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MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCIÓN N° 766


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional” 27 de Nov. 2014


VISTO:

El expediente N° 00301-0065631-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir el cargo vacante de Jefe Departamento Habilitación, Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo, dependiente de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial; y

CONSIDERANDO:

Que la citada Dirección General fundamenta tal petición en la urgente necesidad de cubrir tales funciones que hacen al esencial funcionamiento del área, con el objeto de organizar el trabajo mejorando los resultados;

Que a tales efectos se solicita la cobertura del cargo de Jefe Departamento Habilitación, Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo, el cual se encuentra vacante y corresponde al tramo superior;

Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento del perfil previsto para el puesto, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Llamar a concurso interno para cubrir el cargo vacante de Jefe de Departamento Habilitación, Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo dependiente de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial.

ARTICULO 2° - La descripción de los puestos y determinación de los perfiles solicitados, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 3° - Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.


ANEXO I

PERFILES DEL PUESTO


Cargo a cubrir: Categoría 06 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de Departamento Habilitación Sector: Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial.

Lugar de prestación de Servicios: Centro Cívico Gubernamental - Avda. Arturo Illia 1151- Ciudad de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Entender en la organización contable y administrar convenientemente los fondos recibidos de la Tesorería Jurisdiccional destinados a la atención de gasto de funcionamiento, viáticos y manutención.

Recibir, custodiar y depositar los fondos y valores asignados a la Dirección para gastos de funcionamiento y otros gastos.

Realizar el cómputo de las necesidades de fondos para el pago de viáticos y gastos de las comisiones de servicios.

Formalizar balances, ordenar los comprobantes de gastos y realizar las rendiciones pertinentes.

Supervisar las registraciones realizadas y demás trámites inherentes al ejercicio de sus funciones específicas.

Proporcionar la información necesaria para la elaboración del proyecto de presupuesto del organismo en cada ejercicio.

Intervenir en todo lo relacionado al abastecimiento a fin de satisfacer las necesidades de los distintos sectores que componen la Dirección.

Llevar actualizado todo lo relacionado con el inventario de la Jurisdicción.

Entender todo lo relacionado con gastos de cortesía y homenaje.

Llevar un control de todas las presentaciones y justificaciones de los movimientos financieros.

Entender en todo lo relacionado con transferencias electrónicas bancarias de fondos.

Administrar y controlar los gastos relacionados con el combustible (Visa Flota).

Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado:

. Ley N° 12.817 - Ley de Ministerios y su modificatoria Ley Nº 13.240.

. Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

Del Personal:

. Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto-Acuerdo Nº 2.695/83.

. Estatuto del Personal de la Administración Pública - Ley N° 8.525.

. Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias - Decreto N° 1919/89.

. Conocimiento General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:

. Estructura y competencias del Ministerio de Economía - Decreto N° 0033/11.

. Estructura y competencias de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial (Decreto N° 5721/91), modificada parcialmente por Decreto N° 097/10.

Conocimientos específicos:

. Ley N° 7.914, Decretos N°s. 4968/89, 0262/94, 2112/06, 0522/13 - Viáticos, Comisiones de Servicios y Normas Complementarias.

. Decreto N° 1177/12 -Gastos de alojamiento.

. Decreto N° 2189/89 y modificatorio N° 0578/94- Normas de austeridad y contención del gasto público.

. Decreto Nº 4743/13 -Seguro de Registro.

. Decreto N° 0259/08 y modificatorios N°s 0512/08; Decreto 0267/08 y 0511/08.

. Régimen de reconocimiento de gastos, Decreto Nº 0633/13 Monto actual. Manutención y normas complementarias.

. Decreto Nº 0274/08 y modificatorio Decreto N° 0911/08 - Gastos de cortesía y homenaje.

. Decreto 2846/02 - Bienes de Uso.

. Decreto Nº 4269/13-Pagos por habilitación.

. Resolución 045/2011-Delegación de facultades.

Resoluciones N°s 008/06 y 021/07 y modificatorios - Normas emanadas del Tribunal de Cuentas relacionadas con la presentación y justificación de Movimientos Financieros.

Decreto Nº 2250/12 - Visa Flota, Disposición N° 007/12 de la Dirección Provincial de Movilidad y Aeronáutica - Combustible y normas complementarias.

Decreto N° 692/09 - Acceso de la Información Pública.

Conocimientos técnicos no específicos:

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de Texto, Planilla de Cálculo, Excel, Word y Correo Electrónico.

Requisitos de Estudios o Experiencia:

Estudios secundarios completos, excluyente - (Preferentemente Contador o estudios avanzados en Ciencias Económicas).

Características Personales:

Discreción y seriedad.

Profunda responsabilidad y compromiso.

Integridad, honestidad y ética.

Buena presentación personal.

Capacidad de liderazgo.

Capacidad para la organización del trabajo.


ANEXO II

COMPOSICIÓN DEL JURADO


El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: El señor Secretario de Planificación y Política Económica, C.P. PABLO ANDRES OLIVARES.

Titulares:

El señor Subsecretario Legal, Dr. DIEGO IGNACIO CORVALAN.

La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.

La señora Subdirectora General de Despacho y Servicio Interministerial, BLANCA SELVA VAZQUEZ.

La señora Coordinadora General de la Dirección General de Administración, VIVIANA BEATRIZ CARRERAS.

El señor DARIO COSTA, en representación de UPCN.

El señor LUIS COPELLO, representación de UPCN.

El señor GERMAN RAMELLO, en representación de UPCN.

El señor RUBEN PEREYRA, en representación de A.T.E.

El señor de Secretario de Coordinación y Control de Gestiones Administrativas, Dr. PABLO RANGEL.

La señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. ANA MARIA GIANDOMENICO.

El señor Jefe de Area Asesoramiento Técnico Administrativo - Subdirector de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial, RUBEN DARIO BIANCO.

La señora Coordinadora General de Procesamiento del Despacho de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial, EDIT NORA BUGLIOLO.

La señora MONICA PAYA, en representación de UPCN.

El señor VICTOR H. CAFFARATTI, en representación de UPCN.

La señora SANDRA CODERMATZ, en representación de UPCN.

La señora ANDREA LUJAN, en representación de A.T.E.

LUGAR y FECHA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION

Coordinación General de Personal de la Dirección General de Administración, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental - de la ciudad de Santa Fe. (Puerta Nº 616)

Desde el día 03/12/14 hasta el 18/12/14 en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir del 27/11/14 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92° del Decreto Nº 1729/09.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, como así también las certificaciones digitalizadas deberán estar legalizadas por el Organismo o Entidad emisor. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del 19 de diciembre de 2014, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para todos los cargos.

La calificación de antecedentes será numérica de O a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.

Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: A partir del mes de Marzo de 2015, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: A confirmar por el jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos, para todos los cargos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 103° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: A partir del mes de Marzo de 2015, en horario a confirmar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.

