DIRECCION PROVINCIAL DE
LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Notificación
El Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de Niñas, niños y Adolescentes en los caratulados “Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia s/ Medida excepcional ley 12.967” Expte. N° 1081/12 que tramita por ante la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Equipo Interdisciplinario de Niñez, a cargo de los Deptos. San Lorenzo, Caseros e Iriondo, sírvase notificar por este medio a la Sr. MARTIN ANTONIO BREST, DNI N° 30.851.380, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “RESOL. N° 1176. Rosario, 21 de setiembre de 2012. Y VISTOS… Y CONSIDERANDO… RESUELVO: “1.- Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2° Circunscripción respecto de Nicol Eliana y Dana Fernández y Angel Gabriel, Renzo Esteban, Ingrid Lourdes y Azul Tatiana mediante Resolución N° 14 del 27 de enero de 2012.- 2.- Hágase saber que la medida excepcional tuvo vigencia desde el 11 de abril de 2012, habiendo vencido el día 11 de julio de 2012 de manera improrrogable. Intímese a la autoridad de aplicación a los fines de adoptar las medidas definitivas a los efectos de regularizar la situación de los niños. 3.- Adviértase a la autoridad de aplicación que, al ser presentado en sede judicial el pedido de control de legalidad, debe observar estrictamente la satisfacción de los requisitos establecidos en la ley 12.967, y su modificatoria ley 13.237 y el decreto N° 619/10 y demás normativa aplicable, con especial atención al debido diligenciamiento de las notificaciones en forma legal, a la puesta a disposición de las actuaciones administrativas a los interesados, al cumplimiento del deber de información a los niños, niñas, adolescentes y sus representantes, especialmente en relación al derecho a contar con un profesional abogado de la matrícula a fin de cautelar sus derechos en el procedimiento administrativo y judicial, como así también de recibir copia de las actas de entrevista y de las resoluciones adoptadas. 4.- Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines previstos en el artículo 38 de la ley 12.967. Notifíquese a la progenitora de los niños, Graciela Fernández, y a Martín Brest, progenitor de Ángel Gabriel, Renzo Esteban, Ingrid Lourdes y Azul Tatiana Brest. Insértese y hágase saber. (Expte N° 1081/2012). Fdo. Lautaro D'Anna, Dirección Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia, Nodo Rosario-Venado Tuerto-
S/C. 9426 Nov. 5 Nov.7
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MINISTERIO DE GOBIERNO Y
REFORMA DEL ESTADO
RESOLUCION N° 0474
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 24 Octubre 2012
VISTO:
Las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona la creación de una comisión de asesoramiento y evaluación de gestiones y ofertas de aquellos trámites inherentes a los procedimientos administrativos de contratación que se lleven adelante con motivo de la realización de comicios provinciales, municipales y comunales que convocados por el Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que la efectiva realización de los comicios provinciales requieren la ejecución y seguimiento de diversos procedimientos de compras y contrataciones, entre otras gestiones, conducentes a la adquisición de los elementos y materiales necesarios para afrontar los mismos;
Que dichos procedimientos tienen como finalidad la adjudicación de los servicios, bienes, materiales y útiles necesarios para la realización de los actos eleccionarios, tales como la impresión de las boletas únicas (para todas las categorías electorales) y la provisión de urnas, afiches, fajas y boxes, entre otros;
Que el sistema Electoral Provincial, ha sido modificado primero por la Ley 12367 que introduce los comicios primarios, abiertas, simultáneos y obligatorias y luego por Ley 13.156, la cual consagra el sistema de boleta única y unificación del patrón electoral en los procesos electorales de autoridades electivas Provinciales, Municipales y Comunales de la Provincia;
Que entre otras materias y cuestiones que aborda la referida Ley 13.156, el artículo 16 de la misma dispone que el Poder Ejecutivo tendrá a su cargo el costo de la impresión de las boletas únicas correspondientes a cada categoría electoral.
Que en consecuencia se estima conveniente la creación de una comisión de asesoramiento y evaluación de diversas gestiones y ofertas relacionadas a trámites de contratación que se realicen en pos del cumplimiento de los objetivos antes señalados;
Que la intervención e integración de dicha comisión, si bien se establece inicialmente, puede ser modificada de acuerdo a las circunstancias y particularidades de otros trámites vinculados a los diversos procesos electorales que se lleven adelante en el marco legal indicado.
