picture_as_pdf 2012-12-05

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARIA ANGELICA VALENTI


Por orden del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Com. de la 5° Nominación de Rosario, Secretaría autorizante, notifica que en autos: “CHIANI HECTOR RICARDO c/ORSETTI LOPEZ S.A. y Otros s/Ejecutivo” Expte. Nº 942/99, se ha ordenado que Martillera María Angélica Valenti, Mat. 1540-V-55 CUIT 23-10188293-4 venda en pública subasta el día 11 de Diciembre de 2012 a las 10 hs, en el Juzgado Comunal de Andino, o el siguiente hábil posterior, igual hora y lugar si en el designado no pudiera llevarse a cabo por alguna causa de fuerza mayor, lo siguiente: Cuatro lotes de terreno situados en el pueblo de Andino, Distrito del mismo nombre, Dpto. Iriondo, Pcia. de Santa Fe, los que según plano 77.981 del año 1974 (Registro del Dpto. Topográfico de la Dirección Pcial. de Catastro Deleg. Rosario) son los designados con los números “16, 17, 18 y 19” de la Manzana 99 y se describen así: Primero Lote Diez y Seis (16) de la Manzana 99: tiene frente al Sud-Este sobre la calle N° Veintiséis, arranque a los 23 metros de la calle Pellegrini hacia el Nor-Este cuenta con una superficie de 345m2 y mide: 10m el lado que linda al Sud-Este con la calle N° Veintiséis, 34,50m el lado que linda al Sud-Oeste con los lotes 17, 18 y 19; 10 m el lado que linda al Nor-Oeste con parte del lote 20 y 34,50m el lado que linda al Nor-Este con el lote 15. Segundo: Lote Diez y Siete (17) de la Manzana 99; tiene frente al Sud-Este sobre la calle N° Veintiséis y al Sud-Oeste sobre la calle Pellegrini; cuenta con una superficie de 333,50m2 y mide: 23m el lado que linda al Sud-Este con la calle N° Veintiséis; 14,50m el lado que linda al Sud-Oeste con la calle Pellegrini; 23m el lado que linda al Nor-Oeste con el lote 18 y 14,50m el lado que linda al Nor-Este con parte del lote 16. Tercero: Lote Diez y Ocho (18) de la Manzana 99: tiene frente al Sud-Oeste sobre la calle Pellegrini, arranque a los 14,50m de la calle N° Veintiséis hacia el Nor-Oeste, cuenta con una superficie de 230m2 y mide: 10m el lado que linda al Sud-Oeste con la calle Pellegrini, 23m el lado que linda la Nor-Oeste con el lote 19; 10m el lado que linda al Nor-Este con parte del lote 16 y 23m el lado que linda al Sud-Este con el lote 17. Y Cuarto: Lote Diez y Nueve (19) de la manzana 99; tiene frente al Sud-Oeste sobre la calle Pellegrini, arranque a los 24,50m de la calle Veintiséis hacia el Nor-Oeste, cuenta con una superficie de 230m2 y mide 10m el lado que linda al Sud-Oeste con la calle Pellegrini; 23m el lado que linda al Nor-Oeste con parte del lote 20; 10m el lado que linda al Nor-Este con parte del lote 16 y 23m el lado que linda al Sud-Este con el lote 18. Dominio Inscripto: T° 180 F° 28 Nº 124947. Dpto. Iriondo. PII 14 05 00 190511/0005-2. Con Base $ 2.146,70. Y Retasa 25%. Informa el Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el Dominio a nombre del Demandado. Hipoteca: no registra. Embargo: T° 121E F° 186 Nº 311705 por $ 34.500 de fecha 9/2/12 de autos. Ampliación T° 19 ME F° 89 Nº 330619 por $ 132.607,75 (capital) $ 22.921,50 (interés) de fecha 18/04/12 de autos T° 121E F° 187 Nº 311706 por $ 34.500 de fecha 9/2/12 de autos. T° 19 ME F° 90 N° 330618 por $ 132.607,75 (capital) $ 22.921,50 (Interés) de fecha 18/04/12 de autos T° 121E F° 188 N° 311707 por $ 34.500 de fecha 9/2/12 de autos. Ampliación T° 19 ME F° 91 Nº 330615 por $ 132.607,75 (capital) $ 22.921,50 (interés) de fecha 18/04/12 de autos T° 121E F° 189 Nº 311708 por $ 34.500 de fecha 9/2/12 de autos. Ampliación T° 19 ME F° 92 N° 330616 por $ 132.607,75 (capital) $ 22.921,50 (Interés) de fecha 18/04/12 de autos Inhibiciones: T° 122 I F° 10746 N° 408660 Monto: $ 42.419,57 del 23/12/10, Orden: Juzgado Distrito 10° Nom Rosario autos: Banco Suquía SA c/Orsetti López S.A. y ot. s/Cobro de Pesos Expte. 1254/99. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra. Desocupado conforme el acta de constatación. El comprador abonará en el acto de subasta el 10% a cuenta del precio de compra más el 3% de comisión al Martillero, los pagos se realizarán en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pago mencionados o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta, dicho monto en el Banco Municipal Suc. Rosario, caja de abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, conforme disposición del Banco Central de la Rep. Argentina, según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con apercibimiento del Art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el Martillero actuante a la AFIP. El saldo aludido deberá depositarse conforme lo ordenado precedentemente en el Banco Municipal de Rosario Suc. 80, caja de abogados, a la orden de este juzgado y para estos autos. 2) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de Remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 3) El Martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobada la subasta de conformidad con el art. 499 del GPC. Y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del CPC. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario Suc. 80 caja de abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos. 4) Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. 5) El adquirente en subasta deberá obtener la protocolización en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión mediante la intervención de un escribano público. Hágase saber que el expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la realización de la subasta y a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del CPC. Y permanecerá en Secretaría. l) Los impuestos tasas y contribuciones que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia (conf. Art. 19 inc. 11°) del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe) e I.V.A., si correspondiere quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente y deberá el Martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar son a cargo exclusivo del adjudicatario los riesgos del bien, desde la fecha de la subasta en adelante; así como son a su exclusivo cargo los gastos que por cualquier causa deban efectuarse para su mantenimiento y/o conservación, y los que resulten del levantamiento de los embargos y gravámenes, las tramitaciones necesarias para la transferencia a su favor e inscripciones correspondientes. El bien se subasta y adjudica en el estado en que se encuentra; y el adquirente deberá conformarse con los títulos y/o las constancias de autos en su caso, después del remate no se admitirán reclamos de ninguna índole por insuficiencia o falta de ellos, ni sobre la situación fáctica y/o jurídica del mismo. El inmueble se exhibirá el día anterior de 17 a 18 hs, previa concertación con la Martillera actuante Ofíciese al Juzgado de Andino a los fines de hacer conocer la presente. Rosario, 28 de Noviembre de 2012. Alfredo R. Farías, secretario.