Se calificará de 0 a 100 puntos, según lo establecido en el artículo 104° del Decreto N° 1729/09 — Régimen de Concursos.

Etapa VI: Entrevista Personal:

Fecha: A partir del mes de Marzo de 2015, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para ambos cargos.

Se calificará de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 105° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance dichos puntajes, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:


Categoría 6:

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%


Nota: Los formularios de inscripción podrán consultarse en la página web de la Provincia.

S/C 12402 Dic. 5

__________________________________________


MINISTERIO DE INNOVACIÓN

Y CULTURA


RESOLUCIÓN Nº 657.


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 21 de noviembre de 2014.


VISTO :

El Expediente Nº 01201-0006967-0 del registro del Sistema de Información y Expedientes -Ministerio de Innovación y Cultura- , en cuyas actuaciones se propicia la convocatoria a concurso abierto para cubrir tres cargos de distintas categorías en la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario; y

Que el Decreto Nº 516/10 homologó el Acta Paritaria Central Nº 2/2010 e instituyó un nuevo régimen de aplicación para la cobertura de cargos vacantes del tramo Personal de Orquesta del Agrupamiento Cultural – Decreto Nº 2695/83 - modificado por Decreto Nº 1800/85 del Ministerio de Innovación y Cultura, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3294/87, facultándose a los titulares de las diversas jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;

Que se encuentran vacantes y con financiamiento un cargo de categoría 5 – Suplente de solista de timbal, un cargo de categoría 5 – Suplente de solista de percusión, y un cargo de categoría 4 – Masa de Orquesta de primera – percusión, todos ellos del agrupamiento 12.Personal Cultural;

Que se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos contables previos a tales fines;

Que ha intervenido igualmente la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que oportunamente las entidades sindicales propusieron a los miembros del jurado que actuarán en su representación;

Que ha intervenido el Área de Recursos Humanos de la jurisdicción, con su informe de competencia en el que indica que las vacantes se encuentran cubiertas por personal interino hasta tanto sean cubiertos por derecho de escalafón de concurso;

Que asimismo ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Innovación y Cultura, según Dictamen Nº 316/2014;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE INNOVACIÓN Y CULTURA

Resuelve:

ARTÍCULO 1º) Convocar a concurso abierto en los términos del Decreto Nº 516/10 para la cobertura de tres (3) cargos vacantes del Agrupamiento Cultural – Tramo Personal Orquesta y Coro de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario, según se detalla en el Anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º) Aprobar la descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, las etapas del concurso y sus instancias, la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito, los puntajes para la evaluación de antecedente y técnica, las obras impuestas y los pasajes orquestales, la fecha, lugar y hora en que se llevarán a cabo cada una de las etapas así como las condiciones generales y particulares exigibles que e encuentran detallados en el Anexo I.

ARTÍCULO 3º) Aprobar la composición del jurado y el procedimiento de inscripción, que se explicitan en el Anexo II.

ARTÍCULO 4º ) Aprobar el formulario de inscripción que como Anexo III forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º) Establecer que todo cambio en cuanto a fechas de las distintas etapas deberá ser comunicado por el jurado del concurso con la debida antelación y en forma fehaciente a los postulantes.ARTÍCULO 6º) Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido para los concursos abiertos en el Artículo 5º del Decreto Nº 516/10 y archívese.

María de los Ángeles González

Ministra de Innovación y Cultura de la Provincia


ANEXO I

Jurisdicción: Ministerio de Innovación y Cultura

Organismo: Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Cargos a cubrir: 12. Agrupamiento cultural

1 categoría 5: Suplente de solista de timbal

> Salario del cargo: 13.593,99.-

1 Categoría 5: Suplente de solista de percusión

> Salario del cargo: 13.593,99.-

1 categoría 4: Masa de Orquesta de Primera - percusión

> Salario del cargo: 13.003,70.-

Etapas del concurso:

Las etapas evaluatorias tendrán un peso relativo porcentual para la conformación del orden de méritos:

Evaluación Técnica 90%

Evaluación de Antecedentes 10%

Total 100%


Evaluación: se realizará en 2 etapas

Etapa 1 - Evaluación Técnica


GUIA PARA LA EVALUACION TECNICA:


CARGO

Suplente de solista de timbal, Suplente de solista de Percusión, Masa de Orquesta de Primera -Percusión-.

INSTANCIA

1ª) Obra impuesta

PUNTAJE MAXIMO 15%

INSTANCIA

2ª) Pasajes

Orquestales

Individuales 15%

INSTANCIA

3ª) Pasajes

Orquestales (*) En orquesta 70%

PUNTAJE MAXIMO 85%


Si la obra impuesta de la 1ª instancia se realiza con acompañamiento de piano, el pianista será provisto por el concursante, teniendo la oficina de la orquesta a disposición de los concursantes una lista de pianistas de la ciudad de Rosario. El traslado, la estadía y el acompañamiento de piano de los concursantes corre por su propia cuenta y cargo.

Las dos primeras instancias se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los

participantes.

Pasajes Orquestales (*) tocados en la orquesta: esta instancia sólo corresponderá para los concursos de: concertino y suplente, solistas de cuerda - viento y sus suplentes, tuba, timbalista, percusionista solista y de fila, arpa, piano, flautín, flauta de sol, corno inglés, clarinete bajo, requinto, contrafagot, y cualquier otro instrumento con parte real.

Si el cargo concursado no requiere la realización de la 3ª instancia - pasajes orquestales en la orquesta - el puntaje determinado para estos pasajes se adicionará al puntaje previsto para la 2ª instancia, pasajes orquestales individuales.

La 1ª instancia será eliminatoria si los postulantes no alcanzan el 70% del puntaje máximo factible de obtener determinado para la misma.

Los concursos se podrán grabar con una tecnología que haga posible volver a escuchar y comparar en la deliberación, a los miembros del Jurado.

Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes

Los antecedentes tendrán una valoración máxima de 100 puntos, de acuerdo a la siguiente guía:

Puntaje Total 100%

Componentes

Puntajes Máximos

1. Experiencia y ámbito 90%

2. Tiempo de desempeño 5%

3. Otros Antecedentes 5%


1. Experiencia y ámbito: Deberá considerarse la experiencia del postulante,

considerando la combinación de su desempeño laboral con el ámbito en que ha desarrollado su trabajo, en relación al cargo que se concursa, de acuerdo a la siguiente tabla:


Desempeño e cargo de mayor jerarquía al cargo concursado

En la Orquesta

Sinfónica Convocante

90

En la otra Orquesta Sinfónica

75

En Orquesta Sinfónica del ámbito Público

60

En orquesta Sinfónica del ámbito Privado

45


Desempeño del cargo concursado

En la Orquesta

Sinfónica Convocante

80

En la otra Orquesta Sinfónica

65

En Orquesta Sinfónica del ámbito Público

50

En orquesta Sinfónica del ámbito Privado

35


Desempeño de cargo de menor jerarquía al concursado

En la Orquesta

Sinfónica Convocante

70

En la otra Orquesta Sinfónica

55

En Orquesta Sinfónica del ámbito Público

40

En orquesta Sinfónica del ámbito Privado

25


2.Tiempo de desempeño: Se valorará el tiempo de desempeño del cargo considerado en el punto anterior, otorgándose 0,50 puntos por cada 6 meses de experiencia acreditada, y hasta un máximo de 5 puntos.

