AGENCIA PROVINCIAL DE
SEGURIDAD VIAL
VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL
MES DE ABRIL DE 2011
En cuanto a lo
establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional N° 24449 que establece que el
valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, cada una de
las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta
especial, se fija et siguiente valor para la unidad fija (UF).
1 UF = 1 litro de
nafta especial $ 4,399;
Asimismo, a los fines
de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 0869/09, se fija como valor
para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un
litro de gas oil tipo Ultra Diesel en las estaciones de servicios YPF del
Automóvil Club Argentino.
1 UF = 1 litro de gas
oil ultra diesel $ 3,556.
Estos precios se
publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus
estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.
S/C 6278 Abr. 6 Abr. 8
__________________________________________
AGUAS SANTAFESINAS S.A.
CONCURSO DE PRECIOS
Cobertura Riesgos de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales - Aguas Santafesinas S.A.
Plazo de Cobertura:
12 meses.
FECHA LIMITE PARA LA
PRESENTACION DE OFERTAS: 14 de Abril de 2011 a las 16 horas.
CONSULTA DE PLIEGOS Y
ENTREGA DE OFERTAS: Departamento Abastecimiento y Logística, de Lunes a Viernes
de 8:00 a 16:00, Ituzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.
www.aguassantafesinas.com.ar
S/C 6276 Abr. 6 Abr. 8
__________________________________________
CONCURSO DE PRECIOS N° 10007480.
Adquisición de
válvulas esclusa para la reposición y optimización de los acueductos de agua
cruda.
Plazo de Entrega: 90
días.
Lugar de entrega:
Ituzaingó 1501, Santa Fe, Provincia de Santa Fe.
Fecha límite para la
presentación de ofertas: 20 de Abril del 2011 a las 16 horas.
Consulta de pliegos y
entrega de ofertas: De Lunes a Viernes de 8 a 16. Departamento Abastecimiento y
Logística, 0342-4504509, Ituzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa
Fe. www.aguassantafesinas.com.ar
S/C 6271 Abr. 6 Abr. 8
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MINISTERIO DE SEGURIDAD
RESOLUCION N° 0151
Santa Fe, 21 de marzo 2011
VISTO:
El expediente Nº
00205-0004125-9, del Registro del Sistema de Información de Expedientes -
MINISTERIO DE SEGURIDAD, en cuyas actuaciones la Dirección General del Servicio
Penitenciario de la Provincia dependiente de esta Jurisdicción, solicita, el
llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura de
diversos cargos en el referido Organismo; y
CONSIDERANDO:
Que la gestión se
encuadra en las disposiciones de la Ley Nº 8183 Orgánica del Servicio
Penitenciario, sus modificatorias y decretos reglamentarios y en el marco de
las normas establecidas en el Régimen de Concursos para el Ingreso al Escalafón
Profesional - Personal Superior - Subescalafones Sanidad y Docente del Servicio
Penitenciario de la Provincia, aprobado por Decreto Nº 1572/96 (Art. 1°, Inc.
b);
Que, el fundamento de
la presente gestión radica en la necesidad funcional de la Institución
Penitenciaria, de contar con personal idóneo para cubrir determinados puestos
en los escalafones antes señalados;
Que por ello y en el
marco de lo dispuesto en la Ley Nacional N° 24660, de Ejecución de la Pena
Privativa de la Libertad, resulta preciso brindar el marco necesario para que
las Cárceles de esta Provincia no sean meros lugares de alojamiento de
condenados y procesados, sino Instituciones en donde efectivamente se aplique
el tratamiento penitenciario previsto en la ley y priorizar el debido respeto a
los derechos humanos. De esa forma, al contar con mayor cantidad de
profesionales avocados a la tarea de seleccionar, capacitar y especializar al
personal que trabajará o trabaja en las distintas Unidades Penitenciarias, se
tenderá a la excelencia operativa y al cumplimiento de las normas
constitucionales contenidas en los Tratados Internacionales con dicha jerarquía
normativa;
Que en ese sentido,
existe el imperativo legal por el cual en cada jurisdicción del país debe
organizarse y por ende facilitarse la formación del personal, según los
diversos roles que deba cumplir, así como su permanente actualización y
perfeccionamiento profesional;
Que ha intervenido la
Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio - Dictamen No
0456/2011,
POR ELLO,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Llámase
a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición, para cubrir diversos cargos en
la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia dependiente de
esta Jurisdicción y establecer que las Condiciones Generales, Particulares y
Requisitos para el ingreso a los distintos escalafones, como así también la
Nómina de los Integrantes del Jurado y las Remuneraciones para cada cargo a
concursar son las que figuran en los Anexos 1,2 y 3, que se agregan y forman
parte integrante de la presente norma legal y constan de tres (3) fojas útiles
los dos primeros y una (1) foja útil el restante.
