picture_as_pdf 2015-04-06

CENTROS DE EMBALAJES S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO


Por disposición del Juez de 1ª Instancia a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, se hace saber: 1) Que por instrumento de fecha 03/02/15, los socios de CENTROS DE EMBALAJES S.A., Corina Vilma Andretich, D.N.I. 16.303.696 y Horacio Norberto Asteggiano, D.N.I. 14.338.379, resuelven modificar la sede social, la que a partir de la fecha será Bv. Lehmann 1134 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe. 2) Que en consecuencia, queda redactada la cláusula cuarta del contrato social como sigue: Cuarta: “Se establece como domicilio de la sociedad, el sito en Bv. Lehmann número un mil ciento treinta y cuatro de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe”.

Rafaela, 4 de mayo de 2015 - Marcela H. Zanutigh, Secretaria.

$ 45 255729 Abril 6

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FOOD FAMILY S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En fecha 30 de enero 2015, los socios de FOOD FAMILY S.R.L., Federico Ignacio Bora y Matías Gustavo Mathey, deciden modificar la cláusula primera, cuarta y quinta del contrato social, quedando redactadas de la siguiente manera:

Primera: La sociedad girará bajo la denominación “MASTER CONSULTORA S.R.L.

Cuarta: La sociedad tendrá por objeto A) Realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en el país, actividades relacionadas con los negocios gastronómicos, sea su instalación, explotación comercial y administración, en todas sus ramas, de pizzeria y servicio de delivery, B) Servicios de Asesoramiento, Dirección y Gestión Empresarial.

Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos cincuenta mil ($350.000), dividido en cien (100) cuotas de pesos tres mil quinientos ($3.500) valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el Sr. Bora, Federico Ignacio, cincuenta (50) cuotas representativas de pesos tres mil quinientos ($3.500) cada una, por un total de pesos ciento setenta y cinco mil ($175.000); Mathey, Matías Gustavo, cincuenta (50) cuotas representativas de pesos tres mil quinientos ($3.500) cada una, por un total de pesos ciento setenta y cinco mil ($175.000)). En virtud de encontrarse integrado en el 100% el monto de capital social original de $200.000, los socios integran en este acto en dinero efectivo el 25% de la diferencia del aumento de capital, o sea pesos treinta y siete mil quinientos ($37.500) en la proporción de suscripción de sus respectivas cuotas de capital. El 75% restante, los socios se comprometen a integrarlo en dinero en efectivo en el plazo de dos (2) años contados a la fecha del presente contrato.

$ 58 256837 Abr. 6

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DEFT SHOP S.R.L.


EDICTO ADICIONAL


Como adicional al edicto publicado en relación a la constitución de DEFT SHOP S.R.L. conformada por la señora Vilma Marcela Morata, argentina, nacida el 4 de septiembre de 1965, domiciliado en calle José Ingenieros 2905, de la ciudad de Funes, DNI. 17.387.141, de estado civil casada en primeras nupcias con Gustavo Ariel Brack, de profesión comerciante, CUIT 23-17387141-4; y el señor Gustavo Ariel Brack, argentino, nacido el 12 de junio de 1966, domiciliado en calle José Ingenieros 2905, de la ciudad de Funes, DNI. 17.773.179, de estado civil casado en primeras nupcias con Vilma Marcela Morata, de profesión comerciante, CUIT 20-17773179-0; se publica que: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

$ 45 256827 Abr. 6

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VICENTICO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE OBJETO SOCIAL

AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL


Fecha de Instrumento: 23 de febrero 2015.

$ 90 256815 Abr. 6

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TRIPLE W S.R.L.


CONTRATO


PUBLICACIÓN DE EDICTOS POR CONSTITUCION DE “TRIPLE W SRL.”, conforme al art. 10 de la ley 19550: Integrantes: señores Facundo Arceo, argentino, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en la Corriente Nº 2283, Rosario, Santa Fe, nacido el 01 de marzo de 1993, D.N.I. N° 37.334.767, cuit 20-37.334.767-2 y Señor Julián Fabricio Arceo, argentino, soltero, nacido el 07 de noviembre de 1994, D.N.I. Nro. 38.448.258, cuit 23-38.448.258-9, domiciliado en Corrientes Nro. 2283 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, todos hábiles para contratar.- Razón Social: TRIPLE W SRL.- Constitución: según contrato a los 11 días del mes de marzo de 2015; Domicilio: calle Corrientes nº 2283 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.- Objeto Social: Objeto: Compra venta e intermediación de servicios; procesamiento e intercambio electrónico de datos y cuentas; transferencia electrónico de fondos.- Duración: Diez años.- Capital Social: Pesos Ciento Treinta Mil ($130.000.-) Dividido en Trece Mil Cuotas (13.000) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una.- Administración y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, designando al Señor Facundo Arceo, en calidad de Gerente haciendo uso de la firma precedida de la razón social.- Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. Fecha de Cierre: 31 de Diciembre de cada año.

$ 55 256792 Abr. 6

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CLINICA DE TOMOGRAFIA

COMPUTADA DE ROSARIO S.A.


RENUNCIA DIRECTOR TITULAR


En la reunión de Directorio del 1/12/2014 se acepto la renuncia Wenceslao Pedro Tejerina elegido en la Asamblea Ordinaria de Accionistas del 24/04/2014. El Directorio elegido en dicha Asamblea se inscribió en el RPC Rosario el 02/12/2014, al Tº 95, F° 21826, Nº 1003.

$ 45 256770 Abr. 6

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MAINCAL S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO LEGAL


De acuerdo a lo resuelto en la reunión de directorio celebrada el día 14/01/2015, (Acta Nº 514), se ha procedido cambiar la ubicación del domicilio legal, estableciéndolo en Parque Industrial Metropolitano, Av. Eva Perón 1452 (lotes 54/55), Pérez (Santa Fe).

$ 45 256772 Abr. 6

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MILICIC S.A.


INSCRIPCION DE DIRECTORIO


De acuerdo a lo resuelto en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 49 del 23/02/15 se resolvió la ampliación del número de directores titulares, quedando el mismo integrado de la siguiente manera:

Carlos Mateo Ramón Milicic, D.N.I. N° 05.522.300, CUIT 23-05522300-9, Presidente. Federico Ernesto Lufft, D.N.I. N° 13.509.681, CUIT 20-13509681-5, Vicepresidente. Guillermo Rico, D.N.I. N° 10.068.409, CUIT 20-10068409-9, Director Titular. María De Los Angeles Milicic, D.N.I. N° 23.936.467, CUIT-27-23936467-0, Directora Titular. Hernán Jorge Morano, D.N.I. Nº 13.495.596, CUIL 20-13495596-2, Director Titular. Duración del cargo: hasta la asamblea general ordinaria que considere el balance a cerrarse el 31/10/2016.

$ 45 256773 Abr. 6

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ITYAC S.A.


INSCRIPCION DE DIRECTORIO


De acuerdo a lo resuelto en Asamblea General Extraordinaria N° 49 del 13/02/15 se resolvió la integración del directorio con 6 directores titulares, no designándose suplentes, quedando el mismo integrado de la siguiente manera: Presidente: Jorge Raúl Tosticarelli. DNI. N° 6.122.638, CUIT N° 23-06122638-9. Vicepresidente: Hugo Enrique Octavio Poncino. DNI. N° 6.074.611, CUIT N° 20-06074611-8 Directores Titulares: Pablo Ismael Martínez, DNI. N° 12.222.742, CUIT N° 20-12222742-2. Mario Luis Noste DNI. N° 12.110.472, CUIT N° 20-12110472-6, Gustavo Dante Mezzelani DNI. N° 17.462.382, CUIT N° 20-17462382-2, y Sergio Enrique Godoy DNI. N° 12.309.601, CUIT N° 20-12309601-1.

Permanecerán en sus cargos hasta la asamblea ordinaria de accionistas que considere los estados contables y demás documentación correspondiente al ejercicio social N° 37 que concluirá el 31 de diciembre de 2018.

$ 45 256775 Abr. 6

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ROSARIO RESORTES RICO S.R.L.


CONTRATO


ROSARIO RESORTES RICO SRL., conforme al art. 10 de la ley 19550: Integrantes: la Señora, argentina, soltera, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Alem 1068 8° C, Rosario, Santa Fe, nacido el 30 de octubre 1966, D.N.I. Nº 17.826.052, cuit 27-17.826.052-4 y el Señor Daniel Jaime Kohan, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Alem 1068 1° A Rosario, Santa Fe, D.N.I. 20.174.281, CUIT 20-20.174.281-2, nacido el 22 de junio 1968, todos hábiles para contratar.