3.Otros antecedentes: El Jurado graduará hasta un máximo de 5 puntos, cualquier otro antecedente presentado por los postulantes, que no hubieran sido contemplados en los puntos anteriores, y que a su juicio brinden efectiva experiencia para el desempeño de las funciones concursadas.

Antecedentes requeridos:

A) Profesionales:

Experiencia orquestal, precisando organismos, cargos y tiempo de desempeño

Título en la especialización concursada

Estudios, perfeccionamientos, grabaciones y publicaciones en la especialización concursada

Títulos musicales en otras especializaciones

Estudios, perfeccionamientos, grabaciones y publicaciones en otras especializaciones musicales

B) Conocimientos:

Ley Nº 8525, Estatuto General del Personal de la Administración Pública.

Decreto Acuerdo Nº 2695/83, Escalafón para el personal de la Administración Pública.

Decreto 1919/89- Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

CALENDARIO Y REPERTORIO DE LAS EVALUACIONES

PERCUSIÓN – SUPLENTE DE SOLISTA DE TIMBAL - CATEGORÍA 5

Perfil: Suplente de solista de timbal con obligación de percusión, que consiste en reemplazar al solista, en ejecutar parte de timbal o percusión de acuerdo a las instrucciones del solista o del director y a los requerimientos del repertorio, en tocar la parte de segundo timbal en caso de obras con dos sets de timbales, en colaborar y en asistir en la distribución y guía de la fila y en seguir la conducción del director y del jefe de fila si no lo reemplaza y en adecuar su juego al resto de la orquesta en cuanto a fuerza, color y fraseo.

Evaluación: se realizará en 2 Etapas:

Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 3 instancias:

1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.

Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esq. Mendoza, lunes 2 de marzo de 2015 a las 10 horas.

Obras:

W.Tarichen: Concierto para Timbal y orquesta 2do. Movimiento (con piano)

A Schmidt-Neri : Kettle Battle, 3º movimiento (timbal solo)

J. Delecluse: Test Claire (tambor)

2ª Instancia: Pasajes de timbales, tocados individualmente sin acompañamiento

Lugar y Fecha: lugar a determinar, martes 3 de marzo de 2015, a las 13.30 horas.

Obras:

L.v.Beethoven: 1ª Sinfonía, Menuetto (Desde 44 hata 10 de 70 y trío desde 124)

L.v.Beethoven:9ª Sinfonía (1 mov. Desde 16 hasta 7 de 541, 4 mov. 2 antes de Prestissimo al final)

B.Bartok: Concierto para orquesta, Intermezzo interrotto (desde 42 hasta 4 de 47)

J. Brahms: 1º Sinfonía (4 mov. 375 hasta el final)

F. Martin: Concierto para 7 vientos, timbales, batería y cuerdas (3º mov, 5 antes de 19 a 7 después de 22)

W.A. Mozart: La flauta mágica, obertura (desde 194 a final)

Stravinsky: Consagración de la primavera (Nº 189 hasta el final)

J. Sibelius: Finlandia (allegro hasta letra H)

R.Strauss: El caballero de la rosa (Vals, desde 8 antes de 247 hasta 2 después 257)

P.I.Tchaikovsky: 4ª Sinfonía (desde 4 antes de T hasta U incluida)

Lectura a primera vista.

Las instancias 1ª y 2ª se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).

3ª Instancia: Pasajes orquestales de timbales tocados en el seno de la orquesta

Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, miércoles 4, jueves 5 y viernes 6 de marzo de 2015, 10 horas.

Obras:

L.v Beethoven:9ª Sinfonía (scherzo, desde 195 hasta letra H)

J. Brahms: 1ª Sinfonía (1º movimiento y 4º movimiento, transición hacia la coda)

A. Dvorak: 7ª Sinfomía en re menor opus 70, 4º movimiento, principio de la reexposición, con el crescendo anterior.

G.Puccini: Turandot, acto III desde 36 hasta 37.

R.Strauss: Muerte y Transfiguración, desde un poco antes de W hasta Moderato

Ginastera: Estancia, Los peones de hacienda

D.Schostakovich: 6ª Sinfonía, 1º movimiento de 26 a 28, 2º movimiento de 65 a 68 y de 80 al final, 3º movimiento de 130 al final.

Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:

técnica, precisión rítmica, calidad de sonido, afinación, dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.

En la 3ª:

lo anterior, más integración al conjunto en ritmo, volumen, fraseo, afinación y calidad de sonido.

Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes

Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Sarmiento 1201,2º piso, Rosario, el día jueves 5 y/o viernes 6 de marzo de 2015 desde las 14 horas.

PERCUSIÓN, SUPLENTE DE SOLISTA DE PERCUSIÓN – CATEGORÍA 5

Perfil: Suplente de solista de percusión con obligación de timbal, que consiste en ejecutar todos los instrumentos de percusión, principalmente tambor, placas, platillos, etc, de acuerdo a las necesidades del repertorio y según lo disponga el solista y el director; en caso de ausencia de los timbalistas o si el repertorio lo requiere, en tocar timbal, en guiar la organización de la fila de percusión de acuerdo con el solista, en confeccionar los mapas de montaje de instrumentos y en seguir la conducción de director y del jefe de fila si no lo reemplaza y en adecuar su juego al resto de la orquesta en cuanto a fuerza, color y fraseo.

Evaluación: se realizará en 2 Etapas:

Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 3 instancias:

1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.

Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, lunes 2 de marzo de 2015 , 14.30 horas.

Obra:

. T.Mayuzumi: Concierto para Xilófono y Orquesta, 1º y 2º movimiento.

. J.Delecluse: Test Claire (Tambor)

. A. Schmidt-Neri: Kettle Battle, 3º movimiento (timbal solo)


2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento

Lugar y Fecha: lugar a determinar, martes 3 de marzo de 2015 16 horas

Obras:

Tambor:

. C.Nielsen: Concierto para clarinete (completo)

. S. Prokofiev: El Teniente Kijé (Nº 1 y Nº 5 completos)

. N. Rimsky Korsakov: Scheherazade (Nº III desde letra D hasta letra I, Nº IV completo)

. Stravinsky: Petrouschka (1 compás antes de 134 hasta 135 incluido)

Xilofón

. G. Gershwin: Porgy and Bess (comienzo hasta compás 17)

. P. Hindemith: Kammermusik Nº 1 (Nº I compás 17 a 23, Finale compás 137 a 154 y 267 a 278)

. S.Prokofiev: Scythian Suite (Nº I desde 2 hasta 6, Nº II desde 23 hasta 33)

Glockenspiel

. P. Dukas: Aprendiz de brujo (Nº 17 hasta 24)

. N. Rimsky Korsakov: La Gran Pascua Rusa (letra V hasta WW, Maestoso alla breve hasta el final)

Platos

. P.I. Tchaikovsky: Romeo y Julieta (letra E hasta F, letra T hasta U)

. A.Dvorak: Obertura Carnaval (completa)

Bombo:

. I. Stravinsky: Consagración de la primavera, Danza de la Tierra.

