REGISTRADA BAJO EL Nº 13507
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Dónase a la Comuna de Colonia San José, Departamento Las Colonias, dos terrenos cuyos dominios se encuentran inscriptos a nombre del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, identificado bajo el número 4925 – Tomo 189 P – Folio 296, de fecha 17 de enero de 1977, partida Impuesto Inmobiliario Nº 09-28-00091414/0045-3; y número 16973 – Tomo 159 P – Folio 866, de fecha 3 de junio (n. de 1968, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 09-28-00091414/0022-2.
ARTÍCULO 2.- Los inmuebles descriptos en el artículo 1 se donan con cargo para ser destinados a la construcción de espacios verdes y recreativos.
ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande la aplicación de lo dispuesto en la presente ley, serán soportados por la donataria.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015.
Firmado: Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente - Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 15 DIC 2015
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Firmado: Pablo Gustavo Farias – Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
16402
__________________________________________