Razón Social: ROSARIO RESORTES RICO SRL.- Constitución: según contrato a los 04 días del mes de marzo de 2015.

Domicilio: calle San Martín 1620 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.- Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: fabricación, comercialización, distribución y compra venta de resortes. Duración: Diez años.- Capital Social: Pesos Ciento Treinta Mil ($130.000.-) Dividido en Quince Mil (13.000) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una.- Administración y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, designado al Señora Dina Sandra Kohan, en calidad de Gerente haciendo uso de la firma precedida de la razón social.- Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. Fecha de Cierre: 31 de Diciembre de cada año.-

$ 55 256793 Abr. 6

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GIAZ SERVICIOS S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a los 16 días del mes de Marzo de 2015 entre los señores Giosa Horacio Francisco, DNI. 14.438.916, CUIT 20-14438916-2, de nacionalidad argentina, nacido el 02 de setiembre de 1961, de profesión Maestro Mayor de Obras, estado civil divorciado en primeras nupcias sentencia Nº 4289 del Juzgado de Familia N° 3 Nominación de Rosario, con domicilio en calle Av. San Martín Nro. 1903 de la ciudad de San Lorenzo; Díaz Carlos Daniel, DNI. 16.092.510, CUIT 20-16092510-9, de nacionalidad argentina, nacido el 26 de septiembre de 1962, empleado, estado civil casado en primeras nupcias con Carranza Hilda Ester, con domicilio en calle Luis Borghi Nro. 361 de la ciudad de San Lorenzo, todos hábiles para contratar, convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por las de la Ley 19.550 (y modificatorias) en general:


CAPITULO I:

Denominación. Domicilio y Duración:

Primera: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de “GIAZ SERVICIOS S.R.L.”

Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país, o del extranjero.

Tercera: Duración: El término de duración se fija en 20 (veinte) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.


CAPITULO II

Objeto y Capital:

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la compraventa por mayor y por menor de materiales de construcción en seco, prestación de servicios de asesoramiento técnico y profesional de arquitectura, prestación de servicios de albañilería en general.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos veinte mil ($220.000) divididos en 2.200 (dos mil doscientas) cuotas de $100 (Pesos cien) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Giosa Horacio Francisco suscribe 1.100 (mil cien) cuotas de capital, o sea la suma de $110.000 (Pesos ciento diez mil) que integra: la suma de $27.500 (Pesos veintisiete mil quinientos) en dinero en efectivo y el saldo o sea $82.500 (Pesos ochenta y dos mil quinientos) también en dinero en efectivo dentro de los 24 (veinticuatro) meses de la fecha; Díaz Carlos Daniel suscribe 1.100 (mil cien) cuotas de capital, o sea la suma de $110.000 (Pesos ciento diez mil) que integra: la suma de $27.500 (Pesos veintisiete mil quinientos) en dinero en efectivo y el saldo o sea $82.500 (Pesos ochenta y dos mil quinientos) también en dinero en efectivo dentro de los 24 (veinticuatro) meses de la fecha.


CAPITULO III

Administración y Fiscalización:

Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de Uno o Más Gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los Artículos Nros. 782 y 1.881 del Código Civil y Decreto 5.965/63, Artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Séptima: Fiscalización Reunión de Socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550.

CAPITULO IV

Balances y Distribución de Utilidades.

Octava: Balance General y Resultado: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de Diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, la gerencia convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración, en las condiciones establecidas en la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o por falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el balance se considerará automáticamente aprobado si dentro de los diez días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas.

El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con quince días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de estas se destinarán el cinco por ciento para la constitución de la “Reserva Legal”, hasta que la misma alcance al veinte por ciento del capital social.

Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del artículo 70 de la Ley 19.550. Salvo lo dispuesto por el Artículo 71 de la misma Ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancia se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares.

Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el Artículo 71 de la Ley 19.550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.


CAPITULO V

Cesión de Cuotas. Fallecimiento e Incapacidad

Novena: Cesión de cuotas:

a) Entre los Socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existente entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social .


b) A Terceros: Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley 19.550 en el Artículo 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios.


c) Procedimiento de Cesión o Transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a sus consocios, estos últimos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de 30 días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a la Gerencia y a sus consocios deberá indicar el nombre y el apellido del interesado, precios y condiciones de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la Sociedad sobre la resolución que se hubiera adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.


Décima: Fallecimiento e incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por:

a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores o;

b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de la ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería. El importe resultante se abonara a los herederos, sucesores o representantes en 2 (dos) cuotas iguales pagaderas, la primera a los 12 (doce) y la restante a los 24 (veinticuatro) meses respectivamente, en moneda constante, no pudiendo Opretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insana o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedara sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insana o ausencia, con nombramiento del representante ante a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.


CAPITULO VI

Disolución y Liquidación.

Prohibiciones de los Socios.


Undécima: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el artículo 94 de la Ley 19.550 (y modificatorias). En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.

CAPITULO VII CLAUSULAS GENERALES

Duodécima: Diferencia entre los Socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de San Lorenzo, a cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponderles. Bajo las cláusulas que anteceden dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada y previa lectura y ratificación del presente contrato social a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en legal forma. Firman el mismo en 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha mas arriba indicado.

$ 315 256785 Abr. 6

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MILICIC” S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


De acuerdo a lo resuelto en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 49 del 23/02/15 se resolvió el aumento del capital social en $ 20.000.000.- (llevándolo de $ 11.650.000.- a 31.650.000.-) mediante la distribución de un dividendo en acciones liberadas ($ 6.000.000.- acciones Clase “A” y $ 14.000.000.- acciones Clase “B”) en la proporción correspondiente a cada accionista de la Sociedad. También la modificación de estos artículos del Estatuto Social: “Artículo Cuarto: El Capital Social asciende a la suma de $ 31.650.000.- (pesos treinta y un millones seiscientos cincuenta mil) representado por 31.650.000 acciones nominativas no endosables, ordinarias, de $ 1.- (pesos uno) valor nominal cada una, siendo 9.495.000 clase “A “ y 22.155.000 clase “B”. El capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto por asamblea ordinaria, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.” “Artículo Noveno: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto de un número de miembros que fíje la Asamblea entre un Mínimo de uno (1) y un Máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercidos, pudiendo ser reelegidos. La asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. Si no obstante la designación de suplentes para reemplazar a los Directores Titulares en caso de necesidad, subsistieran vacantes en el Directorio, los restantes Directores convocarán de inmediato a asamblea ordinaria. La Asamblea o los Directores en su primera sesión, cuando no lo hiciera la Asamblea, deben designar un Presidente y un Vicepresidente en su caso, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento y ante impedimentos del Vicepresidente, asumirá su cargo el Director que haya recibido mayor cantidad de votos, y en caso de igualdad de votos, se tendrá en cuenta el orden establecido en la respectiva acta de Asamblea- sí en la misma se determinaron cargos- o en el acta de Directorio en la que los cargos hubieran sido distribuidos. Los suplentes que ingresen al Directorio no asumen el cargo de Presidente o Vicepresidente que detentaba el reemplazado, salvo que no exista otro Director Titular para asumirlo. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto. La Asamblea fija la remuneración del Directorio, conforme al artículo 261 de la Ley 19550.”

$ 78 256777 Abr. 6

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DINCOLOR S.R.L.


CONTRATO


1) Andrés Roberto Dimarco, argentino, comerciante, titular del DNI. N° 20.854.089 y de la CUIT Nº 20-20854089-1, nacido el 30/09/1969, de apellido materno Iezza, casado en primeras nupcias con doña Rosa Marta Scampino, domiciliado en calle San Nicolás 2932 de la ciudad de Resano, Pcia. de Santa Fe y Gabriel Alberto Dimarco, argentino, comerciante, titular del DNI. N° 22.040.918 y de la CUIT Nº 20-22040918-0, nacido el 24/07/1971, de apellido materno Iezza, casado en primeras nupcias con doña María Cecilia Ferroni, domiciliado en calle 9 de Julio 4005, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe.

2) Fecha de instrumento de constitución: 02/03/2014.

3) Denominación de la Sociedad: DINCOLOR S.R.L.

4) Duración: noventa (90) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

5) Domicilio de la Sociedad: San Nicolás 2949 - Rosario - Santa Fe.

6) Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades: la fabricación de pinturas y barnices, el alquiler de maquinarias para la fabricación de los mismos, la comercialización por menor y por mayor de su fabricación y objetos anexos al rubro pinturerías en general, exportación e importación de los mismos.

7) Capital Social: El capital social es de Doscientos Cincuenta Mil Pesos ($ 250.000.-) dividido en Dos Mil Quinientos (2.500) cuotas de Cien Pesos ($ 100.-) valor nominal cada una.

7) La administración y representación legal: la dirección y administración de los negocios sociales y la representación de la sociedad, estará a cargo del Sr. ANDRES ROBERTO DIMARCO. Argentino, comerciante, titular del DNI N° 20.854.089 en carácter de socio gerente.

8)Fecha de cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año.

$ 63 256757 Abr 6

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AEROPLAT S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la siguiente publicación:

En fecha 17-11-2014, según Acta de Asamblea General Ordinaria, los señores accionistas de Aeroplat S.A., designan a los miembros del Directorio, el cual queda conformado de la siguiente manera: Presidente: Sr. Jorge Aníbal Alberto, DNI Nº 10.154.347; Director Titular: Sr. Martín Eduardo Basso, D.N.I. N° 24.073.052; Director Titular: C.P.N. Gustavo Peón, D.N.I. N° 20.149.890; Directores Suplentes: Sr. Ing. José Luis Bienvenido Basso, D.N.I. N° 7.989.656; y Sr. Juan Carlos Ramón Basso, D.N.I. N° 13.224.676.-

Rafaela, 19 de Marzo de 2015. Fdo. Marcela H. Zanutigh, secretaria.


AEROPLAT S.A.

Nombre: Jorge A. Alberto

D.N.I.: Nº 10.154.347

Domicilio: Bv. Santa Fe Nº 302, 2° piso.-

Teléfono: 03492- 501011.-

Días: 1 día.-

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ITYAC S.A.


MODIFICACION DE CONTRATO


De acuerdo a lo resuelto en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 13 de febrero de 2015 (Acta Nro. 49) quedó resuelto el aumento del capital social de $ 12.000.- a $ 1.000.000.- con capitalización de Ajuste de Capital por $ 116.600,94 y distribución de un dividendo en acciones liberadas por $ 871.399,06. Por lo tanto se ha decidido 988.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de v$n 1.- y cinco votos cada una, correspondiendo a cada accionista de acuerdo a su participación en el capital social, canjear los títulos representativos de las acciones en circulación y emisión de los correspondientes al nuevo capital social luego del aumento. Se emitirán las acciones nominativas no endosables, ordinarias representativas del capital social de $ 1.000.000.- procediendo a entregarlas a los accionistas. Por ello la nueva redacción de los artículos mencionados es; “Artículo Quinto: El Capital Social asciende a la suma de $ 1.000.000.- (pesos un millón); representados por 1.000.000 acciones nominativas no endosables ordinarias de 5 votos y $ 1.- (pesos uno) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550. Artículo Sexto: Las acciones son Nominativas No Endosables, Ordinarias o Preferidas. Estas últimas confieren derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias. “Artículo Décimo: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto de un número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de dos (2) y un máximo de siete (7), quienes durarán en sus funciones Tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. La Asamblea debe designar un Presidente y un Vicepresidente, éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento, y ante impedimentos del Vicepresidente, asumirá su cargo el Director que haya recibido mayor cantidad de votos, y en caso de igualdad de votos, se tendrá en cuenta el orden establecido en la respectiva acta de Asamblea. Los suplentes que ingresen al Directorio no asumen el cargo de Presidente o Vicepresidente que detentaba el reemplazado; salvo que no exista otro Director Titular para asumirlo. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes, teniendo el Presidente doble voto en caso de empate. La Asamblea fija la remuneración del Directorio, conforme al artículo 261 de la Ley 19.550. La Sociedad podrá avalar, afianzar y/o garantizar todo tipo de operaciones que se relacionen o no con el objeto social, siempre que sea resuelto en cada caso en reunión de Directorio, aprobación que quedará debidamente asentada en acta.” “Artículo Décimo Primero: Los Directores prestaran como garantía la suma de $ 20.000.- (pesos veinte mil) cada uno de ellos, en dinero en efectivo, títulos públicos, acciones de otra sociedad o moneda extranjera, tomándose para la moneda extranjera la cotización del Banco Nación Argentina tipo comprador de la fecha del depósito; al momento de asumir sus funciones, que será depositada en la caja de la Sociedad o en cuenta bancaria especialmente habilitada al efecto, siéndoles reintegrada dicha suma, una vez finalizada la gestión y aprobada por la Asamblea de Accionistas. “Artículo Décimo Segundo: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales. Incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 1.881 del Código Civil y el articulo 9° del Decreto Ley 5.965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con toda clase de instituciones de crédito, oficiales o privadas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país. Otorgar a una o más personas poderes judiciales - inclusive para querellar criminalmente - o extrajudiciales, con el objeto y extensión que Juzgue conveniente. La representación legal y el uso de la firma social corresponden al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en forma individual e indistinta, o a quienes los reemplacen estatutariamente. El Directorio por resolución del mismo, podrá designar gerentes y/o apoderados generales o especiales, miembros del Directorio o no, a quienes se les conferirá poder para firmar individual o conjuntamente. “Artículo Décimo Tercero: De acuerdo a las disposiciones del artículo 284 in fine de la Ley de Sociedades Comerciales 19550, y por no encontrarse la sociedad comprendida en algunos de los supuestos del artículo 299 de la citada disposición legal, se prescinde de la Sindicatura. El contralor será ejercido por los accionistas en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 55 de la misma Ley. Cuando por aumento del capital resultare excedido el importe indicado en el inciso 2) de la Ley 19.550, la asamblea que asilo resolviese debe designar Síndico Titular y un Síndico Suplente, por el término de un ejercicio, sin que sea necesaria reforma del Estatuto. El Síndico Titular tendrá las funciones establecidas en los artículos 294 y 295 de la Ley 19.550. Ambos pueden ser reelectos.

$ 169 256779 Ab. 6

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SASTRE COMBUSTIBLES S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados: “Expte.122. - Folio 115 - Ano 2015 - Sastre Combustibles S.R.L. s/Aumento de capital; Designación de gerente; Modificación Art. 4°; Art. 8°; Texto Ordenado; Modificación art. 9°; de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto la publicación del presente, por un día, a fin de hacer saber lo resuelto por Acta de Reunión de Socios:

(i) Proceder al Aumento del Capital Social de la empresa, mediante la capitalización de los aportes irrevocables a cuenta de un futuro aumento del capital social, por un total de pesos un millón ciento ochenta y siete mil setecientos treinta y cuatro ($ 1.187.734.-), los cuales se encuentran asentados en el Balance cerrado al 31 da Diciembre del año 2.013, en igual proporción entre los socios, de los cuales deciden capitalizar la suma de $ 1.050.000.- hasta alcanzar la suma de pesos un millón doscientos mil ($ 1.200.000.-), quedando en consecuencia la cláusula Cuarta del Contrato Social de la siguiente manera: Cuarta.- “El capital se fija en la suma de pesos un millón doscientos mil ($ 1.200.000.-), representados por un millón doscientas mil (1.200.000) cuotas partes de pesos uno ($ 1) valor nominal cada una, que los socios suscriben en su integridad en las siguiente proporciones: Edgardo Martín Broda, quinientas mil (500.000) cuotas sociales de V.N. $ 1.- cada una; Alejandro Roberto Broda, quinientas mil (500.000) cuotas sociales de V.N. $ 1.- cada una, y Jorge Omar Botto doscientas mil (200.000) cuotas sociales de V.N. $ 1.- cada una. Las cuotas se integran en un ciento por ciento en dinero en efectivo”

(ii) Modificar la cláusula Octava del Contrato Social, la cual ha quedado redactada de la siguiente manera; Octava: “La dirección, administración y el uso de la firma social se encontrará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes durarán en sus funciones según lo determinen los socios al momento de su elección. Si la gerencia fuese plural los gerentes deberán actuar en forma conjunta. Los socios podrán elegir gerentes suplentes para el supuesto de vacancia. Bajo ningún concepto los gerentes podrán comprometer a la sociedad en negocios ajenos a los fines sociales, ni otorgar garantías y/o avales a favor de terceros. En el uso de la firma social, los gerentes tendrán las más amplias atribuciones para actos que tiendan al cumplimiento del objeto social dentro de los limites de los artículos 58 y 59 de la Ley 19.550.”