Que sin perjuicio de lo expuesto, la actuación de esta comisión deberá ser respetuosa de las competencias asignadas por el plexo jurídico-normativo a los distintos órganos del Poder Ejecutivo;
POR ELLO;
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y
REFORMA DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Créase la Comisión de Asesoramiento y Evaluación de trámites y ofertas que se presentaren en el marco de los procedimientos administrativos de compras y contrataciones relativos a todos los comicios provinciales, municipales y comunales que convoque el Poder Ejecutivo Provincial, la que estará integrada de la siguiente manera:
1) Señor Secretario Legal y Técnico del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado y en su reemplazo el Sr. Subsecretario Legal y Técnico y/o el Director Provincial de Reforma Política y Constitucional de la referida Cartera;
2) Señor Secretario de Tecnologías para la Gestión dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado;
3) Señora Subsecretaria de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.
4) Señor Subsecretario de Administración y de Coordinación Económica Territorial del Ministerio de Economía;
5) Señor Director General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado;
6) Señora Coordinadora de Unidades de Contratación de la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes del Ministerio de Economía;
ARTICULO 2°: Establecer que dicha comisión deberá avocarse específicamente a brindar asesoramiento y evaluar las diversas gestiones que tengan como objetivo la realización de los comicios provinciales que convocare el Poder Ejecutivo Provincial y que requieran la ejecución y seguimiento de diversos procedimientos de compras y contratación, entre otras gestiones, conducentes a la adquisición de los elementos y materiales necesarios para afrontar los actos eleccionarios.
ARTICULO 3°: Requerir y disponer la intervención de dicha comisión en aquellos casos en que se estime conveniente atento a las particularidades del objeto de la contratación perseguida, como asimismo la incorporación a ella de funcionarios y agentes de distintas áreas del Poder Ejecutivo Provincial con acreditada experiencia y conocimientos técnicos que colaboren en el análisis de la temática que puntualmente se aborde.
ARTICULO 4°: Dejar expresamente establecido que la actuación de esta comisión deberá ser respetuosa de las competencias asignadas por el plexo jurídico-normativo a los distintos órganos del Poder Ejecutivo;
ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.
RUBEN D. GALASSI
Ministro de Gobierno
Y Reforma del Estado
S/C 9413 Nov. 5
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MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 2036
VISTO:
El expediente N° 00501-0123845-7 del S.I.E. relacionado con la regulación y control del ABASTECIMIENTO Y CIRCULACION DE LOS MEDICAMENTOS en el territorio de la Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Orden Nº 2 de fecha 5 de marzo de 2002, la Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central dispuso: “Las droguerías habilitadas por la autoridad sanitaria provincial podrán en forma transitoria comercializar especialidades medicinales con otras droguerías debidamente autorizadas por autoridad sanitaria competente de su lugar de origen...”;
Que dicho acto administrativo fue dictado con carácter transitorio, teniendo en cuenta la grave situación originada con motivo de la disminución y demora en el suministro normal de medicamentos y el injustificado incremento verificado en insumos críticos;
Que en ese momento fue necesario adoptar medidas urgentes para evitar el desabastecimiento e incremento en el precio de los fármacos;
Que el objetivo primario de esta Jurisdicción, y en estricta coordinación con la Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central, es asegurar el control de los medicamentos y contribuir a erradicar la circulación de aquellos que sean ilegítimos, lo que se logra aplicando las normativas sanitarias en vigencia, que regulan la cadena de comercialización, determinando claramente cuales son los establecimientos farmacéuticos (laboratorios, droguerías y farmacias) que pueden intervenir en la misma, y la forma en que las operaciones comerciales deben llevarse a cabo;
Que la realidad imperante demuestra que se ha reestablecido la circulación normal de los medicamentos en el ámbito territorial de la Provincia;
Que, por los motivos expuestos, se estima corresponde dejar sin efecto la referida Orden N° 2/02, habiéndose expedido al respecto la Dirección General de Asuntos Jurídicos sin formular objeción alguna (Dictamen N° 87.386/12; fs. 6/7).
Que conforme a las facultades conferidas por los artículos 11° y 22° de la Ley N° 12.817, compete a este Ministerio decidir en las presentes actuaciones;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1°. Déjase sin efecto la Orden Nº 2 emitida en fecha 5 de marzo de 2002 por la Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central.
