picture_as_pdf 2014-02-06

SUPERELECTRIC S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber que con fecha 3 de enero de 2014 se ha inscripto en el Registro Público de Comercio, las siguientes modificaciones en el contrato social de SUPERELECTRIC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:

La prórroga por treinta años de la sociedad, venciendo en consecuencia la misma el 02/02/2044, Cambio de domicilio social a calle José Ingenieros Nº 1447 de Rosario, Renuncia del socio Héctor Hugo Vicini al cargo de gerente, Venta de cuotas sociales: La socia Stella Maris Isabel Tenaglia, titular de Ciento Sesenta (160) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una y que representan 10% del capital social, vende, cede y transfiere a Marina Vicini la totalidad de las mismas, o sea la suma de pesos un mil seiscientos ($ 1.600). El precio total de la cesión se fija de común acuerdo entre las partes en pesos siete mil ochocientos cincuenta y seis ($ 7.856). El socio Héctor Hugo Vicini, titular de un mil cuatrocientas cuarenta (1.440) cuotas de Diez Pesos ($ 10) cada una y que representan 90% del capital social, vende cede y transfiere a Marina Vicini la cantidad de ciento sesenta (160) cuotas de pesos diez ($ 10) o sea la suma de pesos Un mil seiscientos ($ 1.600) de las mismas y a Fernando Vicini la cantidad de trescientos veinte (320) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una o sea la suma de Tres mil doscientos ($ 3.200) de las mismas. El precio total de la cesión se fija de común acuerdo entre las partes de la siguiente manera: la Sra. Marina Vicini abona la suma de pesos siete mil ochocientos cincuenta y seis ($ 7.856) y el Sr. Fernando Vicini abona la suma de pesos quince mil setecientos doce ($ 15.712), Aumento del capital social a $ 180.000 (pesos ciento ochenta mil). La donación de la nuda propiedad de las cuotas sociales de Superelectric Sociedad de Responsabilidad Limitada pertenecientes al Sr. Héctor Hugo vicini, como anticipo de herencia a favor de sus hijos Marina Vicini y Fernando Vicini, reservando para sí el usufructo vitalicio sobre las cuotas donadas.

También se han modificado las cláusulas cuarta, quinta y sexta, quedando redactadas de la siguiente manera:

Cuarta: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Fabricación de ventiladores, extractores, aspiradores de uso doméstico e industrial, sus repuestos y accesorios; y b) Fabricación de luminarias eléctricas.

Quinta: Capital: El capital social es de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000) dividido en dieciocho mil (18.000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una de ellas, siendo titulares el señor Héctor Hugo Vicini del usufructo de diez mil ochocientos (10.800) cuotas, la Sra. Marina Vicini de tres mil seiscientas (3.600) cuotas y de la nuda propiedad de cinco mil cuatrocientas (5.400) cuotas y el Sr. Fernando Vicini de tres mil seiscientas (3.600) cuotas y de la nuda propiedad de cinco mil cuatrocientas (5.400) cuotas.

Sexta: Administración. Dirección y representación: Estará a cargo del socio Fernando Vicini quien revestirá el carácter de socio gerente. A tal fin usará su propia firma con el aditamento “socio-gerente” precedida de la denominación social estampada de su puño y letra o con un sello. El gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nº 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63, art. 9 con la única excepción de prestar fianzas o garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

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COMBUSTIBLES ARTEAGA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En escritura pública autorizada por el Escribano Juan Pablo Vidoret de Arteaga, Provincia de Santa Fe, el 10 de enero de 2014, se instrumentaron los siguientes actos. (I) Cesión de Cuotas Sociales. El socio Carlos Tomás Pierucci cedió 5.000 cuotas sociales a Sabina Lorena Montenegro, argentina, nacida el 30 de octubre de 1971, comerciante, D.N.I. N° 21.590.297, casada en primeras nupcias con Gerardo Rodolfo Agostini, domiciliada en Boulevard San Martín 72 de Arteaga, Provincia de Santa Fe. (II) Renuncia y Ratificación de Gerente. Carlos Tomas Pierucci renunció a su cargo de gerente y se ratificó la designación de gerente de Gerardo Rodolfo Agostini. (III) Modificación de la Cláusula Quinta del Contrato Social. Se modificó la cláusula Quinta del contrato social para dejar establecido que Gerardo Rodolfo Agostini es titular de 5.000 cuotas sociales y Sabina Lorena Montenegro es titular de 5.000 cuotas sociales. (IV) Modificación de la Cláusula Sexta del Contrato Social. Se modificó la cláusula Sexta del contrato social dejar establecido que la administración y representación legal de la sociedad esta a cargo del socio Gerardo Rodolfo Agostini quien quedó designado gerente.

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S.P.C. IDENTIFICACION GRAFICA S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO.


Traslado de Domicilio: Se establece la nueva dirección de la sede social en calle Alem N° 2342 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Todo según acta del: 11 de noviembre de 2013.