Tamburino

. A. Borodin: Prince Igor, Danza Polovtsiana Nº 8.

. A. Dvorak: Obertura Carnaval (completa)

Triángulo

. A. Dvorak: Obertura carnaval (completa)

Timbal

. L. v. Beethoven: 9ª Sinfonía (1º mov. Desde 16 hasta 7 de 541, 4 mov. 2 antes de Prestissimo al final)

.P.I. Tchaikovsky_ 4ª Sinfonía (desde 4 antes de T hasta U incluida)

Lectura a primera vista

Las instancias 1ª y 2ª se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).

3ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados en el seno de la orquesta

Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esquina Mendoza, miércoles 4 de marzo de 2015, 10.30 horas, jueves 5 y viernes 6 de marzo de 2015, 10 horas.

Obras:

Tambor

A. Borodin: Prince Igor, Danzas Polovtsianas (Presto letra I hasta L incluida, Letra P hasta 4º de S, 1 antes de X hasta el final)

M. Ravel: Bolero

G. Rossini: La Gazza Ladra (comienzo hasta letra B incluida)

Xilofón

. I. Stravinsky: Suite del Pájaro de fuego (Danza infernal del Rey Kaschei, Nº 11 a 14)

. I. Stravinsky: Petrouchka (versión 1947)

. D. Schostakovich: Sinfonía Nº 5

Glockenspiel

. W.A. Mozart: Flauta mágica

Platos:

. P.I.Tchaikovsky: 4ª sinfonía (IV Finale desde compás 249 hasta final)

. J. Sibelius: Finlandia (compás 184 hasta letra O)

. R. Rachmaninov: concierto Piano Nº 2 (3º mov, desde 32)

Bombo:

. A.Ginastera: Estancia, Los Peones de hacienda y Malambo.

Bombo y platos:

. I Stravinsky: Petrouchka (Versión 1947 desde 124 hasta 134)

Tamburino:

. Ginastera: Estancia, Malambo

. G. Bizet: Carmen (Aragonesa)

Triángulo:

. G.Rossini: Obertura Guillermo Tell

Timbal:

. A. Ginastera: Estancia, Los Peones de hacienda.

Lectura a primera vista

Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:

técnica, precisión rítmica, calidad de sonido, afinación (en timbal), dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.

En la 3ª:

lo anterior, más integración al conjunto en ritmo, volumen, fraseo, afinación (en timbal), calidad de sonido.

Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes

Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Sarmiento 1201, 2º Piso, Rosario, jueves 5 y/o viernes 6 de marzo de 2015 desde las 14.00 horas

PERCUSIÓN – MASA DE ORQUESTA DE PRIMERA – CATEGORÍA 4-

Perfil: Fila de percusión que consiste en ejecutar todos los instrumentos de percusión salvo los timbales, según las instrucciones de sus superiores y requerimientos del repertorio y en seguir la conducción del director y del jefe de fila si no lo reemplaza y en adecuar su juego al resto de la orquesta en cuanto a fuerza, color y fraseo.

Evaluación: Se realizará en dos etapas:

Etapa 1 – Evaluación Técnica - Se realizará en 3 instancias:

1ª Instancia: Obra impuesta con acompañamiento de piano.

Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esqu. Mendoza, lunes 2 de marzo de 2015 , 14.30 horas.

Obras:

. T.Mayuzumi: Concierto para Xilófono y Orquesta, 1º y 2º mov.

. J.Delecluse: Test Claire (Tambor)

2ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados individualmente sin acompañamiento

Lugar y Fecha: lugar a determinar, martes 3 de marzo de 2015, 16 horas

Tambor:

. C.Nielsen: Concierto para clarinete (completo)

. S. Prokofiev: El Teniente Kijé (Nº 1 y Nº 5 completos)

. N. Rimsky Korsakov: Scheherazade (Nº III desde letra D hasta letra I, Nº IV completo)

. Stravinsky: Petrouschka (1 compás antes de 134 hasta 135 incluido)

Xilofón

. G. Gershwin: Porgy and Bess (comienzo hasta compás 17)

. P. Hindemith: Kammermusik Nº 1 (Nº I compás 17 a 23, Finale compás 137 a 154 y 267 a 278)

. S.Prokofiev: Scythian Suite (Nº I desde 2 hasta 6, Nº II desde 23 hasta 33)

Glockenspiel

. P. Dukas: Aprendiz de brujo (Nº 17 hasta 24)

. N. Rimsky Korsakov: La Gran Pascua Rusa (letra V hasta WW, Maestoso alla breve hasta el final

Platos

P.I. Tchaikovsky: Romeo y Julieta (letra E hasta F, letra T hasta U)

A.Dvorak: Obertura Carnaval (completa)

Bombo:

I. Stravinsky: Consagración de la primavera, Danza de la Tierra.

Tamburino

A. Borodin: Prince Igor, Danza Polovtsiana Nº 8.

A. Dvorak: Obertura Carnaval (completa)

Triángulo

A. Dvorak: Obertura carnaval (completa)

Lectura a primera vista

Las instancias 1ª y 2ª se realizarán con biombo, a efectos de no identificar a los participantes (art. 14 del Decreto 516/10).

3ª Instancia: Pasajes orquestales, tocados en el seno de la orquesta

Lugar y Fecha: Teatro el Círculo de Rosario, calle Laprida esquina Mendoza, miércoles 4 de marzo de 2015, 10.30 horas, jueves 5 y viernes 6 de marzo de 2015, 10 horas.

Obras:

Tambor

A. Borodin: Prince Igor, Danzas Polovtsianas (Presto letra I hasta L incluida, Letra P hasta 4º de S, 1 antes de X hasta el final)

M. Ravel: Bolero

G. Rossini: La Gazza Ladra (comienzo hasta letra B incluida)

Xilofón

. I. Stravinsky: Suite del Pájaro de fuego (Danza infernal del Rey Kaschei, Nº 11 a 14)

. I. Stravinsky: Petrouchka (versión 1947)

. D. Schostakovich: Sinfonía Nº 5

Glockenspiel

. W.A. Mozart: Flauta mágica

Platos:

P.I.Tchaikovsky: 4ª sinfonía (IV Finale desde compás 249 hasta final)

J. Sibelius: Finlandia (compás 184 hasta letra O)

R. Rachmaninov: concierto Piano Nº 2 (3º mov, desde 32)

Bombo:

A.Ginastera: Estancia, Los Peones de hacienda y Malambo.