ARTICULO 2°. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
S/C 9415 Nov. 5 Nov. 6
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DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0028666-4, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1695 de fecha 12/05/2011 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.234/58, al Sr. LUIS RENE GARAY HUMERES DNI. Nº 17.276.231, con ultimo domicilio conocido en Eva Perón 975 de la localidad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 443 dictada el 04 de Junio de 2012, por el Sr. Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad Ing. Juan José Bertero y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y... Considerando... Resuelve: ARTICULO 1º- Aprobar el Acta de Infracción N° 1695 de fecha 12/05/2011, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2°. Intimar al conductor el Sr. Luis René Garay Humeres, con domicilio en Eva Perón 975 de la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, a los Transportista la Sra. Mónica Viviana Ojeda, con domicilio en Punta del Quebracho 9321 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y CARSOL S.A. con domicilio en calle España 1105, de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente, abonen la suma de $ 14.123,18 (Pesos Catorce Mil Ciento Veinticinco con 18/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis Nº 880 de esta Ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. N° 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas.
ARTICULO 3º. La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo Marca Mercedes Benz, Modelo 1633, Dominio Unidad tractora AWX 113 con Semirremolque GYR 121, Sr. Luis René Garay Humeres, con domicilio en Eva Perón 975 de la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, los transportista la Sra. Mónica Viviana Ojeda, con domicilio en Punta del Quebracho 9321 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y CARSOL S.A. con domicilio en calle España 1105, de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 14.123,18 (Pesos Catorce Mil Ciento Veinticinco con 18/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 9414 Nov. 5 Nov. 6
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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE NOVIEMBRE DE 2012
En cuanto a lo establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional Nº 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF)
1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 6,589
Asimismo, a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 0869/09, se fija como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un litro de gas oíl tipo Ultra Diesel en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino.
1 UF = 1 LITRO DE GAS OIL ULTRA DIESEL = $ 5,979
Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.
S/C 9432 Nov. 5 Nov. 9
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DIRECCION GENERAL DE
CONTRATACIONES
DISPOSICIÓN Nº 281
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30-10-2012
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de ocho (08) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE CONTRATACIONES A/C
D I S P O N E:
ARTÍCULO 1º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AMX ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-66328849-7; DIGAMMA S.R.L. CUIT N° 30-71231395-8; “GRAÑA MWM-INTERNACIONAL MOTORES” de GRAÑA OSVALDO GABRIEL CUIT N° 20-06298438-5; MEIP INGENIERIA S.R.L. CUIT N° 33-59695231-9; SOLUCIONES ANALITICAS S.A. CUIT N° 33-70929439-9.
ARTÍCULO 2º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ARPROM S.A. CUIT N° 30-70711726-1; BIO IMPLANT S.R.L. CUIT N° 30-70921726-3; HORMITEC S.R.L. CUIT Nº 30-67392243-7.
ARTÍCULO 3º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses
a partir de la presente, a las siguientes firmas: CIP TAMBOS S.R.L. CUIT N° 30-70812002-9; EL EMPORIO DE LA CONSTRUCCION S.R.L. CUIT N° 30-70805628-2; FAVINI S.A. CUIT N° 30-64156462-8; WM ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-68617257-7.
ARTÍCULO 4º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: DISTRIBUIDORA BELLOTTI S.R.L. CUIT N° 30-70148594-3.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C. 9417 Nov. 5 Nov. 6
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SECRETARIA DE ESTADO
DE CIENCIA, TECNOLOGIA
E INNOVACION
RESOLUCION Nº 090
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 31 OCT 2012
V I S T O:
El Expediente Nº 02201-0001239-4– S.I.E. -Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación-, mediante el cual se promueve el llamado a concurso a efectos de cubrir un cargo vacante de esta Jurisdicción, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1.729/2009; y
CONSIDERANDO:
Que el referido Decreto, homologatorio del Acta Paritaria Central Nº 5 reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2.695/1983, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3924/87, facultando en su artículo 90º al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concurso;
Que, según lo establecido por el artículo 118 bis del Decreto-Acuerdo N° 2.695/83 agregado por el Artículo 28º del Decreto Nº 1729/09, los cargos vacantes sobre aquellos que se otorguen subrogancias, deberán ser llamados a concurso antes de los 90 días posteriores a la asignación de dichas funciones y/o al otorgamiento de dicho suplemento;
