DECRETO Nº 3060
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",
26 OCT 2012
V I S T O:
El Expediente Nº 00701-0086711-5 del Sistema de Información de Expedientes, en el cual obra la nota de la Municipalidad de San Cristóbal ante la Subsecretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, mediante la cual solicita se declare a la “Noche del Recuerdo", como fiesta provincial, y a la ciudad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, como sede permanente; y
CONSIDERANDO:
Que dicho evento tiene como objetivo, mantener y reafirmar nuestro acervo cultural, sabiendo que este tipo de festejos es lo que conduce al desarrollo social de la comunidad toda, por su gran participación popular, tratándo de llegar a personas de distintas edades y deseando ampliar el crecimiento de la misma, jerarquizándola con el título de Fiesta Provincial;
Que está fiesta, se lleva a cabo en forma ininterrumpida desde el año 2005, con un marco multitudinario de público, en donde niños, jóvenes y adultos, pueden disfrutar a pleno de un espectáculo de jerarquía;
Que por Disposición Nº 003/12 de la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, recomienda se declare a la "Noche del Recuerdo" como Fiesta Provincial y a la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, como sede permanente;
Que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de la Producción, considera que eventos de esta naturaleza favorecen al turismo provincial, y deben ser apoyados desde el ámbito oficial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárase como fiesta provincial a la “Noche del Recuerdo", que organizada por la Municipalidad de la ciudad de San Cristóbal, se realizará el primer sábado del mes de marzo de 2013, en la explanada del ferrocarril de la ciudad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2º: Declárase a la ciudad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, como sede permanente de la “Fiesta Provincial de la Noche del Recuerdo".
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.
BONFATTI
Carlos Acides Fascendini
9428
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