(iii) Modificar la cláusula Novena del Contrato Social, la cual ha quedado redactada de la siguiente manera: Novena: - Garantía de los Gerentes- “Los gerentes deben prestar la siguiente garantía: de $ 10.000,00 (pesos diez mil) cada uno, la que se depositará en la caja social.”

(iv) Aprobar, de acuerdo a los cambios operados, la redacción del Texto Ordenado del contrato Social

(v) Designar Gerente Titular y Suplente: los socios designan como Socio Gerente a Edgardo Martín Broda, DNI Nº 25.217.284; y como Gerente Suplente al socio Alejandro Roberto Broda, DNI. Nº 27.572.392, quienes ejercerán el cargo durante toda la vida de la sociedad, y quienes presentes en este acto, aceptas los cargos asignados, todo de acuerdo a lo previsto en el artículo 256 de la Ley 19.550, fijando domicilio legal y especial en los lugares consignados en el presente contrato social.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Santa Fe, 25 de Marzo de 2015. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 90 256889 Ab. 6

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PACIFIC WORK TRAVEL S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos, caratulados “PACIFIC WORK TRAVEL S.R.L. s/ Contrato” Expte. N° 139 F° 116 Año 2015 de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber: En la ciudad de Recreo, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de marzo de 2015, entre los señores, Pérez Ariel Rodolfo, C.U.I.T. 20-25546681-0, y D.N.I N° 25.546.681 de apellido materno CARRERES, nacido el día 14 de Enero de 1.977, domiciliado en calle Gobernador Celestino Marco 1613, de la ciudad de San Benito, Provincia de Entre Ríos y Chiapello Leandro Germán, CUIT 20-27864797-9 y D.N.I. N° 27.864.797, de apellido materno Amico, nacido el 11 de marzo de 1980, domiciliado en calle Lehmann 801 de la ciudad de Recreo, Provincia de Santa Fe. De común acuerdo, resuelven dejar constituida una Sociedad de Responsabilidad Limitada:

Artículo 1° Denominación: “PACIFIC WORK TRAVEL S.R.L.” -

Artículo 2º Domicilio: Lehmann 801- Recreo. Prov. Santa Fe (CP 3018).

Artículo 3° Duración: Noventa y Nueve (99) años.- desde su inscripción registral.

Artículo 4° Objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en las siguientes actividades: a) Transporte de Pasajeros. Equipaje, cargas, mercaderías, fletes, acarreos y encomiendas; nacionales o internacionales, por vía terrestre, fluvial, marítima o aérea: b) Logística: almacenamiento, deposito, embalaje y distribución de bultos, paquetería y mercaderías en general; c) Servicios: Regular de línea, servicio contratados, turismo, excursiones, remises, charters, combis, venta de pasajes y cualquier otra actividad anexa o complementaria. 3) Asesoramiento: dirección técnica, instalación y toda otra prestación de servicios relacionada a la actividad.-

Artículo 5° Capital: Es de Pesos Ciento Sesenta Mil. ($ 160.000.-) divididos en Ciento Sesenta (160) cuotas sociales de Pesos Mil ($ 1.000.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Pérez Ariel Rodolfo, suscribe e integra en este acto Ochenta (80) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Ochenta Mil ($ 80.000) y Chiapello Leandro Germán también suscribe e integra en este acto Ochenta (80) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Ochenta Mil ($ 80.000).-

Se autoriza al C.P.N. Requena Marcos Ezequiel. CUIT 20-29201958-1 domiciliado en calle Santa Fe 1146 de la ciudad de Recreo, provincia de Santa Fe, para que tramite la toma de razón y su registro ante los organismos de contralor, con facultades para aceptar las reformas y/o modificaciones que sendos organismos introduzcan.-

Artículo 6° Administración, dirección y representación: Estará a cargo de Un Gerente, siendo designado en el cargo por los socios y durará en sus funciones cinco años. A tal efecto, los socios designan en este acto al Sr. Pérez Ariel Rodolfo para desempeñar dichas funciones, usando su firma precedida del sello Socio-Gerente.-

Artículo 7° Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.-

Artículo 8° Fecha cierre ejercicio: el 31 de junio de cada año.-

Santa Fe, 18 de Marzo de 2015. Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 132,66 256819 Ab. 6

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FRANSA S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados FRANSA S.R.L. - Contrato de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto:

1) Socios: Santiago Sarchi, argentino, DNI. Nº 30.786.770, nacido el 20/02/1984, Empleado, CUIT Nº 20-30786770-3, soltero, Domicilio en calle Patricio Cullen 6635, de la Ciudad de Santa Fe, (Sta. Fe); Francisco José Sarchi, argentino, DNI. N° 32.895.146, nacido el 27/04/1987, Comerciante, CUIT N° 20-32895146-1. soltero. Domicilio en calle Patricio Cullen 6635, de la Ciudad de Santa Fe, (Sta. Fe); Gabriela Sarchi, argentina, DNI. N° 28.158.295, nacida el 31/10/1980, de profesión Abogada, CUIT N° 27-28158295-5, soltera, domiciliada en calle Patricio Cullen 6635 de la Ciudad de Santa Fe, (Sta. Fe) y Carolina Sarchi, argentina, DNI. N° 29.048.233, nacida el 09/11/1981, de profesión Empleada. CUIT N° 27-29048233-5, soltera, domiciliada en calle Pedro Vittori 4341, piso 4. departamento “A” de la Ciudad de Santa Fe, (Sta. Fe).

2) Fecha Contrato: 02/Marzo/2015.

3) Razón Social: FRANSA S.R.L.

4) Domicilio Social: Pedro Vittori 3781 de la ciudad de Santa Fe (Sta. Fe)

5) Objeto Social: a) Industrial: Fabricación de agua de mesa gasificada o no, y bebidas sin alcohol en sus distintas modalidades, b) Comercial: Consignaciones, Representaciones, Comercialización y Distribución de bebidas con o sin alcohol, c) Transporte: de cargas, mercaderías, fletes, acarreos, encomiendas; nacionales o internacionales, por vía terrestre, d) Logística: almacenamiento, depósito, embalaje y distribución de bultos, paquetería y mercaderías en general.

6) Plazo de Duración: noventa y nueve (99) años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000.-), dividido en doce mil (12.000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una que los socios suscriben íntegramente de la siguiente manera tres mil (3.000) cuotas sociales el Sr. Santiago Sarchi, representativas del 25% del capital social; tres mil (3.000) cuotas sociales el Sr. Francisco José Sarchi, representativas del 25% del capital social; tres mil (3.000) cuotas sociales la Srta. Gabriela Sarchi, representativas del 25% del capital social y tres mil (3.000) cuotas sociales la Srta. Carolina Sarchi, representativas del 25% del capital social. Se integra en efectivo en este acto el 50% y el saldo al año.

8) Fiscalización de la Sociedad: A cargo de todos los Socios.

9) Dirección y Administración: Estará a cargo de uno o más gerentes, socio o no, los que serán nombrados en Asamblea de Socios y durarán en su cargo hasta que por nueva Asamblea fueren remplazados. Se designa como gerente al socio Santiago Sarchi.

10) Fecha Cierre Ejercicio: 31 de Marzo.

Santa Fe, 25 de Marzo de 2015. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 95 256802 Ab. 6

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TRILLAR S.R.L.


