ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
Por
disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente
ECHENIQUE MARCELINA FAUSTA, Cuenta Nº 021-286737-2 con domicilio en calle Velez Sarfield Nº 240 de la
ciudad de Rosario (C.P. 2000) - PROVINCIA DE SANTA
FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que
se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el
Art. 97 del Código Fiscal (T.O. 1997), la
Resolución Nº 1302-8/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0192150-7
¨ ECHENIQUE, MARCELINA FAUSTA ¨
Rosario, 28
de Junio de 2002 .-
VISTO; ............................... CONSIDERANDO: .............................
RESUELVE:
ART. 1º:
Determinar los reajustes impositivos en concepto
de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110 practicados
al contribuyente ECHENIQUE MARCELINA FAUSTA Cuenta Nro.
021-286737-2 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs.
68/69, del referido Expte. y
aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de conformidad al
siguiente detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS |
DIF.DE IMPUESTO |
MULTAS |
RECARGOS E INTERESES |
TOTALES |
Ing. Brutos 1997/07 a 09 |
81,00 |
62,97 |
135,31 |
279,28 |
Ing. Brutos 1998/08 a 12 |
135,00 |
104,96 |
168,96 |
408,92 |
Ing. Brutos 1999/01 a 12 |
324,00 |
251,91 |
326,16 |
902,07 |
Ing. Brutos 2000/01a 12 |
324,00 |
251,91 |
209,54 |
785,45 |
Ing. Brutos 2001/01 |
27,00 |
20,99 |
12,15 |
60,14 |
Ap. Sociales 1997/07 |
20,16 |
17,16 |
34,38 |
71,70 |
Ap. Sociales 1998/04 a 12 |
201,60 |
171,60 |
263,45 |
636,65 |
Ap. Sociales 1999/01 a 12 |
262,08 |
223,08 |
262,34 |
747,50 |
Ap. Sociales 2000/01 a 12 |
262,08 |
223,08 |
168,01 |
653,17 |
Ap. Sociales 2001/01 |
20,16 |
17,16 |
9,07 |
46,39 |
Infracción a los Deberes Formales Resol. 06/93 - Art. 1º inc.b y d ) |
|
|
250,00 |
250,00 |
TOTAL GENERAL |
1.657,08 |
1.594,82 |
1.589,37 |
4.841,27 |
ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro
del plazo de 15 (quince) días
establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de
la suma de $ 4.841,27 (Pesos: CUATRO MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 27/100) conforme a lo detallado en el
articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago
en término y dejándose constancia que se
trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva
resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades
conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare
inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y
satisfacer la diferencia resultante.-
ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas
por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que
dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la
deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las
constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y
CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en
consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se
irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-
ART. 4º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE
PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación
y demás efectos pertinentes.-
C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de
Impuesto
S/C. 19185 Nov. 5 Nov. 11
___________________________________________________________________
Por
disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a la
firma UNILESTER S.A., cuenta Nro. 021-238502-7 del
impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110, con domicilio
fiscal en calle Avda. Provincias Unidas 1366 de la
ciudad Rosario - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se
publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art.
97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº
164/02 IND. dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0044075-5
¨UNILESTER S.A. ¨
Santa Fe, 26
de Junio de 2002 .-
VISTO; ............................... CONSIDERANDO: .............................
RESUELVE:
ART. 1º:
hacer lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto
contra la Resolución Nº 2560/97 de
Administración Regional Rosario por la firma UNILESTER S.A., con
domicilio fiscal en Avda. Provincias Unidas 1366 de
la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, cuenta Nº 021-238502-7 del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110.
ART. 2º; Requerir a la firma UNILESTER S.A. y/o HECTOR
RUBEN FUSIANO, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el Art. 54
del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 3.966,72 (pesos tres mil novecientos sesenta y seis
con setenta y dos ctvs.) en concepto de diferencias
de impuestos, intereses y multa por
omisión, graduada según Res. Gral. Nº 04/98, correspondiente a los anticipos
01,11 y 12/95; 01 a 04/96 intereses por pagos fuera de término de los anticipos
01,02 y 06/93 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos e impuestos, intereses y
multa por omisión, graduada según Resolución Gral. Nº 04/98, correspondiente a
los anticipos 05 a 12/95 y 01 a 04/96 de Aportes Sociales Ley 5110, de acuerdo
al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de
Fiscalización Externa Nº 3 de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 150 y que forma parte de la presente.