Bombo y platos:

I Stravinsky: Petrouchka (Versión 1947 desde 124 hasta 134)

Tamburino:

Ginastera: Estancia, Malambo

G. Bizet: Carmen (Aragonesa)

Triángulo:

G.Rossini: Obertura Guillermo Tell

Lectura a primera vista

Items a evaluar en las 1ª y 2ª instancias:

técnica, precisión rítmica, calidad de sonido, afinación (en timbal), dinámica, fraseo, emotividad, sensibilidad, interpretación, estilo.

En la 3ª:

lo anterior, más integración al conjunto en ritmo, volumen, fraseo, afinación (en timbal), calidad de sonido.

Etapa 2 - Evaluación de Antecedentes

Lugar y Fecha: Oficina de la orquesta, Sarmiento 1201, 2º Piso, Rosario, jueves 5 y/o viernes 6 de marzo de 2015 desde las 14.00 horas


ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN Nº 657/14.-

DE LA COMPOSICIÓN DEL JURADO

Presidente del jurado: Directora Provincial de Organismos Estables, señora Irene Chaina.

Titulares:

Aníbal Borzone, Solista de percusión de la Orquesta Sinfónica de Córdoba

Franco Rapetti, Solista de percusión de la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe

Lars Nilsson, ex-Solista de flauta de la Orquesta Sinfónica de la UNCuyo, Mendoza.

Señor David del Pino Klinge, Director Artístico de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Sergio Astudillo por UPCN

Roberto Coya por UPCN

Darío Frontuto por UPCN

María Fernanda Delfas por ATE

Suplentes:

Laura Alarcón, Solista de percusión de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Gabriel Leo, Solista de flauta de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Rodolfo Marchesini, Concertino de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Marcelo Romano, Solista de Trompeta de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Adrián García por UPCN

Mauro Torales por UPCN

Fernando Burgo por UPCN

Simón Lagier por ATE

Sólo se admitirán recusaciones o excusaciones de los miembros del jurado con expresión de alguna de las causas enumeradas a continuación, las que deberán acompañarse con las pruebas de que pretendan valerse, por escrito y dentro de los cinco días posteriores al cierre de inscripción:

Las establecidas en la Ley Nacional 25188 de “Ética de la Función Pública”:

El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad o la condición de cónyuge entre Jurado y algún aspirante.

Tener el Jurado, su cónyuge o sus consanguíneos o afines, dentro de los grados

establecidos en el inciso anterior, sociedad o comunidad de intereses con alguno de los aspirantes.

Tener el Jurado causa judicial pendiente con el aspirante.

Ser o haber sido el Jurado autor de denuncias o querellas contra el aspirante, o

denunciado o querellado por éste ante los Tribunales de Justicia u organismos públicos competentes, con anterioridad a su designación como jurado.

La autoridad convocante procederá a sustituir al miembro del Jurado cuestionado si considera atendible la presentación, e informará tal circunstancia a todos los inscriptos. En caso de desestimar la presentación, informará al recurrente dentro del mismo plazo. Habiéndose agotado el plazo de las aclaratorias y recursos establecido en el Decreto Nº 516/10 el Jurado cesará en sus funciones, debiendo remitir copia de las actuaciones al servicio de personal correspondiente.

DE LA INSCRIPCIÓN

Los postulantes podrán inscribirse personalmente o por correo postal, enviando por cualquiera de estos medios ficha de inscripción que contará con:

Nombre y Apellido

Dirección y contacto telefónico y electrónico

DNI, o en el caso de extranjeros no radicados en Argentina, pasaporte

Cargo al que concursa

Antecedentes profesionales y laborales, títulos, estudios, perfeccionamientos, grabaciones, publicaciones, siempre que sean relacionados con la especialidad

concursada. Se debe adjuntar la documentación que los acredite, con un índice que la referencie.

Todas las hojas contenidas en el sobre deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación. De existir imposibilidad de adjuntar alguno de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción. Toda fotocopia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada.

El postulante declara conocer la Resolución Ministerial Convocante al presente Concurso abierto y acepta los términos de la misma.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Marca, fábrica, luthier, (según el caso), y año/época, calidad y estado del instrumento aportado.

Lugar de inscripción:

Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario

Sarmiento 1201- 2º Piso

2000 – Rosario

Tel.: (0341) 472 1464 - email: sinfonica_derosario@yahoo.com.ar

Fechas límites y horarios de inscripción:

Del 9 al 23 de febrero de 2015 inclusive de 10:00 a 13:00 hs.

CONSTRUCCIÓN DEL ORDEN DE MÉRITOS

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Evaluación Técnica para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados, cuyo valor sea igual o mayor a:

75 puntos para cubrir el cargo de suplente de solista de timbal, Cat. 5.

75 puntos para cubrir el cargo de suplente de solista de percusión, Cat. 5.

70 puntos para cubrir el cargo de masa de orquesta de primera – percusión – Cat. 4.

En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a un nuevo concurso.

El dictamen del Jurado, contendrá como mínimo:

Nómina de lnscriptos lndicando:

Puntaje obtenido en la Evaluación Técnica.

Puntaje obtenido en la Evaluación de Antecedentes.

Puntaje Global Ponderado. Los postulantes que no hubieran superado la 1a instancia de la Evaluación técnica, no obtendrán puntaje global ponderado. Presentaciones descalificadas por improcedentes indicando la causa.

La nómina confeccionada por el orden de méritos según el punto c).

Toda la información que el jurado considere necesaria incluir.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

Reservada la actuación del jurado en materia de valoración artística, dentro de los tres (3) días de practicada dichas notificaciones, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales o aclarar conceptos oscuros.

Toda la documentación correspondiente a concurso quedará en poder de la Orquesta Sinfónica provincial de Rosario.

Dicho servicio dará vista de las fojas correspondientes a las pruebas de cada participante cuando así lo soliciten dentro del plazo para la presentación de recursos.

Finalizados todos los plazos recursivos e iniciado el trámite de designación, la documental presentada por los postulantes será reintegrada a los mismos.

DE LAS ACLARATORIAS Y RECURSOS

Lo actuado por el jurado será susceptible de los recursos de revocatoria y apelación. La revocatoria deberá deducirse dentro de los diez (10) días de practicadas las notificaciones a que hace referencia el artículo 180, o desde que se contestasen las aclaratorias si las mismas hubieren sido requeridas, a cuyos efectos deberán registrarse por escrito la fecha en que se solicitaron aclaraciones y la fecha en que las mismas fueron respondidas. La apelación podrá interponerse subsidiariamente con la revocatoria, o en forma autónoma cuando ésta fuera desestimada.