REACTIVACION

AUMENTO DE CAPITAL


El 10 de marzo de 2015, los señores Teodoro Adolfo Franco, Juan Pablo Cucciarelli, Eduardo Cesar Mancinelli y Ariel Omar Mezzabotta, únicos integrantes de la sociedad TRILLAR S.R.L. resolvieron por unanimidad: 1°} Reactivar la sociedad por el término de diez (10) años contados a partir de la inscripción del presente instrumento en el Registro Público de Comercio. 2) Aumentar el Capital Social, a la suma de $ 200.000.- (doscientos mil pesos), es decir en la suma de $ 120.000.- (ciento veinte mil pesos), dicho aumento es suscripto por los socios en la misma proporción que tenían estos antes del aumento. El aumento de capital es integrado mediante la capitalización parcial de la cuenta Aportes Irrevocables a Cuenta de Futura Suscripción de Cuotas Sociales al 31 de Agosto de 2014. Por todo lo expuesto la Cláusula Cuarta quedó redactada de la siguiente forma: Cuarta: Capital Social - Aportes de Socios: El Capital Social se fija en la suma de $ 200.000,00 (doscientos mil pesos), dividido en 2.000 (dos mil) cuotas de $ 100,00 (cien pesos) cada una, suscritas e integradas por los socios de la siguiente forma: a) El señor Teodoro Adolfo Franco suscribe el veinticinco por ciento (25%) de las cuotas, o sea 500 (quinientas) cuotas de $ 100,00 (cien pesos) cada una, que representan la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), b) El señor Juan Pablo Cucciarelli suscribe el veinticinco por ciento (25%) de las cuotas, o sea 500 (quinientas) cuotas de $ 100,00 (cien pesos) cada una, que representan la suma de $ 50.000.-(cincuenta mil pesos), c) El señor Eduardo Cesar Mancinelli suscribe el veinticinco por ciento (25%) de las cuotas, o sea 500 (quinientas) cuotas de $ 100,00 (cien pesos) cada una, que representan la suma de $ 50.000.-(cincuenta mil pesos), d) El señor Ariel Omar Mezzabotta suscribe el veinticinco por ciento (25%) de las cuotas, o sea 500 (quinientas) cuotas de $ 100,00 (cien pesos) cada una, que representan la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos). El capital se encuentra integrado de la siguiente manera: Con el Capital anterior de $ 80.000.- (ochenta mil pesos), más la capitalización parcial de la cuenta Aportes Irrevocables a Cuenta de Futura Suscripción de Cuotas Sociales al 31 de Agosto de 2014, por $ 120.000.- (ciento veinte mil pesos). El capital social se podrá incrementar cuando se estime conveniente, mediante cuotas suplementarias; la asamblea de socios aprobará las condiciones de aumento del capital en cuanto a montos y plazos de integración.

$ 100 256833 Ab. 6

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CRABSA S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


CRABSA S.A. - Según Acta de Asamblea General Ordinaria, Designación de Cargos de fecha 27 de marzo de 2014, queda integrado el nuevo Directorio por dos (2) ejercicios, de la siguiente manera:


Directores Titulares:

José Mariano Sagristá, argentino, nacido el 23 de febrero de 1964, D.N.I. Nº 16.778.127, casado en primeras nupcias con Verónica María Bessone, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en calle Sánchez de Loria Nº 779 Bis de la ciudad de Rosario, a cargo de la Presidencia.

Mario Gabriel Alloa, argentino, nacido el 27 de enero de 1962, D.N.I. Nº 14.664.620, soltero, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en calle Sarmiento Nº 1973 Piso 6° Dpto. B de la ciudad de Rosario, a cargo de la Vicepresidencia.

Carlos Alberto Barbieri, argentino, nacido el 11 de octubre de 1963, D.N.I. Nº 16.778.004, casado en primeras nupcias con Analía Cora Rodríguez, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en calle Warnes Nº 1951 de la ciudad de Rosario.

Directores Suplentes:

Héctor Fabián Delprato, argentino, nacido el 20 de octubre de 1964, D.N.I. Nº 16.994.563, casado en primeras nupcias con Claudia Ester Cataldo, de profesión Ingeniero Civil, domiciliado en calle Pte. Roca Nº 2410 de la ciudad de Rosario.

Mauricio Trotta, argentino, nacido el 31 de enero de 1970, D.N.I. Nº 21.443.802, casado en primeras nupcias con Silvina Busso, de profesión Comerciante, domiciliado en calle Corrientes Nº 175 de la ciudad de Chacabuco, Pcia. de Buenos Aires.

$ 50 256934 Ab. 6

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MOSBAR S.R.L.


CONTRATO


Socios: Sr. Daniel Gustavo Barreto, de apellido materno Bustinza, de nacionalidad argentino, nacido el 10 de noviembre de 1966, comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en la calle Urquiza 252, de la ciudad de Oliveros, Provincia de Santa Fe, DNI Nº 17.961.906, CUIT Nº 20-17961906-8 y Sra. Nadia Roxana Mostajo Leoni, de apellido materno Leoni, de nacionalidad argentina, nacida el 27 de noviembr e de 1978, comerciante, de estado civil soltera con domicilio en la calle Ferreyra 1293, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, DNI. Nº 27.016.267, CUIT Nº 27-27016267-9.

Fecha del Contrato: 16 de marzo de 2015.-

Denominación: Mosbar Sociedad de Responsabilidad Limitada.-

Domicilio: Calle Ferreyra 1293 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.-

Plazo: Veinticinco años a contar desde la Inscripci ón en el Registro Público de Comercio.-

Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en cualquier parte de la república o del extranjero las siguientes actividades: 1) Importación, exportación, intermediación, representación, comisión, mandato, consignación, fraccionamiento, envase, empaque, distribución y comercialización, al por menor y mayor de productos y subproductos de la naturaleza: agrícolas, ganaderos, alimenticios, verduras, legumbres, aceitunas, semillas, uvas, pasa de uvas y frutas en general; propios o de terceros o asociado a terceros. 2) Importación, exportación, intermediación y comercio al por menor y mayor de maderas y sus derivados propios o de terceros o asociado a terceros. 3) Compraventa, comercio al por menor y mayor, importación y exportación de todo tipo de materiales de construcción propios o de terceros o asociado a terceros. Para ello la misma tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos relacionados con su objeto social, siendo este detalle meramente enunciativo y no taxativo del que hacer social.-

Capital: El capital Social se fija en la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000.-) dividido en Quinientas Mil (500.000) cuotas de capital de Pesos Uno ($ 1,00.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Daniel Gustavo Barreto suscribe Cuatrocientas Mil (400.000) cuotas de capital, de pesos uno ($1,00.-) o sea un capital de Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000.-); y Nadia Roxana Mostajo Leoni suscribe Cien Mil (100.000) cuotas de capital, de pesos uno ($ 1,00.-) o sea un capital de Pesos Cien Mil ( $ 100.000.-).

Los socios integran las cuotas de capital por cada uno de ellos suscriptas, totalmente en efectivo, de la siguiente manera: 25% a la fecha del presente Contrato y se comprometen a integrar el 75% restante en un piazo de dos (2) años a partir de la fecha del presente Contrato. El capital podrá aumentarse mediante resolución asamblearia, tomada por una mayoría que represente como mínimo más de la mitad del capital social.-

Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación, social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Los gerentes o socios gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nro. 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63, Art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Se designa como socio gerente a Nadia Roxana Mostajo Leoni.- Fiscalización: a cargo de todos los socios, Daniel Gustavo Barrete y Nadia Roxana Mostajo Leoni.-

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.-

$ 108 256932 Ab. 6

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MAXMAR S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Por reunión de socios de fecha 12 de Marzo de 2015, dentro de la sociedad MAXMAR S.R.L., inscripta por ante este Registro en Contratos al Tomo: 166, Folio 4754, N° 315 en fecha 03/03/2015, se ha resuelto el cambio de domicilio de la misma, quedando constituido el nuevo domicilio de la sociedad en calle Becquer N° 1904 de la localidad de Funes. Pcia. de Santa Fe, dejando sin efecto el anterior de Avenida Arijón N° 2738 de la ciudad de Rosario Pcia. de Santa Fe.-

$ 45 256864 Ab. 6

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PONY RENTAL S.R.L.


CONTRATO


Para cumplimentar con el art. 10 de la Ley 19550, se transcriben los siguientes datos:

1) Integrantes: Rodrigo Moreno, argentino, nacido el 20/04/1991, D.N.I: 35.584.689, CUIT 20-35584689-0, soltero, domiciliado en la calle Fuerza Aérea No 1844 de la ciudad de Funes, comerciante, Mariano Martegani, argentino, nacido el 01/11/1990 D.N.I: 35.585.698, CUIT 20-35585698-5, soltero, domiciliado en calle Juan Pablo II Nº 145 de esta ciudad, comerciante, Sebastián Martegani, argentino, nacido el 26/04/1988 D.N.I: 33.720.211, CUIT 20-33720211-0, soltero, domiciliado en calle Juan Pablo II N° 45 de esta ciudad, de comerciante; quienes de común acuerdo y por unanimidad han resuelto constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual se regirá de acuerdo con la ley 19.550, sus modificaciones y lo siguiente:

2) Fecha del Instrumento de constitución: 06 de Marzo de 2015

3) Denominación Social: PONY RENTAL S.R.L.

4) Domicilio Legal de la Sociedad: Fuerza Aérea N° 1844 de la ciudad de Funes Provincia de Santa Fe

5) Objeto Social: explotación del servicio de entretenimiento y esparcimiento para niños, realizados en inmuebles propios o de terceros, parques, playas; mediante el alquiler de andadores con tracción a pedales que pueden representar la figura de animales o vehículos.