ART. 3º: De acuerdo a
las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5) del
citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de
notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita
las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional
Rosario - Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización
Externa, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo
apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo,
debiendo en consecuencia soportar la carga de los cotos y costas judiciales que
se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
ART. 4º: Regístrese, comuníquese y pase a
Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás
efectos.
C.P.N. DAVID ESSAYA
Administrador Pcial.
de Impuestos
CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE
|
|
|
||||||
Contribuyente: UNILESTER |
Domicilio: PCIAS. UNIDAS 1366 |
Cta. Nº: 021-238502-7 Expte.13302-0044075-5 |
||||||
Concepto |
Diferencias de Impuestos Liquidados |
Multas |
Intereses |
Total |
||||
|
al
|
Calificación |
% |
Monto |
|
|
||
Ing.Brutos 1995/01-11-12 |
566,37 |
Res.04/98Art5º |
10,00 |
56,64 |
1.467,86 |
2.090,87 |
||
Ing.Brutos 1996/01 a 04 |
215,74 |
Res.04/98Art5º |
10,00 |
21,57 |
493,45 |
730.76 |
||
I.B.(P.F.T.)1993/01-02-06 |
|
|
|
|
193,31 |
193,31 |
||
Ap.Sociales 1995/05 a 12 |
180,93 |
Res.04/98Art5º |
66,50 |
120,32 |
450,09 |
751,34 |
||
Ap.Sociales 1996/01 a 04 |
50,75 |
Res.04/98Art5º |
66,50 |
33,75 |
115,94 |
200,44 |
||
|
|
|
|
|
|
|
||
|
|
|
|
|
|
|
||
Totales |
1.013,79 |
|
|
232,28 |
2.720,65 |
3.966,72 |
||
SON PESOS: TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 72/100.- RESOLUCION
INDIVIDUAL Nº: 164/02
Fecha:
26/06/02
C.P.N. DAVID
ESSAYA
Administrador Pcial.
de Impuestos
S/C. 19186 Nov. 5 Nov. 11
___________________________________________________________________
Por
disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente
DOMINGUEZ RUBEN DARIO, Cuenta Nº 021-270125-4
con domicilio fiscal en calle Gral. Lopez 255
de la ciudad de VILLA GOBERNADOR GALVEZ - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se
publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art.
97 del Código Fiscal (T.O. 1997), la
Resolución Nº 1471-1/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0207734-8
¨ DOMINGUEZ RUBEN DARIO ¨
Rosario, 17
de Julio de 2002 .-
VISTO; ............................... CONSIDERANDO: .............................
RESUELVE:
ART. 1º:
Establecer de oficio, sobre base presunta los ajustes determinados en concepto de Impuesto sobre los Ingresos
Brutos practicados al contribuyente
DOMINGUEZ RUBEN DARIO Cuenta Nro. 021-270125-4 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a
fs. 33 Y 34 y aplicar las penalidades aconsejadas por
la verificación de conformidad al siguiente detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS |
DIF.DE IMPUESTO |
RECARGOS E INTERESES |
MULTAS |
TOTALES |
Ing. Brutos 1996/01 a 12 |
834,71 |
1.643,07 |
649,82 |
3.127,60 |
Ing. Brutos 1997/01 a 12 |
3.319,96 |
5.763,37 |
2.584,58 |
11.667,91 |
Ing. Brutos 1998/01 a 12 |
3.213,58 |
4.397,63 |
2.501,77 |
10.112,98 |
Ing. Brutos 1999/01 a 12 |
3.090,76 |
3.151,69 |
2.406,15 |
8.648,60 |
Ing. Brutos 2000/01 a 12 |
3.214,89 |
2.121,01 |
2.502,79 |
7.838,69 |
Ing. Brutos 2001/01 a 07 |
1.858,16 |
697,94 |
1.446,58 |
4.002,68 |
I.Brutos (P.F.T.) 1995/07-09-10-12 |
|
24,94 |
|
24,94 |
I.Brutos(P.F.T.)1996/02-03-05-07-09 |
|
31,10 |
|
31,10 |
Infracción a los Deberes Formales Resol. 06/93 - Art. 1º
inc. d ) |
|
|
300,00 |
300,00 |
TOTAL GENERAL |
15.532,06 |
17.830,75 |
12.391,69 |
45.754,50 |
ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro
del plazo de 15 (quince) días
establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de
la suma de $ 45.754,50 (Pesos: CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO CON 50/100) conforme a lo detallado en el articulo
anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en
término y de lo establecido por el art. 156 del
citado cuerpo legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a
cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique
enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de
aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda
subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia
resultante.-
ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas
por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que
dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la
deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las
constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y
CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia
soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el
juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que
por turno y/o competencia correspondan.-
ART. 4º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE
PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación
y demás efectos pertinentes.-
C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de
Impuesto
S/C. 19187 Nov. 5 Nov. 11
___________________________________________________________________
Por
disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma
JUGUETERIA Y LIBRERIA POPEYE S.R.L. , Cuenta Nº
021-289274-1 con domicilio en calle Liniers 1254 de
la ciudad de Rosario, y/o ALEJANDRO MANUEL GIORGIO - Socio Gerente - con
domicilio en calle Liniers 1254 de la ciudad de
Rosario - PROVINCIA DE SANTA FE, Responsable solidariamente conforme a lo
establecido en los artículos 19 y 20 del Código Fiscal (T.O.