Que mediante el Decreto Nº 0450 del 23 Marzo de 2011, se asignaron al agente CPN Pachoud Agustín, las funciones de Jefe de Departamento Presupuesto, Contable/Patrimonio y Revisiva Cargo – Categoría Nivel 6- Agrupamiento Administrativo, de la Dirección General de Administración y Despacho, otorgándosele el correspondiente suplemento por subrogancia, de acuerdo a la Estructura Orgánico-Funcional aprobada por Decreto Nº 2273/2008;
Que el 22 de Febrero de 2012 se dictó el Decreto Nº 0602, por el cual quedó vacante el cargo Nivel 6 mencionado, resultando procedente convocar a concurso a efectos de la cobertura del mismo;
Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos-contables previos a tales fines;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que han asumido la participación que por la normativa vigente -Ley Nº 10.052 y modificatorias- en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;
Que la composición de los Jurados obedece a lo ordenado por el artículo 94º del Decreto-Acuerdo Nº 2.695/83 – modificado por el Decreto 1.729/09;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2.695/1983, reemplazado por el Anexo “A” del Régimen aprobado por el Art. 2º del Decreto Nº 1.729/09;
Que este trámite puede ser resuelto por el Titular de la Jurisdicción, en mérito a las facultades que le son propias;
Por ello,
EL SECRETARIO DE ESTADO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Convóquese a concurso interno para cubrir un Cargo Categoría- Nivel 6 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de Departamento Presupuesto, Contable/Patrimonio y Revisiva de la Dirección General de Administración y Despacho perteneciente a esta Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación.-
ARTÍCULO 2°: La descripción del cargo y determinación de los requisitos solicitados así como las condiciones generales y competencias, los conocimientos generales, específicos y técnicos exigibles que integran el perfil se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito, se explicitan en el “Anexo II” de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.-
ARTÍCULO 3º.- En caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.-
ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo N° 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.-
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
Jurisdicción: Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Cargo a cubrir: Nivel 06 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de Departamento.
Dirección: Dirección General de Administración y Despacho.
Subdirección: Subdirección General de Administración.
Lugar de prestación de servicios: Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, sita en calle Bv. Pellegrini Nº 3.100 1º piso-de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.
Cantidad de puestos a cubrir: Uno (1).
Horario de trabajo: Según reglamentación vigente.
MISIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
MISIÓN:
Entender en las afectaciones de créditos para las erogaciones de cumplimientos periódico en la Jurisdicción, en la preparación y elevación de las liquidaciones para la atención de los gastos de la Jurisdicción, y en el seguimiento de la utilización de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción y en la actualización permanente de los saldos disponibles.
Entender en la permanente actualización de los registros del personal y funcionarios de la Jurisdicción que constituyen la base informativa para la aplicación de la reglamentación vigente de la A.FI.P. en materia de retenciones.
Controlar todos los gastos que se realicen como consecuencia de la entrega de fondos a la Tesorería Jurisdiccional y a los Subresponsables, y ejercer la supervisión de la correcta inversión de las partidas.
Entender en la registración patrimonial de la Jurisdicción y su actualización permanente
FUNCIONES:
1. Intervenir en el análisis contable de las contrataciones celebradas por las distintas unidades de organización de la Jurisdicción, disponiendo las reservas de créditos presupuestarios necesarios para atender su cumplimiento.
2. Controlar las facturaciones y realizar las liquidaciones periódicas.
3. Participar en el análisis del tratamiento impositivo de cada contratación, liquidando en su caso los ajustes correspondientes.
4. Organizar un sistema de registro que permita mantener permanentemente actualizada la información relacionada con los contratos vigentes en la Jurisdicción, formulando con antelación suficiente las comunicaciones sobre su vencimiento.
5. Controlar e imputar las liquidaciones practicadas directamente por la Contaduría General de la Provincia, atinentes a garantías, avales, comisiones por operaciones celebradas por la
Jurisdicción, recopilando la documentación correspondiente y verificando la periodicidad de estas afectaciones.
6. Practicar los controles sobre los listados de endeudamiento remitidos por la Contaduría General de la Provincia, conciliándolo con la información obrante en el departamento.
7. Confeccionar las liquidaciones de gastos, registrarlas y numerarlas de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.
8. Proceder al seguimiento de los pedidos de fondos en sus diversas etapas.
9. Mantener información actualizada sobre los pedidos de fondos pendientes de pagos.
10. Preparar las solicitudes semanales de transferencias de fondos elevadas a la Contaduría General de la Provincia.
11. Llevar la ejecución permanente del Presupuesto de acuerdo con las minutas recibidas.
12. Entender en la actualización permanente de los créditos presupuestarios en base al Presupuesto y las modificaciones introducidas al mismo.