ARTICULO 2° -
Establécese que el período de inscripción del presente Concurso se extenderá
por un término de cuarenta (40) días contados a partir de la fecha de la
notificación de la presente norma legal, en la Dirección General del Servicio
Penitenciario de la Provincia. La recepción de las solicitudes se realizará en
la Escuela Penitenciaria de la Provincia de Santa Fe (Blas Parera 8800, ciudad
de Santa Fe).
ARTICULO 3° -
Establécese que, además de las condiciones previstas en los artículos 1° y 2°,
deberán observarse los siguientes requerimientos:
a) Una vez vencido el
plazo de la inscripción, se publicará en las Unidades receptoras de
inscripción, la lista de concursantes durante cinco (5) días. Los antecedentes
deberán ser entregados en carpeta con Currículum Vitae y la totalidad de la
documentación que lo acredite, en fotocopias certificadas por Autoridad Judicial
o Escribano Público; asimismo todas las hojas contenidas en el sobre deberán
estar numeradas y firmadas por el interesado, indicándose la totalidad de hojas
que componen la presentación; b) La prueba de Oposición estará integrada por
una evaluación escrita y una entrevista personal; c) A partir de los treinta
(30) días corridos del cese de la publicación del Concurso se llevará a cabo el
examen de Oposición que tendrá lugar en la Escuela Penitenciaria de la
Provincia de Santa Fe notificándose a quienes se encuentren en condiciones de
rendirla, día y hora en que se llevará a cabo;
d) A los fines de la
calificación de los antecedentes, éstos se evaluarán de conformidad a lo
establecido en el articulo 7° del Decreto Nº 1572/96 y modificatorias. En lo referente
a la calificación de la Oposición, será numérica y se establecerán escalas de
cero a cien (0 a 100) puntos distribuidos estos últimos en sesenta (60) puntos
como máximo para la evaluación escrita y cuarenta (40) como máximo para la
entrevista;
e) El Orden de Mérito
surgirá de la sumatoria de ambas pruebas de Antecedentes y Oposición. Para la
aprobación del Concurso se deberá obtener un puntaje mínimo de noventa y nueve
(99) puntos equivalentes al sesenta por ciento (60%) de esa sumatoria; f) El jurado
tendrá treinta (30) días para expedirse, con opción a prórroga por igual plazo,
una vez realizada la prueba de Oposición.-
ARTICULO 4° -
Regístrese, hágase saber y archívese.
Dr. ALVARO GAVIOLA
Ministro de Seguridad
ANEXO I
CONCURSO ABIERTO DE
ANTECEDENTES Y OPOSICION PARA EL INGRESO AL ESCALAFON PROFESIONAL
1. ESCALAFON
PROFESIONAL - PERSONAL SUPERIOR (Artículo 17° APARTADO 3, inciso E de la Ley Nº
8183 y Artículo 3º, APARTADO A y Artículo 4°, inciso E del Decreto Nº 3588/78 -
SUBESCALAFON DOCENTE).
SUBESCALAFON DOCENTE:
A) Comprende a los
Docentes de Derecho en la siguientes áreas de incumbencia: a) Labor docente en
las siguientes ramas del derecho: Derecho Penal; Derecho Constitucional;
Derecho Administrativo; Derecho Penal; Derecho Procesal Penal; Derecho de
Ejecución Penal; Derechos Humanos y/o cualquier otra rama jurídica vinculada
con la ejecución de la pena privativa de libertad, para los cursos de formación
de aspirantes y cadetes.
