DECRETO N°
3051
Santa Fe, 24 de Noviembre de 2005.
VISTO:
El Expediente Nº 00701-0029726-8 (I y
II Cuerpos) del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el
cual la Empresa “METROPOLITANA” S.A., solicita autorización para obtener la
concesión de un servicio público de transporte de pasajeros de carácter
interurbano entre la ciudad de Rosario (Plaza Sarmiento) y la Facultad de
Agronomía de la localidad de Zavalla, pasando por la
ciudad de Pérez, utilizando la Ruta Nacional Nº 33; y
CONSIDERANDO:
Que la gestión ha sido interpuesta
conforme a las disposiciones del artículo 7 de la Ley Nº 2499, modificado por
Ley Nº 9172, cumplimentándose además con las exigencias de los secretos Nros. 11755/61 y 2041/81;
Que con sustento a distintos dictámenes
de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Industria y Comercio -hoy de la Producción-, la Coordinación de
Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Transporte emitió el dictamen Nº
0045/01 realizando una reseña, análisis técnico del planteo jurídico y lo
aconsejado en el mismo según constancias obrantes de fs.
211 a 217;
Que ante el trámite de revocatoria
contra la providencia de fs. 193 la
Dirección General de Transporte de Pasajeros y Tránsito dictó la Resolución Nº
272 de fecha 14-05-01 y posteriormente mediante Disposición Nº 003 del
13-02-01, la Dirección General de Despacho del Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Industria y Comercio -hoy de la Producción- dispuso la publicación
de Edictos que exige el Decreto Nº 05325/68, la que una vez concretada por “METROPOLITANA”
S.A., no motivó impugnación de otras prestatarias;
Que actualizada la documentación
inherente al trámite y con todos los antecedentes incorporados en autos
obrantes en fs. 41/61 y 212/234, la nueva figura
Societaria “METROPOLITANA S.A.” está integrada por Empresas Provinciales con
vastos antecedentes como transportistas en el marco de la Ley Nº 2499;
Que analizadas las presentes
actuaciones por los organismos técnicos de la Subsecretaría de Transporte del
Ministerio de la Producción, se llega a la conclusión que es procedente acceder
a lo solicitado;.
Que la Dirección General de Asuntos
Jurídicos de la Jurisdicción actuante presta su conformidad al trámite, el que
cuenta con dictamen de Fiscalía de Estado Nº 001197/03
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Otórgase
a la Empresa “METROPOLITANA” S.A., con domicilio en calle San Nicolás Nº 3511
de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el Permiso Precario Nº 267 para
explotar un servicio de Autotransporte Público de
Pasajeros entre la ciudad de Rosario (Plaza Sarmiento) y la localidad de Zavalla (Facultad de Agronomía) y viceversa, fijándose como
recorrido la Ruta Nacional Nº 33, con tráfico de pasajeros en toda su traza,
debiendo Escribanía de Gobierno, formalizar el respectivo Contrato por
Escribano Público.
ARTICULO 2º - Apruébase
para el Permiso Precario Nº 267, los horarios, establecidos en el Anexo Unico que se agrega y forma parte del presente decreto.
ARTICULO 3º - La autorización otorgada
por el presente decreto será notificada a las respectivas Autoridades
Municipales y Comunal.
ARTICULO 4º - La permisionaria deberá
poner en vigencia los cuadros tarifarios que
confeccionará el Departamento Contralor Económico de las Empresas de la
Subsecretaria de Transporte del Ministerio de la Producción.
ARTICULO 5º - El titular del Permiso
Precario deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones del artículo 14º
de la Ley Nº 10582 (teniendo presente la limitación temporal establecida por
Ley Nº 11387) y demás normas legales y reglamentarias que regulan la materia.
ARTICULO 6º - Este Permiso podrá ser
revocado en cualquier momento por el Poder Ejecutivo cuando concurran
circunstancias especiales que así lo aconsejen y obliguen, sin que la
permisionaria tenga derecho a indemnización alguna.
ARTICUL0 7º - Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
OBEID
Ing. Qco. Roberto A. Ceretto
ANEXO UNICO
CUADRO DE HORARIOS
“METROPOLITANA” S.A.
Temporada de Invierno: del 16 de marzo
al 30 de noviembre.
SALIDAS DE PLAZA SARMIENTO
(1)
Rosario 06.30 07.30 08.30 09.30 10.30 11.30 12.30 13.30 14.30 15.30 16.30 17.30 18.30 19.30
Pérez 07.05 08.05 09.05 10.05 11.05 12.05 13.05 14.05 15.05 16.05 17.05 18.05 19.05 20.05
Zavalla 07.20 08.20 09.20 10.20 11.20 12.20 13.20 14.20 15.20 16.20 17.20 18.20 19.20 20.20
SALIDAS DE FACULTAD DE AGRONOMIA
(2)
Zavalla 07.30 08.30 09.30 10.30 11.30 12.30 13.30 14.30 15.30 16.30 17.30 18.30 19.30 20.20
Pérez 07.45 08.45 09.45 10.45 11.45 12.45 13.45 14.45 15.45 16.45 17.45 18.45 19.45 20.35
Rosario 08.20 09.20 10.20 11.20 12.20 13.20 14.20 15.20 16.20 17.20 18.20 19.20 20.20 21.10
Referencias: (1) No ingresa a la
Facultad de Agronomía.
(2) Sale de la entrada al Parque Villarino
Todos los servicios no circulan los
sábados, domingos y feriados.
Temporada de Verano: del 1º de
diciembre al 15 de marzo.
SALIDAS DE PLAZA SARMIENTO
(1)
Rosario 07.00 09.00 11.00 13.00 15.00 17.00 19.00
Pérez 07.35 09.35 11.35 13.35 15.35 17.35 19.35
Zavalla 07.50 09.50 11.50 13.50 15.50 17.50 19.50
SALIDAS DE FACULTAD DE AGRONOMIA
(2)
Zavalla 08.00 10.00 12.00 14.00 16.00 18.00 20.00
Pérez 08.15 10.15 12.15 14.15 16.15 18.15 20.15
Rosario 08.50 10.50 12.50 14.50 16.50 18.50 20.50
Referencias: (1) No ingresa a la
Facultad de Agronomía.
(2) Sale de la entrada al Parque Villarino
Todos los Servicios no circulan los
sábados, domingos y feriados.
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