Los recursos sólo podrán fundarse en la violación por parte del Jurado, de lo dispuesto en el artículo 15º del presente, respecto de la valoración de los antecedentes, en el apartamiento manifiesto por parte del mismo de las bases y requisitos establecidos en la convocatoria respectiva, o en la omisión de formalidades sustanciales que no puedan ser suplidas con posterioridad, y tornen el procedimiento anulable.

La revocatoria será resuelta por el Jurado y su interposición suspenderá el trámite de la designación. La apelación será deducida por ante el Poder Ejecutivo, y se concederá con efecto devolutivo.

La interposición, tramitación y decisión de los recursos, se regirán por lo establecido

al respecto en la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas

adoptadas por Decreto - Acuerdo Nº 10.204/58, o la que la sustituyera en el futuro.

Una vez vencido el plazo para la presentación de los recursos de revocatoria o resueltos los mismos si hubiesen sido deducidos, la presidencia elevará a la Superioridad, en actas separadas, el dictamen del Jurado confeccionado con las formalidades prescriptas por el artículo 17º del presente Régimen, los recursos presentados, la resolución recaída en los mismos y la constancia de la notificación

fehaciente de ella a los aspirantes que lo hubiesen deducido y eventualmente a los demás si la resolución afectase su situación en la convocatoria.

Aún cuando no se hubiesen deducido recursos, o los mismos hubiesen sido desestimados, el Poder Ejecutivo Provincial o la autoridad que fuera competente para resolver podrán disponer la anulación de oficio, de todo o parte del procedimiento, si advirtiesen la concurrencia de alguna de las circunstancias que el artículo 20º del presente que establece como causales de procedencia de las impugnaciones, disponiendo simultáneamente el curso que haya de imprimirse a lo actuado.

DE LA DESIGNACIÓN

Las actas configuradas por el Jurado de conformidad con lo establecido en el artículo precedente, las que serán firmadas por todos los miembros intervinientes, formarán el expediente de iniciación del trámite de designación.

Si el ganador del concurso fuere ya un agente de la planta de personal de la Administración Pública Provincial, el mismo deberá tomar posesión dentro de los veinte (20) días de la notificación del nombramiento, pasado dicho término la designación quedará automáticamente sin efecto. Sólo podrán exceptuarse de este plazo los agentes que estando en uso de alguna licencia médica del Decreto 1919/89 se encontrasen imposibilitados de presentarse a la toma de posesión aún cuando posteriormente continuasen con dicha licencia. A tales efectos se deberán presentar las certificaciones correspondientes.

lgual criterio se aplicará cuando los designados ya fueran agentes de la Administración Provincial, pero lo fueran de otros escalafones, en tanto y en cuanto se encuentren amparados por los regímenes de licencias correspondientes.

En el caso de designaciones de personas ajenas al ámbito de la Administración Provincial, se deberá tomar posesión del cargo dentro de los 20 días de la notificación del nombramiento, caso contrario la designación quedará automáticamente sin efecto, salvo causales debidamente certificadas que serán analizadas por la autoridad competente.

Los Decretos que dispongan traslados de personal dentro del ámbito de este Escalafón, deberán cumplirse indefectiblemente dentro de los veinte (20) días de su fecha.

Hasta los doce (12) meses de formalizada la designación o promoción del personal permanente, las bajas que se produzcan en el cargo concursado o la no presentación del postulante elegido, podrán ser cubiertas sucesivamente por los que sigan en el orden de méritos asignados por el Jurado en los respectivos concursos.

DE LA UTILIZACIÓN POSTERIOR DEL ORDEN DE MÉRITOS

Si la designación del ganador del concurso, produjese en la Orquesta convocante, la vacancia de un cargo de categoría inferior a la concursada, cuyas competencias y funciones estuvieran subsumidas en el cargo concursado, podrá ofrecerse la cobertura del cargo inferior al postulante que siguiera en el orden de méritos del concurso realizado, sin necesidad de proceder a una nueva convocatoria.

Toda cuestión no prevista en la presente convocatoria será resuelta por este Ministerio de Innovación y Cultura.

S/C. 12395 Dic. 5 Dic. 10

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


NOTIFICACION


Por disposición del Señor Administrador Provincial de la Administración Provincial de Impuestos se Notifica a la firma VALNI S.A., C.U.I.T. Nº 30-70795615-8 Cuenta Nro. 904-237399-1 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con domicilio fiscal en calle Ituzaingó N° 230 Local 24 y sede administrativa en Avenida Valparaíso N° 6603, ambos de la ciudad de Córdoba (C.P. 5000), Provincia de Córdoba, por Edicto en el BOLETÍN OFICIAL, que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el inciso f) del Art. 35 del Código Fiscal - Ley 3.456 (texto según Ley Nº 13.260), la Resolución Nro. 277-8/2014 de la Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: “Expediente Nro. 13301-0233951-7 - VALNI S.A. s/inspección - Cargo S2 - 2012 - 00112 - T9 -5000 - 039.-“:

Santa Fe, 21 de Octubre de 2014.- VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:

