DECRETO N° 0266
SANTA FE, 26 Febrero de 2007.-
VISTO:
El Expediente N° 00701-0063232-4 del Sistema de Información de Expedientes, por el cual la Dirección General de Ecología y Protección de la Fauna del Ministerio de la Producción, gestiona la prórroga del plazo de vigencia del programa de incentivos a la forestación en predios privados -régimen del plazo fijo forestal, creado por Ley N° 11111 "Plan Forestal Santafesino"; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Ley N° 11111 crea el programa de incentivos a la forestación en predios privados, a través del régimen de plazo fijo forestal, a partir de la campaña -forestal 1994/95 hasta la campaña 2003/04;
Que el artículo 1 de la Ley N° 12207 sustituye al artículo 2 de la Ley N° 11111, estableciendo la creación del programa de incentivos a la forestación en predios privados, a través del régimen del plazo fijo forestal, a partir de la campaña forestal 1994/05 hasta la campaña 2006/07, ampliando la última etapa del cronograma determinado por el artículo 12 de la Ley N° 11111 - Plan Forestal Santafesino, hasta el año 2007;
Que por el mismo artículo la Ley N° 12207 faculta al Poder Ejecutivo a modificar los plazos señalados cuando existan circunstancias que impidan el cumplimiento de los cronogramas establecidos precedentemente, no pudiendo exceder dichos plazos del año 2010;
Que el artículo 6 de la Ley N° 11111 faculta al Ministerio de Agricultura, ganadería, Industria y Comercio a delegar en la Dirección General de Ecología y Protección de la Fauna la realización de funciones y reglamentación de cuestiones de orden técnico así como las actividades tendientes al control del cumplimiento del programa de incentivos a la forestación en el artículo 2 de la citada Ley;
Que como resultado de la experiencia desarrollada a la fecha se hace necesario prorrogar el plazo de vigencia del régimen del plazo fijo forestal por cuanto existen presentaciones de planes forestales para el año 2006, y manifestaciones de interés de efectuar presentaciones al régimen de promoción forestal provincial en los años sucesivos;
Que la Provincia de Santa Fe cuenta con una excepcional conjunción de condiciones ambientales, con una amplia dotación de tierras aptas para bosques implantados, que permiten implantar tanto especies de rápido crecimiento de uso industrial como de maderas de alta calidad;
Que nuestra provincia cuenta con una estructura industrial altamente demandante de materia prima y que a la fecha debe proveerse a grandes distancias de los centros de transformación, con el impacto que este costo tiene sobre el precio final del producto;
Que existe la Ley Nacional N° 25080 "De Inversiones para Bosques Cultivados" que instituye un régimen de promoción de las inversiones que se efectúen en nuevos emprendimientos forestales y en la ampliación de los bosques existentes, y al que la Provincia de Santa Fe está adherida por Ley N° 11768;
Que el citado régimen de promoción forestal nacional tiene vigencia desde el año 1999 y hasta el año 2009;
Que se hace necesario establecer una coordinación entre los programas de promoción provincial y nacional;
Que la gestión cuenta con dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de Ministerio de la Producción;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Amplíase la vigencia del programa de incentivos a la forestación en predios privados a través del régimen del plazo fijo forestal hasta la campaña 2010.
Amplíase asimismo la última etapa del cronograma determinado por el artículo 12 de la Ley N° 11111 - Plan Forestal Santafesino- hasta el año 2010, el que quedará determinado de la siguiente manera:
-1994/95 1.500 ha.
-1995/96 3.000 ha.
-1996/97 al 2010 6.000 ha. anuales.
ARTICULO 2°.- Refréndese por los señores Ministros de la Producción y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
Ing. Qco. Roberto Armando Ceretto
C.P.N. Walter Alfredo Agosto
3663
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