13. Elaborar los Estados mensuales de Ejecución del Presupuesto de Erogaciones y Recursos de la Jurisdicción.
14. Efectuar el control de la ejecución presupuestaria jurisdiccional con idéntica información procesada por la Contaduría General de la Provincia propiciando los ajustes y correcciones que correspondan a los efectos de su conciliación.
15. Mantener actualizado el registro de Altas y Bajas que sufre la Planta de personal de la Jurisdicción.
16. Intervenir directamente en la preparación de los Anteproyectos de Presupuesto y en la actualización de los mismos por ajustes y por aplicación de políticas salariales.
17. Preparar los proyectos de modificación Presupuestaria.
18. Efectuar el seguimiento hasta su concreción, de las gestiones de modificaciones presupuestarias que se inicien, manteniendo un registro de las mismas.
19. Organizar un sistema de archivo de la documentación utilizada en el área. Organizar un archivo para cada dependencia Jurisdiccional, conteniendo los datos del personal y funcionarios, que luego se aplican para la determinación de las retenciones sobre las rentas del trabajo en relación de dependencia.
20. Verificar con el Departamento Personal y Sueldo, las novedades que se registren respecto del personal y funcionarios Jurisdiccionales, reclamando en su caso la presentación de las correspondientes Declaraciones Juradas.
21. Proceder al registro en el Sistema Informático, de las novedades producidas en cada período mensual.
22. Coordinar las acciones necesarias con el organismo provincial encargado del contralor en la etapa definitiva de la legalidad y legitimidad de las operaciones.
23. Supervisar la recepción y control de las rendiciones de cuentas.
24. Proponer su aprobación o formular los reparos que correspondan.
25. Custodiar y archivar la documentación recibida.
26. Supervisar las instrucciones que se remitan a los responsables, referentes a la inversión de fondos y presentación de rendiciones de cuentas.
27. Confeccionar los estados y balances dispuestos por las Resoluciones Nros. 9 y 10 del Tribunal de Cuentas de la Provincia y compilar los expedientes generales de rendiciones de cuentas.
28. Controlar la registración de los cargos a los responsables del manejo de fondos con y de la Administración.
29. Elevar por intermedio de la Subdirección de Administración y Dirección General de Administración y Despacho, la documentación que debe ser remitida al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
30. Controlar la remisión de intimaciones por falta de presentación de rendiciones de cuentas.
31. Registrar el patrimonio de la Jurisdicción y efectuar su actualización permanente.
32. Cumplir las normas que determinen los procedimientos de aplicación para llevar a cabo el relevamiento de bienes y su actualización, como así también para su posterior registro en el Inventario.
33. Mantener ordenado y actualizad el archivo de la documentación referente a la asignación de recursos materiales para equipamiento administrativo de la jurisdicción.
34. Reemplazar al Coordinador en caso de ausencia o impedimento.
PERFIL
REQUISITOS:
1. Título secundario (excluyente).-
2. Estudios cursados o en curso de Contador Público Nacional (preferentemente).-
3. Condiciones Generales y Competencias
Trabajo en equipo.
Pensamiento estratégico, habilidad analítica.
Marcada capacidad de trabajo y de gestión.
Profunda responsabilidad y compromiso.
Integridad, honestidad y ética.
Iniciativa, creatividad e innovación.
Orientación al trabajo por resultados.
Capacidad para la resolución de problemas.
4.Conocimientos generales, específicos y técnicos
A) Conocimientos generales del ordenamiento público provincial
Ley Orgánica de Ministerios de la Provincia de Santa Fe Nº 12.817.-
Estructura orgánica-funcional de la Jurisdicción.-
Decreto-Ley Nº 10.204/58 y Ley Nº 7.234 y modificatorias (texto vigente).-
Ley Nº 12.510 y Decreto-Ley de Contabilidad Provincial Nº 1.757/56.-
Ley Nº 8.525, Decretos Nº 2.695/1983 y mod., y 1.919/1989 y mod..-
Normativa del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.-
Conocimientos en materia impositiva Nacional y Provincial, manejo del sistema S.I.A.P. de la A.F.I.P., y conocimiento de los regímenes de retenciones impositivas nacionales y provinciales.
