JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
RICARDO DANIEL GIUSEPPONI
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/Otros s/Apremio Fiscal. Expte. N° 335/08” se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula Nº 1572-G-131, CUIT. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día 11 de Noviembre de 2009, a las 10 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, Pcia. de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base de $ 5.742,13 (A.I.I.), de no haber oferentes, seguidamente y en el mismo acto con la base retasada en un 25% y de persistir la falta de postores, saldrá a la venta con una base del 20% de la primera base, los siguientes Inmuebles (Lotes 5 y 6, Manzana 6, Sector 35, Plano N° 90.387/1977, Mide cada lote: 11,56m x 28,95 m, Sup. Total: 334,66m 2), que forman parte de una fracción de terreno de mayor área y que según su título se describe así: “D) El lote Uno-d (1-d) ubicado con frente a la Ruta Nº 16 (pavimento), distante a los 456 metros 57 centímetros del Camino de la Media legua hacia el Norte; mide 79 metros 37 centímetros de frente al Este y de contrafrente al Oeste por 233 metros 70 centímetros de fondo en cada uno de sus costados Sud y Norte, encerrando una superficie de 18.548 metros 77 decímetros cuadrados, y Linda: al Este con la Ruta Nº 16; al Sud con el lote uno-e (lote en condominio) del mismo plano; al Oeste con parte del lote uno-c de igual plano y al Norte con Carlos Alberto Guma. Los inmuebles, dos lotes de terrenos baldío libres de personas y cosas, se venden Desocupados, conforme acta de constatación glosada a autos. De informe, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre de la demandada al T° 153 F° 298 N° 111.370, Dpto. San Lorenzo. El demandado No registra Inhibición. Los inmuebles No registran Hipotecas; Registran Embargos: 1) al T° 117 E F° 4691 N° 375090, de fecha 14/08/08, por la suma de $ 6.811,50; 2) al T° 117 E F° 4692 N° 375091 de fecha 14/08/08, por la suma de $ 6.811,50, ambos por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 20% de seña más el 3% de comisión al Martillero actuante en dinero en efectivo y/o cheque certificado, con más el 2% en concepto de Tasa de Remate conforme Ordenanza Municipal N° 482/06. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta. Dicho saldo deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A, Agencia Tribunales a la orden de este Juzgado y para estos autos. Los impuestos, tasas y contribuciones, IVA y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente, excepto la tasa municipal reclamada en autos. El inmueble no posee conexión a red de agua potable atento a que la zona de loteo en la cual se encuentra ubicado carece de la misma. Previo a la transferencia, deberán estar satisfecho todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. Para el caso de que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quien se realiza la compra y su número de documento y deberá constar en los edictos a publicarse como condición de subasta. Quien resulte comprador que deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la escritura que resultare pertinente. El Expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 (Cinco) días antes de la subasta, a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C y C., y permanecerá reservado en Secretaría. Se encuentra agregado en autos, para su revisación, copia simple de la Escritura de Dominio, acta de constatación y demás documentación informativa, advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las constancias de autos, sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo alguno después del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. Rosario, 30 de Octubre de 2009. Gabriela Cossovich, secretaria.
S/C 84422 Nov. 5 Nov. 9
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POR
OMAR ALBERTO DEL RIO
Por disposición Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación, de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo Oroño (Juez), la secretaria que suscribe, manifiesta que en autos: “COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/Otro y/o Actual Propietario y/o Responsable s/Ejecución Fiscal”. (L.E N° 5.982.671 y L.C N° 3.245.007), Expte. N° 0522/05. El Martillero Omar Alberto del Río (D.N.I. N°: 5.077.283) venderá en pública subasta, el 12 de noviembre de 2009 a las 11 hs., en la Sede del Juzgado Comunal de la localidad de Pueblo Esther, ante la actuaria, o el día siguiente hábil posterior de resultar inhábil o feriado el propuesto. El siguiente inmueble: Un lote de terreno ubicado en el Depto Rosario, Distrito Gral. Lagos de la localidad de Pueblo Esther denominado como Lote N° “49”, ubicado en un camino público entre un camino público Futuro y camino La Flecha, a los 20 mts. de Futuro camino público hacia el Sud, medidas y linderos Lote N° 50; Sud 30 mts., Lote N° 48, Este 10 mts., Lote de la vendedora y al Oeste 10 mts. Camino Público, Sup. 300 m2., según plano 85.895/76. Inscripto en el Registro General de la Propiedad al T° 476 F° 303 N° 127.137, Dto. Rosario. Conforme las condiciones de subasta peticionadas y de no haber postores por la Base ($ 200,02) ni por el 25% (150,25) de la retasa, saldrá a la venta por un 20% del avalúo fiscal ($ 40,04) como última base. El inmueble saldrá a la venta como Desocupado, conforme el acta de constatación. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales si correspondiere) serán a cargo del adquirente. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañar constancia del diligenciamiento antes del acto de subasta. Ello sin perjuicio de lo normado por el Art. 503 C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los Arts. 494 y 495 C.P.C.C. y permanecer en Secretaría, bajo apercibimientos de suspenderse la subasta. Modalidad de pago: seña del 10% (más 3% Comisión al Martillero) en moneda de curso legal y el saldo de precio de la misma que el comprador podrá abonar en efectivo o cheque cancelatorio certificado o endoso de plazo fijo. No procederá la compra en comisión. El adquirente deberá concurrir a Escribano Público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Del informe expedido por el Registro de la Propiedad se desprende el siguiente gravamen: Embargo: Monto $ 4.472,42. Fecha: 27/04/09. Autos: Estos obrados. Inscripto al T° 118 E F° 1895 N° 330.150, contra: Perezlindo, María Manuela Egidia y Roccati, Ricardo José. El martillero fija domicilio en la calle Córdoba N° 615, Piso 2° Dto. “4”, de Rosario. Fdo: Dr. Eduardo Oroño (Juez), Dra. María Silvia Beduino. Rosario, Octubre de 2009. María Silvia Beduino, secretaria.
S/C 84462 Nov. 5 Nov. 9
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