1997), por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco
días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal (T.O. 1997), la Resolución Nº 1876-8/02 dictada en autos
caratulados Expediente Nro. 13302-0080163-5 ¨ JUGUETERIA Y LIBRERIA POPEYE S.R.L. ¨
Rosario, 11
de Septiembre de 2002
.-
VISTO; ............................... CONSIDERANDO: .............................
RESUELVE:
ART. 1º:
Determinar los ajustes impositivos en concepto de
Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110 practicados a la
firma JUGUETERIA Y LIBRERIA POPEYE S.R.L. Y/O
ALEJANDRO MANUEL GIORGIO - Socio Gerente - empadronado bajo Cuenta Nro. 021-289274-1,
Responsable solidariamente conforme a lo establecido en los artículos 19
y 20 del Código Fiscal (T.O. 1997) según liquidaciones obrantes a fs.
306 y 307, del referido Expte. y
aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de conformidad al
siguiente detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS |
DIF.DE IMPUESTO |
RECARGOS E INTERESES |
MULTAS |
TOTALES |
Ing. Brutos 1997/12 |
2.004,92 |
3.251,38 |
1.750,50 |
7.006,80 |
Ing. Brutos 1998/01 a 12 |
9.971,49 |
14.328,21 |
8.706,12 |
33.005,82 |
Ing. Brutos 1999/01 a 12 |
6.876,45 |
7.446,68 |
6.003,82 |
20.326,95 |
Ing. Brutos 2000/01a03-07-08-11-12 |
6.134,59 |
4.489,37 |
5.356,11 |
15.980,07 |
Ing. Brutos 2001/02 |
849,57 |
423,94 |
741,76 |
2.015,27 |
Ap. Sociales 1997/11 - 12 |
52,68 |
86,30 |
38,08 |
177,06 |
Ap. Sociales 1998/02 a 07 |
171,21 |
254,07 |
123,76 |
549,04 |
Ap. Sociales 1999/01-03 a 10-12 |
289,74 |
311,92 |
209,44 |
811,10 |
Ap. Sociales 2000/01 a 12 |
342,42 |
245,75 |
247,52 |
835,69 |
Ap. Sociales 2001/01 a 03 |
79,02 |
39,34 |
57,12 |
175,48 |
I.B. (P.F.T.) 1998/06-1999/10 a 12 |
|
26,20 |
|
26,20 |
I.B. (P.F.T) 2000/04 a 06-10 |
|
68,21 |
|
68,21 |
A.S.(P.F.T.) 1998/01-08- a 12 |
|
21,07 |
|
21,07 |
A.S.(P.F.T.) 1999/11 |
|
0,24 |
|
0,24 |
Infracción a los Deberes Formales Resol. 06/93 - Art. 1º
inc. d ) |
|
|
750,00 |
750,00 |
TOTAL GENERAL |
26.772,09 |
30.992,68 |
23.984,23 |
81.749,00 |
ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro
del plazo de 15 (quince) días
establecidos por el artículo 54 del Código
Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $
81.749,00 (Pesos: OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100) conforme
a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e
intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal, en cuanto instituye que
se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva
resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades
conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare
inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y
satisfacer la diferencia resultante.-
ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas
por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que
dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la
deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las
constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y
CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en
consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se
irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-
ART. 4º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE
PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación
y demás efectos pertinentes.-
C.P.N.