B) Conocimientos específicos de las áreas de competencia de la Jurisdicción
Estructura de la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación (Decreto Nº 2273/08 modificado por Decreto Nº 0404/12) y competencias de la Dirección General de Administración.-
C) Conocimientos técnicos
Excelente redacción y vocabulario administrativo y contable.-
Manejo y conocimiento de software S.I.P.A.F.-
Manejo herramientas informáticas de oficina, procesador de texto (Word), hoja de cálculos (Excel) y herramientas vinculadas a Internet a nivel usuario.-
ANEXO II
COMPOSICIÓN DEL JURADO
El Jurado estará integrado de la siguiente manera:
El Presidente:
1) El Subsecretario de Promoción Científica y Tecnológica, Dr. Roberto AQUILANO, o quien el Secretario de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación designe, que no deberá poseer un rango inferior a Subsecretario.-
Miembros Titulares:
1) La Directora Provincial de Administración, CPN Cristina Gladys TONELATTO.
2) El Director General de Administración y Despacho, CPN Ariel Arturo GÓMEZ.
3) El Sub Director General de Fiscalización del Ministerio de la Producción, Norberto Pedro LORENZ.
4) La Sub Directora de Despacho, Abog. Carolina Eve TARRÉ.
5) Heriberto MARTÍNEZ (por UPCN).
6) Roberto FUMO (por UPCN).
7) Carolina VEGA (por UPCN).
8) Mónica Beatriz GHIGLIA (por ATE).
Miembros suplentes:
1) El Subsecretario de Innovación Productiva, Lic. Germán Juan BOTTERO.
2) El Subsecretario de Apropiación Social, Ing. Marcelo BARAT.
3) La Directora Provincial de Planificación y Coordinación, Mtr. Mariana LAHITTE.
4) El Director de Programas y Proyectos, Lic. Justo RODRIGUEZ.
5) Gaspar SANCHEZ (por UPCN).
6) María C. OLMEDO (por UPCN).
7) Hugo RODRÍGUEZ (por UPCN).
8) Yolanda BARRIENTOS (por ATE).
PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN
Fecha: Desde el día 05/11/12 hasta el día 27/11/12, en el horario de 08.00 a 12.00 hs.-
Lugar de presentación de la documentación:
En la sede de la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación, sita en calle Bv. Pellegrini Nº 3.100 -primer piso- de la ciudad de Santa Fe.
Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrá ser retirado en el lugar mencionado, en el horario de 8.00 hs. a 12.00 hs.-
Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.-
El llamado a concurso deberá difundirse dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la Página Web Oficial de la Provincia.-
Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concursos abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.-
En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.-
Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO - JEFE DEPARTAMENTO P.C.P.R.”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.-
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.-
Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.-
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.-
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.-
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.-
La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.-
ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO
Etapa I: Evaluación de Antecedentes:
Fecha: 28/11/12
Lugar: Sec. de Estado de Ciencia, Tec. E Inn. Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso Santa Fe Hora: 9 hs.
La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente manera:
Para Concursos Internos
PUNTAJE TOTAL 40
ÍTEM 1. Estudios y Capacitación
COMPONENTES PUNTAJE
1.1 Educación Formal 20
1.2. Capacitación específica
1.2.1. Cursos 20
1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos
PUNTAJE TOTAL 60
ÍTEM 2. Antecedentes Laborales
2.1. Posición escalafonaria
2.1.1. En el organismo 25
2.1.2. En la Administración Provincial
2.2. Desempeño específico
2.2.1.Actual 20
2.2.2. Últimos 5 años
2.3 Antigüedad en la
Administración Provincial 5
2.4 Otros 5
2.5 Docentes y de investigación 5
Etapa II: Evaluación Técnica:
Fecha: 04/12/12
Lugar: Sec. de Estado de Ciencia, Tec. E Inn. Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º Piso Santa Fe Hora: 10 hs.
La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.
Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.
Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.
Etapa III: Evaluación Psicotécnica:
Fecha: 10/12/12
Lugar: Sec. de Estado de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 10.00 hs.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.
Etapa IV: Entrevista Personal:
Fecha: 19/12/12
Lugar: Sec. de Estado de Ciencia, Tec. e Inn. - Bv. Pellegrini Nº 3.100, 1º piso - Santa Fe
Hora: 09.00 hs.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global – experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.
Orden de Méritos:
El Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.
Dentro de los tres (3) días de practicadas dichas notificaciones, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales o aclarar conceptos oscuros.
Para la determinación del puntaje ponderado se multiplicarán los puntos obtenidos en cada Etapa por la ponderación relativa establecida en la presente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.
Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Evaluación Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 40%
Evaluación Personalidad 20%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.-
S/C. 9425 Nov. 5 Nov. 19
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