Artículo 1ro.: Conferir vista de las actuaciones administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 69 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), al contribuyente VALNI S.A. inscripto bajo la Cuenta Nro. 904-237399-1, C.U.I.T. Nº 30-70795615-8, como consecuencia de las impugnaciones y/o cargos formulados en su contra, con respecto a los períodos fiscales 2010 (Noviembre y Diciembre), 2011 (Enero a Octubre y Diciembre) y 2012 (Enero, Febrero, Abril a Julio) referidos al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por la suma de $ 119.754,46 (Pesos ciento diecinueve mil setecientos cincuenta y cuatro con 46/100), conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, otorgándose un plazo de 15 (quince) días, que podrá ser prorrogado por otro lapso igual y por única vez, para que se allane a la pretensión fiscal o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 2do.: Conferir vista de las actuaciones administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 69 -in fine- del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), al Sr. Eduardo Raúl VALDEZ SOSA, D.N.I. N° 8.650.868, en su carácter de Presidente del directorio, como responsable, en el período en que se generó la obligación, del cumplimiento de la deuda tributaria del contribuyente VALNI S.A. inscripto bajo la Cuenta Nro. 904-237399-1, C.U.I.T. Nº 30-70795615-8, como consecuencia de las impugnaciones y/o cargos formulados en su contra, y detalladas en el artículo anterior, otorgándose un plazo de 15 (quince) días, que podrá ser prorrogado por otro lapso igual y por única vez, para que se allane a la pretensión fiscal o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 3ro.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 93 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), al contribuyente VALNI S.A. inscripto bajo la Cuenta Nro. 904-237399-1, C.U.I.T. Nº 30-70795615-8, como consecuencia de no comunicar el cambio de domicilio fiscal declarado ante esta Administración, así como también de no poner a disposición de la inspección los elementos requeridos en 3 (tres) oportunidades, tal como surge de las actuaciones obrantes en el presente expediente, incurriendo en las infracciones contempladas en los art. 45 y 76 tercer párrafo puntos 1) y 2) del mencionado texto legal, y presuntamente pasible por ello de Multas calificadas de Infracción a los Deberes Formales con respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, reglamentadas y graduadas por el art. 1° incisos c) y d) de la Resolución General N° 27/2008, modificada por la R.G. 40/09, emanadas de esta Administración, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 4to.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 93 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), al Sr. Eduardo Raúl VALDEZ SOSA, D.N.I. N° 8.650.868, en su carácter de Presidente del directorio, como responsable, en el período en que se generó la obligación del cumplimiento de la deuda tributaria ajena, como consecuencia de las infracciones mencionadas en el artículo anterior cometidas por el contribuyente VALNI S.A. inscripto bajo la Cuenta Nro. 904-237399-1, C.U.I.T. Nº 30-70795615-8, tal como surge de las actuaciones obrantes en el presente expediente, y presuntamente pasible por ello de Multas calificadas de Infracción a los Deberes Formales con respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, reglamentadas y graduadas por el art. 1° incisos c) y d) de la Resolución General N° 27/2008, modificada por la R.G. 40/09, emanadas de esta Administración, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 5to.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 93 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), al contribuyente VALNI S.A. inscripto bajo la Cuenta Nro. 904-237399-1, C.U.I.T. Nº 30-70795615-8, como consecuencia de la infracción material prima facie cometida en los anticipos Diciembre de 2011; Enero, Febrero y Abril a Julio de 2012 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, derivada de la omisión de su obligación tributaria, por encontrarse impagas y/o presentadas con posterioridad a la fecha de notificación de inicio de la inspección y/o ser inexactas las declaraciones juradas presentadas, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, correspondiendo encuadrar su conducta, en principio, como culposa -infracción material no fraudulenta-, conforme a lo previsto en el art. 86 del mencionado texto legal, y graduada de acuerdo a lo prescripto en el art. 4° de la Resolución General N° 20/2014, emanada de esta Administración, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 6to.: Instruir sumario de conformidad con lo dispuesto en el art. 93 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), al Sr. Eduardo Raúl VALDEZ SOSA, D.N.I. N° 8.650.868, en su carácter de Presidente del Directorio, como responsable, en el período en que se generó la obligación, del cumplimiento de la deuda tributaria ajena, como consecuencia de la infracción material prima facie cometida por el contribuyente VALNI S.A. inscripto bajo la Cuenta Nro. 904-237399-1, C.U.I.T. Nº 30-70795615-8, en los anticipos y tributo mencionados en el artículo anterior, derivada de la omisión de su obligación tributaria, por encontrarse impagas y/o presentadas con posterioridad a la fecha de notificación de inicio de la inspección y/o ser inexactas las declaraciones juradas presentadas, conforme se expusiera en los Considerandos de la presente, correspondiendo encuadrar su conducta, en principio, como culposa -infracción material no fraudulenta-, conforme a lo previsto en el art. 86 del mencionado texto legal, y graduada de acuerdo a lo prescripto en el art. 4° de la Resolución General Nº 20/2014, emanada de esta Administración, otorgándose un plazo de 15 (quince) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 7mo.: Hacer saber al contribuyente VALNI S.A. y al Sr. Eduardo Raúl VALDEZ SOSA, D.N.I. N° 8.650.868, como responsable del cumplimiento de la deuda tributaria ajena, que en caso de allanarse a la pretensión fiscal deberá presentar las declaraciones juradas originales o rectificativas, según corresponda, mediante los medios habilitados a tal efecto, e ingresar el saldo resultante mencionado en el art. 1° de la presente, con más los correspondientes intereses resarcitorios, calculados hasta la fecha de su efectivo pago, conforme al art. 103 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para el contribuyente y de una determinación de oficio parcial para esta Administración limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa sita en Pasaje Falucho N° 2431 - 1° Piso - 3000 - Santa Fe.

Artículo 8vo.: Comunicarles además que en caso de aceptar la pretensión fiscal, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación de la presente, corresponderá la reducción de la multa por omisión establecida en el art. 5° de la presente, a un monto equivalente a dos tercios (2/3) del mínimo legal (10% según art. 86 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), es decir, 6,66% de conformidad a lo establecido en el 2° párrafo del art. 91 del citado texto legal.

Artículo 9no.: Dejar expresa constancia, a los efectos dispuestos en el art. 66 del Código Fiscal vigente - Ley 3.456 (texto s/Ley 13.260), que la presente vista conferida es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales se hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

Artículo 10mo.: Disponer que la contestación a las vistas y sumarios instruidos deberá ser presentada en la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa sita en Pasaje Falucho Nº 2431 - 1° Piso - 3000 - Santa Fe, debiéndose comunicar a la misma cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se hace saber que las actuaciones se encuentran a disposición en la citada Dirección, en el horario de atención al público.

Artículo 11ro.: Regístrese y pase a la Dirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa - Regional Santa Fe para su conocimiento y notificación de la presente a la firma VALNI S.A., en el domicilio fiscal en calle Ituzaingó N° 230 Local 24 de la ciudad de Córdoba (C.P. 5000), en la sede administrativa sita en Avenida Valparaíso N° 6603 - Barrio Cno. San Antonio de la ciudad de Córdoba (C.P. 5103), y al sr. Eduardo Raúl VALDEZ SOSA, D.N.I. N° 8.650.868, en su domicilio particular de calle Gustavo Bandrán Nº 918 de la ciudad de Córdoba (C.P. 5000), todos de la Provincia de Córdoba, y demás efectos pertinentes.

Fdo: C.P.N. CARLOS UDRIZARD

Administrador Regional Santa Fe

Administración Provincial de Impuestos

S/C 12401 Dic. 5 Dic. 10

__________________________________________


DIRECCION GENERAL DE

RENTAS DE LA PROVINCIA

DE MISIONES


NOTIFICACION


La DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE MISIONES notifica a LA LILY S.A. (C.U.I.T.: 30-66380179-8) que en el “Expte. N° 3252-1726-2010 La Lily S.A. según Actas de Control Fiscal en Ruta N° 14890 - 14571”, se ha dictado la Resolución N° 3408/14 DGR, que en lo pertinente dice: “VISTO … CONSIDERANDO … RESUELVE:

ARTICULO lº: Rechazar el descargo interpuesto a fojas 248/259 y 294/300 por los motivos expresados en los considerandos;

ARTICULO 2°.- Aplicar al contribuyente LA LILY S.A., inscripta ante esta Dirección de Rentas como contribuyente del Impuesto sobre Ingresos Brutos, Convenio Multilateral -bajo el Nº 921-717344-1, la sanción de multa por infracción a los deberes formales por la suma de $ 260.000 (Pesos Doscientos sesenta mil) por los motivos expresados en los considerandos; conforme Actas de Comprobación N°: 14890, 14571, 15248, 16243, 16338, 16626, 17563, 18377, 18820, 29526, 29858 y 29938.