Involucra las
actividades propias de la docencia como la planificación de las clases y
evaluaciones, elaboración de programas y sus actualizaciones, participación en
el plan curricular institucional, reuniones docentes, recibir y ofrecer
capacitación pedagógica, articulación de contenidos e integración con los
saberes laborativos del área de ejecución penal; b) Tareas docentes en la
capacitación del personal penitenciario como ser cursos de ascenso, talleres y
seminarios de formación; c) Cualquier otra actividad de incumbencia profesional
que le encargue la Dirección Provincial de Capacitación Penitenciaria, con un
total de cuatro (4) agentes los cuales tendrán el siguiente destino inicial:
cuatro (4) docentes abogados a la Escuela Penitenciaria de la Provincia de
Santa Fe.
B) Comprende al
Psicopedagogo/a, cuyas áreas de desarrollo laboral serán las siguientes: a)
Asesoramiento e intervención en la elaboración del proyecto educativo
institucional, elaboración y evolución de concursos docentes, planificación y
asesoramiento en la organización administrativo-educativa de la Escuela
Penitenciaria, b) Asistencia a la
Institución educativa en asesoramiento pedagógico, elaboración de programas,
observaciones de clases, evaluaciones institucionales, formación y capacitación
de docentes, construcción de perfiles, intervención en problemas de aprendizaje
y la enseñanza, metodología didáctica y cualquier otra actividad de incumbencia
profesional que le encargue la Dirección Provincial de Capacitación
Penitenciaria con un total de un (1) agente, el cual tendrá como destino
inicial: un (1) Psicopedagogo/a a la Escuela Penitenciaria de la Provincia de
Santa Fe-
2. Escalafón
Profesional - Personal Superior (Artículo 17° Apartado 3. inciso B de la Ley Nº
8183 y Artículo 3°, Apartado A y Artículo 4°, inciso B del Decreto Nº 3588/ 78
- Subescalafón Sanidad
Subescalafón Sanidad:
A) Comprende al
profesional Psicólogo/a en las siguientes áreas de incumbencia: a)
Participación en el ingreso y procesos de selección del personal; realización
de test, entrevistas, aplicación de baterías, construcción de perfiles,
producción de dictámenes especializados, psicodiagnósticos y cualquier otra
actividad de incumbencia profesional relativa al ingreso y selección del
personal; b) Tratamiento y atención profesional del personal penitenciario
derivada de situaciones laborales; c) Cualquier otra actividad de incumbencia
profesional que le encargue la Dirección Provincial de Capacitación
Penitenciaria con un total de un (1) agente el cual tendrá como destino
inicial:
Un (1) Psicólogo/a a
la Escuela Penitenciaria de la Provincia de Santa Fe.-
Nota: Los
Profesionales requeridos para cubrir puestos en el Subescalafón Docente, que
incluye a los profesionales del derecho y al psicopedagogo/a y/o Licenciado/a
en Ciencias de la Educación, se incorporarán previo concurso, con el grado de
Subadjutor Ayudante y el profesional Psicólogo/a lo hará con el grado de
Subadjutor, conforme lo establecido por el artículo 23° de la Ley Orgánica de
Servido Penitenciario de la Provincia de Santa Fe N° 8183/78 y modificatorias.
En cuanto a la Sede Laboral: las tareas serán desempeñadas en la Escuela
Penitenciaria de la Provincia, sito en calle Blas Parera 8800, ciudad de Santa
Fe y/o ámbito extendido a tareas particulares en los espacios del Servicio
Penitenciario Provincial. En cuanto a la extensión de la jornada laboral; la
misma quedará sometida a lo que reglamentariamente determine la Dirección
General del Servicio Penitenciario, destacándose que atento a la programación
de cursos, el desempeño de la tarea será preferentemente flexible (no
excluyente) entre horarios matutinos y vespertinos, todo ello de acuerdo a la
planificación de cursos ordinarios y extraordinarios, seminarios, talleres,
jornadas y toda otra actividad, docente que resuelva llevar adelante la
Dirección Provincial de Capacitación Penitenciaria.
Remuneraciones
(Artículo 3° inciso 3.2 del Decreto 1572/96)
Subadjutor
Remunerativos: $
3234,55
No remunerativos: $
699,50
Total: $ 3934.05
(*)(**)
Subadjutor Ayudante
Remunerativas: $
2975,00
No remunerativos: $
684,50
Total: $ 3659,50
(*)(**)
(*) Se sumarán
Adicional por Título según corresponda.
(**) Se deducirán los
descuentos de ley sobre conceptos Remunerativos.