CARLOS A. DIDESIDERO
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de
Impuesto
S/C. 19188 Nov. 5 Nov. 11
___________________________________________________________________
Por disposición del Señor Administrador
Regional Rosario, se notifica aL contribuyente BOTAZZI, DORA MARIA VICENTA,
Cuenta Nº 021-303004-5 con domicilio fiscal en calle Mitre 1173 de la ciudad de
Villa Gobernador Galvez, PROVINCIA DE SANTA FE, por
EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de
conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o.
1997, la Resolución Nº 765-8/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0208311-0 ¨BOTAZZI
DORA MARIA V. ¨
Rosario, 30 de Abril de 2002 .-
VISTO; ............................... CONSIDERANDO: .............................
RESUELVE:
ART. 1º: Establecer de oficio, los ajustes determinados en concepto de
Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados al contribuyente BOTAZZI, DORA
MARIA VICENTA. Cuenta Nº 021-303004-5, de acuerdo a las liquidaciones obrantes
a fs. 25 y aplicar las penalidades aconsejadas por la
verificación de conformidad al siguiente
detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS |
DIF.DE |
MULTAS |
RECARGOS |
TOTALES |
ADEUDADOS |
IMPUESTO |
|
E |
|
|
|
|
INTERESES |
|
|
|
|
|
|
Ing. Brutos 1999/09 a 12 |
152,00 |
136,96 |
152,00 |
440,96 |
Ing. Brutos 2000/01 a 12 |
456,00 |
301,20 |
456,00 |
1.213,20 |
Ing. Brutos 2001/01 a 07 |
266,00 |
99,83 |
266,00 |
631,83 |
Infracción a los Deberes Formales |
|
|
|
|
Resol. 06/93 -
Art. 1º inc. d) |
|
|
150,00 |
150,00 |
TOTAL
GENERAL |
874,00 |
537,99 |
1.024,00 |
2.435,99 |
ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro
del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código
Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 2.435,99 (Pesos: DOS MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 99/100) conforme a lo detallado en el
articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago
en término y dejase constancia que se trata de un pago provisorio y a cuenta de
la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo
alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la
estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de
así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-
ART. 3º De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima
para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para
cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita
las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL,
sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar
sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia
soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el
juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que
por turno y/o competencia correspondan.-
ART. 4º Regístrese y pase a la
SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su
conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-
C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de
Impuesto
S/C. 19189 Nov. 5 Nov. 11
___________________________________________________________________
COMUNA
DE HUGHES
ORDENANZA N° 22/02
HUGHES, Junio 2
de 2002.
LA COMISION
COMUNAL DE HUGHES SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: El Juzgado de Faltas de la
Comuna de Hughes, permitirá, a aquellos presuntos
infractores que se domicilien a más de 60 km. de la
sede del Juzgado, que procedan a efectuar el descargo y ofrecimiento de pruebas
en forma escrita, debiendo notificarla por medio fehaciente a la mencionada
autoridad de juzgamiento.
ARTICULO 2°: Se cumplimentará el art. 69° inciso “b” y el art. 71
primer párrafo, permitiendo que el infractor que resida a más de 60 km. del lugar donde cometió la infracción “cumpla la
condena ante el Juez competente de la jurisdicción de su domicilio”.
ARTICULO 3°: A los efectos del art. 2 del presente se habilitarán lugares de pago en la
jurisdicción del infractor donde éste podrá cumplimentar la condena pagando la
multa impuesta.
ARTICULO 4°: Los juicios para el cobro
por vía ejecutiva referida en el inciso “b” del art.
85 de la Ley 24449, podrán ser radicados ante el “Juez competente de la
jurisdicción del domicilio del infractor”, cumplimiento lo requerido en el art. 71° de la Ley 24449.
ARTICULO 5°: El acta de infracción será
labrada en calidad de presunción y sustentada por la información gráfica del cinemómetro y validada por el funcionario actuante, sin
otra constatación que aquella que garantice que el mencionado equipo, mantiene
vigente las autorizaciones correspondientes que acrediten el cumplimiento de la
Ley 19511 y su reglamentación.