ARTICULO 3°.- Intimar al contribuyente a que en el plazo de quince días de notificado pague el monto indicado en el artículo 1 y comunique o aporte constancia del pago efectuado de acuerdo a lo previsto en la R.G. 12/94.

Vencido dicho término se procederá a iniciar juicio de ejecución fiscal;

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y con copia de la presente notifíquese al contribuyente en su domicilio sito en 27 de Febrero 6238, Rosario (CP: 2000)- Pcia. de Santa Fe. Cumplido siga el trámite que corresponda.

Fdo.: C.P.N. ROGELIO RICARDO CANTERO a/c Director Provincial de la Dirección General de Rentas Provincia de Misiones.”

Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe durante dos (2) días de acuerdo a lo normado por el art. 122 inc. e) del Código Fiscal de la Provincia de Misiones (actual Ley XXII Nº 35 del Digesto Jurídico).

S/C 12403 Dic. 5 Dic. 9

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SECRETARIA DE MEDIO

AMBIENTE


RESOLUCIÓN Nº 318


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 02 DIC 2014


VISTO:

El expediente Nº 02101-0010989-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que de las evaluaciones realizadas en la Provincia de Santa Fe a través del “Proyecto Nacional Tupinambis”, en el que participan diversas instituciones (C.I.T.E.S., W.W.F., C.I.C.U.R., Dirección de Fauna Silvestre de la Nación y las Direcciones de Fauna de las Provincias), surge la evidencia de poblaciones de iguanas (Tupinambis spp.: Salvator spp.) en Departamentos de la Provincia de Santa Fe que hacen viable su aprovechamiento comercial racional;

Que para la explotación de este recurso es necesario implementar las pautas acordadas en las sucesivas reuniones de la “Comisión Nacional Tupinambis” del Ente Coordinador interjurisdiccional para la Fauna (E.C.I.F.);

Que en fecha 16 de agosto de 1993, en Capital Federal, los representantes administradores del recurso del área de distribución de las especies de Tupinambis, conjuntamente con representantes de C.I.T.E.S., TRAFFIC SUD AMERICA y la Dirección de Fauna Silvestre de la Nación establecieron parámetros para un uso sustentable de tales especies en la República Argentina, acordando poner en práctica un marco regulatorio;

Que la Dirección General de Manejo Sustentable de Fauna y Flora de la Secretaría de Medio Ambiente ha emitido opinión al respecto;

Que para la temporada 2014/2015 nuestra Provincia sugiere mantener el cupo con respecto a la temporada inmediata anterior;

Que la competencia en la materia procede de lo establecido en las Leyes Nº 11.717 y Nº 12.817, su Decreto Reglamentario Nº 0025/07 y artículo 1º, Inciso 2) de la Resolución Nº 083/08 y sus ampliatorias Nºs. 498/09 y 650/13, todas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Habilitar la caza comercial de la iguana (Tupinambis spp.: Salvator spp.)en los Departamentos: 9 de Julio, Vera, General Obligado, San Cristóbal, San Justo y San Javier, en el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2014 y el 28 de febrero de 2015, en una cantidad que no podrá superar los OCHENTA Y TRES MIL CIEN (83.100) ejemplares para el total provincial; reservándose la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente la facultad de clausurar la temporada mediante el dictado del acto administrativo correspondiente, si las circunstancias y/o condiciones así lo aconsejaran.-

ARTÍCULO 2º.-Establecer para los productos 0obtenidos las siguientes medidas mínimas, tomadas en la parte central del cuero:

a) Productos crudos: veinticuatro (24) centímetros de ancho.

b) Productos elaborados: veinte (20) centímetros de ancho.

De no reunirse estas medidas mínimas la autoridad administrativa competente no otorgará la documentación que ampare el origen y la legítima tenencia.-

ARTÍCULO 3º.-Establecer en UN PESO CON CINCUENTA CENTAVOS ($1,50) por unidad el arancel por fiscalización y certificación de cueros de iguana (Tupinambis spp.: Salvator spp.) correspondientes a la campaña 2014/2015 La fecha máxima para la certificación y fiscalización aludidas se fija el 15 de marzo de 2015.-

ARTÌCULO 4º.-Los pagos podrán hacerse efectivos a nombre de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente en cualquier sucursal del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en la Cuenta Corriente Oficial Nº 9681/00, Suc. 0599, del Ministerio de la Producción.-

ARTÍCULO 5º.-La carne de iguana, producto de la caza comercial que se habilita por la presente Resolución, podrá comercializarse durante la temporada habilitada, con ajuste a las reglamentaciones sanitarias vigentes.-

ARTÍCULO 6º.-Los ejemplares, producto de la caza comercial que se habilita por

el presente decisorio, no podrán comercializarse como mascotas.-

ARTÍCULO 7º.-La presente Resolución también será aplicada, en lo que resultare pertinente, a animales o cueros provenientes de criaderos habilitados en la Provincia de Santa Fe, quienes deberán ajustarse a lo normado por la Resolución Nº 0074/98 de la ex Subsecretaría de Medio Ambiente y Ecología.-

ARTÍCULO 8º.-La actividad reglamentada en el presente decisorio, queda sujeta a todo lo establecido en el Decreto Ley Nº 4.218/58 ratificado por la Ley Nº 4.830, su texto reglamentario aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 4.148/63 y normas complementarias.-

ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

S/C. 12410 Dic. 5 Dic. 10

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MUNICIPALIDAD DE

GRANADERO BAIGORRIA


ORDENANZA


Que mediante Ordenanza nro. 4749/14 se declaró la emergencia del Corralón Municipal y de los depósitos municipales anexos de la ciudad de Granadero Baigorria, junto a la adhesión al Programa Nacional de Compactación (PR.O.NA.COM.) que lleva adelante la Dirección Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes del Ministerio de Seguridad de la Nación según Decreto 1742/2012 mediante el cual se ordena la compactación y/o la entrega a título gratuito con fines exclusivamente educativos, de todos los vehículos retenidos en virtud del ejercicio del poder de policía municipal y/o abandonados y/o destruidos y/o no aptos para rodar y/o la chatarra, que se encuentren depositados por un período mayor a seis (6) meses en el Corralón Municipal y depósitos anexos de nuestra ciudad.-

A tales fines se convoca a los titulares y/o infractores a retirar dichos rodados y/o acreditar derechos sobre los mismos en el plazo perentorio e improrrogable de veinticuatro (24) horas de publicado el presente, bajo apercibimiento de que vencido dicho plazo sin que se hayan acreditado derechos sobre los bienes mencionados por ante el Tribunal de Faltas actuante, el Departamento Ejecutivo Municipal incorporará los mismos al patrimonio municipal y dispondrá su compactación mediante el Programa Nacional de Compactación (PRO.NA.COM.) y/o su entrega a título gratuito a la entidad que determine oportunamente.

S/C 248925 Dic. 5

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