$ 1520 186321 Dic. 5 Dic. 7

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POR

DARIO PABLO NOGUERA


Por disposición Juez 1° Instancia Distrito Civil y Comercial 3° Nominación Rosario, se dispuso que el martillero Dario Pablo Noguera, CUIT 20-21.690.149-6 remate en autos: ASOCIACION MUTUAL ARGENTINA c/ Otro s/Ejecución Hipotecaria. Exp. N° 519/10, día 13 diciembre 2012, 10 hs. en las Puertas del Juzgado Comunal de Salto Grande, lo siguiente: el 25% indiviso de una fracción de terreno de campo con todo lo en ella existente, que forma parte del lote N° 1, plano 42.416/1929, parte de la Estancia y Colonia El Carmen, Dist. Carcarañá Oeste, hoy Lucio V. López, Depto. Iriondo, Sta. Fe y que de acuerdo al plano confeccionado por el Agrimensor Torriglia en diciembre de 1954 e inscripto bajo N° 7967/55, dicha fracción es designada como lote 3, se compone de 550 m. de frente al N-E por donde linda camino público en medio con propiedad de Eugenio y Elisa Bellotti; del extremo S-E de la línea del frente y con dirección hacia el S-O, formando con la anterior un ángulo de 134° 13’ 20” parte otra de 672,70 m. por donde linda con el lote N° 4 del mismo plano, desde este extremo y con dirección hacia el N-O formando con la anterior un ángulo de 71° 33” 20” parte otra de 708,10 m., por donde linda con el lote 5 del mismo plano; de este extremo y con dirección hacia el N-E, formando con la anterior un ángulo de 90°, parte otra que va a unirse con el extremo N-O de la línea del frente que cierra la figura y mide 877,33 m., formando con la línea del frente al Norte, un ángulo de 64° 13” 20”, lindando por este rumbo con lote N° 2 del mismo plano. Superficie total: 44 has. 31 As. 95 Ca. Inscripto el dominio al T° 249 F° 160 N° 311.447 Depto. Iriondo. Saldrá a venta con Base: $ 900.000. Retasa del 25% $ 675.000 y última base $ 180.000 (20% de la primer base) y conforme acta de constatación glosada en autos a fs. 288/290. Informa Reg. Gral: Acreedor: Asoc. Mutual Independencia. Domicilio: Av. Belgrano 1166, Carcarañá: Hipoteca: 2° grado: por $ 84.500, inscripta al T° 583B F° 326 N° 347.358 de fecha 24/06/09. Acreedor: Asoc. Mutual Argentina. Domicilio: San Lorenzo 1266, Rosario. Inhibición: sin monto, inscripta al T° 21 IC F° 495 N° 401.233 de fecha 23/11/11. Autos: Carelli Jorge Omar s/Propia quiebra Exp. N° 1401/11 Juzg. C y C N° 12 San Lorenzo. Los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. Los impuestos, tasas y contribuciones, IVA y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente, como así también los gastos de regularización de planos. Previo a la transferencia, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y AFIP. Quien resulte comprador abonará en el mismo acto del remate el 10% de seña con más el 3% de comisión al martillero actuante en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo del precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Reg. Gral., con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Para el caso que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quien se realiza la compra y su N° de documento. Quien resulte comprador que deberá recurrir a un Escribano Público a los fines de la confección de la escritura que resultare pertinente. Exhibición: los dos días hábiles previos a la subasta de 10 a 11 hs. Secretaría, 29 de Noviembre de 2012. Gabriela Cossovich, secretaria.