ANEXO II
Condiciones
Generales, Particulares y Requisitos para Participar del Concurso Abierto para
el Ingreso al Servicio Penitenciario en el Escalafón Profesional - Personal
Superior
1. ESCALAFON
PROFESIONAL - PERSONAL SUPERIOR- SUBESCALAFON DOCENTE:
Condiciones generales
(Ley Nº 8183 y modificatorias)
a) Ser argentino;
b) Acreditar
antecedentes honorables y de buena conducta;
c) No tener actuación
contraria a los principios de libertad y la democracia de acuerdo con el
régimen establecido por la Constitución Nacional;
d) No haber sido
separado de la Administración Publica por exoneración;
e) Encontrarse en los
límites de edad que establece la reglamentación;
f) Rendir las pruebas
de capacidad y competencia que se determine;
g) Poseer las
aptitudes físicas y psíquicas que se determinen;
h) Haber cumplido con
los deberes de la Ley del Servicio Militar.
Condiciones particulares
(Decreto nº 3588/78 y modificatorios)
a) No tener más de
(35) treinta y cinco años de edad;
b) Poseer las
aptitudes psíquicas y físicas que establece la reglamentación;
c) Haber sido
seleccionado por concurso conforme el régimen legal vigente para el mismo;
d) Aprobar los cursos
de formación penitenciario que dicte la Escuela respectiva.
e) Poseer. Título de
Abogado con versación Docente en las áreas de incumbencia determinados
precedentemente.
f) Poseer Título de
Psicopedagogo/a
Requisitos
(Decreto N° 3588/78 y
modificatorias)
A) Poseer Titulo de
Abogado con versación docente en las áreas de incumbencia determinadas
precedentemente.-
B) Poseer Título de
Psicopedagogo/a.-
ESCALAFON PROFESIONAL
- PERSONAL SUPERIOR - SUBESCALAFON SANIDAD:
Condiciones generales
(Ley N° 8183 y modificatorias)
a) Ser argentino;
b) Acreditar
antecedentes honorables y de buena conducta;
c) No tener actuación
contraria a los principios de libertad y la democracia de acuerdo con el
régimen establecido por la Constitución Nacional;
d) No haber sido
separado de la Administración Pública por exoneración;
e) Encontrarse en los
límites de edad que establece la reglamentación;
f) Rendir las pruebas
de capacidad y competencia que se determine;
g) Poseer las
aptitudes físicas y psíquicas que se determinen;
h) Haber cumplido con
los deberes de la Ley del Servicio Militar.
Condiciones
particulares (Decreto N° 3588/78 y modificatorios)
a) No tener más de
(35) treinta y cinco años de edad;
b) Poseer las
aptitudes psíquicas y físicas que establece la reglamentación;
c) Haber sido
seleccionado por concurso conforme el régimen legal vigente para el mismo;
d) Aprobar los cursos
de formación penitenciario que dicte la Escuela respectiva.
e) Poseer Título de
Psicólogo/a con versación docente en las áreas de incumbencia determinados
precedentemente.
Requisitos
(Decreto N° 3588/ 78
y modificatorias)
A) Poseer Título de
Psicólogo/a con versación docente en las áreas de incumbencia determinadas
precedentemente.-
NOTA: Para el ingreso
en el citado Escalafón - Personal Superior - Subescalafón Docente y
Subescalafón Sanidad es necesario que los postulantes presenten la
correspondiente constancia de matriculación al Colegio Profesional
correspondiente.-
ANEXO III
NOMINA DE LOS
INTEGRANTES DEL JURADO
Presidente
Director General del
Servicio Penitenciario Dr. Mariano Bufarini
Escalafón Profesional
- Personal Superior - Subescalafón Docente
Titulares
Subdirector de la
Escuela Penitenciaria ADJ PR (JU) Alejandro M. CHAJTOWSKI
Jefa de Estudios de
la Escuela Penitenciaria ALC (SS) Claudia Merz
Suplentes
ADJ (JU) Marianela
Luna
ADJ (JU) Cecilia
Brindisi
ESCALAFON PROFESIONAL
- PERSONAL SUPERIOR SUBESCALAFON SANIDAD
TITULARES
Director de Sanidad
del Servicio Penitenciario ALCMY (CR) Daniel López
Director del E.A.R.S.
SUBALC (CR) Fernando Demiryi
SUPLENTES
ADJ (CR) Gerónimo
Ferreyra
ADJ (CR) Lucía
Dominisini
S/C 6267 Abr. 6 Abr. 8
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