6) Plazo de duración: diez años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: asciende a la suma de Ciento veinte mil pesos en efectivo divididos en ciento veinte cuotas de mil pesos cada una.

8) Organo de Administración: La administración de la sociedad está a cargo del socio, Rodrigo Moreno quien asume con carácter de socio gerente y representará a la sociedad.

9) Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 60 256859 Ab. 6

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INSTITUTO GERIATRICO

ROSARIO S.R.L.


CESION DE CUOTAS SOCIALES


Por estar dispuesto en los autos caratulados “INSTITUTO GERIATRICO ROSARIO S.R.L. s/CESION DE CUOTAS” Expte. N° 674/15, en trámite ante el Registro Público de Comercio de Rosario/se hace saber que:

En Rosario y en fecha 12/03/2015 el Sr. Osear Mario Otermin, DNI N° 6.129.181 (CUIL/T 20-06129181-5), de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, de estado civil divorciado mediante acta Nº 13 Folio 53 por Resolución Judicial del 7 de febrero de 1978 Sentencia N° 6/78 del Tribunal Colegiado Oral de la Primera Nominación de Rosario, según oficio archivado bajo n° 175/89 del Archivo General del Registro Civil de Santa Fe, acta firmada el 7 de febrero de 1979; nacido el 24 de enero de 1940 en esta ciudad de Rosario y domiciliado en calle Mitre N° 1680 de Rosario (Provincia de Santa Fe) cedió y transfirió a su consocia Gisela Otermin, DNI N° 21.011.288 (CUIL/T 27-21011288-5), de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, de estado civil soltera, nacida el 6 de setiembre de 1969 en esta ciudad de Rosario y domiciliada en calle Tte. Agneta N° 1075 de Rosario (Provincia de Santa Fe) ciento ochenta (180) cuotas sociales con un valor nominal unitario de pesos cien ($ 100.-) cada cuota, lo que arroja un total nominal de pesos dieciocho mil. Como consecuencia de la cesión precedente, las nuevas participaciones de los socios son las siguientes: Gisela Otermin: 380 cuotas sociales por un valor nominal de $ 38.000.- y el Sr. Osear Mario Otermin: 20 cuotas sociales por un valor nominal de $ 2.000.-

$ 60 256839 Ab. 6

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MORANGE S.R.L.


CONTRATO


Denominación: MORANGE S.R.L.-

Inscripto: Registro Público de Comercio en -Contratos- Tomo 162, Folio 30899, Número 2023, de fecha 8 de Noviembre del 2011.

Socios: Romina Eliana María Luchesi, de apellido materno Merlo de nacionalidad argentina, nacida el 07/12/1978, de estado civil casada en primeras nupcias con Facundo Acosta D.N.I 27.176.959, de profesión Abogada, DNI 26.700.628, CUIT 27-26700628-3, con domicilio en Teniente Agneta N° 1396 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Facundo Acosta, de apellido materno Gioffredo, de nacionalidad argentino, nacido el 15/02/1979, de estado civil casado en primeras nupcias con Romina Eliana María Luchesi DNI 26.700.628, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, DNI 27.176.959, CUIT 20-27176959-9, con domicilio en Teniente Agneta N° 1396 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.-

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del país, a la comercialización por menor, de todo tipo de helado y sus derivados, como también al servicio de cafetería, y a la comercialización, sin elaboración, de alimentos congelados, en establecimiento abierto al público con servicio de mesas y sillas, pudiendo establecer sucursales y/o representaciones en cualquier punto del país.-

$ 55 256804 Ab. 6

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NOBASIS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Denominación: NOBASIS S.R.L.-

Inscripto: Registro Público de Comercio en -Contratos- Tomo 164, Folio 27427, Número 1739, de fecha 18 de Octubre del 2013.

Socios: Melisa Sol Luchesi, de apellido materno Merlo, de nacionalidad argentina, nacida el 16/05/1985, de estado civil casada en primeras nupcias con Martín Ignacio Squeff D.N.I 29.387.350, de profesión Contadora Pública, DNI 31.565.602, CUIT 27-31565602-3, con domicilio en Pasaje Cuenca N°3276 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Bruno Alejandro Luchesi, de apellido materno Merlo, de nacionalidad argentino, nacido el 21/11/1990, de estado civil soltero, de profesión comerciante, DNI 35.447.667, CUIT 20-35447667-4, con domicilio en Pasaje Cuenca Nº 3276 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.-

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del país, a la comercialización por menor, de todo tipo de helado y sus derivados, como también al servicio de cafetería, y a la comercialización, sin elaboración, de alimentos congelados, en establecimiento abierto al público con servicio de mesas y sillas, pudiendo establecer sucursales y/o representaciones en cualquier punto del país,-

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos ciento treinta mil ($ 130.000), dividido en trece mil (13000) cuotas de diez pesos ($10) cada una, totalmente suscriptas e integrada.

$ 55 256803 Ab. 6

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AMARENA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Denominación: AMARENA S.R.L.-

Inscripto: Registro Público de Comercio en -Contratos- Tomo 164, Folio 27411, Número 1738, de fecha 18 de Octubre del 2013.

Socios: Facundo Acosta, de apellido materno Gioffredo, de nacionalidad argentino, nacido el 15/02/1979, de estado civil casado en primeras nupcias con Romina Eliana María Luchesi DNI 26.700.628, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, DNI 27.176.959, CUIT 20-27176959-9, con domicilio en Teniente Agneta N° 1396 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Bruno Alejandro Luchesi, de apellido materno Merlo, de nacionalidad argentino, nacido el 21/11/1990, de estado civil soltero, de profesión comerciante, DNI 35.447.667, CUIT 20-35447667-4, con domicilio en Pasaje Cuenca N°3276 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.-

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada .a terceros, dentro y fuera del país, a la comercialización por menor, de todo tipo de helado y sus derivados, como también al servicio de cafetería, y a la comercialización, sin elaboración, de alimentos congelados, en establecimiento abierto al público con servicio de mesas y sillas, pudiendo establecer sucursales y/o representaciones en cualquier punto del país.-

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos ciento treinta mil ($ 130.000), dividido en trece mil (13000) cuotas de diez pesos ($10) cada una, totalmente suscriptas e integrada.

$ 55 256800 Ab. 6

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PRUINA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Denominación: PRUINA S.R.L.

Inscripto: Registro Público de Comercio en -Contratos- Tomo 165, Folio 8256, Número 497, de fecha 22 de Abril del 2014.

Socios: María Cristina Díaz, de apellido materno Acevedo, de nacionalidad argentina, nacida el 14/10/1957, de estado civil casada en segundas nupcias con Claudio Rubén Paviotti DNI 13.870.115, de profesión Comerciante, DNI 13.528.986, CUIT 27-13528986-3, con domicilio en Garay N° 2158 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Sara Miriam Merlo, de apellido materno Davola, de nacionalidad argentina, nacida el 07/02/1955, de estado civil casada en primeras nupcias con Antonio Luchesi DNI 10.779.660, de profesión docente, DNI 11.751.772, CUIT 27-11751772-7, con domicilio en Pasaje Cuenca Nº 3276 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.-

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del país, a la comercialización por menor, de todo tipo de helado y sus derivados, como también al servicio de cafetería, y a la comercialización, sin elaboración, de alimentos congelados, en establecimiento abierto al público con servicio de mesas y sillas, pudiendo establecer sucursales y/o representaciones en cualquier punto del país.-

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos ciento treinta mil ($130.000), dividido en trece mil (13000) cuotas de diez pesos ($10) cada una, totalmente suscriptas e integrada.

$ 55 256799 Ab. 6

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BIOGROUP S.R.L.