ARTICULO 6°: La individualización del
titular dominial y su notificación será realizada de acuerdo al art. 6° del Decreto Reglamentario 1471 de la Provincia de
Santa Fe actuando de acuerdo a lo ordenado por el inciso “c” del art. 75° de la Ley 24449.
ARTICULO 7°: Se otorga un plazo de 10
días hábiles de recibida la notificación pertinente, para que el titular
dominial, presunto infractor, denuncie, en el caso que el vehículo involucrado
no estuviera bajo su tenencia al momento de la infracción, al tenedor o
custodio y comprobare fehacientemente lo dicho.
ARTICULO 8°: Será potestad del Juez de
Faltas la valoración de la suficiencia de datos del denunciado y la validez de
la comprobación que debe efectuar el denunciante y actuando en consecuencia
podrá mantener la corresponsabilidad en la causa, al denunciante y al
denunciado y/o actuar contra cualesquiera de ellos
indistintamente.
ARTICULO 9°: Cumplimentando el plazo
otorgado para que el presunto infractor/titular dominial notifique denuncia,
sin que éste haya ejercido ese derecho, la causa continuará su trámite, sin
modificación posterior, manteniendo al mismo como único imputado.
ARTICULO 10°: Cuando el titular
dominial notificado de la infracción sea persona jurídica, deberá cumplimentar
lo establecido en el Art. 76 de la Ley 24449. lo cual
será debidamente solicitado en la Cédula de Notificación de la infracción.
ARTICULO 11°: Cuando la persona
jurídica, titular dominial del vehículo involucrado en el hecho, no
cumplimentara lo debidamente solicitado en tiempo y forma. se
aplicará lo dispuesto en el Art. 76 del Decreto Reglamentario 779/95 de la Ley
24449, imputando al mismo la infracción por falta grave de acuerdo al inciso
“g” del Art. 77 de la Ley 24449, con la correspondiente pena ordenada por el
Art. 76 del “Anexo2” de la mencionada Ley que prevee
multas mínimas de U.F. 1.500 (mil quinientos) y
máxima de U.F. 5.000 (cinco mil).
ARTICULO 12°: Se aplicará un cargo de U.F. 5 (cinco) por cada cuota de convenios a celebrar con
infractores, la cual deberá ser abonada por el
solicitante previa confección del convenio mencionado. Tal cargo corresponderá
para solventar los costos bancarios y administrativos emergentes, como
consecuencia del mencionado acuerdo de pago en cuotas con el infractor.
ARTICULO 13°: En la liquidación a
efectuar, para la confección del Certificado de deuda a emitir para proceder a
la gestión de cobro judicial por la vía ejecutiva, que se determina en el
inciso “b” del Art. 85 de la Ley 24449, se incorporará un cargo fijo de U.F 25 (veinticinco) para solventar los costos emergentes
de la mencionada confección.
ARTICULO 14°: Se incorporará un cargo
de U.F. 12 (doce) por cada notificación cursada al
infractor durante el trámite administrativo de la causa y hasta su efectivo
pago, por concepto de gastos administrativos y de notificación cursada.
ARTICULO 15°: Podrán ser de aplicación
intereses por financiamiento para el pago en cuotas de las penas dispuestas, y
por aquellos devengados entre la efectiva fecha de vencimiento del pago de
sentencia firme y la fecha de emisión del Certificado de Deuda. En los casos
mencionados la tasa a aplicarse corresponderá a la utilizada por el Banco de la
Nación Argentina como la tasa pasiva vigente al momento correspondiente.
ARTICULO 16°: Se tomará, a los efectos
de la conversión de las U.F. en valores de moneda de
curso legal, aquel precio de venta por litro de nafta especial y/o su
equivalente, que se encuentre vigente en el comercio de expendio de
combustibles de la localidad que registre el precio más bajo y/o del Automóvil Club Argentino.
ARTICULO 17°: La conversión de U.F. a valores de moneda de curso legal realizadas como se
indica up-supra, serán aplicadas en forma automática
a las liquidaciones y a los reclamos que se efectúen, tomándose siempre el
último valor de venta obtenido de la forma indicada.
