REGISTRADA BAJO EL Nº 13063
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1.- Dónase a la comuna de Villa Saralegui, la fracción de un inmueble de propiedad del Estado Provincial, ubicado en la jurisdicción de la comuna de Villa Saralegui - departamento San Cristóbal, inscripto bajo el número 49614, tomo 104 P, folio 612, año 1961, según plano de mensura n° 8847/61, certificado de registro N° 42828, lote N° 4 de la manzana Letra"S", que cuenta con una superficie de 852m2 (ochocientos cincuenta y dos metros cuadrados), partida de impuesto inmobiliario 53961 3/0028-7; con destino a la construcción de un Salón de Usos Múltiples-SUM-.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE. .
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente Cámara de Diputados
NORBERTO BETIQUE
Presidente Provisional Cámara de Senadores
LISANDRO RUDY ENRICO
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
DIEGO A. GIULIANO
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",
30 DIC 2009
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado
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