CONTRATO


Se comunica la constitución BIOGROUP S.R.L. 1-Socios: Tomas Belloso, argentino, domiciliado en calle Laprida 1134 2°A, Rosario, Santa Fe, titular del DNI N° 35.586.035, CUIL/CUIT: 20-35586035-4, de estado Civil soltero, nacido el 01/01/1991, de ocupación estudiante de la carrera: “Licenciatura en Química Industrial” y la Amanda Belloso, argentina, domiciliada en calle Laprida 1134 2°A, Rosario, Santa Fe, titular de DNI Nº 37.154.416, CUIL/CUIT: 27-37154416-5 de estado Civil soltera, nacida el 22/12/1992, ocupación: estudiante de la carrera: “Ingeniería Ambiental”. 2-Fecha del instrumento de constitución: 05 de Marzo de 2015. 3-Denominación: Biogroup Sociedad de Responsabilidad Limitada. 4-Domicilio: La sociedad establece su domicilio social y legal en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias, sucursales y/o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Por acta acuerdo de la misma fecha se establece sede social en calle 3 de Febrero 920. 5-Duración: El plazo de duración es de 20 años, contados a partir de la fecha de inscripción del presente contrato, en el Registro Público de Comercio. 6-Objeto: realizar, por sí o por terceros, o asociada a terceros: el muestreo y análisis físico, químico, biológico, microbiológico y de toxicidad de aguas, suelos, aire, emisiones gaseosas, ambiente laboral, residuos” peligrosos, alimentos y materias primas. Estudios de Impacto Ambiental, Estudios de Riesgo, Remediación de sitios contaminados. Investigación y Desarrollo de nuevos productos, dictado de cursos y seminarios de capacitación. 7-Capital Social: El capital de la sociedad se fija en la suma de $ 200.000- (doscientos mil pesos) 8-Administración y Representación: La administración legal, la representación y el uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes, en forma, indistinta, socios o no, por tiempo indeterminado. Por acta acuerdo de la misma fecha se designa gerente a los socios Tomas Belloso y Amanda Belloso. 9-Fiscalización: Todos los socios tendrán derecho a fiscalizar las operaciones sociales cuando lo crean conveniente, pudiendo exigir entre sí, la exhibición de los libros contables y toda la documentación relacionada con la marcha de la sociedad. Las decisiones se adoptarán según la mayoría establecida por el art. 160 de la ley 19550. 10-Fecha de cierre: El 31 de Agosto de cada año cerrará el ejercicio.

$ 75 256780 Ab. 6

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CAISA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Fecha 4 de Setiembre de 2014

Prórroga de la Duración de la Sociedad (Art. 2°): Su duración es de noventa y nueve años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Ampliación del Objeto Social (Art. 3°): La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada con otras personas o entidades o tomando participación en otra empresa que se dedique a ellas, en el país o el exterior, operaciones relacionadas con las siguientes actividades: A- Agropecuarias 1- Explotación directa o indirecta de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, siembra, cuidado y cosecha de todo tipo de granos y demás productos de la tierra; 2- Cría, invernada, engorde, engorde en corrales (feed-lot), cabaña, mestización, compra y venta de hacienda de todo tipo, operaciones de intermediación de ganado en pie, pudiendo ser consignatario directo o no, en predios propios o arrendados. 3- Compra, venta, producción, clasificación, importación, exportación y distribución de semillas, combustibles, lubricantes, fertilizantes, productos fitosanitarios en general, como así también la formulación de los mismos, 4-Acopio, acondicionamiento y comercialización de cereales y oleaginosas.; 5- Elaboración y comercialización de alimentos a base de granos para el ganado, 6- Explotación de tambos, compra, producción y venta de productos lácteos y sus derivados; B- Compraventa de inmuebles rurales y urbanos, así como la locación de los propios, excluyéndose las actividades comprendidas en la Ley Nro. 13.154; C- Prestar asesoramiento técnico, consultoría, asesoría, gestión y logística en el país o en el exterior en relación a los bienes y servicios mencionados, precedentemente, D- Comercializar, distribuir, transportar, importar y exportar, ya sea en forma directa o indirecta, a través de representantes o en representación de cualquier persona física o jurídica, de los bienes y servicios comprensivos del objeto enumerados precedentemente: materiales, insumos, vehículos, maquinarias, equipos, equipos para la construcción y todo tipo de productos vinculados. E- Intervenir en licitaciones o concursos de precios y ser proveedora del Estado.

Aumento del Capital Social Art. 4°): El capital de la sociedad es de $ 750.000 (Pesos Setecientos Cincuenta Mil), representado por 1.500.- (un mil quinientas) cuotas sociales de $ 500.- (Pesos Quinientos), cada una valor nominal que han sido totalmente integradas.

Cambio de Sede Social: Se fija el domicilio de la sede social en calle San Martín 301 de la localidad de Arteaga, Pcia. de Santa Fe.

$ 82 256758 Ab. 6

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ANDPEL S.C.A.


TRANSFORMACION DE SOCIEDAD


Fecha: A los 31 días del mes de diciembre del año 2014.

Denominación: ANDPEL S.A. que es continuadora de ANDPEL S.C.A.

Domicilio Legal: En calle Vélez Sarsfield Nº 737 de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Socios: Andrés Antonio Pellizzer, argentino, nacido el 24/08/1962, D.N.I. 16.072.202, C.U.I.T. 23-16072202-9, casado en primeras nupcias con María Alejandra Zeballos, con domicilio en Pje. Cilveti 405, Rosario; Claudia Silvana Pellizzer, argentina, nacida el 13/08/1964, D.N.I. 16.982.338, C.U.I.T. 27-16982338-9, casada en primeras nupcias con Alejandro Daniel Teófilo Druker, con domicilio en calle Moreno 1935, Rosario y Carmen Teresa Fascia, argentina, nacida el 19/07/1940, D.N.I. 3.964.895, C.U.I.L. 23-03964895-4, viuda, con domicilio en Pje. Ricardone 1263, Piso 4to, Rosario, todos comerciantes hábiles para contratar.

Duración: Su duración es de 99 (noventa y nueve) años, contados desde la fecha inicial de inscripción en el Registro Público de Comercio, que operó el día 21/07/1961.

Objeto: Compra, venta, industrialización, fabricación, elaboración, manufacturación de materiales para la construcción, y en especial materiales y revestimientos para frentes e interiores, y revestimientos térmicos anti condensantes, ya sea por cuenta propia o de terceros, en el país o en el extranjero, importación y exportación, y realizar actos de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.

Capital: El capital social suscripto es de $ 105.000 (pesos ciento cinco mil), representado por 1.050 (un mil cincuenta) acciones ordinarias nominativas, de un voto cada una, no endosables, de $ 100 (pesos cien) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19.550. Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos, conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin

Administración: A cargo de un directorio compuesto por un mínimo de un miembro y un máximo de tres, elegidos por la asamblea, quienes durarán en sus funciones 3 (tres) ejercicios. Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía: $ 20.000 (pesos veinte mil).

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley 19.550.

Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.

Directorio: Presidente: Claudia Silvana Pellizzer Director Suplente: Andrés Antonio Pellizzer

$ 73 256933 Ab. 6

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LUXURY PARK S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe a los 10 días del mes de Marzo de 2.015, se reúnen los señores Ignacio Lozano Casas, con D.N.I. Nº 29.311.044, con domicilio en calle Córdoba 1503 piso 5, de la ciudad de Rosario, nacido el 22 de enero de 1.982, estado civil soltero, de nacionalidad argentina, y profesión Abogado; Lucas Pérez Grassano con D.N.I. Nº 30.155.383, nacido el 27 de junio de 1.983, de estado civil soltero con domicilio en la calle Mitre 746 piso 2 depto. 5, de la ciudad de Rosario, de nacionalidad argentino, empresario; y Máximo Sauan, con D.N.I. N° 29.690.478, con domicilio en calle Córdoba 1835 piso 6, de la ciudad de Rosario, nacido el 17 de enero de 1 983, casado en primeras nupcias con Victoria Ana Elisa Scoccia, de nacionalidad argentina, empresario; convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por las de la Ley Nro. 19.550 en general:

Primera: Denominación: “LUXURY PARK - S.R.L.”

Segunda: Domicilio: Mitre 759.-

Tercera: Duración: 05 (CINCO) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.-

Cuarta- Objeto- La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República a la prestación de servicios de playa de estacionamiento de vehículos.-

Asimismo podrá dentro de la actividad comercial, llevar a cabo toda clase de actividad mercantil para lograr su objeto social.-

Quinta- Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos $ 255.000.- (Pesos Doscientos Cincuenta y Cinco Mil) dividido en 255 (Doscientos Cincuenta y Cinco) cuotas partes de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) cada una de valor nominal, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera:

El Sr. Ignacio Lozano Casas, suscribe 85.- (Ochenta y Cinco) cuotas partes de capital social de valor nominal $1.000.- (Pesos Un Mil) cada una o sea la suma de $ 85 000 - (Pesos Ochenta y Cinco Mil) que integra en este acto, y en efectivo.-

El Sr. Lucas Pérez Grassano, suscribe 85.- (Ochenta y Cinco) cuotas partes de capital social de valor nominal $1.000.- (Pesos Un Mil) cada una o sea la suma de $ 85.000.- (Pesos Ochenta y Cinco Mil) que integra en este acto, y en efectivo.-

El Sr. Máximo Sauan, suscribe 85.- (Ochenta y Cinco) cuotas partes de capital social de valor nominal $ 1.000.- (Pesos Un Mil) cada una o sea la suma de $ 85.000.- (Pesos Ochenta y Cinco Mil) que integra en este acto, y en efectivo.-

Sexta: Administración, dirección y representación y fiscalización: Estará a cargo de todos los socios. Se designa como gerente al Sr. Lucas Pérez Grassano, con D.N.I. Nº 30.155.383 quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.-

Séptima: Fiscalización: Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.- En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar.- Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecida por el art. 160 de la Ley 19.550.