$ 600 186403 Dic. 5 Dic. 7

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POR

PATRICIA INES FIGUEROA


Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial Civil de la 11ª. Nominación de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo de la Dra. Delia M. Giles (Jueza), el Secretario que suscribe hace saber a sus efectos que en autos: “FERRARA, JUAN CARLOS c/ Otro (DNI. N°14.567.156) s/Juicio Ejecutivo” Expte. Nº 80/08, se ha dispuesto que la martillera Patricia Inés Figueroa (C.U.I.T. 27-18.310.551-0) proceda a vender en pública subasta el día 18 de Diciembre de 2012 a las 11 horas en la Sede del Juzgado Comunal de Fray Luis Beltrán, o el siguiente día hábil de resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiera realizar el acto, a la misma hora y lugar, el 100% del inmueble cuya descripción según título es la siguiente: “Un inmueble situado en la ciudad de Fray L. Beltrán, Departamento San Lorenzo de esta provincia, constituido por el Lote 4 de la Manzana “a” del Plano Nº 105.925/51, el que conforme al mismo se encuentra ubicado en calle Sarmiento, entre las calles Saenz Peña y Guayaquil, a los 40,88 m. de Guayaquil hacia el Norte, el que Mide: 12 m. de frente al Oeste por 33,33 m. de fondo al Norte, 40,88 m. de fondo al Sur y 14,178 m. de contrafrente al Este, en línea ligeramente inclinada. Encierra la siguiente Superficie: 445,26 m2 y Linda: al Oeste con calle Sarmiento, al Norte con el lote 5, al Este con el contrafrente del lote 10 y al Sur con el lote 3, todos del mismo plano y manzana. Dominio inscripto en el Registro General Rosario en la Matrícula 15-4009. Dpto. San Lorenzo. Condiciones: el 100% del inmueble descripto, saldrá a la venta en el estado de desocupado (Terreno Baldío) de acuerdo a las constancias de autos; con la base de $ 70.000 ante el fracaso de la misma el bien saldrá a la venta en el mismo acto con retasa del 25% menos ($ 62.500) y de persistir la falta de interesados a continuación y como última base, con una retasa del 25% menos respecto de la anterior ($ 46.875), retirándose de la venta en caso de reticencia. La venta se efectuará al mejor postor, debiendo abonar quien resulte comprador el 20% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión al martillero actuante o el honorario mínimo que fija la ley 7547 del Colegio de Martilleros, en efectivo y/o cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto, acreditar en el acto de subasta la transferencia bancaria del monto en la cuenta judicial, que previamente, deberá abrir el martillero en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días de conformidad con el art. 499 del C.P.C.C. S.F. y si intimado no efectuare el pago se dejará sin efecto la misma de conformidad con lo previsto por el art. 497 del C.P.C.C. S.F., debiendo ser dicho saldo depositado en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos. En caso que dicho monto supere el importe de $ 30.000 y a tenor de lo dispuesto por la Comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., deberá realizarse por transferencia intercambiara. Si se incumpliere con dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante al A.F.I.P. Impuesto, tasas y/o contribuciones (nacionales, provinciales, municipales o comunales) IVA y gastos centrales si correspondieren, como así cualquier gravamen que pese sobre el inmueble, serán a cargo del adquirente, como así también los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia de dominio e IVA si correspondiere. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F Código Fiscal). El adquirente del bien subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, excluyéndose la opción prevista en el art. 505 segundo párrafo del C.P.C.C. S.F. Asimismo se fija como condición que, en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días bajo apercibimiento de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Informa el Registro General Rosario: I) el 100% del inmueble consta inscripto en forma a nombre del demandado. II) No registra anotadas Hipoteca, pero si la siguiente Inhibición, al T° 9 IC F° 902 N° 385806 de fecha 04/10/99, sin monto, en autos “García Miguel Angel s/Concurso Preventivo”, Expte. Nº 766/99, orden Juzgado Civil, Comercial y Laboral N° 1 de San Lorenzo; el siguiente Embargo: Presentación 331.045/10-04-08, por $ 13.000 y presentación 308.597/03-02-11 ampliación del monto del embargo por $ 14.910, ambos asientos orden este Juzgado y para estos autos. Copias de títulos e informes agregados a autos para ser revisados por los interesados, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto del remate o con posterioridad al mismo. Exhibición: el inmueble podrá ser visitado los tres días hábiles previos a la subasta en el horario de 14 a 15 hs, (hay cartel). Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales y en el transparente habilitado a tal efecto por el término de ley. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Secretaría, 27 de noviembre de 2012. Sergio A. González, secretario.

$ 998 186445 Dic. 5 Dic. 7

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