ARTICULO 18°: Deberán notificarse de
las resoluciones en forma personal, en la sede comunal y/o en el Juzgado de
Faltas, los infractores que hubieren presentado recursos de reconsideración y/o
apelación a las sentencias dictadas por el Juez de Faltas, debiendo la sede
administrativa informar de lo antedicho al sentenciado en el momento de la
presentación del recurso y/o al notificarle la sentencia. A tal fin habilítese
el Libro de Notificaciones previsto en el art. 61°
del C.P.C. y C. de la Provincia de Santa Fe de
aplicación supletoria.
ARTICULO 19°: Quedan automáticamente
derogadas todas las disposiciones que se operen en la presente ordenanza.
ARTICULO 20°: Comuníquese, publíquese
en BOLETIN OFICIAL y archívese.
Dr. RODOLFO L. BELLOMO
Presidente
Comisión Comunal Hughes
S/C 19182 Nov.
5 Nov. 11
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MINISTERIO
DE EDUCACION
Dcción.
Gral. de Recursos Humanos
NOTIFICACION
Por orden de la Dirección General de
Recursos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura de la Pcia. de Santa Fe, se
notifica a la señora CLAUDIA SUSANA
CANAVES, DNI. N° 16.728.161, quien por Decreto N° 1548 del 13 de julio de 1998 y Disposición N° 1116 del 4 de setiembre de 2000, fue designada como Maestra
de Grado titular en la Escuela N° 91 de Rosario, en
el cargo vacante por traslado de la señora Irma Piccolini,
con encuadre legal en la Ley N° 5316/60 de
Reincorporación a la Docencia, y que fuera tramitado por Expte.
N° 00416-0014427-3, que en un plazo perentorio de 24
horas de publicado el presente, deberá presentarse a tomar posesión en el
referido establecimiento. De no asistir en el plazo estipulado, se procederá a
dejar sin efecto la citada designación. - C.P.N. Mirta Ch. de Bersano.
Directora. Dción. Gral. De Recursos Humanos.
S/C 19190 Nov.
5 Nov. 19
_________________________________________
MINISTERIO
DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE
NOTIFICACION
Se notifica por este medio, que en los
autos caratulados LONI MICHEL FREY - Ref.: SITUACION DE REVISTA POR RETENCION
DE HABERES MES DE FEBRERO DE 2001, (Expte. N° 00501-0036.279-5), se ha dictado la Resolución
Ministerial N° 578, de fecha 31 de julio de 2002,
mediante la cual se dispuso lo siguiente:
“ARTICULO 1 - Considérase
denegada la licencia extraordinaria sin goce de haberes, por razones
particulares, según lo previsto en el Art. 53, inc.
a), del régimen aprobado por Decreto N° 1919/89, por
el término de un (1) año, a partir del 1/2/01, que solicita la agente LONI
MICHEL FREY, (M.I. N°
92.787.463), personal de enfermería en el Hospital del Centenario de Rosario,
en un todo de conformidad con lo aconsejado por las autoridades de dicho
establecimiento asistencial.
ARTICULO 2 - Declárase
inadmisibles las impugnaciones interpuestas por la agente LONI MICHEL FREY, en
el presente procedimiento administrativo, mediante escrito presentado en fecha
23/10/00, por incumplimiento de las condiciones de admisibilidad exigibles de
acuerdo con lo establecido por el artículo 42 y concordantes de la
reglamentación aprobada por Decreto N° 10204/58.
ARTICULO 3 - Dase
vista de las presentes actuaciones a la agente LONI MICHEL FREY, por el término
de dos (2) días, de conformidad con lo establecido por el Art. 56, último
párrafo de la Ley N° 8525, a fin de que actúe su
descargo por el presunto abandono de servicios sin causa justificada en que
incurriera a partir del 1° de febrero de 2001, bajo apercibimiento de la
aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía por tal causa, de acuerdo
con lo previsto por los artículos 50, inc. c) y 53, inc. c) del citado cuerpo legal. - Fdo.:
CARLOS DANIEL PAROLA. Ministro de Salud y Medio Ambiente. - Las presentes
actuaciones se encuentran radicadas en la Dirección General de Despacho, sita
en calle Juan de Garay 2880, 1er. Piso. Dirección General de Despacho, 30 de
octubre de 2002. - Dpto. Notificaciones.”
S/c 19525 Nov.
5 Nov. 7
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