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BOULEVARD 1307 S.A.


ESTATUTO


De conformidad a lo previsto por el Art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que los señores, Jorge Sebastián Bruera, D.N.I. Nº 11.752.446, CUIT 23-11.752.446-9 nacido el 2 de agosto de 1955, con domicilio en la calle Lavalle Nº 2210 de la ciudad de Rosario, de estado civil casado en primeras nupcias con Martha Angélica Vadillo, de nacionalidad argentino y de profesión comerciante, Raúl Domingo Encina, D.N.I. Nº 13.692.194, CUIT 20-13.692.194-1, nacido el 21 de diciembre de 1959, con domicilio en la calle La Paz Nº 339 Piso 2 - Dto. “4” de la ciudad de Rosario, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, de profesión comerciante, Raúl Andrés Encina, D.N.I. Nº 32.801.962, CUIT 20-32.801.962-1, nacido el 14 de marzo de 1987, con domicilio en la calle Av. Libertad Nº 129 P.B. - Dto. “B” de la ciudad de Rosario, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, de profesión comerciante, Agustín Nicolás Bruera, D.N.I. Nº 34.420.442, CUIT 20-34.420.442-0, nacido el 25 de abril de 1989, con domicilio en la calle Lavalle Nº 2210 de la ciudad de Rosario, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, de profesión estudiante, Eduardo César Bruera, D.N.I. N° 14.087.151, CUIT 20-14.087.151-7, nacido el 24 de julio de 1960, con domicilio en la calle Vera Mujíca N° 958 de la ciudad de Rosario, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, de profesión comerciante, y Patricia Liliana Curti, D.N.I. N° 11.124.688, CUIT 27-11.124.688-8, nacido el 5 de noviembre de 1953, con domicilio en la calle Ing. Huergo N° 340 de la ciudad de Las Grutas, Provincia de Río Negro, de estado civil soltera, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, todos hábiles para contratar, han constituido mediante Contrato Privado de fecha 12 días del mes de julio de 2012, una Sociedad Anónima bajo la denominación de “BOULEVARD 1307 S.A.” la cual ha sido aprobada por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Prov. de Santa Fe mediante Resolución Nº 790/12 del 25/09/2012. Asimismo se hace saber:

Organo de Administración: La representación legal de la sociedad corresponde al presidente. Cuando se designare Vicepresidente, este también tendrá el uso de la representación, siempre y cuando el presidente este ausente o tenga impedimentos para el uso de la representación legal. Cuando se designan dos o mas Directores Titulares, estos deberán actuar conjuntamente de a dos cualesquiera de ellos. El uso de la firma social se fija conforme a lo establecido en el Art. 268 de la Ley Nº 19.550.

$ 75 220681 Feb. 6

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VINTAGE S.A.


ESTATUTO


De conformidad a lo previsto por el Art. 10 de la Ley Nº 19.550 se hace saber que se reúnen el Señor Jorge Roberto Lew, argentino, nacido el 8 de octubre de 1940, casado con Diana Chervin, de profesión comerciante, D.N.I. N° 6.038.419 , CUIT 20-06038419-4, domiciliado en Calle Laprida 1134, Piso 1, Dpto.1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y el Sr. Damián Lisandro Lew, argentino, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en Laprida 1134, 1º Piso A, de esta ciudad, nacido el 31 de Marzo 1983 , D.N.I. N° 30.048.526, CUIT 20-30.048.526-0, todos mayores de edad y hábiles para contratar, han constituido mediante Contrato Privado de fecha 17 días del mes de junio 2013, una Sociedad Anónima bajo la denominación de “VINTAGE S.A.” la cual ha sido aprobada por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Prov. de Santa Fe mediante Resolución Nº 640/13 del 04/07/2013. Asimismo se hace saber: Domicilio: En la calle Laprida 1134 P1 Dpto. 1 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto; a) La fabricación, comercialización en cualquiera de sus fases, importación y venta al por mayor y menor de materias primas textiles, hilados .telas, productos acabados de vestir y del hogar y b) productos de cosmética y marroquinería. Plazo de Duración: 99 años, contados a partir de su inscripción ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario. Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000) representado por 12.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 10,00 cada una. El capital podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550 y sus modificatorias. Organo de Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco miembros, quienes durarán en sus funciones dos ejercicios, siendo reelegibles, no obstante permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados. Primer Directorio: Designan al Sr. Damián Lisandro Lew, como Presidente y único Director y como Director Suplente al Señora Jorge Roberto Lew, quienes aceptan los cargos conferidos de conformidad, manifestando asimismo que se desempeñarán fielmente y de acuerdo con las normas y disposiciones legales en vigencia.

Fiscalización: Mientras la sociedad no esté comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, prescindirá de la sindicatura. En tal caso los socios poseen el derecho de controlar que confiere el Art. 55 de la Ley Nº 19.550. Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

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