (100) dispositivos de transmisión de datos, dos (2) licencias de sistema operativo Windows XP Desktop instalado en dos computadoras personales y la licencia de uso del Sistema de Visualización y Seguimiento de Móviles - Click & Go Megatrans S.A., que se pretende adquirir.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. RAUL A. CHURRUARIN

Director Provincial De Informática

Direcc. Prov. de Informática- M.H. y E

S/C         13377    Jun. 6

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