picture_as_pdf 2014-11-05

DECRETO N° 3608


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 28 OCT 2014

VISTO:

La gestión N° 00201-0160683-3, del registro del Sistema de información de Expedientes (S.I.E.), del Ministerio de Seguridad en cuyas actuaciones la Dirección General de Policía de Seguridad Vial solicita se amplíe el cupo por incremento de la nueva incorporación de efectivos; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1189/11 se creó la Dirección General de Policía de Seguridad Vial, habiéndose asignado en su artículo 11°, una Asignación Especial Remunerativa No Bonificable y en su Artículo 12°, se establece en 200 (Doscientos) el número de beneficiarios del suplemento que se otorga;

Que el pedido se fundamenta en consideración al incremento de personal en esa dirección dispuesto en virtud de las incorporaciones según Decreto N° 4537/13 y Resolución J.P.P. N° 011/14;

Que tal pedido conlleva a elevar en la cantidad de 210 (Doscientos Diez) agentes, siendo 410 (Cuatrocientos Diez) el total de efectivos que cumplan funciones en toda la Provincia;

Que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente para afrontar la presente gestión;

Que resulta necesario a fin de hacer viable la presente gestión, exceptuarlo de lo dispuesto en el Decreto N° 0235/96;

Que en consecuencia, de la opinión vertida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad mediante Dictamen N° 0806/14 y a las facultades del artículo 72° inciso 1) de la Constitución Provincial, es el Jefe Superior de la Administración Pública y dicta las normas que atienden a la organización, prestación y fiscalización de los servicios públicos;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º: Exceptuase la presente gestión de lo dispuesto en el Decreto N° 0235/96.

ARTICULO 2°: Modificase el Artículo 12° del Decreto N° 1189/11, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 12°: Establécese que el número de beneficiarios que se otorga en el Artículo 11º, no podrá exceder el número de Cuatrocientos Díez (410)“.

ARTICULO 3º: El gasto que demande el presente beneficio se imputará con cargo a: Jurisdicción 22- Programa 16- Actividad 00— Fuente de Financiamiento 111- Inciso 1- Partida Principal 1- Partida Parcial 3- Ubicación Geográfica 82-996-0 Finalidad 2- Función 10.

ARTICULO 4º: Refréndese por los Señores Ministros de Seguridad y de Economía.

ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Raúl Alberto Lamberto

Angel José Sciara

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