Octava: Balance general y. resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 28 de Febrero de cada año.-

Novena: Cesión de cuotas: a) Entre los Socios: Las cesiones de cuotas, entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores.- Si algún socio desiste de la compra los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social.

b) A Terceros: estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley 19.550 en el Art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros sin el consentimiento unánime de los socios.

Décima: Fallecimiento e incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por:

a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente.- En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un sólo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores o; b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio.

Undécima: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolver por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19.550.-

$ 157 256931 Ab. 6

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EL GRAN LITORAL S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por disposición del Registro Público de Comercio, en autos: “El Gran Litoral SRL s/cesión de cuotas - Expte. 1465/12, se ha ordenado la publicación de lo siguiente:

Sociedad: El Gran Litoral S.R.L. Contrato inscripto en el R.P.C. de la ciudad de Rosario al Tomo 125, Folio 4561, Nº 1566 de fecha 5/09/1974 y modificaciones

Cedente: Señora Miriam Norma Bejas, argentina, D.N.I. número 6.377.918, C.U.I.T. N° 27-6377918-6, domiciliada en calle 29 nro. 2.177, Rosario, casada en primeras nupcias con el Sr. Antonio D’0ttavio, DNI 93 853 454

Cesionarios: Fabricio Borsani, argentino, D.N.I. N° 28.101.382. CUIT N° 20-28101382-4, domiciliado en Avda. Circunvalación 25 de Mayo nro. 2.577, 3 Piso, Dpto. D, Rosario, casado en primeras nupcias con Luciana Inés Bejas, DNI 29.680.373 y Héctor Antonio Bejas, DNI 10.496.317, CUIT 20-10496317-0, argentino, casado en primeras nupcias con Alicia Inés Girardi, domiciliado en Lazarte 1.661, Rosario.

Objeto: Cesión de Cuotas 6.000 (seis mil) cuotas sociales de El Gran Litoral S.R.L, de un valor de $ 1 (Un peso) cada una, lo que totaliza un Capital de $ 6.000 (pesos seis mil).

Capital: En consecuencia el capital social de $ 24.000 queda en la siguiente proporción: $ 22.000.- Héctor Bejas y 2.000$ Fabricio Borsani

$ 50 256914 Ab. 6

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CONVERTIDORA DEL ROSARIO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, a los 13 días del mes de Marzo de 2015, entre Fernando Adrián De La Quintana, argentino, nacido el 15 de Diciembre de 1961, apellido materno Brumat, D.N.I. N° 14.631.343, CUIT 20-14631343-5, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Grabriela Adriana Piancino, domiciliado en calle Av. Bermúdez 5544 de la ciudad de Rosario, y Gabriela Adriana Piancino, argentina, nacida el 12 de Agosto de 1964, apellido materno De Larrechea, D.N.I. Nº 17.021.297, CUIT 27-17021297-0, casada en primeras nupcias con Fernando Adrián De La Quintana, domiciliada en calle Av. Bermúdez 5544 de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante; únicos socios de “Convertidora del Rosario Sociedad de Responsabilidad Limitada”

Los socios de común acuerdo resuelven prorrogar el término de duración de la sociedad por un período de diez (10) anos a contar desde su vencimiento, es decir desde el 14 de Marzo de 2015.

Deciden modificar el objeto social de la siguiente manera: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes operaciones: compra, venta, producción, distribución, fabricación, representación, promoción, comercialización de artículos de perfumería, higiene y limpieza corporal, artículos de limpieza e higiene industrial y domiciliaria. Asesoramiento en comercialización. Deciden aumentar el capital social a la suma de ($ 180.000.-) Pesos Ciento Ochenta Mil. En consecuencia de ello suscriben 15.500 cuotas de ($10.-) Pesos Diez cada una por un valor de $ (155.000.-) Pesos Ciento Cincuenta y Cinco Mil de la siguiente manera: El Sr. Fernando Adrián De La Quintana suscribe 7.750 cuotas de capital de ($ 10.-) Pesos Diez cada una o sea la suma de ($ 77.500.-) Pesos Setenta y Siete Mil Quinientos que integra de la siguiente manera: a) en este acto en dinero en efectivo la suma de ($ 19.375.-) Pesos Diecinueve Mil Trescientos Setenta y Cinco, y el saldo o sea la suma de. ($ 58.125.-) Pesos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Veinticinco también en dinero en efectivo dentro de los 24 meses de la fecha. La Sra. Gabriela Adriana Piancino suscribe 7.750 cuotas de capital de ($ 10.-) Pesos Diez cada una o sea la suma de ($ 77.500.-) Pesos Setenta y Siete Mil Quinientos que integra de la siguiente manera: a) en este acto en dinero en efectivo la suma de ($ 19.375.-) Pesos Diecinueve Mil Trescientos Setenta y Cinco, y el saldo o sea la suma de ($ 58.125.-) Pesos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Veinticinco también en dinero en efectivo dentro de los 24 meses de la fecha Consecuencia del aumento de capital efectuado, el capital social asciende a la suma de ($ 180 000.-) Pesos Ciento Ochenta Mil dividido en 18.000 cuotas de ($ 10.-) Pesos Diez cada una suscriptas por los socios de la siguiente manera: Fernando Adrián De La Quintana suscribe 9.000 cuotas de capital de ($ 10.-) Pesos Diez cada una o sea la suma de ($ 90 000) Pesos Noventa Mil; y Gabriela Adriana Piancino suscribe 9.000 cuotas de capital de ($ 10 -) Pesos Diez cada una o sea la suma de ($ 90.000.-) Pesos Noventa Mil. Inscripción Prorroga - Modificación del Objeto Social - Aumento del Capital Social:

$ 103 256904 Ab. 6

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CRAUSAZ CONSULTANT S.A.


CAMBIO DE SEDE SOCIAL


Por así haberlo dispuesto la Secretaria del Registro Público de Comercio de Rosario, en el Expte. 628/15, se hace saber que, por Acta de Directorio de fecha 12/2/15, la empresa Crausaz Consultant S.A. ha resuelto fijar su sede social en la calle Rioja 2307, Piso 1ro., “B”, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 45 256883 Ab. 6

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BLACK PONY S.R.L.


CONSTITUCION


1. Fiscalización: ejercicio del art. 55 LSC.

2. Sede social: Los Olmos 387 - Funes.

$ 45 256874 Ab. 6

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REGION CENTRO SERVICIOS

INTEGRALES S.A.


DESIGNACION DE NUEVO DIRECTORIO


Cumplimentando las disposiciones del artículo 10° inc. b) y 60 de la Ley de Soc. Comerciales N° 19.550, se informa la sgte. resolución:

Por asamblea general ordinaria del 31/.07/2012, se dispuso la designación del Directorio quedando integrado de la siguiente manera:

Directora Titular:

Norma Graciela Giordanino, argentina, D.N.I. N° 13.975.998, CUIT N° 27-13975998-8, nacida el 16 de julio de 1961, casada en primeras nupcias con Omar Sergio Depetris, de profesión comerciante, con domicilio en calle Maipú N° 1321, de la ciudad de Las Rosas, a cargo de la Presidencia.

Director Suplente:

Omar Sergio Depetris, argentino, nacido el 23 de junio de 1961, D.N.I. N° 14.592.801, CUIT N° 20-14592801-0, casado en primeras nupcias con Norma Graciela Giordanino, de profesión comerciante y agropecuario, con domicilio en calle Maipú N° 1321, de la ciudad de Las Rosas.

La duración en sus cargos es de tres (3) ejercicios, o sea hasta la asamblea general ordinaria que considere el Balance a cerrarse el 31 de marzo de 2015, fijando domicilio especial de los señores Directores de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 256 in fine de la Ley 19.550, en la sede social, sita en calle Rivadavia N° 702, de la ciudad de Totoras.

$ 50 256857 Ab. 6

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